Common use of TRAMITACIÓN Clause in Contracts

TRAMITACIÓN. Una vez recibida la inconformidad, la Secretaría de la Contraloría General analizará si fue presentada en tiempo, y de ser así, solicitará un informe circunstanciado a la Autoridad Convocante para que un término que no exceda de tres días hábiles manifieste si el promovente de la inconformidad se encuentra inscrito en el procedimiento licitatorio y tiene interés en el mismo; además, en el mismo término deberá remitir las constancias relacionados con los actos impugnados y de contestación a los motivos de inconformidad hechos valer. Recibida la solicitud de la Secretaría de la Contraloría General, la Convocante deberá notificar el mismo día al licitante o licitantes que pudieren resultar afectados, de la tramitación de la inconformidad, haciéndoles saber que cuentan con un término de dos días hábiles para manifestar ante la Secretaría de la Contraloría General lo que a sus interés convenga; debiendo remitir a ésta las constancias de haber cumplido con tales comunicaciones en el mismo término de tres días hábiles. Cuando la inconformidad sea presentada ante la propia Autoridad Convocante. Ésta la remitirá a la Secretaría de la Contraloría General dentro del término de tres días hábiles, debiendo cumplir con los requisitos señalados en el párrafo anterior. En los procedimientos de inconformidad únicamente serán admisibles como medios de convicción las pruebas documentales, mismas que deberán ser ofrecidas al momento de presentar la inconformidad, al rendir el informe circunstanciado o en el primer escrito que presenten los terceros; dichas pruebas se admitirán o desecharan de plano sin necesidad de diligencia o acto posterior para su desahogo y perfeccionamiento.

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Samples: Contrato De Servicios No, Carta Compromiso, Contrato De Adquisición No

