Common use of Traslados Clause in Contracts

Traslados. El traslado consiste en el cambio o adscripción de un funcionario/a de una Delegación o Área a otra diferente o entre Servicios de la misma Área para ejercer funciones de naturaleza análoga a las desempeñadas, sin que suponga cambio de puesto de trabajo no singularizado. En el último trimestre de cada año, se elaborará una relación de vacantes de puestos no regularizados para cubrirlas mediante concurso de traslados. Los traslados se realizarán mediante el oportuno concurso de carácter interno en los que se garantizarán los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. Será imprescindible haber permanecido dos años en el anterior puesto de trabajo para poder participar en un concurso de traslados. Los méritos se valorarán por la correspondiente Comisión en la que participará el Órgano de Representación Sindical y se celebrarán una vez resuelta la Oferta de Empleo Público del correspondiente año. Las peticiones de traslado que desee formular el personal municipal sé presentarán en el plazo de quince días a partir de la convocatoria del citado concurso. En casos de urgente necesidad este plazo será de cinco días. No obstante, la M. I. Alcaldía Presidencia podrá, motivadamente y siempre que existan necesidades urgentes, trasladar a todo funcionario/a que ocupe puestos no singularizados siempre que no suponga modificación en sus condiciones de trabajo. Dichos funcionarios podrán participar en el siguiente concurso de traslados sin tener que esperar el plazo de dos años. Cuando se trate de un cambio dentro de un mismo Servicio será competencia de su Jefatura, siempre que se efectúe por necesidades del mismo y motivadamente. Los mismos deberán de comunicarse, para su conocimiento, al responsable político respectivo y al Servicio de Personal. De todo traslado se dará cuenta al Órgano de Representación Sindical con anterioridad a que éste haya sido resuelto para que emita informe preceptivo sobre el mismo. Se podrá realizar permuta entre funcionarios que ocupen plaza de la misma categoría y especialidad.

