Reserva de dominio. 7.a) Las condiciones de pago que se consignan en la estipulación 5ª se han convenido con el único objeto de facilitar la adquisición de los equipos, y cuantos elementos accesorios les son inherentes, por parte del Cliente. Por consiguiente, es condición esencial y determinante de la voluntad xx Xxxxx Xxxxxxxxxx S.A. Sucursal del Perú en obligarse por medio del presente Contrato el que el Cliente no adquirirá la propiedad de los efectos que son objeto de venta hasta el pago total del precio a satisfacción xx Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú conforme a lo convenido, en tiempo y forma. En este sentido, el dominio de los equipos y cuantos elementos accesorios les son inherentes, no se transfieren en este acto al Cliente, quien asume la obligación personal e inexcusable de no transferir a su vez a terceras personas, ni a ofrecer, la propiedad de aquellos, ceder su uso, darlos en prenda, gravarlos o hipotecarlos en forma alguna. En especial, el Cliente se hace responsable del deber de informar a terceros de la propiedad de los bienes objeto del presente Contrato, obligándose a no a llevar a cabo acto alguno, realizar manifestaciones, o incurrir en omisiones, que puedan conllevar, directa o indirectamente, la creencia, por parte de terceras personas públicas y/o privadas, de que, la disposición que aquella pudiera realizar sobre los equipos, y/o sus elementos accesorios, es definitiva. 7.b) El Cliente se obliga a llevar a cabo, con carácter inmediato y a sus expensas, cuantas inscripciones sean necesarias en los Registros públicos de bienes muebles y cualesquiera otros fueren adecuados al objeto de a hacer valer el derecho de propiedad que aquí se contempla, así como a informar del pacto de reserva de dominio configurado a favor xx Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú, y a mantener en buen estado y/ o reponer las menciones de reserva de dominio/ propiedad a favor xx Xxxxx Xxxxxxxxxx S.A. Sucursal del Perú y los números de serie que se consignan en los propios equipos, al objeto de asegurar su publicidad frente a terceros. Asimismo, el Cliente se asegurará de que los bienes sean utilizados conforme a los manuales y/o instrucciones establecidas por el fabricante. A tal efecto, el Cliente podrá proveerse de los suministros de operación necesarios (fungibles, etc.), pero solamente de aquellos que sean compatibles y adecuados para la utilización de los equipos. 7.c) El Cliente queda autorizado a modificar y/o mejorar los equipos siempre y cuando la eficacia y/o vida útil de los mismos no resulte afectada y/o disminuida, además de no poner en peligro la titularidad de los mismos. Las mejoras o modificaciones, cuando no sean separables, solamente podrán llevarse a cabo con el consentimiento, previo y por escrito, xx Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú. En cualquier caso, toda modificación y/o mejora, sea separable o no, que resulte en un aumento y/o beneficio de los equipos no facultará al Cliente a exigir compensación alguna. 7.d) El lugar de depósito/instalación/ubicación inicial de los equipos deberá comunicarse por escrito x Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú en el plazo de quince (15) días a contar desde la fecha en que el Cliente lo hubiere verificado. Los bienes objeto del presente Contrato solamente podrán ser desplazados de su ubicación inicial o temporal especificando previamente y por escrito x Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú las razones, y permanencia o temporalidad, de dicho cambio. En todo caso, el Cliente no podrá sacar los bienes del territorio nacional sin el consentimiento previo y por escrito xx Xxxxx Xxxxxxxxxx S.A. Sucursal del Perú 7.e) Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú podrá en todo momento inspeccionar los bienes objeto de compraventa, así como a requerir al Cliente que acredite el cumplimiento de cuantas obligaciones principales y/o accesorias, incluido la suscripción y/o vigencia de los seguros exigibles, se consignan en el presente Contrato. El Cliente se obliga a facilitar el ejercicio de esta facultad en el plazo máximo de veinticuatro (24) horas desde que hubiere sido requerida para ello,
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Samples: General Sales Conditions
Reserva de dominio. 7.a) Las condiciones 1.- Nos reservamos la propiedad sobre todos los bienes entregados hasta la total satisfaccion de pago todas las obligaciones derivadas de la relación comercial con el cliente (“Bienes Reservados”). En facturas no vencidas la reserva de dominio será también garantía del derecho al cobro del saldo.
2.- Si por anexión la mercancía sujeta a reserva de dominio pasara a formar parte de una cosa nueva propiedad del cliente, se considera pactado que el cliente le transmita a nuestra empresa la copropiedad sobre la cosa nueva y que custodie la cosa en nuestro nombre gratuitamente. Nuestra parte de co- propiedad se determina por la relación entre el valor de los Bienes Reservados y el valor del bien nuevo.
3.- El cliente está facultado a revender los Bienes Reservados en el marco de un negocio ordinario. El cliente nos cede cualquier crédito que le pudiera corresponder frente a sus compradores como consecuencia de la reventa de los Bienes Reservados, aceptando nosotros la cesión. En caso de reventa de los Bienes Reservados junto a otros bienes que no son de nuestra propiedad, el cliente nos cede la parte del crédito resultante de la reventa que corresponde al importe facturado por los Bienes Reservados. En caso de reventa de Bienes Reservados que se consignan encuentran parcialmente en la estipulación 5ª se han convenido con el único objeto de facilitar la adquisición de los equiposnuestra propiedad, y cuantos elementos accesorios les son inherentes, por nuestra parte del Cliente. Por consiguiente, es condición esencial y determinante crédito resultante de la voluntad xx Xxxxx Xxxxxxxxxx S.A. Sucursal del Perú reventa se corresponde con nuestra participación en obligarse por medio del presente Contrato el que el Cliente no adquirirá la propiedad de los efectos que son objeto Bienes Reservados. El cliente queda autorizado de venta hasta forma irrevocable para recabar el pago total del precio a satisfacción xx Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú conforme a lo convenido, en tiempo y formacobro de los derechos de crédito derivados de la reventa. En este sentidoA nuestro requerimiento, el dominio cliente debe notificar a sus compradores la cesión y proporcionarnos toda la información y documentos necesarios para hacer valer nuestros derechos.
4.- Nuestra empresa se compromete a liberar las garantías otorgadas a nuestro favor en la medida en que el valor de los equipos y cuantos elementos accesorios les son inherentes, no se transfieren derechos de crédito asegurados sobrepase en este acto al Cliente, quien asume la obligación personal e inexcusable más de no transferir a su vez a terceras personas, ni a ofrecer, la propiedad un 10 % el valor de aquellos, ceder su uso, darlos en prenda, gravarlos dichas garantías.
5.- En caso de embargo de los Bienes Reservados o hipotecarlos en forma alguna. En especialcualquier otra limitación de nuestros derechos, el Cliente se hace responsable del deber cliente debe informarnos de informar a terceros inmediato y hacer constar al acreedor la reserva de la propiedad de los bienes objeto del presente Contrato, obligándose a no a llevar a cabo acto alguno, realizar manifestaciones, o incurrir en omisiones, que puedan conllevar, directa o indirectamente, la creencia, por parte de terceras personas públicas y/o privadas, de que, la disposición que aquella pudiera realizar sobre los equipos, y/o sus elementos accesorios, es definitivadominio.
7.b) El Cliente se obliga a llevar a cabo, con 6.- Si alguna disposición legal de carácter inmediato y a sus expensas, cuantas inscripciones sean necesarias en los Registros públicos de bienes muebles y cualesquiera otros fueren adecuados al objeto de a hacer valer el derecho de propiedad que aquí se contempla, así como a informar imperativo del pacto de Estado respectivo no contemplara una reserva de dominio configurado en el sentido de esta sección VI 1-6, pero contemplara otras acciones destinadas a favor xx Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perúgarantizar los créditos derivados de las facturas de los proveedores, y nuestra empresa se reserva dichas acciones. El cliente vendrá obligado a mantener colaborar con nosotros en buen estado y/ todas las acciones que nos pudieran corresponder en relación con la protección de nuestros derechos de propiedad sobre los Bienes Reservados o reponer las menciones de reserva de dominio/ propiedad a favor xx Xxxxx Xxxxxxxxxx S.A. Sucursal del Perú y los números de serie que se consignan en los propios equipos, al objeto de asegurar su publicidad frente a terceros. Asimismo, el Cliente se asegurará de cualquier otro derecho que los bienes sean utilizados conforme a los manuales y/o instrucciones establecidas por el fabricante. A tal efecto, el Cliente podrá proveerse de los suministros de operación necesarios (fungibles, etcsustituya.), pero solamente de aquellos que sean compatibles y adecuados para la utilización de los equipos.
7.c) El Cliente queda autorizado a modificar y/o mejorar los equipos siempre y cuando la eficacia y/o vida útil de los mismos no resulte afectada y/o disminuida, además de no poner en peligro la titularidad de los mismos. Las mejoras o modificaciones, cuando no sean separables, solamente podrán llevarse a cabo con el consentimiento, previo y por escrito, xx Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú. En cualquier caso, toda modificación y/o mejora, sea separable o no, que resulte en un aumento y/o beneficio de los equipos no facultará al Cliente a exigir compensación alguna.
7.d) El lugar de depósito/instalación/ubicación inicial de los equipos deberá comunicarse por escrito x Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú en el plazo de quince (15) días a contar desde la fecha en que el Cliente lo hubiere verificado. Los bienes objeto del presente Contrato solamente podrán ser desplazados de su ubicación inicial o temporal especificando previamente y por escrito x Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú las razones, y permanencia o temporalidad, de dicho cambio. En todo caso, el Cliente no podrá sacar los bienes del territorio nacional sin el consentimiento previo y por escrito xx Xxxxx Xxxxxxxxxx S.A. Sucursal del Perú
7.e) Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú podrá en todo momento inspeccionar los bienes objeto de compraventa, así como a requerir al Cliente que acredite el cumplimiento de cuantas obligaciones principales y/o accesorias, incluido la suscripción y/o vigencia de los seguros exigibles, se consignan en el presente Contrato. El Cliente se obliga a facilitar el ejercicio de esta facultad en el plazo máximo de veinticuatro (24) horas desde que hubiere sido requerida para ello,
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Reserva de dominio. 7.a) Las condiciones 8.1 La propiedad de pago todo material o equipo que se consignan suministre por Bollfilter, no se transmitirá al Cliente hasta que por éste no se haya satisfecho la totalidad del precio pactado en las condiciones pactadas reservándose Bollfilter el dominio del material y equipo suministrado, pudiendo exigirlo en caso de reventa de la estipulación 5ª se han convenido con el único objeto de facilitar la adquisición de los equipos, y cuantos elementos accesorios les son inherentes, mercancía por parte del Cliente. Por consiguienteA tal efecto, es condición esencial se considera al Cliente como mero depositario del material y determinante equipo entregado hasta el pago íntegro del precio.
8.2 El Cliente se compromete a colaborar en todo lo necesario para constituir, registrar y hacer valer esta reserva de dominio firmando a tal fin cuantos documentos públicos o privados xxxx xx xxxxxxxx. Si el Cliente tuviera su domicilio o representación fuera de España o el material o equipo entregado estuviera situado fuera de España, el Cliente informará a Bollfilter sobre la normativa aplicable y los requisitos para constituir y registrar la reserva de dominio en el país de destino, así como sobre todas las medidas que requieran su colaboración. Si la ley extranjera no reconociera la reserva de dominio pactada, el Cliente informará al Proveedor sobre las alternativas posibles, gozando Bollfilter de todos los demás derechos sobre la cosa vendida que la ley extranjera le reconozca, quedando obligado el Cliente para colaborar en su constitución y registro.
8.3 En caso xx xxxx en el pago, inminente suspensión de pagos, información no satisfactoria sobre la capacidad de pago y/o la situación patrimonial del cliente o cuando en relación con el Cliente existan ejecuciones forzosas o letras protestadas, así como en caso de una solicitud de apertura de un procedimiento de insolvencia sobre el patrimonio del Cliente, sea por el Cliente, sea por un tercero, Bollfilter, previo requerimiento al Cliente, tendrá derecho a resolver el contrato o a desistir del mismo y a tomar posesión sin más de la voluntad xx Xxxxx Xxxxxxxxxx S.A. Sucursal mercancía reservada si el Cliente no está dispuesto a realizar el pago anticipado saldando el precio que queda por pagar, o aportar una garantía de pago adecuada en un plazo razonable, siempre y cuando no existan normas legales de obligado cumplimiento que impidiesen el ejercicio de dicho derecho. En este caso, el Cliente entregará a Bollfilter inmediatamente la posesión del Perú en obligarse equipo y material reservado.
8.4 El Cliente notificará al Bollfilter inmediatamente por medio del presente Contrato escrito cualquier medida preventiva y de ejecución que pudiese recaer sobre la cosa vendida, así como cualquier otra medida que pueda menoscabar los derechos de propiedad de Bollfilter por parte de terceros, remitiéndole toda la documentación de que disponga (p. ej., el acta de embargo), para que ésta pueda iniciar las acciones judiciales pertinentes, sin perjuicio de que el Cliente no adquirirá se compromete a tomar por su cuenta las acciones extrajudiciales y judiciales necesarias que correspondan, para salvaguardar los derechos de Bollfilter, advirtiendo, en particular, al tercero de los derechos de propiedad de Bollfilter. Todos los gastos y costas necesarios, tanto extrajudiciales como judiciales, para defender la propiedad de Bollfilter y enervar la acción xxx xxxxxxx, correrán a cargo del Cliente, incluyéndose los efectos que son objeto de venta hasta el pago total del precio a satisfacción xx Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú conforme a lo convenidogastos por notarios, en tiempo y forma. En este sentidoabogados, procuradores, tasas judiciales, traductores, el otorgamiento de poderes, etc. incluso cuando éstos no sean preceptivos.
8.5 El Cliente podrá utilizar el material y equipo entregado y sujeto a reserva de dominio estando obligado a conservar, mantener y reparar el material y equipo a través del servicio técnico de los equipos y cuantos elementos accesorios les son inherentesBollfilter, no de forma que se transfieren encuentre en este acto al Cliente, quien asume la obligación personal e inexcusable de no transferir a su vez a terceras personas, ni a ofrecer, la propiedad de aquellos, ceder su uso, darlos todo momento en prenda, gravarlos o hipotecarlos en forma algunaperfecto estado. En especialAdemás, el Cliente se hace responsable compromete a asegurar el mismo contra los riesgos de deterioro, pérdida o extravío, con una cobertura mínima equivalente al valor de su adquisición corriendo el Cliente con los gastos necesarios del deber de informar seguro. Por la presente, el Cliente cede a terceros de la propiedad de los bienes objeto del presente Contrato, obligándose a no a llevar a cabo acto alguno, realizar manifestaciones, o incurrir en omisionesBollfilter, que puedan conllevaracepta la cesión, directa o indirectamente, la creencia, por parte de terceras personas públicas y/o privadas, de que, la disposición que aquella pudiera realizar sobre todos los equipos, y/o sus elementos accesorios, es definitiva.
7.b) El Cliente se obliga a llevar a cabo, con carácter inmediato derechos y a sus expensas, cuantas inscripciones sean necesarias en los Registros públicos de bienes muebles y cualesquiera otros fueren adecuados al objeto de a hacer valer créditos contra el derecho de propiedad que aquí se contemplaseguro, así como cualquier otro derecho o crédito para exigir una indemnización por el deterioro, pérdida o extravío de la mercancía.
8.6 Salvo pacto en contrario, el Cliente está autorizado a informar del pacto de revender el material y equipo adquirido con reserva de dominio configurado a favor xx Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal en el curso de su actividad comercial ordinaria. En caso de reventa del Perú, material y a mantener en buen estado y/ o reponer las menciones de reserva de dominio/ propiedad a favor xx Xxxxx Xxxxxxxxxx S.A. Sucursal del Perú y los números de serie que se consignan en los propios equipos, al objeto de asegurar su publicidad frente a terceros. Asimismoequipo reservado, el Cliente se asegurará compromete a imponer al comprador, a favor de que los bienes sean utilizados conforme a los manuales Bollfilter, la reserva de dominio en las mismas condiciones como las pactadas con el Cliente.
8.7 El Cliente sólo podrá constituir derechos reales sobre el material y equipo suministrado y con reserva de dominio (p. ej., hipotecas mobiliarias o prendas, con o sin desplazamiento, pignoraciones, cesiones de uso, etc.) previo consentimiento por escrito de Bollfilter.
8.8 Los cambios en el lugar de instalación y/o instrucciones establecidas por el fabricante. A tal efecto, el Cliente podrá proveerse emplazamiento de los suministros la mercancía sujeta a reserva de operación necesarios (fungibles, etc.), pero solamente de aquellos que sean compatibles y adecuados para la utilización de los equipos.
7.c) El Cliente queda autorizado a modificar y/o mejorar los equipos siempre y cuando la eficacia y/o vida útil de los mismos no resulte afectada y/o disminuida, además de no poner en peligro la titularidad de los mismos. Las mejoras o modificaciones, cuando no sean separables, solamente podrán llevarse a cabo con el consentimiento, previo y por escrito, xx Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú. En cualquier caso, toda modificación y/o mejora, sea separable o no, que resulte en un aumento y/o beneficio de los equipos no facultará al Cliente a exigir compensación alguna.
7.d) El lugar de depósito/instalación/ubicación inicial de los equipos deberá comunicarse por escrito x Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú en el plazo de quince (15) días a contar desde la fecha en que el Cliente lo hubiere verificado. Los bienes objeto del presente Contrato solamente podrán ser desplazados de su ubicación inicial o temporal especificando previamente dominio serán comunicados inmediatamente y por escrito x Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú las razones, y permanencia o temporalidad, de dicho cambio. En todo caso, por el Cliente no podrá sacar los bienes del territorio nacional sin el consentimiento previo y por escrito xx Xxxxx Xxxxxxxxxx S.A. Sucursal del Perú
7.e) Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú podrá en todo momento inspeccionar los bienes objeto de compraventa, así como a requerir al Cliente que acredite el cumplimiento de cuantas obligaciones principales y/o accesorias, incluido la suscripción y/o vigencia de los seguros exigibles, se consignan en el presente Contrato. El Cliente se obliga a facilitar el ejercicio de esta facultad en el plazo máximo de veinticuatro (24) horas desde que hubiere sido requerida para ello,Bollfilter.
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Reserva de dominio. 7.a) Las condiciones de pago que 3.1. RSES se consignan en la estipulación 5ª se han convenido con el único objeto de facilitar la adquisición de los equipos, y cuantos elementos accesorios les son inherentes, por parte del Cliente. Por consiguiente, es condición esencial y determinante de la voluntad xx Xxxxx Xxxxxxxxxx S.A. Sucursal del Perú en obligarse por medio del presente Contrato el que el Cliente no adquirirá la propiedad de los efectos que son objeto de venta hasta el pago total del precio a satisfacción xx Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú conforme a lo convenido, en tiempo y forma. En este sentido, el dominio de los equipos y cuantos elementos accesorios les son inherentes, no se transfieren en este acto al Cliente, quien asume la obligación personal e inexcusable de no transferir a su vez a terceras personas, ni a ofrecer, la propiedad de aquellos, ceder su uso, darlos en prenda, gravarlos o hipotecarlos en forma alguna. En especial, el Cliente se hace responsable del deber de informar a terceros de reserva la propiedad de los bienes objeto del presente Contratosuministrados (en lo sucesivo, obligándose «mercancías sujetas a reserva») hasta que se dé cumpli- miento a todos los derechos de crédito y pretensiones que RSES ostente frente al cliente en virtud de la relación comercial (incluidos eventuales saldos de cuentas corrientes) siempre que dicha reserva sea admisible conforme a la xxx xxx xxxx en cuyo ámbito de vigencia se encuentren de acuerdo con el contrato las mercancías sujetas a reserva. Si dicha ley no admitiera la reserva de dominio sobre las mercancías sujetas a llevar a cabo acto algunoreserva, realizar manifestacionespero sí la reserva de derechos similares, o incurrir en omisiones, que puedan conllevar, directa o indirectamente, la creencia, por parte de terceras personas públicas y/o privadas, de que, la disposición que aquella pudiera realizar sobre los equipos, y/o sus elementos accesorios, es definitiva.
