Common use of VIGENCIA Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO Clause in Contracts

VIGENCIA Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO. El presente Contrato tendrá una vigencia indefinida a partir de su firma. El Titular contará con un periodo xx xxxxxx de 10 (diez) Días Hábiles posteriores a la firma del presente Contrato para cancelarlo siempre y cuando no haya utilizado las Tarjetas o dispuesto de su línea de crédito. En dicho caso, Afirme no cobrará ninguna comisión, volviendo las cosas al estado en que se encontraban antes de la firma del Contrato, sin responsabilidad alguna para el Titular. Además, el Titular podrá solicitar en todo momento, la terminación del presente Contrato, bastando para ello la presentación de una solicitud por escrito en cualquier sucursal de Afirme, y cuando éste no cuente con sucursales para la atención al público, podrá atenderse la solicitud de terminación a través de Medios Electrónicos o de cualquier otra tecnología. En todo caso, Afirme proporcionará al Titular un acuse de recibo y clave de confirmación o número de folio que identifique la solicitud de terminación y se cerciorará de la autenticidad y veracidad de la identidad del Titular, confirmando sus datos personalmente por vía telefónica o a través de medios electrónicos. El presente Contrato se dará por terminado el Día Hábil Bancario siguiente al de la presentación de la solicitud por parte del Titular, salvo que existan adeudos pendientes por cubrir por parte de éste, en cuyo caso, la terminación del Contrato se verificará una vez realizado el pago correspondiente, en términos de lo dispuesto en el presente párrafo, conservando la misma fecha de pago y condiciones que tenía previamente a su solicitud. Para tales efectos, Afirme dará a conocer al Titular el importe adeudado a más tardar el día hábil siguiente y dentro de un plazo de 5 (Cinco) Días Hábiles Bancarios contados a partir de la presentación de la solicitud de terminación pondrá a su disposición dicho dato en la sucursal de su elección, para que una vez liquidados los adeudos se dé por terminado el Contrato. No obstante lo anterior, las Tarjetas se cancelarán en la fecha de presentación de la solicitud y Afirme bloqueará la línea de crédito correspondiente cesando desde ese momento la responsabilidad del Titular y en su caso, de los Tarjetahabientes Adicionales, por lo que estos deberán hacer entrega de las Tarjetas o manifestar por escrito y bajo protesta de decir verdad, que fueron destruidas o que no cuentan con ellas. Afirme rechazará cualquier disposición que pretenda efectuarse con posterioridad a la cancelación de los Medios de Disposición. En consecuencia, no se podrán hacer nuevos cargos adicionales a partir del momento en que se realice la cancelación, excepto los ya generados, pero no reflejados a dicha fecha. Asimismo, Afirme cancelará, sin su responsabilidad, los servicios de Cargos Recurrentes en la fecha de la solicitud de terminación, con independencia de quién conserve la autorización de los cargos correspondientes En la fecha en que se dé por terminada la presente operación de crédito, Afirme entregará al Titular cualquier saldo que éste tenga a su favor, por cualquier medio que el Titular indique, deduciendo en su caso, cualquier cantidad que, en términos del presente contrato, puedan resultar a cargo del Titular. Realizado el pago por parte del Titular a satisfacción de Afirme, éste deberá poner a disposición del Titular un documento, o bien un estado de cuenta, que dé constancia del fin de la relación contractual, de la cancelación de los derechos y obligaciones derivados del presente Contrato que se da por terminado y de la inexistencia de adeudos entre las Partes. Asimismo, Afirme reportará a las sociedades de información crediticia que la cuenta está cerrada sin adeudo alguno dentro del plazo que para tales efectos señala la normatividad aplicable. El Titular podrá también solicitar por escrito la terminación del presente Contrato por conducto de otra entidad financiera que se denominará receptora, para lo cual el Titular deberá de convenir con dicha entidad financiera receptora que ésta última realice los trámites necesarios para dar por terminado por cuenta y nombre del Titular, la línea de crédito con Afirme. La entidad financiera receptora deberá comunicar a Afirme su compromiso sobre la veracidad y legitimidad de la instrucción de terminación por parte del Titular, en el entendido de que en caso de que el Titular objete la terminación del Contrato por no haber otorgado la autorización respectiva, será responsabilidad de la entidad financiera receptora. La entidad financiera receptora deberá liquidar a Afirme el adeudo del Titular, convirtiéndose en acreedora del mismo por el importe correspondiente, y llevará a cabo los trámites respectivos, bajo su responsabilidad y sin cobro de comisión alguna por tales gestiones. Para efectos del trámite anterior, Afirme requerirá al Titular la confirmación de haber solicitado a la institución financiera receptora el servicio de cancelación y transferencia de recursos, a través de los datos de localización que tenga convenidos con Afirme, como el domicilio, correo electrónico o teléfono(s) que el Titular hubiese proporcionado a Afirme. Adicionalmente, Afirme dará a conocer a la institución financiera receptora, la información respecto al saldo y aquella que resulte necesaria para la terminación del presente Contrato. La relación contractual del Titular con Afirme se dará por terminada una vez que se transfieran los recursos a Afirme para liquidar el adeudo del Titular, extinguiéndose a partir de dicho momento los derechos y obligaciones del presente Contrato. Lo anterior también será aplicable cuando el Titular solicite a Afirme la terminación de cualquier operación activa que tenga con otras entidades financieras. En caso de terminación del Contrato, Afirme procederá a cancelar sin su responsabilidad en la fecha de la solicitud de terminación, el cobro de cualquier producto o servicio asociado, incluyendo el servicio de domiciliación, con independencia de quién conserve la autorización de los cargos correspondientes, y dará por terminado cualquier producto o servicio adicional necesariamente vinculado al producto principal de que trate, que no pueda subsistir sin éste último, en el momento en que se dé por terminado el presente Contrato. Finalmente, Afirme deberá abstenerse de condicionar la terminación del Contrato a la devolución del contrato que obre en poder del Titular, y no podrá cobrar comisión o penalización alguna por la terminación anticipada.

