Servicios. 5.1. La SOCIEDAD CONCESIONARIA podrá brindar a los usuarios de las LOCALIDADES BENEFICIARIAS la prestación de los SERVICIOS MÓVILES utilizando tecnología de acceso 4G LTE-A o superior, en la BANDA adjudicada o en cualquier otra banda que la SOCIEDAD CONCESIONARIA tenga o le sea asignada en el futuro, o en bandas concesionadas a terceros. 5.2. La SOCIEDAD CONCESIONARIA debe indicar en el PROYECTO TÉCNICO la Banda y el ancho xx xxxxx que usará para brindar los SERVICIOS MÓVILES utilizando tecnología de acceso 4G LTE-A o superior, de acuerdo con los plazos establecidos. 5.3. La SOCIEDAD CONCESIONARIA debe garantizar que el equipamiento implementado no entre en obsolescencia asegurando que los SERVICIOS MÓVILES prestados en las LOCALIDADES BENEFICIARIAS cumplan con lo establecido en las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS durante todo el periodo de la CONCESIÓN. En este sentido, deberá llevar a cabo las ACTUALIZACIONES TECNOLÓGICAS que sean necesarias, entendidas como mejoras en las versiones de software, expansiones de capacidad, optimización de desempeño, implementación de nuevas funcionalidades u otras acciones que aseguren la adecuada operatividad de la red y que atiendan la demanda de tráfico conforme a los niveles de servicios establecidos en las presentes ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Como mínimo, cada tres (3) años, la SOCIEDAD CONCESIONARIA deberá presentar, en calidad de declaración jurada, un informe por cada ESTACIÓN BASE de la RED DE ACCESO MÓVIL, adjuntando la auditoría técnica remota o en campo respectiva, en el que demuestre que los indicadores del desempeño del servicio a nivel de capacidad, calidad, ocupación de la red y cobertura son superiores y/o cumplen con lo solicitado en las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, así como un resumen de las acciones llevadas a cabo para asegurar la no obsolescencia del equipamiento. El MTC evaluará y validará dicha actualización.
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Samples: Contrato De Concesión Única, Contrato De Concesión Única
Servicios. 5.1Para el correcto desarrollo de cada uno de los servicios objeto del contrato, el contratista deberá proveer el personal necesario para el correcto funcionamiento de cada uno de ellos. Además, cada uno de los servicios, deberá ser ajustado al del resto de la logística e infraestructura del evento garantizándose su correcto funcionamiento y la calidad del servicio con las pruebas previas que se consideren necesarias. Será necesario incluir las pruebas necesarias previas al evento para garantizar el correcto funcionamiento del servicio. Serán por cuenta exclusiva del contratista la gestión y el importe de todos los gastos e impuestos, tasas, arbitrios y cualquier otro concepto para la obtención de los permisos y licencias necesarias para la correcta ejecución del contrato. Serán a cargo del contratista todos los gastos que se deriven del contrato, incluidos los fiscales. El contratista se encargará de verificar que los proveedores tienen seguros vigentes que cubren la responsabilidad de los servicios que prestan y relacionados con el presente contrato. A título de ejemplo servicio de transporte, servicio de montaje etc. que xxxxxx a los asistentes y participantes de las diferentes actividades. La SOCIEDAD CONCESIONARIA podrá brindar oferta deberá incluir el detalle de los servicios ofertados por parte del contratista, incluyendo suficientes recursos personales para la atención/realización de las siguientes tareas: Montaje, mantenimiento y desmontaje del material necesario para la realización de los trabajos en las instalaciones. Esto deberá realizarse en coordinación con el contratista y atendiendo a los usuarios plazos y consideraciones indicadas por INCIBE y personal del Auditorio. Servicios de las LOCALIDADES BENEFICIARIAS la prestación control, supervisión y aprovisionamiento de los SERVICIOS MÓVILES utilizando tecnología de acceso 4G LTE-A o superior, en la BANDA adjudicada o en cualquier otra banda que la SOCIEDAD CONCESIONARIA tenga o le sea asignada en el futuro, o en bandas concesionadas a terceros.
5.2materiales. La SOCIEDAD CONCESIONARIA debe indicar en el PROYECTO TÉCNICO la Banda y el ancho xx xxxxx que usará para brindar los SERVICIOS MÓVILES utilizando tecnología de acceso 4G LTE-A o superior, de acuerdo con los plazos establecidos.
5.3. La SOCIEDAD CONCESIONARIA debe garantizar que el equipamiento implementado no entre en obsolescencia asegurando que los SERVICIOS MÓVILES prestados en las LOCALIDADES BENEFICIARIAS cumplan con lo establecido en las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Soporte presencial técnico durante todo el periodo evento.
2.5.1 Servicio de videostreaming y sistemas d e i nterpretación simultanea El contratista deber encargarse de que durante el evento exista un servicio de retransmisión en directo/diferido mediante videostreaming multiidioma (modalidades de WebCast/StreamCast) incluyendo realizaciones audiovisuales HD multisala y traducción e interpretación español/inglés - inglés/español. Este servicio aplica a todas las conferencias celebradas en el Auditorio – Track principal y en la CONCESIÓNSala multiusos – Track de Emprendimiento. En este sentidoLos servicios mínimos incluidos son: WebCasting multiidioma en directo y diferido, deberá llevar sonorización, proyección y realización audiovisual en HD, incluyendo grabación íntegra de las actividades realizadas en el escenario principal del evento y en la Sala de Emprendimiento. Aportación de sistemas de proyección e iluminación para las salas en las que se lleva a cabo las ACTUALIZACIONES TECNOLÓGICAS que sean necesarias, entendidas como mejoras en las versiones de software, expansiones de capacidad, optimización de desempeño, implementación de nuevas funcionalidades u otras acciones que aseguren la adecuada operatividad de la red y que atiendan la demanda de tráfico conforme a los niveles de servicios establecidos en las presentes ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Como mínimo, cada tres (3) años, la SOCIEDAD CONCESIONARIA deberá presentar, en calidad de declaración jurada, un informe por cada ESTACIÓN BASE de la RED DE ACCESO MÓVIL, adjuntando la auditoría técnica remota o en campo respectiva, en el que demuestre que los indicadores del desempeño del servicio a nivel de capacidad, calidad, ocupación de la red y cobertura son superiores y/o cumplen con lo solicitado en las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, así como un resumen de las acciones llevadas a cabo para asegurar la no obsolescencia del equipamiento. El MTC evaluará y validará dicha actualizacióneventos.
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Servicios. 5.1. La SOCIEDAD CONCESIONARIA podrá brindar a los usuarios Asesoría y Asistencia Operativa para el desarrollo de las LOCALIDADES BENEFICIARIAS la prestación de los SERVICIOS MÓVILES utilizando tecnología de acceso 4G LTE-A o superior, siguientes actividades específicas que se llevaran a cabo en la BANDA adjudicada o en cualquier otra banda que República Federativa de Brasil: Apoyar a la SOCIEDAD CONCESIONARIA tenga o le sea asignada oficina de promoción turística y dedicar el tiempo al personal de ésta. Identificar los clientes prospectos para el destino de Puerto Vallarta, Jalisco y vender y promover los valores de dicho destino turístico; Prospectar a diario y diligentemente en el futuro, o territorio Brasileño en bandas concesionadas a terceros.
