PLAZOS DE EJECUCIÓN El Proponente deberá presentar un diagrama xx Xxxxx o un calendario del Proyecto indicando la secuencia detallada de las actividades que se llevarán a cabo y el tiempo correspondiente.
REEMBOLSOS El Asegurador resarcirá al Titular en la misma moneda en que éste hubiera pagado el viaje, en un todo de acuerdo con la información obrante en los recibos otorgados por la Agencia. De existir impedimentos legales para efectuar los pagos en moneda extranjera, éstos se efectuarán en moneda local tomando como cambio el oficial tipo vendedor del día anterior al pago. ASSIST CARD se reserva la facultad de verificar con los prestadores correspondientes toda la información recibida. Los pasajes aéreos obtenidos mediante canje xx xxxxxx no serán reembolsables; como así tampoco la penalidad a consecuencia de la reprogramación total o parcial del viaje.
Daños propios dentro de su vivienda. Coberturas principales El robo de bienes situados en el exterior de la vivienda, como por ejemplo patios, jardines o en construcciones anexas a las que pueda acceder cualquier persona distinta al asegurado.
REEMBOLSO Si por resolución judicial se determinare que el afianzado no ha incurrido en incumplimiento o si con motivo de la misma resolución resultare que el perjuicio indemnizado por la Compañía es superior al que realmente era de cargo del afianzado, el asegurado deberá restituir las sumas correspondientes incluidos los reajustes que procedan a la Compañía o al propio afianzado, sujeta la restitución en este último caso a la condición de que el afianzado ya hubiere hecho el reembolso respectivo a la Compañía de lo estipulado en este condicionado.
PLAZOS DE ENTREGA En caso de no cumplir con los plazos fijados de entrega de Unidad Dental, Oxígeno, Credenciales, Programa de Expediente Clínico, Botiquín, Nebulizadores, se aplicará la penalización, por cada día de atraso sobre una iguala mensual por derechohabiente La suma de dichas penalizaciones no excederá del importe de la garantía a que alude la cláusula Sexta de este instrumento, se determinarán en función de los servicios no prestados oportunamente y en la aplicación de las mismas se deberá observar lo establecido en el “Anexo Técnico” del presente contrato. Las penas convencionales se podrán hacer efectivas con cargo al importe de los servicios realizados pendientes de pago y/o mediante la ejecución de la garantía otorgada, a partir del momento que se haga exigible el cumplimiento de la obligación. Conforme a lo dispuesto en el artículo 95 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el pago de los servicios objeto del presente contrato quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que “El prestador de servicios” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso. En términos de lo dispuesto en el artículo 100 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en los casos en que un servicio o parte del mismo no es efectuado y la pena convencional por atraso, rebase el monto de la pena establecida de manera proporcional respecto de la parte no realizada en las fechas pactadas, “Pronósticos”, previa notificación a “El prestador de servicios” , sin rescindir el contrato correspondiente, podrá modificarlo, cancelando los servicios no realizados de que se trate, o bien parte de los mismos, aplicando a “El prestador de servicios” una sanción por cancelación, equivalente a la pena convencional por atraso máxima que correspondería en el caso de que los servicios hubieran sido prestados en fechas posteriores a la pactada para la prestación, siempre y cuando la suma total del monto de las cancelaciones no rebase el diez por ciento del importe total del contrato.
Derechos de terceros El contratista garantizará que los resultados del trabajo no estén sujetos a derechos de propiedad intelectual ni de otra índole a favor de terceros que pudieran restringir la utilización de los mismos conforme al apartado 1.9.3. El contratista mantendrá indemne a la GIZ frente a toda reclamación de terceros en relación con la cesión o el ejercicio de los derechos de explotación descritos en el apartado 3.1, y le reembolsará los costos derivados de la defensa legal de dichos derechos.
EFECTOS DE ESTE ACUERDO Y RECURSOS CONTRA EL MISMO El presente acuerdo causa estado en vía administrativa y tiene carácter ejecutivo. Contra él se puede interponer recurso contencioso-administrativo en única instancia ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación. Pamplona, 15 de octubre de 2010
Derechos de propiedad 62.1 Si el Contrato se termina por incumplimiento del Contratista, todos los Materiales que se encuentren en el Sitio de las Obras, la Planta, los Equipos, las Obras provisionales y las Obras se considerarán de propiedad del Contratante.