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Samples: Contrato De Apertura De Crédito en Cuenta Corriente, Contrato De Apertura De Crédito en Cuenta Corriente

VIGENCIA Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO. El presente Contrato tendrá una inicio de vigencia indefinida a partir de su firma. El Titular contará con un periodo xx xxxxxx de 10 (diez) Días Hábiles posteriores a la firma del presente Contrato para cancelarlo siempre y cuando no haya utilizado este seguro, será el indicado en las Tarjetas o dispuesto de su línea de créditoCondiciones Particulares. En dicho caso, Afirme no cobrará ninguna comisión, volviendo las cosas al estado en que se encontraban antes defecto de estipulación sobre el inicio de la firma cobertura, los riesgos serán de cargo del Contrato, sin responsabilidad alguna para el Titular. Además, el Titular podrá solicitar en todo momento, la terminación del presente Contrato, bastando para ello la presentación de una solicitud por escrito en cualquier sucursal de Afirme, y cuando éste no cuente con sucursales para la atención al público, podrá atenderse la solicitud de terminación a través de Medios Electrónicos o de cualquier otra tecnología. En todo caso, Afirme proporcionará al Titular un acuse de recibo y clave de confirmación o número de folio que identifique la solicitud de terminación y se cerciorará de la autenticidad y veracidad de la identidad del Titular, confirmando sus datos personalmente por vía telefónica o a través de medios electrónicos. El presente Contrato se dará por terminado el Día Hábil Bancario siguiente al de la presentación de la solicitud por parte del Titular, salvo que existan adeudos pendientes por cubrir por parte de éste, en cuyo caso, la terminación del Contrato se verificará una vez realizado el pago correspondiente, en términos de lo dispuesto en el presente párrafo, conservando la misma fecha de pago y condiciones que tenía previamente a su solicitud. Para tales efectos, Afirme dará a conocer al Titular el importe adeudado a más tardar el día hábil siguiente y dentro de un plazo de 5 (Cinco) Días Hábiles Bancarios contados a partir de la presentación de la solicitud de terminación pondrá a su disposición dicho dato en la sucursal de su elección, para que una vez liquidados los adeudos se dé por terminado el Contrato. No obstante lo anterior, las Tarjetas se cancelarán en la fecha de presentación de la solicitud y Afirme bloqueará la línea de crédito correspondiente cesando desde ese momento la responsabilidad del Titular y en su caso, de los Tarjetahabientes Adicionales, por lo que estos deberán hacer entrega de las Tarjetas o manifestar por escrito y bajo protesta de decir verdad, que fueron destruidas o que no cuentan con ellas. Afirme rechazará cualquier disposición que pretenda efectuarse con posterioridad a la cancelación de los Medios de Disposición. En consecuencia, no se podrán hacer nuevos cargos adicionales asegurador a partir del momento en que se realice la cancelación, excepto los ya generados, pero no reflejados a dicha fechaperfeccione el contrato de seguros. Asimismo, Afirme cancelará, sin su responsabilidad, los servicios de Cargos Recurrentes en la fecha de la solicitud de terminación, con independencia de quién conserve la autorización de los cargos correspondientes En la fecha en que se dé por terminada la presente operación de crédito, Afirme entregará al Titular cualquier saldo que éste tenga a su favor, por cualquier medio que el Titular indique, deduciendo en su caso, cualquier cantidad que, en términos del presente contrato, puedan resultar a cargo del Titular. Realizado el pago por parte del Titular a satisfacción de Afirme, éste deberá poner a disposición del Titular un documento, o bien un estado de cuenta, que dé constancia del fin de la relación contractual, de la cancelación de los derechos y obligaciones derivados del presente Contrato que se da por terminado y de la inexistencia de adeudos entre las Partes. Asimismo, Afirme reportará a las sociedades de información crediticia que la cuenta está cerrada sin adeudo alguno dentro del plazo que para tales efectos señala la normatividad aplicable. El Titular podrá también solicitar por escrito la terminación del presente Contrato por conducto de otra entidad financiera que se denominará receptora, para lo cual el Titular deberá de convenir con dicha entidad financiera receptora que ésta última realice los trámites necesarios para dar por terminado por cuenta y nombre del Titular, la línea de crédito con Afirme. La entidad financiera receptora deberá comunicar a Afirme su compromiso sobre la veracidad y legitimidad de la instrucción de terminación por parte del Titular, en el entendido de que en caso de que el Titular objete la terminación del Contrato por no haber otorgado la autorización respectiva, será responsabilidad de la entidad financiera receptora. La entidad financiera receptora deberá liquidar a Afirme el adeudo del Titular, convirtiéndose en acreedora del mismo por el importe correspondiente, y llevará a cabo los trámites respectivos, bajo su responsabilidad y sin cobro de comisión alguna por tales gestiones. Para efectos del trámite anterior, Afirme requerirá al Titular la confirmación de haber solicitado a la institución financiera receptora el servicio de cancelación y transferencia de recursos, a través de los datos de localización que tenga convenidos con Afirme, como el domicilio, correo electrónico o teléfono(s) que el Titular hubiese proporcionado a Afirme. Adicionalmente, Afirme dará a conocer a la institución financiera receptora, la información respecto al saldo y aquella que resulte necesaria para la terminación del presente Contrato. La relación contractual del Titular con Afirme se dará por terminada una vez que se transfieran los recursos a Afirme para liquidar el adeudo del Titular, extinguiéndose a partir de dicho momento los derechos y obligaciones del presente Contrato. Lo