RECEPCIÓN DE FACTURAS Cláusulas de Ejemplo

RECEPCIÓN DE FACTURAS. La factura correspondiente deberá enviarse vía correo electrónico a las direcciones xxx@xxx.xxx.xx y xxxxxxx@xxx.xxx.xx, adjuntando los archivos en formato .PDF y .XML.
RECEPCIÓN DE FACTURAS. El licitante ganador deberá presentar sus facturas posteriores a la entrega de los bienes, acompañada de la entrada xx Xxxxxxx y el contrato-pedido, en la Oficina de Cuentas por pagar de este Instituto ubicada Xxxxxx Urales Nº 800, colonia Xxxxx Virreyes, C. P. 11000, alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx. La factura deberá contener la siguiente información: o Nombre y número de licitación. o Número del contrato-pedido. o Número de clave del bien, mismo que se localiza en la columna de la izquierda del contrato-pedido. o Descripción completa del bien, conforme al contrato-pedido. o Cantidad total del bien y número de entrega. o El método de pago será vía transferencia SPEI, siendo los cuatro últimos dígitos 0100 del Banco de México. o Número de lote y nombre comercial. Forma de pago 99 por definir SPEI o transferencia Uso de CFDI G01 Gastos en Gral. Método de pago PPD pago en parcialidades o diferido Al proveedor que no cumpla con lo estipulado en este punto, no se le recibirá su factura. Página 13 de 104
RECEPCIÓN DE FACTURAS. La recepción de facturas a revisión será únicamente los días martes de las 10:00 a las 14:00 horas, en el Departamento de Proveeduría y Servicios Generales, ubicado en Pitágoras 1320 1 piso, Col. Santa Xxxx Atoyac, Delegación Xxxxxx Xxxxxx, Código Postal 03310, México D.F.; en caso de que las facturas entregadas por los proveedores para su pago, presenten errores o deficiencias, el Departamento de Proveeduría y Servicios Generales dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito al proveedor las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurre a partir de la entrega del citado escrito y hasta que el proveedor presente las correcciones, no se computará para efectos del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. No se computará el plazo a que se refiere el artículo 51 de la LAASSP, si el proveedor no ha presentado la siguiente documentación: garantía, carta de no adeudos fiscales y documentación legal, en tal caso, el cálculo del plazo para pago comenzará a correr una vez que la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, cuente con toda la documentación legal y administrativa a la que estén obligados los proveedores a entregar. Es responsabilidad del proveedor presentar la factura en la Departamento de Proveeduría y Servicios Generales, en el entendido de que la fecha de ingreso de las facturas servirá para computar el plazo a que se refiere el artículo 51 de la LAASSP, quedando a salvo la revisión de la factura y en su caso la recepción al visto bueno de ésta según corresponda. En caso de existir penalizaciones a cargo de proveedor, estará condicionado el pago, al entero de la sanción, estos casos no serán incorporados a cadenas productivas.
RECEPCIÓN DE FACTURAS. Para todos los efectos de este Contrato, se entenderá entregada la factura por LA EMPRESA al USUARIO, en la fecha en que ésta sea remitida por medios electrónicos seguros a los correos señalados en la Cláusula Trigésima de este Contrato. En los casos donde no se pueda garantizar la entrega por este medio, será entregada por correo certificado a la dirección de correspondencia establecida en la misma Cláusula, siempre y cuando el envío sea antes de las 18:00 horas del día respectivo; en caso contrario, se entenderá recibida el día hábil siguiente. La factura expedida por LA EMPRESA prestará mérito ejecutivo.
RECEPCIÓN DE FACTURAS. Para todos los efectos de este Contrato, se entenderá entregada la factura a EL CLIENTE, en la fecha en que ésta sea remitida por medios electrónicos al correo electrónico de recepción de facturas y/o notas de ajuste electrónicas de EL CLIENTE indicado en el numeral noveno (9) de la Primera Parte (Carátula) denominada "De las Condiciones Especiales" del presente Contrato la factura expedida por EL DISTRIBUIDOR prestará mérito ejecutivo.

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  • RECEPCIÓN DE PROPUESTAS La recepción de propuestas se efectuará en el lugar, fecha y hora límite fijados en el presente DBC. La propuesta deberá ser presentada en sobre cerrado dirigido a la entidad convocante, citando el Código Único de Contrataciones Estatales (CUCE) y el objeto de la Convocatoria. La propuesta deberá tener una validez no menor a treinta (30) días calendario, desde la fecha fijada para la apertura de propuestas.

  • TRABAJOS DEFECTUOSOS O MAL EJECUTADOS Hasta tanto tenga lugar la recepción, el adjudicatario responderá de la correcta realización de los servicios contratados y de los defectos que en ellos hubiera, sin que sea eximente ni dé derecho alguno la circunstancia de que los representantes de la Administración los hayan examinado o reconocido durante su elaboración o aceptado en comprobaciones, valoraciones o certificaciones parciales. La Administración, en caso de incumplimiento de la ejecución parcial de las prestaciones por parte del contratista, podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades que se determinen en el apartado 18 del Anexo I al presente pliego.