7.b) RSES podrá hacer valer dichos derechos. El Cliente cliente se obliga a llevar prestar su ayuda en todas las acciones destinadas a cabo, con carácter inmediato y salvaguardar la propiedad o el interés en que se garanticen las mercancías sujetas a sus expensas, cuantas inscripciones sean necesarias reserva.
3.2. En la medida en los Registros públicos de bienes muebles y cualesquiera otros fueren adecuados al objeto de a hacer valer que el derecho de propiedad de RSES sobre las mercancías sujetas a reserva se extinguiera por su vinculación a otra cosa, RSES adquirirá el condominio de la nueva cosa en la proporción existente entre el valor que aquí se contemplatuviera en el momento de la unión la mercancía sujeta a reserva que hubiera quedado vinculada (importe de la factura inclusive IVA) y las demás cosas vinculadas. Si la mercancía sujeta a reserva quedase vinculada de tal forma que la cosa del cliente deba considerarse la cosa principal, así como RSES y el cliente acuerdan en este acto que el cliente cederá a informar RSES en parte proporcional el condominio sobre la cosa. RSES acepta dicha transmisión. Los eventuales costes ocasionados a RSES para hacer valer sus derechos en su calidad de copropietario serán de cuenta del pacto cliente.
3.3. Cuando el valor de todos los derechos de garantía que asistan a RSES conforme a lo dispuesto en este apartado 3 supere en más de un diez por ciento (10 %) el importe de todos los derechos de crédito y pretensiones garantizados, RSES liberará, a instancia del cliente, la parte correspondiente de los derechos de garantía constituidos sobre las mercancías sujetas a reserva. Corresponde a RSES elegir las mercancías sujetas a reserva que deban ser liberadas.
3.4. El cliente podrá enajenar la mercancía sujeta a reserva en el marco de dominio configurado la actividad comercial ordinaria. El cliente cede en este acto a RSES los derechos de crédito que le correspondan en virtud de la enajenación de la mercancía sujeta a reserva, además de todos los derechos accesorios y aquellos derechos de crédito relacionados con dicha mercancía que ostente contra el adquirente o contra un tercero por cualquier otra causa jurídica (especialmente derechos de crédito derivados de culpa extracontractual e indemnizaciones de compañías aseguradoras), incluyendo íntegramente los saldos de cuentas crrien-tes, por importe equivalente a los derechos de crédito a favor de RSES. RSES acepta la cesión en este mismo acto.
3.5. El cliente podrá proceder al cobro de los derechos de crédito cedidos siempre que cumpla ante RSES con sus obligaciones de pago. En caso xx Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal xxxx en el pago por parte del Perúcliente, y a mantener en buen estado y/ o reponer las menciones RSES podrá revocar este derecho de reserva cobro. No obstante, el cliente no podrá ceder estos derechos de dominio/ propiedad a favor xx Xxxxx Xxxxxxxxxx S.A. Sucursal del Perú y los números de serie crédito para su cobro mediante factoring, salvo que se consignan obligue con carácter irrevocable al gestor del cobro a abonar directa- mente a RSES el importe recaudado en los propios equipostanto existan derechos de crédito de RSES contra el cliente.
3.6. En caso de embargo, al objeto incautación o cualquier otro acto de asegurar su publicidad frente a disposición o intervención de terceros. Asimismo, el Cliente cliente deberá informar inmediatamente a RSES. En la medida en que al tercero no le sea posible satisfacer los costes que, ya sea judicial o extrajudicialmente, se asegurará ocasionen en este contexto a RSES, el cliente responderá de que los bienes sean utilizados conforme a mismos.
3.7. En caso de incumplimiento de obligaciones por parte del cliente, en especial en caso xx xxxx en el pago, RSES podrá desistir del contrato y retirar las mercancías, debiendo el cliente devolverlas.
3.8. Cuando los manuales suministros y/o instrucciones establecidas por el fabricante. A tal efectolos servicios consistan en programas informáticos, el Cliente podrá proveerse de cliente no adquirirá la propiedad, sino sólo los suministros de operación necesarios (fungibles, etc.), pero solamente de aquellos que sean compatibles y adecuados para la utilización de los equipos.
7.c) El Cliente queda autorizado a modificar y/o mejorar los equipos siempre y cuando la eficacia y/o vida útil de los mismos no resulte afectada y/o disminuida, además de no poner en peligro la titularidad de los mismos. Las mejoras o modificaciones, cuando no sean separables, solamente podrán llevarse a cabo con el consentimiento, previo y por escrito, xx Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú. En cualquier caso, toda modificación y/o mejora, sea separable o no, que resulte en un aumento y/o beneficio de los equipos no facultará al Cliente a exigir compensación alguna.
7.d) El lugar de depósito/instalación/ubicación inicial de los equipos deberá comunicarse por escrito x Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú derechos descritos en el plazo de quince (15) días a contar desde la fecha en que el Cliente lo hubiere verificado. Los bienes objeto del presente Contrato solamente podrán ser desplazados de su ubicación inicial o temporal especificando previamente y por escrito x Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú las razones, y permanencia o temporalidad, de dicho cambio. En todo caso, el Cliente no podrá sacar los bienes del territorio nacional sin el consentimiento previo y por escrito xx Xxxxx Xxxxxxxxxx S.A. Sucursal del Perú
7.e) Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú podrá en todo momento inspeccionar los bienes objeto de compraventa, así como a requerir al Cliente que acredite el cumplimiento de cuantas obligaciones principales y/o accesorias, incluido la suscripción y/o vigencia de los seguros exigibles, se consignan en el presente Contrato. El Cliente se obliga a facilitar el ejercicio de esta facultad en el plazo máximo de veinticuatro (24) horas desde que hubiere sido requerida para ello,apartado 9.
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Reserva de dominio. 7.a) Las condiciones 10.1 Hasta el pago íntegro de pago todos los créditos presentes y futuros del Contratista frente al Comprador que se consignan en la estipulación 5ª se han convenido con el único objeto de facilitar la adquisición de los equipos, y cuantos elementos accesorios les son inherentes, por parte del Cliente. Por consiguiente, es condición esencial y determinante deriven de la voluntad xx Xxxxx Xxxxxxxxxx S.A. Sucursal del Perú en obligarse relación comercial actual entre las partes por medio del presente Contrato cualquier motivo legal, el que el Cliente no adquirirá Contratista conservará la propiedad de los efectos artículos entregados (artículos reservados).
10.2 El Comprador está obligado a notificar inmediatamente por escrito al Contratista cualquier pignoración de los artículos reservados y a informar a los acreedores pignoraticios de la reserva de domino. El Comprador no podrá vender, regalar, pignorar o ceder en garantía los objetos que son objeto le hayan sido entregados bajo reserva de venta hasta dominio - excepto en los casos de las siguientes cláusulas.
10.3 En caso de comportamiento contrario al contrato por parte del Comprador, el Contratista tendrá derecho a rescindir el contrato de acuerdo con las disposiciones legales y/o a exigir la devolución de los artículos reservados sobre la base de la reserva de propiedad. La solicitud de devolución de los artículos reservados no implica al mismo tiempo la declaración de rescisión del contrato; más bien, el Contratista podrá exigir la devolución de los artículos reservados, bajo reserva de rescindir el contrato. Si el Comprador no paga el precio de compraventa vencido, el Contratista sólo podrá hacer valer estos derechos si antes le ha fijado sin éxito al Comprador un plazo de pago total del precio razonable o si tal fijación de plazo es prescindible de acuerdo con las disposiciones legales. Esto no afectará a satisfacción xx Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú conforme a lo convenidolos demás derechos que el Contratista tenga frente al Comprador por su conducta contraria al contrato.
10.4 Si la entrega se realiza para un negocio mantenido por el Comprador, los artículos reservados podrán ser revendidos en tiempo y formael marco de una gestión comercial adecuada. En este sentidocaso, los créditos del Comprador contra el cliente derivados de la enajenación en su totalidad o por el importe de la participación en la copropiedad, de conformidad con la cláusula 10.5 siguiente, se cederán al Contratista en concepto de garantía. El Contratista aceptará la cesión. Las obligaciones del Comprador establecidas en la cláusula 10.2 se aplicarán igualmente a las reclamaciones cedidas.
10.5 El Comprador tiene derecho a procesar o tratar los artículos reservados. Cualquier procesamiento o tratamiento de los artículos reservados por parte del Comprador será llevado a cabo por el mismo y sin coste para el Contratista. En caso de transformación, combinación o mezcla de los artículos reservados con otros bienes que no pertenezcan al Contratista, éste tendrá derecho a la copropiedad resultante del nuevo objeto, en la proporción entre el valor factorial de los artículos reservados y el de los demás bienes procesados en el momento de la transformación, combinación o mezcla. Si el Comprador adquiere la propiedad exclusiva de un nuevo objeto, las partes contratantes acuerdan que el Comprador concederá al Contratista la copropiedad del nuevo objeto en proporción al valor factorial de los artículos reservados procesados, combinados o mezclados y los guardará de forma gratuita para el proveedor.
10.6 Además del Contratista, el dominio Comprador podrá seguir cobrando los créditos cedidos de conformidad con la cláusula 10.4. El Contratista se compromete a no cobrar los equipos y cuantos elementos accesorios les son inherentescréditos siempre que el Comprador cumpla con sus obligaciones de pago frente al Contratista, no se transfieren haya ningún defecto en este acto al Clientesu capacidad de pago y el Contratista no haga valer la reserva de dominio, quien asume la obligación personal e inexcusable de no transferir a su vez a terceras personas, ni a ofrecer, la propiedad de aquellos, ceder su uso, darlos en prenda, gravarlos o hipotecarlos en forma alguna. En especial, el Cliente se hace responsable del deber de informar a terceros de la propiedad de los bienes objeto del presente Contrato, obligándose a no a llevar a cabo acto alguno, realizar manifestaciones, o incurrir en omisiones, que puedan conllevar, directa o indirectamente, la creencia, por parte de terceras personas públicas y/o privadas, de que, la disposición que aquella pudiera realizar sobre los equipos, y/o sus elementos accesorios, es definitiva.