TRAMITACIÓN. Una vez recibida La contratación de las obras contempladas en este Pliego tendrán la inconformidadconsideración de urgentes, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto-Ley 13/2009, de 26 de octubre, por lo que se aplicarán, a efectos de reducción de plazos, los artículos 96 y 128 de la LCSP, así como el artículo 17.1 del citado Real Decreto-Ley. El contrato se adjudicará por procedimiento abierto, con arreglo a los criterios figurados en este Pliego y en aplicación del artículo 134 de la LCSP, conforme a los términos y requisitos establecidos en dicho texto legal. Podrán participar en esta licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en ninguna de las prohibiciones para contratar contempladas en el artículo 49 de la Ley, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, requisito éste último que será sustituido por la correspondiente clasificación en los casos en los que con arreglo a lo establecido en la LCSP sea exigible, de conformidad con lo establecido en este pliego. Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarios de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, le sean propios. Xxxxxx, asimismo, presentar proposiciones las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 de la LCSP. Cada uno de los empresarios que componen la agrupación, deberán acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, con la presentación de la documentación a que hacen referencia las cláusulas siguientes. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la Secretaría participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Administración. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la Contraloría General analizará si fue presentada Unión. Las empresas extranjeras no comunitarias, deberán reunir además, los requisitos establecidos en tiempo, y de ser así, solicitará un informe circunstanciado a la Autoridad Convocante para que un término que no exceda de tres días hábiles manifieste si el promovente artículo 44 de la inconformidad se encuentra inscrito LCSP. La presentación de proposiciones diferentes por empresas vinculadas supondrá la exclusión del procedimiento de adjudicación, a todos los efectos, de las ofertas formuladas. No obstante, si sobreviniera la vinculación antes de que concluya el plazo de presentación de ofertas, o del plazo de presentación de candidaturas en el procedimiento licitatorio y tiene interés restringido, podrá subsistir la oferta que determinen de común acuerdo las citadas empresas. Se considerarán empresas vinculadas las que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el mismo; ademásartículo 42 del Código de Comercio. Las proposiciones serán secretas y se ajustarán al modelo establecido en el Anexo II de este Pliego de Condiciones. Su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de dichas cláusulas sin salvedad o reserva alguna. Se presentarán en el Registro General de Entrada de Documentos de este Excmo. Ayuntamiento, en mano de 9,00 a 14,00 horas, en la forma, plazo y lugar indicados en el anuncio de licitación, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 80 del RGLCAP. También podrán presentarse por correo, en cuyo caso, el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha y hora de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar el mismo día y antes de las 14,00 horas, al Órgano de Contratación, por FAX, TELEX o Telegrama, la remisión de la proposición. Sin cumplir tales requisitos no será admitida la proposición, en el mismo término deberá remitir caso en que se recibiera fuera del plazo fijado. No obstante, transcurridos diez días desde la terminación del plazo de presentación no será admitida ninguna solicitud enviada por correo. Entregada y admitida no podrá ser retirada por el licitador. Las proposiciones serán secretas y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento en que deba procederse a la apertura en público de las constancias relacionados mismas. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas. Las proposiciones de los actos impugnados interesados deberán ajustarse a lo previsto en el pliego de cláusulas administrativas particulares y de contestación a los motivos de inconformidad hechos valer. Recibida su presentación supondrá la solicitud aceptación incondicional por el empresario del contenido de la Secretaría totalidad de dichas cláusulas o condiciones previstas en los pliegos que rigen el contrato, así como del proyecto y xxx xxxxxx de prescripciones técnicas sin salvedad o reserva alguna. Los contratistas interesados podrán examinar la Contraloría Generaldocumentación que conforma el expediente, en la Convocante deberá notificar el mismo día al licitante o licitantes que pudieren resultar afectadosSección de Contratación, de la tramitación de la inconformidad, haciéndoles saber que cuentan con un término de dos días hábiles para manifestar ante la Secretaría de la Contraloría General lo que a sus interés convenga; debiendo remitir a ésta las constancias de haber cumplido con tales comunicaciones en el mismo término de tres días hábiles. Cuando la inconformidad sea presentada ante la propia Autoridad Convocante. Ésta la remitirá a la Secretaría de la Contraloría General dentro del término de tres días hábiles, debiendo cumplir con los requisitos señalados plazo y horario previstos en el párrafo anterior. En los procedimientos de inconformidad únicamente serán admisibles como medios de convicción las pruebas documentales, mismas que deberán ser ofrecidas al momento de presentar la inconformidad, al rendir el informe circunstanciado o en el primer escrito que presenten los terceros; dichas pruebas se admitirán o desecharan de plano sin necesidad de diligencia o acto posterior para su desahogo y perfeccionamiento.

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Samples: Pliego De Condiciones Administrativas Particulares Para La Contratación Por Procedimiento Abierto De Las Obras De Reforma De La Casa De Cultura Rodríguez Moñino, Pliego De Condiciones Administrativas Particulares Para La Contratación Por Procedimiento Abierto De Las Obras De Construccion Pista De Padel Y De Reforma De Las Pistas De Tenis en El Complejo De La Mejostilla, Financiadas Con Cargo Al Fondo Estatal

TRAMITACIÓN. Una vez recibida la inconformidad, la Secretaría de la Contraloría General del Estado analizará si fue presentada en tiempo, y de ser así, solicitará un informe circunstanciado a la Autoridad Convocante para que un término que no exceda de tres días hábiles manifieste si el promovente de la inconformidad se encuentra inscrito en el procedimiento licitatorio y tiene interés en el mismo; además, en el mismo término deberá remitir las constancias relacionados con los actos impugnados y de contestación a los motivos de inconformidad hechos valer. Recibida la solicitud de la Secretaría de la Contraloría GeneralGenera del Estado, la Convocante deberá notificar el mismo día al licitante o licitantes que pudieren resultar afectados, de la tramitación de la inconformidad, haciéndoles saber que cuentan con un término de dos días hábiles para manifestar ante la Secretaría de la Contraloría General lo que a sus interés convenga; debiendo remitir a ésta las constancias de haber cumplido con tales comunicaciones en el mismo término de tres días hábiles. Cuando la inconformidad sea presentada ante la propia Autoridad Convocante. Ésta la remitirá a la Secretaría de la Contraloría General del Estado dentro del término de tres días hábiles, debiendo cumplir con los requisitos señalados en el párrafo anterior. En los procedimientos de inconformidad únicamente serán admisibles como medios de convicción las pruebas documentales, mismas que deberán ser ofrecidas al momento de presentar la inconformidad, al rendir el informe circunstanciado o en el primer escrito que presenten los terceros; dichas pruebas se admitirán o desecharan de plano sin necesidad de diligencia o acto posterior para su desahogo y perfeccionamiento.