anterior también será aplicable cuando el Titular solicite a Afirme la terminación de cualquier operación activa que tenga con otras entidades financieras. En caso de terminación del Contrato, Afirme procederá a cancelar sin su responsabilidad en la fecha de la solicitud de terminación, el cobro de cualquier producto o servicio asociado, incluyendo el servicio de domiciliación, con independencia de quién conserve la autorización de los cargos correspondientes, y dará por terminado cualquier producto o servicio adicional necesariamente vinculado al producto principal de que trate, que no pueda subsistir sin éste últimoEste seguro terminará, en el momento que suceda alguno de los siguientes hechos: a) Fallecimiento del Asegurado. b) Solicitud por parte del Asegurado del Retiro o Traspaso total del Valor Ahorrado con Cargo a la Póliza conforme a lo señalado en el numeral 8.7 del Artículo 8°. c) Cuando producto de la readecuación del Capital Asegurado que se produce en el evento previsto en el párrafo tercero de la letra a) del numeral 8.7 del Artículo 8°, el Capital Asegurado remanente es inferior al monto mínimo señalado para estos efectos en las Condiciones Particulares. d) Cuando, transcurrido el período xx xxxxxx definido en el numeral 8.1 del Artículo 8°, el Asegurado no haya pagado una Prima suficiente para mantener un Valor de Ahorro Efectivo con Cargo a la Póliza mayor a cero (0), cuyo monto permita cubrir a lo menos los Costos de Cobertura y Gastos de la Póliza que se encuentren impagos. Terminado el seguro por el hecho recién descrito, si en ese momento se mantuviese saldo en la Cuenta de Bonificación Fiscal se procederá según lo dispone el numeral 8.4 del Artículo 8° de este Contrato de Seguro. e) Cuando el Asegurado cumpla la Edad Actuarial que se indica en las Condiciones Particulares, quedando en dicho momento obligado a solicitar el Retiro o Traspaso total del Valor Ahorrado con Cargo a la Póliza. f) Pago de la indemnización contemplada en alguna cláusula adicional a este Contrato de Seguro contratada por el Asegurado y que conforme a la misma provoque el término anticipado del Contrato de Seguro principal. g) Si la Compañía deja de cumplir con los requisitos establecidos en el Título I de la Norma de Carácter Xxxxxxx X° 000 xx xx Xxxxxxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxx y Seguros; o, por cualquier otra causa se ve inhabilitada para continuar con las operaciones autorizadas por esta norma. En el evento de producirse el término de la vigencia del Contrato de Seguro, por ocurrir alguno de los hechos establecidos en las letras b), c), d), e) y g) de este Artículo; o, por el incumplimiento por parte del Asegurado de la carga contractual establecida en el Artículo 5° precedente, la Compañía deberá dar aviso de término al Asegurado mediante carta enviada al domicilio de éste y que se haya señalado en las Condiciones Particulares de la Póliza, con 30 días corridos de anticipación a la fecha de término, contados desde la fecha de despacho de la citada carta. La Compañía quedará obligada a solicitar a la Administradora que se inscriban en el Registro de Partícipes a nombre del Asegurado, las Cuotas correspondientes al saldo del Valor Ahorrado con Cargo a la Póliza existente a dicha fecha, las cuales continuarán manteniendo su naturaleza jurídica de Ahorro Previsional Voluntario. Si el término de la vigencia del Contrato de Seguro se produce como consecuencia del fallecimiento del Asegurado por alguna de las causas establecidas en el Artículo 3° precedente, se seguirá el mismo procedimiento indicado en el párrafo séptimo, octavo y noveno del Artículo 9° del este Contrato de Seguro. En lo que respecta al saldo de la Cuenta de Bonificación Fiscal, éste será devuelto a la Tesorería General de la República o la Compañía lo traspasará a la cuenta de capitalización individual del Asegurado en la respectiva Administradora de Fondos de Pensiones, según lo indica el Artículo 9° del Contrato de Seguro. La Compañía deberá solicitar a la Administradora la inscripción antes referida, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles de producidas las situaciones referidas e informar de lo anterior mediante una carta certificada dirigida en tal sentido al domicilio del Asegurado registrado en la Compañía, la cual contendrá el detalle del número de Cuotas de propiedad del Asegurado, del o de los fondos en que se encuentran invertidos y el nombre, dirección y persona de contacto en la Administradora. En el evento de fallecimiento del Asegurado por terminado alguna de las causas establecidas en el presente ContratoArtículo 3° de este Contrato de Seguro, los recursos originados en Depósitos de Ahorro Previsional Voluntario, cotizaciones voluntarias o ahorro previsional voluntario colectivo, acogidos a lo dispuesto en el número 1 del artículo 42 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta, que la Compañía deba pagar a los Beneficiarios a causa del fallecimiento del Asegurado estarán gravados con un impuesto de un 15%, según lo establece el número 3 del artículo 42 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta, en aquella parte que no se haya destinado a financiar costos de cobertura. FinalmenteEste monto será retenido por la Compañía al momento de efectuar el pago de tales recursos, Afirme deberá abstenerse y enterado en arcas fiscales. La tasa del 15% del impuesto señalado se aplicará, respecto de condicionar los aportes acogidos al número 1 del artículo 42 bis de la terminación Ley sobre Impuesto a la Renta, sobre el Valor de Ahorro Efectivo con Cargo a la Póliza acumulado por el Asegurado, susceptible de ser retirado. El impuesto antes mencionado no se aplicara cuando los Beneficiarios del Contrato de Xxxxxx opten por destinar tales recursos a la devolución cuenta de capitalización individual del contrato que obre en poder del Titular, y no podrá cobrar comisión o penalización alguna por la terminación anticipadaAsegurado.