5.2. La SOCIEDAD CONCESIONARIA debe indicar en el PROYECTO TÉCNICO la Banda y el ancho xx xxxxx que usará para brindar los SERVICIOS MÓVILES utilizando tecnología de acceso 4G LTE-A o superior, de acuerdo con los plazos establecidos.
5.3. La SOCIEDAD CONCESIONARIA debe garantizar que el equipamiento implementado no entre en obsolescencia asegurando que los SERVICIOS MÓVILES prestados en las LOCALIDADES BENEFICIARIAS cumplan con lo establecido en las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS durante todo el periodo de la CONCESIÓN. En este sentido, deberá llevar a cabo las ACTUALIZACIONES TECNOLÓGICAS que sean necesarias, entendidas como mejoras en las versiones de software, expansiones de capacidad, optimización de desempeño, implementación pos de nuevas funcionalidades u otras acciones cuentas que aseguren la adecuada operatividad generen clientes para el negocio al destino. Presentar a EL FIDUCIARIO, su plan de la red y que atiendan la demanda de tráfico conforme a los niveles de servicios establecidos en las presentes ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Como mínimo, cada tres (3) años, la SOCIEDAD CONCESIONARIA deberá presentar, en calidad de declaración jurada, un informe por cada ESTACIÓN BASE de la RED DE ACCESO MÓVIL, adjuntando la auditoría técnica remota o en campo respectiva, en el que demuestre que los indicadores del desempeño del servicio a nivel de capacidad, calidad, ocupación de la red y cobertura son superiores y/o cumplen con lo solicitado en las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, trabajo así como un resumen reporte de resultados semestral al finalizar la vigencia del Contrato. Incrementar, supervisar y realizar las acciones tendientes a obtener una mayor y mejor promoción turística institucional de Puerto Vallarta; Jalisco, cuidando que ésta sea general y en observancia de la normatividad aplicable, con la finalidad de incrementar la actividad turística y el número de visitantes en Puerto Vallarta. Maximizar esfuerzos hacia todos los segmentos xx xxxxxxx, coordinando esfuerzos de publicidad cooperativa, informando mensualmente de los resultados obtenidos al FIDUCIARIO. Promover el turismo en Puerto Vallarta ante las diferentes organizaciones y organismos públicos y privados en la República Federativa de Brasil. Proporcionar la información turística y promocional necesaria de Puerto Vallarta en República Federativa de Brasil. Generar ideas, procedimientos acciones de proposiciones organizadas tendientes a mejorar el desempeño y la promoción Turística en pro de Puerto Vallarta, Jalisco, México. EL PRESTADOR tiene prohibido asumir compromisos económicos o de cualquier otro tipo a nombre de EL FIDUCIARIO y solo puede asumir obligaciones que se sustenten mediante acuerdo escrito. Brindar capacitaciones a los agentes de forma mensual para dar a conocer el destino de Puerto Vallarta, Jalisco. Para lo anterior, EL PRESTADOR realizará todas y cada una de las acciones llevadas a cabo actividades necesarias que dentro de los reglamentos y normatividad aplicable se requieran para asegurar la tal efecto. En el entendido de que esta enumeración de labores es enunciativa y no obsolescencia limitativa, toda vez que EL PRESTADOR tiene obligación de atender también cualquier otro trabajo anexo o conexo con su obligación principal, o cualesquiera otra actividad, siempre y cuando se le respete su pago mensual aquí establecido, aun cuando accidentalmente haya de ser desempeñado fuera del equipamiento. El MTC evaluará y validará dicha actualizaciónlugar establecido entre las partes.
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Samples: Contrato De Prestación De Servicios
Servicios. 5.1Aquellos que constituyen el objeto del presente CONVENIO, y que se listan a continuación: - Servicio de Acceso y Uso Compartido de Obra Civil. La SOCIEDAD CONCESIONARIA podrá brindar - Servicio de Tendido de Cable sobre Infraestructura Desagregada. - Servicio xx Xxxxxxx Ópticos de Alta Capacidad de Transporte. - Servicio xx Xxxxx de Fibra Obscura. - Actividades de Apoyo para la Compartición de Infraestructura Pasiva. ❖ Visita Técnica; ❖ Análisis de Factibilidad, ❖ Verificación. − Trabajos Especiales asociados a los usuarios servicios de Acceso y Uso Compartido de la Infraestructura Pasiva. ❖ Servicio de Instalación de Infraestructura del CONCESIONARIO [O AUTORIZADO] ❖ Acondicionamiento de la infraestructura; ❖ Servicio de Recuperación de Espacio.” Por lo antes señalado, la propuesta presentada se encuentra desestimada y por tanto el Instituto requiere a las EM restituir el inciso “16) Sitios, predios y espacios físicos” de la cláusula Primera “Definiciones” en los términos vigentes. En relatadas circunstancias, y toda vez que del análisis a la propuesta de Xxxxxxxx de las LOCALIDADES BENEFICIARIAS EM se evidencia que las modificaciones a que se hace referencia no generan certeza, claridad, ni pueden ser consideradas proporcionales y/o recíprocas, las cuales además no mantienen al menos las mismas condiciones vigentes, este Instituto modifica las redacciones propuestas restituyendo el clausulado lo dispuesto en la prestación de los SERVICIOS MÓVILES utilizando tecnología de acceso 4G LTE-A o superiorORCI Vigente, en la BANDA adjudicada las cláusulas referidas. Finalmente, se reitera que cuando a consideración del Instituto existan cambios de redacción y/o en cualquier otra banda formato de escritura que la SOCIEDAD CONCESIONARIA tenga o le sea asignada otorguen claridad al planteamiento del clausulado del Convenio, éstos se aceptarán y se verán reflejados en el futuroAnexo Único del presente Acuerdo; contrariamente a esto, aquellos cambios que se encuentren reflejados en la Propuesta ORCI que modifiquen el sentido de redacciones del clausulado o en bandas concesionadas a terceros.
5.2. La SOCIEDAD CONCESIONARIA debe indicar en bien el PROYECTO TÉCNICO la Banda alcance de sus enunciados y el ancho xx xxxxx que usará para brindar los SERVICIOS MÓVILES utilizando tecnología de acceso 4G LTE-A o superior, de acuerdo con los plazos establecidos.
