ÁREA ARQUITECTÓNICA Cláusulas de Ejemplo

ÁREA ARQUITECTÓNICA. La Unidad Educativa del Milenio Tipología Mayor: ―Xxxxxxx Xxxxxx‖, para 1110 alumnos, está ubicada en la parroquia Malchinguí, del cantón Xxxxx Xxxxxxx, en la provincia de Pichincha. El acceso principal tiene un portal con diseño moderno en donde estará de manera permanente un guardia; el cerramiento principal tendrá una transparencia dada por la ubicación de tubos en una longitud considerable, y al mismo tiempo dará la seguridad al establecimiento. En los otros linderos se construirán paredes de bloque. Los Laboratorios, Bloques de Educación Inicial y Comedor están diseñados en una sola planta; únicamente el bloque de aulas para Educación General Básica y Bachillerato está diseñado en dos pisos para que los estudiantes realicen las actividades académicas en forma conjunta, además tomando en cuenta la política de inclusión social. La Biblioteca tiene la particularidad de estar ubicada estratégicamente para atender tanto al estudiante del establecimiento educativo, así como a la comunidad. Se ubicará el bloque de Aulas de acuerdo a los diseños de implantación particular de cada proyecto, con su respectiva grada. Los bloques de Educación Inicial serán independientes y cuentan con su área de recreación y baterías sanitarias. El bloque de Laboratorios de Tecnología e Idiomas será independiente con 2 aulas. Además para las actividades recreativas y deportivas existen una cancha de uso múltiple y una cancha de fulbito.
ÁREA ARQUITECTÓNICA. DESARROLLO
ÁREA ARQUITECTÓNICA. Se entregará un ante proyecto definitivo aprobado por el administrador de contrato, personal encargado del proyecto SECOB y persona encargada del Ministerio de Educación, para la cual se establecerá un cronograma de reuniones con el objetivo de dar cumplimiento seguimiento y aprobación del anteproyecto. Se realizará la entrega del proyecto definitivo, cumpliendo con todos los parámetros descritos anteriormente y con la entrega de productos que se detallan a continuación:  Levantamiento Topográfico y Planimétrico  Diseño Arquitectónico  Informe de diagnóstico  Memoria técnica arquitectónica y de derrocamiento, las cuales deben incluir: o Nombre del proyecto o Ubicación o Descripción del proyecto o Metodología de construcción de la UEM o Normas utilizadas Nota: El consultor deberá entregar las factibilidades necesarias para cada ingeniería, en esto caso para el área de arquitectura línea de fábrica (IRM), afectación y replanteo vial.  Planta baja  Planta alta  Implantación General  Planta de plataformas (incluir desniveles, gradas, rampas, taludes, etc.)  Cortes arquitectónicos  Elevaciones arquitectónicas  Diseño Arquitectónico  Con el objeto de optimizar el proceso de aceptación de la consultoría se prevé las siguientes propuestas de presentación.  Incluir dentro de una capeta llamada ARQUITECTURA las carpetas con los siguientes nombres: 1. Memorias 1.1. Adjuntar normativa CONADIS (accesibilidad de personas con discapacidad)
ÁREA ARQUITECTÓNICA. Los terrenos para la implantación de las Unidades Educativas del Milenio cuentan con factibilidad de electricidad, telefonía, Internet, agua potable y alcantarillado. El acceso principal tiene un portal con diseño moderno en donde estará de manera permanente un guardia; el cerramiento principal tendrá una transparencia dada por la ubicación de tubos en una longitud considerable, y al mismo tiempo dará la seguridad al establecimiento. En los otros linderos se construirán paredes de bloque. Las áreas Administrativa, Laboratorios, Bloques de Educación Inicial y Comedor están diseñados en una sola planta; únicamente los bloques de aulas para Educación General Básica y Bachillerato están diseñados en dos pisos para que los estudiantes realicen las actividades académicas en forma conjunta, además tomando en cuenta la política de inclusión social. La Biblioteca tiene la particularidad de estar ubicada estratégicamente para atender tanto al estudiante del establecimiento educativo, así como a la comunidad. Se ubicarán los bloques de Aulas de acuerdo a los diseños de implantación particular de cada proyecto, con su respectiva grada. Los bloques de Educación Inicial serán independientes y cuentan con su área de recreación y baterías sanitarias. El bloque de Laboratorios de Tecnología e Idiomas y de Quimica y Física serán bloques independientes de 2 aulas cada uno. Además, para las actividades recreativas y deportivas existen una cancha de uso múltiple y una cancha de fulbito. La intervención contempla la construcción de las diferentes áreas o zonas que a continuación se detalla: - ZONA ADMINISTRATIVA:  Administración  Sala Múltiple - Comedor - ZONA EDUCATIVA:  2 Bloque de aulas de Educación Básica y Bachiller  3 Bloques de aulas de Educación Inicial  1 Biblioteca  1 Bloque de Laboratorios de Tecnología e Idiomas  1 Bloque de Laboratorios de Física Química - ZONA RECREATIVA:  Áreas con juegos infantiles  1 Patio Cívico  1 Patio de Ingreso  1 Patio para el Bloque de Educación Inicial  1 Cancha de Futbito  1 Cancha de Xxx Xxxxxxxx - ZONA COMPLEMENTARIA:  Porta de Ingreso  Parqueaderos  Áreas exteriores: caminerías y áreas verdes - ZONA DE SERVICIOS:  1 Bar  1 Bloque de Vestidor – Bodega  1 Bloque para el Cuarto de Máquinas y Bombas