Appears in 1 contract

Samples: www.fespugtaragon.es

Traslados. El Se denomina traslado consiste del personal la movilidad de éste que traspase los límites del Centro de Trabajo en el cambio o adscripción de un funcionario/radio superior a de una Delegación o Área a otra diferente o entre Servicios de la misma Área para ejercer funciones de naturaleza análoga a las desempeñadas50 kilómetros, sin y que suponga tenga carácter definitivo e implique cambio de domicilio para el trabajador. Los traslados podrán ser: Voluntarios. Todos los trabajadores que lo deseen podrán solicitar cambio de residencia, llevándose un registro de dichas solicitudes. Cuando exista una vacante de su Grupo profesional en la residencia solicitada, se atenderá dicha petición, siempre y cuando el empleado cumpla los requisitos que las características del puesto de trabajo no singularizadodeterminen; en caso de que existan dos o más empleados en las mismas condiciones, el puesto solicitado se concederá al más antiguo en la Empresa. En el último trimestre de cada año, se elaborará una relación de vacantes de puestos no regularizados para cubrirlas mediante concurso de traslados. Los traslados se realizarán mediante el oportuno concurso de carácter interno en los que se garantizarán los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. Será imprescindible haber permanecido dos años en el anterior puesto de trabajo para poder participar en un concurso de traslados. Los méritos se valorarán El traslado voluntario concedido por la correspondiente Comisión en la que participará el Órgano de Representación Sindical y se celebrarán una vez resuelta la Oferta de Empleo Público del correspondiente año. Las peticiones de traslado que desee formular el personal municipal sé presentarán Empresa tendrá efectividad en el plazo máximo de seis meses desde la fecha de su aprobación. La Dirección de Recursos Humanos facilitará periódicamente a la Representación de los Trabajadores relación de las solicitudes de traslados pendientes, informando de las causas que han impedido su resolución. Se concederán cuatro días de permiso con sueldo para efectuar dicho traslado; si el traslado es entre la Península o Baleares a las Islas Canarias, el permiso será de seis días. Este permiso incluye el traslado de domicilio y por tanto no es compatible ni acumulativo con el permiso retribuido por traslado de domicilio. A iniciativa de la Empresa. Antes de proceder a un traslado forzoso se atenderán las solicitudes de traslado voluntario que puedan existir para cubrir dicha plaza. Si el traslado no se realizara a petición del interesado, el trabajador tendrá derecho a que se le abonen los gastos de traslado, tanto propios como de su familia y enseres, percibiendo, además, una indemnización equivalente a tres mensualidades. Este tipo de traslados, salvo pacto en contra, podrá realizarlo la Empresa, sin necesidad de acuerdo ni autorización, con los trabajadores que lleven a su servicio menos de siete años y por una vez con cada uno de ellos. Cuando existan varios empleados en las mismas condiciones, los traslados se efectuarán en orden a la menor antigüedad en la Empresa. Se concederán diez días de permiso retribuido para efectuar dicho traslado; si el traslado es entre la Península o Baleares a las Islas Canarias, el permiso será de quince días a partir días. Este permiso incluye el traslado de la convocatoria del citado concursodomicilio. En los casos de urgente necesidad este plazo será de cinco días. No obstantetrabajadores que tengan hijos en edad escolar, la M. I. Alcaldía Presidencia podrá, motivadamente y siempre que existan necesidades urgentes, trasladar a todo funcionario/a que ocupe puestos no singularizados siempre que no suponga modificación en sus condiciones de trabajo. Dichos funcionarios podrán participar en el siguiente concurso de traslados sin tener que esperar el plazo de dos años. Cuando traslado se trate de un cambio dentro de un mismo Servicio será competencia de su Jefaturarealizará, siempre que se efectúe por necesidades sea posible, de modo que no interrumpa el desarrollo del mismo y motivadamentecurso. Los mismos deberán de comunicarse, para su conocimiento, al responsable político respectivo y al Servicio de Personal. De todo traslado se dará cuenta al Órgano de Representación Sindical con anterioridad a que éste haya sido resuelto para que emita informe preceptivo sobre cve: BOE-A-2013-6677 En el mismo. Se podrá realizar permuta entre funcionarios que ocupen plaza marco de la misma categoría Comisión de Grupos Profesionales se analizarán los sistemas de movilidad funcional y especialidadgeográfica de la Empresa con el fin de conseguir en cada caso la distribución de los recursos de la forma más eficiente posible.