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Samples: Bases a Las Que Se Sujetara La Licitacion Publica Nacional

TRAMITACIÓN. Una vez recibida La contratación de las obras contempladas en este Pliego tendrán la inconformidadconsideración de urgentes, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto-Ley 13/2009, de 26 de octubre, por lo que se aplicarán, a efectos de reducción de plazos, los artículos 96 y 128 de la LCSP, así como el artículo 17.1 del citado Real Decreto-Ley. El contrato se adjudicará por procedimiento negociado sin publicidad, de conformidad con el supuesto regulado en los artículos 155 d) y 161.2 de la LCSP. Las ofertas se solicitarán, al menos, de tres empresas capacitadas para la realización del objeto del contrato, siempre que ello fuera posible. La solicitud de ofertas se realizará mediante invitación por correo o fax. En todo caso, debe dejarse constancia en el expediente de las invitaciones cursadas, de las ofertas recibidas y de las razones para su aceptación o rechazo según el artículo 162.5 de la LCSP. Podrán participar en esta licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en ninguna de las prohibiciones para contratar contempladas en el artículo 49 de la Ley, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, requisito éste último que será sustituido por la correspondiente clasificación en los casos en los que con arreglo a lo establecido en la LCSP sea exigible, de conformidad con lo establecido en este pliego. Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarios de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, le sean propios. Xxxxxx, asimismo, presentar proposiciones las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 de la LCSP. Cada uno de los empresarios que componen la agrupación, deberán acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, con la presentación de la documentación a que hacen referencia las cláusulas siguientes. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la Secretaría participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Administración. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la Contraloría General analizará si fue presentada Unión. Las empresas extranjeras no comunitarias, deberán reunir además, los requisitos establecidos en tiempo, y de ser así, solicitará un informe circunstanciado a la Autoridad Convocante para que un término que no exceda de tres días hábiles manifieste si el promovente artículo 44 de la inconformidad se encuentra inscrito LCSP. La presentación de proposiciones diferentes por empresas vinculadas supondrá la exclusión del procedimiento de adjudicación, a todos los efectos, de las ofertas formuladas. No obstante, si sobreviniera la vinculación antes de que concluya el plazo de presentación de ofertas, o del plazo de presentación de candidaturas en el procedimiento licitatorio y tiene interés restringido, podrá subsistir la oferta que determinen de común acuerdo las citadas empresas. Se considerarán empresas vinculadas las que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el mismo; ademásartículo 42 del Código de Comercio. Las proposiciones serán secretas y se ajustarán al modelo establecido en el Anexo II de este Pliego de Condiciones. Su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de dichas cláusulas sin salvedad o reserva alguna. Se presentarán en el Registro General de Entrada de Documentos de este Excmo. Ayuntamiento, en mano de 9,00 a 14,00 horas, en el mismo término deberá remitir las constancias relacionados con plazo que se señale en los actos impugnados y escritos de contestación a los motivos de inconformidad hechos valer. Recibida la solicitud de la Secretaría de la Contraloría Generalofertas. También podrán presentarse por correo, en cuyo caso, el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la Convocante deberá notificar fecha y hora de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar el mismo día y antes de las 14,00 horas, al licitante Órgano de Contratación, por FAX, TELEX o licitantes que pudieren resultar afectadosTelegrama, la remisión de la tramitación de proposición. Sin cumplir tales requisitos no será admitida la inconformidadproposición, haciéndoles saber que cuentan con un término de dos días hábiles para manifestar ante la Secretaría de la Contraloría General lo que a sus interés convenga; debiendo remitir a ésta las constancias de haber cumplido con tales comunicaciones en el mismo término caso en que se recibiera fuera del plazo fijado. No obstante, transcurridos diez días desde la terminación del plazo de tres días hábilespresentación no será admitida ninguna solicitud enviada por correo. Cuando la inconformidad sea presentada ante la propia Autoridad ConvocanteEntregada y admitida no podrá ser retirada por el licitador. Ésta la remitirá Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la Secretaría no admisión de todas las propuestas por él suscritas. Los contratistas interesados podrán examinar la Contraloría General dentro del término documentación que conforma el expediente, en la Sección de tres días hábilesContratación, debiendo cumplir con los requisitos señalados en el plazo y horario previstos en el párrafo anterior. En los procedimientos de inconformidad únicamente serán admisibles como medios de convicción las pruebas documentales, mismas que deberán ser ofrecidas al momento de presentar la inconformidad, al rendir el informe circunstanciado o en el primer escrito que presenten los terceros; dichas pruebas se admitirán o desecharan de plano sin necesidad de diligencia o acto posterior para su desahogo y perfeccionamiento.

