Reparación. La CONCESIONARIA deberá reparar los daños y/o roturas que ocasione, dentro del plazo acordado con la Municipalidad para la restauración de los bienes dañados de la Municipalidad. Si hubiera injustificada demora por parte de la CONCESIONARIA, la Municipalidad podrá intimarle a que las inicie, continúe y/o finalice en el plazo que establezca; vencido el mismo la Municipalidad podrá efectuar dicha reparación con cargo a la CONCESIONARIA sin que ello exima de las penalidades previstas en la Ordenanza Impositiva.
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Samples: Contrato De Concesión Municipal, Contrato De Concesión Municipal Para El Servicio Público De Distribución, Contrato De Concesión Municipal Para El Servicio Público De Distribución
Reparación. La CONCESIONARIA deberá reparar los daños y/o roturas que ocasione, dentro del plazo acordado con la Municipalidad para la restauración de los bienes dañados de la Municipalidad. Si hubiera injustificada demora por parte de la CONCESIONARIA, la Municipalidad podrá intimarle a que las inicie, continúe y/o finalice en el plazo que establezca; vencido el mismo la Municipalidad podrá efectuar dicha reparación con cargo a la CONCESIONARIA sin que ello exima de las penalidades previstas en la Ordenanza Impositiva.. CONTRATO DE CONCESIÓN MUNICIPAL DE DISTRIBUCIÓN 7
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