Common use of Seguridad y salud en el trabajo Clause in Contracts

Seguridad y salud en el trabajo. La protección de la salud de los trabajadores constituye un objetivo básico y prioritario de las partes firmantes y consideran que para alcanzarlo se requiere el establecimiento y planificación de una acción preventiva en los centros de trabajo y en las empresas que tenga por fin la eliminación o reducción de los riesgos en origen, a partir de su evaluación, adoptando las medidas necesarias, tanto en la corrección de la situación existente como en la evolución técnica y organizativa de la Empresa, para adaptar el trabajo a la persona y proteger su salud. En todas aquellas materias que afecten a la seguridad e higiene en el trabajo, será de aplicación la Ley 31/1995 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, sus normas reglamentarias de desarrollo y demás normativas concordantes. Las disposiciones de carácter laboral contenidas en dicha Ley, así como las normas reglamentarias que se dicten para su desarrollo, tienen el carácter de derecho mínimo indisponible, por lo que en lo no previsto expresamente en este capítulo, serán de plena aplicación. Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo, lo que supone la existencia del correlativo deber del empresario de protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales. La consecución del citado derecho de protección se procurará a través de la adopción por el empresario de las medidas necesarias en materia de evaluación de riesgos, información, consulta, participación y formación de los trabajadores, actuación en casos de emergencia y de riesgo grave e inminente, vigilancia de la salud y organización de un servicio de prevención. Los Delegados de Prevención tendrán derecho a un crédito de 15 horas mensuales retribuidas para el ejercicio de sus funciones.

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Samples: Convenio Colectivo Del Sector Comercio De Ópticas De Navarra, negociacion.cec-comercio.com

Seguridad y salud en el trabajo. La protección de la salud de los trabajadores constituye un objetivo básico y prioritario de las partes firmantes y consideran que para alcanzarlo se requiere el establecimiento y planificación de una acción preventiva en los centros de trabajo y en las empresas que tenga por fin la eliminación o reducción de los riesgos en origen, a partir de su evaluación, evaluación adoptando las medidas necesarias, tanto en la corrección de la situación existente como en la evolución técnica y organizativa de la Empresaempresa, para adaptar el trabajo a la persona y proteger su salud. En todas aquellas materias que afecten a la seguridad e higiene y salud en el trabajo, será de aplicación la Ley 31/1995 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, sus normas reglamentarias de desarrollo y demás normativas concordantesnormativa concordante. Las disposiciones de carácter laboral contenidas en dicha Ley, así como las normas reglamentarias que se dicten para su desarrollo, tienen el carácter de derecho mínimo indisponible, por lo que en lo no previsto expresamente en este capítulo, serán de plena aplicación. En el supuesto de que la normativa citada fuera objeto de modificación por disposiciones posteriores, las partes firmantes del presente convenio se comprometen a negociar el contenido de este capítulo. Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo, lo que supone la existencia del correlativo deber del empresario de protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales. La consecución del citado derecho de protección se procurará a través de la adopción por el empresario de las medidas necesarias en materia de evaluación de riesgos, información, consulta, participación y formación de los trabajadores, actuación en casos de emergencia y de riesgo grave e inminente, vigilancia de la salud y organización de un servicio de prevención. Los Delegados de Prevención tendrán derecho a un crédito de 15 horas mensuales retribuidas para A estos efectos, ambas partes acuerdan aplicar el ejercicio de sus funcionespárrafo anterior en consonancia con los siguientes criterios y declaraciones generales.

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Samples: Convenio Colectivo De Cataluña De Cueros

