Common use of RESCISION Clause in Contracts

RESCISION. La Universidad podrá rescindir la contratación en cualquier momento, sin necesidad de intervención judicial o extrajudicial, sin derecho a indemnización o compensación alguna. El que suscribe, con poder suficiente para este acto, DECLARA BAJO JURAMENTO que la persona cuyos datos se detallan al comienzo, está habilitada para contratar con la Universidad Nacional de Xxx xxx Xxxxx, en razón de cumplir con los requisitos del artículo 27 del Decreto 1023/2001 “Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional” no estando incurso en ninguna de las causales de inhabilidad establecidas en los incisos a) a g) del artículo 28 del citado Decreto cuyo texto se transcribe, no existiendo deuda exigible en concepto de aportes, contribuciones y toda otra obligación previsional. Tomo conocimiento que si la oferta excede los $ 50.000.- es requisito estar habilitada mediante el Certificado Fiscal para Contratar que expide la AFIP (R.G. Nº 2581/09) por lo que si no se presentó la constancia respectiva, el organismo licitante verificará ante la AFIP. Me notifico que la empresa debe tener inscripción vigente en el SIPRO, por lo que si no se presentó la constancia respectiva, el organismo licitante hará la verificación correspondiente, y en el caso de la pre-inscripción se debe cumplir con lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Generales. Dejo expresa constancia que en la Dirección de Correo Electrónico y/o tel/Fax constituido serán validas todas las notificaciones que curse la Universidad Nacional de Xxx xxx Xxxxx referidas a la presente contratación. Contándose el plazo de notificaciones a partir del aviso de recibo o en caso de no contestación, los plazos correrán a partir del día hábil siguiente a la fecha de remisión.----

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones, Pliego De Bases Y Condiciones

RESCISION. La Universidad podrá rescindir la contratación en cualquier momento, sin necesidad de intervención judicial o extrajudicial, sin derecho a indemnización o compensación alguna. El que suscribe, con poder suficiente para este acto, DECLARA BAJO JURAMENTO que la persona cuyos datos se detallan al comienzo, está habilitada para contratar con la Universidad Nacional de Xxx xxx Xxxxx, en razón de cumplir con los requisitos del artículo 27 del Decreto 1023/2001 “Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional” no estando incurso en ninguna de las causales de inhabilidad establecidas en los incisos a) a g) del artículo 28 del citado Decreto cuyo texto se transcribe, no existiendo deuda exigible en concepto de aportes, contribuciones y toda otra obligación previsional. Tomo conocimiento que si la oferta excede los $ 50.000.- es requisito estar habilitada mediante el Certificado Fiscal para Contratar que expide la AFIP (R.G. Nº 2581/09) por lo que si no se presentó la constancia respectiva, el organismo licitante verificará ante la AFIP. Me notifico que la empresa debe tener inscripción vigente en el SIPRO, por lo que si no se presentó la constancia respectiva, el organismo licitante hará la verificación correspondiente, y en el caso de la pre-inscripción se debe cumplir con lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones GeneralesCondiciones. Dejo expresa constancia que en la Dirección de Correo Electrónico y/o tel/Fax constituido serán validas todas las notificaciones que curse la Universidad Nacional de Xxx xxx Xxxxx referidas a la presente contratación. Contándose el plazo de notificaciones a partir del aviso de recibo o en caso de no contestación, los plazos correrán a partir del día hábil siguiente a la fecha de remisión.----remisión.---