Appears in 1 contract

Samples: www.boe.es

Traslados. El Cuando la movilidad supere los umbrales temporales establecidos para los desplazamientos. La decisión de traslado consiste deberá ser notificada por el órgano competente en materia de personal al trabajador, así como a sus representantes legales, con una antelación mínima de 45 días 30 días a la fecha de su efectividad. Notificada la decisión de traslado, el trabajador tendrá derecho a optar entre el traslado, percibiendo una compensación por gastos, o a la extinción de su contrato, percibiendo una indemnización de 30 xxxx xx xxxxxxx por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a 1 año y con un máximo de 42 12 mensualidades. La compensación prevista para el supuesto de que el trabajador opte por el traslado se cifra en los siguientes términos: – Una cantidad a tanto alzado de 7177,49 EUROS incrementada en un 20% por cada persona que viva a expensas del trabajador. – Abono de los gastos de viaje y enseres así como una compensación económica por importe de 100 euros (16.638 pesetas) para el trabajador y para cada una de las personas a su cargo. – Una cantidad a tanto alzado de 10766,24 euros, incrementada en un 20% por cada persona que viva a expensas del trabajador, en el cambio supuesto de que no se le facilite vivienda. Para los años 2012 y sucesivos las precitadas cuantías se incrementarán en el mismo porcentaje en que varíe el I.P.C. en la Comunidad xx Xxxxxxxx y León correspondiente al año inmediato anterior, tomado de noviembre a noviembre. Asimismo el trabajador trasladado tendrá preferencia para ocupar las vacantes de su categoría y especialidad que se produzcan en el centro o adscripción localidad de un funcionario/a procedencia. Si por traslado uno de una Delegación los cónyuges o Área a otra diferente o entre Servicios pareja de hecho cambia de residencia, el otro, si fuera trabajador de la Administración, tendrá derecho al traslado a la misma Área para ejercer funciones localidad, si hubiera puesto de naturaleza análoga a las desempeñadastrabajo vacante de su categoría y, en su caso, especialidad, sin que suponga cambio proceda para éste último indemnización o compensación alguna. Sin perjuicio de puesto de trabajo no singularizado. En el último trimestre de cada año, se elaborará una relación de vacantes de puestos no regularizados para cubrirlas mediante concurso de traslados. Los traslados se realizarán mediante el oportuno concurso de carácter interno en los que se garantizarán los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. Será imprescindible haber permanecido dos años en el anterior puesto de trabajo para poder participar en un concurso de traslados. Los méritos se valorarán por la correspondiente Comisión en la que participará el Órgano de Representación Sindical y se celebrarán una vez resuelta la Oferta de Empleo Público ejecutividad del correspondiente año. Las peticiones de traslado que desee formular el personal municipal sé presentarán en el plazo de quince días a partir incorporación antes citado, el trabajador que, no habiendo optado por la extinción de su contrato, se muestre disconforme con la decisión de la convocatoria Administración podrá impugnarla ante la jurisdicción competente. Cuando el traslado afecte a la totalidad del citado concurso. En casos de urgente necesidad este plazo será de cinco días. No obstante, la M. I. Alcaldía Presidencia podrá, motivadamente y siempre que existan necesidades urgentes, trasladar a todo funcionario/a que ocupe puestos no singularizados siempre que no suponga modificación en sus condiciones centro de trabajo. Dichos funcionarios podrán participar en el siguiente concurso de traslados sin tener que esperar el plazo de dos años. Cuando se trate de un cambio dentro de un mismo Servicio será competencia de su Jefatura, siempre que se efectúe por necesidades éste ocupe a más de 5 trabajadores, o cuando, sin afectar a la totalidad del mismo y motivadamente. Los mismos deberán centro de comunicarsetrabajo, para su conocimientoen un período de 90 días comprenda a un número de trabajadores de, al responsable político respectivo y al Servicio menos, 30, el traslado aludido deberá ir precedido de Personal. De todo traslado se dará cuenta al Órgano un período de Representación Sindical consultas con anterioridad los representantes legales de los trabajadores con sujeción a que éste haya sido resuelto para que emita informe preceptivo sobre el mismo. Se podrá realizar permuta entre funcionarios que ocupen plaza de la misma categoría y especialidad.las siguientes normas:

