VENTA DE SALVAMENTOS. En caso de siniestro que amerite indemnización bajo esta póliza, si “la Compañía” opta por hacerse cargo de cualquier bien que resulte como salvamento, no podrá disponer de él bajo el nombre y marca registrada de “el asegurado”. “La compañía” dispondrá de 40 días naturales posteriores a la fecha de la entrega del convenio de ajuste al despacho de ajustadores designado, para retirar el salvamento de las instalaciones de “el asegurado”, o antes a solicitud del mismo, de lo contrario, éste dispondrá del salvamento como mejor convenga a sus intereses.
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Samples: Licitación Pública, Licitación Pública Electrónica, Licitación Pública
VENTA DE SALVAMENTOS. En caso de siniestro que amerite indemnización bajo esta póliza, si “la Compañía” opta por hacerse cargo de cualquier bien que resulte como salvamento, no podrá disponer de él el bajo el nombre y marca registrada de “el asegurado”. “La compañía” dispondrá de 40 días naturales posteriores a la fecha de la entrega del convenio de ajuste al despacho de ajustadores designado, para retirar el salvamento de las instalaciones de “el asegurado”, o antes a solicitud del mismo, de lo contrario, éste dispondrá del salvamento como mejor convenga a sus intereses.
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Samples: Licitación Pública Nacional