5.3. La SOCIEDAD CONCESIONARIA debe garantizar que el equipamiento implementado no entre en obsolescencia asegurando que los SERVICIOS MÓVILES prestados en las LOCALIDADES BENEFICIARIAS cumplan con lo establecido en las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS durante todo el periodo carezcan de la CONCESIÓNj6u.s2t.i7ficaAcinóenxmo aAn.dTaataridfaas.en la Medida CUADRAGÉSIMA PRIMERA serán descalificadas ipso facto. En este sentido, deberá llevar a cabo las ACTUALIZACIONES TECNOLÓGICAS que sean necesarias, entendidas como mejoras en las versiones de software, expansiones de capacidad, optimización de desempeño, implementación de nuevas funcionalidades u otras acciones que aseguren la adecuada operatividad referencia al Anexo A. Tarifas de la red y Propuesta ORCI, el Instituto advierte que atiendan las EM incluyeron modificaciones al contenido de la demanda de tráfico conforme ORCI Vigente, las cuales comprenden cambios a los niveles tarifarios de los servicios establecidos comparables y a la estructura tarifaria de los mismos, además de la eliminación de algunas contraprestaciones ya establecidas para servicios de las EM como el “Servicio xx Xxxxx de Fibra Obscura”; así como la inclusión de nuevos cargos no autorizados previamente por el Instituto, como las tarifas de “Verificación en las presentes ESPECIFICACIONES TÉCNICASfalso” y diversas actividades propuestas dentro de los apartados “Actividades de Apoyo” y cobros “Generales”. Como mínimo, cada tres (3) añosAl respecto, la SOCIEDAD CONCESIONARIA deberá presentar, en calidad de declaración jurada, un informe por cada ESTACIÓN BASE de la RED DE ACCESO MÓVIL, adjuntando la auditoría técnica remota o en campo respectiva, en el que demuestre que los indicadores del desempeño del servicio a nivel de capacidad, calidad, ocupación de la red y cobertura son superiores y/o cumplen con lo solicitado en las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, así como un resumen Medida TRIGÉSIMA NOVENA de las acciones llevadas Medidas Fijas establece que las tarifas aplicables a cabo para asegurar la no obsolescencia del equipamiento. El MTC evaluará y validará dicha actualización.los servicios de esta Oferta de Referencia se determinarán como sigue:
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Samples: Modificación De Términos Y Condiciones De La Oferta De Referencia
Servicios. 5.1Aquellos que constituyen el objeto del presente CONVENIO, y que se listan a continuación: - Servicio de Acceso y Uso Compartido de Obra Civil. La SOCIEDAD CONCESIONARIA podrá brindar - Servicio de Tendido de Cable sobre Infraestructura Desagregada. - Servicio xx Xxxxxxx Ópticos de Alta Capacidad de Transporte. - Servicio xx Xxxxx de Fibra Obscura. - Actividades de Apoyo para la Compartición de Infraestructura Pasiva. ❖ Visita Técnica; ❖ Análisis de Factibilidad, ❖ Verificación. - Trabajos Especiales asociados a los usuarios servicios de Acceso y Uso Compartido de la Infraestructura Pasiva. ❖ Servicio de Instalación de Infraestructura del CONCESIONARIO [O AUTORIZADO] SOLICITANTE en Despliegue de Nueva Obra Civil; ❖ Acondicionamiento de la infraestructura; ❖ Servicio de Recuperación de Espacio.” Por lo antes señalado, la propuesta presentada se encuentra desestimada y por tanto el Instituto requiere a las EM restituir el inciso “16) Sitios, predios y espacios físicos” de la cláusula Primera “Definiciones” en los términos vigentes. En relatadas circunstancias, y toda vez que del análisis a la propuesta de Xxxxxxxx de las LOCALIDADES BENEFICIARIAS la prestación de los SERVICIOS MÓVILES utilizando tecnología de acceso 4G LTE-A o superiorEM se evidencia que las modificaciones a que se hace referencia no generan certeza, en la BANDA adjudicada o en cualquier otra banda que la SOCIEDAD CONCESIONARIA tenga o le sea asignada en el futuroclaridad, o en bandas concesionadas a terceros.
5.2. La SOCIEDAD CONCESIONARIA debe indicar en el PROYECTO TÉCNICO la Banda y el ancho xx xxxxx que usará para brindar los SERVICIOS MÓVILES utilizando tecnología de acceso 4G LTE-A o superior, de acuerdo con los plazos establecidos.
5.3. La SOCIEDAD CONCESIONARIA debe garantizar que el equipamiento implementado no entre en obsolescencia asegurando que los SERVICIOS MÓVILES prestados en las LOCALIDADES BENEFICIARIAS cumplan con lo establecido en las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS durante todo el periodo de la CONCESIÓN. En este sentido, deberá llevar a cabo las ACTUALIZACIONES TECNOLÓGICAS que sean necesarias, entendidas como mejoras en las versiones de software, expansiones de capacidad, optimización de desempeño, implementación de nuevas funcionalidades u otras acciones que aseguren la adecuada operatividad de la red y que atiendan la demanda de tráfico conforme a los niveles de servicios establecidos en las presentes ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Como mínimo, cada tres (3) años, la SOCIEDAD CONCESIONARIA deberá presentar, en calidad de declaración jurada, un informe por cada ESTACIÓN BASE de la RED DE ACCESO MÓVIL, adjuntando la auditoría técnica remota o en campo respectiva, en el que demuestre que los indicadores del desempeño del servicio a nivel de capacidad, calidad, ocupación de la red y cobertura son superiores ni pueden ser consideradas proporcionales y/o cumplen con recíprocas, las cuales además no mantienen al menos las mismas condiciones vigentes, este Instituto modifica las redacciones propuestas restituyendo el clausulado lo solicitado dispuesto en la ORCI Vigente, en las ESPECIFICACIONES TÉCNICAScláusulas referidas. Finalmente, así como un resumen se reitera que cuando a consideración del Instituto existan cambios de las acciones llevadas redacción y/o formato de escritura que otorguen claridad al planteamiento del clausulado del Convenio, éstos se aceptarán y se verán reflejados en el Anexo Único del presente Acuerdo; contrariamente a cabo para asegurar esto, aquellos cambios que se encuentren reflejados en la no obsolescencia Propuesta ORCI que modifiquen el sentido de redacciones del equipamiento. El MTC evaluará clausulado o bien el alcance de sus enunciados y validará dicha actualizaciónque carezcan de la justificación mandatada en la Medida CUADRAGÉSIMA PRIMERA serán descalificadas ipso facto.
6.2.7 Anexo A. Tarifas.
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Samples: Modificación De Términos Y Condiciones De La Oferta De Referencia
Servicios. 5.1✓ Dos mantenimientos preventivos en sitio al año, para darles limpieza y verificar el correcto funcionamiento de sus partes con la ayuda de software indicado por el fabricante respectivo. La SOCIEDAD CONCESIONARIA podrá brindar Dichos mantenimientos se desarrollarán mediante plan de actividades avalado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a través de la Dirección General de Informática. ✓ Los mantenimientos correctivos se proporcionarán en sitio (en la ubicación de los servidores) y sin límite de eventos durante el contrato, debiendo incluir: refacciones (sustitución de partes dañadas por partes nuevas), reconfiguración de sistemas operativos y puesta a punto de los servidores con la actualización de sus versiones de BIOS y Firmware. ✓ Tiempo de respuesta para los mantenimientos correctivos en sitio y solventada la falla en un lapso no mayor a 4 horas, después de haberse levantado el reporte. ✓ Cobertura 7 X 24 X 365 incluyendo días festivos. ✓ Centro de atención xx xxxxxx y mesa de soporte técnico (Help Desk) centralizado en el D.F., donde se genere el reporte correspondiente y se le dé seguimiento hasta el cierre del mismo. ✓ Entrega mensual de estadísticas y análisis respecto a los usuarios niveles de servicio y disponibilidad de la base instalada, así como de las LOCALIDADES BENEFICIARIAS actividades desarrolladas en el periodo. ✓ Dos ingenieros en sitio para monitorear el estatus de los servidores previendo posibles eventos xx xxxxx. Ubicados donde la Dirección General de Informática lo crea conveniente, debidamente certificados en la resolución xx xxxxxx de hardware y entrenados en el uso de los procedimientos inherentes a la prestación de los SERVICIOS MÓVILES utilizando tecnología mantenimientos. ✓ Reuniones de acceso 4G LTE-A trabajo trimestrales donde se analicen estadísticas del reporte periódico xx xxxxxx de equipos, para establecer procedimientos de mejora del servicio, detectar problemáticas particulares sobre un producto o superiorequipo determinado y desarrollar procesos correctivos. ✓ Actualización permanente del inventario de la base instalada de servidores, conforme se provean los mantenimientos preventivos y correctivos contratados. ✓ Equipos de respaldo temporales, los que sean necesarios, para garantizar el cumplimiento de los tiempos de solución en caso de que la parte que requiera el equipo no se encuentre en el stock de la empresa o con el fabricante. ✓ Instalación, actualización y operación de la consola de Administración y monitoreo de DELL, en su versión básica con el abastecimiento de todos los accesorias tomando en cuenta la BANDA adjudicada o en cualquier otra banda que la SOCIEDAD CONCESIONARIA tenga o le sea asignada en el futuro, o en bandas concesionadas a terceros.
