Common use of SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS ESTABLECIDOS EN LA LEGISLACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL ENDEUDAMIENTO PÚBLICO Clause in Contracts

SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS ESTABLECIDOS EN LA LEGISLACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL ENDEUDAMIENTO PÚBLICO. Conforme al ordenamiento jurídico costarricense, la contratación de un crédito debe cumplir con las autorizaciones administrativas del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN), así como del dictamen favorable del Banco Central xx Xxxxx Rica (BCCR) y de la Autoridad Presupuestaria. Así las cosas, para el financiamiento externo del “Programa para Proteger los Empleos e Ingresos de Poblaciones Vulnerables Afectadas por Coronavirus en Xxxxx Rica”, se obtuvieron las respectivas aprobaciones que se detallan a continuación. ● Mediante oficio MIDEPLAN-DM-OF-0605-2020 del 28 xx xxxx del 2020 MIDEPLAN emite el Dictamen de aprobación final de inicio de trámites de endeudamiento público para la operación “Programa para Proteger los Empleos e Ingresos de la Población Vulnerable Afectadas por Coronavirus en Xxxxx Rica” con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) hasta por la suma de US$245.000.000. ● Mediante el artículo 10, del acta de la sesión 5940-2020, celebrada el 00 xx xxxxx xx 2020, la Junta Directiva del Banco Central xx Xxxxx Rica (oficio JD- 5940/10 del 10 xx xxxxx del 2020), emitió el criterio positivo a la solicitud del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que se autorice al Gobierno de la República a contratar un endeudamiento externo con el BID, por US$245.000.000, para financiar el “Programa para Proteger los Empleos e Ingresos de la Población Vulnerable en Xxxxx Rica”. ● Mediante Acuerdo N° 12802 tomado por la Autoridad Presupuestaria en la Sesión Extraordinaria N° 12-2020 celebrada el 29 xx xxxxx de 2020 y comunicado con Oficio STAP-1385-2020 del 29 xx xxxxx del 2020, se autoriza al Gobierno de la República la contratación del financiamiento para el “Programa para Proteger los Empleos e Ingresos de la Población Vulnerable Afectadas por Coronavirus en Xxxxx Rica”, con el Banco Interamericano de Desarrollo, hasta por la suma de USD$245.000.000. Por las razones expuestas, sometemos a consideración de los señores (as) diputados (as), el siguiente Proyecto xx Xxx “APROBACIÓN DEL CONTRATO XX XXXXXXXX N° 5050/OC-CR ENTRE LA REPÚBLICA XX XXXXX RICA Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) PARA FINANCIAR EL PROGRAMA PARA PROTEGER LOS EMPLEOS E INGRESOS DE POBLACIONES VULNERABLES AFECTADAS POR CORONAVIRUS EN XXXXX RICA”.

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SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS ESTABLECIDOS EN LA LEGISLACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL ENDEUDAMIENTO PÚBLICO. Conforme al ordenamiento jurídico costarricense, la contratación de un crédito debe cumplir con las autorizaciones administrativas del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN), así como del dictamen favorable del Banco Central xx Xxxxx Rica (BCCR) y de la Autoridad Presupuestaria. Así las cosas, para el financiamiento externo del “Programa para Proteger los Empleos e Ingresos de Poblaciones Vulnerables Afectadas por Coronavirus en Xxxxx Rica”, se obtuvieron las respectivas aprobaciones que se detallan a continuación. ● Mediante oficio MIDEPLAN-DM-OF-0605-2020 del 28 xx xxxx del 2020 MIDEPLAN emite el Dictamen de aprobación final de inicio de trámites de endeudamiento público para la operación “Programa para Proteger los Empleos e Ingresos de la Población Vulnerable Afectadas por Coronavirus en Xxxxx Rica” con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) hasta por la suma de US$245.000.000. ● Mediante el artículo 10, del acta de la sesión 5940-2020, celebrada el 00 10 xx xxxxx xx de 2020, la Junta Directiva del Banco Central xx Xxxxx Rica (oficio JD- 5940/10 del 10 xx xxxxx del 2020), emitió el criterio positivo a la solicitud del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que se autorice al Gobierno de la República a contratar un endeudamiento externo con el BID, por US$245.000.000, para financiar el “Programa para Proteger los Empleos e Ingresos de la Población Vulnerable en Xxxxx Rica”. ● Mediante Acuerdo N° 12802 tomado por la Autoridad Presupuestaria en la Sesión Extraordinaria N° 12-2020 celebrada el 29 xx xxxxx de 2020 y comunicado con Oficio STAP-1385-2020 del 29 xx xxxxx del 2020, se autoriza al Gobierno de la República la contratación del financiamiento para el “Programa para Proteger los Empleos e Ingresos de la Población Vulnerable Afectadas por Coronavirus en Xxxxx Rica”, con el Banco Interamericano de Desarrollo, hasta por la suma de USD$245.000.000. Por las razones expuestas, sometemos a consideración de los señores (as) diputados (as), el siguiente Proyecto xx Xxx “APROBACIÓN DEL CONTRATO XX XXXXXXXX N° 5050/OC-CR ENTRE LA REPÚBLICA XX XXXXX RICA Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) PARA FINANCIAR EL PROGRAMA PARA PROTEGER LOS EMPLEOS E INGRESOS DE POBLACIONES VULNERABLES AFECTADAS POR CORONAVIRUS EN XXXXX RICA”.