Seguridad y salud en el trabajo. La protección de la salud de los trabajadores constituye un objetivo básico y prioritario de las partes firmantes y consideran que para alcanzarlo se requiere el establecimiento y planificación planifica- ción de una acción preventiva en los centros de trabajo y en las empresas que tenga por fin la eliminación o reducción de los riesgos en origen, a partir de su evaluación, adoptando las medidas necesarias, tanto en la corrección de la situación existente como en la evolución técnica y organizativa de la Empresaempresa, para adaptar el trabajo a la persona y proteger su salud. En todas aquellas materias que afecten a la seguridad e higiene en el trabajo, será de aplicación aplica- ción la Ley 31/1995 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, sus normas reglamentarias de desarrollo y demás normativas concordantesnormativa concordante. Las disposiciones de carácter laboral contenidas en dicha Ley, así como las normas reglamentarias que se dicten para su desarrollo, tienen el carácter de derecho mínimo indisponible, por lo que en lo no previsto expresamente en este capítuloCapítulo, serán de plena aplicación. En el supuesto de que la normativa citada fuera objeto de modificación por disposiciones posteriores, las partes firmantes del presente Convenio se comprometen a renegociar el contenido de este artículo. Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo, lo que supone la existencia del correlativo deber del empresario de protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales. La consecución del citado derecho de protección protección, se procurará a través de la adopción por el empresario de las medidas necesarias en materia de evaluación de riesgos, informacióninforma- ción, consulta, participación y formación de los trabajadores, actuación en casos de emergencia y de riesgo grave e inminente, vigilancia de la salud y organización de un servicio servi- cio de prevención. Los Delegados de Prevención tendrán derecho a un crédito de 15 horas mensuales retribuidas para el ejercicio de sus funcionesA estos efectos, ambas partes acuerdan abordar la aplicación del párrafo anterior en conso- nancia con los siguientes criterios y declaraciones generales.

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Samples: optometristas.org

Seguridad y salud en el trabajo. cve: BOE-A-2010-14994 La protección de la salud de los trabajadores constituye un objetivo básico y prioritario de las partes firmantes y consideran que para alcanzarlo se requiere el establecimiento y planificación de una acción preventiva en los centros de trabajo y en las empresas que tenga tengan por fin la eliminación o reducción de los riesgos en origen, a partir de su evaluación, adoptando las medidas necesarias, tanto en la corrección de la situación existente como en la evolución técnica y organizativa de la Empresa, empresa para adaptar el trabajo a la persona y proteger su salud. En todas aquellas materias que afecten a la seguridad e higiene en el trabajoy salud, será de aplicación la Ley 31/1995 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, sus normas reglamentarias de desarrollo y demás normativas concordantesnormativa concordante. Las disposiciones de carácter laboral contenidas en dicha Leyley, así como las normas reglamentarias que se dicten para su desarrollo, tienen el carácter de derecho mínimo indisponible, por lo que en lo no previsto expresamente en este capítulo, capítulo serán de plena aplicación. Los trabajadores En el supuesto de que la normativa citada fuera objetivo de modificación por disposiciones posteriores, las partes firmantes del presente convenio se comprometen a adecuar el contenido de este artículo. Las personas tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo, lo que supone la existencia del correlativo deber del empresario de la empresa de protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales, y la consiguiente obligación de las personas de obedecer las órdenes que en materia de seguridad y salud laboral reciban de la empresa. La consecución del citado derecho de protección se procurará a través de la adopción por el empresario la empresa de las medidas necesarias en materia de evaluación de riesgos, información, consulta, participación y formación de los trabajadoresformación, actuación en casos de emergencia y de riesgo grave e inminente, vigilancia de la salud y organización de un servicio de prevención. Los Delegados de Prevención tendrán derecho a un crédito de 15 horas mensuales retribuidas para el ejercicio de sus funcionesA estos efectos, ambas partes acuerdan abordar la aplicación del párrafo anterior en consonancia con los siguientes criterios y declaraciones generales.

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Samples: www.ccoo.gal

Seguridad y salud en el trabajo. La protección de la salud de los trabajadores constituye un objetivo básico y prioritario de las partes firmantes y consideran que para alcanzarlo se requiere el establecimiento y planificación de una acción preventiva en los centros de trabajo y en las empresas que tenga por fin la eliminación o reducción de los riesgos en origen, a partir de su evaluación, adoptando las medidas necesarias, tanto en la corrección de la situación existente como en la evolución técnica y organizativa de la Empresa, para adaptar el trabajo a la persona y proteger su salud. En todas aquellas materias que afecten a la seguridad e higiene en el trabajo, será de aplicación la Ley 31/1995 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y sus normas reglamentarias reglamentos de desarrollo y demás normativas concordantes. Las disposiciones de carácter laboral contenidas en dicha Ley, así como las normas reglamentarias que se dicten para su desarrollo, tienen el carácter de derecho mínimo indisponible, por lo que en lo no previsto expresamente en este capítulo, serán de plena aplicación. Los trabajadores tienen derecho suponen un avance significativo con respecto a una protección eficaz la situación anterior existente en materia de salud laboral. La Comisión Negociadora de este Convenio, convencida de que la mera existencia de este marco legal de ámbito general, constituye un elemento positivo, que posibilita desarrollar una política general en torno a la salud laboral, se compromete a que la atención de la salud y la prevención de riesgos en el trabajo sea prioritaria sobre cualquier otro aspecto del desarrollo de la actividad laboral. En virtud de todo ello serán de aplicación todas las disposiciones legales vigentes de obligado cumplimiento en cuantas materias afecten a la seguridad y salud en el trabajo, siguiendo los criterios de aplicación y valoración que determinen los organismos competentes. Siempre que se produzca un accidente, una copia del parte del mismo será facilitada al trabajador lesionado y otra al Comité de Seguridad y Salud, el cual deberá atenerse a la confidencialidad y a lo que supone estipulado por la existencia del correlativo deber Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Los delegados y delegadas de prevención deberán recibir del empresario los medios y formación necesarios para el desarrollo de protección de los trabajadores frente a los riesgos laboralessus funciones preventivas. La consecución del citado derecho de protección se procurará a través de la adopción por el empresario de las medidas necesarias en materia de evaluación de riesgos, información, consulta, participación y formación de los trabajadoresdelegados, actuación que forma parte integrante del plan de prevención, se realizará mediante la realización de cursos de salud laboral sobre los riesgos existentes en casos de emergencia la empresa y de riesgo grave e inminente, vigilancia en el sector. Conforme al artículo 37.2 de la salud Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, el tiempo destinado a la formación en este ámbito por parte de los delegados y organización de un servicio delegadas de prevención. Los Delegados , será considerado como tiempo de Prevención tendrán derecho trabajo a un crédito todos los efectos y su coste no podrá recaer en ningún caso sobre los delegados y delegadas de 15 horas mensuales retribuidas para el ejercicio de sus funcionesprevención.

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Samples: www.boe.es

Seguridad y salud en el trabajo. Pàg. 24-43 xxxxx://xxx.xxxx.xxx La protección de la salud de los trabajadores constituye un objetivo básico y prioritario de las partes firmantes y consideran que para alcanzarlo se requiere el establecimiento y planificación de una acción preventiva en los centros de trabajo y en las empresas que tenga por fin la eliminación o reducción de los riesgos en origen, a partir de su evaluación, adoptando las medidas necesarias, tanto en la corrección de la situación existente como en la evolución técnica y organizativa de la Empresa, para adaptar el trabajo a la persona y proteger su salud. En todas aquellas materias que afecten a la seguridad e higiene en el trabajo, será de aplicación la Ley 31/1995 de 8 de noviembre, de Prevención prevención de Riesgos Laboralesriesgos laborales, y sus normas reglamentarias reglamentos de desarrollo y demás normativas concordantes. Las disposiciones de carácter laboral contenidas en dicha Ley, así como las normas reglamentarias que se dicten para su desarrollo, tienen el carácter de derecho mínimo indisponible, por lo que en lo no previsto expresamente en este capítulo, serán de plena aplicación. Los trabajadores tienen derecho suponen un avance significativo con respecto a una protección eficaz la situación anterior existente en materia de salud laboral. La Comisión Negociadora de este Convenio, convencida de que la mera existencia de este marco legal de ámbito general, constituye un elemento positivo, que posibilita desarrollar una política general en torno a la salud laboral, se compromete a que la atención de la salud y la prevención de riesgos en el trabajo sea prioritaria sobre cualquier otro aspecto del desarrollo de la actividad laboral. En atención a ello la indicada Comisión Negociadora del Convenio expresamente se somete a los trámites de mediación, conciliación y, en su caso, arbitraje, del Tribunal Laboral de Catalunya y a la comisión técnica de dicho organismo cuando se originen conflictos colectivos en este ámbito. En virtud de todo ello serán de aplicación todas las disposiciones legales vigentes de obligado cumplimiento en cuantas materias afecten a la seguridad y salud en el trabajo, siguiendo los criterios de aplicación y valoración que determinen los organismos competentes. CVE 2019038782 Siempre que se produzca un accidente, una copia del parte del mismo será facilitada al trabajador lesionado y otra al Comité de Seguridad y Salud, el cual deberá atenerse a la confidencialidad y a lo que supone estipulad en la existencia del correlativo deber del empresario vigente normativa en materia de protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales. La consecución del citado derecho datos de protección se procurará a través carácter personal y garantía de la adopción por el empresario de las medidas necesarias en materia de evaluación de riesgos, información, consulta, participación y formación de los trabajadores, actuación en casos de emergencia y de riesgo grave e inminente, vigilancia de la salud y organización de un servicio de prevención. Los Delegados de Prevención tendrán derecho a un crédito de 15 horas mensuales retribuidas para el ejercicio de sus funcionesderechos digitales (LOPDGDD).