5.2flexibilidad de agregarle módulos. La SOCIEDAD CONCESIONARIA debe indicar en el PROYECTO TÉCNICO la Banda y el ancho xx xxxxx que usará para brindar En caso de incumplir con los SERVICIOS MÓVILES utilizando tecnología niveles de acceso 4G LTE-A o superior, servicio solicitados deberá penalizarse de acuerdo con las siguientes cláusulas: ✓ Respecto de los mantenimientos correctivos: o Se aplicará una penalización del 3% (tres por ciento) sobre el monto total de la anualidad contratada del equipo dañado, por cada hora de retraso posterior a las primeras 4 horas solicitadas para la sustitución de partes y restauración del servicio al 100% en cada servidor y hasta cumplir las primeras 12 horas. o Se aplicará una penalización del 5% (cinco por ciento) sobre el monto total de la anualidad contratada del equipo dañado, por cada hora de retraso posterior a cumplidas las primeras 12 horas para la sustitución de partes y restauración del servicio al 100% en cada servidor y durante las siguientes 12 horas o Se aplicará una penalización del 8% (ocho por ciento) sobre el monto total de la anualidad contratada para el equipo dañado, por cada hora de retraso después de cumplidas las primeras 24 horas para la sustitución de partes y restauración del servicio al 100% en cada servidor; ✓ En el caso de persistir la falla o fallas por 3 días más se retendrá el pago mensual del contrato sin menospreciar el pago de las penalizaciones. ✓ En caso de que las penalizaciones alcancen el 10% del contrato total, la Dirección General analizará la conveniencia de rescindir el contrato bajo las condiciones que este Alto Tribunal considere pertinentes. Cabe mencionar que para los servicios de mantenimiento contratados, en ningún caso se otorgará prórroga y por tal motivo de no reparar los equipos dañados en los plazos establecidos.
5.3. La SOCIEDAD CONCESIONARIA debe garantizar establecidos para tal efecto, se entenderá que el equipamiento implementado no entre en obsolescencia asegurando que los SERVICIOS MÓVILES prestados en las LOCALIDADES BENEFICIARIAS cumplan con lo establecido en las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS durante todo el periodo de la CONCESIÓN. En este sentido, deberá llevar a cabo las ACTUALIZACIONES TECNOLÓGICAS que sean necesarias, entendidas como mejoras en las versiones de software, expansiones de capacidad, optimización de desempeño, implementación de nuevas funcionalidades u otras acciones que aseguren la adecuada operatividad de la red y que atiendan la demanda de tráfico conforme a los niveles de servicios establecidos en las presentes ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Como mínimo, cada tres (3) años, la SOCIEDAD CONCESIONARIA deberá presentar, en calidad de declaración jurada, un informe por cada ESTACIÓN BASE de la RED DE ACCESO MÓVIL, adjuntando la auditoría técnica remota o en campo respectiva, en el que demuestre que los indicadores del desempeño del servicio a nivel de capacidad, calidad, ocupación de la red y cobertura son superiores y/o cumplen con lo solicitado en las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, así como un resumen existe incumplimiento total de las acciones llevadas a cabo cláusulas respetivas para asegurar la no obsolescencia del equipamientolos efectos conducentes. El MTC evaluará y validará dicha actualización.1 DELL PE 6300 11030 72FTA Xxxxxxx 0 DELL Precision 620 11698 8FC9DO1 Xxxxxxx 0 DELL Precision 610 6419 0QSXT Xxxxxxx 0 DELL PE 2300 8180 0Q9V1 Xxxxxxx 0 XXXX XX 0000 00000 XX0XX Xxxxxxx 6 DELL PE 6300 12339 CB4TI Xxxxxxx 0 XXXX XX 0000 8569 70U7P Xxxxxxx 0 XXXX XX 0000 0000 00XXX Xxxxxxx 9 DELL PE 6300 8160 0Q83K Xxxxxxx 00 DELL PE 2300 8158 0Q9V4 Xxxxxxx 00 DELL PE 2650 15949 HVJ8521 Xxxxxxx 00 DELL PE 2650 15950 1WJ8521 Xxxxxxx 00 DELL PE 6650 15941 BYZL421 Xxxxxxx 00 DELL PE 6650 15942 9YZL421 Xxxxxxx 00 DELL PE 6650 15943 GYZL421 Xxxxxxx 00 DELL PE 6650 15944 JYZL421 Xxxxxxx 00 DELL PE 6650 15947 2ZZL421 Xxxxxxx 00 DELL Rack 4210 XXX x XXX´x 00000 X/X Xxxxxxx 19 EMC- DELL SAN FC4700-2 15948 DZY1Y11 Xxxxxxx 00 XXXX XX000X 00000 XXXXX00 Xxxxxxx 21 DELL PowerConnect 5012 16020 9CPGS11 Xxxxxxx 00 DELL PowerConnect 5012 16027 38GW341 Xxxxxxx 00 XXXX XX 0000XX 00000 XX0XX00 Xxxxxxx
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Samples: Mantenimiento De Servidores
Servicios. 5.1. La SOCIEDAD CONCESIONARIA podrá brindar a los usuarios de prestará SERVICIOS MÓVILES en las LOCALIDADES BENEFICIARIAS la prestación a través de los SERVICIOS MÓVILES utilizando tecnología de acceso 4G LTE-A o superioruna RED MÓVIL, en la BANDA adjudicada o en cualquier otra banda que la SOCIEDAD CONCESIONARIA tenga o le sea asignada conforme a lo establecido en el futuro, o en bandas concesionadas a tercerosCONTRATO DE CONCESIÓN.