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SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS ESTABLECIDOS EN LA LEGISLACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL ENDEUDAMIENTO PÚBLICO. Conforme al ordenamiento jurídico costarricense, la contratación de un crédito debe cumplir con las autorizaciones administrativas del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN), así como del dictamen favorable del Banco Central xx Xxxxx Rica (BCCR) y de la Autoridad Presupuestaria. Así las cosas, para el financiamiento externo del “Programa para Proteger los Empleos e Ingresos Desarrollo Sostenible de Poblaciones Vulnerables Afectadas por Coronavirus la Pesca y la Acuicultura en Xxxxx Rica”, se obtuvieron las respectivas aprobaciones que se detallan a continuación. - Mediante oficio MIDEPLAN-DM-OF-0605OF-0099-2020 del 28 xx xxxx del 23 de enero de 2020 MIDEPLAN emite el Dictamen emitió dictamen de aprobación Aprobación final de inicio de trámites para obtener créditos públicos con el fin de endeudamiento público para la operación “financiar el Programa para Proteger los Empleos e Ingresos Desarrollo Sostenible de la Población Vulnerable Afectadas por Coronavirus Pesca y Acuicultura en Xxxxx Rica, mediante un endeudamiento por US$75.100.500,00 (setenta y cinco millones cien mil quinientos dólares de Estados Unidos de América, con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) hasta por la suma de US$245.000.000cero centavos). - Mediante el artículo 10, 07 del acta de la sesión 59405927-2020, celebrada el 00 01 xx xxxxx xx del 2020, la Junta Directiva del el Banco Central xx Xxxxx Rica (oficio JD- 5940/10 del 10 xx xxxxx del 2020), emitió el criterio positivo rindió dictamen favorable a la solicitud de INCOPESCA, cumpliendo con ello el requisito establecido en el artículo 106 de su Ley Orgánica. - Mediante oficio STAP-1143-2020 de fecha 26 xx xxxx de 2020, se comunicó el Acuerdo N° 12779 por medio del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que se autorice cual la Autoridad Presupuestaria autorizó al Gobierno de la República a contratar un endeudamiento externo con el BID, por US$245.000.000, para financiar el “Programa para Proteger los Empleos e Ingresos de la Población Vulnerable en Xxxxx Rica”. ● Mediante Acuerdo N° 12802 tomado por la Autoridad Presupuestaria en la Sesión Extraordinaria N° 12-2020 celebrada el 29 xx xxxxx de 2020 y comunicado con Oficio STAP-1385-2020 del 29 xx xxxxx del 2020, se autoriza al Gobierno de la República la contratación del financiamiento para el “Programa para Proteger los Empleos e Ingresos de la Población Vulnerable Afectadas por Coronavirus en Xxxxx Rica”, con el Banco Interamericano de Desarrollo, hasta por la suma de USD$245.000.000endeudamiento. Por las razones expuestas, sometemos a consideración de los señores (as) diputados Diputados (as), ) el siguiente presente Proyecto xx Xxx “APROBACIÓN DEL CONTRATO XX XXXXXXXX N° 5050/OC-Nº 9050- CR SUSCRITO ENTRE EL BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF) Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA XX XXXXX RICA Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) PARA FINANCIAR EL PROGRAMA PARA PROTEGER LOS EMPLEOS E INGRESOS DESARROLLO SOSTENIBLE DE POBLACIONES VULNERABLES AFECTADAS POR CORONAVIRUS LA PESCA Y ACUICULTURA EN XXXXX RICA”.

