Proyecto definitivo. Toda la documentación que forma parte del presente pliego tiene el carácter de anteproyecto, es obligación del Contratista la elaboración del proyecto definitivo. El Contratista deberá preparar antes de la iniciación de cada parte de la Obra, los planos de detalle que la Inspección de Obra considere necesarios para ejecutar las tareas. Recién comenzarán los trabajos cuando dichos planos hayan sido aprobados por la Inspección de Obra. El Contratista realizará el relevamiento planialtimétrico y cateos si así fuera requerido por la Inspección de Obra que la Unidad de proyectos Especiales de Movilidad Saludable y/o la Subsecretaria de Movilidad Sustentable y Segura indique, como así también la documentación técnica completa del proyecto ejecutivo, que deberá ser presentada para su aprobación ante la Inspección de Obra, de acuerdo a lo especificado en el Pliego de Condiciones Particulares según el artículo 1.6.3, que rige la presente obra. El costo de ambas operaciones deberá estar incluido en el precio ofertado. 43 PLIEG-2018-09114134- -UPEMS
Proyecto definitivo. 3.12 CD (proyecto final).
Proyecto definitivo. Toda la documentación que forma parte del presente pliego tiene el carácter de anteproyecto, es obligación del Contratista la elaboración del proyecto definitivo. El Contratista deberá preparar antes de la iniciación de cada parte de la Obra, los planos de detalle y modelos que la Inspección de Obra considere necesarios para ejecutar las tareas. Recién comenzarán los trabajos cuando dichos planos hayan sido aprobados por la Inspección de Obra. Los planos y modelos solicitados deberán presentarse tanto en formato Autodesk AutoCAD 2018 como en formato Autodesk Revit 2018. El Contratista realizará el relevamiento planialtimétrico y cateos si así fuera requerido por la Inspección de Obra del organismo que el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte indique, como así también la documentación técnica completa del proyecto ejecutivo, que deberá ser presentada para su aprobación ante la Inspección de Obra, de acuerdo a lo especificado en el Pliego de Condiciones Particulares, que rige la presente obra. El costo de ambas operaciones deberá estar incluido en el precio ofertado.
Proyecto definitivo. Toda la documentación que forma parte del presente pliego tiene el carácter de anteproyecto, es obligación del Contratista la elaboración del proyecto definitivo. El Contratista deberá preparar antes de la iniciación de cada parte de la Obra, los planos de detalle que la Inspección de Obra considere necesarios para ejecutar las tareas. Recién comenzarán los trabajos cuando dichos planos hayan sido aprobados por la Inspección de Obra. El Contratista realizará el relevamiento planialtimétrico y cateos si así fuera requerido por la Inspección de Obra, como así también la documentación técnica completa del proyecto ejecutivo, que deberá ser presentada para su aprobación ante la Inspección de Obra. El costo de ambas operaciones deberá estar incluido en el precio ofertado.
Proyecto definitivo. Debe señalarse, que en el transcurso de los meses anteriores la Inspección Fiscal ha aprobado las unidades constructivas independientes y autosuficientes que se señalan: Ampliación del Xxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxx x Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx xx Xxxxx Servidas Vialidad Land Side, acceso Hangar y Estacionamientos Ampliación de la Plataforma Aeronáutica, acceso SSEI y Xxxxxx de Iluminación Señalética y Paisajismo La Sociedad Concesionaria presentó el proyecto definitivo de la Torre de Control y Sala de Equipos, en versión D, la que fue revisada por la AIF – IF, participando además la DAP y DGAC con aportes técnicos, que como resultado, arrojo un Informe de Revisión Nº 07, solicitando a la SC corregir las observaciones y/o complementar aquellos requeridos. A la fecha, la Sociedad Concesionaria trabaja en esas correcciones, estimándose que durante la primera semana de Febrero del 2011, se pueda tener para su revisión en la Inspección Fiscal en nueva versión. Durante el mes, hubo algunas reuniones con los especialistas tanto de la SC (proyectista Salfa) y AIF-IF, para aclarar dudas referidas a las observaciones encontradas, para un mejor desarrollo del proyecto xx Xxxxx de Control y Sala de Equipos. Mientras esa presentación del proyecto definitivo aún no se tenga formalmente se mantiene como conflicto posible de importancia alta, ya que se alterarán los plazos establecidos en el programa de trabajo presentado por la SC con antelación y se pone en riesgo el cumplimiento de los hitos de avance de la construcción que establecen las BALI.