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Samples: Insurance Policy, Insurance Policy

VIGENCIA Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO. El presente Este Contrato tendrá una vigencia indefinida de un año, contado a partir de la fecha de su firmafirma siendo prorrogable por periodos iguales en forma automática y sucesivamente, hasta que alguna de las PARTES manifieste por escrito su intención de darlo por terminado. El Titular contará con un periodo xx xxxxxx de 10 (diez) Días Hábiles posteriores a la firma del presente Contrato para cancelarlo siempre y cuando no haya utilizado las Tarjetas o dispuesto de su línea de crédito. En dicho casoCLIENTE, Afirme no cobrará ninguna comisiónpodrá solicitar, volviendo las cosas al estado en que se encontraban antes de la firma del Contrato, sin responsabilidad alguna para el Titular. Además, el Titular podrá solicitar en todo cualquier momento, la terminación del presente Contrato, bastando . Para el producto de apertura de crédito en cuenta corriente la relación jurídica derivada de los recursos previamente dispuestos únicamente subsistirá y continuará en vigor para efectos del pago del principal con los intereses y las Comisiones generadas e indicadas en el anexo de comisiones de ser el caso. Para tramitar la terminación del Contrato bastará para ello la presentación de una solicitud por escrito en cualquier sucursal de Afirmeteléfono, y cuando éste no cuente con sucursales para la atención al públicoMedios Electrónicos, podrá atenderse la solicitud de terminación o a través de Medios Electrónicos equipos, ópticos o de cualquier otra tecnologíatecnología que INVEX ponga a disposición del CLIENTE. En todo caso, Afirme proporcionará XXXXX deberá proporcionar al Titular CLIENTE un acuse de recibo y recibo, clave de confirmación o número de folio que identifique la solicitud de terminación y terminación. Así mismo, INVEX se cerciorará de la autenticidad y veracidad de la identidad del Titular, confirmando sus datos personalmente por vía telefónica o a través de medios electrónicos. El presente Contrato se dará por terminado el Día Hábil Bancario siguiente al de la presentación de la solicitud por parte del Titular, salvo CLIENTE que existan adeudos pendientes por cubrir por parte de éste, en cuyo caso, la terminación del Contrato se verificará una vez realizado el pago correspondiente, en términos de lo dispuesto en el presente párrafo, conservando la misma fecha de pago y condiciones que tenía previamente a su solicitud. Para tales efectos, Afirme dará a conocer al Titular el importe adeudado a más tardar el día hábil siguiente y dentro de un plazo de 5 (Cinco) Días Hábiles Bancarios contados a partir de la presentación de formule la solicitud de terminación pondrá a su disposición dicho dato en la sucursal respectiva, mediante datos biométricos, identificación oficial vigente, cuestionarios de su elección, para que una validación de datos o cualquier otra tecnología o medio. Una vez liquidados los adeudos se dé por terminado el Contrato. No obstante realizado lo anterior, las Tarjetas se cancelarán en INVEX: i) Cancelará la fecha Tarjeta de presentación Débito o Tarjeta de la solicitud y Afirme bloqueará la línea de crédito correspondiente cesando desde ese momento la responsabilidad del Titular y en su caso, de los Tarjetahabientes Adicionales, por lo que estos deberán Crédito vinculada(s) según aplique para el producto contratado. El CLIENTE deberá hacer entrega de las Tarjetas esta o éstas o manifestar por escrito y bajo protesta de decir verdad, que fueron destruidas o que no cuentan cuenta con ellas. Afirme rechazará , por lo que no podrá hacer disposición alguna de dichos medios de disposición a partir de esa fecha; ii) Rechazará cualquier disposición que pretenda efectuarse efectuar el CLIENTE con posterioridad a la cancelación de los Medios de Disposiciónla tarjeta. En consecuencia, no se podrán hacer nuevos cargos adicionales a partir del momento en que se realice la cancelación, excepto los ya generados, pero no reflejados a dicha fecha. Asimismo, Afirme cancelaráreflejados; iii) Cancelará, sin su responsabilidad, el cobro de algún producto o servicio asociado, así como de los servicios de Cargos Recurrentes domiciliación (cuenta de depósito) o cargos recurrentes (crédito en cuenta corriente) según sea el caso, en la fecha de la solicitud de terminación, con independencia de quién conserve la autorización de los cargos correspondientes En correspondientes; iv) Se abstendrá de condicionar la terminación del Contrato a cualquier otro acto no previsto en el Contrato respectivo; v) Se abstendrá de cobrar al CLIENTE Comisión o penalización por la terminación del Contrato, y vi) Tratándose de la contratación de un producto o servicio adicional y necesariamente vinculado al principal, es decir, que no pueda subsistir sin éste, en el momento en que se dé por terminado el Contrato principal, se darán por terminados los productos o servicios adicionales. i) INVEX dará por terminado el Contrato a más tardar el Día Hábil siguiente a aquél en que reciba la solicitud si no existen adeudos por parte del CLIENTE. De lo contrario, INVEX, a más tardar el Día Hábil siguiente al de la recepción de la solicitud, comunicará al CLIENTE el importe de los adeudos y dentro de los 05 (cinco) Días Hábiles siguientes al de la recepción de su solicitud, pondrá a su disposición dicho dato a determinada fecha mediante un comunicado por cualquier medio y/o formas detalladas en la cláusula de “Comunicaciones” del presente Contrato y una vez liquidados los adeudos se dará por terminado el Contrato. ii) INVEX entregará al CLIENTE cualquier saldo que éste tenga a su favor, en su caso, por cualquier medio disponible, o por transferencia electrónica a una cuenta que el CLIENTE designe aperturada en INVEX o en cualquier otra entidad financiera, en la fecha en que se dé por terminada la presente operación relación contractual. iii) Realizado el pago total por parte del CLIENTE, INVEX pondrá a disposición del CLIENTE dentro de créditolos 10 (diez) Días Hábiles a partir de que se hubiera realizado el pago de los adeudos o en la siguiente fecha xx xxxxx, Afirme entregará el Estado de Cuenta o documento en el que conste el fin de la relación contractual y la inexistencia de adeudos derivados exclusivamente de dicha relación. INVEX reportará a las Sociedades de Información Crediticia el cierre del crédito en cuenta corriente sin adeudo alguno dentro de los plazos establecidos por la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia. iv) En tanto no sea liquidada la totalidad de los adeudos, la terminación del Contrato no surtirá efectos; sin embargo, INVEX no podrá efectuar cargos adicionales, con excepción de los cargos ya generados, pero no reflejados y Comisiones por incumplimiento de pago que correspondan conforme al Titular cualquier saldo que éste tenga a su favoranexo de comisiones, por cualquier medio que el Titular indique, deduciendo en su caso, cualquier cantidad que, en términos del presente contrato, puedan resultar a cargo del Titular. Realizado el pago por parte del Titular a satisfacción de Afirme, éste deberá poner a disposición del Titular un documento, o bien un estado de cuenta, que dé constancia del fin de la relación contractual, de la cancelación de así como los derechos y obligaciones derivados del presente Contrato intereses que se da por terminado y de la inexistencia de adeudos entre las Partes. Asimismo, Afirme reportará a las sociedades de información crediticia generen hasta el momento en que la cuenta está cerrada sin adeudo alguno dentro el CLIENTE liquide el saldo total del plazo que para tales efectos señala la normatividad aplicablecrédito. El Titular CLIENTE conservará la misma fecha de pago y condiciones que tenía previamente a la solicitud de terminación. v) El CLIENTE podrá también solicitar por escrito la terminación del presente Contrato por conducto de otra entidad financiera que se denominará receptora(Entidad Receptora) la cual, para lo cual el Titular en su caso de ser procedente, deberá de convenir con dicha entidad financiera receptora que ésta última realice los trámites necesarios para dar por terminado por abrir una cuenta y a nombre del Titular, la línea de crédito con Afirme. La entidad financiera receptora deberá CLIENTE y comunicar a Afirme INVEX su compromiso sobre la veracidad y legitimidad de la instrucción de terminación por parte del TitularCLIENTE, así como remitir los documentos originales, en el entendido de los que en caso de que el Titular objete conste la terminación del Contrato por no haber otorgado la autorización respectiva, será responsabilidad manifestación de la entidad financiera receptoravoluntad del CLIENTE de dar por terminada la relación contractual con INVEX. La entidad financiera receptora deberá liquidar a Afirme Entidad Receptora liquidará el adeudo del TitularCLIENTE, convirtiéndose en acreedora del mismo por el importe correspondiente, y llevará a cabo los trámites respectivos, bajo su responsabilidad y sin cobro de comisión Comisión alguna por tales gestiones. Para efectos del trámite anterior, Afirme requerirá . i) Requerir al Titular la CLIENTE confirmación de haber solicitado a la institución financiera receptora Entidad Receptora el servicio de cancelación y en su caso transferencia de recursos, recursos a través de los datos de localización que tenga convenidos con Afirme, como el domicilio, correo electrónico o teléfono(sINVEX; ii) que el Titular hubiese proporcionado a Afirme. Adicionalmente, Afirme dará Dar a conocer a la institución financiera receptoraEntidad Receptora, la información respecto al saldo y aquella que resulte necesaria para la terminación del presente Contrato; iii) Una vez realizado el retiro del saldo, INVEX renunciará a sus derechos de cobro residuales, que pudieran subsistir después del momento de la cancelación. La relación contractual del Titular con Afirme se dará por terminada una vez que se transfieran los recursos a Afirme para liquidar el adeudo del Titular, extinguiéndose a A partir de dicho momento la transferencia de los recursos, se extinguen los derechos y obligaciones del presente Contrato. Lo anterior también será aplicable cuando el Titular solicite a Afirme la terminación de cualquier operación activa que tenga con otras entidades financieras. En caso de terminación del ContratoContrato cancelado, Afirme procederá a cancelar sin su responsabilidad en la fecha de la solicitud de terminación, el cobro de cualquier producto o servicio asociado, incluyendo el servicio de domiciliación, con independencia de quién conserve la autorización de los cargos correspondientes, y dará por terminado cualquier producto o servicio adicional necesariamente vinculado al producto principal de que trate, que no pueda subsistir sin éste último, en el momento en que se dé por terminado el presente Contrato. Finalmente, Afirme deberá abstenerse de condicionar la terminación del Contrato a la devolución del contrato que obre en poder del Titular, y no podrá cobrar comisión o penalización alguna por la terminación anticipada.y