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  • Evaluación de la Propuesta Técnica La propuesta con el Precio Evaluado Más Bajo, se someterá a la evaluación de la propuesta técnica, verificando la información contenida en el Formulario C-1, aplicando la metodología CUMPLE/NO CUMPLE utilizando el Formulario V-3. En caso de cumplir, la Comisión de Calificación o el Responsable de Evaluación recomendará su adjudicación, cuyo monto adjudicado corresponderá al valor real de la propuesta (MAPRA). Caso contrario se procederá a su descalificación y a la evaluación de la segunda propuesta con el Precio Evaluado Mas Bajo, incluida en el Formulario V-2 (columna Precio Ajustado), y así sucesivamente. En caso de existir empate entre dos o más propuestas, el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación, será responsable de definir el desempate, aspecto que será señalado en el Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta.

  • EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA Errores Aritméticos

  • DEFENSORÍA DEL ASEGURADO El Contratante, Xxxxxxxxx y/o beneficiario expresamente identificado en la póliza tienen el derecho de acudir a la Defensoría del Asegurado para resolver las controversias que surjan entre él y La Positiva, de acuerdo a los términos y condiciones del Reglamento de la Defensoría del Asegurado, cuyo fallo es de carácter vinculante, definitivo e inapelable por parte de La Positiva pero no del Asegurado quien mantiene inalterable su derecho de recurrir a otras instancias.

  • CESIÓN Y SUBARRIENDO El inmueble no se podrá ceder ni subarrendar de forma parcial ni total por el arrendatario sin previo consentimiento por escrito del arrendador. El incumplimiento de esta cláusula será causa de resolución del contrato.

  • PÉRDIDA PARCIAL En los casos de pérdida parcial, la reclamación deberá contener los gastos en que necesariamente se incurra para dejar el bien dañado en condiciones iguales a las existentes inmediatamente antes de ocurrir el siniestro. Tales gastos serán: El costo de reparación según factura presentada por el Asegurado incluyendo el costo de desmontaje, reconstrucción o remontaje, fletes ordinarios y gastos de aduana, si los hay, conviniendo la Compañía en pagar el importe de la prima del Seguro de Transporte que ampara el bien dañado durante su traslado al/y desde el taller donde se lleva a cabo la reparación, donde quiera que éste se encuentre. Cuando tal reparación, o parte de ella, se haga en el taller del Asegurado, los gastos serán el importe de costos de materiales y mano de obra originados por la reparación, más un porcentaje fijado de común acuerdo entre las partes para cubrir los gastos generales fijos de dicho taller. La Compañía hará los pagos sólo después de habérsele proporcionado, a su satisfacción, las facturas y documentos de que las reparaciones han sido efectuadas o que el reemplazo ha sido hecho, según fuere el caso. Todo daño reparable será reparado, pero si el costo de reparación iguala o excede el valor de los bienes inmediatamente antes de ocurrir el daño, el ajuste se hará en base a lo previsto en la cláusula 16 Indemnización por Pérdida Total. Los gastos de cualquier reparación provisional serán a cargo de la Compañía siempre y cuando éstos constituyan parte de los gastos de la reparación definitiva. El costo de reacondicionamiento, modificaciones o mejoras efectuadas serán a cargo del Asegurado. Los gastos de remoción de escombros serán pagados por la Compañía solamente en caso de que, se haya especificado una suma determinada según la cobertura «G» De toda reclamación será deducido el valor real de cualquier salvamento.

