Common use of Responsabilidad Fiscal Clause in Contracts

Responsabilidad Fiscal. Queda establecido y entendido entre las partes que cada una de ellas es responsable de pagar los impuestos que a cada cual le correspondan, conforme a la legislación fiscal vigente o conforme a aquella que le sustituya. Por tanto, ninguna de las partes será considerada como obligada solidaria de su contraparte respecto de las obligaciones de carácter fiscal que le correspondan; sin perjuicio de que ARGOS realice las retenciones que señalen las disposiciones fiscales aplicables, con el fin de enterarlas por cuenta de terceros. El CONTRATANTE sabe y entiende la naturaleza jurídica de esta póliza de seguro, así como que su uso es para los fines de protección y aseguramiento previstos en la misma. El CONTRATANTE se obliga a asumir las posibles infracciones a las disposiciones fiscales vigentes, así como las responsabilidades de cualquier índole en las que incida derivados del mal uso, utilización diversa o indebida que dé a esta póliza de seguro. CG-GPODEU-0616 13 Cuando se contrata un Seguro de Vida, es muy común que se desconozcan los derechos que se tienen como Asegurado al momento de adquirir esta protección, en caso de algún siniestro, e inclusive previo a la contratación. Si tú conoces bien cuáles son tus derechos podrás tener claro el alcance que tiene tu Xxxxxx, evitarás imprevistos de último momento y estarás mejor protegido. Es muy fácil… CONTRATAS UN SEGURO Y DEnUcRaAsoNdTeEquSeUocVurIrGa EelNsCiniIeAs?tro tienes derecho a: • Recibir el pago de la Suma Asegurada contratada en Como Contratante tienes derecho antes y durante la contratación del Seguro a: • Solicitar al Intermediario que te ofrece el Seguro la identificación que los acredita para ejercer como tal. • Solicitar por escrito información referente al importe de la comisión o compensación que recibe el Intermediario que te ofrece el Seguro. Éste se proporcionará por escrito o por medios electrónicos, en un plazo no mayor a 10 (diez) días hábiles posteriores a la fecha de recepción de la solicitud. • Recibir toda la información que te permita conocer las Condiciones Generales del Seguro, incluyendo el alcance real de la Cobertura que estás contratando, la forma de conservarla y la forma de dar por terminado el Contrato. Para lo cual ponemos a tu disposición nuestro sitio web xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx, o en cualquiera de nuestras oficinas.