5.2. La SOCIEDAD CONCESIONARIA debe indicar prestará el servicio de Acceso a Internet Móvil dentro del área de cobertura, con las siguientes VELOCIDADES MÍNIMAS:
5.3. La VELOCIDAD MÍNIMA establecida en el numeral 5.2 y sus actualizaciones se aplicará a partir de la fecha de INICIO DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS en cada LOCALIDAD BENEFICIARIA, durante la vigencia del CONTRATO DE CONCESIÓN y mientras no se expida una regulación específica que establezca el indicador de Velocidad Mínima de acceso a Internet móvil aplicable a Centros Poblados rurales, siempre que la misma no sea inferior a la señalada en el citado numeral 5.2.
5.4. La SOCIEDAD CONCESIONARIA prestará los SERVICIOS MÓVILES en la BANDA o en cualquier otra banda identificada para las IMT o combinación de bandas que la SOCIEDAD CONCESIONARIA tenga asignadas siempre y cuando así lo justifique en el PROYECTO TÉCNICO la Banda y el ancho xx xxxxx TÉCNICO, o en bandas que usará para brindar los SERVICIOS MÓVILES utilizando tecnología de acceso 4G LTE-A o superiorles sean asignadas en un futuro, de acuerdo con los plazos establecidosprevia aprobación del CONCEDENTE.
5.35.5. La SOCIEDAD CONCESIONARIA debe garantizar que el equipamiento implementado no entre en obsolescencia asegurando una ACTUALIZACIÓN TECNOLÓGICA periódica de la RED MÓVIL cada tres (3) años como mínimo contados a partir de la FECHA DE CIERRE. A tal efecto, las revisiones de hardware y software deben asegurar que los SERVICIOS MÓVILES prestados en las LOCALIDADES BENEFICIARIAS cumplan con lo establecido no entre en las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS durante todo el periodo de la CONCESIÓN. En este sentido, deberá llevar a cabo las ACTUALIZACIONES TECNOLÓGICAS obsolescencia y que sean necesarias, entendidas como mejoras en las versiones de software, expansiones actualización deban estar alineadas con las versiones implementadas en áreas urbanas. Dichas actualizaciones deben ser comunicadas a la DGPPC antes de capacidad, optimización ser realizadas y posteriormente reportadas.
5.6. La SOCIEDAD CONCESIONARIA es responsable del mantenimiento y operación de desempeño, implementación de nuevas funcionalidades u otras acciones que aseguren la RED MÓVIL para la adecuada operatividad provisión de la red y que atiendan la demanda de tráfico conforme a los niveles de servicios establecidos en las presentes ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Como mínimo, cada tres (3) años, la SOCIEDAD CONCESIONARIA deberá presentar, en calidad de declaración jurada, un informe por cada ESTACIÓN BASE de la RED DE ACCESO MÓVIL, adjuntando la auditoría técnica remota o en campo respectiva, en el que demuestre que los indicadores del desempeño del servicio a nivel de capacidad, calidad, ocupación de la red TÉCNICAS y cobertura son superiores y/o cumplen con lo solicitado en las ESPECIFICACIONES TÉCNICAScondiciones aquí requeridas. Esto incluye, así como un resumen y sin limitarse, ESTACIONES BASE, BACKHAUL, EPC, CENTROS DE MANTENIMIENTO, plataformas de las acciones llevadas a cabo para asegurar la no obsolescencia del equipamiento. El MTC evaluará y validará dicha actualizaciónsoporte, sistemas de gestión de usuarios, entre otros.
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Samples: Contrato De Concesión
Servicios. 5.1Este Pliego consta de los siguientes servicios: • Servicios de voz de telefonía: fija y telefonía móvil. Gestión integrada de ambas. • Servicios de datos e Internet: Interconexión de sedes municipales, transmisión de datos, acceso a Internet, infraestructura de seguridad y servicios de alojamiento en la nube Los licitadores presentarán una oferta integrada de los dos servicios. Los precios de los servicios ofertados en cualquier caso, se expresarán en neto, es decir, con descuentos aplicados y sin incluir IVA. Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento de Tres Cantos - xxxxx://xxxx.xxxxxxxxxx.xx - Código Seguro de Verificación: 28760IDOC24F53E05D7D616B4297 La SOCIEDAD CONCESIONARIA podrá brindar a los usuarios empresa contratista y el personal encargado de la realización de las LOCALIDADES BENEFICIARIAS la prestación de los SERVICIOS MÓVILES utilizando tecnología de acceso 4G LTE-A o superior, en la BANDA adjudicada o en cualquier otra banda tareas guardarán secreto profesional sobre todas las informaciones que la SOCIEDAD CONCESIONARIA tenga o le sea asignada en el futuro, o en bandas concesionadas a terceros.
5.2. La SOCIEDAD CONCESIONARIA debe indicar en el PROYECTO TÉCNICO la Banda recaben y el ancho xx xxxxx documentos que usará para brindar los SERVICIOS MÓVILES utilizando tecnología de acceso 4G LTE-A o superior, de acuerdo con los plazos establecidos.
5.3. La SOCIEDAD CONCESIONARIA debe garantizar que el equipamiento implementado no entre en obsolescencia asegurando que los SERVICIOS MÓVILES prestados en las LOCALIDADES BENEFICIARIAS cumplan con lo establecido en las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS durante todo el periodo de la CONCESIÓN. En este sentido, deberá llevar a cabo las ACTUALIZACIONES TECNOLÓGICAS que sean necesarias, entendidas como mejoras en las versiones de software, expansiones de capacidad, optimización de desempeño, implementación de nuevas funcionalidades u otras acciones que aseguren la adecuada operatividad de la red y que atiendan la demanda de tráfico conforme a los niveles de servicios establecidos en las presentes ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Como mínimo, cada tres (3) años, la SOCIEDAD CONCESIONARIA deberá presentar, en calidad de declaración jurada, un informe por cada ESTACIÓN BASE de la RED DE ACCESO MÓVIL, adjuntando la auditoría técnica remota o en campo respectiva, en el que demuestre que los indicadores del desempeño del servicio a nivel de capacidad, calidad, ocupación de la red y cobertura son superiores y/o cumplen con lo solicitado en las ESPECIFICACIONES TÉCNICASgeneren, así como de los asuntos a los que tengan acceso o conocimiento durante la vigencia del contrato, estando obligados a no hacer públicos o enajenar cuantos datos conozcan como consecuencia o con ocasión de su ejecución, incluso después de finalizar el plazo contractual. Este deber se mantendrá durante un resumen plazo de cinco años. El contratista declara expresamente que conoce quedar obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, Protección de Datos de Carácter Personal, y en su Reglamento de desarrollo aprobado por R.D. 1720/2007, de 21 de diciembre; en concreto lo referente al cumplimiento de las acciones llevadas medidas de seguridad establecidas y al deber xx xxxxxxx profesional, asumiendo las responsabilidades que por su incumplimiento le incumban El servicio que se demanda, deberá estar operativo de forma continua, 24 horas por 7 días a cabo para asegurar la no obsolescencia del equipamientosemana, excepto durante el tiempo que se ejecuten los trabajos programados previamente notificados y aprobados por esta administración. El MTC evaluará adjudicatario dispondrán de un servicio de atención personalizado para esta administración en horario de oficina que atenderá y validará dicha actualizacióntramitará las consultas técnicas o comerciales planteadas por los usuarios.
