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RESPUESTA Cláusulas de Ejemplo

RESPUESTA. En atención a que es a la Fiduciaria a la que corresponde las etapas precontractual y contractual, es esta la que debe definir las pólizas a exigir a los futuros contratistas. -En relación con la obligación consistente en hacer efectivas las pólizas cuando sea del caso, aclarar que el Ministerio deberá instruir tal situación a la fiduciaria, toda vez que dicha entidad es quien lleva a cabo la supervisión y seguimiento de la ejecución de las obligaciones a cargo de los contratistas. RESPUESTA: En la invitación en el subnumeral 13 del numeral 2.6, señala “previa instrucción del fiducomitente” -Solicitamos aclarar la obligación contenida en el subnumeral consistente en presentar a la Dirección de Asuntos Indígenas, ROM y Minorías -DAIMR-, las facturas o su equivalente correspondientes sobre los costos generados por la declaración del RT ICA. Una vez sean presentadas estas facturas, el comité de seguimiento aprobará deducir el costo generado por este valor de los recursos a administrar. RESPUESTA: No se entiende el sentido de la solicitud de aclaración, máxime cuando de igual manera lo expone en el numeral 7 de las primeras observaciones allegadas por su firma. -Solicitamos corregir el contenido del numeral 3.1 de la invitación, teniendo en cuenta que las propuestas no pueden presentadas por personas naturales sino únicamente por sociedades fiduciarias. RESPUESTA: No cabe la aclaración, por cuanto se trata de un formalismo. -En relación con las características de la garantía de seriedad de la oferta solicitamos excluir la firma de las misma por parte de la aseguradora, toda vez que la póliza de seguros es solo una de las modalidades contempladas en el Decreto 4828 de 2008 para constituir dicha garantía. RESPUESTA: Su observación no es de recibo, como quiera que la firma es el aval de la aseguradora. -En relación con la ejecución presupuestal de los recursos, solicitamos aclarar que teniendo en cuenta que los recursos administrados siguen estando en cabeza del Ministerio del Interior, la ejecución presupuestal de los mismos continúa estando a cargo de dicha entidad.
RESPUESTA. La CCB proporcionara la información actualizada, a cada uno de los contactos registrados por los oferentes en el Anexo 7. Manifestación de Interés en Participar.
RESPUESTA. Se aclara lo siguiente:(i) Todos los herrajes como ser grapas, grilletes, tornillos, conectores para el cable de aluminio y guarda deben ser embalado en xxxxx xx xxxxxx, (ii)Todas las chapas, perfiles, mutantes, perfiles de cada tipo xx xxxxxx deben ser ordenadas y clasificadas según sus partes, como ser patas, cuerpo, extensión de cuerpo, ménsulas y puntinas, cada grupo debe ser amarrado con cinchos y trasladadas a la bodega de ENEE que se construirá en predio aledaño a la SE La Puerta,(iii) El cable de aluminio ACSR y guarda debe ser embalado en carretes xx xxxxxx nuevos o usados en perfecto estado aprobados por la supervisión del proyecto,(iv) Los aisladores tipo plato y aisladores rígidos de polímero, todo este material debe ser embalado en xxxxx xx xxxxxx,(v) todos los pernos recuperados de cada torre deben ser almacenados en cubetas de plástico resistente e identificados según tamaño, (vi) Toda la mano de obra y trasporte considerada en este apartado, el contratista debe incluirlo en su oferta e incluirlos en el precio indicado en todos los Sub-Numerales del numeral 10 del listado de Obras Electromecánicas y Civiles de la L.T., de las páginas 191 a la 195, (vii) Este mismo alcance aplica para los Sub-Numerales del numeral 11 del listado de Obras Electromecánicas y Civiles de la L.T., de las páginas 195 a la 198, (viii) El cable para el guarda OPGW de 36 F.O. a desmontar en tramo de línea existente (L530/L507) desde el Estadio Olímpico hasta la SE SPSS, debe ser embalado en carretes xx xxxxxx nuevos o usados en perfecto estado aprobado por la supervisión del proyecto, este alcance para el cable OPGW aplica para los Sub-Numerales del numeral 15 del listado de Obras Electromecánicas y Civiles de la L.T., de las páginas 204 a la 205, (ix) Todos los materiales, herrajes, xxxxxx, cables de fuerza ACSR, Guarda y demás accesorios recuperados de la línea existente deben ser trasladados a la bodega que será construida por el mismo proyecto en predio de ENEE en la SE La Puerta de San Xxxxx Xxxx. ¿Los estudios de suelos se deberán de hacer en cada sitio xx xxxxx o de poste ya sea metálico o de concreto? Se ha previsto que los ensayos se realicen en los puntos de inflexión (PI) de mayor ángulo de la línea, aunque en el documento de licitación en la página 883 se presenta un cuadro de los puntos seleccionados, sin embargo los puntos para realizar los ensayos serán acordados en conjunto con el contratista y la supervisión; si en algunos puntos el contratista consid...