Appears in 1 contract

Samples: cgtjuntacyl.org

Traslados. Los traslados de personal que impliquen cambio de residencia para el afectado, podrán efectuarse: Por solicitud del interesado, por acuerdo entre la empresa y el trabajador/a, por razones técnicas, organizativas, económicas o de producción y por permuta. Cuando el traslado se efectúe a solicitud del interesado, previa aceptación de la empresa, aquel carecerá de derecho a indemnización por los gastos que origine el cambio. Cuando el traslado se realice por mutuo acuerdo entre la empresa y el trabajador/a, se estará a las condiciones pactadas por escrito entre ambas partes. El traslado consiste de trabajadores que no hayan sido contratados específicamente para prestar sus servicios en el cambio empresas con centros de trabajos móviles o adscripción itinerantes a un centro de un funcionario/a de una Delegación o Área a otra diferente o entre Servicios trabajo distinto de la misma Área para ejercer funciones empresa, que exija cambios de naturaleza análoga residencia requerirá la existencia de razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que lo justifiquen. Se considerarán tales, las que estén relacionadas con la competitividad, productividad u organización técnica o del trabajo, así como las contrataciones referidas a las desempeñadasla actividad empresarial. La decisión del traslado deberá ser notificada por el empresario/a al trabajador/a así como a sus representantes legales con una antelación mínima de treinta días a la fecha de su efectividad. Notificada la decisión de traslado, sin que suponga cambio el trabajador, tendrá derecho a optar entre el traslado, percibiendo una compensación por gastos, o la extinción de puesto su contrato percibiendo una indemnización de trabajo no singularizado. En el último trimestre de cada veinte xxxx xx xxxxxxx por año, se elaborará una relación prorrateándose por meses los períodos de vacantes tiempo inferiores a un año y con un máximo de puestos no regularizados para cubrirlas mediante concurso de trasladosdoce mensualidades. Los traslados se realizarán mediante el oportuno concurso de carácter interno en los La compensación por gastos a que se garantizarán refiere el párrafo anterior, comprenderá, previa justificación, el importe de los principios constitucionales siguientes gastos: locomoción del interesado y de igualdadlos familiares a su cargo y que convivan con él, mérito los transportes de mobiliario, ropa y capacidadenseres y una indemnización en metálico igual a dos meses xx xxxxxxx real. Será imprescindible haber permanecido dos años en el anterior puesto de trabajo Las empresas vendrán obligadas a facilitar al trasladado las ayudas necesarias para poder participar en un concurso acceder al disfrute de traslados. Los méritos se valorarán por la correspondiente Comisión en una vivienda de características similares a la que participará el Órgano viniera ocupando, abonando, si ello fuera necesario, la diferencia xx xxxxx en más. Sin perjuicio de Representación Sindical y se celebrarán una vez resuelta la Oferta de Empleo Público ejecutividad del correspondiente año. Las peticiones de traslado que desee formular el personal municipal sé presentarán en el plazo de incorporación citado el trabajador que no habiendo optado por la extinción de su contrato se muestre disconforme con la decisión empresarial podrá impugnarla ante la jurisdicción competente. Cuando, con objeto de eludir las previsiones contenidas en el párrafo siguiente, la empresa realice traslados en períodos sucesivos de noventa días en número inferior a los umbrales allí señalados, sin que concurran causas nuevas que justifiquen tal actuación, dichos nuevos traslados se considerarán efectuados en fraude xx Xxx y se entenderán nulos y sin efecto. El traslado a que se refiere el párrafo anterior, deberá ir precedido de un período de consultas con los representantes legales de los trabajadores, de duración no superior a quince días días, salvo que las partes acuerden prorrogar el mismo, cuando afecte a partir la totalidad del centro de trabajo, siempre que éste ocupe a más de cinco trabajadores, o cuando sin afectar a la totalidad del centro de trabajo, en un período de noventa días, comprenda a un número de trabajadores de, al menos: Diez trabajadores, en las empresas que ocupen menos de cien trabajadores. El diez por ciento del número de trabajadores de la convocatoria empresa, en aquéllas que ocupen entre cien y trescientos trabajadores. Treinta trabajadores en las empresas que ocupen más de trescientos trabajadores. Dicho período de consultas deberá versar sobre las causas motivadoras de la decisión empresarial y la posibilidad de evitar o reducir sus efectos, así como sobre las medidas necesarias para atenuar sus consecuencias para los trabajadores afectados. La apertura del citado concursoperíodo de consultas y las posiciones de las partes tras su conclusión deberán ser notificadas a la autoridad laboral para su conocimiento. En casos Durante el período de urgente necesidad consultas, las partes deberán negociar de buena fe, con vistas a la consecución de un acuerdo. Dicho acuerdo requerirá la conformidad de la mayoría de los representantes legales de los trabajadores o, en su caso, de la mayoría de los miembros de la Comisión representativa de los trabajadores siempre que, en ambos casos, representen a la mayoría de trabajadores del centro o centros de trabajo afectados. Tras la finalización del período de consultas, el empresario notificará a los trabajadores su decisión sobre el traslado, que se regirá a todos los efectos por lo dispuesto en este plazo será de cinco díasartículo. No obstante, la M. I. Alcaldía Presidencia podrá, motivadamente y siempre que existan necesidades urgentes, trasladar a todo funcionario/Contra las decisiones a que ocupe se refiere el presente artículo se podrá reclamar en conflicto colectivo, sin perjuicio de la acción individual prevista en este artículo. La interposición del conflicto paralizará la tramitación de las acciones individuales iniciadas, hasta su resolución. El acuerdo que se pueda producir con los representantes legales de los trabajadores en el período de consultas se entenderá sin perjuicio del derecho de los trabajadores afectados al ejercicio de la acción prevista en cuanto a la indemnización. Si por traslado de uno de los miembros de la unidad familiar, cambia de residencia, el otro u otros, si fueran trabajadores de la empresa, tendrán derecho al traslado a la misma localidad, si hubieran puestos no singularizados siempre que no suponga modificación en sus condiciones de trabajo. Dichos funcionarios Los trabajadores con destino en localidades distintas pertenecientes a la misma empresa, nivel profesional, etc. podrán participar concertar la permuta de sus respectivos puestos, a reserva de lo que aquella decida en el siguiente concurso de traslados sin tener que esperar el plazo de dos años. Cuando se trate de un cambio dentro de un mismo Servicio será competencia de su Jefaturacada caso, siempre que se efectúe por teniendo en cuenta las necesidades del mismo servicio, la aptitud de ambos permutantes para el nuevo destino y motivadamente. Los mismos deberán otras circunstancias que sean dignas de comunicarse, para su conocimiento, al responsable político respectivo y al Servicio de Personal. De todo traslado se dará cuenta al Órgano de Representación Sindical con anterioridad a que éste haya sido resuelto para que emita informe preceptivo sobre el mismo. Se podrá realizar permuta entre funcionarios que ocupen plaza de la misma categoría y especialidadapreciar.

