SERVIDORES PÚBLICOS. Todos aquellos que tienen una relación laboral con Diconsa.
SERVIDORES PÚBLICOS. Todas aquellas personas que desempeñan un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en Diconsa .
SERVIDORES PÚBLICOS. Gastos y costos originados en, basados en o de cualquier manera atribuibles, directa o indirectamente a actos del Asegurado en su carácter de funcionario o servidor público ya sea federal, estatal o municipal y/o en ejercicio de cualquier cargo de carácter público, federal, estatal o municipal, cuando presten sus servicios para una entidad gubernamental.
SERVIDORES PÚBLICOS. Originada en, basada en, o atribuible directa o indirectamente a actos del asegurado en su carácter de funcionario o servidor público según lo define la ley 6227 y normas complementarias y/o en ejercicio de cualquier cargo de carácter público, salvo que se acuerde lo contrario en las condiciones particulares de esta póliza.
SERVIDORES PÚBLICOS. TODOS AQUELLOS SERVIDORES PÚBLICOS, CON LOS QUE EXISTE UNA RELACIÓN LABORAL CON DICONSA.
SERVIDORES PÚBLICOS. La Contratante y la Aseguradora convienen que los servidores públicos protegidos por este seguro, podrán hacer aportaciones adicionales de prima con cargo a su salario a través del sistema de nómina, que se aplicarán al incremento de la suma asegurada de la cobertura de vida, incapacidad total y permanente, invalidez e incapacidad permanente total a que se hace mérito en este instrumento. El incremento de suma asegurada (potenciación) para los servidores públicos podrá ser de 52, 68 y 100 meses de su percepción mensual al momento del siniestro. El Instituto FONACOT durante la primera quincena posterior al fallo, deberá hacer del conocimiento de los servidores públicos los costos de las primas por incremento de suma asegurada (potenciación) y en el lapso de 60 días naturales, posteriores a la primera quincena posterior al fallo, deberá recabar, en caso de que el servidor público desee potenciar su seguro, la autorización para el descuento en nómina y entero a la Aseguradora de la potenciación elegida. En tanto el Instituto FONACOT no cuente con esta autorización, no podrá aplicar ningún descuento de la percepción ordinaria del servidor público. El descuento será a partir de la fecha en que el servidor público firme el documento de autorización, únicamente procederán descuentos retroactivos para empatar la fecha en que el servidor público otorgó la autorización. Para este efecto, la dependencia remitirá al Instituto FONACOT el formato que se deberá requisitar para obtener la autorización de descuento del servidor público. Será responsabilidad de la Dirección de Desarrollo de Factor Humano recabar la autorización de los servidores públicos. La Contratante y la Aseguradora convienen que los pensionados protegidos por este seguro, podrán hacer aportaciones adicionales de prima con cargo a su pensión a través del sistema nómina, que se aplicará al incremento de la suma asegurada de la cobertura de vida a que se hace mérito en este instrumento. El incremento de suma asegurada para los pensionados podrá ser de 22, 39 ó 56 meses de su pensión mensual al momento del siniestro. El Instituto FONACOT durante la primera quincena posterior al fallo deberá de hacer del conocimiento de los pensionados los costos de las primas por incremento de suma asegurada (potenciación) y en el lapso de noventa días naturales deberán recabar, en caso de que el pensionado desee potenciar su seguro, la autorización para el descuento en nómina y entero a la Aseguradora de la potenciación e...
SERVIDORES PÚBLICOS. Los que se consideran como tales en el artículo 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. REGLAS DE OPERACIÓN PARA ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LA ASF
SERVIDORES PÚBLICOS. De acuerdo con el artículo 123 de la Constitución Política de Colombia: son servidores públicos los miembros de las corporaciones públicas, los empleados y trabajadores del Estado y de sus entidades descentralizadas territorialmente y por servicios.
SERVIDORES PÚBLICOS. Formato ADM-FT-127 Solicitud de Móviles 3 Identificar de acuerdo a las necesidades del grupo, los desplazamientos cercanos de manera que se optimice el recurso vehicular. Coordinador de Cada Área 4 Consolidar las solicitudes de móviles: Diligencia el formato ADM-FT-127 Solicitud de Móviles, con todos los requerimientos del área y envía para Vo. Bo. Al Coordinador del Área. Auxiliar Administrativa de Cada Área Formato ADM-FT-127 Solicitud de Móviles 5 Revisar y aprobar la solicitud de móviles: Revisa la solicitud, en caso de estar de acuerdo le informa al Auxiliar Administrativo para su envío al Profesional Administrativo. NOTA: En caso de requerirse ajustes, le informará al Auxiliar para que realice los cambios correspondientes. Coordinador de Área 6 Enviar solicitud al Área Administrativa: Envía todos los jueves de cada semana antes de las 3:00 p.m., el Formato ADM-FT-127 Solicitud de móviles completamente diligenciado, al correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx. Auxiliar Administrativa De Cada Área Formato ADM-FT-127 Solicitud de móviles aprobado 7 Recibir, consolidar y analizar la información de las solicitudes de móviles: Recibe, consolida y analiza las solicitudes de cada una de las áreas de la entidad, teniendo en cuenta: Los parámetros y directrices dados por la Dirección General en cuanto a la austeridad y buen uso de los recursos, La hora de inicio del recorrido, Concordancia en el lugar de destino, Número de personas, Objeto del recorrido y Disponibilidad de vehículos. Profesional Administrativo Formato ADM-FT-127 Solicitud de móviles aprobado 8 Programar y socializar la programación de móviles: Elabora la programación semanal de móviles y la envía a través del correo xxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx y cuando sea necesario al correo de la empresa de transporte con la que se tenga suscrito el contrato, para socializarla. Profesional Administrativo Correo electrónico Programación de Móviles
SERVIDORES PÚBLICOS. Los servidores públicos en materia contractual son sujetos de responsabilidad civil, penal, fiscal y disciplinaria por sus acciones y omisiones.