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo Del Sector De Comercio Textil De La Provincia De Barcelona Y Provincia Para Los Años .2019 Al 2021

Seguridad y salud en el trabajo. La protección de la salud de los trabajadores constituye un objetivo básico y prioritario de las partes firmantes y consideran que para alcanzarlo se requiere el establecimiento y planificación plani- ficación de una acción preventiva en los centros de trabajo y en las empresas que tenga por fin la eliminación o reducción de los riesgos en origen, a partir de su evaluación, adoptando las medidas necesarias, tanto en la corrección de la situación existente como en la evolución técnica y organizativa de la Empresaempresa, para adaptar el trabajo a la persona y proteger su salud. En todas aquellas materias que afecten a la seguridad e higiene en el trabajo, será de aplicación apli- cación la Ley 31/1995 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, sus normas reglamentarias de desarrollo y demás normativas concordantesnormativa concordante. Las disposiciones de carácter laboral contenidas en dicha Ley, así como las normas reglamentarias que se dicten para su desarrollo, tienen el carácter de derecho mínimo indisponible, por lo que que, en lo no previsto expresamente en este capítuloCapítulo, serán de plena aplicación. En el supuesto de que la normativa citada fuera objeto de modificación por disposiciones posteriores, las partes firmantes del presente Convenio se comprometen a renegociar el con- tenido de este artículo. Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo, lo que supone la existencia del correlativo deber del empresario de protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales. La consecución del citado derecho de protección protección, se procurará a través de la adopción por el empresario de las medidas necesarias en materia de evaluación de riesgos, información, consultacon- sulta, participación y formación de los trabajadores, actuación en casos de emergencia y de riesgo grave e inminente, vigilancia de la salud y organización de un servicio de prevención. Los Delegados de Prevención tendrán derecho a un crédito de 15 horas mensuales retribuidas para el ejercicio de sus funcionesA estos efectos, ambas partes acuerdan abordar la aplicación del párrafo anterior en conso- nancia con los siguientes criterios y declaraciones generales.