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Samples: Pliego De Condiciones Administrativas Particulares Para La Contratación Por Procedimiento Negociado De Las Obras De Instalación De Sistema De Telegestión De La Red De Alumbrado Público

TRAMITACIÓN. Una vez recibida la inconformidad, la Secretaría de la Visitaduría Judicial y Contraloría General analizará si fue presentada en tiempo, y de ser así, solicitará un informe circunstanciado a la Autoridad Convocante Convocante, para que en un término que no exceda de tres días hábiles manifieste si el promovente de la inconformidad se encuentra inscrito en el procedimiento licitatorio y tiene interés en el mismo; además, en el mismo término deberá remitir las constancias relacionados relacionadas con los actos impugnados y de contestación a los motivos de inconformidad hechos valer. Recibida la solicitud de la Secretaría de la Contraloría GeneralVisitaduría Judicial y Contraloría, la Convocante convocante deberá notificar el mismo día al licitante o licitantes que pudieren resultar afectados, de la tramitación de la inconformidad, haciéndoles saber que cuentan con un término de dos días hábiles para manifestar ante la Secretaría de la Visitaduría Judicial y Contraloría General lo que a sus su interés convenga; debiendo remitir a ésta ésta, las constancias de haber cumplido con tales comunicaciones en el mismo término de tres días hábiles. Cuando la inconformidad sea presentada ante la propia Autoridad Convocante. Ésta la , esta le remitirá a la Secretaría de la Visitaduría Judicial y Contraloría General dentro del término de tres días hábiles, debiendo cumplir con los requisitos señalados en el párrafo anterior. En los procedimientos de inconformidad únicamente serán admisibles como medios de convicción las pruebas documentales, mismas que deberán ser ofrecidas al momento de presentar la inconformidad, al rendir el informe circunstanciado o en el primer escrito que presenten los terceros; dichas pruebas se admitirán o desecharan desecharán de plano plano, sin necesidad de diligencia o acto posterior para su desahogo y perfeccionamiento. Recibido el informe de la Autoridad Convocante, la Visitaduría Judicial y Contraloría, analizará la documentación respectiva y podrá de manera oficiosa, desahogar o allegarse de cualquier otro elemento de convicción, según las circunstancias de cada caso, con el único fin de determinar la legalidad de los actos impugnados; la resolución a la inconformidad deberá emitirse en un término que no exceda de tres días hábiles, contados a partir de recibido el informe de la Convocante. Tal resolución deberá comunicarse al inconforme, la Autoridad Convocante y los terceros respectivos en un término que no deberá exceder de dos días hábiles. La resolución que dicte la Visitaduría Judicial y Contraloría tendrá los siguientes alcances: decretar la nulidad de los actos impugnados y ordenar la reposición del procedimiento de licitación a partir de los actos irregulares; la declaración de nulidad absoluta de todo el procedimiento de contratación; o bien, la determinación de la improcedencia de la inconformidad.