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Samples: Contrato Múltiple De Productos

VIGENCIA Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO. El presente Contrato tendrá una La vigencia indefinida a partir de su firma. El Titular contará con un periodo xx xxxxxx de 10 (diez) Días Hábiles posteriores a la firma del presente Contrato es por el tiempo necesario para cancelarlo siempre y cuando no haya utilizado las Tarjetas o dispuesto de su línea de crédito. En dicho casoel pago del Crédito, Afirme no cobrará ninguna comisión, volviendo las cosas al estado según los pagos parciales establecidos en que se encontraban antes de la firma Carátula del Contrato, sin responsabilidad alguna para el Titular. Además, el Titular podrá solicitar en todo momento, la terminación del presente Contrato, bastando para ello la presentación de una solicitud por escrito en cualquier sucursal de Afirme, y cuando éste no cuente con sucursales para la atención al público, podrá atenderse la solicitud de terminación a través de Medios Electrónicos o de cualquier otra tecnología. En todo caso, Afirme proporcionará al Titular un acuse de recibo y clave de confirmación o número de folio que identifique la solicitud de terminación y se cerciorará de la autenticidad y veracidad de la identidad del Titular, confirmando sus datos personalmente por vía telefónica o a través de medios electrónicos. El presente Contrato se dará por terminado el Día Hábil Bancario siguiente al de la presentación de la solicitud por parte del Titular, salvo que existan adeudos pendientes por cubrir hasta su entera satisfacción por parte de ésteEL PROVEEDOR; no obstante, cualquiera de las Partes podrá dar por rescindido y cancelado el presente Contrato de conformidad con lo establecido en cuyo caso, la terminación presente cláusula. Son causas de recisión del presente Contrato se verificará una vez realizado el pago correspondiente, en términos las siguientes: 1. El incumplimiento por cualquier de lo dispuesto las Partes a las obligaciones establecidas en el presente párrafoContrato; 2. En caso de que cualquier de las Partes se declare o sea declarado en quiebra, conservando la misma fecha suspensión de pago y condiciones que tenía previamente pagos, concurso mercantil o pretenda suspender sus actividades mediante disolución o liquidación; 3. En caso de que, por causas ajenas a su solicitud. Para tales efectosvoluntad, Afirme dará a conocer al Titular el importe adeudado a más tardar el día hábil siguiente y dentro de un plazo de 5 (Cinco) Días Hábiles Bancarios contados a partir de la presentación de la solicitud de terminación pondrá a su disposición dicho dato en la sucursal de su elección, EL PROVEEDOR se encuentre imposibilitado para que una vez liquidados los adeudos se dé por terminado el Contrato. No obstante lo anterior, las Tarjetas se cancelarán en la fecha de presentación de la solicitud y Afirme bloqueará la línea de crédito correspondiente cesando desde ese momento la responsabilidad del Titular y en su caso, de los Tarjetahabientes Adicionales, por lo que estos deberán hacer entrega de las Tarjetas o manifestar por escrito y bajo protesta de decir verdad, que fueron destruidas o que no cuentan con ellas. Afirme rechazará cualquier disposición que pretenda efectuarse con posterioridad a la cancelación de los Medios de Disposición. En consecuencia, no se podrán hacer nuevos cargos adicionales a partir del momento en que se realice la cancelación, excepto los ya generados, pero no reflejados a dicha fecha. Asimismo, Afirme cancelará, sin su responsabilidad, prestar los servicios de Cargos Recurrentes la forma y términos convenidos en la fecha el presente Contrato; 4. Cuando EL CONSUMIDOR utilice el servicio con fines contrarios a los señalados en las leyes o disposiciones legales, y 5. Cuando no se alcance a cubrir el adeudo que presente EL CONSUMIDOR. Son causas de la solicitud de terminación, con independencia de quién conserve la autorización de los cargos correspondientes En la fecha en que se dé por terminada la presente operación de crédito, Afirme entregará al Titular cualquier saldo que éste tenga a su favor, por cualquier medio que el Titular indique, deduciendo en su caso, cualquier cantidad que, en términos cancelación del presente contrato, puedan resultar a cargo del TitularContrato las siguientes: 1. Realizado Cuando cualquiera de las partes ceda sin el pago por parte del Titular a satisfacción de Afirme, éste deberá poner a disposición del Titular un documento, o bien un estado de cuenta, que dé constancia del fin de la relación contractual, de la cancelación de consentimiento expreso los derechos y obligaciones derivados derivadas del presente Contrato Contrato. 2. En caso de que el producto ofrecido por EL PROVEEDOR sufriese modificación alguna, respecto a las características y/o contenido de los mismos, éstas deben ser notificadas a EL CONSUMIDOR al menos con 15 días naturales de anticipación que se da por terminado y lleve a cabo dicha modificación. En caso de que la modificación implique un aumento y/o disminución en los servicios originalmente contratados, EL CONSUMIDOR podrá solicitar la cancelación en términos de la inexistencia de adeudos entre las Partes. Asimismo, Afirme reportará a las sociedades de información crediticia que la cuenta está cerrada sin adeudo alguno dentro del plazo que para tales efectos señala la normatividad aplicable. El Titular podrá también solicitar por escrito la terminación Cláusula Décima Cuarta del presente Contrato Contrato. En caso de presentarse las causales de recisión y/o cancelación mencionada anteriormente, EL PROVEEDOR notificará al CLIENTE por conducto de otra entidad financiera que se denominará receptoracorreo electrónico dicho incumplimiento, para lo cual que subsane el Titular deberá de convenir con dicha entidad financiera receptora que ésta última realice los trámites necesarios para dar por terminado por cuenta mismo en un plazo no mayor 15 (quince) días naturales a partir del día siguiente a la notificación. Una vez transcurrido el plazo anterior y nombre del Titular, la línea de crédito con Afirme. La entidad financiera receptora deberá comunicar a Afirme su compromiso sobre la veracidad y legitimidad de la instrucción de terminación por parte del Titular, en el entendido de que en caso de que EL CONSUMIDOR en incumplimiento no subsane la causa, se entenderá rescindido el Titular objete Contrato sin necesidad de declaración judicial, surtiendo la terminación del Contrato por no haber otorgado la autorización respectiva, será responsabilidad recisión sus efectos de la entidad financiera receptora. La entidad financiera receptora deberá liquidar a Afirme el adeudo del Titular, convirtiéndose en acreedora del mismo por el importe correspondiente, y llevará a cabo los trámites respectivos, bajo su responsabilidad y sin cobro de comisión alguna por tales gestiones. Para efectos del trámite anterior, Afirme requerirá al Titular la confirmación de haber solicitado a la institución financiera receptora el servicio de cancelación y transferencia de recursos, a través de los datos de localización que tenga convenidos con Afirme, como el domicilio, correo electrónico o teléfono(s) que el Titular hubiese proporcionado a Afirme. Adicionalmente, Afirme dará a conocer a la institución financiera receptora, la información respecto al saldo y aquella que resulte necesaria para la terminación del presente Contrato. La relación contractual del Titular con Afirme se dará por terminada una vez que se transfieran los recursos a Afirme para liquidar el adeudo del Titular, extinguiéndose a partir de dicho momento los derechos y obligaciones del presente Contrato. Lo anterior también será aplicable cuando el Titular solicite a Afirme la terminación de cualquier operación activa que tenga con otras entidades financieras. En caso de terminación del Contrato, Afirme procederá a cancelar sin su responsabilidad en la fecha de la solicitud de terminación, el cobro de cualquier producto o servicio asociado, incluyendo el servicio de domiciliación, con independencia de quién conserve la autorización de los cargos correspondientes, y dará por terminado cualquier producto o servicio adicional necesariamente vinculado al producto principal de que trate, que no pueda subsistir sin éste último, en el momento en que se dé por terminado el presente Contrato. Finalmente, Afirme deberá abstenerse de condicionar la terminación del Contrato a la devolución del contrato que obre en poder del Titular, y no podrá cobrar comisión o penalización alguna por la terminación anticipadapleno derecho.

