ANEXO wor 2: Contrato de Obras / ANNEX WOR 2: Works Contract
ANEXO wor 2: Contrato de Obras / ANNEX WOR 2: Works Contract
Este Contrato de Obras (sin la Solicitud de Propuesta, Especificaciones Técnicas y Requerimientos, Documentos y Dibujos de Diseño, y el Formulario de Presentación de Propuesta) será utilizado para Contratos de Obras por un valor de hasta EUR 299.000. / This Works Contract (without the RFP, Technical Specifications and Requirements, Design Documents and Drawings, and the Proposal Submission Form) is to be used for Work Contracts of value up till EUR 299.000
Al preparar un Contrato de Obras los articulos serán adaptados con las condiciones específicas del Contrato tomando en consideración si el Contrato es: de corto plazo (menos de un año) o de largo plazo; de bajo o alto riesgo por atrasos, incertidumbres de las polizas de seguro, la calidad defiicente, incertidumbres sobre los permisos o autorizaciones, la falta de capacidad de administrar el contrato etc.; y si el Candidato es una pequeña compañía local o una gran compañía internacional. / When preparing a Works Contract the articles shall be adapted to the specific conditions of the Contract taking into consideration whether the Contract is: a short term (less than a year) or a long term contract; of low risk or high risk of delays, insurance uncertancies, deficient quality, uncertancies on permits or authorisation, lack of capacity to administrate the contract etc.; and whether the Candidate is a small local company or a large international company.
El Contrato es un contrato de ‘precio global’. / The Contract is a ‘global price’ contract.
Esta nota es para la Autoridad Contratante (DCA o Socio) sobre como completar este Contrato de Obras: / This note is for the Contracting Authority (DCA or Partner) on how to complete this Works Contract:Cuando usted vea: (Nota:….) esto solamente es una guía para usted y usted eliminará estas notas del documento./ Where you see: (Note:….) this is just a guidance for you and you shall delete these notes from the document.
Cuando usted vea <…> favor ingresar información. Where you see <…> please enter information.
Las opciones estan marcadas (Opción:…) / Options are marked (Option:…)
****ELimine esta pagina antes de presentar el contrato **** /****DELETE THIS PAGE PRIOR TO SUBMITTING THE CONTRACT**** |
(OpCion: borrador) contrato de obras / (Option: Draft) Works Contract
(Nota: elimine esta opción si el Contrato no es presentado con la Solicitud de Propuesta) / (Note: delete option if the Contract is not submitted with the RFP)
TITULO DEL CONTRATO: <Título> / CONTRACT TITLE: <Title>
No. de referencia: <Número>
Reference no.: <Number>
<Nombre y dirección > / <Name and address>
("La Autoridad Contratante "), / (“The Contractor”)
por una parte,
of the one part,
y / and
<Nombre y dirección del candidato > / <Name and address of candidate>
(“El Contratista”) / (“The Contractor”)
por la otra parte,
of the other part,
han acordado tal como está estipulado en el documento adjunto / have agreed as stipulated in the attached document:
El Contrato está preparado en Ingles en <tres> originales con <dos> originales para la Autoridad Contratante y un original para el Contratista. / The Contract is done in English in <three> originals, <two> originals being for the Contracting Authority and one original being for the Contractor.
-
Por el Contratista / For the Contractor
Por la Autoridad Contratante / For the Contracting Authority
Nombre / Name:
Nombre/ Name:
Titulo / Title:
Titulo / Title:
Firma / Signature:
Firma / Signature:
Fecha / Date:
Fecha / Date:
Este Contrato será firmado y sellado por el Contratista y devuelto a la <Autoridad Contratante > <información de contacto > a más tardar dentro de <siete> días laborales a partir de la fecha de recibo. / This Contract shall be signed and stamped by the Contractor and returned to the <Contracting Authority> <contact information> latest within <seven> working days from date of receipt.
Condiciones Especiales / Special Conditions
Alcance de las Obras / Scope of the Works
El tema del Contrato es <título del Contrato > en <ubicación>. Las “Obras” están descritas en las Especificaciones Técnicas y Requerimientos y los Documentos del Diseño y los Dibujos. / The subject of the Contract is <title of the Contract> at <location>. The “Works” are described in the Technical Specifications and Requirements and the Design Documents and Drawings.
Fecha de inicio / Commencement date
(Opción 1:) El Contrato iniciará en <fecha>./ (Option 1:) The Contract shall commence on <date>.
(Opción 2:) El Contrato comenzará después de la firma de este Contrato por ambas partes./ (Option 2:) The Contract shall commence after signature of this Contract by both parties.
(Nota: por favor seleccione una de las opciones o ingrese su propio texto. A ser ajustado con el contrato especifico) / (Note: please select one option or insert own text. To be adjusted to the specific contract)
Periodo de implementación / Period of implementation
El periodo de implementación cumplirá con el Programa de Implementación./ The period of implementation shall comply with the Programme of Implementation.
La fecha de finalización será a más tardar en <fecha>./ The completion date shall be <date> at the latest.
(Opción: Extensión del periodo de implementación) / (Option: Extension of the period of implementation)
El Contratista podrá solicitar a la Autoridad Contratante una extensión del periodo de implementación si fuera atrasada la implementación del Contrato, o se anticipa que será atrasada por cualquiera de las siguientes razones: <lista de las razones >. / The Contractor may request the Contracting Authority for an extension of the period of implementation if the implementation of the Contract is delayed, or expected to be delayed, for any of the following reasons: <list the reasons>.
(Nota: elimine este artículo si no se requiere) / (Note: delete this article if not required)
Atrasos en implementación / Delays in implementation
(Opción 1:) La tasa por los daños liquidados es <1/1000 del precio del contrato por cada día de atraso >. / (Option 1:) The rate of liquidated damages is <1/1000 of the contract price per day’s delay>.
(Opción 2:) La tasa diaria por los daños liquidados será calculada dividiendo el valor del contrato por la cantidad de días del periodo total de implementación. / (Option 2:) The daily rate for liquidated damages shall be calculated by dividing the contract value by the number of days of the total period of implementation.
La maxima cantidad por daños liquidados es el <10%> del precio del contrato. / The maximum amount for liquidated damages is <10%> of the contract price.
(Nota: por favor seleccione una opción. A ser ajustada con el contrato especifico) /(Note: please select one option. To be adjusted to the specific contract)
Precio del Contrato / Contract price
Este Contrato, establecido en <moneda> es un contrato de precio global. El precio del contrato, establecido en base de un desglose del precio general está en <moneda> <cantidad por escrito y en números >. Este precio global cubre la tasa de honorarios del Contratista, incluyendo los gastos generales, utilidades, sus obligaciones, vacaciones, días de enfermedad, horas extra y pago por feriados, impuestos, cargos sociales, etc. y todos los gastos (como el transporte, hospedaje, alimentos, gastos de oficina, etc.) a ser incurridos durante el desempeño del contrato. El precio global cubre todas las obligaciones del Contratista bajo el Contrato (sin depender del tiempo actual pasado en la asignación) y todos los asuntos y cosas necesarias para la propia ejecución y terminación de las obras y remediar cualesquiera deficiencias en el mismo. / This Contract, established in <currency> is a global price contract. The contract price, established on the basis of a breakdown of the overall price is in <currency> <amount in writing and in numbers>. This global price covers the Contractor’s fee rate, including overhead, profit, all his/her obligations, leave, sick leave, overtime and holiday pay, taxes, social charges, etc. and all expenses (such as transport, accommodation, food, office expenses, etc.) to be incurred for the performance. The global price covers all obligations of the Contractor under the Contract (without depending on actual time spent on the assignment) and all matters and things necessary for the proper execution and completion of the works and the remedying of any deficiencies therein.
Pago / Payment
Los pagos se realizarán el <moneda> por transferencia bancaria a la siguiente cuenta / Payments shall be made in <currency> by bank transfer to the following account:
Número de Cuenta:/ Account Number:
Nombre del banco: / Name of bank:
Dirección del banco: / Address of bank:
Nombre de la cuenta: / Account number:
Código Swift: / Swift Code:
(Opción 1:) El pago será realizado por la Autoridad Contratante dentro de <cantidad> días después de la aprobación de la Autoridad Contratante y el recibo de la factura del Contratista. / (Option 1:) Payment will be made by the Contracting Authority within <number> days from approval by the Contracting Authority and receipt of the Contractor’s invoice.
(Opción 2:) El pago será realizado de acuerdo con el siguiente horario: / (Option 2:) Payment will be made according to the following schedule:
(Opción:) <%> de prepago despues de que ambas partes hayan firmado el Contrato.
(Nota: elimine esta opción si no hay prepago y adapte el insumo b.) / (Option:) <%> prepayment after both parties have signed the Contract. (Note: delete this option if no prepayment and adapt item b.)
Todos los otros pagos comenzarán después de la entrega al sitio y la presentación de recibos incluyendo <cantidad>, menos <%> de prepago y <%> pago por daños. / All other payment will commence after delivery to site and presenting receipts including <amount>, minus <%> prepayment and <%> liability payment.
El pago final comenzará despues de <días/meses> de la finalización de las Obras. / The final payment will commence after <days/months> of completion of the Works.
(Nota: por favor seleccione la opcion 1 o 2 y elimine la otra opción) / (Note: please select option 1 or 2 and delete the other option
(Opción:) El prepago será realizado bajo las condiciones del artículo 38 de los Términos y Condiciones Generales para Contratos de Obras - Ver2 2012. / (Option:) The prepayment shall be made under the conditions of article 38 of the General Terms and Conditions for Works Contracts - Ver2 2012.
(Nota: elimine esta opción si no se requiere) / (Note: delete this option if not required)
Medición / Measurement
El Contrato es un contrato de precio global y por lo tanto, las Obras serán medidas de conformidad con el artículo 39.1 de los Términos y Condiciones Generales para Contratos de Obras – Ver2 2012. / The Contract is a global price contract and the Works shall therefore be measured in accordance with article 39.1 of the General Terms and Conditions for Works Contracts – Ver2 2012.
(Opción: Revisión de precio) / (Option: Price revision)
<Especificar el método para calcular la revisión >. / <Specify method of calculation of revision>.
(Nota: elimine el artículo si no se requiere) / (Note: delete article if not required)
Los impuestos y contribuciones sociales / Tax and social contributions
La Autoridad Contratante no tendrá ninguna obligación o responsabilidad en conexión con los impuestos o gravámenes pagaderos por el Contratista en su país de establecimiento o en el país beneficiario en conexión con su desempeño de este Contrato. / The Contracting Authority shall have no obligation or responsibility in connection with taxes or levies payable by the Contractor in its country of establishment or in the beneficiary country in connection with its performance of this Contract.
(Opción:) Este contrato está exento de todos gravámenes e impuestos, incluyendo el IVA. / (Option:) This contract is exempt from all duties and taxes, including VAT.
(Nota: a ser enmendado de acuerdo con el contexto del país) / (Note: to be amended according to context in the country)
El lenguaje de los documentos del Contrato / Language of Contract documents
El lenguaje de este Contrato y toda comunicación por escrito entre el Contratista y la Autoridad Contratante será el inglés. / The language of this Contract and of all written communications between the Contractor and the Contracting Authority shall be English.