Proyecto definitivo. El Adjudicatario, deberá presentar, posteriormente a la firma del contrato, en un plazo no mayor a los cuarenta y cinco (45) días el Proyecto Definitivo y Documentación necesaria para la ejecución de la Obra, el que será aprobado por Dirección de Obra.- El mismo constará de un programa detallado de como va a desarrollar el proyecto ejecutivo, fijando las fechas de entregas de las distintas etapas, dado que su desarrollo se efectuará de manera parcial con el fin de no afectar el avance de las obras y garantizar su ejecución total de la Obra en el plazo previsto en el presente Pliego. Se podrán efectuar aprobaciones parciales del Proyecto Definitivo.- ARTICULO Nº 29:
Proyecto definitivo. El proyecto definitivo contemplará los siguientes puntos:
Proyecto definitivo. En las distintas fases de elaboración se presentarán 6 ejemplares de cada documento objeto del trabajo. Aprobado provisionalmente se remitirán 10 ejemplares del conjunto de documentación, encarpetados en caja o cajas numeradas, de dimensiones a determinar por este Ayuntamiento. En la tapa se incorporará el índice del trabajo, indicando la situación de cada documento y relación completa de planos. Aprobado definitivamente, se entregará un ejemplar de los originales de los planos, rectificados en su caso, en papel indeformable de la mejor calidad y los CD o soporte equivalente necesarios de la documentación informática requerida. El adjudicatario deberá entregar la totalidad de los trabajos en las oficinas del órgano contratante dentro del plazo estipulado, expidiéndose, por el funcionario que se haga, el recibo correspondiente. En el plazo de 1 mes, el Ayuntamiento realizará la comprobación detallada del mismo para determinar si ha sido realizado conforme al contrato y a las Prescripciones Técnicas y si lo encuentra correcto emitirá su informe favorable con propuesta de aceptación al órgano contratante. Cuando los trabajos no se encuentren conformes, se dará por escrito al adjudicatario, las instrucciones precisas y detalladas con el fin de corregir las deficiencias observadas, fijándose plazo para efectuarlo, expirado el cual y realizada la nueva entrega se procederá en igual forma a un nuevo examen y comprobación detallados. Podrán ser objeto de entregas parciales todos aquellos trabajos para los que se haya establecido esta posibilidad en la oferta del adjudicatario. Las entregas parciales se efectuarán con los mismos requisitos que la entrega total dentro de los plazos parciales que se hayan señalado. Será de aplicación respecto a la entrega de los trabajos, lo dispuesto por los artículos. 203 y siguientes del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, así como los artículos concordantes de la Ley del Contratos del Sector Público. La recepción de los trabajos tendrá lugar dentro del plazo máximo de dos años, a partir de la última entrega de aquél. Si se considera que los trabajos reúnen las debidas condiciones se dará por recibido, levantándose el acta correspondiente a dicha recepción. Si el estudio no reuniera las condiciones necesarias para proceder a su recepción, se dictarán por escrito al consultor las instrucciones oportunas para que subsane los defectos observados y cumpla sus obligaciones en el plazo que para el...
Proyecto definitivo. FORMULARIOS Y ANEXOS
Proyecto definitivo. Las principales conclusiones de la Asesoría fueron las siguientes. INFORME TÉCNICO Nº 6- 2012- XXXXX XXXX XXXXXXX MAT: AVANCE SOLUCIÓN OBSERVACIONES A INSTALACIONES PROV. AL 21 XX XXXXX, AP EL LOA