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Samples: Contrato De Obra Pública, a Base De Precios Unitarios Y Tiempo

TRAMITACIÓN. Una vez recibida la inconformidad, la Secretaría de la Contraloría General analizará si fue presentada en tiempo, y de ser así, así solicitará un informe circunstanciado a la Autoridad Convocante para que un término que no exceda de tres días hábiles hábiles, manifieste si el promovente de la inconformidad se encuentra inscrito en el procedimiento licitatorio y tiene interés en el mismo; además, en el mismo término deberá remitir las constancias relacionados con los actos impugnados y de contestación a los motivos de inconformidad hechos valer. Recibida la solicitud de la Secretaría de la Contraloría General, la Convocante deberá notificar el mismo día al licitante o licitantes que pudieren resultar afectados, de la tramitación de la inconformidad, haciéndoles saber que cuentan con un término de dos días hábiles para manifestar ante la Secretaría de la Contraloría General lo que a sus su interés convenga; debiendo remitir a ésta las constancias de haber cumplido con tales comunicaciones en el mismo término de tres días hábiles. Cuando la inconformidad sea presentada ante la propia Autoridad Convocante. Ésta la remitirá a la Secretaría de la Contraloría General dentro del término de los tres días hábiles, debiendo cumplir con los requisitos señalados en el párrafo anterior. En los procedimientos de inconformidad únicamente serán admisibles como medios de convicción las pruebas documentales, mismas que deberán ser ofrecidas al momento de presentar la inconformidad, al rendir el informe circunstanciado o en el primer escrito que presenten los terceros; dichas pruebas se admitirán o desecharan desecharán de plano sin necesidad de diligencia o acto posterior para su desahogo y perfeccionamiento.

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Samples: compranet.sonora.gob.mx