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Samples: Telecommunications
Servicios. 5.1a) PBSI prestará los Servicios de conformidad con este Acuerdo y con el PSOF. La SOCIEDAD CONCESIONARIA podrá brindar PBSI no está obligada a ofrecer ningún Servicio a menos que así se establezca en el PSOF. A menos que se especifique lo contrario en el PSOF o según lo acordado por las partes, PBSI comenzará a prestar los usuarios Servicios quince (15) días hábiles después de la ejecución del PSOF y los Servicios se llevarán a cabo en las LOCALIDADES BENEFICIARIAS oficinas de PBSI. A menos que se especifique lo contrario en el PSOF, los Servicios se prestarán y facturarán en incrementos continuos de ocho (8) horas. Los cambios o las demoras en el cronograma de trabajo originados por el Cliente están sujetos al procedimiento de cambios del proyecto y pueden resultar en un incremento en los honorarios.
b) Para contratos por tiempo y materiales, PBSI estima que los Servicios se completarán en aproximadamente la prestación cantidad de horas establecidas en el PSOF. Sin embargo, PBSI no declara que los SERVICIOS MÓVILES utilizando tecnología Servicios se finalizarán dentro de acceso 4G LTE-A o superiorla cantidad de horas allí establecidas. Todos los cálculos proporcionados en el PSOF, incluidas las horas previstas para completar los Servicios y todos los cronogramas suministrados por PBSI, se basan en requisitos funcionales y entornos técnicos conocidos a partir de la BANDA adjudicada fecha efectiva del PSOF.
c) PBSI le otorga al Cliente una licencia perpetua no exclusiva, no transferible, exenta de regalías, para usar los Entregables en nombre del Cliente y para su beneficio. PBSI retiene todo derecho, título e interés sobre los Entregables, excepto por aquellos derechos expresamente otorgados al Cliente, y se reserva todos los derechos que no hayan sido expresamente otorgados de otra forma mediante el presente. Los Entregables y Servicios se consideran aceptados contra entrega, a menos que se especifique lo contrario en un PSOF.
d) Toda modificación en los Servicios debe hacerse por escrito y estar firmada por los representantes autorizados de cada parte. Las modificaciones pueden estar establecidas en una solicitud de cambio al proyecto o en cualquier otra banda otro documento acordado por las partes por escrito. El personal de PBSI que la SOCIEDAD CONCESIONARIA tenga o le sea asignada en el futuro, o en bandas concesionadas a terceros.
5.2. La SOCIEDAD CONCESIONARIA debe indicar en el PROYECTO TÉCNICO la Banda y el ancho xx xxxxx que usará para brindar preste los SERVICIOS MÓVILES utilizando tecnología de acceso 4G LTE-A o superior, de acuerdo con los plazos establecidos.
5.3. La SOCIEDAD CONCESIONARIA debe garantizar que el equipamiento implementado no entre en obsolescencia asegurando que los SERVICIOS MÓVILES prestados Servicios en las LOCALIDADES BENEFICIARIAS cumplan oficinas del Cliente cumplirá con lo establecido las políticas y procedimientos del Cliente vigentes en las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS durante todo el periodo de la CONCESIÓN. En este sentido, deberá llevar a cabo las ACTUALIZACIONES TECNOLÓGICAS que sean necesarias, entendidas como mejoras en las versiones de software, expansiones de capacidad, optimización de desempeño, implementación de nuevas funcionalidades u otras acciones que aseguren la adecuada operatividad de la red y que atiendan la demanda de tráfico conforme a los niveles de servicios establecidos en las presentes ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Como mínimo, cada tres (3) años, la SOCIEDAD CONCESIONARIA deberá presentar, en calidad de declaración jurada, un informe por cada ESTACIÓN BASE de la RED DE ACCESO MÓVIL, adjuntando la auditoría técnica remota o en campo respectiva, en el que demuestre que los indicadores del desempeño del servicio a nivel de capacidad, calidad, ocupación de la red y cobertura son superiores y/o cumplen con lo solicitado en las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, así como un resumen de las acciones llevadas a cabo para asegurar la no obsolescencia del equipamiento. El MTC evaluará y validará dicha actualizaciónubicación.
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Samples: Professional Services
Servicios. 5.1. La SOCIEDAD CONCESIONARIA podrá debe brindar a los usuarios de las LOCALIDADES BENEFICIARIAS la prestación de los SERVICIOS MÓVILES utilizando tecnología de acceso 4G LTE-A o superiorsuperior con la tecnología denominada Redes de Cuarta Generación (en adelante 4G) Long Term Evolution Advanced (en adelante LTE-A) como mínimo, en la BANDA adjudicada o en cualquier otra banda que la SOCIEDAD CONCESIONARIA tenga o le sea asignada en el futuro, o en bandas concesionadas a tercerospodría serle adjudicada.
5.2. La SOCIEDAD CONCESIONARIA debe indicar en el PROYECTO TÉCNICO justificar la Banda y el ancho xx xxxxx en la que usará para brindar brindará los SERVICIOS MÓVILES utilizando tecnología de acceso 4G LTE-A o superior, de acuerdo con los plazos establecidos.
5.3. La SOCIEDAD CONCESIONARIA debe garantizar que el equipamiento implementado no entre en obsolescencia asegurando que los SERVICIOS MÓVILES prestados en las LOCALIDADES BENEFICIARIAS cumplan con lo establecido en las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS durante todo el periodo de la CONCESIÓN. En este sentido, deberá llevar a cabo las ACTUALIZACIONES TECNOLÓGICAS que sean necesarias, entendidas como mejoras en las versiones de software, expansiones de capacidad, optimización de desempeño, implementación de nuevas funcionalidades u otras acciones que aseguren la adecuada operatividad de la red y que atiendan la demanda de tráfico conforme a los niveles de servicios establecidos en las presentes ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Como mínimo, una actualización tecnológica periódica cada tres (3) añosaños como mínimo contados a partir de la FECHA DE CIERRE. Dicha actualización podría ser actualizaciones de las versiones de software del Release vigente, cambiar de versión de Release y/o cambiar o adicionar hardware en base a la evaluación de la operatividad de funcionalidades por parte de LA SOCIEDAD CONCESIONARIA en cada Estación Base. En base a ello se realizará la actualización tecnológica a fin de instalar nuevas funcionalidades de red que permita tener una mejora en el performance del servicio tanto en capacidad, calidad y cobertura de tal modo que el SERVICIO MOVIL no entre en obsolescencia con el avance de la tecnología. Dichas actualizaciones se deben realizar previa comunicación a la DGPPC; una vez realizada la actualización, la SOCIEDAD CONCESIONARIA deberá presentar, en calidad de declaración jurada, debe presentar un informe por cada ESTACIÓN BASE de a la RED DE ACCESO MÓVIL, DGPPC adjuntando la auditoría auditoria técnica remota o respectiva indicando la fecha en campo respectiva, en el que demuestre que los indicadores del desempeño del servicio a nivel de capacidad, calidad, ocupación de la red y cobertura son superiores y/o cumplen con lo solicitado en las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, así como un resumen de las acciones llevadas a cabo para asegurar la no obsolescencia del equipamiento. El MTC evaluará y validará fue ejecutada dicha actualización.