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Samples: Grupo Deudor

Responsabilidad Fiscal. Queda establecido La responsabilidad fiscal es aquella imputable a los servidores públicos o a los particulares, cuando en el ejercicio de la gestión fiscal o con ocasión de ésta, causen por acción u omisión y entendido en forma dolosa o culposa un daño al patrimonio del Estado. La responsabilidad fiscal tiene como finalidad o propósito específico la protección y garantía del patrimonio del Estado, buscando la reparación de los daños que éste haya podido sufrir como consecuencia de la gestión irregular de quienes tienen a su cargo el manejo de dineros o bienes públicos. Para efectos de la responsabilidad fiscal la gestión fiscal debe entenderse como el conjunto de actividades económico-jurídicas relacionadas con la adquisición, conservación, explotación, enajenación, consumo, disposición de los bienes del Estado, así como la recaudación, manejo e inversión de sus rentas en orden a cumplir los fines de éste, y realizadas por los órganos o entidades de naturaleza jurídica pública o por personas naturales o jurídicas de carácter privado. Esta clase de responsabilidad tiene las siguientes características: i) es meramente resarcitoria, ii) es de carácter patrimonial pues el gestor fiscal responde con su patrimonio y iii) es personal porque quien responde es la persona que maneja o administra los recursos públicos que en este caso es el supervisor o interventor. Como consecuencia de lo anterior, son responsables fiscales los supervisores o interventores cuando por el incumplimiento de sus funciones de control y vigilancia sobre determinado contrato estatal se ocasiona un detrimento patrimonial para la Entidad Estatal que, entre las partes que cada una otros, puede ser consecuencia de ellas es responsable de pagar los impuestos que a cada cual le correspondan, conforme a deficiencias en la legislación fiscal vigente ejecución del objeto contractual o conforme a aquella que le sustituya. Por tanto, ninguna en el cumplimiento de las partes será considerada como obligada solidaria condiciones de calidad y oportunidad establecidas en el contrato vigilado. Además, en su contraparte respecto calidad de gestores fiscales se presume que los supervisores o interventores de los contratos incurren en responsabilidad fiscal: i) a título de dolo fiscal cuando por los mismos hechos haya sido condenados penalmente o sancionados disciplinariamente por la comisión de un delito o una falta disciplinaria Cuando Montería trabaja o duerme … Sus bomberos la protegen 92 imputados a ese título y ii) a título de culpa grave cuando se omite el cumplimiento de las obligaciones propias de carácter fiscal los contratos de interventoría o de las funciones de supervisión, tales como el adelantamiento de revisiones periódicas de obras, bienes o servicios, de manera que le correspondan; sin perjuicio no se establezca la correcta ejecución del objeto contractual o el cumplimiento de que ARGOS realice las retenciones que señalen las disposiciones fiscales aplicables, con el fin condiciones de enterarlas calidad y oportunidad ofrecidas por cuenta los contratistas y cuando se incumpla la obligación de terceros. El CONTRATANTE sabe y entiende la naturaleza jurídica de esta póliza de seguro, así como que su uso es para asegurar los fines de protección y aseguramiento previstos en la misma. El CONTRATANTE se obliga a asumir las posibles infracciones a las disposiciones fiscales vigentes, así como las responsabilidades de cualquier índole en las que incida derivados del mal uso, utilización diversa o indebida que dé a esta póliza de seguro. CG-GPODEU-0616 13 Cuando se contrata un Seguro de Vida, es muy común que se desconozcan los derechos que se tienen como Asegurado al momento de adquirir esta protección, en caso de algún siniestro, e inclusive previo a la contratación. Si tú conoces bien cuáles son tus derechos podrás tener claro el alcance que tiene tu Xxxxxx, evitarás imprevistos de último momento y estarás mejor protegido. Es muy fácil… CONTRATAS UN SEGURO Y DEnUcRaAsoNdTeEquSeUocVurIrGa EelNsCiniIeAs?tro tienes derecho a: • Recibir el pago bienes de la Suma Asegurada contratada en Como Contratante tienes derecho antes y durante entidad o la contratación del Seguro a: • Solicitar de hacer exigibles las pólizas o garantías frente al Intermediario que te ofrece acaecimiento de los siniestros o el Seguro la identificación que incumplimiento de los acredita para ejercer como tal. • Solicitar por escrito información referente al importe de la comisión o compensación que recibe el Intermediario que te ofrece el Seguro. Éste se proporcionará por escrito o por medios electrónicos, en un plazo no mayor a 10 (diez) días hábiles posteriores a la fecha de recepción de la solicitud. • Recibir toda la información que te permita conocer las Condiciones Generales del Seguro, incluyendo el alcance real de la Cobertura que estás contratando, la forma de conservarla y la forma de dar por terminado el Contrato. Para lo cual ponemos a tu disposición nuestro sitio web xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx, o en cualquiera de nuestras oficinascontratos.

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Samples: Manual De Contratación, Supervisión E Interventoría