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Samples: Contrato De Apertura De Crédito

VIGENCIA Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO. El presente Contrato tendrá una La vigencia indefinida a partir de su firma. El Titular contará con un periodo xx xxxxxx de 10 (diez) Días Hábiles posteriores a la firma del presente Contrato para cancelarlo siempre será indeterminada; no obstante, cualquiera de las Partes podrá dar por rescindido y cuando no haya utilizado las Tarjetas o dispuesto de su línea de crédito. En dicho caso, Afirme no cobrará ninguna comisión, volviendo las cosas al estado en que se encontraban antes de la firma del Contrato, sin responsabilidad alguna para cancelado el Titular. Además, el Titular podrá solicitar en todo momento, la terminación del presente Contrato, bastando para ello ya de común acuerdo, o bien de conformidad con las causales de rescisión establecidas en la presentación presente cláusula. Son causas de una solicitud por escrito en cualquier sucursal de Afirme, y cuando éste no cuente con sucursales para la atención al público, podrá atenderse la solicitud de terminación a través de Medios Electrónicos o de cualquier otra tecnología. En todo caso, Afirme proporcionará al Titular un acuse de recibo y clave de confirmación o número de folio que identifique la solicitud de terminación y se cerciorará de la autenticidad y veracidad de la identidad rescisión del Titular, confirmando sus datos personalmente por vía telefónica o a través de medios electrónicospresente Contrato las siguientes: 1. El presente Contrato se dará incumplimiento por terminado el Día Hábil Bancario siguiente al cualquier de la presentación de la solicitud por parte del Titular, salvo que existan adeudos pendientes por cubrir por parte de éste, en cuyo caso, la terminación del Contrato se verificará una vez realizado el pago correspondiente, en términos de lo dispuesto las Partes a las obligaciones establecidas en el presente párrafoContrato; 2. En caso de que cualquier de las Partes se declare o sea declarado en quiebra, conservando la misma fecha suspensión de pago y condiciones que tenía previamente pagos, concurso mercantil o pretenda suspender sus actividades mediante disolución o liquidación; 3. En caso de que, por causas ajenas a su solicitud. Para tales efectosvoluntad, Afirme dará a conocer al Titular el importe adeudado a más tardar el día hábil siguiente y dentro de un plazo de 5 (Cinco) Días Hábiles Bancarios contados a partir de la presentación de la solicitud de terminación pondrá a su disposición dicho dato en la sucursal de su elección, EL PROVEEDOR se encuentre imposibilitado para que una vez liquidados los adeudos se dé por terminado el Contrato. No obstante lo anterior, las Tarjetas se cancelarán en la fecha de presentación de la solicitud y Afirme bloqueará la línea de crédito correspondiente cesando desde ese momento la responsabilidad del Titular y en su caso, de los Tarjetahabientes Adicionales, por lo que estos deberán hacer entrega de las Tarjetas o manifestar por escrito y bajo protesta de decir verdad, que fueron destruidas o que no cuentan con ellas. Afirme rechazará cualquier disposición que pretenda efectuarse con posterioridad a la cancelación de los Medios de Disposición. En consecuencia, no se podrán hacer nuevos cargos adicionales a partir del momento en que se realice la cancelación, excepto los ya generados, pero no reflejados a dicha fecha. Asimismo, Afirme cancelará, sin su responsabilidad, prestar los servicios de Cargos Recurrentes la forma y términos convenidos en la fecha el presente Contrato; 4. Cuando EL CONSUMIDOR utilice el servicio con fines contrarios a los señalados en las leyes o disposiciones legales, y 5. Cuando no se alcance a cubrir el adeudo que presente EL CONSUMIDOR. Son causas de la solicitud de terminación, con independencia de quién conserve la autorización de los cargos correspondientes En la fecha en que se dé por terminada la presente operación de crédito, Afirme entregará al Titular cualquier saldo que éste tenga a su favor, por cualquier medio que el Titular indique, deduciendo en su caso, cualquier cantidad que, en términos cancelación del presente contrato, puedan resultar a cargo del TitularContrato las siguientes: 1. Realizado Cuando EL CONSUMIDOR ceda sin el pago por parte del Titular a satisfacción consentimiento expreso de Afirme, éste deberá poner a disposición del Titular un documento, o bien un estado de cuenta, que dé constancia del fin de la relación contractual, de la cancelación de EL PROVEEDOR los derechos y obligaciones derivados derivadas del presente Contrato Contrato. 2. En caso de que el producto ofrecido por EL PROVEEDOR sufriese modificación alguna, respecto a las características y/o contenido de los mismos, éstas deben ser notificadas a EL CONSUMIDOR al menos con 30 días naturales de anticipación que se da por terminado y lleve a cabo dicha modificación. En caso de que la modificación implique un aumento y/o disminución en los servicios originalmente contratados, EL CONSUMIDOR podrá solicitar la cancelación en términos de la inexistencia de adeudos entre las Partes. Asimismo, Afirme reportará a las sociedades de información crediticia que la cuenta está cerrada sin adeudo alguno dentro del plazo que para tales efectos señala la normatividad aplicable. El Titular podrá también solicitar por escrito la terminación Cláusula Décima Cuarta del presente Contrato Contrato. En caso de presentarse las causales de rescisión y/o cancelación mencionadas anteriormente, EL PROVEEDOR lo notificará al CLIENTE por conducto de otra entidad financiera que se denominará receptoracorreo electrónico, para lo cual que subsane el Titular deberá de convenir con dicha entidad financiera receptora que ésta última realice los trámites necesarios para dar por terminado por cuenta mismo en un plazo no mayor 15 (quince) días naturales a partir del día siguiente a la notificación. Una vez transcurrido el plazo anterior y nombre del Titular, la línea de crédito con Afirme. La entidad financiera receptora deberá comunicar a Afirme su compromiso sobre la veracidad y legitimidad de la instrucción de terminación por parte del Titular, en el entendido de que en caso de que EL CONSUMIDOR en incumplimiento no subsane la causa, se entenderá rescindido el Titular objete Contrato sin necesidad de declaración judicial, surtiendo la terminación del Contrato por no haber otorgado la autorización respectiva, será responsabilidad rescisión sus efectos de la entidad financiera receptora. La entidad financiera receptora deberá liquidar a Afirme el adeudo del Titular, convirtiéndose en acreedora del mismo por el importe correspondiente, y llevará a cabo los trámites respectivos, bajo su responsabilidad y sin cobro de comisión alguna por tales gestiones. Para efectos del trámite anterior, Afirme requerirá al Titular la confirmación de haber solicitado a la institución financiera receptora el servicio de cancelación y transferencia de recursos, a través de los datos de localización que tenga convenidos con Afirme, como el domicilio, correo electrónico o teléfono(s) que el Titular hubiese proporcionado a Afirme. Adicionalmente, Afirme dará a conocer a la institución financiera receptora, la información respecto al saldo y aquella que resulte necesaria para la terminación del presente Contrato. La relación contractual del Titular con Afirme se dará por terminada una vez que se transfieran los recursos a Afirme para liquidar el adeudo del Titular, extinguiéndose a partir de dicho momento los derechos y obligaciones del presente Contrato. Lo anterior también será aplicable cuando el Titular solicite a Afirme la terminación de cualquier operación activa que tenga con otras entidades financieras. En caso de terminación del Contrato, Afirme procederá a cancelar sin su responsabilidad en la fecha de la solicitud de terminación, el cobro de cualquier producto o servicio asociado, incluyendo el servicio de domiciliación, con independencia de quién conserve la autorización de los cargos correspondientes, y dará por terminado cualquier producto o servicio adicional necesariamente vinculado al producto principal de que trate, que no pueda subsistir sin éste último, en el momento en que se dé por terminado el presente Contrato. Finalmente, Afirme deberá abstenerse de condicionar la terminación del Contrato a la devolución del contrato que obre en poder del Titular, y no podrá cobrar comisión o penalización alguna por la terminación anticipadapleno derecho.

