Requisitos de forma. Una garantía se constituye como garantía internacional en virtud del presente Convenio cuando el acuerdo que la crea o prevé: a) es escrito; b) está relacionado con un objeto del cual el otorgante, el vendedor condicional o el arrendador puede disponer; c) permite identificar el objeto de conformidad con el Protocolo; y d) en el caso de un contrato constitutivo de garantía, permite determinar las obligaciones garantizadas, pero sin que sea necesario declarar una cantidad o una cantidad máxima garantizada.
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Samples: International Equipment Guarantee Agreement, International Equipment Guarantee Agreement, International Mobile Equipment Guarantees Agreement
Requisitos de forma. Una garantía se constituye como garantía internacional en virtud vir tud del presente Convenio cuando el acuerdo que la crea o prevé:
a) es escrito;
b) está relacionado con un objeto del cual el otorgante, el vendedor condicional o el arrendador puede disponer;
c) permite identificar el objeto de conformidad con el Protocolo; Proto colo, y
d) en el caso de un contrato constitutivo de garantía, permite determinar las obligaciones garantizadas, pero sin que sea necesario declarar una cantidad o una cantidad máxima garantizadaga rantizada.
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Requisitos de forma. Una garantía se constituye como garantía internacional en virtud del presente Convenio cuando el acuerdo que la crea o prevé:
a) es escrito;
b) está relacionado con un objeto del cual el otorgante, el vendedor condicional o el arrendador puede disponer;
c) permite identificar el objeto de conformidad con el Protocolo; y
d) en el caso de un contrato constitutivo de garantía, permite determinar las obligaciones garantizadas, pero sin que sea necesario declarar una cantidad o una cantidad máxima garantizada.
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Samples: Convenio