Responsabilidad Fiscal. Queda establecido La responsabilidad fiscal es aquella imputable a los servidores públicos y/o a los particulares, cuando en el ejercicio de la gestión fiscal o con ocasión de ésta, causen por acción u omisión y entendido en forma dolosa o culposa un daño al patrimonio del Estado. La responsabilidad fiscal tiene como finalidad o propósito específico la protección y garantía del patrimonio del Estado, buscando la reparación de los daños que éste haya podido sufrir como consecuencia de la gestión irregular de quienes tienen a su cargo el manejo de dineros o bienes públicos. Para efectos de la responsabilidad fiscal, la gestión fiscal debe entenderse como el conjunto de actividades económico-jurídicas relacionadas con la adquisición, conservación, explotación, enajenación, consumo, disposición de los bienes del Estado, así como la recaudación, manejo e inversión de sus rentas en orden a cumplir los fines de éste, y realizadas por los órganos o entidades de naturaleza jurídica pública o por personas naturales o jurídicas de carácter privado. Esta clase de responsabilidad tiene las siguientes características: i) Es meramente resarcitoria, ii) Es de carácter patrimonial pues el gestor fiscal responde con su patrimonio y, iii) Es personal porque quien responde es la persona que maneja o administra los recursos públicos que en este caso es el supervisor/interventor. Como consecuencia de lo anterior, son responsables fiscales los supervisores/interventores cuando por el incumplimiento de sus funciones de control y vigilancia sobre determinado contrato/convenio estatal se ocasiona un detrimento patrimonial para el MEN que, entre las partes que cada una otros, puede ser consecuencia de ellas es responsable de pagar los impuestos que a cada cual le correspondan, conforme a deficiencias en la legislación fiscal vigente ejecución del objeto contractual o conforme a aquella que le sustituya. Por tanto, ninguna en el cumplimiento de las partes será considerada como obligada solidaria condiciones de calidad y oportunidad establecidas en el contrato/convenio vigilado. Además, en su contraparte respecto calidad de gestores fiscales se presume que los supervisores/interventores del contrato/convenio incurren en responsabilidad fiscal: i) A título de dolo cuando por los mismos hechos hayan sido condenados penalmente o sancionados disciplinariamente por la comisión de un delito o una falta disciplinaria imputados a ese título y, ii) A título de culpa grave cuando se omite el cumplimiento de las obligaciones propias de carácter fiscal que le correspondan; sin perjuicio los contratos de que ARGOS realice interventoría o de las retenciones que señalen las disposiciones fiscales aplicablesfunciones de supervisión, con el fin de enterarlas por cuenta de terceros. El CONTRATANTE sabe y entiende la naturaleza jurídica de esta póliza de seguro, así como que su uso es para los fines de protección y aseguramiento previstos en la misma. El CONTRATANTE se obliga a asumir las posibles infracciones a las disposiciones fiscales vigentes, así tales como las responsabilidades revisiones periódicas de cualquier índole en bienes o servicios, de manera que no se establezca la correcta ejecución del objeto contractual o el cumplimiento de las que incida derivados del mal uso, utilización diversa o indebida que dé a esta póliza condiciones de seguro. CG-GPODEU-0616 13 Cuando calidad y oportunidad ofrecidas por los contratistas y cuando se contrata un Seguro incumpla la obligación de Vida, es muy común que se desconozcan asegurar los derechos que se tienen como Asegurado al momento de adquirir esta protección, en caso de algún siniestro, e inclusive previo a la contratación. Si tú conoces bien cuáles son tus derechos podrás tener claro el alcance que tiene tu Xxxxxx, evitarás imprevistos de último momento y estarás mejor protegido. Es muy fácil… CONTRATAS UN SEGURO Y DEnUcRaAsoNdTeEquSeUocVurIrGa EelNsCiniIeAs?tro tienes derecho a: • Recibir el pago bienes de la Suma Asegurada contratada en Como Contratante tienes derecho antes y durante entidad o la contratación de hacer exigibles las pólizas o garantías frente al acaecimiento de los siniestros o el incumplimiento del Seguro a: • Solicitar al Intermediario que te ofrece el Seguro la identificación que los acredita para ejercer como tal. • Solicitar por escrito información referente al importe de la comisión o compensación que recibe el Intermediario que te ofrece el Seguro. Éste se proporcionará por escrito o por medios electrónicos, en un plazo no mayor a 10 (diez) días hábiles posteriores a la fecha de recepción de la solicitud. • Recibir toda la información que te permita conocer las Condiciones Generales del Seguro, incluyendo el alcance real de la Cobertura que estás contratando, la forma de conservarla y la forma de dar por terminado el Contrato. Para lo cual ponemos a tu disposición nuestro sitio web xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx, o en cualquiera de nuestras oficinascontrato/convenio.