  • REMOCIÓN DE ESCOMBROS En el caso de pérdida material directa o daño asegurado y que ocurra durante la vigencia de la póliza, “LA ASEGURADORA” pagará: Los gastos necesarios para demoler y/o remover los escombros y/o gastos de limpieza, en los predios de “EL ASEGURADO” y aquellos bajo su cuidado, custodia, y control, necesarios como resultado de dicha pérdida o daño físico directo, este o no asegurado el edificio o edificios donde se encuentren los bienes. El costo de remover, eliminar, descontaminar y reponer los bienes asegurados que hayan sido contaminados y que, por orden xx Xxx o autoridades civiles, se deban de remover, eliminar o descontaminar.

  • Vicios o defectos durante el plazo de garantía Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados, la Administración tendrá derecho a reclamar al contratista que reponga los bienes inadecuados o a exigir su reparación si ésta resultase suficiente. En todo caso durante el plazo de garantía el contratista tendrá derecho a conocer y ser oído sobre la aplicación dada a los bienes objeto del suministro. En el supuesto de que el órgano de contratación estimase durante el plazo de garantía que los bienes entregados no son aptos para el fin pretendido como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos, siempre que estos vicios o defectos fuesen imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de los bienes no serán suficientes para lograr aquel fin, podrá antes de finalizar el plazo de garantía rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista, quedando la Administración exenta de la obligación del pago o, si éste se hubiese efectuado, tendrá derecho a la recuperación del precio satisfecho.

  • Cohecho a servidores públicos extranjeros Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios:

  • Coberturas de contratación opcional e. Reclamaciones por incumplimiento contractual por la compra, limpieza, restauración o alquiler de ajuar doméstico y personal, muebles, electrodomésticos, aparatos de imagen, sonido, electrónicos y objetos de arte. f. Reclamaciones derivadas de contratos laborales del servicio doméstico siempre que esté dado de alta en la Seguridad Social y al corriente de pago. ¿Qué no cubre? Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos: 1. Los gastos y honorarios por la intervención de peritos no autorizados por la compañía. 2. Las multas y sanciones que fueran impuestas directamente al asegurado. 3. Los hechos relacionados con la actividad profesional del asegurado. 4. El pago de los gastos de abogados o procuradores de su libre elección, cuando no hubiera comunicado previamente su designación por escrito a MM Xxxxx. 5. Los impuestos u otros pagos de carácter fiscal, derivados de la presentación de documentos públicos o privados. 6. Las reclamaciones que puedan formular los asegurados de una misma póliza entre sí o por cualquiera de éstos contra MM Hogar. 7. Las reclamaciones que se presenten transcurrido un año desde la extinción de este contrato. 8. Las reclamaciones derivadas de: a. Los vehículos automóviles a motor, aeronaves o embarcaciones de los que el asegurado ostente la condición de propietario, conductor u ocupante. b. Proyectos de construcción o derribo de la vivienda, urbanismo, concentración parcelaria y expropiación o los derivados sobre contratos de cesión de derechos sobre la vivienda. Límites COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO Hasta 6.000€ por siniestro

  • Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad El contratista, conforme a lo dispuesto en el Decreto 213/1998, de 17 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen medidas en la contratación administrativa de la Comunidad de Madrid para apoyar la estabilidad y calidad del empleo, durante la vigencia del contrato, asume entre sus obligaciones la de tener trabajadores con discapacidad en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y el contratista está sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 42 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o la de adoptar las medidas alternativas desarrolladas reglamentariamente por el RD. 364/2005, de 8 xx xxxxx. La xxxxxxxx de la citada obligación se realizará mediante la declaración responsable que se cita en la cláusula 12 “Forma y contenido de las proposiciones” de este pliego. El contratista queda obligado igualmente a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación cuando fuese requerido, en cualquier momento de la vigencia del contrato, o en todo caso antes de la devolución de la garantía definitiva. La acreditación de dicho cumplimiento se efectuará mediante la presentación ante el órgano de contratación de los siguientes documentos: un certificado de la empresa en el que conste el número de trabajadores de plantilla y copia compulsada de los contratos celebrados con trabajadores con discapacidad.