Restricciones a la reventa. El Cliente no venderá ni distribuirá los Productos a distribuidores, revendedores o usuarios finales fuera del Espacio Económico Europeo y Suiza (Europa), ni tampoco pondrá de cualquier otra forma los Productos a su disposición. El Proveedor puede solicitar pruebas y/o realizar auditorías periódicas del Cliente para garantizar que cumple esta obligación
Restricciones a la reventa. El Cliente no venderá ni distribuirá, directa o indirectamente, los Productos a distribuidores, revendedores o usuarios finales fuera xxx Xxxxx Unido, del Espacio Económico Europeo y Suiza (El Área Permitida). El Cliente aplicará las mismas restricciones a sus propios clientes y tomará todas las medidas necesarias para evitar dicha venta por parte de sus clientes. El Cliente será responsable de los daños y perjuicios ocasionados al Proveedor y a su Grupo como consecuencia del incumplimiento de esta obligación por parte del Cliente o de su(s) cliente(s). El Proveedor puede solicitar pruebas y/o realizar auditorías periódicas del Cliente para garantizar que cumple esta obligación