  • Documentos que Establecen la Conformidad de los Bienes y Servicios Conexos 18.1 Con el fin de establecer la conformidad de los Bienes y Servicios Conexos, los Oferentes deberán proporcionar como parte de la oferta evidencia documentada acreditando que los Bienes cumplen con las especificaciones técnicas y los estándares especificados en la Sección VI, Requisitos de los Bienes y Servicios. 18.2 La evidencia documentada puede ser en forma de literatura impresa, planos o datos, y deberá incluir una descripción detallada de las características esenciales técnicas y de funcionamiento de cada artículo demostrando conformidad sustancial de los Bienes y Servicios Conexos con las especificaciones técnicas. De ser procedente el Oferente incluirá una declaración de variaciones y excepciones a las provisiones en los Requisitos de los Bienes y Servicios. 18.3 Los Oferentes también deberán proporcionar una lista detallada que incluya disponibilidad y precios actuales de repuestos, herramientas especiales, etc. necesarias para el adecuado y continuo funcionamiento de los bienes durante el período indicado en los DDL, a partir del inicio de la utilización de los bienes por el Comprador. 18.4 Las normas de fabricación, procesamiento, material y equipo así como las referencias a marcas o números de catálogos que haya incluido el Comprador en los Requisitos de los Bienes y Servicios son solamente descriptivas y no restrictivas. Los Oferentes pueden ofrecer otras normas de calidad, marcas, y/o números de catálogos siempre y cuando demuestren a satisfacción del Comprador, que las substituciones son sustancialmente equivalentes o superiores a las especificadas en los Requisitos de los Bienes y Servicios.

  • RECEPCIÓN DE LOS TRABAJOS El CONTRATISTA en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y artículos 164 a 167 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, dentro de las veinticuatro horas siguientes a la terminación de los trabajos EL CONTRATISTA comunicará a la API la terminación de los mismos, o la de alguna parte de ellos, cuando así sea procedente; las partes convienen que en un plazo xx xxxx días naturales contados a partir de recepción de la notificación, API verificará que tales trabajos estén concluidos, total o parcialmente, según sea el caso, conforme a las especificaciones convenidas y a satisfacción de la API. Si los trabajos objeto de la entrega no satisficieren los requisitos señalados en esta cláusula, con fundamento en el artículo 165 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, la API ordenará su reparación a efecto de que éstos se corrijan conforme a las condiciones requeridas en el contrato; mismas que el CONTRATISTA realizará por su cuenta y sin derecho a retribución, en el entendido de que, si no lo hiciere desde luego, devolverá a la API las cantidades pagadas por dichos conceptos, más los intereses correspondientes que se calcularán conforme al procedimiento previsto en el segundo párrafo en relación con el primero del artículo 55 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. La recepción de los trabajos ejecutados se efectuará dentro de un plazo de quince días naturales contados a partir de la fecha de la notificación de la aceptación de la terminación de los trabajos, con observancia de lo señalado en el artículo 64 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, así como el artículo 166 y en su caso 167 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. De toda entrega y recepción de trabajos se levantará un acta conforme al artículo 166 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas que será firmada por quienes intervengan en ella. Si transcurriere el plazo aquí señalado sin que la API, por causas imputables a sí misma, reciba los trabajos, éstos se tendrán por entregados.

  • Daños propios dentro de su vivienda. Coberturas principales El robo de bienes situados en el exterior de la vivienda, como por ejemplo patios, jardines o en construcciones anexas a las que pueda acceder cualquier persona distinta al asegurado.

  • Recepción de Ofertas Junta de Gobierno del Ayuntamiento xx Xxxxxx Dirección Postal Xxxxx xxx Xxxxxxxxxxx, x/x (00000) Xxxxxx Xxxxxx Contacto Correo Electrónico xxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xx

  • PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Forma de presentación

  • RECEPCIÓN DE LA OBRA El contrato se entenderá cumplido por el contratista, cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo, y a satisfacción de la Administración, la totalidad de su objeto. Dentro del mes siguiente a la finalización de la obra, se procederá, mediante acto formal, a la recepción de la misma. Dicho acto será comunicado, cuando resulte preceptivo, a la Intervención General, a efectos de su asistencia potestativa al mismo. Si las obras se encuentran en buen estado y con arreglo a las prescripciones previstas, el funcionario técnico designado por la Administración contratante o, en el caso de que se hubiese nombrado, el responsable del contrato, las dará por recibidas, levantándose la correspondiente acta por cuadruplicado, que deberá ser firmada por los concurrentes a la recepción, entregándose un ejemplar al funcionario técnico que represente a la Administración, otro al director de la obra, el tercero al representante de la Intervención General y el cuarto al contratista, comenzando entonces el plazo de garantía. En el acta de recepción el director de la obra fijará la fecha para el inicio de la medición general, quedando notificado el contratista para dicho acto. El contratista tiene obligación de asistir a la recepción de la obra. Si por causas que le sean imputables no cumple esta obligación, el representante de la Administración le remitirá un ejemplar del acta para que, en el plazo xx xxxx días, formule las alegaciones que considere oportunas, sobre las que resolverá el órgano de contratación. Cuando las obras no se hallen en estado de ser recibidas, se hará constar así en el acta, y el Director de las mismas señalará los defectos observados y detallará las instrucciones precisas fijando un plazo para remediar aquellos. Si transcurrido dicho plazo el contratista no lo hubiese efectuado, podrá concedérsele otro plazo improrrogable o declarar resuelto el contrato, por causas imputables al contratista.

  • DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS “EL PROVEEDOR” queda obligado ante “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” a responder de los defectos y vicios ocultos derivados de las obligaciones del presente contrato, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en este instrumento jurídico y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, y/o en la legislación aplicable en la materia. Para los efectos de la presente cláusula, se entiende por vicios ocultos los defectos que existan en los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento, que los hagan impropios para los usos a que se le destine o que disminuyan de tal modo este uso, que de haberlo conocido “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” no lo hubiere adquirido o los hubiere adquirido a un precio menor.

  • Proyecciones de Flujo de Efectivos 41.1 Cuando se actualice el Programa, el Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras una proyección actualizada del flujo de efectivos. Dicha proyección podrá incluir diferentes monedas según se estipulen en el Contrato, convertidas según sea necesario utilizando las tasas de cambio del Contrato.