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones

RESCISION. La Universidad D.G.R. podrá rescindir la contratación el contrato en cualquier momentoforma unilateral, sin necesidad de intervención intimación previa, judicial o extrajudicial, sin que ello genere derecho a indemnización alguna a favor de la adjudicataria en los siguientes casos: Si al cabo de un año los resultados no se ajustaran a los parámetros preestablecidos o compensación algunapor incumplimientos a cualquiera de las cláusulas del contrato. El que suscribe, con poder suficiente para este acto, DECLARA BAJO JURAMENTO que Cuando existan graves incumplimientos por parte de la persona cuyos datos se detallan al comienzo, está habilitada para contratar con la Universidad Nacional adjudicataria de Xxx xxx Xxxxxlas obligaciones a su cargo, en razón de cumplir con especial en los requisitos del artículo 27 del Decreto 1023/2001 “Régimen de Contrataciones supuestos previstos en las cláusulas quinta, sexta, novena: puntos:1, 2 y 3. Presentación en concurso preventivo o declaración en quiebra de la Administración Nacional” no estando incurso en ninguna firma adjudicataria. Pérdida o cancelación de la personería jurídica por cualquier razón. La adjudicataria podrá solicitar a la Autoridad de Aplicación la rescisión del contrato por incumplimientos graves de las causales obligaciones a cargo de inhabilidad establecidas en la DGR. Sin perjuicio de los incisos a) a g) del artículo 28 del citado Decreto cuyo texto se transcribe, no existiendo deuda exigible en concepto de aportes, contribuciones y toda otra obligación previsional. Tomo conocimiento que si la oferta excede los $ 50.000.- es requisito estar habilitada mediante el Certificado Fiscal para Contratar que expide la AFIP (R.G. Nº 2581/09) por lo que si no se presentó la constancia respectivacasos antes establecidos, el organismo licitante verificará ante la AFIP. Me notifico presente contrato podrá ser declarado rescindido por las partes en sede administrativa cuando se acrediten que la empresa debe tener inscripción vigente en el SIPRO, por lo que si no se presentó la constancia respectiva, el organismo licitante hará la verificación correspondiente, y en el caso causas de la pre-inscripción se debe cumplir con lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Generales. Dejo expresa constancia que en la Dirección de Correo Electrónico fuerza mayor tornan imposible y/o tel/Fax constituido serán validas todas impracticable el cumplimiento del mismo. En caso de que la rescisión fuera solicitada por la adjudicataria mientras se sustancie el trámite hasta su agotamiento, la misma continuará prestando los servicios previstos en este contrato hasta la fecha que determine la D.G.R.. Cuando la rescisión fuera dispuesta por la D.G.R., la adjudicataria limitará sus tareas a las notificaciones que curse establezca la Universidad Nacional misma después de Xxx xxx Xxxxx referidas recibida la notificación de la rescisión. Las remuneraciones que se adeudaren a la presente contratación. Contándose el plazo de notificaciones a partir del aviso de recibo o en caso de no contestación, los plazos correrán a partir del día hábil siguiente a firma por tareas correspondientes al contrato y realizadas hasta la fecha de remisión.----la rescisión, serán liquidadas de acuerdo con las formas contractuales pactadas. Su efectivización, como la devolución de la garantía, quedará condicionada al resarcimiento y/o devolución de las repeticiones y /o acreditaciones, daños y perjuicios u honorarios judiciales, que fueran de responsabilidad el adjudicatario.

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Samples: www.dgr.misiones.gov.ar

