USO DEL MEDIO DE PAGO Cláusulas de Ejemplo

USO DEL MEDIO DE PAGO. La utilización de este Medio de Pago StarRessa Direct constituye x XXXXX y, o a cualquier Sociedad del GRUPO Cepsa o concertada, como Comisionista de compra que interviene en nombre propio y por cuenta del Titular del Medio de Pago en las transacciones que se realicen mediante su uso, aceptando el titular expresamente cualesquiera cesiones de crédito mercantiles derivados de este Contrato entre cualquiera de las citadas Sociedades. El Medio de Pago “StarRessa Direct” sólo podrá ser utilizada por el legítimo Titular o Tenedor de la misma. Se entiende por legítimo Tenedor al usuario del vehículo cuya matrícula figure consignada en el Medio de Pago, presumiéndose que el Tenedor está autorizado por el Titular para hacer uso del Medio de Pago, salvo que éste haya denunciado anteriormente la pérdida o robo de aquélla o su anulación. Asimismo, en el supuesto que el Titular del contrato haya derivado o designado a un tercero como avalista o garante de las transacciones efectuadas a través del Medio de Pago o venga respaldado por un tercero o persona física o jurídica autorizada para la gestión de la misma, se entenderán como válidas las órdenes que RESSA reciba del mismo o le envíe en relación al Medio de Pago del Titular, incluidas las relativas a bloqueos de uno o varios Medios de Pago del Titular o solicitudes de los Medios de Pago adicionales, modificación de condiciones, límites de crédito, datos bancarios, consulta de transacciones, recepción de facturas, y/o cualesquiera de los servicios habilitados a través del Portal xxx.xxxxxxxxx.xxx de acuerdo a lo previsto en estas condiciones. En caso de indicar la existencia de un tercero a estos efectos, el Titular con la firma de este documento autoriza x XXXXX a facilitar a la persona autorizada el código de verificación o seguridad necesario para la gestión del Medio de Pago en entorno web y a derivar la gestión de la operativa del Medio de Pago del Titular también a dicho tercero. RESSA queda autorizado por el Titular para facilitar cualquier información que resulte necesaria o pertinente para la gestión de los servicios relacionados con el Medio de Pago. En el supuesto que alguna de estas operaciones conlleve o implique una alteración significativa de las condiciones del Medio de Pago, RESSA se reserva la facultad de solicitar confirmación expresa de la orden efectuada a la persona autorizada o garante de las operaciones. El Medio de Pago sólo podrá utilizarse para adquirir los productos o servicios disponibles...
USO DEL MEDIO DE PAGO. “TAG”.- “EL CONSUMIDOR” reconoce que el medio de pago “TAG” es propiedad de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” y que le ha sido proporcionado únicamente para los efectos del presente Contrato, por lo que deberá respetar las políticas de uso que en todo momento y por cualquier medio se le hagan saber. “EL CONSUMIDOR” se obliga a usar el medio de pago “TAG” que haya elegido, entre otras, con estricto apego a las políticas de uso siguientes: I) Es intransferible y deberá ser colocado de forma permanente en el lugar del vehículo indicado para ello, II) deberá respetar en todo momento la señalización del Sistema en las casetas de cobro y/o lugares en que se encuentre este, III) conocer las rutas que cuentan con el Sistema, así como el número de identificación del medio de pago “TAG”, IV) liquidar su cuota por cualquier otro medio cuando su medio de pago “TAG” sea inválido, no sea leído por el sistema o cuando suceda cualquier otra eventualidad que impida su uso, V) circular con precaución por los carriles y guardar distancia con el vehículo precedente, VI) reportar a “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” cualquier eventualidad en relación al Sistema en las casetas de cobro y/o lugares en que se encuentre éste o bien en relación al medio de pago “TAG”,

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  • ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última. La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento. El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos. En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento. Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo. El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Xxxxx presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.

  • Precio de la Oferta Los precios cotizados por el Oferente en el Formulario de Presentación de Oferta Económica deberán ajustarse a los requerimientos que se indican a continuación. Todos los lotes y/o artículos deberán enumerarse y cotizarse por separado en el Formulario de Presentación de Oferta Económica. Si un formulario de Oferta Económica detalla artículos pero no los cotiza, se asumirá que está incluido en la Oferta. Asimismo, cuando algún lote o artículo no aparezca en el formulario de Oferta Económica se asumirá de igual manera, que está incluido en la Oferta. El desglose de los componentes de los precios se requiere con el único propósito de facilitar a la Entidad Contratante la comparación de las Ofertas. El precio cotizado en el formulario de Presentación de la Oferta Económica deberá ser el precio total de la oferta, excluyendo cualquier descuento que se ofrezca. Los precios cotizados por el Oferente serán fijos durante la ejecución del Contrato y no estarán sujetos a ninguna variación por ningún motivo, salvo lo establecido en los Datos de la Licitación (DDL).

  • DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN El plazo de ejecución del presente contrato es de [……..] días calendario, el mismo que se computa desde [CONSIGNAR SI ES DEL DÍA SIGUIENTE DE SUSCRITO EL CONTRATO O DESDE EL DÍA SIGUIENTE DE CUMPLIDA LA CONDICIÓN PARA EL INICIO DE LA EJECUCIÓN, DEBIENDO INDICAR LA CONDICIÓN EN ESTE ULTIMO CASO].

  • CAMBIO DE DOMICILIO “Las Partes” se obligan, en caso de cambiar del domicilio indicado en el capítulo de declaraciones del presente instrumento, a notificar por escrito a la otra parte, dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes, al día que tenga lugar dicho cambio.

  • AVISO DE PRIVACIDAD (Fecha de Última Actualización: mayo 0000) Los datos personales que son tratados por x Xxxxx, son aquellos necesarios para la relación jurídica que se entabla, como pueden ser los relativos para fines de emisión de Pólizas, análisis y/o pago de siniestros, para la promoción y venta de diversos productos financieros, o bien para la contratación de servicios que requiera esta Institución. Los datos sujetos a tratamiento son siguientes: (i) nombre; (ii) sexo; (iii) estado civil; (iv) lugar y fecha de nacimiento;

  • Pago del precio del contrato Conforme a lo que establece el artículo 301 de la LCSP, el adjudicatario tendrá derecho al abono del precio de los bienes efectivamente entregados y formalmente recibidos por la Administración siendo la forma de pago y su periodicidad las especificadas en el apartado 7 del Anexo I al presente pliego referido a cada lote. A estos efectos, de conformidad con el apartado dos de la disposición adicional trigésima segunda de la LCSP, el contratista deberá hacer constar en cada factura presentada, la identificación tanto del órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública, como del órgano de contratación y del destinatario, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2 del Anexo I al presente pliego. La Administración tendrá la obligación de abonar el precio dentro de los treinta días siguientes a la fecha de aprobación de los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los bienes entregados, y si se demorase, deberá abonar al contratista, a partir del cumplimiento de dicho plazo de treinta días los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Para que haya lugar al inicio del cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la factura ante el registro administrativo correspondiente en los términos establecidos en la normativa vigente sobre factura electrónica, en tiempo y forma, en el plazo de treinta días desde la fecha de entrega efectiva de las mercancías. Sin perjuicio de lo establecido en el apartado 4 del artículo 210, la Administración deberá aprobar los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los bienes entregados dentro de los treinta días siguientes a la entrega efectiva de los bienes. En todo caso, si el contratista incumpliera el plazo de treinta días para presentar la factura ante el registro administrativo correspondiente en los términos establecidos en la normativa vigente sobre factura electrónica, el devengo de intereses no se iniciará hasta transcurridos treinta días desde la fecha de la correcta presentación de la factura, sin que la Administración haya aprobado la conformidad, si procede, y efectuado el correspondiente abono.

  • DIRIGIDO AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN CORRESPONDIENTE ANEXO VII

  • Formulario de Oferta y Lista de Precios 12.1 El Oferente presentará el Formulario de Oferta utilizando el formulario suministrado en la Sección IV, Formularios de la Oferta. Este formulario deberá ser debidamente llenado sin alterar su forma y no se aceptarán sustitutos. Todos los espacios en blanco deberán ser llenados con la información solicitada. 12.2 El Oferente presentará la Lista de Precios de los Bienes y Servicios Conexos, según corresponda a su origen y utilizando los formularios suministrados en la Sección IV, Formularios de la Oferta.

  • Período de prueba 1. Podrá concertarse por escrito un período de prueba que en ningún caso podrá exceder de: a) Técnicos titulados superiores y medios: seis meses. b) Empleados: Xxxxxxx XXX, excepto titulados medios, IV y V: tres meses. Niveles VI al X: dos meses. Resto de personal: quince días naturales. c) Personal Operario: Encargados y Capataces: un mes. Resto de personal: quince días naturales. 2. Durante el período de prueba el trabajador tendrá los derechos y obligaciones correspondientes a su categoría profesional y puesto de trabajo que desempeñe, como si fuera de plantilla, excepto los derivados de la resolución de la relación laboral, que podrá producirse a instancia de cualquiera de las partes durante su transcurso, sin necesidad de previo aviso y sin que ninguna de las partes tenga derecho a indemnización alguna, debiéndose comunicar el desistimiento por escrito. 3. Transcurrido el período de prueba sin que se haya producido el desistimiento, el contrato producirá plenos efectos, computándose el tiempo de los servicios prestados a efectos de permanencia en la empresa. 4. Los titulares de la Tarjeta Profesional expedida por la Fundación Laboral de la Construcción con contrato de fijo de obra u otra modalidad de contrato temporal, estarán exentos del período de prueba para los trabajos de su categoría profesional, siempre que conste en su Tarjeta Profesional haber acreditado su cumplimiento en cualquier empresa anterior.

  • GLOSARIO DE TÉRMINOS Para efectos de estas bases, se entenderá por: