Common use of SERVICIOS EXTRAORDINARIOS Clause in Contracts

SERVICIOS EXTRAORDINARIOS. Estos serán planteados de forma independiente por cada uno de los concursantes en su proyecto de explotación, como tales entendemos el uso que se le pueda dar a determinados espacios tales como terrazas, bar xx xxxxxx y chiringuito de piscina. Para cada uno de los servicios se exigirá profesionalidad y estricta sujeción a la normativa vigente. La cafetería y el restaurante deberán estar gestionados por un equipo de profesionales cualificados y competentes. Todo el personal deberá encontrarse reglamentariamente contratado y asegurado, la empresa adjudicataria dará cuenta del cumplimiento de tales obligaciones con la presentación de los documentos que lo acrediten (contratos de trabajo, boletines de cotización, partes de alta, etc. ) y que serán presentados de forma trimestral o cada vez que se experimente alguna modificación al Consejo de Administración de CLUB MATAGRANDE, S.A. Será de exclusiva responsabilidad del adjudicatario cualquier incumplimiento de la legalidad vigente, y responderá de cuantas infracciones se deriven del ejercicio de la actividad de la cafetería y restaurante. Así mismo, será de cuenta del adjudicatario cualquier tipo de arbitrio, impuesto, obligación social, laboral, de salud laboral o de seguridad que sean consecuencia del ejercicio de la actividad, sin que el CLUB SOCIAL MATAGRANDE, S.A. sea responsable de su incumplimiento. El personal empleado para tales actividades deberá ir convenientemente uniformado, siendo por cuenta del adjudicatario dichos uniformes, cuyo diseño se someterá a expresa autorización del Consejo de Administración de CLUB MATAGRANDE, S.A. COMPATIBILIDAD DE INTERES. Esto es, la cafetería y el restaurante se encontrarán siempre vinculados al CLUB SOCIAL MATAGRANDE, S.A., de tal manera que la viabilidad de sus iniciativas comerciales y de marketing estará supeditada a la aprobación expresa del Consejo de Administración de CLUB MATAGRANDE, S.A. Por esta razón, cualquier iniciativa distinta de la expresada en su proyecto de explotación deberá ser puesta en conocimiento de dicho órgano de administración, antes de su implantación o puesta en marcha. Así mismo, en caso de la identificación de cualquier artículo o servicio del restaurante o cafetería, se dispondrá siempre del anagrama, distintivo o logotipo del CLUB SOCIAL MATAGRANDE, S.A., de manera exclusiva, sin que tal distinción pueda compatibilizarse con ningún otro distintivo ajeno al CLUB SOCIAL MATAGRANDE, S,A.

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Samples: Contrato De Comodato, Comodato Agreement