7.b) El Cliente se obliga a llevar a cabo, con carácter inmediato y a sus expensas, cuantas inscripciones sean necesarias en los Registros públicos de bienes muebles y cualesquiera otros fueren adecuados al objeto de a hacer valer el ejerciendo un derecho de propiedad que aquí se contemplaconformidad con la cláusula 10.3. No obstante, así como a informar del pacto de reserva de dominio configurado a favor xx Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú, y a mantener en buen estado y/ o reponer las menciones de reserva de dominio/ propiedad a favor xx Xxxxx Xxxxxxxxxx S.A. Sucursal del Perú y los números de serie que se consignan en los propios equipos, al objeto de asegurar su publicidad frente a terceros. Asimismo, el Cliente se asegurará de que los bienes sean utilizados conforme a los manuales y/o instrucciones establecidas por el fabricante. A tal efecto, el Cliente podrá proveerse de los suministros de operación necesarios (fungibles, etc.), pero solamente de aquellos que sean compatibles y adecuados para la utilización de los equipos.
7.c) El Cliente queda autorizado a modificar y/o mejorar los equipos siempre y cuando la eficacia y/o vida útil de los mismos no resulte afectada y/o disminuida, además de no poner en peligro la titularidad de los mismos. Las mejoras o modificaciones, cuando no sean separables, solamente podrán llevarse a cabo con el consentimiento, previo y por escrito, xx Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú. En cualquier caso, toda modificación y/o mejora, sea separable o no, que resulte en un aumento y/o beneficio de los equipos no facultará al Cliente a exigir compensación alguna.
7.d) El lugar de depósito/instalación/ubicación inicial de los equipos deberá comunicarse por escrito x Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú en el plazo de quince (15) días a contar desde la fecha en que el Cliente lo hubiere verificado. Los bienes objeto del presente Contrato solamente podrán ser desplazados de su ubicación inicial o temporal especificando previamente y por escrito x Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú las razones, y permanencia o temporalidad, de dicho cambio. En todo caso, el Cliente no Contratista podrá sacar los bienes del territorio nacional sin exigir que el consentimiento previo y por escrito xx Xxxxx Xxxxxxxxxx S.A. Sucursal del Perú
7.e) Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú podrá en todo momento inspeccionar los bienes objeto de compraventa, así como a requerir al Cliente que acredite el cumplimiento de cuantas obligaciones principales y/o accesorias, incluido la suscripción y/o vigencia Comprador le informe de los seguros exigiblescréditos cedidos y de sus deudores, se consignan le facilite toda la información necesaria para el cobro, le entregue los documentos pertinentes y notifique la cesión de los créditos a los deudores (terceros). En este caso, el Contratista también tendrá derecho a revocar la autorización del Comprador para seguir vendiendo y procesando los artículos reservados.
10.7 Si el valor realizable de las garantías excede de los créditos del Contratista en más de un 10%, el presente Contrato. El Cliente se obliga Contratista liberará las garantías a facilitar el ejercicio de esta facultad en el plazo máximo de veinticuatro (24) horas desde que hubiere sido requerida para ello,discreción y a petición del Comprador.
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Reserva de dominio. 7.a) Las condiciones de pago que se consignan en la estipulación 5ª se han convenido con el único objeto de facilitar la adquisición de los equipos, y cuantos elementos accesorios les son inherentes, por parte del Cliente. Por consiguiente, es condición esencial y determinante de la voluntad xx Xxxxx Xxxxxxxxxx S.A. Sucursal del Perú en obligarse por medio del presente Contrato el que el Cliente no adquirirá 14.1 Nos reservamos la propiedad de los efectos productos suministrados ("productos sujetos a reserva de propiedad") hasta que son objeto se haya pagado el precio de venta hasta compra total adeudado en virtud del presente contrato (reserva de propiedad). El cliente almacenará los Productos sujetos a la Reserva de propiedad de forma gratuita.
14.2 El cliente tendrá derecho a procesar y vender los productos sujetos a retención de la titularidad en el pago total curso de las transacciones comerciales adecuadas, siempre que no se encuentre en xxxx en el cumplimiento de sus obligaciones hacia nosotros. El cliente ya nos ha transferido en su totalidad, a título de garantía, los derechos derivados de la reventa o en concepto de indemnización por daños y perjuicios (prestaciones del precio a satisfacción xx Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú conforme a lo convenidoseguro, en tiempo derechos de indemnización por daños y forma. En este sentido, el dominio perjuicios) de los equipos y cuantos elementos accesorios les son inherentes, no se transfieren en este acto al Cliente, quien asume productos sujetos a reserva de propiedad (incluidos todos los derechos de saldo de la obligación personal e inexcusable de no transferir a su vez a terceras personas, ni a ofrecer, la propiedad de aquellos, ceder su uso, darlos en prenda, gravarlos o hipotecarlos en forma algunacuenta corriente). En especial, el Cliente se hace responsable del deber de informar a terceros de Nos reservamos la propiedad de los bienes objeto productos suministrados ("productos sujetos a reserva de propiedad") hasta que se haya pagado el precio de compra total adeudado en virtud del presente Contratocontrato (reserva de propiedad). El cliente almacenará los Productos sujetos a la Reserva de propiedad de forma gratuita.
14.3 Por motivos de seguridad, obligándose el cliente transfiere todos sus derechos (incluidos todos los saldos de la cuenta corriente) derivados de la venta de los productos o de cualquier otro fundamento jurídico (seguro o derecho de daños) en relación con los productos sujetos a reserva de propiedad. Autorizamos al cliente a cobrar las reclamaciones transferidas en su propio nombre en nuestro nombre. Sin embargo, esta autorización de adeudo domiciliado sólo podrá revocarse si el cliente no cumple correctamente con sus obligaciones de pago.
14.4 En caso de pignoración, embargo u otras enajenaciones o intervenciones en relación con los productos sujetos a llevar a cabo acto alguno, realizar manifestaciones, o incurrir en omisiones, que puedan conllevar, directa o indirectamente, la creencia, reserva de propiedad por parte de terceras personas públicas terceros, el cliente está obligado a informar al tercero de nuestra propiedad y a notificárnoslo sin demora. Todos los costes y daños causados por ello correrán a cargo del cliente.
14.5 La transformación o modificación de los productos sujetos a reserva de propiedad se realizará siempre por cuenta nuestra como productores en el sentido del artículo 950 del BGB. Sin embargo, no se creará una obligación por nuestra parte. En caso de que los productos sujetos a reserva de propiedad sean procesados, modificados, relacionados o mezclados con otros productos que no nos pertenezcan, se acuerda que adquiriremos la copropiedad de los nuevos productos en función de la relación entre el valor de los productos sujetos a reserva de propiedad y los productos procesados, modificados, relacionados o mezclados en el momento del procesamiento, modificación, conexión o mezcla.
14.6 A petición del cliente, estamos obligados a liberar las garantías concedidas en la medida en que su valor supere en más de un 20 % los créditos pendientes que deban garantizarse.
14.7 Si la reserva de dominio no surte efecto en virtud de la legislación del país en el que se encuentre el producto, se considerará que se ha convenido en una garantía que, en la medida de lo posible, equivale a la reserva de dominio. Si la cooperación del cliente es necesaria para la ejecución de tales derechos y/o privadaspara la reserva de propiedad, el cliente tomará todas las medidas necesarias para la ejecución y preservación de quetales derechos y para la reserva de propiedad.
14.8 En la medida en que la legislación del país en el que se encuentren los productos sea aplicable para acordar una reserva de propiedad de mayor alcance (por ejemplo, la disposición que aquella pudiera realizar sobre cesión por adelantado de las reclamaciones del Ccliente derivadas de la venta de los equiposproductos suministrados por nosotros), y/o sus elementos accesoriosel cliente deberá, es definitiva.
7.b) El Cliente se obliga a llevar a cabopetición nuestra, acordar con carácter inmediato y a sus expensas, cuantas inscripciones sean necesarias en los Registros públicos de bienes muebles y cualesquiera otros fueren adecuados al objeto de a hacer valer el derecho nosotros dicha reserva de propiedad que aquí se contempla, así como a informar del pacto de reserva de dominio configurado a favor xx Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú, y a mantener en buen estado y/ o reponer las menciones de reserva de dominio/ propiedad a favor xx Xxxxx Xxxxxxxxxx S.A. Sucursal del Perú y los números de serie que se consignan en los propios equipos, al objeto de asegurar su publicidad frente a terceros. Asimismo, el Cliente se asegurará de que los bienes sean utilizados conforme a los manuales y/o instrucciones establecidas por el fabricante. A tal efecto, el Cliente podrá proveerse de los suministros de operación necesarios (fungibles, etcmayor alcance.), pero solamente de aquellos que sean compatibles y adecuados para la utilización de los equipos.
7.c) El Cliente queda autorizado a modificar y/o mejorar los equipos siempre y cuando la eficacia y/o vida útil de los mismos no resulte afectada y/o disminuida, además de no poner en peligro la titularidad de los mismos. Las mejoras o modificaciones, cuando no sean separables, solamente podrán llevarse a cabo con el consentimiento, previo y por escrito, xx Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú. En cualquier caso, toda modificación y/o mejora, sea separable o no, que resulte en un aumento y/o beneficio de los equipos no facultará al Cliente a exigir compensación alguna.