TRAMITACIÓN. Una vez recibida La contratación de las obras contempladas en este Pliego tendrán la inconformidadconsideración de urgentes, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de noviembre, por lo que se aplicarán, a efectos de reducción de plazos, los artículos 96 y 128 de la LCSP, así como el artículo 9.1 del citado Real Decreto-Ley. El contrato se adjudicará por procedimiento negociado sin publicidad, de conformidad con el supuesto regulado en los artículos 155 d) y 161.2 de la LCSP. Las ofertas se solicitarán, al menos, de tres empresas capacitadas para la realización del objeto del contrato, siempre que ello fuera posible. La solicitud de ofertas se realizará mediante invitación por correo o fax. En todo caso, debe dejarse constancia en el expediente de las invitaciones cursadas, de las ofertas recibidas y de las razones para su aceptación o rechazo según el artículo 162.5 de la LCSP. Podrán participar en esta licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en ninguna de las prohibiciones para contratar contempladas en el artículo 49 de la Ley, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, requisito éste último que será sustituido por la correspondiente clasificación en los casos en los que con arreglo a lo establecido en la LCSP sea exigible, de conformidad con lo establecido en este pliego. Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarios de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, le sean propios. Xxxxxx, asimismo, presentar proposiciones las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 de la LCSP. Cada uno de los empresarios que componen la agrupación, deberán acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, con la presentación de la documentación a que hacen referencia las cláusulas siguientes. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la Secretaría participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Administración. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la Contraloría General analizará si fue presentada Unión. Las empresas extranjeras no comunitarias, deberán reunir además, los requisitos establecidos en tiempo, y de ser así, solicitará un informe circunstanciado a la Autoridad Convocante para que un término que no exceda de tres días hábiles manifieste si el promovente artículo 44 de la inconformidad se encuentra inscrito LCSP. La presentación de proposiciones diferentes por empresas vinculadas supondrá la exclusión del procedimiento de adjudicación, a todos los efectos, de las ofertas formuladas. No obstante, si sobreviniera la vinculación antes de que concluya el plazo de presentación de ofertas, o del plazo de presentación de candidaturas en el procedimiento licitatorio y tiene interés restringido, podrá subsistir la oferta que determinen de común acuerdo las citadas empresas. Se considerarán empresas vinculadas las que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el mismo; ademásartículo 42 del Código de Comercio. Las proposiciones serán secretas y se ajustarán al modelo establecido en el Anexo II de este Pliego de Condiciones. Su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de dichas cláusulas sin salvedad o reserva alguna. Se presentarán en el Registro General de Entrada de Documentos de este Excmo. Ayuntamiento, en mano de 9,00 a 14,00 horas, en el mismo término deberá remitir las constancias relacionados con plazo que se señale en los actos impugnados y escritos de contestación a los motivos de inconformidad hechos valer. Recibida la solicitud de la Secretaría de la Contraloría Generalofertas. También podrán presentarse por correo, en cuyo caso, el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la Convocante deberá notificar fecha y hora de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar el mismo día y antes de las 14,00 horas, al licitante Órgano de Contratación, por FAX, TELEX o licitantes que pudieren resultar afectadosTelegrama, la remisión de la tramitación de proposición. Sin cumplir tales requisitos no será admitida la inconformidadproposición, haciéndoles saber que cuentan con un término de dos días hábiles para manifestar ante la Secretaría de la Contraloría General lo que a sus interés convenga; debiendo remitir a ésta las constancias de haber cumplido con tales comunicaciones en el mismo término caso en que se recibiera fuera del plazo fijado. No obstante, transcurridos diez días desde la terminación del plazo de tres días hábilespresentación no será admitida ninguna solicitud enviada por correo. Cuando la inconformidad sea presentada ante la propia Autoridad ConvocanteEntregada y admitida no podrá ser retirada por el licitador. Ésta la remitirá Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la Secretaría no admisión de todas las propuestas por él suscritas. Los contratistas interesados podrán examinar la Contraloría General dentro del término documentación que conforma el expediente, en la Sección de tres días hábilesContratación, debiendo cumplir con los requisitos señalados en el plazo y horario previstos en el párrafo anterior. En los procedimientos de inconformidad únicamente serán admisibles como medios de convicción las pruebas documentales, mismas que deberán ser ofrecidas al momento de presentar la inconformidad, al rendir el informe circunstanciado o en el primer escrito que presenten los terceros; dichas pruebas se admitirán o desecharan de plano sin necesidad de diligencia o acto posterior para su desahogo y perfeccionamiento.

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Samples: Pliego De Condiciones Administrativas Particulares Para La Contratación Por Procedimiento Negociado De Las Obras