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SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS ESTABLECIDOS EN LA LEGISLACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL ENDEUDAMIENTO PÚBLICO. Conforme al ordenamiento jurídico costarricense, la contratación de un crédito debe cumplir con las autorizaciones administrativas del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLANMIDEPLÁN), así como del dictamen favorable del Banco Central xx Xxxxx Rica (BCCR) y de la Autoridad Presupuestaria. Así las cosas, para el financiamiento externo del “Programa de Apoyo para Proteger los Empleos e Ingresos el Fortalecimiento de Poblaciones Vulnerables Afectadas por Coronavirus en Xxxxx Ricalas Finanzas Públicas”, se obtuvieron las respectivas aprobaciones que se detallan a continuación. - Mediante oficio MIDEPLANDM-669-DM-OF-0605-2020 del 28 19 de fecha 00 xx xxxx del 2020 MIDEPLAN emite el Dictamen xx 2019, MIDEPLÁN emitió dictamen de aprobación final de inicio de trámites de endeudamiento público para la operación “Programa para Proteger los Empleos e Ingresos Libre Disponibilidad basado en resultados de política pública” con la Corporación Andina de Fomento por un monto de hasta US$ 500.000.000,00., donde el Gobierno de la Población Vulnerable Afectadas por Coronavirus República sería el prestatario y el Ministerio de Hacienda sería el organismo ejecutor. Además, este señala que en Xxxxx Rica” con el Banco Interamericano virtud de Desarrollo (BID) hasta por que la suma solicitud de US$245.000.000endeudamiento no se encuentra ligada a ningún proyecto de inversión pública, a MIDEPLÁN le corresponde únicamente la aprobación de inicio de trámites de endeudamiento público según la normativa vigente. - Mediante el artículo 10, 7 del acta de la sesión 59405876-20202019, celebrada el 00 xx xxxxx xxxx xx 20202019, la Junta Directiva del el Banco Central xx Xxxxx Rica (oficio JD- 5940/10 del 10 xx xxxxx del 2020), emitió el criterio rindió dictamen positivo a la solicitud del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que Hacienda, cumpliendo con ello el requisito establecido en el artículo 106 de su ley orgánica. - Mediante oficio STAP- -0836-19, se autorice comunicó el Acuerdo N.° 12435 por medio del cual la Autoridad Presupuestaria autorizó al Gobierno de la República a contratar un endeudamiento externo con el BID, por US$245.000.000, para financiar el “Programa para Proteger los Empleos e Ingresos de la Población Vulnerable en Xxxxx Rica”. ● Mediante Acuerdo N° 12802 tomado por la Autoridad Presupuestaria en la Sesión Extraordinaria N° 12-2020 celebrada el 29 xx xxxxx de 2020 y comunicado con Oficio STAP-1385-2020 del 29 xx xxxxx del 2020, se autoriza al Gobierno de la República la contratación del financiamiento para el “Programa para Proteger los Empleos e Ingresos de la Población Vulnerable Afectadas por Coronavirus en Xxxxx Rica”, con el Banco Interamericano de Desarrollo, hasta por la suma de USD$245.000.000endeudamiento. Por las razones expuestas, sometemos a consideración de los señores (as) diputados (as), el siguiente Proyecto xx Xxx “APROBACIÓN DEL CONTRATO XX XXXXXXXX N° 5050/OC-CR PARA FINANCIAR EL PROGRAMA DE APOYO PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS FINANZAS PÚBLICAS SUSCRITO ENTRE LA REPÚBLICA XX XXXXX RICA Y EL BANCO INTERAMERICANO LA CORPORACIÓN ANDINA DE DESARROLLO (BID) PARA FINANCIAR EL PROGRAMA PARA PROTEGER LOS EMPLEOS E INGRESOS DE POBLACIONES VULNERABLES AFECTADAS POR CORONAVIRUS EN XXXXX RICAFOMENTO”.

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