CONDICIONES Y CLAUSULADOS ESPECIALES Cláusulas de Ejemplo

CONDICIONES Y CLAUSULADOS ESPECIALES. 1. El valor convenido de los remolques será de acuerdo como se cita en la relación del parque vehicular.
CONDICIONES Y CLAUSULADOS ESPECIALES. CONDICIONES Y CLAUSULADO.
CONDICIONES Y CLAUSULADOS ESPECIALES. Primer riesgo Valor de reposición al 100% Reinstalación automática de suma asegurada en caso de siniestro sin cobro de prima a solicitud expresa de “EL ASEGURADO”
CONDICIONES Y CLAUSULADOS ESPECIALES. Primer riesgo absoluto Valor de reposición al 100% Endoso de inflación al 5%. Renuncia de inventarios al 15%. Márgenes de errores en valores asegurables hasta un 10%.
CONDICIONES Y CLAUSULADOS ESPECIALES. Valor de reposición al 100% Endoso de inflación al 5% Reinstalación automática en caso de siniestro con cobro de prima a solicitud expresa por parte de “EL ASEGURADO” Errores u omisiones.
CONDICIONES Y CLAUSULADOS ESPECIALES. Forma de aseguramiento a valor convenido Reinstalación automática en caso de siniestro sin cobro de prima. Errores u omisiones.
CONDICIONES Y CLAUSULADOS ESPECIALES. Reinstalación automática en caso de siniestro sin cobro de prima. Errores u omisiones. Conservación de restos o despojos Cobertura automática hasta un 10% Cláusula de Adquisición Automática. Aumento o disminución de la suma asegurada sin reporte a “LA ASEGURADORA” y sin cobro o devolución de prima, hasta un 20% de la suma asegurada.
CONDICIONES Y CLAUSULADOS ESPECIALES. DERECHOS DE NO SUBROGACIÓN ENTRE OTROS ASEGURADOS: Una vez pagada la indemnización correspondiente, el Asegurado no se vera obligado a subrogar los derechos a la Compañía De Seguros cuando la responsable del daño haya sido una filial del afectado (se consideraran OTROS ASEGURADOS a todos aquellas personas físicas x xxxxxxx que tengan interés asegurable en el ”INBAL” así como a prestadores de servicios del Asegurado). Se consideraran terceros también a los empleados.
CONDICIONES Y CLAUSULADOS ESPECIALES. DERECHOS DE NO SUBROGACIÓN ENTRE OTROS ASEGURADOS: Una vez pagada la indemnización correspondiente, “LAS API” no se verá obligado a subrogar los derechos a la COMPAÑÍA DE SEGUROS cuando la responsable del daño haya sido una filial del afectado (se consideraran OTROS ASEGURADOS a todos aquellas personas físicas x xxxxxxx que tengan interés asegurable en “LAS API” así como a prestadores de servicios de “LAS API”). Se consideraran terceros también a los empleados. Se extiende la cobertura durante el ascenso y descenso en todas las unidades. Se ampara a los funcionarios, empleados y personal contratado por honorarios y a los familiares y dependientes de estos, como a terceros. Se hace constar que el servicio de transporte es gratuito por lo que no existe comprobante de la prestación del mismo.