5.4. LA SOCIEDAD CONCESIONARIA debe asegurar para los SERVICIOS MÓVILES utilizando tecnología 4G LTE-A o superior, el cumplimiento del indicador Disponibilidad de Servicio (DS) del Reglamento General de Calidad de Servicios de Telecomunicaciones vigente o que entre en vigencia, y que son supervisados por el OSIPTEL, en los casos donde aplique.
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Samples: Contrato De Concesión
Servicios. 5.1Sección D.1: Servicio al Cliente E-TAXES se compromete con el Usuario de Licencia a proveerle con soporte técnico mediante acceso remoto. El soporte técnico aplica al Programa con Licencia comprado bajo el Contrato de Orden. La SOCIEDAD CONCESIONARIA podrá brindar instalación del Programa, sus actualizaciones, verificación de errores de validación y como configurar las predeterminadas de las planillas en el Programa son parte del soporte técnico. Asistencia contributiva y asistencia con errores en planillas por temas contributivos no son parte del soporte técnico. E-TAXES se compromete a ayudar al Usuario de Licencia con la verificación de por qué una planilla fue rechazada, bajo el término de que dicha planilla haya sido transmitida electrónicamente usando el Programa con Licencia bajo el EFIN estipulado en la Sección B.2 del Contrato de Orden. E-TAXES asistirá a la Entidad Compradora con los procesos de validaciones para poder ofrecer Productos Bancario a través de uno de los Bancos participantes con E-TAXES. En la eventualidad de que el Usuario de Licencia requiera del Proveedor de Licencia, mediante solicitud y consentimiento entre ambos, la intervención temporera mediante ‘acceso remoto’ a sus computadoras (para propósitos de asistencia o adiestramiento), el Usuario de Licencia reconoce y acepta que el Proveedor de Licencia no puede hacerse responsable de daños, desperfectos, mal funcionamiento o asuntos relacionados a la data existente en las computadoras del Usuario de Licencia. A su vez el Usuario de Licencia acuerda que, al contactar al Proveedor de Licencia para soporte remoto, autoriza al Proveedor de Licencia a acceder y realizar trabajos en su cuenta(s), computadora(s) y/o red(es), incluyendo, pero no limitado a los usuarios ‘software’, los hardware, los periféricos y la memoria. Toda asistencia remota provista por el Proveedor de Licencia se realiza a través de la aplicación TeamViewer 8. En la eventualidad que el Usuario de Licencia requiera la asistencia con las LOCALIDADES BENEFICIARIAS la prestación redes sociales participante, el Usuario de los SERVICIOS MÓVILES utilizando tecnología Licencia reconoce y acepta que E-TAXES no puede hacerse responsable de acceso 4G LTE-A ninguna solicitud de indemnización por daños o superiorperjuicios y, en la BANDA adjudicada como tal, releva total e irrevocablemente a E- TAXES de toda responsabilidad alusiva a culpa, negligencia, actuación, error, omisión, descuido o en cualquier otra banda que circunstancia de la SOCIEDAD CONCESIONARIA tenga cual pudiera surgir un daño o le sea asignada en el futuro, o en bandas concesionadas a terceros.
5.2perjuicio. La SOCIEDAD CONCESIONARIA debe indicar en el PROYECTO TÉCNICO la Banda y el ancho xx xxxxx que usará para brindar los SERVICIOS MÓVILES utilizando tecnología de acceso 4G LTE-A o superiorestos efectos, de acuerdo con los plazos establecidos.
5.3. La SOCIEDAD CONCESIONARIA debe garantizar que ser necesario, el equipamiento implementado no entre en obsolescencia asegurando que los SERVICIOS MÓVILES prestados en las LOCALIDADES BENEFICIARIAS cumplan con lo establecido en las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS durante todo el periodo Usuario de Licencia asumirá la CONCESIÓN. En representación y defensa de E-TAXES para hacer valer este sentido, deberá llevar a cabo las ACTUALIZACIONES TECNOLÓGICAS que sean necesarias, entendidas como mejoras en las versiones de software, expansiones de capacidad, optimización de desempeño, implementación de nuevas funcionalidades u otras acciones que aseguren la adecuada operatividad de la red y que atiendan la demanda de tráfico conforme a los niveles de servicios establecidos en las presentes ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Como mínimo, cada tres (3) años, la SOCIEDAD CONCESIONARIA deberá presentar, en calidad de declaración jurada, un informe por cada ESTACIÓN BASE de la RED DE ACCESO MÓVIL, adjuntando la auditoría técnica remota o en campo respectiva, relevo ante cualquier foro en el que demuestre que los indicadores del desempeño del servicio a nivel de capacidad, calidad, ocupación de la red y cobertura son superiores y/o cumplen con lo solicitado pudiese ventilarse cualquier controversia en las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, así como un resumen de las acciones llevadas a cabo para asegurar la no obsolescencia del equipamiento. El MTC evaluará y validará dicha actualizacióntorno al mismo.
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Samples: Licensing Agreement
Servicios. 5.12.1. La SOCIEDAD CONCESIONARIA podrá brindar El Prestador brindará sus Servicios a EMA mediante la participación activa en los grupos evaluadores de EMA, en términos de la Ley, su reglamento y los lineamientos para integrar, organizar y coordinar los comités de evaluación publicados el 25 de octubre de 1999, y sus reformas, publicadas el 10 xx xxxxxx de 2000 en el Diario Oficial de la Federación (los “Lineamientos”) y los aprobados por la Comisión Nacional de Normalización el 8 de septiembre de 2005; así como de los procedimientos, manuales y demás reglamentos elaborados por EMA aplicables a los usuarios grupos evaluadores.
2.2. Para efectos del párrafo anterior, el Prestador participará en su calidad de técnico calificado y registrado ante el Padrón Nacional de Evaluadores de EMA, en los grupos evaluadores que al efecto sean designados de conformidad con los procedimientos establecidos y que le sean señalados por EMA, quien podrá desempeñar dentro del grupo evaluador de que se trate, de acuerdo a su calificación en el Padrón Nacional de Evaluadores, las LOCALIDADES BENEFICIARIAS funciones relativas a: (i) evaluador, (ii) evaluador líder, (iii) evaluador líder técnico, (iv) evaluador técnico, (v) evaluador técnico especializado, (vi) experto técnico, (vii) experto técnico especializado y (viii) testificador, en términos de los reglamentos y procedimientos internos emitidos por EMA y, en su caso, cualesquier otras funciones que determine EMA para los grupos evaluadores (los “Servicios”).
2.3. Los Servicios antes descritos serán brindados por el Prestador cuando (i) le hubieren sido requeridos por EMA y una vez que el Prestador los hubiere aceptado, quedará obligado a proveer los Servicios hasta la conclusión del mismo, en los términos de la Ley, su reglamento, los Lineamientos y demás manuales, procedimientos y reglamentos aplicables.
2.4. El Prestador brindará los Servicios en México o fuera de éste, ya sea en el domicilio de EMA indicado en las declaraciones del presente Contrato, o bien, en el domicilio en el que se encuentre el Organismo de Evaluación de la Conformidad o donde este realice sus actividades que fuese materia de evaluación por parte del grupo evaluador. EMA dará aviso al Prestador del día (o los días), del lugar (o los lugares) en donde se deban prestar los Servicios, a efecto de que el Prestador cumpla con los requisitos y esté en aptitudes de desarrollar los Servicios en el lugar que al efecto le sea señalado.