(Opción:) La derogación para utilizar el lenguaje local de <lenguaje> para los siguientes documentos <títulos de los documentos > ha sido otorgada para este Contrato. / (Option:) Derogation to use local language <language> for the following documents <titles of documents> has been granted for this Contract.
(Nota: elimine esta opción si el inglés es el unico lenguaje a ser utilizado en este Contrato) / (Note: delete option if English is the only language to be used in this Contract
La Ley / Law
(Opción 1:) La ley que gobierna este Contrato será la ley de <país de la Autoridad Contratante >. / (Option 1:) The law governing this Contract shall be the law of <country of the Contracting Authority>.
(Opcion 2:) La ley que gobierna el Contrato sera la ley de <pais de ejecucion de las obras >.
(Nota: seleccione una opcion y elimine la otra) / (Option:) Derogation to use local language <language> for the following documents <titles of documents> has been granted for this Contract. (Note: delete option if English is the only language to be used in this Contract)
Monitoreo y administración del Contrato / Monitoring and administration of the Contract
(Opcion 1:) Bajo un contrato de consultoría ejecutado en <fecha>, <nombre> ha sido contratado por la Autoridad Contratante para actuar en calidad de “Ingeniero” bajo el presente Contrato con <contratista>. Sus deberes y poderes están descritos en el articulo 3 de los Terminos y Condiciones Generales para Contratos de Obras – Ver2 2012. / (Option 1:) Under a consultancy contract executed on <date>, <iname> has been hired by the Contracting Authority to act in quality of the “Engineer” under the present Contract with <contractor>. His/hers duties and powers are described in article 3 of the General Terms and Conditions for Works Contracts – Ver2 2012.
(Opción 2:) / (Option 2:)
Bajo este Contrato <ingrese el nombre, titulo actual y posición dentro de la Autoridad Contratante > ha sido designado por la Autoridad Contratante para actuar en calidad de Gerente de Proyecto. Sus deberes y poderes en la administración del proyecto del Contrato serán aquellos descritos en el artículo 3 de los Términos y Condiciones Generales para Contratos de Obras – Ver2 2012 igual a aquellos del “Ingeniero”.
(Nota: por favor seleccione una opcion y elimine la otra opcion) / Under this Contract <insert name, current title and position within the Contracting Authority> has been appointed by the Contracting Authority to act in quality of Project Manager. His/her duties and powers in the project management of the Contract shall be those described in article 3 of the General Terms and Conditions for Works Contracts – Ver2 2012 as those of the “Engineer”.
(Note: please select one option and delete the other option)
(Opción:) Los poderes del (Opción: Ingeniero/Gerente de Proyecto) están limitados a <especifique. (Nota: adapte segun sea requerido o elimine la opción) / (Option:) The powers of the (Option: Engineer/Project Manager) are limited to <specify>. (Note: adapt as required or delete option)
Subcontratos / Subcontracts
(Opción 1:) Los subcontratos no son permitidos bajo este Contrato. / (Option 1:) Subcontracting is not allowed under this Contract.
(Opción 2:) Los Subcontratistas nominados en el Formulario de Presentación de Propuesta de la propuesta del Contratista son aprobados por la Autoridad Contratante para las partes de las Obras descritas ahí.
(Nota: por favor seleccione una opcion y elimine la otra opcion) / (Option 2:) The Subcontractors named in the Proposal Submission Form of the Contractors proposal is approved by the Contracting Authority for the parts of the Works detailed therein.
(Note: please select one option and delete the other option)
Sitio / Site
El sitio de las Obras está ubicado en < dirección y detallada descripción de la(s) ubicación(es) >. / The site of the Works is located at < address and detailed description of location(s)>.
El estatus legal del sitio es <detalle de la titularidad legal de la tierra, edificios existentes junto con las autorizaciones existentes y permisos de construcción obtenidos para ejecutar las obras >. / The legal status of the site is <detail of legal ownership of land, existing buildings together with official authorizations and building permits obtained to execute the works>.
<incluya los detalles relevantes relacionados con el sitio, por ejemplo, las condiciones del acceso, las instalaciones a disposición del Contratista, la posibilidad de proveer un inventario de las condiciones de las instalaciones etc.>. / <include relevant details concerning the site e.g. conditions of access list of premises placed at the Contractor’s disposal, possibility of providing for an inventory to state condition of premises etc.>.
(Opción: Obligaciones del Contratista) / (Option: Contractor’s obligations)
El Contratista <especifique las obligaciones que no están incluidas en los Términos y Condiciones Generales para Contratos de Obras – Ver2 2012 u otros documentos del contrato por ejemplo, obligaciones de visibilidad, obligaciones del contratista de tener conocimiento de las leyes y costumbres locales etc.>.
(Nota: elimine el artículo si no se requiere) / The Contractor shall <specify obligations which are not included in the General Terms and Conditions for Works Contracts – Ver2 2012 or other contract documents e.g. visibility obligations, contractors obligations to have knowledge of local laws and customs etc.>.
(Note: delete article if not required
Opción: Programa de Implementación / Option: Programme of Implementation
Basado en el Plan de Trabajo incluido en las Especificaciones Técnicas y Requerimientos, de la propuesta del Contratista, el Contratista presentará un Programa de Implementación especificado a la Autoridad Contratante a mas tardar en <fecha>. Una vez aprobado por la Autoridad Contratante bajo el artículo 8 de los Términos y Condiciones Generales para Contratos de Obras Ver2 2012, el Programa de Implementación se volverá parte de los documentos del Contrato. / Based on the Work Plan included in the Technical Specifications and Requirements, to the Contractors proposal, the Contractor shall submit a specified Programme of Implementation to the Contracting Authority no later than <date>. Once approved by the Contracting Authority under article 8 of the General Terms and Conditions for Works Contracts Ver2 2012, the Programme of Implementation shall become part of the Contract documents
El Programa de Implementación incluirá al menos lo siguiente: <lista de requerimientos >. / The Programme of Implementation shall contain at least the following: <list requirements>.
(Opcion: Documentos y dibujos) / (Option: Documents and drawings)
(Opcion:) El Contratista proveerá a la Autoridad Contratante <lista de documentos> a mas tardar el <fecha>. / (Option:) The Contractor shall provide the Contracting Authority with <list of documents> no later than <date>.
(Opcion:) El Contratista proveerá a la Autoridad Contratante <especifique dibujos/manuales y requerimientos especificos > en <lenguaje>, a mas tardar el <fecha>. Los dibujos/manuales serán aprobados por <ingresar>.
(Nota: seleccione la(s) opcion(es) o elimine el articulo) / (Option:) The Contractor shall provide the Contracting Authority with <specify drawings/manuals and specific requirements> in <language>, not later than <date>. The drawings/manuals shall be approved by <insert>.
(Note: choose relevant option(s) or delete article)
(Opción: Equipo) / (Option: Equipment)
<Incluya la lista de equipo colocado a disposición del Contratista por la Autoridad Contratante y las condiciones para su utilización >. / <Include list of equipment put at the disposal of the Contractor by the Contracting Authority, and conditions of utilisation>.
(Nota: elimine el articulo si no se requiere) / (Note: delete article if not required)
(Opción: Póliza de seguro) / (Option: Insurance)
Provisiones del articulo 17 <especifique el sub artículo, por ejemplo, 17.2> de los Términos y Condiciones Generales para Contratos de Obras – Ver2 2012 no aplicará a esta Contrato. La cobertura de seguro y daños de terceras partes seran asegurados asi: <especifique los arreglos para la cobertura de seguro >. / Provisions of article 17 <specify sub article e.g. 17.2> of the General Terms and Conditions for Works Contracts – Ver2 2012 shall not apply to this Contract. Insurance of the works and third party liability will be insured as follows: <specify insurance arrangements>.
(Nota: elimine el artículo si la provision de la cobertura de seguro bajo este Contrato es identica al artículo 17 de los Terminos y Condiciones Generales) / (Note: delete article if the provision of insurance under this Contract is identical to article 17 of the GTC)
(Opción: Garantías)(Opción: Garantía de Desempeño) / (Option: Guarantees)
(Option: Performance Guarantee)
El Contratista, junto con la devolución del Contrato firmado, proveerá a la Autoridad Contratante una garantía por la total y propia ejecución del Contrato. La entrada en vigencia del Contrato estará sujeta a la provisión de la Garantía de Desempeño por el Contratista. / The Contractor shall, together with the return of the countersigned Contract, furnish the Contracting Authority with a guarantee for the full and proper execution of the Contract. The entry into force of the Contract shall be subject to the provision of the Performance Guarantee by the Contractor.
La cantidad de la Garantía será el 10% de la cantidad total del contrato, es decir por <cantidad> y será en la denominación de la moneda en la cual el pagadero el Contrato, es decir en <moneda>. / The amount of the Guarantee shall be of 10% of the total contract amount, i.e. of <amount> and shall be denominated in the currency in which the Contract is payable, i.e. <currency>.
La Garantía de Desempeño se mantendrá por el pago a la Autoridad Contratante por cualquier pérdida que resulte de la falta del Contratista de desempeñar sus obligaciones contractuales completamente y en forma apropiada. / The Performance Guarantee shall be held against payment to the Contracting Authority for any loss resulting from the Contractor’s failure to perform his contractual obligations fully and properly.
La Garantía de Desempeño será emitida en forma de una garantía de primera demande, por un banco internacionalmente reconocido u otra institución financiera, y estará de conformidad con el texto adjunto. La Garantía de Desempeño también podría ser emitida en forma de cheque bancario, cheque certificado, un bono emitido por una compañía de seguros o una carta de crédito irrevocable, con tal de que bajo la ley aplicable, crea las mismas obligaciones de primera demanda para el garante tal como esta expresado en el lenguaje del documento adjunto.
The Performance Guarantee shall be issued in the form of a first demand guarantee, by an internationally recognised bank or other financial institution, and shall be in accordance with the text attached. The Performance Guarantee may also be issued in the form of a banker’s draft, a certified cheque, x xxxx provided by an insurance company or an irrevocable letter of credit, as long as it creates under the applicable law the same irrevocable, at-first-demand obligations for the guarantor as expressed in the wording of the attached document.
La Autoridad Contratante demandará el pago al Garante de todas las sumas por las cuales es responsable el garante bajo la Garantía debido al incumplimiento del Contratista bajo el Contrato, de conformidad con los términos de la Garantía y por el valor de la misma. El garante, sin atraso alguno pagará esas cantidades con la demanda de la Autoridad Contratante y no levantará objeción alguna por cualquier razón que sea. Antes de hacer un reclamo bajo la Garantía de Desempeño, la Autoridad Contratante notificará al Contratista estipulando la naturaleza del incumplimiento con respecto de la cual se hará el reclamo.
The Contracting Authority shall demand payment from the Guarantee of all sums for which the guarantor is liable under the Guarantee due to the Contractor’s default under the Contract, in accordance with the terms of the Guarantee and up to the value thereof. The guarantor shall, without delay, pay those sums upon demand from the Contracting Authority and may not raise any objection for any reason whatsoever. Before making any claim under the Performance Guarantee, the Contracting Authority shall notify the Contractor stating the nature of the default in respect of which the claim is to be made.
La Garantía continuará vigente hasta la fecha de emisión del Certificado de Terminación Definitiva al Contratista por la Autoridad Contratante o el Ingeniero.