7.d) El lugar de depósito/instalación/ubicación inicial de los equipos deberá comunicarse por escrito x Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú en el plazo de quince (15) días a contar desde la fecha en que el Cliente lo hubiere verificado. Los bienes objeto del presente Contrato solamente podrán ser desplazados de su ubicación inicial o temporal especificando previamente y por escrito x Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú las razones, y permanencia o temporalidad, de dicho cambio. En todo caso, el Cliente no podrá sacar los bienes del territorio nacional sin el consentimiento previo y por escrito xx Xxxxx Xxxxxxxxxx S.A. Sucursal del Perú
7.e) Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú podrá en todo momento inspeccionar los bienes objeto de compraventa, así como a requerir al Cliente que acredite el cumplimiento de cuantas obligaciones principales y/o accesorias, incluido la suscripción y/o vigencia de los seguros exigibles, se consignan en el presente Contrato. El Cliente se obliga a facilitar el ejercicio de esta facultad en el plazo máximo de veinticuatro (24) horas desde que hubiere sido requerida para ello,
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Reserva de dominio. 7.a) Las condiciones 15.1. El proveedor mantendrá el título de pago propiedad de todas las piezas sumi-nistradas hasta que se consignan en haya recibido la estipulación 5ª se han convenido con el único objeto de facilitar la adquisición totalidad de los equipos, y cuantos elementos accesorios les son inherentes, pagos debidos con relación a la citada pieza.
15.2. En caso de incumplimiento de contrato por parte del Cliente. Por consiguientecliente, es condición esencial y determinante incluyendo el retraso en el pago o cualquier otra circunstancia, el proveedor tendrá el derecho a tomar posesión efectiva de la voluntad xx Xxxxx Xxxxxxxxxx S.A. Sucursal del Perú en obligarse por medio del presente Contrato pieza determinada y el que el Cliente no adquirirá la propiedad de los efectos que son objeto de venta hasta el pago total del precio cliente estará obligado a satisfacción xx Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú conforme a lo convenido, en tiempo y formaentregarlo. En ningún caso el mantenimiento de la titularidad de la pieza se con-siderará como un desistimiento o la rescisión del contrato.
15.3. El cliente podrá revender la pieza sujeta al título de propiedad antes citado sólo por causa de su negocio o actividad habitual regular y / o ordinaria. Para este sentidocaso, el dominio de los equipos y cuantos elementos accesorios les son inherentes, no se transfieren en este acto cliente cede / transfiere al Cliente, quien asume la obligación personal e inexcusable de no transferir a su vez a terceras personas, ni a ofrecer, la propiedad de aquellos, ceder su uso, darlos en prenda, gravarlos o hipotecarlos en forma alguna. En especial, el Cliente se hace responsable del deber de informar a terceros de la propiedad de los bienes objeto del presente Contrato, obligándose a no a llevar a cabo acto alguno, realizar manifestaciones, o incurrir en omisiones, que puedan conllevar, directa o indirectamente, la creencia, por parte de terceras personas públicas y/o privadas, de que, la disposición que aquella pudiera realizar sobre los equipos, y/o sus elementos accesorios, es definitiva.
7.b) El Cliente se obliga a llevar a cabo, con carácter inmediato y a sus expensas, cuantas inscripciones sean necesarias en los Registros públicos de bienes muebles y cualesquiera otros fueren adecuados al objeto de a hacer valer proveedor el derecho de propiedad cualquier recla- mación derivada de dicha reventa, independientemente de si las piezas hayan sido consumidas o no. A pesar de la cesión del derecho al proveedor para recla-mar el pago directo xxx xxxxxxx, el cliente podrá recibir dicho pago derivado de las reclamaciones cursadas en su caso. Con este fin, el proveedor se compromete a no reclamar el pago derivado de dichas reclamaciones directamente al cliente en la medida en que aquí se contemplaéste haya cumplido con todas sus obligaciones de pago y siempre que no incurra en una situación de insolvencia sobrevenida y / o falta de pago; en estos casos, sin embargo, el cliente deberá comunicar / informar al proveedor sobre las reclamaciones existentes así como la identificación completa xxx xxxxxxx deudor y proporcionar toda la información y / o documentos necesarios para que el proveedor prosiga con el cobro de dichas deudas.
15.4. El cliente también podrá asignar al proveedor tales demandas / reclama-ciones que surjan frente a informar terceros con motivo del pacto suministro y puesta a disposi-ción de reserva la pieza bien como elemento independiente o bien como elemento ya incorporado a un bien mueble o inmueble existente.
15.5. Si el valor de dominio configurado a favor xx Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal la pieza excede del Perú, y a mantener en buen estado y/ o reponer las menciones de reserva de dominio/ propiedad a favor xx Xxxxx Xxxxxxxxxx S.A. Sucursal del Perú y los números de serie que se consignan en los propios equipos, al importe objeto de asegurar su publicidad frente a terceros. Asimismolas reclamaciones en más del 20 %, el Cliente se asegurará proveedor, a su propia discreción, podrá devolver al cliente dichas piezas a petición del cliente.
15.6. Ante la apertura de que los bienes sean utilizados conforme a los manuales y/un procedimiento de insolvencia o instrucciones establecidas por el fabricante. A tal efectoconcurso xx xxxxx-dores, el Cliente podrá proveerse proveedor tendrá derecho a rescindir el contrato y tomar la posesión efectiva de los suministros de operación necesarios (fungibles, etcla pieza.), pero solamente de aquellos que sean compatibles y adecuados para la utilización de los equipos.
7.c) El Cliente queda autorizado a modificar y/o mejorar los equipos siempre y cuando la eficacia y/o vida útil de los mismos no resulte afectada y/o disminuida, además de no poner en peligro la titularidad de los mismos. Las mejoras o modificaciones, cuando no sean separables, solamente podrán llevarse a cabo con el consentimiento, previo y por escrito, xx Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú. En cualquier caso, toda modificación y/o mejora, sea separable o no, que resulte en un aumento y/o beneficio de los equipos no facultará al Cliente a exigir compensación alguna.
7.d) El lugar de depósito/instalación/ubicación inicial de los equipos deberá comunicarse por escrito x Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú en el plazo de quince (15) días a contar desde la fecha en que el Cliente lo hubiere verificado. Los bienes objeto del presente Contrato solamente podrán ser desplazados de su ubicación inicial o temporal especificando previamente y por escrito x Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú las razones, y permanencia o temporalidad, de dicho cambio. En todo caso, el Cliente no podrá sacar los bienes del territorio nacional sin el consentimiento previo y por escrito xx Xxxxx Xxxxxxxxxx S.A. Sucursal del Perú
7.e) Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú podrá en todo momento inspeccionar los bienes objeto de compraventa, así como a requerir al Cliente que acredite el cumplimiento de cuantas obligaciones principales y/o accesorias, incluido la suscripción y/o vigencia de los seguros exigibles, se consignan en el presente Contrato. El Cliente se obliga a facilitar el ejercicio de esta facultad en el plazo máximo de veinticuatro (24) horas desde que hubiere sido requerida para ello,
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Samples: Términos Y Condiciones De Servicios Post Venta Y Entrega De Recambios
Reserva de dominio. 7.a) Las condiciones 13.1 La propiedad de pago todo material o equipo que se consignan suministre, no se transmitirá al Cliente hasta que por éste no se haya satisfecho la totalidad del precio en las condiciones pactadas, reservándose el Proveedor el dominio de la estipulación 5ª se han convenido con el único objeto cosa vendida, pudiendo exigirlo incluso en caso de facilitar reventa de la adquisición de los equipos, y cuantos elementos accesorios les son inherentes, mercancía por parte del Cliente. Por consiguiente, es condición esencial y determinante siendo el Cliente depositario de la voluntad xx Xxxxx Xxxxxxxxxx S.A. Sucursal del Perú en obligarse por medio del presente Contrato el que el Cliente no adquirirá la propiedad de los efectos que son objeto de venta mercancía hasta el total pago total del precio a satisfacción xx Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú conforme a lo convenido, en tiempo y forma. En este sentido, el dominio de los equipos y cuantos elementos accesorios les son inherentes, no se transfieren en este acto al Cliente, quien asume la obligación personal e inexcusable de no transferir a su vez a terceras personas, ni a ofrecer, la propiedad de aquellos, ceder su uso, darlos en prenda, gravarlos o hipotecarlos en forma alguna. En especialA tal fin, el Cliente se hace responsable del deber de informar compromete a terceros de la propiedad de los bienes objeto del presente Contrato, obligándose a no a llevar a cabo acto alguno, realizar manifestaciones, o incurrir colaborar en omisiones, que puedan conllevar, directa o indirectamente, la creencia, por parte de terceras personas públicas y/o privadas, de que, la disposición que aquella pudiera realizar sobre los equipos, y/o sus elementos accesorios, es definitiva.
7.b) El Cliente se obliga a llevar a cabo, con carácter inmediato y a sus expensas, cuantas inscripciones sean necesarias en los Registros públicos de bienes muebles y cualesquiera otros fueren adecuados al objeto de a todo lo necesario para hacer valer esta reserva de dominio firmando cuanto documentos públicos o privados xxxx xx xxxxxxxx, en su caso. Si el Cliente tenga su domicilio o representación en el extranjero, éste se compromete a tomar todas las medidas posi- bles para constituir la reserva de dominio de acuerdo con lo establecido en las disposiciones legales del país del Cliente o del lugar donde se halle la cosa vendida informando al Proveedor sobre las medidas que requieran su colaboración. Si dicha Ley no reconociera la reserva de dominio pactada, el Cliente informará al Proveedor y éste gozará de todos los demás derechos sobre la cosa vendida que la referida ley le reconozca, quedando obligado el Cliente a prestar al Proveedor su colaboración si éste tiene que tomar medidas para proteger su derecho de propiedad u otros derechos derivados del presente contrato. En caso que aquí se contemplael Cliente incurra en xxxx en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales y deje de pagar total o parcialmente el precio convenido, así como a informar del pacto de el Proveedor podrá optar entre ejercitar la reserva de dominio configurado y recuperar la cosa vendida, perdiendo el cliente en éste caso, en concepto de cláusula penal, el derecho al reintegro de las cantidades que hubiese satisfecho hasta este momento, pudiendo exigir el Proveedor el pago del resto del precio, reclamando en ambos casos los daños y perjuicios ocasionados, además de los intereses devengados, en su caso.