SERVICIOS EXTRAORDINARIOS. Estos serán planteados 1. - A los efectos establecidos en el presente artículo se considerará como día festivo aquel en el que el trabajador no tenga que prestar sus servicios, con independencia del día de forma independiente por la semana de que se trate. 2. - Tiene la consideración de horas extraordinarias o servicios extraordinarios cada uno hora de trabajo que exceda de la jornada pactada en los términos establecidos en el art. 8. Para los trabajadores que perciban el Complemento especifico de los concursantes tipos B, C y D, tendrán carácter de horas extraordinarias con derecho a retribución o compensación en descanso cuando en cómputo anual estas superen el promedio semanal fijado en el artículo referente a retribuciones. 3. - La Corporación propondrá las medidas óptimas para evitar su proyecto de explotación, como tales entendemos el uso realización. Las horas extraordinarias que se le pueda dar a determinados espacios tales como terrazas, bar xx xxxxxx y chiringuito de piscina. Para cada uno requiera realizar por necesidades de los servicios se exigirá profesionalidad abonarán en la forma establecidas en el apartado 6. Con carácter excepcional y estricta sujeción a ante la normativa vigente. La cafetería y el restaurante deberán estar gestionados por un equipo imposibilidad de profesionales cualificados y competentes. Todo el personal deberá encontrarse reglamentariamente contratado y asegurado, la empresa adjudicataria dará cuenta del cumplimiento de tales obligaciones con la presentación este abono se compensarán en descanso equivalente dentro de los documentos que lo acrediten (contratos cuatro meses siguientes a su realización. 4. - En todo caso, responderán siempre a necesidades en periodos punta de trabajo, boletines ausencias imprevistas u otras circunstancias de cotización, partes de alta, etc. ) y que serán presentados de forma trimestral o cada vez que se experimente alguna modificación al Consejo de Administración de CLUB MATAGRANDE, S.A. Será de exclusiva responsabilidad del adjudicatario cualquier incumplimiento carácter estructural derivadas de la legalidad vigente, y responderá de cuantas infracciones se deriven del ejercicio naturaleza de la actividad que se trate, y siempre que no sea posible la utilización de las distintas modalidades de contratación previstas en las presente Normas Reguladoras. En determinados supuestos puede resultar conveniente regular los conceptos que a continuación se indican: a) Guardia de llamada: Servicio del personal de determinados oficios o cometidos que debe de estar localizable un número de X días al año o al mes. Si se le llama para realizar un servicio urgente y extraordinario, cobrará las horas que invierta en la realización del servicio como extraordinarias, con un mínimo de dos horas extras por llamada o servicio realizado. Las guardias de llamada aquí definidas deben retribuirse mediante contrato específico definido y cuantificado al efecto. Quedan excepcionados aquellos trabajadores a quienes en su complemento especifico venga determinado una dedicación especial sin que ello comporte percibo de otras gratificaciones. En días laborales que para el trabajador se consideren festivos la retribución a abonar en concepto de horas extras tendrá la consideración de horas extras festivas. b) Asistencias a juzgados: El personal que deba comparecer ante la instrucción de expedientes de la cafetería Autoridad Judicial, en razón de su puesto de trabajo y restaurantefuera de su jornada habitual, se le abonarán estos servicios como extraordinarios siempre que supere en una hora este exceso. 5. Así mismo- La realización de servicios extraordinarios requerirá por una parte la conformidad del trabajador, será exceptuando los casos de cuenta catástrofe o fuerza mayor, y por otra parte la petición previa del adjudicatario cualquier tipo Concejal Delegado de arbitriocada servicio ante la Delegación de Personal, impuestoque se facilitará al efecto en modelo normalizado para su debida autorización. Exceptuando los casos de catástrofe o fuerza mayor, obligación socialse deberá comunicar al trabajador con al menos 48 horas de antelación si el servicio extraordinario debe realizarse entre el lunes y viernes, laboralantes xxx xxxxxxx, si este se realizará en fin de salud laboral o de seguridad que sean consecuencia del ejercicio semana y antes de la actividadvíspera de un festivo si el servicio se realizará ese festivo. 6. - Con el fin de poder justificar el trabajo extra realizado, sin la Unidad de Personal editará un modelo de impreso, que facilitará al empleado y en el que el CLUB SOCIAL MATAGRANDEjefe inmediato hará constar el número de horas realizadas y el motivo. Una copia firmada por el jefe inmediato, S.A. sea responsable quedará en poder del empleado, remitiéndose otra copia a la Oficina de su incumplimientoPersonal. 7. El personal empleado para tales actividades deberá ir convenientemente uniformado- Las horas extraordinarias se retribuirán de conformidad con el baremo establecido a continuación y anualmente experimentarán los mismos incrementos que tengan las retribuciones según la Ley de presupuestos del Estado. GRUPO EXTRAS EXTRAS FESTIVAS Y NOCTURNAS A 5.163 5.901 B 3.900 4.508 C 2.975 3.380 D 2.395 2.737 E 2.046 2.338 8. - A petición del trabajador, siendo por cuenta del adjudicatario dichos uniformeso cuando así esté establecido mediante acuerdo individual o colectivo, cuyo diseño se someterá a expresa autorización del Consejo los servicios extraordinarios podrán compensarse con tiempo de Administración de CLUB MATAGRANDE, S.A. COMPATIBILIDAD DE INTERESdescanso. 9. Esto es- En los términos establecidos en la normativa vigente en la materia, la cafetería Corporación y el restaurante se encontrarán siempre vinculados al CLUB SOCIAL MATAGRANDE, S.A., los Representantes Legales de tal manera los trabajadores podrán calificar de estructurales aquellas horas extraordinarias que la viabilidad de sus iniciativas comerciales acuerden y de marketing estará supeditada cumplan las definiciones y previsiones legales. 10. - La Corporación informará a la aprobación expresa del Consejo Comisión de Administración Personal con carácter mensual acerca de CLUB MATAGRANDE, S.A. Por esta razón, cualquier iniciativa distinta de la expresada en su proyecto de explotación deberá ser puesta en conocimiento de dicho órgano de administración, antes de su implantación o puesta en marcha. Así mismo, en caso de la identificación de cualquier artículo o servicio del restaurante o cafetería, se dispondrá siempre del anagrama, distintivo o logotipo del CLUB SOCIAL MATAGRANDE, S.A., de manera exclusiva, sin que tal distinción pueda compatibilizarse con ningún otro distintivo ajeno al CLUB SOCIAL MATAGRANDE, S,A.las horas extraordinarias realizadas.

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Samples: Convenio Colectivo

SERVICIOS EXTRAORDINARIOS. Estos serán planteados de forma independiente por cada uno de los concursantes en su proyecto de explotaciónSerán considerados servicios extraordinarios aquellos ocasionales, como tales entendemos el uso que se le pueda dar a determinados espacios tales como terrazasbanquetes, bar xx xxxxxx y chiringuito lunch, bodas, grupos (desayunos), que no puedan ser atendidos únicamente por el personal de piscinala Empresa. Para cada uno Los Empresarios se comprometen a contratar para este tipo de los servicios se exigirá profesionalidad y estricta sujeción a trabajadores en paro, registrados en la Oficina de Empleo e inscritos como profesionales de Hostelería. Estos trabajadores deberán cotizar en el Régimen General de la Seguridad Social, estando obligadas las Empresas a darles Alta y, en general, a todas las condiciones establecidas por la normativa vigente. La cafetería y el restaurante deberán estar gestionados por un equipo de profesionales cualificados y competentes. Todo el personal deberá encontrarse reglamentariamente contratado y asegurado, la empresa adjudicataria dará cuenta del cumplimiento de tales obligaciones con la presentación de los documentos En aquellos servicios que lo acrediten (contratos de trabajo, boletines de cotización, partes de alta, etc. ) y que serán presentados de forma trimestral o cada vez que se experimente alguna modificación al Consejo de Administración de CLUB MATAGRANDE, S.A. Será de exclusiva responsabilidad del adjudicatario cualquier incumplimiento de la legalidad vigente, y responderá de cuantas infracciones se deriven del ejercicio de la actividad de la cafetería y restaurante. Así mismotengan lugar fuera xxx xxxxx urbano, será de cuenta del adjudicatario cualquier de la Empresa el desplazamiento de este personal, así como su manutención. Para este tipo de arbitrioservicios especiales se establece un número de comensales a atender por cada camarero que podrá oscilar entre 15 y 20. Cuando se trate de aperitivos o lunch, impuestoel citado número será 25 a 30. El uniforme que habrá de aportar el trabajador para este tipo de servicios será el clásico de la Hostelería Nacional, obligación socialdebiendo encontrarse en perfectas condiciones de presentación y limpieza. Las retribuciones de estos servicios, laboraldurante el año 2010, se establece sobre la base de las siguientes Tablas: - Camareros/as 65,98 Euros. - Cocineros/as 70,15 Euros. Estas cantidades serán hasta cuatro horas, a partir de la cuarta en adelante se abonarán a razón de 16,51 Euros/hora. Servicios extraordinarios de Nochevieja y Cotillón: 41,24 Euros/hora, con un mínimo de 4 horas, y a 16,51 Euros la hora que exceda de los cuatro iniciales. Las Empresas que opten por contratar estos servicios a través de Empresas de Trabajo Temporal o Empresas de Servicios, deberán comunicarlo, de salud laboral o forma inmediata a los representantes legales de seguridad los trabajadores del centro para el que sean consecuencia del ejercicio de la actividad, sin que el CLUB SOCIAL MATAGRANDE, S.A. sea responsable de su incumplimiento. El personal empleado para tales actividades deberá ir convenientemente uniformado, siendo por cuenta del adjudicatario dichos uniformes, cuyo diseño se someterá a expresa autorización del Consejo de Administración de CLUB MATAGRANDE, S.A. COMPATIBILIDAD DE INTERES. Esto es, la cafetería y el restaurante se encontrarán siempre vinculados al CLUB SOCIAL MATAGRANDE, S.A., de tal manera que la viabilidad de sus iniciativas comerciales y de marketing estará supeditada a la aprobación expresa del Consejo de Administración de CLUB MATAGRANDE, S.A. Por esta razón, cualquier iniciativa distinta de la expresada en su proyecto de explotación deberá ser puesta en conocimiento de dicho órgano de administración, antes de su implantación o puesta en marcha. Así mismo, en caso de la identificación de cualquier artículo o servicio del restaurante o cafetería, se dispondrá siempre del anagrama, distintivo o logotipo del CLUB SOCIAL MATAGRANDE, S.A., de manera exclusiva, sin que tal distinción pueda compatibilizarse con ningún otro distintivo ajeno al CLUB SOCIAL MATAGRANDE, S,A.realice esa contratación.

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Samples: Convenio Colectivo