RESCISION. La Universidad Ante la reiteración de las causales antes citadas o si el monto acumulado por las multas fuera incompatible con la prosecución del contrato, el Instituto podrá proceder a la rescisión del contrato con causa imputable al proveedor, sin perjuicio de iniciar acciones legales por los daños ocasionados y con perdida de la garantía de cumplimiento contractual. Si por falta de personal u otras causas, no se efectuara el trabajo en la forma dispuesta, este Instituto se reserva el derecho de rescindir el contrato con las penalidades correspondientes. Asimismo el Instituto se reserva la contratación facultad de rescindir el contrato, en cualquier momentomomento de la relación contractual, sin necesidad de intervención judicial o extrajudicialexpresión de causa, sin no generando tal decisión ningún derecho a favor del adjudicatario de reclamar indemnización en concepto alguno ni de iniciar acciones judiciales o compensación algunaextrajudiciales, debiendo notificarse dicha resolución con una antelación de 30 - TREINTA DIAS Las sanciones que se definen en el presente artículo no eximen al proveedor de hacerse cargo de su responsabilidad civil y penal frente a las demandas que pueden originarse por daños al personal del Instituto y perjuicios a los afiliados. El A los efectos de la aplicación del Impuesto al Valor Agregado (IVA ), se hace saber que suscribeel Instituto es considerado como exento. De conformidad a lo dispuesto en el Decreto Nº 1075/2001, las micro, pequeñas y medianas empresas (en adelante MIP y MES) y formas asociativas comprendidas en el Artículo 1º de la Ley Nro. 25300, que coticen bienes y servicios producidos en el país para ser adjudicatarios de las licitaciones o concursos para la provisión de los mismos y ofrezcan precios con poder suficiente una diferencia que no supere en más de un CINCO POR CIENTO (5%) la mejor oferta presentada por una empresa NO MIP y MES, serán invitadas por única vez, para este actoque puedan igualar la mejor oferta. Asimismo cuando la mejor oferta corresponda a bienes de origen no nacional, DECLARA BAJO JURAMENTO se aplicará la preferencia a favor de las MIP y MES en la forma dispuesta en el Artículo 39º de la Ley Nro. 25300, de acuerdo al procedimiento establecido en el Xxxxxxx Xxx. 000 de fecha 12 de Octubre del 2000. Si la invitación comprendiera a más de UN (1) oferente que revistiere el carácter de MIP y MES o formas asociativas, la persona cuyos datos adjudicación recaerá sobre aquella Empresa que hubiera optado por igualar y cuya oferta original haya sido la más próxima a la oferta que fuera objeto de igualación. De subsistir el empate se detallan procederá al comienzosorteo público de las ofertas empatadas. Las micro, está habilitada para contratar con pequeñas y medianas empresas y formas asociativas comprendidas en el Artículo 1º de la Universidad Nacional Ley 25300, podrán presentar ofertas parciales conforme lo establecido en el Artículo 40º de Xxx xxx Xxxxxla misma ley, las que no podrán ser inferiores al VEINTE POR CIENTO (20%) ni superiores al TREINTA Y TRES POR CIENTO (33%) del total de la oferta o renglón de la oferta según corresponda. En consecuencia todos los oferentes deberán declarar al presentar su respectiva oferta si se encuentran comprendidos en razón las citadas disposiciones. Todas las medidas tendientes a facilitar e incrementar la participación de cumplir con los requisitos del artículo 27 las MIP y MES en la adjudicación de las contrataciones se regirán por las Disposiciones del Decreto 1023/2001 “Régimen de Contrataciones Nro. 1075/01, de la Administración Nacional” no estando incurso en ninguna de las causales de inhabilidad establecidas en los incisos a) a g) del artículo 28 del citado Decreto cuyo texto se transcribe, no existiendo deuda exigible en concepto de aportes, contribuciones y toda otra obligación previsional. Tomo conocimiento que si la oferta excede los $ 50.000.- es requisito estar habilitada mediante el Certificado Fiscal para Contratar que expide la AFIP (R.G. Nº 2581/09) por lo que si no se presentó la constancia respectiva, el organismo licitante verificará ante la AFIP. Me notifico que la empresa debe tener inscripción vigente en el SIPRO, por lo que si no se presentó la constancia respectiva, el organismo licitante hará la verificación correspondiente, y en el caso de la pre-inscripción se debe cumplir con lo establecido normativa enunciada en el Pliego de Bases y Condiciones Generales. Dejo expresa constancia que en la Dirección de Correo Electrónico y/o tel/Fax constituido serán validas todas las notificaciones que curse la Universidad Nacional de Xxx xxx Xxxxx referidas a la presente contratación. Contándose el plazo de notificaciones a partir del aviso de recibo o en caso de no contestación, los plazos correrán a partir del día hábil siguiente a la fecha de remisión.----.

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Particulares