The Guarantee shall continue to remain valid until the date of issuance by the Contracting Authority or the Engineer to the Contractor of the Certificate of Final Completion.
(Nota: recomendada para contratos arriba de EUR 50.000, y para contratos de alto riesgo de menor valor. Por favour refiérase a la sección 9.3 del Manual de Adquisiciones de DCA. Si no se requiere, elimine esta opción)
(Note: recommended for contracs above EUR 50.000, and for high risk contracts of lower value. Please refer to DCA Procurement Manual section 9.3. If not required delete this option)
(Opción: Garantía de Prepago) / (Option: Prepayment Guarantee)
El prepago será realizado al Contratista por la Autoridad Contratante sujeto a la previa presentación de una aprobada Garantía de Prepago por el Contratista a la Autoridad Contratante, por el valor total del prepago y denominada en la moneda en la cual está disponible el pago, es decir en <moneda>. / The prepayment shall be made to the Contractor by the Contracting Authority subject to the prior presentation by the Contractor to the Contracting Authority of an approved Prepayment Guarantee for the full value of the prepayment and denominated in the currency in which the prepayment is payable, i.e. <currency>.
La Garantía de Prepago será retenida por si surge causa para la devolución del prepago a la Autoridad Contratante en caso del incumplimiento del Contrato por el Contratista o la terminación del Contrato por cualquier razón que sea. / The Prepayment Guarantee shall be held against refund to the Contracting Authority of the prepayment in case of default of the Contractor under the Contract or termination of the Contract for whatever reason.
La Garantía de Prepago será emitida en forma de garantía de primera demanda por un banco internacionalmente reconocido y en conformidad con el texto adjunto. La Garantía de Prepago también puede ser emitida en forma de transferencia bancaria, cheque certificado o una carta de crédito irrevocable, con tal de que, bajo la ley aplicable, la misma crea las mismas obligaciones irrevocables de primera demanda para el garante tal como está expresado en el lenguaje del documento adjunto. La Garantía de Prepago será confirmada por el banco de la Autoridad de Contratante. / The Prepayment Guarantee shall be issued in the form of a first demand guarantee, by an internationally recognised bank and shall be in accordance with the text attached. The Prepayment Guarantee may also be issued in the form of a banker’s draft, a certified cheque, or an irrevocable letter of credit, as long as it creates under the applicable law the same irrevocable, at-first-demand obligations for the guarantor as expressed in the wording of the attached document. The Prepayment Guarantee shall be confirmed by the Contracting Authority’s bank.
La Autoridad Contratante demandará el pago de la garantía por todas las sumas por la cual el garante es responsable bajo la garantía debido a la terminación del Contrato o el incumplimiento del Contratista bajo el Contrato, y la falta del Contratista de devolver la cantidad de prepago en caso de dicho incumplimiento, de acuerdo con los términos de la garantía y hasta por el valor de la misma. El garante pagará, sin retraso alguno, esas sumas con la demanda de la Autoridad Contratante y no levantará ninguna objeción por cualquier razón que sea. / The Contracting Authority shall demand payment from the guarantee of all sums for which the guarantor is liable under the guarantee due to the termination of the Contract or the Contractor's default under the Contract, and the Contractor’s failure to refund the prepayment amount in case of such default, in accordance with the terms of the guarantee and up to the value thereof. The guarantor shall, without delay, pay those sums upon demand from the Contracting Authority and may not raise any objection for any reason whatsoever.
La Garantía de Prepago estará vigente a partir de la fecha del prepago y hasta la fecha de emisión del Certificado de Terminación Definitiva al Contratista por la Autoridad Contratante o el Ingeniero. / The Prepayment Guarantee shall remain valid from the date of the prepayment and until the date of issuance by the Contracting Authority or the Engineer to the Contractor of the Certificate of Final Completion.
(Nota: recomendada para contratos de alto riesgo y contratos con un prepago sustancial. Por favor refiérase a la sección 9.3 del Manual de Adquisiciones de DCA. Si no es requerida, elimine esta opcion) / (Note: recommended for high risk contracts and contracts with a substantial prepayment. Please refer to DCA Procurement Manual section 9.3. If not required delete this option)
(Nota: si no se requieren garantias, elimine todo el articulo) / (Note: if no guarantees are required, delete entire article)
(Opción: Periodo de responsabilidad por defectos) / (Option: Defects liability period)
El periodo de responsabilidad por defectos serán por un período de <número> días a partir de la fecha de terminación de las Obras tal como está especificado en el artículo 47 de los Términos y Condiciones Generales para Contratos de Obras – Ver2 2012. / The defects liability period shall be a period of <number> days from the date of completion of the Works as specified in article 47 of the General Terms and Conditions for Works Contracts – Ver2 2012.
(Nota: elimine este articulo si el periodo de responsabilidad es de un año tal como lo estipula los GTCs) / (Note: delete this article if the liability period is one year as stated in the GTC)
(Opción: Derechos y obligaciones por terminacion) / (Option: Rights and obligations upon termination)
La cantidad máxima referida en el artículo 55.6 de los Términos y Condiciones Generales para Contratos de Obras – Ver2 2012 es por <cantidad y moneda >. / The maximum amount referred to in article 55.6 of the General Terms and Conditions for Works Contracts – Ver2 2012 is of <amount and currency>.
(Nota: elimine este artículo si no es requerido) / (Note: delete this article if not required)
Resolución de Disputas / Settlement of Disputes
Cualquier disputa o incumplimiento del Contrato surgiendo bajo este Contrato que no se puede resolver en forma amigable de conformidad con el artículo 61.1 de los Términos y Condiciones Generales para Contratos de Obras – Ver2 2012, será resuelto en forma final por <juzgado competente del país de la Autoridad Contratante > de conformidad con las leyes de <nombre del país de la Autoridad Contratante >. / Any dispute or breach of Contract arising under this Contract which cannot be settled amicably in accordance with article 61.1 of the General Terms and Conditions for Works Contracts – Ver2 2012, shall be finally settled by <competent court in Contracting Authority’s country> in accordance with the laws of <name of Contracting Authority’s country>.
(Opción:) Los arbitrajes resultando del Contrato serán ejecutados bajo la jurisdicción de <especifique el cuerpo del arbitraje, el lugar y las reglas >. El lenguaje de dichos procedimientos será el inglés. (Nota: elimine la opción si no es requerida) / (Option:) Arbitrations resulting from the Contract will be executed under the jurisdiction of the <specify the arbitration body, place and rules>. The language of such procedures shall be English. (Note: delete option if not required)
(Opción: Enmiendas de los Términos y Condiciones Generales para Contratos de Obras – Ver2 2012) / (Option: Amendments to the General Terms and Conditions for Works Contracts – Ver2 2012)
(Nota: elimine este artículo si no se necesitan enmiendas adicionales de los Términos y Condiciones Generales) / (Note: delete this article if no further amendments to the General Terms and Conditions are needed)
Entrada en vigencia y duración / Entry into force and duration
El Contrato entrará en vigencia y efecto después de la firma de ambas partes de este Contrato (Opción: y en la fecha que el Contratista proporciona la Garantía de Desempeño a la Autoridad Contratante de conformidad con el Articulo A .21 arriba.) El Contrato permanecerá vigente y en efecto hasta el final del periodo de responsabilidad tal como está definido en los Términos y Condiciones Generales para Contratos de Obras – Ver2 2012 y la emisión del Certificado de Terminación Definitiva por la Autoridad Contratante. / The Contract shall enter into force and effect after signature by both parties of this Contract (Option: and on the date which the Contractor provides the Performance Guarantee to the Contracting Authority in accordance with Article A .21 above.) The Contract shall remain into force and effect until the end of the liability period as defined in the General Terms and Conditions for Works Contracts – Ver2 2012 and the issue by the Contracting Authority of the Certificate of Final Completion.
(Nota: elimine la opción si no se requiere una Garantía de Desempeño) / (Note: delete option if a Performance Guarantee is not required)
Direcciones de los Contactos / Contact addresses
Cualquier comunicación escrita relacionada con este Contrato entre la Autoridad Contratante y el Contratista y entre el Ingeniero y el Contratista deberá estipular el título del Contrato y el número de identificación, y deberá ser enviada por correo, fax, correo electrónico o a mano a las siguientes direcciones / Any written communication relating to this Contract between the Contracting Authority and the Contractor and between the Engineer and the Contractor must state the Contract title and identification number, and must be sent by post, fax, email or by hand to the following addresses:
Autoridad Contratante: <persona de contacto, dirección, número de teléfono, fax, correo electrónico > / Contracting Authority: <contact person, address, telephone number, fax, email>
Ingeniero: <nombre, dirección, número de teléfono, fax, correo electrónico > / Engineer: <name, address, telephone number, fax, email>
Contratista: <persona de contacto, dirección, número de teléfono, fax, correo electrónico > / Contractor: <contact person, address, telephone number, fax, email>
Orden de precedencia de documentos del contrato / Order of precedence of contract documents
El Contrato está conformado por los siguientes documentos, en orden de precedencia / The Contract is made up of the following documents, in order of precedence:
Este Contrato / This Contract
Especificaciones Técnicas y Requerimientos / Technical Specifications and Requirements
Documentos del Diseño y Dibujos / Design Documents and Drawings
(Opción: Programa de Implementación Aprobado) / (Option: Approved Programme of Implementation)
Formulario de Presentación de Propuesta con anexos / Proposal Submission Form with annexes
Términos Condiciones Generales para Contratos de Obras – Ver2 2012 / General
Terms and Conditions for Works Contracts – Ver2 2012
Código de Conducta para Contratistas / Code of Conduct for Contractors
(Opción: Garantía de Desempeño) / (Option: Performance Guarantee)
(Opción: Garantía de Prepago) / (Option: Prepayment Guarantee)
<ingresar otros documentos relevantes> / <insert other relevant documents>
(Nota: ajuste las opciones segun sean requeridas) / (Note: adjust options as required)
Los varios documentos que componen el Contratista serán considerados mutuamente aclaratorios; en casos de ambigüedad o divergencia, deberán ser leídos en el orden en la cual aparecen arriba. / The various documents making up the Contract shall be deemed to be mutually explanatory; in cases of ambiguity or divergence, they should be read in the order in which they appear above.
TERMINOS
Y CONDICIONES Generales
PaRA
CONTRATOS PARA OBRAS
– Ver2 2012
GENERAL
1. DEFINICIONES
En estos términos y condiciones generales:
“contrato” es el acuerdo entre la Autoridad Contratante y el Contratista para la ejecución y terminación de las Obras a los cuales estos términos y condiciones generales aplican; el contrato es conformado por los documentos listados en el Contrato de Servicio;
“Obras” es lo que el Contrato requiere que el Contratista construya, instale y entregue a la Autoridad Contratante, tal como está descrito es las Especificaciones Técnicas;
“Obras Temporales” incluye insumos a ser construidos por el Contratista que no tienen permanencia y forman parte de las Obras;
“Ingeniero”, “Supervisor” y “Gerente de Proyecto” podrían ser utilizados en forma intercambiable en los documentos Contractuales; cada termino significa la persona responsable por supervisor la ejecución de las Obras, y monitorear y administrar la ejecución del Contrato de parte de la Autoridad Contratante:
“país beneficiario” es el país adonde las Obras serán construidas;
“desglose del precio general” es la lista xx xxxxxxx-por-partida de las tasas y costos que conforman el precio para un Contrato de precio global;
“estimación cuantitativa” es el documento en el cual los costos de las Obras están indicados, en base de las cantidades previstas de los insumos del trabajo y los precios unitarios fijos aplicables a los mismos;
“Precio del Contrato” es la suma acordada en el Contrato pagable al Contratista por la ejecución y terminación de las Obras y por remediar cualquier defecto en las mismas de conformidad con el Contrato;
“Sitio” es el terreno y otros lugares en, abajo adonde o a través del cual las Obras serán construidas;
los “socios” de la Autoridad Contratante son organizaciones con las cuales la Autoridad Contratante está asociada o vinculada.