Appears in 1 contract

Samples: ugtficabcn.cat

Traslados. El Se denomina traslado consiste del personal la movilidad de éste que traspase los límites del Centro de Trabajo en el cambio o adscripción de un funcionario/radio superior a de una Delegación o Área a otra diferente o entre Servicios de la misma Área para ejercer funciones de naturaleza análoga a las desempeñadas50 kilómetros, sin y que suponga tenga carácter definitivo e implique cambio de domicilio para el trabajador. Los traslados podrán ser: Todos los trabajadores que lo deseen podrán solicitar cambio de residencia, llevándose un registro de dichas solicitudes. Cuando exista una vacante de su Grupo o Subgrupo laboral en la residencia solicitada, se atenderá dicha petición, siempre y cuando el empleado cumpla los requisitos que las características del puesto de trabajo determinen; en caso de que existan dos o más empleados en las mismas condiciones, el puesto solicitado se concederá al más antiguo en la Empresa. La Dirección de Recursos Humanos facilitará periódicamente a la Representación de los Trabajadores relación de las solicitudes de traslados pendientes, informando de las causas que han impedido su resolución. Se concederán cuatro días de permiso con sueldo para efectuar dicho traslado; si el traslado es desde la Península o Baleares a las Islas Canarias, el permiso será de seis días. Este permiso incluye el traslado de domicilio. Antes de proceder a un traslado forzoso se atenderán las solicitudes de traslado voluntario que puedan existir para cubrir dicha plaza. Si el traslado no singularizadose realizara a petición del interesado, el trabajador tendrá derecho a que se le abonen los gastos de traslado, tanto propios como de su familia y enseres, percibiendo, además, una indemnización equivalente a tres mensualidades. Este tipo de traslados, salvo pacto en contra, podrá realizarlo la Empresa, sin necesidad de acuerdo ni autorización, con los trabajadores que lleven a su servicio menos xx xxxx años y por una vez con cada uno de ellos. Cuando existan varios empleados en las mismas condiciones, los traslados se efectuarán en orden a la menor antigüedad en la Empresa. Se concederán diez días de permiso retribuido para efectuar dicho traslado; si el traslado es desde la Península o Baleares a las Islas Canarias, el permiso será de quince días. Este permiso incluye el traslado de domicilio. En el último trimestre de cada año, se elaborará una relación de vacantes de puestos no regularizados para cubrirlas mediante concurso de traslados. Los traslados se realizarán mediante el oportuno concurso de carácter interno en los que se garantizarán los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. Será imprescindible haber permanecido dos años en el anterior puesto de trabajo para poder participar en un concurso de traslados. Los méritos se valorarán por la correspondiente Comisión en la que participará el Órgano de Representación Sindical y se celebrarán una vez resuelta la Oferta de Empleo Público del correspondiente año. Las peticiones de traslado que desee formular el personal municipal sé presentarán en el plazo de quince días a partir de la convocatoria del citado concurso. En casos de urgente necesidad este plazo será de cinco días. No obstantetrabajadores que tengan hijos en edad escolar, la M. I. Alcaldía Presidencia podrá, motivadamente y siempre que existan necesidades urgentes, trasladar a todo funcionario/a que ocupe puestos no singularizados siempre que no suponga modificación en sus condiciones de trabajo. Dichos funcionarios podrán participar en el siguiente concurso de traslados sin tener que esperar el plazo de dos años. Cuando traslado se trate de un cambio dentro de un mismo Servicio será competencia de su Jefaturarealizará, siempre que se efectúe por necesidades sea posible, de modo que no interrumpa el desarrollo del mismo y motivadamente. Los mismos deberán de comunicarse, para su conocimiento, al responsable político respectivo y al Servicio de Personal. De todo traslado se dará cuenta al Órgano de Representación Sindical con anterioridad a que éste haya sido resuelto para que emita informe preceptivo sobre el mismo. Se podrá realizar permuta entre funcionarios que ocupen plaza de la misma categoría y especialidadcurso.