13.2 El Cliente está obligado a favor xx Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal conservar y cuidar la cosa que recibe y adquiere en perfecto estado, en particular a contratar un seguro contra incendio, daños por agua y hurto, con una cobertura equivalente al valor de su adquisición, corriendo el Cliente con los gastos necesarios del Perú, y a mantener en buen estado y/ seguro. Caso de ser necesarios trabajos de mantenimiento o reponer las menciones de reserva de dominio/ propiedad a favor xx Xxxxx Xxxxxxxxxx S.A. Sucursal del Perú y los números de serie que se consignan en los propios equipos, al objeto de asegurar su publicidad frente a terceros. Asimismoinspec- ción, el Cliente se asegurará compromete a realizar dichos trabajos de forma inmediata asumiendo los gastos correspondientes.
13.3 El Cliente notificará al Proveedor inmediatamente por escrito cualquier medida preventiva y de ejecución que pudiese recaer sobre la cosa vendida, para que éste pueda iniciar las acciones judiciales pertinentes, sin perjuicio de tomar el Cliente por su cuenta las acciones judiciales necesarias que correspondan, para salvaguardar los bienes sean utilizados conforme a derechos del Proveedor. Caso que el tercero no pueda restituir al Proveedor todos los manuales y/o instrucciones establecidas por el fabricante. A tal efectogastos extrajudiciales y costas judiciales de su defensa jurídica, el Cliente podrá proveerse responde solidariamente de los suministros dichos gastos y costas, incluso cuando éstos no sean preceptivos.
13.4 El Cliente está autorizado a revender la cosa adquirida en el curso de operación necesarios su actividad comercial ordinaria, cediendo al Proveedor en este acto, en garantía del precio de compraventa, por importe del importe final de la factura (fungibles, etc.IVA incluido), pero solamente todos los créditos presentes y futuros, contra sus clientes o terceros, que se deriven de aquellos que sean compatibles y adecuados para la utilización reventa, indepen- dientemente de los equipos.
7.c) El si la mercancía se revende con o sin transformación (unión, mezcla o especificación). Sin perjuicio del derecho del Proveedor a proceder al cobro directamente, el Cliente queda autorizado para cobrar los mencionados créditos cedidos en garantía y el Proveedor se compromete a modificar y/no proceder a su cobro dirigiéndose directamente mien- tras que el Cliente atienda debidamente sus obligaciones de pago frente al Proveedor, no incurra en xxxx en el pago y no se encuentre en situación de concurso de acreedores o mejorar suspensión de pagos. De lo contrario, el deudor entregará al Proveedor, a su primer requerimiento, la lista de sus clientes indicando los equipos siempre créditos cedidos y cuando la eficacia y/o vida útil los importes pendientes de los mismos no resulte afectada y/o disminuidacobro, además de no poner en peligro toda la titularidad información y documentación necesaria para la notificación de la cesión a sus clientes y el cobro de los mismos. Las mejoras o modificaciones, cuando no sean separables, solamente podrán llevarse a cabo con el consentimiento, previo y créditos cedidos por escrito, xx Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal parte del Perú. En cualquier caso, toda modificación y/o mejora, sea separable o no, que resulte en un aumento y/o beneficio de los equipos no facultará al Cliente a exigir compensación algunaProveedor.
7.d) El lugar de depósito/instalación/ubicación inicial de los equipos deberá comunicarse por escrito x Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú en el plazo de quince (15) días a contar desde la fecha en que el Cliente lo hubiere verificado. Los bienes objeto del presente Contrato solamente podrán ser desplazados de su ubicación inicial o temporal especificando previamente y por escrito x Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú las razones, y permanencia o temporalidad, de dicho cambio. En todo caso, el Cliente no podrá sacar los bienes del territorio nacional sin el consentimiento previo y por escrito xx Xxxxx Xxxxxxxxxx S.A. Sucursal del Perú
7.e) Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú podrá en todo momento inspeccionar los bienes objeto de compraventa, así como a requerir al Cliente que acredite el cumplimiento de cuantas obligaciones principales y/o accesorias, incluido la suscripción y/o vigencia de los seguros exigibles, se consignan en el presente Contrato. El Cliente se obliga a facilitar el ejercicio de esta facultad en el plazo máximo de veinticuatro (24) horas desde que hubiere sido requerida para ello,
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Samples: Condiciones Generales De Suministro
Reserva de dominio. 7.a) Las condiciones 15.1. El proveedor mantendrá el título de pago propiedad de todas las piezas sumi-nistradas hasta que se consignan en haya recibido la estipulación 5ª se han convenido con el único objeto de facilitar la adquisición totalidad de los equipos, y cuantos elementos accesorios les son inherentes, pagos debidos con relación a la citada pieza.
15.2. En caso de incumplimiento de contrato por parte del Cliente. Por consiguientecliente, es condición esencial y determinante incluyendo el retraso en el pago o cualquier otra circunstancia, el proveedor tendrá el derecho a tomar posesión efectiva de la voluntad xx Xxxxx Xxxxxxxxxx S.A. Sucursal del Perú en obligarse por medio del presente Contrato pieza determinada y el que el Cliente no adquirirá la propiedad de los efectos que son objeto de venta hasta el pago total del precio cliente estará obligado a satisfacción xx Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú conforme a lo convenido, en tiempo y formaentregarlo. En ningún caso el mantenimiento de la titularidad de la pieza se con-siderará como un desistimiento o la rescisión del contrato.
15.3. El cliente podrá revender la pieza sujeta al título de propiedad antes citado sólo por causa de su negocio o actividad habitual regular y / o ordinaria. Para este sentidocaso, el dominio de los equipos y cuantos elementos accesorios les son inherentes, no se transfieren en este acto cliente cede / transfiere al Cliente, quien asume la obligación personal e inexcusable de no transferir a su vez a terceras personas, ni a ofrecer, la propiedad de aquellos, ceder su uso, darlos en prenda, gravarlos o hipotecarlos en forma alguna. En especial, el Cliente se hace responsable del deber de informar a terceros de la propiedad de los bienes objeto del presente Contrato, obligándose a no a llevar a cabo acto alguno, realizar manifestaciones, o incurrir en omisiones, que puedan conllevar, directa o indirectamente, la creencia, por parte de terceras personas públicas y/o privadas, de que, la disposición que aquella pudiera realizar sobre los equipos, y/o sus elementos accesorios, es definitiva.
7.b) El Cliente se obliga a llevar a cabo, con carácter inmediato y a sus expensas, cuantas inscripciones sean necesarias en los Registros públicos de bienes muebles y cualesquiera otros fueren adecuados al objeto de a hacer valer proveedor el derecho de propiedad cualquier recla- mación derivada de dicha reventa, independientemente de si las piezas hayan sido consumidas o no. A pesar de la cesión del derecho al proveedor para recla-mar el pago directo xxx xxxxxxx, el cliente podrá recibir dicho pago derivado de las reclamaciones cursadas en su caso. Con este fin, el proveedor se compromete a no reclamar el pago derivado de dichas reclamaciones directamente al cliente en la medida en que aquí se contemplaéste haya cumplido con todas sus obligaciones de pago y siempre que no incurra en una situación de insolvencia sobrevenida y / o falta de pago; en estos casos, sin embargo, el cliente deberá comunicar / informar al proveedor sobre las reclamaciones existentes así como la identificación completa xxx xxxxxxx deudor y proporcionar toda la información y / o documentos necesa- xxxx para que el proveedor prosiga con el cobro de dichas deudas.
15.4. El cliente también podrá asignar al proveedor tales demandas / reclama-ciones que surjan frente a informar terceros con motivo del pacto suministro y puesta a disposi-ción de reserva la pieza bien como elemento independiente o bien como elemento ya incorporado a un bien mueble o inmueble existente.
15.5. Si el valor de dominio configurado a favor xx Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal la pieza excede del Perú, y a mantener en buen estado y/ o reponer las menciones de reserva de dominio/ propiedad a favor xx Xxxxx Xxxxxxxxxx S.A. Sucursal del Perú y los números de serie que se consignan en los propios equipos, al importe objeto de asegurar su publicidad frente a terceros. Asimismolas reclamaciones en más del 20 %, el Cliente se asegurará proveedor, a su propia discreción, podrá devolver al cliente dichas piezas a petición del cliente.
15.6. Ante la apertura de que los bienes sean utilizados conforme a los manuales y/un procedimiento de insolvencia o instrucciones establecidas por el fabricante. A tal efectoconcurso xx xxxxx-dores, el Cliente podrá proveerse proveedor tendrá derecho a rescindir el contrato y tomar la posesión efectiva de los suministros de operación necesarios (fungibles, etcla pieza.), pero solamente de aquellos que sean compatibles y adecuados para la utilización de los equipos.
7.c) El Cliente queda autorizado a modificar y/o mejorar los equipos siempre y cuando la eficacia y/o vida útil de los mismos no resulte afectada y/o disminuida, además de no poner en peligro la titularidad de los mismos. Las mejoras o modificaciones, cuando no sean separables, solamente podrán llevarse a cabo con el consentimiento, previo y por escrito, xx Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú. En cualquier caso, toda modificación y/o mejora, sea separable o no, que resulte en un aumento y/o beneficio de los equipos no facultará al Cliente a exigir compensación alguna.