2. LENGUAJE Y LA LEY
El Contrato, todos los documentos relacionados con el Contrato y toda comunicación escrita entre las partes serán en inglés.
Al menos que este estipulado de otra forma en el Contrato, la ley gobernando el Contrato será la xxx xxx xxxx de la Autoridad Contratante.
3. DEBERES GENERALES Y PODERES DEL INGENIERO
3.1. El Ingeniero proveerá administración y monitoreo del Contrato y y supervisión de las Obras tal como lo estipula el Contrato. En particular, el desempeñará las funciones descritas en estos términos y condiciones generales.
3.2. El Ingeniero será el representante de la Autoridad Contratante con respecto del Contratista durante la construcción y hasta que la fecha de pago del pago final. El Ingeniero asesorará y consultará con la Autoridad Contratante. Las instrucciones de la Autoridad Contratante para el Contratista serán entregadas a través del Ingeniero. El Ingeniero tendrá la autoridad de actuar de parte de la Autoridad Contratante solamente hasta el grado proporcionado con el Contrato. Los deberes, responsabilidades y limitaciones de la autoridad del Ingeniero como representante de la Autoridad Contratante durante la construcción tal como está especificado en el Contrato no serán modificados o ampliados sin el consentimiento escrito de la Autoridad Contratante, el Contratista y el Ingeniero.
3.3. El Ingeniero visitará el Sitio en intervalos apropiados con la etapa de construcción para familiarizarse con el progreso y calidad de las Obras y para determinar en general si las Obras están procediendo de conformidad con el Contrato. En base de sus observaciones como Ingeniero en el Sitio,
el mantendrá informada a la Autoridad Contratante del progreso de las Obras.
3.4. El Ingeniero tendrá la Autoridad de emitir al Contratista, de parte de la Autoridad Contratante, ordenes administrativas incorporando documentos suplementarias y las instrucciones necesarias para la ejecución apropiada de las Obras y el remedio de cualquier defecto en las mismas.
3.5. El Ingeniero no será responsable por y no tendrá control o cargo de los medios, métodos, técnicas, secuencias o procedimientos de la construcción o por las precauciones y programas de seguridad en conexión con las Obras o las Obras Temporales. El Ingeniero no será responsable por o tendrá control o cargo de los actos u omisiones del Contratista (incluyendo la falta del Contratista de realizar las Obras de conformidad con el Contrato) y de los Sub-contratistas o cualquiera de sus agentes o empleados o cualquier otra persona realizando servicios para las Obras, excepto si dichos actos u omisiones son causadas por la falta del Ingeniero de desempeñar sus funciones de conformidad con el contrato entre la Autoridad Contratante y el Ingeniero.
3.6. Excepto adonde está expresamente estipulado en el Contrato, el Ingeniero no tendrá la autoridad de relevar al Contratista de ninguna de sus obligaciones.
3.7. El Contratista asegurará que en todo momento, el Ingeniero tenga libre acceso al Sitio o cualquier otro lugar adonde las Obras se estén realizado o preparando. El Contratista proporcionará instalaciones para dicho acceso para que el Ingeniero pueda desempeñar sus funciones bajo el Contrato.
3.8. Basándose en las observaciones del Ingeniero y una evaluación de la documentación presentada por el Contratista junto con las facturas y solicitadas de pago, el Ingeniero determinará las cantidades pagaderas al Contratista y emitirá Certificados de Pago apropiados.
3.9. El Contratista proporcionará al Ingeniero cualquier información que podría requerir. El Ingeniero podrá arreglar para la supervisión e inspección de cualquier insumo en preparación y manufactura para proveer bajo el Contrato. Para este fin, él puede aplicar las pruebas que considera necesario para establecer si los materiales y objetos son de la calidad y cantidad requisita. El podrá requerir el reemplazo o reparación, como sea el caso, de artículos que no conforman con el Contrato aun después de su instalación. El Contratista no podrá depender del hecho que dicha supervisión y inspección han sido efectuadas para evadir su responsabilidad en el evento de que las Obras fueran rechazadas por el Ingeniero.
3.10. En el desempeño de sus deberes, el Ingeniero no divulgará información sobre los métodos de la manufactura y operación del empeño que ha obtenido por razón de su supervisión e inspección, excepto a esas autoridad que necesitan saberlo.
4. ASIGNACION Y SUBCONTRATACION
4.1. Excepto después de obtener previa autorización escrita de la Autoridad Contratante, el Contratista no podrá asignar, transferir, comprometer o tomar cualquier otra disposición del Contrato o cualquier parte del mismo o de ninguno de los derechos, reclamos, u obligaciones bajo el Contrato.
4.2. El Contratista no subcontratará sin previa autorización escrita de la Autoridad Contratante. Los subcontratistas deberán satisfacer los criterios de elegibilidad del artículo 60, así como también las condiciones de los artículos 58 y 59. La aprobación por la Autoridad Contratante de la subcontratación de cualquier parte del Contrato o del subcontratista de desempeñar cualquier parte de las Obras no relevará al Contratista de ninguna de sus obligaciones bajo el Contrato.
5. PROVISION DE DOCUMENTOS
La Autoridad Contratante proporcionará al Contratista, libre de recargo, una copia de los dibujos preparados para la implementación del Contrato y una copia de las especificaciones. El Contrato incluirá una lista de los documentos y artículos que podrán ser puestos a disposición del Contratista a solicitud de éste para facilitar su trabajo.
Al menos que sea necesario para propósitos del Contrato, los dibujos, especificaciones y otros documentos proporcionados por la Autoridad Contratante no serán utilizados o comunicados a terceros por el Contratista sin previo consentimiento del Ingeniero.
6. ACCESO AL SITIO
6.1. La Autoridad Contratante en su debido tiempo y de conformidad con el progreso de las Obras, colocará el Sitio y acceso al mismo a disposición del Contratista de conformidad con el programa de implementación referido en estos Términos y Condiciones Generales.
6.2. La tierra adquirido para el Contratista por la Autoridad Contratante no será utilizada para propósitos además de para la implementación del Contrato.
6.3. El Contratista mantendrá cualquier instalación puesta a su disposición en buena condición mientras el este ocupándola.
6.4. El Contratista permitirá que el Ingeniero o cualquier persona autorizada por el Ingeniero o la Autoridad Contratante tenga acceso al Sitio y a cualquier lugar adonde se esté realizando trabajo en conexión con el Contrato.
7. OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA
7.1. El Contratista, con el debido cuidado y diligencia, y de conformidad con las provisiones del Contrato, diseñará las Obras hasta el grado estipulado en el Contrato y ejecutará, completará y remediará cualquier defecto de las Obras. El Contratista proporcionará toda la superintendencia, personal, materiales, planta, equipo y todos los demás artículos, ya sea de naturaleza temporal o permanente, requeridos para el diseño, ejecución y finalización de las Obras y para remediar cualquier defecto, hasta adonde esté especificado en, o puede ser inferido razonablemente del Contrato. El Contratista tendrá toda las responsabilidad por la idoneidad, estabilidad y seguridad de todas las operaciones y métodos de construcción bajo el Contrato.
7.2. El Contratista cumplirá completamente con cualquier orden administrativa que le sea entregada por el Ingeniero y asegurará que las especificaciones y órdenes administrativas sean adheridas por sus mismos empleados y por sus sub-contratistas y sus empleados.
8. PROGRAMA DE IMPLEMENTACION
8.1. Dentro del tiempo especificado en el Contrato, el Contratista presentará un programa de implementación del Contrato para aprobación del Ingeniero. El programa incluirá al menos lo siguiente:
el orden en el cual el Contratista propone llevar a cabo las Obras;
las fechas tope para la presentación y aprobación de los dibujos, si aplica;
una descripción general de los métodos que el Contratista propone adoptar para llevar a cabo las Obras; y
detalles adicionales e información que el Ingeniero podría razonablemente requerir.
La aprobación del programa del Ingeniero no relevará al Contratista de ninguna de sus obligaciones bajo el Contrato.
8.2. Ninguna alteración material del programa de implementación será hecha sin la aprobación del Ingeniero. Sin embargo, si el progreso de las Obras no está conforme con el programa, el Ingeniero puede instruir al Contratista para que revise el programa y presente el programa modificado a él para aprobación.
9. PERSONAL Y EMPLEADOS DEL CONTRATISTA
El personal y obreros empleados por el Contratista deberán suficientes en número, y cada uno deberá contar con las calificaciones necesarias para asegurar el progreso y ejecución satisfactoria de las Obras. El Contratista inmediatamente reemplazará a todas las personas indicadas por el Ingeniero, en una carta estipulando las razones, que estén impidiendo la ejecución apropiada de las Obras. El Contratista hará sus propios arreglos para contratar todo personal y mano de obra. El cumplirá con todas las leyes laborales relevantes que apliquen a sus empleados, les pagará debidamente y les asegurará todos sus derechos legales. El Contratista cumplirá con el artículo 58, Trabajo Infantil y Trabajo Forzado.
10. EQUIPO
El equipo que el Contratista tenga en el Sitio será considerado ser para el propósito de llevar a cabo las Obras. El Contratista no tendrá derecho de removerlo sin el consentimiento escrito del Ingeniero al menos que el demuestre que dicho equipo ya no se requiere para el desempeño de las Obras.
11. DIBUJO DEL CONTRATISTA
11.1. El Contratista presentará al Ingeniero para aprobación:
los dibujos, documentos, muestras y/o modelos de acuerdo con los límites de tiempo y procedimientos estipulados en el Contrato;
los dibujos que el Ingeniero podría razonablemente requerir para la implementación del Contrato.
La aprobación de los dibujos, documentos muestras o modelos por el Ingeniero no relevaran al Contratista de ninguna de sus obligaciones bajo el Contrato.
11.2. Antes de la emisión del Certificado de Sustancial Finalización de las Obras por el Ingeniero, el Contratista proveerá manuales de operación y mantenimiento junto con los dibujos, que tendrán suficiente detalle para permitir que la Autoridad Contratante opera, mantenga, ajuste y repare todas las partes de las Obras.
11.3. Estos dibujos, documentos y artículos detallados no podrán ser reproducidos o utilizados para otro propósito por la Autoridad Contratante, o comunicados a terceros excepto con la aprobación del Contratista y contra el pago de una compensación justa.