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Samples: Manual De Supervisión E Interventoría

Responsabilidad Fiscal. Queda establecido La responsabilidad fiscal es aquella imputable a los servidores públicos o a los particulares, cuando en el ejercicio de la gestión fiscal o con ocasión de ésta, causen por acción u omisión y entendido en forma dolosa o culposa un daño al patrimonio del Estado. La responsabilidad fiscal tiene como finalidad o propósito específico la protección y garantía del patrimonio del Estado, buscando la reparación de los daños que éste haya podido sufrir como consecuencia de la gestión irregular de quienes tienen a su cargo el manejo de dineros o bienes públicos. Para efectos de la responsabilidad fiscal la gestión fiscal debe entenderse como el conjunto de actividades económico-jurídicas relacionadas con la adquisición, conservación, explotación, enajenación, consumo, disposición de los bienes del Estado, así como la recaudación, manejo e inversión de sus rentas en orden a cumplir los fines de éste, y realizadas por los órganos o entidades de naturaleza jurídica pública o por personas naturales o jurídicas de carácter privado Esta clase de responsabilidad tiene las siguientes características: i) es meramente resarcitoria, ii) es de carácter patrimonial pues el gestor fiscal responde con su patrimonio y iii) es personal porque quien responde es la persona que maneja o administra los recursos públicos que en este caso es el supervisor o interventor. Como consecuencia de lo anterior, son responsables fiscales los supervisores o interventores cuando por el incumplimiento de sus funciones de control y vigilancia sobre determinado contrato estatal se ocasiona un detrimento patrimonial para la Entidad Estatal que, entre las partes que cada una otros, puede ser consecuencia de ellas es responsable de pagar los impuestos que a cada cual le correspondan, conforme a deficiencias en la legislación fiscal vigente ejecución del objeto contractual o conforme a aquella que le sustituya. Por tanto, ninguna en el cumplimiento de las partes será considerada como obligada solidaria condiciones de calidad y oportunidad establecidas en el contrato vigilado. Además, en su contraparte respecto calidad de gestores fiscales se presume que los supervisores o interventores de los contratos incurren en responsabilidad fiscal: i) a título de dolo fiscal cuando por los mismos hechos haya sido condenados penalmente o sancionados disciplinariamente por la comisión de un delito o una falta disciplinaria imputados a ese título y ii) a título de culpa grave cuando se omite el cumplimiento de las obligaciones propias de carácter fiscal los contratos de interventoría o de las funciones de supervisión, tales como el adelantamiento de revisiones periódicas de obras, bienes o servicios, de manera que le correspondan; sin perjuicio no se establezca la correcta ejecución del objeto contractual o el cumplimiento de que ARGOS realice las retenciones que señalen las disposiciones fiscales aplicables, con el fin condiciones de enterarlas calidad y oportunidad ofrecidas por cuenta los contratistas y cuando se incumpla la obligación de terceros. El CONTRATANTE sabe y entiende la naturaleza jurídica de esta póliza de seguro, así como que su uso es para asegurar los fines de protección y aseguramiento previstos en la misma. El CONTRATANTE se obliga a asumir las posibles infracciones a las disposiciones fiscales vigentes, así como las responsabilidades de cualquier índole en las que incida derivados del mal uso, utilización diversa o indebida que dé a esta póliza de seguro. CG-GPODEU-0616 13 Cuando se contrata un Seguro de Vida, es muy común que se desconozcan los derechos que se tienen como Asegurado al momento de adquirir esta protección, en caso de algún siniestro, e inclusive previo a la contratación. Si tú conoces bien cuáles son tus derechos podrás tener claro el alcance que tiene tu Xxxxxx, evitarás imprevistos de último momento y estarás mejor protegido. Es muy fácil… CONTRATAS UN SEGURO Y DEnUcRaAsoNdTeEquSeUocVurIrGa EelNsCiniIeAs?tro tienes derecho a: • Recibir el pago bienes de la Suma Asegurada contratada en Como Contratante tienes derecho antes y durante entidad o la contratación del Seguro a: • Solicitar de hacer exigibles las pólizas o garantías frente al Intermediario que te ofrece acaecimiento de los siniestros o el Seguro la identificación que incumplimiento de los acredita para ejercer como tal. • Solicitar por escrito información referente al importe de la comisión o compensación que recibe el Intermediario que te ofrece el Seguro. Éste se proporcionará por escrito o por medios electrónicos, en un plazo no mayor a 10 (diez) días hábiles posteriores a la fecha de recepción de la solicitud. • Recibir toda la información que te permita conocer las Condiciones Generales del Seguro, incluyendo el alcance real de la Cobertura que estás contratando, la forma de conservarla y la forma de dar por terminado el Contrato. Para lo cual ponemos a tu disposición nuestro sitio web xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx, o en cualquiera de nuestras oficinascontratos.