7.d) El lugar de depósito/instalación/ubicación inicial de los equipos deberá comunicarse por escrito x Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú en el plazo de quince (15) días a contar desde la fecha en que el Cliente lo hubiere verificado. Los bienes objeto del presente Contrato solamente podrán ser desplazados de su ubicación inicial o temporal especificando previamente y por escrito x Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú las razones, y permanencia o temporalidad, de dicho cambio. En todo caso, el Cliente no podrá sacar los bienes del territorio nacional sin el consentimiento previo y por escrito xx Xxxxx Xxxxxxxxxx S.A. Sucursal del Perú
7.e) Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú podrá en todo momento inspeccionar los bienes objeto de compraventa, así como a requerir al Cliente que acredite el cumplimiento de cuantas obligaciones principales y/o accesorias, incluido la suscripción y/o vigencia de los seguros exigibles, se consignan en el presente Contrato. El Cliente se obliga a facilitar el ejercicio de esta facultad en el plazo máximo de veinticuatro (24) horas desde que hubiere sido requerida para ello,
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Samples: Términos Y Condiciones De Servicios Post Venta Y Entrega De Recambios
Reserva de dominio. 7.a) Las condiciones 10.1 La mercancía vendida seguirá siendo de pago nuestra propiedad hasta que se consignan satisfagan todos los derechos de crédito dimanantes de la relación comercial. En caso de que el cliente trabaje o transforme la mercancía, la reserva de dominio se extenderá a la totalidad de la cosa nueva.
10.2 En caso de que el cliente transforme la mercancía o la una o mezcle con cosas ajenas, adquiriremos la copropiedad sobre la cosa nueva en la estipulación 5ª fracción que proporcionalmente corresponda al valor de factura de nuestra mercancía con respecto al de las demás cosas utilizadas por el cliente en el momento de la transformación, unión o mezcla.
10.3 Además, si la mercancía sujeta a reserva se han convenido une o se mezcla con otra cosa principal que sea propiedad del cliente o de terceros, el único objeto cliente nos cede ya desde este instante sus derechos sobre la cosa nueva. Si el cliente, de facilitar forma onerosa, une o mezcla la adquisición mercancía sujeta a reserva con otra cosa principal que sea propiedad de terceros, desde este instante nos cede ya los equipos, y cuantos elementos accesorios les son inherentesderechos a remuneración que tenga frente a dicho tercero.
10.4 El cliente tendrá el derecho a revender la mercancía sujeta a reserva en el marco de una ordenada actividad comercial. En caso de que el cliente, por parte del Cliente. Por consiguientesu parte, es condición esencial y determinante de la voluntad xx Xxxxx Xxxxxxxxxx S.A. Sucursal del Perú en obligarse por medio del presente Contrato venda dicha mercancía, sin recibir a cambio el que el Cliente no adquirirá la propiedad de los efectos que son objeto de venta hasta el pago total del precio a satisfacción xx Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú conforme a lo convenido, en tiempo y forma. En este sentido, el dominio de los equipos y cuantos elementos accesorios les son inherentes, no se transfieren en este acto al Cliente, quien asume la obligación personal e inexcusable de no transferir a su vez a terceras personas, ni a ofrecer, la propiedad de aquellos, ceder su uso, darlos en prenda, gravarlos o hipotecarlos en forma alguna. En especial, el Cliente se hace responsable del deber de informar a terceros de la propiedad de los bienes objeto del presente Contrato, obligándose a no a llevar a cabo acto alguno, realizar manifestaciones, o incurrir en omisiones, que puedan conllevar, directa o indirectamente, la creenciaíntegro, por parte de terceras personas públicas y/adelantado o privadassimultáneamente contra entrega del bien vendido, de que, la disposición que aquella pudiera realizar sobre los equipos, y/o sus elementos accesorios, es definitiva.
7.b) El Cliente se obliga a llevar a cabo, deberá convenir con carácter inmediato y a sus expensas, cuantas inscripciones sean necesarias en los Registros públicos de bienes muebles y cualesquiera otros fueren adecuados al objeto de a hacer valer el derecho de propiedad que aquí se contempla, así como a informar del pacto su cliente un acuerdo de reserva de dominio configurado de forma análoga al de las presentes condiciones. Ya desde este instante, el cliente nos cede los créditos a su favor xx Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú, y que resulten de tal reventa así como los derechos resultantes a mantener en buen estado y/ o reponer las menciones su favor de la reserva de dominio/ propiedad dominio por él acordada. A requerimiento nuestro y en relación con la referida cesión, el diente estará obligado a ponerla en conocimiento de los adquirentes y facilitarnos la información y documentación necesaria para poder reclamar los derechos que existan a nuestro favor xx Xxxxx Xxxxxxxxxx S.A. Sucursal del Perú y frente a dichos adquirentes. No obstante la referida cesión, el cliente podrá proceder al cobro de los números créditos resultantes de serie la reventa siempre que vaya cumpliendo debidamente las obligaciones que tenga contraídas con nosotros.
10.5 Si el valor de las garantías que se consignan en nos hayan entregado superara los propios equiposcréditos a nuestro favor estaremos obligados, al objeto a requerimiento del cliente, a liberar cualesquiera de asegurar su publicidad frente las mismas a tercerosnuestra elección. Asimismo, el Cliente se asegurará de que los bienes sean utilizados conforme a los manuales y/o instrucciones establecidas por el fabricante. A tal efecto, el Cliente podrá proveerse La reclamación de los suministros derechos que nos correspondan en virtud de operación necesarios (fungibles, etc.), pero solamente la reserva de aquellos que sean compatibles y adecuados para la utilización de los equipos.
7.c) El Cliente queda autorizado a modificar y/o mejorar los equipos siempre y cuando la eficacia y/o vida útil de los mismos no resulte afectada y/o disminuida, además de no poner en peligro la titularidad de los mismos. Las mejoras o modificaciones, cuando no sean separables, solamente podrán llevarse a cabo dominio únicamente supondrá al mismo tiempo nuestro desistimiento del contrato si así lo hubiéramos declarado con el consentimiento, previo y anterioridad expresamente por escrito, xx Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú. En cualquier caso, toda modificación y/o mejora, sea separable o no, que resulte en un aumento y/o beneficio de los equipos no facultará al Cliente a exigir compensación alguna.
7.d) El lugar de depósito/instalación/ubicación inicial de los equipos deberá comunicarse por escrito x Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú en el plazo de quince (15) días a contar desde la fecha en que el Cliente lo hubiere verificado. Los bienes objeto del presente Contrato solamente podrán ser desplazados de su ubicación inicial o temporal especificando previamente y por escrito x Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú las razones, y permanencia o temporalidad, de dicho cambio. En todo caso, el Cliente no podrá sacar los bienes del territorio nacional sin el consentimiento previo y por escrito xx Xxxxx Xxxxxxxxxx S.A. Sucursal del Perú
7.e) Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú podrá en todo momento inspeccionar los bienes objeto de compraventa, así como a requerir al Cliente que acredite el cumplimiento de cuantas obligaciones principales y/o accesorias, incluido la suscripción y/o vigencia de los seguros exigibles, se consignan en el presente Contrato. El Cliente se obliga a facilitar el ejercicio de esta facultad en el plazo máximo de veinticuatro (24) horas desde que hubiere sido requerida para ello,
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Samples: General Terms and Conditions
Reserva de dominio. 7.a) Las condiciones La mercancía entregada seguirá siendo de pago nuestra propiedad hasta que se consignan estén satisfechos en la estipulación 5ª se han convenido con el único objeto su integridad todos nuestros derechos de facilitar la adquisición de los equipos, y cuantos elementos accesorios les son inherentes, por parte del Cliente. Por consiguiente, es condición esencial y determinante cobro resultantes de la voluntad xx Xxxxx Xxxxxxxxxx S.A. Sucursal del Perú relación comercial. El comprador podrá revender la mercancía situada bajo reserva de dominio, contra pago en obligarse por medio del presente Contrato el que el Cliente no adquirirá la propiedad efectivo o bajo reserva de los efectos que son objeto de venta hasta el pago total del precio a satisfacción xx Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú conforme a lo convenidodominio, en tiempo y forma. En este sentidoel marco de las relaciones comerciales ordinarias; no estará facultado para realizar ningún otro acto de disposición, el dominio de los equipos y cuantos elementos accesorios les son inherentes, no se transfieren en este acto al Cliente, quien asume especialmente la obligación personal e inexcusable de no transferir a su vez a terceras personas, ni a ofrecer, la propiedad de aquellos, ceder su uso, darlos en prenda, gravarlos o hipotecarlos en forma alguna. En especial, el Cliente se hace responsable del deber de informar a terceros cesión de la propiedad mercancía en garantía o su pignoración. El comprador nos cede ya desde este momento sus derechos de los bienes objeto del presente Contrato, obligándose a no a llevar a cabo acto alguno, realizar manifestaciones, o incurrir en omisiones, que puedan conllevar, directa o indirectamente, cobro resultantes de la creencia, por parte reventa de terceras personas públicas y/o privadas, de que, la disposición que aquella pudiera realizar sobre los equipos, y/o sus elementos accesorios, es definitiva.
