SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO Cláusulas de Ejemplo

SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO. De acuerdo con la Resolución 4210 de 1996, el Servicio Social Estudiantil Obligatorio es un compromiso del estudiante con el Estado, contemplado por la Ley y que debe cumplirse durante los grados décimo y undécimo como requisito para la obtención del título xx Xxxxxxxxx. Tiene las siguientes características:
SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO. Además de lo expuesto anteriormente, y en concordancia con el Artículo 2 de la Resolución 4210 de 1996 expedida por el Ministerio de Educación Nacional (MEN) referente al servicio social estudiantil obligatorio que deben cumplir todos los matriculados en el nivel de educación media, en el Manual de Convivencia se debe establecer “expresamente los criterios y las reglas específicas que deberán atender los educandos, así como las obligaciones del establecimiento educativo, en relación con la prestación del servicio aquí regulado”. Elaboración, fortalecimiento, actualización y revisión de los manuales de convivencia La revisión, actualización y ajuste de los manuales de convivencia de las instituciones educativas, hace parte de los procesos pedagógicos fundamentales para el fortalecimiento de relaciones democráticas dentro de la escuela. Según lo dispuesto en el parágrafo 2 del artículo 19 del Decreto 1965 de 2013, “el manual de convivencia deberá ser construido, evaluado y ajustado por la comunidad educativa integrada por los estudiantes, padres y madres de familia, docentes y directivos docentes, bajo la coordinación del comité escolar de convivencia” quienes tienen a su cargo la dinamización de este proceso (figura 6), de manera que los acuerdos y compromisos que se establezcan sean el resultado de consensos, lo que permite la apropiación y el cumplimiento de los mismos. De acuerdo con lo anterior, y teniendo en cuenta las diferentes instancias de participación de los integrantes de la comunidad educativa, así como de la dirección de cada establecimiento educativo, en la figura 7 se presentan los roles de cada una de estas instancias en los procesos de elaboración, revisión, ajustes o actualización del respectivo manual de convivencia. ¿Quiénes dinamizan la elaboración, fortalecimiento, actualización y revisión de manuales de convivencia? De acuerdo con el decreto 1965 de 2015 por el cual se reglamenta la Ley 1620 de 2015 los comités escolares de convivencia están conformados de la siguiente manera (figura 6): Por otra parte, en esta misma normativa se establecen las funciones de los comités escolares de convivencia: Rector/a preside Personero/a estudiantil Conformación del Comité 1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes. 2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciuda...

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