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Samples: Supervision and Control Agreement

Responsabilidad Fiscal. Queda establecido y entendido entre las partes Previo al otorgamiento de la Garantía, EL FNG procederá a revisar el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República, para verificar que cada al potencial emisor, accionistas, beneficiarios reales, afiliados, vinculados o sociedades matrices o subordinadas o sus directivos o administradores, no se le haya dictado fallo de responsabilidad fiscal. Igualmente, el potencial Emisor declara que ni él ni sus accionistas, beneficiarios reales, afiliados, vinculados o sociedades matrices o subordinadas o sus directivos o administradores están siendo objeto de investigación adelantada por la Contraloría General de la República por temas de responsabilidad fiscal. PARÁGRAFO: Será causal de terminación del presente Contrato, en el momento de ser EL EMISOR: i) vinculado a una investigación por parte de ellas es responsable la Contraloría General de pagar los impuestos la República por actos que a cada cual le correspondan, conforme a la legislación fiscal vigente o conforme a aquella que le sustituya. Por tanto, ninguna de las partes será considerada como obligada solidaria de su contraparte respecto de las obligaciones de carácter fiscal que le correspondan; sin perjuicio de que ARGOS realice las retenciones que señalen las disposiciones fiscales aplicables, con el fin de enterarlas por cuenta de terceros. El CONTRATANTE sabe y entiende la naturaleza jurídica de esta póliza de seguro, así como que su uso es para los fines de protección y aseguramiento previstos se enmarquen en la misma. El CONTRATANTE se obliga a asumir las posibles infracciones a las disposiciones fiscales vigentesadministración de recursos y bienes públicos, así como las responsabilidades de cualquier índole en las que incida derivados del mal uso, utilización diversa o indebida que dé a esta póliza de seguro. CG-GPODEU-0616 13 Cuando se contrata un Seguro de Vida, es muy común que se desconozcan los derechos que se tienen como Asegurado al momento de adquirir esta protección, en caso de algún siniestro, e inclusive previo a ii) sancionado por la contratación. Si tú conoces bien cuáles son tus derechos podrás tener claro el alcance que tiene tu Xxxxxx, evitarás imprevistos de último momento y estarás mejor protegido. Es muy fácil… CONTRATAS UN SEGURO Y DEnUcRaAsoNdTeEquSeUocVurIrGa EelNsCiniIeAs?tro tienes derecho a: • Recibir el pago Contraloría General de la Suma Asegurada contratada en Como Contratante tienes derecho antes y durante la contratación del Seguro a: • Solicitar al Intermediario que te ofrece el Seguro la identificación que los acredita para ejercer como tal. • Solicitar por escrito información referente al importe de la comisión o compensación que recibe el Intermediario que te ofrece el Seguro. Éste se proporcionará por escrito o por medios electrónicos, República en un plazo no mayor a 10 (diez) días hábiles posteriores a la fecha fallo de recepción de la solicitud. • Recibir toda la información que te permita conocer las Condiciones Generales del Seguroresponsabilidad fiscal, incluyendo evento en el alcance real de la Cobertura que estás contratando, la forma de conservarla y la forma de dar cual el FNG dará por terminado el Contratopresente Contrato de manera inmediata, sin que por este hecho haya lugar al pago de sanción o indemnización alguna. Lo anterior sin perjuicio que el FNG adelante todas las acciones legales a que hubiere lugar ante las Autoridades Competentes. Para lo cual ponemos a tu disposición nuestro sitio web xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxque surta efectos la terminación del presente Contrato por el incumplimiento de las políticas descritas en la presente cláusula, o en cualquiera bastará la notificación de nuestras oficinasla decisión de terminación por cualquier medio escrito por parte de EL FNG.