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Samples: Contrato De Apertura De Crédito

VIGENCIA Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO. 11.1. El Contrato entrará en vigor en el momento en el que el Arrendatario acepte las presentes Condiciones, circunstancia que se entenderá producida mediante el uso de la Aplicación o de la Web o clicando “Acepto” cuando sea solicitado junto con estas Condiciones. 11.2. El Contrato tendrá duración indefinida y finalizará por cualquiera de las causas de terminación establecidas en las presentes Condiciones. 11.3. El Arrendatario podrá resolver el Contrato en cualquier momento cursando la baja de su Cuenta conforme al procedimiento establecido al efecto en la propia Aplicación o en la Web. 11.4. BleeMove podrá resolver el presente Contrato tendrá una vigencia indefinida a partir en cualquier momento, de forma inmediata, dando de baja, consecuentemente, la Cuenta, por: 11.4.1.Incumplimiento por parte del Arrendatario de su firmaobligación de abonar a BleeMove cualquier cantidad económica derivada de este Contrato. El Titular contará con un periodo xx xxxxxx 11.4.2.Incumplimiento por parte del Arrendatario de 10 (diez) Días Hábiles posteriores cualquiera de las manifestaciones y garantías recogidas en las presentes Condiciones, o falsedad, total o parcial, de las mismas. 11.4.3.Incumplimiento por parte del Arrendatario de las condiciones de uso de la Aplicación o de la Web. 11.4.4.Mal uso de los Vehículos por el Arrendatario. 11.4.5.Incumplimiento sustancial por parte del Arrendatario de cualesquiera otras disposiciones establecidas en las presentes Condiciones, distintas de las mencionadas en los puntos anteriores. 11.5. Los derechos del Arrendatario derivados de la Licencia de Uso terminarán automáticamente sin preaviso si el Arrendatario incumpliera cualquiera de sus obligaciones establecidas en las presente Condiciones. A la terminación de la Licencia de Uso el Arrendatario cesará todo uso de la Aplicación y de la Web, y desinstalará y eliminará permanentemente todas las copias, totales o parciales, de la misma 11.6. La resolución del Contrato por XxxxXxxx en base a la firma del presente Contrato para cancelarlo siempre cualquiera de los supuestos anteriormente mencionados, no exime al Arrendatario de las obligaciones de indemnización por daños y cuando no haya utilizado las Tarjetas o dispuesto de su línea de crédito. En dicho caso, Afirme no cobrará ninguna comisión, volviendo las cosas al estado perjuicios en que se encontraban antes incurra o pudiera haber incurrido como consecuencia del incumplimiento de la firma del Contrato, sin responsabilidad alguna para el Titular. Además, el Titular podrá solicitar en todo momento, la terminación del presente Contrato, bastando para ello la presentación de una solicitud por escrito en cualquier sucursal de Afirme, y cuando éste no cuente con sucursales para la atención al público, podrá atenderse la solicitud de terminación a través de Medios Electrónicos o de cualquier otra tecnologíalas presentes Condiciones. 11.7. En todo caso, Afirme proporcionará al Titular un acuse de recibo y clave de confirmación o número de folio que identifique la solicitud de terminación y el Contrato se cerciorará entenderá resuelto automáticamente cuando se produzca el cierre de la autenticidad y veracidad Aplicación o de la identidad del TitularWeb, confirmando así como consecuencia el cese de BleeMove en la prestación de sus datos personalmente por vía telefónica o a través de medios electrónicosservicios. 11.8. El presente Contrato se dará por terminado el Día Hábil Bancario siguiente al de la presentación de la solicitud por parte del TitularNo obstante, salvo que existan adeudos pendientes por cubrir por parte de éste, en cuyo caso, la terminación del Contrato se verificará una vez realizado el pago correspondiente, en términos de lo dispuesto en el presente párrafo, conservando la misma fecha las obligaciones de pago y condiciones que tenía previamente a su solicitud. Para tales efectos, Afirme dará a conocer al Titular el importe adeudado a más tardar el día hábil siguiente y dentro de un plazo de 5 (Cinco) Días Hábiles Bancarios contados a partir de la presentación de la solicitud de terminación pondrá a su disposición dicho dato en la sucursal de su elección, para que una vez liquidados los adeudos se dé por terminado el Contrato. No obstante lo anterior, las Tarjetas se cancelarán en la fecha de presentación de la solicitud y Afirme bloqueará la línea de crédito correspondiente cesando desde ese momento la responsabilidad del Titular y en su caso, de los Tarjetahabientes Adicionales, por lo que estos deberán hacer entrega de las Tarjetas o manifestar por escrito y bajo protesta de decir verdad, que fueron destruidas o que no cuentan con ellas. Afirme rechazará cualquier disposición que pretenda efectuarse con posterioridad a la cancelación de los Medios de Disposición. En consecuencia, no se podrán hacer nuevos cargos adicionales a partir del momento en que se realice la cancelación, excepto los ya generados, pero no reflejados a dicha fecha. Asimismo, Afirme cancelará, sin su responsabilidad, los servicios de Cargos Recurrentes en la fecha de la solicitud de terminación, con independencia de quién conserve la autorización de los cargos correspondientes En la fecha en que se dé por terminada la presente operación de crédito, Afirme entregará al Titular cualquier saldo que éste tenga a su favor, por cualquier medio que el Titular indique, deduciendo en su caso, cualquier cantidad que, en términos del presente contrato, puedan resultar a cargo del Titular. Realizado el pago Arrendatario por parte del Titular a satisfacción de Afirme, éste deberá poner a disposición del Titular un documento, alquiler devengadas o bien un estado de cuenta, que dé constancia del fin cargos adicionales generados serán exigibles aún después de la relación contractual, de la cancelación de los derechos y obligaciones derivados del presente Contrato que se da por terminado y de la inexistencia de adeudos entre las Partes. Asimismo, Afirme reportará a las sociedades de información crediticia que la cuenta está cerrada sin adeudo alguno dentro del plazo que para tales efectos señala la normatividad aplicable. El Titular podrá también solicitar por escrito la terminación del presente Contrato por conducto de otra entidad financiera que se denominará receptora, para lo cual el Titular deberá de convenir con dicha entidad financiera receptora que ésta última realice los trámites necesarios para dar por terminado por cuenta y nombre del Titular, la línea de crédito con Afirme. La entidad financiera receptora deberá comunicar a Afirme su compromiso sobre la veracidad y legitimidad de la instrucción de terminación por parte del Titular, en el entendido de que en caso de que el Titular objete la terminación del Contrato por no haber otorgado la autorización respectiva, será responsabilidad de la entidad financiera receptora. La entidad financiera receptora deberá liquidar a Afirme el adeudo del Titular, convirtiéndose en acreedora del mismo por el importe correspondiente, y llevará a cabo los trámites respectivos, bajo su responsabilidad y sin cobro de comisión alguna por tales gestiones. Para efectos del trámite anterior, Afirme requerirá al Titular la confirmación de haber solicitado a la institución financiera receptora el servicio de cancelación y transferencia de recursos, a través de los datos de localización que tenga convenidos con Afirme, como el domicilio, correo electrónico o teléfono(s) que el Titular hubiese proporcionado a Afirme. Adicionalmente, Afirme dará a conocer a la institución financiera receptora, la información respecto al saldo y aquella que resulte necesaria para la terminación del presente Contrato. La relación contractual del Titular con Afirme se dará por terminada una vez que se transfieran los recursos a Afirme para liquidar el adeudo del Titular, extinguiéndose a partir de dicho momento los derechos y obligaciones del presente Contrato. Lo anterior también será aplicable cuando el Titular solicite a Afirme la terminación de cualquier operación activa que tenga con otras entidades financieras. En caso de terminación terminación del Contrato, Afirme procederá a cancelar sin su responsabilidad en la fecha de la solicitud de terminación, el cobro de cualquier producto o servicio asociado, incluyendo el servicio de domiciliación, con independencia de quién conserve la autorización de los cargos correspondientes, y dará por terminado cualquier producto o servicio adicional necesariamente vinculado al producto principal de que trate, que no pueda subsistir sin éste último, en el momento en que se dé por terminado el presente Contrato. Finalmente, Afirme deberá abstenerse de condicionar la terminación del Contrato a la devolución del contrato que obre en poder del Titular, y no podrá cobrar comisión o penalización alguna por la terminación anticipada.