2.5. El Prestador tendrá el derecho de recibir únicamente el costo o importe de los viáticos, transportación (boletos de autobús o avión y taxis), hospedaje y alimentación en que hubiere incurrido o se vaya a incurrir en la prestación de los SERVICIOS MÓVILES utilizando tecnología Servicios, lo que será determinado en función de acceso 4G LTE-A o superior, los Servicios que se presten en la BANDA adjudicada o en cualquier otra banda que la SOCIEDAD CONCESIONARIA tenga o le sea asignada en el futuro, o en bandas concesionadas a terceros.
5.2. La SOCIEDAD CONCESIONARIA debe indicar en el PROYECTO TÉCNICO la Banda cada caso y el ancho xx xxxxx que usará para brindar de los SERVICIOS MÓVILES utilizando tecnología de acceso 4G LTE-A o superior, de acuerdo con los plazos establecidos.
5.3. La SOCIEDAD CONCESIONARIA debe garantizar que el equipamiento implementado no entre en obsolescencia asegurando que los SERVICIOS MÓVILES prestados en las LOCALIDADES BENEFICIARIAS cumplan con lo establecido en las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS durante todo el periodo de la CONCESIÓN. En este sentido, deberá llevar a cabo las ACTUALIZACIONES TECNOLÓGICAS que sean necesarias, entendidas como mejoras en las versiones de software, expansiones de capacidad, optimización de desempeño, implementación de nuevas funcionalidades u otras acciones que aseguren la adecuada operatividad de la red procedimientos y que atiendan la demanda de tráfico conforme lineamientos aplicables a los niveles de servicios establecidos en las presentes ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Como mínimo, cada tres (3) años, la SOCIEDAD CONCESIONARIA deberá presentar, en calidad de declaración jurada, un informe por cada ESTACIÓN BASE de la RED DE ACCESO MÓVIL, adjuntando la auditoría técnica remota o en campo respectiva, en el que demuestre que los indicadores del desempeño del servicio a nivel de capacidad, calidad, ocupación de la red y cobertura son superiores y/o cumplen con lo solicitado en las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, así como un resumen de las acciones llevadas a cabo para asegurar la no obsolescencia del equipamiento. El MTC evaluará y validará dicha actualizaciónmismos.
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Samples: Prestación De Servicios
Servicios. 5.18.1. La SOCIEDAD CONCESIONARIA podrá brindar En relación con la facturación de la prestación de Servicios, será aplicable la Lista de Precios de Servicios vigente en el momento de la prestación del Servicio. Con carácter complementario y prioritario regirán las Condiciones Adicionales de Servicios vigentes respectivamente en los Centros de Servicios de RSMX y en el establecimiento del Cliente de RSMX.
8.2. Los presupuestos de costos no tendrán carácter vinculante y se elaborarán previo acuerdo. Los costos de la elaboración estarán incluidos en el precio, salvo acuerdo en contrario, y serán facturados por separado si no se adjudicara el encargo de la prestación del Servicio.
8.3. Antes de dar comienzo a la prestación del Servicio, deberán estar completamente disponibles en el lugar acordado los usuarios objetos a proveer por el Cliente, es decir, incluyendo los elementos accesorios y, cuando se trate de productos de fabricación ajena, incluyendo también las LOCALIDADES BENEFICIARIAS instrucciones de uso, las descripciones y los listados de unidades. Los envíos de ida y vuelta se harán por cuenta y riesgo del Cliente. Todos los trabajos previos que incumban al Cliente deberán haberse realizado hasta tal punto que la prestación de los SERVICIOS MÓVILES utilizando tecnología de acceso 4G LTE-A o superior, Servicios pueda comenzar y llevarse a cabo sin interrupciones en la BANDA adjudicada o en cualquier otra banda que la SOCIEDAD CONCESIONARIA tenga o le sea asignada en cuanto llegue el futuro, o en bandas concesionadas a tercerospersonal empleado por RSMX.
5.28.4. La SOCIEDAD CONCESIONARIA debe indicar en el PROYECTO TÉCNICO la Banda El Cliente deberá prestar y el ancho xx xxxxx que usará para brindar los SERVICIOS MÓVILES utilizando tecnología de acceso 4G LTE-A o superiorfacilitar puntualmente, de acuerdo con los plazos establecidos.
5.3. La SOCIEDAD CONCESIONARIA debe garantizar que el equipamiento implementado no entre en obsolescencia asegurando que los SERVICIOS MÓVILES prestados en las LOCALIDADES BENEFICIARIAS cumplan con lo establecido en las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS durante todo el periodo de la CONCESIÓN. En este sentido, deberá llevar a cabo las ACTUALIZACIONES TECNOLÓGICAS que sean necesarias, entendidas como mejoras en las versiones de software, expansiones de capacidad, optimización de desempeño, implementación de nuevas funcionalidades u otras acciones que aseguren la adecuada operatividad de la red su cargo y que atiendan la demanda de tráfico conforme atendiendo a los niveles criterios de servicios establecidos en las presentes ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Como mínimocalidad e idoneidad necesarios, cada tres (3) añosel personal auxiliar, todos los trabajos adicionales ajenos al ramo de RSMX, objetos y materiales necesarios a estos efectos, la SOCIEDAD CONCESIONARIA deberá presentarfuerza motriz, en calidad agua, las conexiones y conducciones, la vestimenta protectora y dispositivos de declaración jurada, un informe por cada ESTACIÓN BASE de la RED DE ACCESO MÓVIL, adjuntando la auditoría técnica remota o en campo respectiva, en el que demuestre que los indicadores del desempeño del servicio a nivel de capacidad, calidad, ocupación de la red y cobertura son superiores y/o cumplen con lo solicitado en las ESPECIFICACIONES TÉCNICASprotección, así como un resumen los locales apropiados (incluidos aquellos destinados al almacenaje de materiales). El Cliente deberá facilitar asimismo puntualmente y a su cargo las licencias administrativas, incluidas las necesarias para el acceso de personas, e informará sobre la normativa en materia de prevención de accidentes específica aplicable en el lugar de ubicación.
8.5. Antes de dar comienzo a la prestación del Servicio, el Cliente facilitará, sin necesidad de ser requerido de ello, la información necesaria sobre la ubicación de las acciones llevadas conducciones que no se encuentren al descubierto, así como los datos de estructura necesarios.
8.6. RSMX esta facultada para decidir donde prestar los Servicios, para el caso de que éstos no se puedan prestar en un solo lugar.
8.7. Si se demorase la prestación del Servicio por circunstancias, especialmente en el lugar de la obra o en el lugar de la instalación, que no sean imputables a cabo para asegurar RSMX, el Cliente deberá reembolsar a RSMX la no obsolescencia del equipamiento. El MTC evaluará totalidad de los costos ocasionados por ello, incluyendo los costos por el tiempo de espera y validará dicha actualizaciónpor los desplazamientos adicionales que deba hacer el personal.
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Samples: Condiciones Generales De Venta Y Prestación De Servicios