12. SEGURIDAD EN EL SITIO Y NO-PERTURBACION
12.1. El Contratista asegurará la seguridad del Sitio y la seguridad de todas las actividades en el Sitio a lo largo del periodo de ejecución y será responsable por tomar todos los pasos necesarios, en el interés de sus empleados, agentes de la Autoridad Contratante y terceros, para evitar pérdidas o accidentes que podrían resultar de la realización de las Obras. El Contratista por su propia responsabilidad y su propio gasto, hará todo lo que pueda para asegurar que las estructuras e instalaciones existentes estén protegidas, preservadas y mantenidas. El será responsable por proveer y mantener por su propio gasto toda la iluminación, protección, cercado y equipo de seguridad que sea necesario para la propia implementación de las Obras o que el Ingeniero podría razonablemente requerir.
12.2. Por su propia responsabilidad y a su xxxxx, el Contratista tomará todas las precauciones requeridas por las buenas prácticas de construcción y por las circunstancias prevalecientes para salvaguardar propiedades adyacentes y evitar causar cualquier perturbación en el predio.
12.3. El Contratista asegurará que todas las operaciones necesarias para la ejecución de las Obras sean realizadas de forma que no interfieran innecesariamente o no apropiadamente con la conveniencia pública, y en particular con el tráfico o enlaces de comunicación, cables subterráneos, conductos e instalaciones.
12.4. El Contratista eximirá e indemnizará al Contratista con respecto de cualquier reclamo, demanda, procedimiento, daños, cargos y gastos que sean surgiendo de o en relación con la falta del Contratista de cumplir con sus obligaciones bajo este artículo.
13. PONER EN MARCHA
13.1. El Contratista será responsable por:
poner las Obras en marcha con precisión en relación con las marca, líneas y niveles de referencia originales proporcionados por el Ingeniero;
la precisión del posicionamiento, nivelado, dimensionamiento y alineamiento de todas las partes de las Obras;
la provisión de todos los instrumentos, accesorios y mano de obra necesaria en conexión con las responsabilidades anteriores; y
la revisión del diseño de la ingeniería y los detalles de las Obras; el informará a la Autoridad Contratante sobre cualquier error o inexactitud de tal diseño y detalle que afectarían las Obras.
13.2. Si en cualquier momento durante la ejecución de las Obras aparece algún error en el posicionamiento, nivelado, dimensionamiento o alineamiento de cualquier parte de las Obras, el Contratista, si así lo desea el Ingeniero, rectificará dichos errores por su propia cuenta a para la satisfacción del Ingeniero, al menos que el error esté basado en datos no precisos proporcionados por el Ingeniero, en cual caso la Autoridad Contratante será responsable por el costo de rectificación.
13.3. La verificación de cualquier puesta en marcha o de cualquier alineamiento o nivelado por el Ingeniero de ninguna forma relevará al Contratista de su responsabilidad por la precisión de estas operaciones. El Contratista cuidadosamente protegerá y preservará todos los marcadores, rieles de visión, clavijas y otros artículos utilizados para poner las Obras en marcha.
14. OBRAS TEMPORALES
El Contratista por su propia cuenta realizará todas las Obras Temporales para facilitar que se realicen las Obras, que el tiene la intención de utilizar como ataguías, andamios, estructuras de techos y hormigones. El tendrá en cuenta cualquier observación del Ingeniero, a la vez que será responsable por estos dibujos.
15. DESCUBRIMIENTOS
Los descubrimientos de cualquier interés que sea hechos durante trabajos de excavación o demolición serán inmediatamente llevados a la atención del Ingeniero. El Ingeniero decidirá como dichos descubrimientos serán tratados, tomando debida cuenta de la xxx xxx xxxx beneficiario.
16. RESPONSABILIDD POR PERDIDAS O DAÑOS
A partir de la fecha de inicio de las Obras hasta la fecha de terminación sustancial, tal como lo estipula el Certificado de Terminación Sustancial, el Contratista tomará completa responsabilidad por el cuidado de las Obras y de todas las Obras Temporales. En el evento de que ocurra cualquier daño o perdida a las Obras o a cualquier parte de las mismas o a cualquier Obra Temporal por cualquier causa que sea (salvo y excepto que sea debido a una Fuerza Mayor, tal como está definida en el artículo 56, el Contratista por su propio costo reparará los daños o pérdidas para que al terminar, las Obras estarán en buen orden y condición y de conformidad en todo respecto con los requerimientos del Contrato y las instrucciones del Ingeniero. El Contratista también será responsable por cualquier daño a las Obras ocasionado por él en el curso de cualquier operación realizada por él con el propósito de cumplir con sus obligaciones bajo el articulo 49.
17. SEGURO
17.1. Sin limitar sus obligaciones y responsabilidades bajo el Contrato, el Contratista contratará las pólizas de seguro especificadas en los artículos 17.2., 17.3 y 17.4. Cada póliza de seguro será efectuada con aseguradoras y bajo términos aprobados por la Autoridad Contratante. Antes de la fecha de inicio, el Contratista presentará copias de las pólizas al Ingeniero. Al pagar cada prima de las pólizas de seguro, el Contratista presentará la evidencia del pago al Ingeniero. El Contratista cumplirá con las condiciones estipuladas en cada una de las pólizas de seguro. Dichas pólizas de seguro estarán en efecto a partir del inicio de las Obras y estarán vigentes hasta la emisión del Ingeniero del Certificado de Terminación Final de las Obras. Cada póliza de seguro estará a nombre conjunto de la Autoridad Contratante' y el Contratista.
17.2. El Contratista contratará una póliza de seguro contra cualquier perdida o daños por los cuales el Contratista es responsable bajo el Contrato surgiendo de una causa ocurriendo previo a la emisión del Certificado de Terminación Sustancial, y por la pérdida o daños causados por el Contratista en el curso de cualquier otra operación (incluyendo aquellos bajo el artículo 49). Dicha póliza de seguro cubrirá:
las Obras, junto con los materiales y planta para su incorporación en las mismas y los dibujos, hasta el total costo del reemplazo contra perdida o daños de cualquier causa surgiendo además de una fuerza mayor;
una suma adicional del 10% de dicho costo de reemplazo o cualquier otra cantidad especificada en el Contrato para cubrir todos los costos directos o indirectos de las pérdidas o daños, incluyendo honorarios profesionales y el costo de demoler y remover cualquier parte de las Obras y de remover desechos de cualquier naturaleza;
el equipo, planta y otras cosas del Contratista, llevadas al sitio por el Contratista por una cantidad suficiente para proveer su reemplazo en el Sitio.
17.3. El Contratista asegurará contra la responsabilidad de cada una de las partes por cualquier perdida, daño, muerte o lesión corporal que le podría ocurrir a cualquier propiedad física (excepto cosas aseguradas bajo el artículo 17.2) o para cualquier persona (excepto personas aseguradas bajo el artículo 17.4), que podrían surgir del desempeño del Contratista del Contrato y ocurriendo antes de la emisión del Certificado Final de Terminación. Al menos de que esté estipulado de otra forma en el Contrato, este seguro será ampliado para cubrir todas las perdidas y daños a la propiedad de la Autoridad Contratante (excepto las cosas aseguradas bajo el artículo 17.2).
17.4. El Contratista contratará una póliza de seguro para cubrir su propia responsabilidad y la responsabilidad de la Autoridad Contratante y del Ingeniero, por reclamos, daños, perdidas y gastos (incluyendo honorarios y gastos legales) surgiendo de lesiones, enfermedades, o la muerte del representante del Contratista, todo el personal utilizado por el Contratista en el Sitio, incluyendo personal del Contratista y de cada sub-contratista, y cualquier otro personal asistiendo al Contratista en la ejecución de las Obras. La póliza de seguro estará en vigor y efecto durante todo el tiempo que este personal esté asistiendo en la ejecución de las Obras o el remedio de defectos.
18. COMPLIMIENTO CON LAS LEYES Y RESPETO PARA LAS TRADICIONES
18.1. El Contratista respetará y cumplirá todas las leyes y reglamentos vigentes en el país beneficiario y asegurará que su personal, sus dependientes y sus empleados locales y sub-contratistas también respeten y cumplan con todas estas leyes y reglamentos. El Contratista indemnizará a la Autoridad Contratante contra cualquier reclamo y procedimiento surgiendo de cualquier violación de dichas leyes y reglamentos.
18.2. El contratista, el personal y los sub-contratistas respetarán los derechos humanos y se emprenderá para no ofender las prácticas políticas, culturales, y religiosas que prevalecen en el país beneficiario.
19. DISCRECION AND CONFIDENCIALIDAD
El Contratista tratará a todos los documentos e información recibida en conexión con el Contrato como privados y confidenciales, y no divulgará ninguno de los particulares del Contrato sin previo consentimiento escrito de la Autoridad Contratante. En particular, se abstendrá de hacer declaraciones públicas relacionadas con el proyecto o las Obras sin previa aprobación de la Autoridad Contratante.
20. CONFLICTO DE INTERES
El Contratista se abstendrá de participar en cualquier actividad que esté en conflicto con su obligación con la Autoridad Contratante bajo el Contrato. El Contratista tomará todas las medidas necesarias para prevenir o terminar cualquier situación que podría comprometer el desempeño imparcial y objetivo del Contrato. Dicho conflicto de interés podría surgir en particular como resultado de intereses económicos, afinidad política o nacional, vínculos familiares o emocionales, o cualquier otra conexión relevante o interés compartido. En particular, el Contratista y sus empleados o cualquier otra compañía con la cual el Contratista esté asociado o vinculado no podrán, aun en base auxiliar o de sub-contrato, proveer otros servicios, realizar obras o proporcionar equipo o materiales para el proyecto con el cual están relacionadas las Obras. Cualquier conflicto de interés que podría surgir durante el desempeño del Contrato, deberá ser notificado por escrito a la Autoridad Contratante sin atraso alguno. El Contratista reemplazará inmediatamente y sin compensación de la Autoridad Contratante, a cualquier miembro del personal expuesto a dicha situación.
21. PRACTICAS CORRUPTAS
21.1. El Contratista y su personal se abstendrán de realizar, condonar o tolerar cualquier práctica corrupta, fraudulenta, colusorias o de coerción, ya sea si dichas prácticas son en relación con el desempeño del Contrato o no. “Practica corrupta” significa el ofrecimiento, entrega, recibir, o solicitar directa o indirectamente, de cualquier cosa de valor como aliciente o recompense por hacer o dejar de hacer cualquier acto en relación con el Contrato o cualquier otro Contrato con la Autoridad Contratante, o por demostrar favor o desfavor a cualquier persona en relación con el Contrato o cualquier otro Contrato con la Autoridad Contratante.
21.2. Los pagos del Contratista bajo el Contrato constituirá el único ingreso o beneficio que él pueda derivar en conexión con el Contrato y ni él ni su personal aceptarán ninguna comisión, descuento, estipendio, pago indirecto u otra consideración con, o en relación con, o en descargo de sus obligaciones bajo el Contrato.
21.3. La ejecución del Contrato no dará lugar a gastos comerciales inusuales. Los gastos comerciales inusuales son comisiones no mencionadas en el Contrato o que no surgen de un contrato concluido en forma apropiada refiriéndose al Contrato, comisiones no pagadas a cambio de cualquier servicio actual y legítimo, comisiones remitidas a un paraíso fiscal, comisiones pagadas a un receptor que no está claramente definido o pagadas a una compañía que parece ser una compañía fantasma.
22. COMPAÑIA CONJUNTA O CONSORCIO
Si el Contratista es una compañía conjunta o consorcio de más de dos personas, todas estas personas estarán conjuntamente y solidariamente obligadas a cumplir con los términos del Contrato. La persona designada por la compañía conjunta o consorcio para actuar de su parte para propósitos de este Contrato tendrá la autoridad de vincular la compañía conjunta o consorcio.