7.b) El Cliente se obliga a llevar a cabo, con carácter inmediato y a sus expensas, cuantas inscripciones sean necesarias en los Registros públicos de bienes muebles y cualesquiera otros fueren adecuados al objeto de a hacer valer el derecho de propiedad que aquí se contempla, así como a informar del pacto de mercancía situada bajo reserva de dominio configurado a favor xx Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú, y a mantener en buen estado y/ o reponer las menciones – incluidos los correspondientes derechos de cobro resultantes de letras de cam- bio – junto con todos los derechos accesorios. Aceptamos esa cesión. En el caso de que la mercancía situada bajo reserva de dominio/ propiedad dominio sea vendida por el comprador a favor xx Xxxxx Xxxxxxxxxx S.A. Sucursal un precio total junto con otras mercancías no procedentes de B.E.G. Electronic GmbH, la cesión tendrá lugar solamente en la cuantía del Perú y los números importe que hayamos facturado por la mercancía situada bajo reserva de serie dominio que se consignan en los propios equipos, al objeto haya sido vendida junto con mercancías no procedentes de asegurar su publicidad frente a terceros. Asimismo, B.E.G. Electronic GmbH. En el Cliente se asegurará caso de que los bienes derechos de cobro del comprador resultantes de la compraventa sean utilizados conforme a los manuales y/o instrucciones establecidas por el fabricante. A tal efectoincluidos en una relación de cuenta corriente mercantil, el Cliente comprador nos cede ya desde este momento también sus derechos de cobro frente a sus clientes resultantes de esa relación de cuenta corriente mercantil. La cesión se efectuará en la cuantía del importe que hayamos facturado por la mercancía situada bajo reserva de dominio que haya sido revendida posteriormente. Si el comprador incurre en demora del pago o se deterioran su situación económica o su solvencia de la forma descrita en el apartado IV, tendremos derecho, sin perjuicio del ejercicio de otros derechos, a exigir como garantía la devolución de la mercancía situada bajo reserva de dominio; esa devolución no implicará la rescisión del contrato de compraventa. El comprador deberá concedernos acceso a la mercancía situada devolución, el comprador deberá almacenar la mercancía situada bajo reserva de dominio separadamente vendedor. El vendedor, previo señalamiento de un plazo de pago, podrá proveerse vender esa mercancía sin subasta; como valor computable de la mercancía situada bajo reserva de dominio se considerará el resultante de restar del producto obtenido con su venta los gastos que esta última haya implicado. Si el valor de las garantías supera la cuantía de los suministros derechos de operación necesarios (fungiblescobro del vendedor en un 50 % o más, etc.)el vendedor liberará las garantías en esa misma medida a elección suya si así se lo exige el comprador. El comprador deberá informar al vendedor de toda pretensión de terceros, pero solamente especialmente en virtud de aquellos que sean compatibles y adecuados para la utilización medidas de los equipos.
7.c) El Cliente queda autorizado a modificar y/o mejorar los equipos siempre y cuando la eficacia y/o vida útil de los mismos no resulte afectada y/o disminuida, además de no poner en peligro la titularidad de los mismos. Las mejoras o modificaciones, cuando no sean separables, solamente podrán llevarse a cabo con el consentimiento, previo y por escrito, xx Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú. En cualquier caso, toda modificación y/o mejora, sea separable o noejecución forzosa, que resulte en un aumento y/tenga por objeto la mercancía situada bajo reserva de dominio o beneficio los derechos de los equipos no facultará cobro cedidos al Cliente a exigir compensación alguna.
7.d) El lugar de depósito/instalación/ubicación inicial de los equipos deberá comunicarse por escrito x Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú en el plazo de quince (15) días a contar desde la fecha en que el Cliente lo hubiere verificado. Los bienes objeto del presente Contrato solamente podrán ser desplazados de su ubicación inicial o temporal especificando previamente y por escrito x Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú las razonesvendedor, y permanencia o temporalidad, deberá prestarle todo tipo de dicho cambio. En todo caso, el Cliente no podrá sacar los bienes ayuda x xxxxx del territorio nacional sin el consentimiento previo y por escrito xx Xxxxx Xxxxxxxxxx S.A. Sucursal del Perú
7.e) Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú podrá en todo momento inspeccionar los bienes objeto comprador para defenderse de compraventa, así como a requerir al Cliente que acredite el cumplimiento esas pretensiones de cuantas obligaciones principales y/o accesorias, incluido la suscripción y/o vigencia de los seguros exigibles, se consignan en el presente Contrato. El Cliente se obliga a facilitar el ejercicio de esta facultad en el plazo máximo de veinticuatro (24) horas desde que hubiere sido requerida para ello,terceros.
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Reserva de dominio. 7.a) Las condiciones 8.1 La mercancía suministrada seguirá siendo propiedad de pago Boll & Xxxxx hasta que se consignan en hayan pagado íntegramente todos los derechos de crédito resultantes de la estipulación 5ª se han convenido relación comercial con el único cliente.
8.2 En caso de incorporación, confusión o unión con otras mercancías, x Xxxx & Xxxxx le corresponderá sobre el nuevo objeto una cuota de facilitar copropiedad equivalente a la adquisición proporción del importe de los equiposla factura de la mercancía de Boll & Xxxxx respecto de las otras mercancías en el momento de la incorporación, y cuantos elementos accesorios les son inherentes, confusión o unión. La incorporación o unión por parte del Clientecliente se realizará siempre por cuenta de Boll & Xxxxx. Por consiguienteA la copropiedad se le aplicará por analogía el número 8.1 que antecede.
8.3 El cliente solamente puede realizar actos dispositivos sobre la mercancía con reserva de dominio (especialmente enajenaciones, es condición esencial y determinante de la voluntad xx Xxxxx Xxxxxxxxxx S.A. Sucursal del Perú en obligarse por medio del presente Contrato el que el Cliente no adquirirá la propiedad de los efectos que son objeto de venta hasta el pago total del precio a satisfacción xx Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú conforme a lo convenido, en tiempo y forma. En este sentido, el dominio de los equipos y cuantos elementos accesorios les son inherentes, no se transfieren en este acto al Cliente, quien asume la obligación personal e inexcusable de no transferir a su vez a terceras personas, ni a ofrecer, la propiedad de aquellos, ceder su uso, darlos en prenda, gravarlos o hipotecarlos en forma alguna. En especial, el Cliente se hace responsable del deber de informar a terceros cesión de la propiedad a título de garantía o pignoraciones) con la aprobación previa y escrita de Boll & Xxxxx.
8.4 Cuando el valor de las garantías constituidas a favor de Boll & Xxxxx supere los bienes objeto del presente Contratoderechos de crédito pendientes y a garantizar en más de un 20 %, obligándose Xxxx & Xxxxx estará obligada a no a llevar a cabo acto alguno, realizar manifestaciones, o incurrir en omisiones, que puedan conllevar, directa o indirectamente, la creencia, por liberar una parte de terceras personas públicas las garantías que elija a su libre discreción, hasta llegar a tal límite. A tal efecto se atenderá el valor neto de factura que Xxxx & Xxxxx haya facturado al cliente.
8.5 En caso xx xxxx en el pago, inminente suspensión de pagos, información no satisfactoria sobre la capacidad de pago y/o privadasla situación patrimonial del cliente o cuando en relación con el cliente existan ejecuciones forzosas o letras protestadas, así como en caso de quesolicitarse la apertura de un procedimiento de insolvencia sobre el patrimonio del cliente, Xxxx & Xxxxx tendrá derecho a resolver el contrato o a desistir del mismo y a tomar posesión sin más de la disposición que aquella pudiera realizar sobre los equipos, y/o sus elementos accesorios, es definitivamercancía reservada. El cliente está obligado a entregarla.
7.b) El Cliente se obliga a llevar a cabo, con carácter inmediato y a sus expensas, cuantas inscripciones sean necesarias en 8.6 En caso de menoscabo de los Registros públicos de bienes muebles y cualesquiera otros fueren adecuados al objeto de a hacer valer el derecho derechos de propiedad de Boll & Xxxxx por terceros, especialmente en caso de intervención o embargo de la mercancía sujeta a reserva de dominio, el cliente deberá informar x Xxxx & Xxxxx inmediatamente, remitiendo la documentación de que aquí se contempladisponga (p. ej., acta de embargo), y advertir al tercero de los derechos de propiedad de Boll & Xxxxx. El cliente deberá soportar todos los gastos necesarios para enervar tal menoscabo de los derechos de Boll & Xxxxx.
8.7 El cliente estará obligado a conservar, mantener y reparar la mercancía sujeta a reserva de dominio en nombre de Boll & Xxxxx pero por su cuenta y con la diligencia debida, así como a informar del pacto asegurarla como un comerciante diligente contra los riesgos de deterioro, pérdida o extravío. Ya por la presente, el cliente cede x Xxxx & Xxxxx, que acepta la cesión, todos los eventuales derechos contra el seguro u otros derechos indemnizatorios por deterioro, pérdida o extravío.
8.8 Los cambios en el lugar de instalación y/o emplazamiento de la mercancía sujeta a reserva de dominio configurado a favor xx Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú, y a mantener en buen estado y/ o reponer las menciones de reserva de dominio/ propiedad a favor xx Xxxxx Xxxxxxxxxx S.A. Sucursal del Perú y los números de serie que se consignan en los propios equipos, al objeto de asegurar su publicidad frente a terceros. Asimismo, el Cliente se asegurará de que los bienes sean utilizados conforme a los manuales y/o instrucciones establecidas por el fabricante. A tal efecto, el Cliente podrá proveerse de los suministros de operación necesarios (fungibles, etc.), pero solamente de aquellos que sean compatibles y adecuados para la utilización de los equipos.
7.c) El Cliente queda autorizado a modificar y/o mejorar los equipos siempre y cuando la eficacia y/o vida útil de los mismos no resulte afectada y/o disminuida, además de no poner en peligro la titularidad de los mismos. Las mejoras o modificaciones, cuando no sean separables, solamente podrán llevarse a cabo con el consentimiento, previo y por escrito, xx Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú. En cualquier caso, toda modificación y/o mejora, sea separable o no, que resulte en un aumento y/o beneficio de los equipos no facultará al Cliente a exigir compensación alguna.
7.d) El lugar de depósito/instalación/ubicación inicial de los equipos deberá comunicarse por escrito x Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú en el plazo de quince (15) días a contar desde la fecha en que el Cliente lo hubiere verificado. Los bienes objeto del presente Contrato solamente podrán ser desplazados de su ubicación inicial o temporal especificando previamente serán comunicados sin demora y por escrito por el cliente x Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú las razones, y permanencia o temporalidad, de dicho cambio. En todo caso, el Cliente no podrá sacar los bienes del territorio nacional sin el consentimiento previo y por escrito xx Xxxxx Xxxxxxxxxx S.A. Sucursal del Perú
7.e) Xxxxx Ingenieros S.A. Sucursal del Perú podrá en todo momento inspeccionar los bienes objeto de compraventa, así como a requerir al Cliente que acredite el cumplimiento de cuantas obligaciones principales y/o accesorias, incluido la suscripción y/o vigencia de los seguros exigibles, se consignan en el presente Contrato. El Cliente se obliga a facilitar el ejercicio de esta facultad en el plazo máximo de veinticuatro (24) horas desde que hubiere sido requerida para ello,Xxxx & Xxxxx.
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