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Samples: doe.juntaex.es

Seguridad y salud en el trabajo. La protección de la salud de los trabajadores constituye un objetivo básico y prioritario de las partes firmantes y consideran que para alcanzarlo se requiere el establecimiento y planificación de una acción preventiva en los centros de trabajo y en las empresas que tenga por fin la eliminación o reducción de los riesgos en origen, a partir de su evaluación, adoptando las medidas necesarias, tanto en la corrección de la situación existente como en la evolución técnica y organizativa de la Empresaempresa, para adaptar el trabajo a la persona y proteger su salud. En todas aquellas materias que afecten a la seguridad e higiene en el trabajo, será de aplicación la Ley 31/1995 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, sus normas reglamentarias de desarrollo y demás normativas concordantesnormativa concordante. Las disposiciones de carácter laboral contenidas en dicha Ley, así como las normas reglamentarias que se dicten para su desarrollo, tienen el carácter de derecho mínimo indisponible, por lo que en lo no previsto expresamente en este capítuloCapítulo, serán de plena aplicación. En el supuesto de que la normativa citada fuera objeto de modificación por disposiciones posteriores, las partes firmantes del presente Convenio se comprometen a renegociar el contenido de este artículo. Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo, lo que supone la existencia del correlativo deber del empresario de protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales. La consecución del citado derecho de protección protección, se procurará a través de la adopción por el empresario de las medidas necesarias en materia de evaluación de riesgos, información, consulta, participación y formación de los trabajadores, actuación en casos de emergencia y de riesgo grave e inminente, vigilancia de la salud y organización de un servicio de prevención. Los Delegados de Prevención tendrán derecho a un crédito de 15 horas mensuales retribuidas para el ejercicio de sus funcionesA estos efectos, ambas partes acuerdan abordar la aplicación del párrafo anterior en consonancia con los siguientes criterios y declaraciones generales.

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo Del Comercio De Ópticas Provincia De Badajoz

Seguridad y salud en el trabajo. La protección de la Se define como seguridad y salud de los trabajadores constituye un objetivo básico y prioritario de las partes firmantes y consideran que para alcanzarlo se requiere el establecimiento y planificación de una acción preventiva en los centros de trabajo y en las empresas que tenga por fin la eliminación o reducción de los riesgos en origen, a partir de su evaluación, adoptando las medidas necesarias, tanto en la corrección de la situación existente como en la evolución técnica y organizativa de la Empresa, para adaptar el trabajo a las medidas y precauciones que la persona Empresa Adjudicataria está obligado a realizar y proteger su salud. En todas aquellas materias que afecten a adoptar durante la seguridad e higiene en el trabajoejecución de las obras para prevención de riesgos, será de aplicación la Ley 31/1995 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, sus normas reglamentarias de desarrollo accidentes y demás normativas concordantes. Las disposiciones de carácter laboral contenidas en dicha Leyenfermedades profesionales, así como las normas reglamentarias los derivados de los trabajos de higiene y bienestar de los trabajadores. La Empresa Adjudicataria elaborará un plan de seguridad y salud ajustado a su forma y medios de trabajo. La valoración de ese plan no excederá del presupuesto del proyecto de seguridad y salud correspondiente a este Proyecto, entendiéndose de otro modo que cualquier exceso está comprendido en el porcentaje de costes indirectos que forman parte de los precios del Proyecto. El abono del presupuesto correspondiente al proyecto de seguridad y salud se dicten para realizará de acuerdo con el correspondiente cuadro de precios que figura en el mismo, o en su desarrollo, tienen caso en el carácter de derecho mínimo indisponible, por lo que en lo no previsto expresamente en este capítulo, serán de plena aplicación. Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia plan de seguridad y salud en el trabajo, lo aprobado por la Administración, y que supone la existencia se considera documento del correlativo deber del empresario contrato a dichos efectos. La Empresa Adjudicataria adoptará las medidas adecuadas para minimizar los ruidos y vibraciones estas medidas serán especialmente estrictas cuando las obras se desarrollen en horario nocturno. Las mediciones de protección nivel de ruido en las zonas urbanas permanecerán por debajo de los trabajadores frente a los riesgos laboraleslímites que se indican en este apartado. La consecución del citado derecho Toda la maquinaria situada al aire libre se organizará de protección forma que se procurará a través reduzca al mínimo la generación de ruidos. En general la adopción por el empresario Empresa Adjudicataria deberá cumplir lo prescrito en las Normas Vigentes, sean de las medidas necesarias en materia ámbito Nacional o de evaluación de riesgos, información, consulta, participación y formación de los trabajadores, actuación en casos de emergencia y de riesgo grave e inminente, vigilancia de uso Municipal. En la salud y organización de un servicio de prevención. Los Delegados de Prevención tendrán derecho a un crédito de 15 horas mensuales retribuidas para el ejercicio de sus funcionesduda se aplicará la más restrictiva.

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Samples: Pliego De Prescripciones Técnicas