SUSCRIPCIÓN Y LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO SOCIETARIO Cláusulas de Ejemplo

SUSCRIPCIÓN Y LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO SOCIETARIO. El proponente que haya sido escogido deberá suscribir y legalizar el contrato de constitución societaria de acuerdo a las fechas establecidas en la presente INVITACIÓN pública. El contrato será firmado por el representante legal del proponente o por quien esté debidamente facultado para suscribirlo en la adjudicación o a más tardar el día establecido en el cronograma. Si el proponente favorecido no firmare el contrato dentro del plazo fijado para tal efecto, el ÁREA METROPOLITANA podrá optar entre abrir una nueva convocatoria o adjudicar dentro de los quince (15) días siguientes al proponente calificado en segundo lugar. Salvo fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobado, si el seleccionado no suscribe el contrato correspondiente dentro del plazo fijado, quedará a favor del ÁREA METROPOLITANA DE VALLEDUPAR el valor de la garantía constituida para responder por la seriedad de la propuesta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados no cubiertos por el valor de la garantía. El contrato o minuta de constitución por la cual se conforma la Sociedad será entregado a los socios que han sido seleccionados para hacer parte de la empresa. La junta directiva de la Sociedad será seleccionada en la asamblea de constitución de la empresa, por medio de planchas, de este proceso se levantará un acta de los resultados obtenidos, se podrán escoger cinco (5) miembros previstos para el efecto, con sus respectivos suplentes, cuyos integrantes serán dos miembros en representación del AREA METROPOLITANA. El representante legal será elegido por la Junta Directiva de entre la terna presentada por los accionistas correspondientes, para el efecto se realizará una sesión preliminar de la Junta Directiva en la cual se efectuará el nombramiento correspondiente. El contrato de sociedad será suscrito en las fechas estipuladas es el presente procedimiento posterior a la fecha en la cual se publiquen los resultados de la presente INVITACIÓN pública. NOTA: Esta fecha podrá ser modificada si el comité de evaluación lo solita en caso de que deba adelantar la evaluación de aportes en especie o el ÁREA METROPOLITANA lo requiera para realizar los trámites pertinentes. El valor de los gastos de constitución de la sociedad, el registro de su establecimiento de comercio y documentos mercantiles, estarán a cargo de los socios teniendo en cuenta el porcentaje de participación.
SUSCRIPCIÓN Y LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO SOCIETARIO 

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  • SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO Notificada la adjudicación, dentro de un término de 15 días contado a partir de la misma, la entidad contratante formalizará el proyecto de contrato que es parte integrante de estos pliegos, de acuerdo a lo establecido en los artículos 68 y 69 de la LOSNCP y 112 y 113 de su Reglamento General y lo publicará en el Portal web de la Entidad Contratante. La entidad contratante realizará la publicación de la Resolución de adjudicación en el mismo día en que ésta haya sido suscrita.

  • CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO Art. 118 TRLCSP

  • RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO Es el término comprendido entre la Fecha de Inicio de Entregas, establecida en el numeral III de las Condiciones Particulares, y la Fecha de Terminación de la Ejecución del Contrato establecida en el numeral IV de las Condiciones Particulares.

  • FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará dentro de los quince días hábiles siguientes a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación; constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.

  • Condiciones de ejecución del contrato Se utilizará pedido electrónico : No Se aceptará factura electrónica : Sí Se utilizará el pago electrónico : No

  • Responsabilidad del contratista por daños y perjuicios El contratista será responsable de todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Si los daños y perjuicios ocasionados fueran consecuencia inmediata y directa de una orden dada por la Administración, ésta será responsable dentro de los límites señalados en las leyes. En todo caso, será de aplicación lo preceptuado en el artículo 214 del TRLCSP.

  • REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO El postor ganador de la Buena Pro deberá presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato: a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

  • OBLIGACIONES PREVIAS A LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO Acusado recibo de la notificación de adjudicación, el contratista, dentro del plazo de quince (15) días hábiles, deberá aportar los siguientes documentos: A) Documento que acredite haber constituido en la Tesorería General del País Xxxxx o en la del Ente Público Osakidetza, según corresponda, a disposición de la Administración contratante, garantía definitiva por importe del 4 por 100 del importe de adjudicación o del presupuesto base de la licitación cuando el precio del contrato se determine en función de precios unitarios. En el caso de que se prevea en el punto 20 de la carátula de este Pliego la existencia de garantías complementarias, se constituirá por la cantidad determinada al efecto. La garantía podrá ser constituida en metálico, en valores públicos o valores privados avalados por el Estado, por una Comunidad Autónoma o por Banco, Caja de Ahorros, Cooperativa de Crédito o Sociedad de Garantía Recíproca debidamente autorizados para operar en España. También podrá ser constituida la garantía mediante aval prestado por Banco, Caja de Ahorros, Cooperativa de Crédito o Sociedad de Garantía Recíproca debidamente autorizados o mediante contrato de seguro de caución celebrado con entidad aseguradora autorizada para operar en España en el ramo de caución. El metálico, los títulos, los certificados, el aval o la póliza del contrato de seguro de caución se depositarán en la Tesorería General del País Xxxxx o en la del Ente Público Osakidetza. La garantía definitiva podrá ser sustituida por la certificación expedida por la Tesorería General del País Xxxxx o la del Ente Público de Osakidetza, de la existencia de la garantía global, de la suficiencia de la misma, así como de la inmovilización del importe de la garantía a constituir. B) Acreditar haber satisfecho el importe de los anuncios en Boletines Oficiales teniendo en cuenta que únicamente serán de cuenta del adjudicatario la publicación, por una sola vez, de los anuncios de los contratos en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial del País Xxxxx.

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,