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Samples: Contrato De Garantía

Responsabilidad Fiscal. Queda establecido Se deduce de los actos que lesionan el servicio o el patrimonio público por parte de servidores públicos y entendido entre las partes contratistas que ejerzan gestión fiscal. Se entiende por gestión fiscal la administración o el manejo de bienes y recursos públicos. La Corte Constitucional, en Sentencia C-840/01, señaló que ejercen gestión fiscal los servidores públicos y los particulares “que tengan capacidad decisoria frente a los fondos o bienes del erario público puestos a su cargo”. Para determinar la responsabilidad fiscal del interventor debe tenerse en cuenta, en cada una caso en particular, que sus obligaciones son de ellas es responsable medio y no de pagar los impuestos resultado y que a cada cual le correspondan, conforme por regla general emite conceptos y no toma decisiones sobre administración y manejo de recursos. Proceso de responsabilidad fiscal: Corresponde a la legislación actuación administrativa que adelantan las Contralorías para determinar la responsabilidad de servidores públicos o particulares y obtener el resarcimiento por los daños irrogados al erario público. Se predica de una conducta dolosa o culpa grave atribuible a una persona que realiza gestión fiscal vigente o conforme a aquella y que le sustituyaha causado un daño patrimonial al Estado. Por tantoSolidaridad: En algunos fallos proferidos por las contralorías, ninguna en proceso de las partes será considerada como obligada solidaria de su contraparte respecto de las obligaciones de carácter fiscal que le correspondan; sin perjuicio de que ARGOS realice las retenciones que señalen las disposiciones fiscales aplicablesresponsabilidad fiscal, se predica la solidaridad entre servidores públicos, contratistas e interventores. De conformidad con el fin artículo 1568 del Código Civil, la solidaridad solamente se puede predicar de enterarlas por cuenta la Ley, convención o testamento. Ni el Estatuto de tercerosContratación ni la Ley 610 del 2000, contemplan la solidaridad entre servidores y contratistas. El CONTRATANTE sabe y entiende En sentencia SU – 881/ -05 de la naturaleza jurídica de esta póliza de seguroCorte Constitucional, así expresó: “(…) como que su uso es para los fines de protección y aseguramiento previstos en la misma. El CONTRATANTE se obliga a asumir las posibles infracciones a las disposiciones fiscales vigentes, así como las responsabilidades de cualquier índole en las que incida derivados del mal uso, utilización diversa o indebida que dé a esta póliza de seguro. CG-GPODEU-0616 13 Cuando se contrata un Seguro de Vida, es muy común que se desconozcan los derechos que se tienen como Asegurado al momento de adquirir esta protección, en caso de algún siniestro, e inclusive previo responsable solidario a la contratación. Si tú conoces bien cuáles son tus derechos podrás tener claro el alcance que tiene tu Xxxxxx, evitarás imprevistos de último momento y estarás mejor protegido. Es muy fácil… CONTRATAS UN SEGURO Y DEnUcRaAsoNdTeEquSeUocVurIrGa EelNsCiniIeAs?tro tienes derecho a: • Recibir el pago luz del artículo 26 de la Suma Asegurada contratada en Como Contratante tienes derecho antes y durante la contratación del Seguro a: • Solicitar al Intermediario que te ofrece el Seguro la identificación que los acredita para ejercer como tal. • Solicitar por escrito información referente al importe de la comisión o compensación que recibe el Intermediario que te ofrece el Seguro. Éste se proporcionará por escrito o por medios electrónicos, en un plazo no mayor a 10 (diez) días hábiles posteriores a la fecha de recepción de la solicitud. • Recibir toda la información que te permita conocer las Condiciones Generales del Seguro, incluyendo el alcance real de la Cobertura que estás contratandoLey 80, la forma Sala Plena encuentra que del tenor literal de conservarla este artículo sólo se pueden derivar responsabilidades puras y simples de los servidores públicos que intervengan en los procesos de contratación estatal. Así las cosas, la forma solidaridad, que requiere declaración expresa (artículo 1568 inciso 3º Código Civil), no se puede derivar de dar por terminado el Contrato. Para lo cual ponemos a tu disposición nuestro sitio web xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx, o en cualquiera de nuestras oficinasuna norma que ni siquiera menciona obligaciones complejas según su sujeto.