RESPUESTA. El comité técnico evaluador, informa que una vez revisada la respuesta dada por el Comité Técnico Estructurador a la observación presentada por el Consorcio Obras Nacionales, que a la letra señala: “…los contratos presentados para acreditar la experiencia específica del proponente, numeral 3.1.1., deben ser contratos contratados a partir de Enero de 1998...”, el Comité Técnico Evaluador acoge la observación presentada por el CONSORCIO SAN-TEC y revalúa la propuesta de la UNION TEMPORAL TEQUENDAMA 2010. Por lo anterior, se valida únicamente el contrato de CONSTRUCCIÓN DEL EDIFICIO DE LA BIBLIOTECA (SEGUNDA ETAPA) EN LA SEDE PUERTA ROJA DE LA UNIVERSIDAD XX XXXXX para acreditar la experiencia de la UNION TEMPORAL TEQUENDAMA 2010, el cual tiene un valor de 5.072,03 SMMLV, valor que supera el presupuesto oficial del presente proceso (3.768,25 SMMLV) y mantiene habilitada la propuesta de la UNION TEMPORAL TEQUENDAMA 2010. En cuanto al proponente 17 UNION TEMPORAL PIEME MEJORAS INTEGRALES con base al folio 074 de la propuesta, la certificación de mobiliario presentada textualmente indica en el punto 5.1 “puesto de trabajo de oficina abierta incluye cableado eléctrico, de voz y datos y canaletas” no se evidencia claramente que correspondan al valor de los ítems ejecutados de mobiliario o sistema modular de oficina abierta por lo anterior es necesario que se aporte copia del contrato u otro documento que evidencie el valor real de los ítems ejecutados de mobiliarios o sistema modular de sistema de oficina abierta en dicho contrato (sin la parte de cableado) para determinar si se habilita o inhabilita.
RESPUESTA. En anexo se remiten los datos sobre paro registrado y beneficiarios de prestaciones en la provincia de Palencia en 1998 y 1999, desglosados por sexos. No se dispone de esta información por grupos de edad. Madrid, 28 de noviembre de 2000.—El Secretario de Estado de Relaciones con las Cortes. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169 del Reglamento del Senado, se ordena la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES de la pre- gunta número 2486, seguida de la contestación remitida por el Gobierno, formulada por la Senadora del Grupo Socialista, doña MARÍA DEL CARMEN GONZÁLEZ LAHIDALGA, sobre el número de parados jóvenes me- nores de veinticinco años de la provincia de Palencia inscritos en el Instituto Nacional de Empleo (INEM) que durante 1999 no han recibido ningún tipo de presta- ción por desempleo, desglosado por sexos y con indica- ción de la variación producida con respecto al año ante- rior. El anuncio de la presentación de la referida pregunta fue publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENE- RALES, Senado, Serie I, número 99, 28 de noviembre de 2000. Palacio del Senado, 5 de diciembre de 2000.—P. D., A la Presidencia del Senado María del Carmen González Lahidalga, Senadora por Palencia, perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista, al amparo de lo dispuesto en los artículos 160 y 169 del Reglamento de la Cámara, tiene el honor de presentar la si- guiente pregunta al Gobierno de la Nación, para la que de- sea obtener respuesta escrita. ¿Cuál es el número de parados jóvenes menores de veinticinco años de la provincia de Palencia inscritos en el INEM que durante 1999 no han percibido ningún tipo de prestación por desempleo, desglosado por sexos y con in- dicación de la variación producida respecto al año ante- rior? Palacio del Senado, 26 de octubre de 2000.—María del Carmen González Lahidalga. Excma. Sra.: A los efectos del artículo 169 del Regla- mento del Senado, se traslada respuesta del Gobierno res- pecto al asunto de referencia. (684) Pregunta escrita Senado. 684/002486.
RESPUESTA. Se mantiene lo establecido.