Para propósitos del desempeño del Contrato, la compañía conjunta o consorcio actuará como, y ser considerada, una sola persona, y en particular tendrá cuenta(s) bancaria(s) en su nombre, presentará a la Autoridad Contratante garantías únicas si se les requiere, y presentará solicitadas únicas de pago e informes únicos.
La composición de la compañía conjunta o consorcio no será alterada sin previo consentimiento de la Autoridad Contratante.
23. GARANTIAS
23.1. Si está especificado en el Contrato, y como garantía por su apropiada y eficiente desempeño del Contrato, al ser firmado el Contrato el Contratista proveerá a la Autoridad Contratante con una garantía de desempeño emitida para el beneficio de la Autoridad Contratante. La cantidad y carácter de dicha garantía de desempeño serán tal como lo indica el Contrato.
23.2. En el caso de que un pre-pago este acordado en el Contrato, el pago por la Autoridad Contratante estará sujeto a la previa presentación por el Contratista a la Autoridad Contratante de una garantía de seguridad aprobada de desempeño o garantía de prepago, si así está acordado y bajo las condiciones especificadas en el Contrato.
COMIENZO DE IMPLEMENTACION Y ATRASOS
La fecha en la cual comenzará implementación del Contrato por el Contratista estará especificada en el Contrato o será determinada por una orden administrativa emitida por el Ingeniero al Contratista dentro de un periodo de tiempo especificado en el Contrato.
El periodo de implementación de las Obras comenzará en la fecha fijada de conformidad con el Artículo 24. El periodo de implementación estará especificado en el Contrato sin prejuicio a extensiones del Periodo que podrían ser otorgadas bajo el Artículo 26.
26. EXTENSION DEL PERIODO DE IMPLEMENTACION
26.1. El Contratista podría solicitar a la Autoridad Contratante una extensión del periodo de implementación si su implementación del Contrato es atrasada, o se anticipa que será atrasada, por cualquiera de las siguientes razones:
condiciones climáticas excepcionales en el país beneficiario;
obstrucciones artificiales o condiciones físicas que no se podrían haber razonablemente anticipadas por un Contratista experimentado;
ordenes administrativas afectando la fecha de terminación además de aquellas surgiendo por defecto del Contratista;
la falta de la Autoridad Contratante de cumplir sus obligaciones bajo el Contrato;
cualquier suspensión de las Obras que no es debido por defecto del Contratista;
fuerza mayor de conformidad con el artículo 56.
26.2. Al ser solicitada una extensión, la Autoridad Contratante determinará si la extensión es justificada, y si es, el periodo de dicha extensión de tiempo.
27. ATRASOS EN LA IMPLEMENTACION
Si el Contratista no complete las Obras para la(s) fecha(s) tope, especificada(s) en el Contrato y en su programa de implementación aprobado por el Ingeniero de conformidad con el artículo 8, la Autoridad Contratante, sin aviso formal y sin prejuicio a cualesquiera otros remedies bajo el Contrato, tendrá derecho a daños liquidados por cada día o parte de cada día que pasa entre el final del periodo de implementación o periodo ampliado de implementación y la fecha actual de terminación, por la tasa y hasta la cantidad máxima especificada en el Contrato.
28.1. Dentro de sus poderes, el Ingeniero podrá introducir cualquier variación de la forma, clase o calidad de las Obras o cualquier parte de las mismas que él considera necesario y para ese propósito o por cualquier otra razón el tendrá el poder de ordenar al Contratista a hacerlo y Contratista hará cualquiera de lo siguiente:
aumentar o reducir la cantidad de cualquier trabajo bajo el Contrato;
omitir cualquier trabajo;
cambiar el carácter o calidad o clase de cualquier trabajo;
cambiar los niveles, líneas, posiciones y dimensiones de cualquier parte de las Obras;
ejecutar trabajo adicional de cualquier clase necesaria para la terminación de las Obras.
Ninguna variación viciará o invalidará el Contrato.
28.2. Sin embargo, el Ingeniero obtendrá la aprobación escrita de la Autoridad Contratante antes de dar cualquier orden de cualquier variación que podrían resultar en un incremento del Precio del Contrato o en una alteración esencial de la cantidad, calidad o carácter de la Obras.
28.3. Ninguna variación será realizada por el Contratista sin una orden escrita del Ingeniero. Las variaciones requiriendo la aprobación escrita de la Autoridad Contratante bajo el artículo 28.2 serán hechas por el Contratista solamente bajo orden escrita del Ingeniero acompañada por una copia de la aprobación de la Autoridad Contratante. Con tal de que, sujeto a las provisiones del Contrato, ninguna orden escrita será requerida para cualquier aumento o reducción en la cantidad de cualquier trabajo adonde dicho aumento o reducción no es resultado de una orden dada bajo este artículo, sino que es resultado de que las cantidades exceden o son menos que las estipuladas en la estimación cuantitativa.
28.4. El Ingeniero estimará a la Autoridad Contratante la cantidad a ser agregada o deducida del Precio del Contrato con respecto de cualquier variación, adición u omisión. El valor de cualquier variación, adición u omisión será calculado en base de los precios unitarios contenidos en la Estimación Cuantitativa o el Desglose del Precio General.
29. RIESGOS EXCEPCIONALES
29.1. Si, durante la ejecución de las Obras, el Contratista encuentra obstrucciones artificiales o condiciones físicas que no se hubieron podido razonablemente previstas por un Contratista experimentado y si el Contratista tiene la opinión de que los costos adicionales serán incurridos y/o será necesario una extensión del periodo de implementación del Contratista será necesaria como resultado de ello, el notificara al Ingeniero lo más pronto posible. La notificación del Contratista especificará las obstrucciones artificiales y/o condiciones físicas, dando detalles de los efectos esperados de las mismas las medidas que está tomando o tiene la intención de tomar y el grado del esperado atraso en, o interferencia con, la ejecución de las Obras.
29.2. Al recibir la notificación, el Ingeniero podrá entre otras cosas, dar instrucciones escritas al Contratista sobre como las obstrucciones artificiales o condiciones físicas serán tratadas, y el podrá ordenar que el Contrato sea modificado, suspendido o terminado.
29.3. Hasta adonde el considera que algunas o todas de las dichas obstrucciones artificiales o condiciones físicas no podrían haber sido previstas razonablemente por un Contratista experimentado, el Ingeniero:
tomará en cuenta cualquier atraso sufrido por el Contratista como resultado de dichas obstrucciones o condiciones al determinar cualquier extensión del periodo de implementación a la cual el Contratista tiene derecho bajo estos Términos y Condiciones Generales; y/o
calcular, en el evento de obstrucciones artificiales o condiciones físicas además de condiciones climáticas, los pagos adicionales pagaderos al Contratista.
29.4. Si el Ingeniero decide que algunas o todas las obstrucciones artificiales o condiciones físicas podrían haber sido razonablemente previstas por un Contratista experimentado, el así informará al Contratista lo más pronto posible.
29.5. Las condiciones climáticas no darán el derecho al Contratista de reclamar pagos adicionales bajo el Articulo 29. Cuando el Ingeniero juzgue que las condiciones climáticas que son normalmente previstas o especificadas en el Contrato podría ser difícil una ejecución sin problemas, el podrá decidir suspender dichas Obras de conformidad con el artículo 30.
30.1. Bajo la orden del Ingeniero, el Contratista suspenderá el progreso de las Obras o de cualquier parte de las mismas durante tal tiempo y de tal forma que el Ingeniero considere necesario.
30.2. Durante el periodo de suspensión, el Contratista tomara las medidas proyectivas que sean necesarias para salvaguardar las Obras, planta, equipo y Sitio contra cualquier deterioro, perdida o daño.
30.3. Los gastos adicionales incurridos en conexión con tales medidas de protección serán agregadas al Precio del Contrato, al menos que dicha suspensión es:
necesaria debido a alguna falta del Contratista; o
necesaria debido a las condiciones climáticas normales en el Sitio; o
necesarias para la seguridad o la ejecución propia de las Obras o cualquier parte de las mismas hasta adonde dicha necesidad no surge de cualquier acto o falta por el Ingeniero o Autoridad Contratante o de cualquiera de los riesgos excepcionales referidos en el Articulo 29.
30.4. Después de consultar con la Autoridad Contratante y el Contratista, el Ingeniero determinará dicho pago extra y/o extensión del periodo de implementación a ser hecho al Contratista con respecto de dicho reclamo que en opinión del Ingeniero será justo y razonable.
30.5. Si el periodo de suspensión excede los 180 días y la suspensión no es debido a la falta del Contratista, el Contratista podrá, al notificar al Ingeniero y a la Autoridad Contratante, ya sea solicitar permiso para reiniciar o terminar el Contrato dentro de 14 días.
31. INSPECCION Y PRUEBAS
31.1. Todos los materiales y acabados serán de las clases respectivas descritas en el Contrato y de conformidad con las instrucciones del Ingeniero y estará sujeto de tiempo en tiempo a tales pruebas que el Ingeniero podrá dirigir en el lugar de manufactura o fabricación, o en el Sitio y en todos y cualquiera de estos lugares. El Contratista proporcionará la asistencia, instrumentos, maquinas, mano de obra y materiales normalmente requeridos para examinar, medir, y probar cualquier trabajo, y la calidad, peso o cantidad de cualquier material utilizado y proveerá muestras de materiales antes de incorporación en las Obras, para probar a medida que serían seleccionados y requeridos por el Ingeniero. Todo el equipo e instrumentos de pruebas proporcionado por el Contratista será utilizado solamente por el Ingeniero o por el Contratista de acuerdo con las instrucciones del Ingeniero.
31.2. Todas las muestras serán proporcionadas por el Contratista por su propio costo.
31.3. El Contratista cargará con los costos de cualquiera de las siguientes pruebas:
Aquellas claramente intencionadas por o incluidas en el Contrato;
Aquellas involucrando pruebas de carga o pruebas para asegurar que el diseño de todas las Obras o cualquier parte de las Obras sea apropiado para el propósito para el cual era intencionado de cumplir.
31.4. Los componentes y materiales que no sean de la calidad especificada serán rechazados. Los componentes y materiales rechazados serán removidos por el Contratista del Sitio dentro de un periodo especificado por el Ingeniero. Cualesquiera Obras que incorporen componentes o materiales rechazados serán rechazados.
31.5. Durante el progreso de las Obras y antes de la emisión del Certificado de Finalización Sustancial el Ingeniero tendrá el poder de ordenar o decidir:
la remoción del Sitio, para una fecha tope estipulada en la orden administrativa, de cualesquiera componentes o materiales que, en la opinión del Ingeniero, no están de conformidad con el Contrato;
la sustitución por componentes o materiales apropiados y adecuados; o
la demolición y la re-ejecución apropiada, reparación satisfactoria, no obstante cualquier prueba previa o pago interino por lo tanto, de cualesquiera Obras que, con respecto de los componentes, materiales, acabados o diseño por lo cual el Contratista es responsable, no es, en la opinión del Ingeniero de conformidad con el Contrato.