DESEMBOLSOS La SENACYT se obliga a desembolsar a EL BENEFICIARIO, como monto único para la realización del Proyecto contemplado en este Contrato de Subsidio Económico, la suma de hasta monto en letras y número utilizando el siguiente formato: DIEZ MIL BALBOAS CON 00/100 (B/.10,000.00). Este desembolso se hará efectivo a favor de EL BENEFICIARIO hasta la concurrencia del monto único y de la siguiente manera: • PRIMER DESEMBOLSO: Hasta la suma de monto en letras y número utilizando el siguiente formato: DIEZ MIL BALBOAS CON 00/100 (B/.10,000.00), luego de la comunicación escrita por parte de la SENACYT a EL BENEFICIARIO, que se ha obtenido el refrendo de la Contraloría General de la República del presente Contrato de Subsidio Económico. Este desembolso será cargado al presupuesto de la vigencia fiscal del año • SEGUNDO DESEMBOLSO: Hasta la suma de monto en letras y número utilizando el siguiente formato: DIEZ MIL BALBOAS CON 00/100 (B/.10,000.00), al recibido conforme del informe técnico y financiero de la (poner número de etapa correspondiente, ejemplo: Segunda, Tercera…) Etapa del Proyecto, empleando el formato provisto por la SENACYT. Este desembolso será cargado al presupuesto de la vigencia fiscal del año . • PRIMER DESEMBOLSO: Hasta la suma de monto en letras y número utilizando el siguiente formato: DIEZ MIL BALBOAS CON 00/100 (B/.10,000.00), al recibido conforme del informe técnico y financiero de la Primera Etapa del Proyecto, empleando el formato provisto por la SENACYT. Este desembolso será cargado al presupuesto de la vigencia fiscal del año . • SEGUNDO DESEMBOLSO: Hasta la suma de monto en letras y número utilizando el siguiente formato: DIEZ MIL BALBOAS CON 00/100 (B/.10,000.00), al recibido conforme del informe técnico y financiero de la (poner número de etapa correspondiente, ejemplo: Segunda, Tercera…) Etapa del Proyecto, empleando el formato provisto por la SENACYT. Este desembolso será cargado al presupuesto de la vigencia fiscal del año El/Los montos a desembolsar para honrar el/los pago(s) correspondiente(s) a la presente vigencia fiscal, será(n) con cargo a la Partida Presupuestaria No. La SENACYT se compromete a incluir el/los saldo(s) remanente(s) del presente Contrato en las correspondiente(s) vigencia(s) fiscal(es) de(l) (los) año(s) y , de acuerdo al (a los) monto(s) establecido(s) en el plan de desembolso(s) acordado(s) en el presente Contrato de Subsidio Económico. (Para los casos en que se establezcan desembolsos en otras vigencias fiscales). Estos desembolsos serán cargados a los fondos que mantiene la SENACYT correspondientes al Contrato xx Xxxxxxxx No. 3692/OC-PN y su Anexo Único, suscrito entre la República de Panamá y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), para la ejecución del Programa de Innovación para la Inclusión Social y la Productividad. La SENACYT se obliga a desembolsar a EL BENEFICIARIO, como monto único para la realización del Proyecto contemplado en este Contrato de Subsidio Económico, la suma de hasta monto en letras y número utilizando el siguiente formato: MIL BALBOAS CON 00/100 (B/. 1,000.00). Este desembolso se hará efectivo a favor de EL BENEFICIARIO hasta la concurrencia del monto único y de la siguiente manera: • UN (1) ÚNICO DESEMBOLSO hasta la suma de monto en letras y número utilizando el siguiente formato: MIL BALBOAS CON 00/100 (B/. 1,000.00), luego de la comunicación escrita por parte de la SENACYT a EL BENEFICIARIO, que se ha obtenido el refrendo de la Contraloría General de la República del presente Contrato de Subsidio Económico. EL BENEFICIARIO se obliga a entregar a la SENACYT, el informe técnico y financiero del Proyecto, empleando el formato provisto por la SENACYT. Dicho informe técnico y financiero presentado por EL BENEFICIARIO deberá ser revisado por la SENACYT para su recibido conforme. Este único desembolso será imputable a la Partida Presupuestaria No. XXXXXXXXXXXXXXX de la vigencia fiscal del año 20 .
TERMINOS DE REFERENCIA 1. DENOMINACIÓN DE LA CONTRATACIÓN