CONTENIDOS. II.-Todos aquellos propios y necesarios para la realización de los objetivos de “EXPORTADORA DE SAL, S.A. DE C.V.”, como todo mueble, mobiliario y equipo propiedad o de terceros bajo su responsabilidad, comodato o custodia, y aquellos otros en que se tenga interés asegurable en la República Mexicana, tales como, más no limitados a: Mobiliario, equipo y enseres para uso habitacional, administrativo, médico, didáctico, deportivo, Maquinaria y equipo mecánico, neumático, eléctrico, electromecánico, calderas y aparatos sujetos a presión. Bienes que por su propia naturaleza deban estar a la intemperie, en instalaciones subterráneas o en instalaciones carentes xx xxxxx laterales o techos y bienes sobre el agua, salmuera, sal cristalizada o de cualquier tipo en proceso, Vehículos sin circular usados y en almacenaje, a valor promedio xx xxxxxxx, aproximadamente 10 unidades siempre y cuando se encuentren funcionando y en condiciones de enajenación( las unidades serán puestas en el almacén y en el momento que el área de inventarios determine que unidades se darán de baja, se hará del conocimiento de la Aseguradora), inventarios, contenidos y/o bodegas de materiales y todo tipo de existencias y otros bienes relacionados con “EXPORTADORA DE SAL, S.A. DE C.V.” y todo aquello en donde se tenga interés asegurable con relación a los bienes descritos, aparatos sujetos a presión, instalaciones inherentes al equipo de cómputo y equipo de talleres, xx xxxxx de video, audiovisuales, de copiado, de talleres diversos, Para aseo, para servicio médico, para seguridad, existencias en el almacén general, incluyendo, equipo fijo y sus instalaciones que se encuentren total o parcialmente al aire libre o a la intemperie, que se encuentren dentro de edificios que carezcan total o parcialmente de techos, puertas, ventanas o muros, siempre y cuando hayan sido diseñados específicamente para operar en estas condiciones y estén debidamente anclados, bienes muebles o la porción del inmueble en sótanos o semisótanos considerándose como tales: Cualquier recinto donde la totalidad de sus muros perimetrales se encuentren total o parcialmente bajo el nivel natural del terreno y todos los contenidos estén relacionados con el giro de “EXPORTADORA DE SAL, S.A. DE C.V.”. La pérdida de utilidades netas, salarios y gastos fijos de EXPORTADORA DE SAL, S.A. DE C.V., provenientes de la operación de los edificios, estructuras, maquinaria, equipo y materias primas contenidas en ellos, a consecuencia de la re...
CONTENIDOS. La reclamación deberá comprender el valor de reposición que tuvieren las substancias o fluidos contenidos pérdidas o daños, inmediatamente antes de ocurrir el siniestro, más los costos de fabricación correspondientes. Podrán incluirse los gastos erogados para disminuir la pérdida siempre que estos gastos no resulten mayores que la reducción en la pérdida así obtenida. En toda indemnización que la Compañía pague por este concepto además del deducible estipulado, se aplicará el 25% de participación del Asegurado en la pérdida, que se estipula en la Cláusula 3a de este clausulado.
CONTENIDOS. BIENES CUBIERTOS
CONTENIDOS. Concretando el contenido del nuevo convenio, su vigencia es para los años 2000, 2001 y 2002, aunque las cláusulas que tengan efectos económicos no entran en vigor hasta el 1 de enero de 2001. Las partes renuncian a adoptar medidas de presión para modificar lo pactado, o lo que es lo mismo, se acuerda la “paz social”. Sin embargo, en el caso de que los tribunales consideraran ilegal alguna de las cláusulas del convenio, existe una cláusula de renegociación, según la cual se entenderá que se ha roto el equilibrio que permitió el acuerdo entre las partes, y se renegociarán los puntos necesarios hasta volver a alcanzarlo. También se regula en una cláusula de descuelgue la posibilidad de que las empresas no apliquen las condiciones económicas del convenio. Se amplía el periodo de prueba para los trabajadores de estructura a seis meses para los técnicos y titulados y dos o tres meses para el resto, según el tamaño de la empresa. Sigue vigente la posibilidad de firmar pactos de permanencia que obliguen al trabajador a permanecer en la E.T.T. hasta un año, o a indemnizar a la empresa en el caso de que se marche. Se mantiene el sistema de clasificación profesional en 8 niveles para los trabajadores de estructura, y se mejoran las condiciones en que se producirán los ascensos. Se mantienen las amplias potestades de la empresa sobre la movilidad funcional y se considera que no existirá movilidad geográfica ni desplazamiento (y no será necesario, por tanto, pagar dietas ni desplazamientos) si se trata de destinos a menos de 30 Km. del límite del municipio donde esté ubicada la empresa. En cuanto a salarios, para el personal de estructura, se fija un incremento del 4,5% para el 2000, más la desviación entre IPC real y previsto. Para el 2001 y 2002, la subida será del IPC previsto más un 1%, más la posible desviación entre IPC previsto y real. Continúa permitiéndose que las mejoras xxx xxxxxxx de convenio sean extrasalariales (y no coticen a la seguridad social) con un límite de 10.000 pts. mensuales. Los salarios del personal cedido, de acuerdo con la última reforma de la ley de Empresas de Trabajo Temporal, serán los fijados en el convenio colectivo aplicable en la empresa usuaria por unidad de tiempo. Aquí sí que aparece una mejora en la regulación xxx xxxxxxx de los trabajadores cedidos. Ya sabemos que la equiparación salarial tan cacareada por la reforma xx xxxxxx del 99, no era tal. Al referirse sólo al salario por unidad de tiempo en el convenio colectivo de apli...