32. PROPIEDAD DE LA PLANTA Y LOS MATERIALES
32.1. Todo el equipo, Obras temporales y materiales proporcionados por el Contratista y llevados al Sitio, serán considerados exclusivamente intencionados para la ejecución de las Obras, y el Contratista no puede removerlos o cualquier parte de los mismos, excepto para el propósito de moverlos de una parte del Sitio a otro, sin el consentimiento del Ingeniero. Sin embargo, dicho consentimiento no será requerido para los vehículos contratados para transportar al personal, mano de obra, equipo, Obras temporales, planta o materiales a o desde el Sitio.
32.2. Todos los materiales y equipo cubierto por pagos hechos por la Autoridad Contratante al Contratista serán por lo tanto propiedad de la Autoridad Contratante sin limitar la responsabilidad del Contratista de su cuidado.
32.3. El título de cualquier equipo e insumos proporcionados por la Autoridad Contratante descansará con la Autoridad Contratante.
32.4. Al terminar el Contrato, el equipo, Obras Temporales, la planta y materiales en el Sitio serán desechados de conformidad con el artículo 55.4.
PRECIO Y PAGOS DEL CONTRATO
33. SUFICIENCIA DE LOS PRECIOS PROPUESTOS
33.1. Se considerará que el Contratista haya inspeccionado y examinado el Sitio y los alrededores y se haya satisfecho en cuanto a la naturaleza del terreno y el subsuelo antes de presentar su propuesta u oferta de licitación. Se considerará además que él ha tomado en cuenta la forma y naturaleza del Sitio, la magnitud y naturaleza del trabajo y los materiales necesarios para completar las Obras, los medios de comunicar con y el acceso al Sitio, la acomodación que podrá requerir y en general de haber obtenido por sí mismo toda la información necesaria en cuanto a los riesgos, contingencias y cualquier otra circunstancias influyendo o afectando su propuesta u oferta de licitación.
33.2. Se considerará que el Contratista se haya satisfecho antes de presentar su propuesta u oferta de licitación en cuanto a la exactitud y suficiencia de la propuesta u oferta de licitación y de las tasas y precios estipulados en la estimación cuantitativa o desglose del precio general, que cubrirá todas sus obligaciones bajo el Contrato, excepto si esta estipulado de otra forma en el Contrato.
33.3. Debido a que se considera que el Contratista ha determinado sus precios en base de sus propios cálculos, operaciones y estimados, el realizará cualquier trabajo que es el tema de cualquier insumo que sea en su propuesta u oferta de licitación por el cual el no indica ni precio unitario ni una cantidad total, sin recargo alguno.
Al menos que este estipulado de otra forma en el Contrato, no se hará ningún ajuste en el Precio del Contrato con respecto a las fluctuaciones xxx xxxxxxx, precios por mano de obra, materiales, materiales, planta o equipo, no debido a las fluctuaciones en las tasas de interés o devaluaciones o cualesquiera otros asuntos afectando a las Obras.
35. IMPUESTOS
El Contratista será responsable por el pago de todos los cargos e impuestos surgiendo de la ejecución de las Obras y la Autoridad Contratante no tendrá ninguna obligación o responsabilidad en conexión con impuestos o gravámenes pagables por el Contratista en su país de establecimiento o en el país beneficiario en conexión con su desempeño del Contrato. Se considerará que el Contratista se haya satisfecho en cuanto a la aplicación de todas las leyes relevantes. Sin embargo, la Autoridad Contratante proveerá asistencia razonable al Contratista en caso de que al Contratista se le solicite obtener el beneficio de exoneraciones de impuestos.
36. MONEDA DE LOS PAGOS
Los pagos se harán en la(s) moneda(s) estipuladas en el Contrato. Adonde sea necesaria la conversión de la moneda, en particular para costos reembolsables surgiendo en una moneda pero reembolsables en otra moneda, las siguientes tasas aplicarán (al menos que estén estipuladas de otra forma en el Contrato):
para la conversión en Euros, la tasa publicada en Infor-Euro el primer día laboral del mes durante el cual se hace el pago;
para la conversión en la moneda nacional, la tasa publicada por el banco central del país beneficiario el primer día laboral del mes en el cual se hace el pago.
37. CONDICIONES DEL PAGO
37.1. Los pagos se harán por la Autoridad Contratante al Contratista de conformidad con estos Términos y Condiciones Generales. El Contratista especificará la frecuencia y plazos de los pagos, las fechas de pago, las cantidades y las monedas, los arreglos prácticos y requerimientos prácticos para la presentación de solicitudes de pago, si hay.
37.2. Los pagos pagaderos por la Autoridad Contratante serán hechos a la cuenta bancaria del Contratista estipulada en el Contrato.
37.3. Las cantidades adeudadas serán pagados a más tardar 30 días calendario de la fecha de emisión de un certificado de pago interino por el Ingeniero de conformidad con el artículo 40, o de la emisión del ultimo estado de cuenta por el Ingeniero de conformidad del artículo 41.
38.1. La Autoridad Contratante realizará un pre-pago al Contratista por la cantidad, y para las fechas, especificadas en Contratista, al proveer el Contratista una garantía de conformidad con el artículo 23.2, si así lo estipula el Contrato.
38.2. El Contratista utilizará el pre-pago solamente para pagar por equipo, la planta, los materiales, y los gastos de movilización requeridos específicamente para la ejecución del Contrato. El Contratista demostrará que el pre-pago ha sido utilizado en esta forma proporcionando copias de facturas u otros documentos al Ingeniero. Si el Contratista indebidamente utiliza cualquier parte del pre-pago, el mismo será reembolsable inmediatamente
38.3. Al menos que lo estipule de otra forma el Contrato, el pre-pago será reembolsado mediante una reducción de cantidades proporcionadas de los pagos intermedios. La cantidad de la reducción de cada pago intermedio será calculada de conformidad con el método especificado en el Contrato.
Los siguientes principios aplicarán a la medición de las Obras:
39.1. Para un contrato de precio global, la cantidad pagadera bajo el Contrato será determinada en base del desglose del precio general, o en base de un desglose expresado como porcentaje del Precio del Contrato correspondiendo a las fases completadas de las Obras. Cuando los insumos están acompañados por cantidades, estas serán cantidades firmas para las cuales el Contratista ha presentado un precio global y será pagado independientemente de las cantidades de las Obras actualmente realizadas.
39.2. Para un Contrato de precio unitario:
la cantidad pagadera bajo el Contrato será calculada aplicando las tasas unitarias a las cantidades actualmente ejecutadas por los insumos respectivos, de conformidad con el Contrato;
las cantidades desplegadas en la estimación cuantitativa serán las cantidades estimadas de las Obras, que no serán tomadas como las cantidades y correctas de las Obras a ser ejecutadas por el Contratista en cumplimiento de sus obligaciones bajo el Contrato;
el Ingeniero determinará por medición las cantidades actuales de las Obras ejecutadas por el Contratista y estas serán pagadas de conformidad con las provisiones del artículo 40, Pagos Interinos. Excepto si está estipulado de otra forma en el Contrato, ningunas adiciones serán hechas a los insumos en la estimación cuantitativa, excepto como resultado de una variación de conformidad con el Articulo 28 o cualquier otra provisión del Contrato dándole derecho al Contratista a pagos adicionales;
cuando él requiera la medición de cualquiera de las partes de las Obras, el Ingeniero deberá proveer aviso razonable al Contratista para atender o enviar un agente calificado para representarlo. El Contratista o su agente asistirán al Ingeniero para realizar dichas medidas y proveerá todos los particulares requeridos por el Ingeniero. Si el Contratista no atiende o no envía un agente, las mediciones realizadas o aprobadas por el Ingeniero comprometerán al Contratista;
las Obras serán medidas netas, no obstante cualquiera costumbre general o local, excepto adonde lo estipula de otra forma el Contrato.
40.1. Al final de cada periodo estipulado en el Contrato, el Contratista presentará una aplicación de pago interino al Ingeniero en el formato aprobado por el Ingeniero. La aplicación como mínimo incluirá lo siguiente, si aplica:
el valor estimado del Contrato de las Obras permanentes ejecutadas hasta el final del periodo en cuestión;
una cantidad a ser deducida por concepto del reembolso del pre-pago bajo el Artículo 38.
40.2. Dentro de 30 días de recibir una aplicación de pago interino la misma será aprobada o enmendada de tal forma que refleje, en la opinión del Ingeniero, la cantidad pagadera al Contratista bajo el Contrato. En los casos adonde haya una diferencia de opinión en cuanto al valor de un insumo, prevalecerá el punto de vista del Ingeniero. Después de calcular la cantidad pagadera al Contratista, el Ingeniero enviará a la Autoridad Contratante y al Contratista un certificado de pago interino por la cantidad pagadera al Contratista e informará al Contratista de las Obras para las cuales se está hacienda el pago.
40.3. El Ingeniero podrá, mediante un certificado de pago interino, hacer cualquier corrección o modificación a cualquier certificado emitido previamente por él y tendrá el poder de modificar la valuación en, o retener la emisión de, cualquier certificado de pago interino si las Obras o cualquier parte de las mismas no se están llevando a cabo para su satisfacción.
41.1. A más tardar 45 días después de la emisión del Certificado Final de Finalización de conformidad con el artículo 51, el Contratista presentará al Ingeniero un estado de cuenta final con documentos de apoyo demostrando en detalle el valor del trabajo realizado de conformidad con el Contrato, junto con todas las demás sumas que el Contratista considera son pagaderas a él bajo el Contrato para facilitar que el Ingeniero prepare el estado de cuenta final.
41.2. Dentro de 45 días de recibir el borrador del estado de cuenta final y de toda la información requerida razonablemente para su verificación, el Ingeniero preparará el estado de cuenta final, que determina:
la cantidad que, en su opinión, es finalmente pagadera bajo el Contrato;
después de establecer las cantidades previamente pagadas por la Autoridad Contratante y todas las sumas a las cuales la Autoridad Contratante tiene derecho bajo el Contrato, el saldo, si hay, pagadero de la Autoridad Contratante al Contratista, o del Contratista a la Autoridad Contratante, según sea el caso.
41.3. El Ingeniero emitirá el estado de cuenta final a la Autoridad Contratante y al Contratista, que demuestre la cantidad final a la cual el Contratista tiene derecho bajo el Contrato. La Autoridad Contratante y el Contratista firmarán el estado de cuenta final como un reconocimiento del valor total y final del trabajo desempeñado bajo el Contrato e inmediatamente presentarán una copia firmada al Ingeniero.
41.4. El estado de cuenta final firmado or el Contratista constituirá un descargo escrito de la Autoridad Contratante confirmando que el total en el estado de cuenta final representa la liquidación total y final de todo el dinero pagadero al Contratista bajo el Contrato. Sin embargo, tal descarga se hará efectiva solamente hasta que se haya hecho cualquier pago para el Contratista bajo el estado de cuenta final.
42. REEMBOLSO POR EL CONTRATISTA
42.1. El Contratista se emprende en repagar cualquier cantidad pagada en exceso de la cantidad final pagadera a la Autoridad Contratante dentro de 30 días de haber recibido una solicitud para hacerlo. Si el Contratista no hace el repago dentro de este periodo de tiempo, la Autoridad Contratante puede, dentro de dos meses del pago tardío, reclamar intereses por pagos atrasados al Contratista calculados en las mismas condiciones como en el artículo 43.