RESPUESTA. La Universidad no acoge la observación, la cláusula de multas se incluye con el objeto de conminar al contratista a cumplir sus obligaciones y de declarar el incumplimiento parcial de las obligaciones, razón por la cual se pacta en el contrato, puede imponerse unilateralmente por parte de la Universidad como herramienta de sanción dentro de la actuación contractual y se encuentra establecida en los artículos 83 y 84 del Manual de Convenios y Contratos de la Universidad como herramienta de sanción dentro de la 1 Consejo de Estado. Sección Tercera. Xxxxxxxxx xxx 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xxxxxxxxxx 00000. Consejero Ponente Xx. Xxxxxxx Xxx Botero. 2La multa contractual se prevé para el evento en que surgido un incumplimiento parcial o una xxxx en el cumplimiento de determinadas obligaciones que sean imputables al contratista, la entidad contratante acude a ella para efectos de constreñirlo para lograr el desarrollo del contrato. Al respecto ha señalado el Consejo de Estado: “El Consejo de Estado ha sido claro y reiterativo en cuanto a la finalidad pretendida con la figura jurídica de la multa, al respecto ha sentado, “Las multas que la administración puede imponer a un contratista suyo tienen una finalidad específica: inducir el cumplimiento del contrato. Por eso la doctrina las incluye en las denominadas medidas coercitivas provisionales, por oposición a la medida coercitiva definitiva (caducidad o terminación) que sanciona no ya incumplimientos parciales y salvables, sino incumplimientos graves que muestran que ya el contrato no podrá cumplirse”2 (Negrillas fuera del texto) (Sección Tercera. Sentencia de octubre 1 de 1992. Exp. 6631) actuación contractual, así:
RESPUESTA. Se informa que el numeral 4.1.1.2.2. NIVEL DE FORMACIÓN DEL EQUIPO DE TRABAJO: 200 PUNTOS, fue eliminado de los términos de referencia. Solicitamos amablemente a COLVATEL S.A ESP que prorrogue en por lo menos tres (3) días hábiles el cierre del proceso de selección el cual se encuentra programado para el 21 de noviembre de 2017 a las 04:00 pm. Se realiza modificación a las fechas, el cronograma queda de la siguiente manera: Envío y/o publicación de los términos dereferencia 00 xx xxxxxxxxx xx 0000 Xxxxxx de solicitudes de aclaración a los términos de referencia Desde el 10 de noviembre de 2017 hasta el 16 de noviembre de 2017 5:00 p.m. Respuestas a las solicitudes de aclaración presentadas. 20 de noviembre de2017 12:00 p.m. Presentación de ofertas 23 de noviembre de2017 Hasta las 4:00 pm Plazo para estudio preliminar ofertas 27 de noviembre de 2017 5:00 p.m. Plazo para corrección y/o complementación documentos faltantes de ofertas 29 de noviembre 5:00 p.m. Publicación de resultados del proceso y adjudicación 30 de noviembre de 2017 5:00 p.m. OBSERVACIONES REALIZADAS POR AON RISK SERVICES COLOMBIA S.A. CORREDORES DE SEGUROS “El monto xxx xxxxxx de la garantía de seriedad de la oferta deberá ser equivalente a $90.000.000.oo…” Agradecemos disminuir el valor solicitado y establecerlo de modo que no supere el 10% del valor de las comisiones esperadas para el intermediario. Lo anterior teniendo en cuenta que el contrato que se genere de la presente invitación, no generará erogación alguna para Colvatel. Sugerimos se establezca por un valor máximo de $12.000.000,oo. El monto xxx xxxxxx de la garantía de seriedad de la oferta deberá ser equivalente a $90.000.000, este valor no se modifica. Solicitamos aclarar si el equipo de trabajo requerido es in house o cómo se hará la prestación del servicio.
RESPUESTA. La CCB no acoge la solicitud; sin embargo, en caso de llegar comunicaciones posteriores se reserva el derecho de dar respuesta sobre las observaciones solicitadas.-
RESPUESTA. La Universidad aclara que el objeto del contrato es la prestación del servicio con equipos para la implementación, estabilización y solución de comunicaciones WAN e Internet para la Universidad Nacional de Colombia. Por lo anterior el numeral 1.2.1 xxx xxxxxx de condiciones establece la etapa de “Implementación y estabilización de la solución” para lo cual el proponente seleccionado deberá llevar a cabo una serie de actividades (visita técnica a las sedes, ingeniería de detalle, importación de equipos, realización de obras, implementación de la solución, pruebas y ajustes y aprobación) que le permitirá el diseño e implementación de la solución de comunicaciones con los equipos y todos sus componentes necesarios para garantizar la correcta prestación del servicio teniendo en cuenta los enlaces requeridos y anchos xx xxxxx proyectados a tres años (2017, 2018 y 2019) establecidos en la tabla “Requerimientos Solución de Comunicaciones” descrita en el capítulo VI (Especificaciones Técnicas Requeridas) numeral 6.5.1 xxx xxxxxx de condiciones. Teniendo en cuenta que los Switches de Borde hacen parte de la solución a implementar, la cual es diseñada por el proponente seleccionado, es él quién establece cuantos se requieren y sus especificaciones técnicas.