CONTENIDOS. Bajo esta sección se ampara el escape de, o daños a, los fluidos o substancias contenidas en cualquiera de los bienes asegurados, que resulten de haberse realizado un siniestro indemnizable cubierto en esta póliza. En esta cobertura, además del deducible estipulado, el Asegurado tendrá una participación en la pérdida del 25%.
CONTENIDOS. Bienes muebles que se encuentren dentro del edificio o edificios descritos en la carátula de la póliza, propiedad del asegurado en custodia, cuidado, consignación o control por el asegurado ya sea asumida por ley o por contrato. Forma parte de los contenidos:
CONTENIDOS. En caso de ser contratada esta Cobertura y se le asigne Xxxx Xxxxxxxxx en la carátula de la Póliza, la Compañía ampara los contenidos mientras se encuentren dentro del edificio destinado a casa habitación, cuyo domicilio consta en la carátula de la Póliza como ubicación de riesgo, ya sea que dichos bienes sean propiedad del Asegurado, de sus familiares o de personas que habiten permanentemente en el mismo domicilio, o se encuentren bajo su custodia, tales como:
CONTENIDOS. Para la sección II, bienes contenidos propios a Vivienda de uso particular, mientras estos se encuentren dentro de la Vivienda especificada en la Carátula de Póliza, tales como el mobiliario, Equipo Electrónico y Electrodoméstico, la ropa y los objetos de uso personal. 8 Índice
CONTENIDOS. Se entenderá por contenidos: Los muebles, enseres, estantería, escritorios, sillas y utensilios de oficina, de propiedad del ASEGURADO o por los que sea responsable, que sean asegurados expresamente.
CONTENIDOS. BIENES INTEGRADOS TALES COMO SIN ESTAR LIMITADOS A: CONJUNTO DE BIENES MUEBLES O ENSERES DE OFICINA, COMERCIO O INDUSTRIA, MAQUINARIA, INCLUYENDO SU CIMENTACIÓN Y SUS INSTALACIONES PERIFÉRICAS, ÚTILES, ENSERES Y HERRAMIENTAS DE TRABAJO QUE SEAN PROPIAS Y NECESARIAS AL GIRO DEL NEGOCIO ASEGURADO. LAS OBRAS REALIZADAS POR “EL ASEGURADO” PARA REFORMAR, ADAPTAR O MEJORAR EL INMUEBLE POR EL OCUPADO, DESCRITO EN LA CARÁTULA O ESPECIFICACIÓN DE LA PÓLIZA, CONSISTENTES EN MARQUESINAS, TERRAZAS CUBIERTAS, TECHOS FALSOS, TAPICES, LAMBRINES, MADERA ADHERIDA EN TECHO O PARED Y DEMÁS MEJORAS Y REFORMAS PARA ACONDICIONAR, AISLAR, DECORAR Y, EN GENERAL, ADECUAR EDIFICIOS, LOCALES, ANEXOS Y TERRENOS PARA SU EXPLOTACIÓN INDUSTRIAL. ESTE CONCEPTO SOLAMENTE OPERARÁ PARA AQUELLOS EDIFICIOS QUE NO LE PERTENECEN A “EL ASEGURADO” Y QUE HAN SIDO TOMADOS POR ÉL EN ARRENDAMIENTO. CONJUNTO DE MATERIAS PRIMAS, PRODUCTOS EN PROCESO DE FABRICACIÓN Y TERMINADOS, EMPAQUES, REFACCIONES, ACCESORIOS Y MATERIALES AUXILIARES QUE SEAN PROPIOS Y NECESARIOS PARA EL DESARROLLO DE SU ACTIVIDAD. MOLDES, MODELOS, MATRICES, ARCHIVOS, PLANOS Y OTROS OBJETOS DE NATURALEZA SIMILAR QUE NO PUEDAN SER CONSIDERADOS COMO ÚTILES Y ENSERES.