Appears in 1 contract

Samples: www2.fsc.ccoo.es

Traslados. El Con el fin de contribuir a mejorar su situaciÛn, a travÈs de una m·s adecuada organizaciÛn de sus recursos, la Empresa podr· acordar el traslado consiste de sus trabajadores, que exija cambio de residencia, en las condiciones y con los requisitos legalmente exigidos. Estas necesidades ser·n atendidas, en primer lugar, con quienes, reuniendo las condiciones de idoneidad, acepten voluntariamente su traslado; a falta de Èstos, tendr·n preferencia para ser afectados por la movilidad en ˙ltimo lugar, por este orden, los representantes de los trabajadores en el cambio seno de la empresa, las trabajadoras embarazadas o adscripción con hijos menores de un funcionario/a de una Delegación o Área a otra diferente o entre Servicios de la misma Área para ejercer funciones de naturaleza análoga a las desempeñadas, sin que suponga cambio de puesto de trabajo no singularizadoaÒo y quienes tengan cargas familiares. En el último trimestre de cada año, se elaborará una relación de vacantes de puestos no regularizados para cubrirlas mediante concurso de traslados. Los traslados se realizarán mediante el oportuno concurso de carácter interno en los que se garantizarán los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. Será imprescindible haber permanecido dos años supuestos contemplados en el anterior puesto p·rrafo anterior, la empresa habr· de trabajo para poder participar abonar los gastos de viaje del interesado y de las personas que con Èl convivan y transportarle su mobiliario y enseres o, a elecciÛn de aquÈlla, abonarle los gastos que tal transporte origine, y adem·s pagarle como mÌnimo, en un concurso concepto de trasladoscompensaciÛn de cualquier otro posible gasto, el importe de cuatro mensualidades xxx Xxxxxx o Salario Base que le corresponda. Los méritos se valorarán por Si el traslado es a peticiÛn del trabajador no tendr· Èste derecho a compensaciÛn alguna, y si es de com˙n acuerdo entre ambas partes, la correspondiente Comisión compensaciÛn, en su caso, ser· la que participará el Órgano de Representación Sindical y se celebrarán una vez resuelta la Oferta de Empleo Público del correspondiente año. Las peticiones de traslado que desee formular el personal municipal sé presentarán en el plazo de quince días a partir de la convocatoria del citado concurso. En casos de urgente necesidad este plazo será de cinco días. No obstante, la M. I. Alcaldía Presidencia podrá, motivadamente y siempre que existan necesidades urgentes, trasladar a todo funcionario/a que ocupe puestos no singularizados siempre que no suponga modificación en sus condiciones de trabajo. Dichos funcionarios podrán participar en el siguiente concurso de traslados sin tener que esperar el plazo de dos años. Cuando se trate de un cambio dentro de un mismo Servicio será competencia de su Jefatura, siempre que se efectúe por necesidades del mismo y motivadamente. Los mismos deberán de comunicarse, para su conocimiento, al responsable político respectivo y al Servicio de Personal. De todo traslado se dará cuenta al Órgano de Representación Sindical con anterioridad a que éste haya sido resuelto para que emita informe preceptivo sobre el mismo. Se podrá realizar permuta entre funcionarios que ocupen plaza de la misma categoría y especialidadlas mismas convengan.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo Transporte De Mercancìas Por Carretera