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Samples: Condiciones Generales De Contratación

VIGENCIA Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO. 1. Vigencia: El presente Contrato tendrá contrato de suscripción tiene una vigencia indefinida de doce (12) meses contados a partir del 1 de su firmadiciembre del año 2023, pudiendo renovarse por una sola vez conforme a las condiciones establecidas en el párrafo siguiente. El Titular contará con un periodo xx xxxxxx de 10 (diez) Días Hábiles posteriores Previo a la firma terminación del presente Contrato para cancelarlo siempre y cuando no haya utilizado las Tarjetas o dispuesto contrato eLibro dará aviso a la BCN con mínimo 60 días de su línea de crédito. En dicho caso, Afirme no cobrará ninguna comisión, volviendo las cosas al estado en que se encontraban antes antelación acerca de la firma del Contrato, sin responsabilidad alguna para el Titular. Además, el Titular podrá solicitar en todo momento, la terminación posibilidad de renovación del presente Contrato, bastando para ello dando cuenta en el aviso del ajuste en el valor del servicio, así como de eventuales ofertas o mejoras en la presentación de una solicitud suscripción mediante correo electrónico. Una vez producida la aceptación expresa y por escrito en cualquier sucursal de Afirme, y cuando éste no cuente con sucursales para la atención al público, podrá atenderse la solicitud de terminación a través de Medios Electrónicos o de cualquier otra tecnología. En todo caso, Afirme proporcionará al Titular un acuse de recibo y clave de confirmación o número de folio que identifique la solicitud de terminación y se cerciorará de la autenticidad y veracidad de la identidad del Titular, confirmando sus datos personalmente por vía telefónica o a través de medios electrónicos. El presente Contrato se dará por terminado el Día Hábil Bancario siguiente al de la presentación de la solicitud por parte del Titular, salvo que existan adeudos pendientes por cubrir por parte de éstela Biblioteca, en cuyo casoel contrato podrá ser renovado por el mismo período, previa firma de las partes del respectivo documento que dé cuenta de la terminación del Contrato se verificará una vez realizado renovación y el pago correspondiente, del precio correspondiente al nuevo período. 2. Terminación: Este Acuerdo podrá ser terminado en términos de lo dispuesto en el presente párrafo, conservando la misma fecha de pago y condiciones que tenía previamente a su solicitud. Para tales efectos, Afirme dará a conocer al Titular el importe adeudado a más tardar el día hábil siguiente y dentro de un plazo de 5 (Cinco) Días Hábiles Bancarios contados a partir de la presentación de la solicitud de terminación pondrá a su disposición dicho dato en la sucursal de su elección, para que cualquier momento por una vez liquidados los adeudos se dé por terminado el Contrato. No obstante lo anterior, las Tarjetas se cancelarán en la fecha de presentación de la solicitud y Afirme bloqueará la línea de crédito correspondiente cesando desde ese momento la responsabilidad del Titular y en su caso, de los Tarjetahabientes Adicionales, por lo que estos deberán hacer entrega de las Tarjetas o manifestar por escrito y bajo protesta de decir verdad, que fueron destruidas o que no cuentan con ellas. Afirme rechazará cualquier disposición que pretenda efectuarse con posterioridad a la cancelación de los Medios de Disposición. En consecuencia, no se podrán hacer nuevos cargos adicionales a partir del momento en que se realice la cancelación, excepto los ya generados, pero no reflejados a dicha fecha. Asimismo, Afirme cancelará, sin su responsabilidad, los servicios de Cargos Recurrentes en la fecha de la solicitud de terminaciónPartes, con independencia vigencia inmediata, si la otra Parte: a) se torna insolvente; b) hace una petición de quién conserve la autorización quiebra o bancarrota; c) altera alguna de los cargos correspondientes En la fecha en que se dé por terminada la presente operación de crédito, Afirme entregará al Titular cualquier saldo que éste tenga a su favor, por cualquier medio que el Titular indique, deduciendo en su caso, cualquier cantidad que, en términos del presente contrato, puedan resultar a cargo del Titular. Realizado el pago por parte del Titular a satisfacción de Afirme, éste deberá poner a disposición del Titular un documento, o bien un estado de cuenta, que dé constancia del fin de la relación contractual, de la cancelación de los derechos sus responsabilidades y obligaciones derivados del presente Contrato que se da por terminado y de la inexistencia de adeudos entre las Partes. Asimismo, Afirme reportará a las sociedades de información crediticia que la cuenta está cerrada sin adeudo alguno dentro del plazo que para tales efectos señala la normatividad aplicable. El Titular podrá también solicitar por escrito la terminación del presente Contrato por conducto de otra entidad financiera que se denominará receptora, para lo cual el Titular deberá de convenir con dicha entidad financiera receptora que ésta última realice los trámites necesarios para dar por terminado por cuenta y nombre del Titular, la línea de crédito con Afirme. La entidad financiera receptora deberá comunicar a Afirme su compromiso sobre la veracidad y legitimidad de la instrucción de terminación por parte del Titular, materiales contenidas en el entendido de que en caso de que el Titular objete la terminación del Contrato por no haber otorgado la autorización respectiva, será responsabilidad de la entidad financiera receptora. La entidad financiera receptora deberá liquidar a Afirme el adeudo del Titular, convirtiéndose en acreedora del mismo por el importe correspondiente, y llevará a cabo los trámites respectivos, bajo su responsabilidad y sin cobro de comisión alguna por tales gestiones. Para efectos del trámite anterior, Afirme requerirá al Titular la confirmación de haber solicitado a la institución financiera receptora el servicio de cancelación y transferencia de recursos, a través de los datos de localización que tenga convenidos con Afirme, como el domicilio, correo electrónico o teléfono(s) que el Titular hubiese proporcionado a Afirme. Adicionalmente, Afirme dará a conocer a la institución financiera receptora, la información respecto al saldo y aquella que resulte necesaria para la terminación del presente este Contrato. La relación contractual del Titular con Afirme se dará por terminada una vez que se transfieran los recursos a Afirme para liquidar el adeudo del Titular, extinguiéndose a partir de dicho momento los derechos y obligaciones del presente Contrato. Lo anterior también será aplicable cuando el Titular solicite a Afirme la terminación de cualquier operación activa que tenga con otras entidades financieras. En caso de terminación del Contrato, Afirme procederá a cancelar sin su responsabilidad en la fecha de la solicitud de terminación, el cobro de cualquier producto o servicio asociado, incluyendo el servicio de domiciliación, con independencia de quién conserve la autorización de los cargos correspondientes, y dará por terminado cualquier producto o servicio adicional necesariamente vinculado al producto principal de que trate, que no pueda subsistir sin éste último, en el momento en que se dé por terminado el presente Contrato. Finalmente, Afirme deberá abstenerse de condicionar la terminación del Contrato a la devolución del contrato que obre en poder del Titular, y no podrá cobrar comisión o penalización regresa al estado anterior dentro de los treinta (30) siguientes días a haber recibido comunicación escrita referente a dicha alteración. 3. Corte de Servicio por falta de pago: Una vez activado el servicio, la Biblioteca tendrá un plazo mínimo de pago, según sea el acordado por ambas partes. Si por alguna por razón, la terminación anticipadaBiblioteca no cumpliera con su compromiso de pago, eLibro anunciaría al menos en 3 ocasiones el cese del Servicio, dando un plazo razonable no mayor a los 15 días para que el cliente abonaré la factura correspondiente. Si la Biblioteca no cumpliera con el pago, el servicio será cortado, dando como resultado para su reactivación el pago del 10% adicional de monto de la factura original presentada. El No cumplimiento de este pago, impediría la restitución del Servicio.

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Samples: Contract for Subscription Renewal