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Samples: Responsabilidad Del Interventor

Responsabilidad Fiscal. Queda establecido El objeto de la responsabilidad fiscal es el resarcimiento de los daños ocasionados al patrimonio del Consejo Profesional Nacional de Arquitectura y sus Profesiones Auxiliares como consecuencia de la conducta dolosa o culposa de quienes realizan gestión fiscal (quienes manejen recursos públicos o cumplan funciones públicas), mediante el pago de una indemnización pecuniaria que compense el perjuicio sufrido por la entidad. La responsabilidad fiscal se declara a través de un proceso de responsabilidad fiscal entendido entre las partes que cada una como el conjunto de ellas es responsable actuaciones adelantadas por la Contraloría General de pagar los impuestos que a cada cual le correspondan, conforme a la legislación fiscal vigente o conforme a aquella que le sustituya. Por tanto, ninguna de las partes será considerada como obligada solidaria de su contraparte respecto de las obligaciones de carácter fiscal que le correspondan; sin perjuicio de que ARGOS realice las retenciones que señalen las disposiciones fiscales aplicablesRepública, con el fin de enterarlas determinar y establecer la responsabilidad de los particulares que cumplan funciones públicas o manejen y administren bienes del Consejo, cuando en ejercicio de la gestión fiscal o con ocasión de ésta, causen por cuenta acción u omisión y en forma dolosa o culposa, un daño al patrimonio del Consejo. Los elementos de terceros. El CONTRATANTE sabe la responsabilidad fiscal son: una conducta dolosa o culposa atribuible a una persona que realiza gestión fiscal; un daño al patrimonio del Estado y entiende la naturaleza jurídica un nexo de esta póliza de seguro, así como que su uso es para causalidad entre los fines de protección y aseguramiento previstos en la misma. El CONTRATANTE se obliga a asumir las posibles infracciones a las disposiciones fiscales vigentes, así como las responsabilidades de cualquier índole en las que incida derivados del mal uso, utilización diversa o indebida que dé a esta póliza de seguro. CG-GPODEU-0616 13 Cuando se contrata un Seguro de Vida, es muy común que se desconozcan los derechos que se tienen como Asegurado al momento de adquirir esta protección, en caso de algún siniestro, e inclusive previo a la contratacióndos elementos anteriores. Si tú conoces bien cuáles son tus derechos podrás tener claro un particular es declarado responsable fiscalmente, debe pagar una indemnización en dinero para compensar el alcance perjuicio que tiene tu Xxxxxx, evitarás imprevistos sufrió el Consejo. Las consecuencias del fallo de último momento y estarás mejor protegido. Es muy fácil… CONTRATAS UN SEGURO Y DEnUcRaAsoNdTeEquSeUocVurIrGa EelNsCiniIeAs?tro tienes derecho aresponsabilidad fiscal son: • Recibir Se debe indemnizar al Estado mediante el pago de una suma de dinero. Se incluye al responsable fiscal que no pague lo ordenado en el fallo, en el boletín de responsables fiscales que publica la Suma Asegurada contratada Contraloría General de la República. Quienes aparezcan en Como Contratante tienes derecho antes el boletín no podrán tomar posesión en un cargo público o celebrar contratos con entidades estatales, salvo que exista un acuerdo de pago vigente. Si es un contratista el declarado responsable, la Contraloría solicitará a la entidad que se declare la caducidad del contrato, siempre y durante cuando no haya vencido el plazo de ejecución y no esté liquidado. Esta acción prescribe en cinco (5) años. El control fiscal sobre la actividad contractual de la administración pública tiene lugar en dos momentos distintos, así: Una vez concluidos los trámites administrativos de legalización de los contratos, es decir, cuando se ha perfeccionado el acuerdo de voluntades, para vigilar la gestión fiscal de la administración y, en general, el cumplimiento de las normas y principios que rigen la contratación estatal. Igualmente, se deberá ejercer el control fiscal posterior sobre las cuentas y pagos derivados del Seguro a: • Solicitar al Intermediario que te ofrece el Seguro la identificación que contrato. Una vez liquidados o terminados los acredita contratos, para ejercer como tal. • Solicitar por escrito información referente al importe un control financiero, de gestión y de resultados, fundados en la comisión o compensación que recibe el Intermediario que te ofrece el Seguro. Éste se proporcionará por escrito o por medios electrónicos, en un plazo no mayor a 10 (diez) días hábiles posteriores a la fecha de recepción de la solicitud. • Recibir toda la información que te permita conocer las Condiciones Generales del Seguro, incluyendo el alcance real de la Cobertura que estás contratando, la forma de conservarla eficiencia y la forma de dar por terminado el Contrato. Para lo cual ponemos a tu disposición nuestro sitio web xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx, o en cualquiera de nuestras oficinaseconomía.

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Samples: Manual De Supervisión E Interventoría