Traslados. El traslado consiste Traslado del cuerpo del fallecido en una distancia hasta 80 Kilómetros o los kilómetros establecidos en el cambio contrato empresarial y/o adscripción perfil y condiciones particulares. Este traslado se realizará en carro fúnebre y no aplicara para la familia o acompañantes Al momento de la velación, Los Olivos proveerá velación en sala estándar durante 24 horas en las sedes propias de la red Nacional los Olivos. Si la velación se llevará a cabo en un lugar donde no haya sede propia, se cubren 12 horas de velación en un lugar con el cual se tenga convenio. La velación incluye: Una ofrenda floral o las establecidas en el contrato empresarial o perfil y condiciones particulares. Suministros de implementos requeridos para la velación. Servicio de cafetería y teléfono local (donde exista el servicio). Velación en casa (kit de cafetería). Libro recordatorio, novenario y denario. Uso temporal de lote o bóveda hasta por 2.3 SMMLV en cualquier campo santo de Los Olivos o en convenio con la red, por cuatro años o el tiempo estipulado dependiendo de la localidad. Cremación en rituales funerarios y urna para depositar cenizas, o cremación en cualquier horno donde se tenga convenio con Los Olivos. Los homenajes solicitados en la ciudad de Medellín se ofrecerán como primera opción la sede propia de rituales. Si ya posee lote o bóveda se pagará al campo santo la adecuación del mismo, hasta por 1.5 SMMLV por una sola vez. Se brindará acompañamiento psicológico por concepto de duelo a la familia de la persona fallecida. En caso de no prestar el servicio funerario debido a la ubicación geográfica del fallecimiento o por tratarse de un funcionario/a de una Delegación o Área a otra diferente o entre Servicios de lugar donde no hay convenio con la misma Área para ejercer funciones de naturaleza análoga a las desempeñadas, sin que suponga cambio de puesto de trabajo no singularizado. En el último trimestre de cada añoRed Los Olivos, se elaborará una relación de vacantes de puestos no regularizados para cubrirlas mediante concurso de traslados. Los traslados se realizarán mediante el oportuno concurso de carácter interno en los que se garantizarán los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. Será imprescindible haber permanecido dos años en el anterior puesto de trabajo para poder participar en pagará un concurso de traslados. Los méritos se valorarán por la correspondiente Comisión en la que participará el Órgano de Representación Sindical y se celebrarán una vez resuelta la Oferta de Empleo Público del correspondiente año. Las peticiones de traslado que desee formular el personal municipal sé presentarán en el plazo de quince días a partir de la convocatoria del citado concurso. En casos de urgente necesidad este plazo será de cinco días. No obstante, la M. I. Alcaldía Presidencia podrá, motivadamente y siempre que existan necesidades urgentes, trasladar a todo funcionario/a que ocupe puestos no singularizados siempre que no suponga modificación en sus condiciones de trabajo. Dichos funcionarios podrán participar en el siguiente concurso de traslados sin tener que esperar el plazo de dos años. Cuando se trate de un cambio dentro de un mismo Servicio será competencia de su Jefatura, siempre que se efectúe por necesidades del mismo y motivadamente. Los mismos deberán de comunicarse, para su conocimiento, al responsable político respectivo y al Servicio de Personal. De todo traslado se dará cuenta al Órgano de Representación Sindical con anterioridad a que éste haya sido resuelto para que emita informe preceptivo sobre el mismo. Se podrá realizar permuta entre funcionarios que ocupen plaza de la misma categoría y especialidad.auxilio hasta por

Appears in 1 contract

Samples: www.cfa.com.co