TRAMITACIÓN. Una vez recibida La contratación de las obras contempladas en este Pliego tendrán la inconformidadconsideración de urgentes, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto-Ley 13/2009, de 26 de octubre, por lo que se aplicarán, a efectos de reducción de plazos, los artículos 96 y 128 de la LCSP, así como el artículo 17.1 del citado Real Decreto-Ley. El contrato se adjudicará por procedimiento abierto, con arreglo a los criterios figurados en este Pliego y en aplicación del artículo 134 de la LCSP, conforme a los términos y requisitos establecidos en dicho texto legal. Podrán participar en esta licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en ninguna de las prohibiciones para contratar contempladas en el artículo 49 de la Ley, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, requisito éste último que será sustituido por la correspondiente clasificación en los casos en los que con arreglo a lo establecido en la LCSP sea exigible, de conformidad con lo establecido en este pliego. Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarios de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, le sean propios. Xxxxxx, asimismo, presentar proposiciones las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 de la LCSP. Cada uno de los empresarios que componen la agrupación, deberán acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, con la presentación de la documentación a que hacen referencia las cláusulas siguientes. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la Secretaría participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Administración. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la Contraloría General analizará si fue presentada Unión. Las empresas extranjeras no comunitarias, deberán reunir además, los requisitos establecidos en tiempo, y de ser así, solicitará un informe circunstanciado a la Autoridad Convocante para que un término que no exceda de tres días hábiles manifieste si el promovente artículo 44 de la inconformidad se encuentra inscrito LCSP. La presentación de proposiciones diferentes por empresas vinculadas supondrá la exclusión del procedimiento de adjudicación, a todos los efectos, de las ofertas formuladas. No obstante, si sobreviniera la vinculación antes de que concluya el plazo de presentación de ofertas, o del plazo de presentación de candidaturas en el procedimiento licitatorio y tiene interés restringido, podrá subsistir la oferta que determinen de común acuerdo las citadas empresas. Se considerarán empresas vinculadas las que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el mismo; ademásartículo 42 del Código de Comercio. Las proposiciones serán secretas y se ajustarán al modelo establecido en el Anexo I de este Pliego de Condiciones. Su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de dichas cláusulas sin salvedad o reserva alguna. Se presentarán en el Registro General de Entrada de Documentos de este Excmo. Ayuntamiento, en mano de 9,00 a 14,00 horas, en la forma, plazo y lugar indicados en el anuncio de licitación, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 80 del RGLCAP. También podrán presentarse por correo, en cuyo caso, el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha y hora de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar el mismo día y antes de las 14,00 horas, al Órgano de Contratación, por FAX, TELEX o Telegrama, la remisión de la proposición. Sin cumplir tales requisitos no será admitida la proposición, en el mismo término deberá remitir caso en que se recibiera fuera del plazo fijado. No obstante, transcurridos diez días desde la terminación del plazo de presentación no será admitida ninguna solicitud enviada por correo. Entregada y admitida no podrá ser retirada por el licitador. Las proposiciones serán secretas y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento en que deba procederse a la apertura en público de las constancias relacionados mismas. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas. Las proposiciones de los actos impugnados interesados deberán ajustarse a lo previsto en el pliego de cláusulas administrativas particulares y de contestación a los motivos de inconformidad hechos valer. Recibida su presentación supondrá la solicitud aceptación incondicional por el empresario del contenido de la Secretaría totalidad de dichas cláusulas o condiciones previstas en los pliegos que rigen el contrato, así como del proyecto y xxx xxxxxx de prescripciones técnicas sin salvedad o reserva alguna. Los contratistas interesados podrán examinar la Contraloría Generaldocumentación que conforma el expediente, en la Convocante deberá notificar el mismo día al licitante o licitantes que pudieren resultar afectadosSección de Contratación, de la tramitación de la inconformidad, haciéndoles saber que cuentan con un término de dos días hábiles para manifestar ante la Secretaría de la Contraloría General lo que a sus interés convenga; debiendo remitir a ésta las constancias de haber cumplido con tales comunicaciones en el mismo término de tres días hábiles. Cuando la inconformidad sea presentada ante la propia Autoridad Convocante. Ésta la remitirá a la Secretaría de la Contraloría General dentro del término de tres días hábiles, debiendo cumplir con los requisitos señalados plazo y horario previstos en el párrafo anterior. En los procedimientos de inconformidad únicamente serán admisibles como medios de convicción las pruebas documentales, mismas que deberán ser ofrecidas al momento de presentar la inconformidad, al rendir el informe circunstanciado o en el primer escrito que presenten los terceros; dichas pruebas se admitirán o desecharan de plano sin necesidad de diligencia o acto posterior para su desahogo y perfeccionamiento.

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Samples: Pliego Tipo De Condiciones Administrativas Particulares Para La Contratación Por Procedimiento Abierto De La Redacción De Proyecto Y Ejecución De Las Obras De Instalaciones Fotovoltaicas en Edificios Municipales Y Estación Autosuficiente De Producción Fotovoltaica