42.2. Las cantidades a ser repagadas a la Autoridad Contratante puede ser compensadas con las cantidades de cualquier clase pagaderas al Contratista.
43. PAGOS ATRASADOS
43.1. Si la Autoridad Contratante no realiza los pagos dentro de los periodos estipulados en el artículo 37.3, el Contratista podrá, dentro de dos meses del pago tardío, reclamar el pago de intereses:
- por la tasa de redescuento aplicada por la institución que emite del país de la Autoridad Contratante adonde los pagos son hechos en la moneda nacional;
- en la tasa aplicada por el Banco Central Europeo a sus transacciones principales de refinanciamiento en Euros, publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea, adonde los pagos son realizados en Euros,
en el primer día del mes en el cual expiró la fecha tope, mas tres puntos y medio puntos porcentuales.. El interés de pago tardío aplicará al tiempo que pasa entre la fecha tope del pago (exclusive) y la fecha en la cual la cuenta de la Autoridad Contratante es debitada (inclusiva).
43.2. Cualquier incumplimiento del pago de más de 90 días a partir de la expiración del periodo fijado en el Articulo 37.3 dará derecho al Contratista ya sea de no desempeñar el Contrato o de cancelarlo, con previo aviso de 30 días a la Autoridad Contratante y al Ingeniero.
FINALIZACION DE LAS OBRAS
44. PRUEBAS Y VERIFICACION DE LAS OPERACIONES
Las Obras no serán declaradas sustancialmente finalizadas hasta que las verificaciones y pruebas de finalización prescritas en el Contrato hayan sido realizadas de conformidad con el artículo 31 por cuenta del Contratista. El Contratista notificará al Ingeniero de la fecha en la cual dicha verificación y pruebas podrán comenzar.
45. CERTIFICADO DE FINALIZACION SUSTANCIAL
45.1. Cuando todas las Obras han sido sustancialmente finalizadas y han satisfactoriamente pasado cualquier verificación y prueba de finalización prescritas por el Contrato, el Contratista podrá dar un aviso a ese efecto al Ingeniero acompañado por un emprendimiento de finalizar cualquier trabajo pendiente durante el Periodo de Responsabilidad de Defectos. Dicho aviso y emprendimiento esta por escrito se considerará una solicitud del Contratista para que el Ingeniero emita un Certificado de Finalización Sustancial con respecto a las Obras. Dentro de 21 días después de la fecha de entrega de dicho aviso, el Ingeniero emitirá al Contratista con copia a la Autoridad Contratante, un Certificado de Finalización Sustancial estipulando la fecha en la cual, en su opinión, las Obras fueron sustancialmente finalizadas de conformidad con el Contrato o proveerá instrucciones escritas al Contratista especificando todo el trabajo que, en la opinión del Ingeniero, se requiere que lo haga el Contratista antes de la emisión de dicho Certificado. El Ingeniero también notificará al Contratista de cualquier defecto en las Obras afectando la finalización sustancial que puedan aparecer después de dichas instrucciones y antes de la finalización del trabajo estipulado en las mismas. El Contratista tendrá derecho de recibir dicho Certificado de Finalización Sustancial dentro de 21 días de finalización, para la satisfacción del Ingeniero del trabajo especificado y corregir cualquier defecto notificado. Con la emisión del Certificado de Finalización Sustancial de las Obras, se considerará que el Contratista se ha emprendido para completar en forma expedita cualquier trabajo pendiente durante el Periodo de Responsabilidad de Defectos.
46. FINALIZACION SUSTANCIAL DE SECCIONES O PARTES DE LAS OBRAS
De conformidad con el procedimiento en el artículo 45 y con las mismas condiciones proporcionadas en el mismo, el Contratista podrá solicitar que el Ingeniero emita, y el Ingeniero podrá emitir, un Certificado de Finalización Sustancial con respecto de cualquier Sección o parte de las Obras que ha sido sustancialmente finalizada y que han pasado cualquier prueba al finalizar prescrita por el Contrato, si:
un tiempo por separado para la finalización está incluido en el Contrato con respecto de dicha Sección o parte de las Obras;
dicha Sección o parte de las Obras ha sido finalizado para la satisfacción del Ingeniero y es requerido por la Autoridad Contratante para su ocupación o uso.
PERIODO DE RESPONSABILIDAD DE DEFECTOS
La expression de "Periodo de Responsabilidad de Defectos" significará el period de 365 days (o cualquier otro period especificado en el Contrato), calculado a partir de la fecha de finalizacion de las Obras estipulado en el Certificado de Finalizacoin Sustancial emitido por el Ingeniero o, con respecto de cualquier Seccion o parte de las Obras por las cual un Certificado de Finalizacion Sustancial ha sido emitido por aparte, a partir de la fecha de finalizacion de esa Seccion o parte estipulado en el Certificado relevante. La expresion de "las Obras" con respect del Periodo de Responsabilidad de Defectos, sera interpretado en consecuencia.
FINALIZACION DE TRABAJO PENDIENTE Y REMEDIOS DE LOS DEFECTOS
Durante el Periodo de Responsabilidad de Defectos, el Contratista terminará el trabajo, si hay, pendiente a la fecha del Certificado de Finalización Sustancial, y ejecutará todo dicho trabajo de reparación, enmienda, reconstrucción, rectificación y corregir defectos, imperfecciones, encogimientos u otras fallas que podrían ser requeridos del Contratista, por escrito por el Ingeniero durante el Periodo de Responsabilidad de Defectos y dentro de 14 días después de su expiración, como resultado de una inspección hecha por o por parte del Ingeniero previo a la expiración del Periodo de Responsabilidad de Defectos.
COSTO DE EJECUCION DEL TRABAJO DE REPARACION
Todo dicho trabajo pendiente será realizado por el Contratista por su cuenta si la necesidad del mismo, en la opinión de Xxxxxxxxx, será debido al uso de material o acabados no de conformidad con el Contrato, o por descuido o incumplimiento de parte del Contratista de cumplir con cualquier obligación expresada o implicada por parte del Contratista bajo el Contrato.
REMEDIO DE LA FALTA DE CONTRATISTA DE REALIZAR EL TRABAJO REQUERIDO
Si el Contratista falta de realizar cualquier trabajo pendiente de las Obras, la Autoridad Contratante tendrá derecho de emplear y pagar a otras personas para realizar el mismo, y todos los gastos consecuentes del mismo o adicional será recuperable del Contratista por la Autoridad Contratante y podrá ser deducido de cualquier suma pagadera o que podría ser pagadera al Contratista o de garantías retenidas contra el Contratista.
CERTIFICADO FINAL DE FINALIZACION FINAL
Con la finalizacion satisfactoria del trabajo pendiente de las Obras, el Ingeniero dentro de 30 dias de la expiracon del Periodo de Responsabilidad de Defectos, el Ingeniero emitirá un Certificado Final de Finalizacion al Contratista. El Contrato se considerará finalizado con la emision de dicho Certificado, con tal de que las provisioens del Contrato que no esten realizadas y la provision de resolucion de disputas en el Contrato permanecera vigente por el tiempo necesario para eliminar cualquier asunto pendiente entre las partes.
INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO Y TERMINACION
52. INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO
52.1. Una de las Partes estará en incumplimiento del Contrato si no descarga cualquiera de sus obligaciones bajo el Contrato. Cuando ocurra un incumplimiento del Contrato, la Parte dañada tendrá derecho de daños y/o la terminación del Contrato.
52.2. Cuando un incumplimiento del Contrato es atribuible al Contratista, la Autoridad Contratante también tendrá derecho a los siguientes remedies como derecho:
implementación de todas o parte de las Obras utilizando mano de obra directamente empleada;
terminación de todo o parte del Contrato;
conclusión de un contrato con terceros reemplazando al Contratista, después de la previa terminación del Contrato original.
52.3. Además de las medidas mencionadas arriba, la Autoridad Contratante podrá reclamar la aplicación del artículo 27 y el otorgamiento de daños liquidados, así como también el otorgamiento de daños generales.
52.4. En el evento de que las Obras serán ejecutadas por mano de obra directamente empleada o por un Contrato con terceros, reemplazando al Contratista, aplicarán las provisiones del artículo 55.5.
52.5. La recuperación de daños, desembolsos o gastos resultando de la aplicación de medidas estipuladas en este Articulo serán efectuadas por la deducción de las sumas pagaderas al Contratista, del depósito, o por pago bajo la garantía.
53. TERMINACION POR LA AUTORIDAD CONTRATANTE
La Autoridad Contratante podrá, después de dar un aviso de 7 días al Contratista, terminar el Contrato en cualquiera de los siguientes casos:
el Contratista esta en incumplimiento de sus obligaciones bajo el Contrato;
el Contratista no cumple dentro de un tiempo razonable con un aviso entregado por el Ingeniero requiriéndole que arregle cualquier negligencia o falta de desempeñar sus obligaciones bajo el Contrato;
el Contratista se rehúsa o descuida realizar las ordenes administrativas dadas por el Ingeniero;
el Contratista toma alguna acción sin solicitar u obtener la autorización de la Autoridad Contratante o del Ingeniero, cuando dicha previa autorización es requerida bajo el Contrato;
las declaraciones del Contratista y garantías en respecto de su elegibilidad (artículo 59) y/o con respecto del artículo 57 y el artículo 58, parecen ser no verdaderas o dejan de ser verdaderas;
cualquier modificación organizacional involucrando un cambio en la personería, naturaleza o control legal del Contratista (o de los miembros de la compañía conjunta o consorcio, al menos que tal modificación está registrada en un addendum del Contrato;
ocurre cualquier otra inhabilidad legal del Contratista que daña la ejecución del Contrato;
el Contratista no provee la garantía o póliza de seguro requeridas, o si la persona que provee la garantía o póliza de seguro previa requerida bajo el Contrato presente no puede cumplir con sus compromisos;
por conveniencia si esto es en el interés de la Autoridad Contratante.
54. TERMINACION POR EL CONTRATISTA
El Contratista podrá, después de dar un aviso de 14 días a la Autoridad Contratante, terminar el Contrato bajo cualquiera de los siguientes casos:
en las circunstancias especificadas en el artículo 43.2; o
si la Autoridad Contratante está en incumplimiento material de sus obligaciones bajo el Contrato y no ha tomado ninguna acción para remediar las mismas dentro de 30 días después del recibo por la Autoridad Contratante del aviso del Contratista de dicho incumplimiento; o
si la Autoridad Contratante suspende el progreso de las Obras o cualquier parte de las mismas por más de 180 días, por razones no especificadas en el Contrato o no atribuible al Contratista.
55. DERECHOS Y OBLIGACIONES CON LA TERMINACION
55.1. La terminación será sin ningún prejuicio de cualquier otro derecho o poderes de la Autoridad Contratante y el Contratista bajo el Contrato.
55.2. El Ingeniero, con la emisión del aviso de terminación del Contrato, instruirá al Contratista a tomar los pasos inmediatos para cerrar las Obras en forma rápida y ordenada, y de reducir los gastos a un mínimo. El Contratista hará que el Sitio sea seguro y dejará el Sitio lo más rápido razonablemente posible.
55.3. El Ingeniero, lo más rápido posible después de la terminación, tomará las siguientes acciones:
certificará el valor de las Obras y todas las sumas pagaderas al Contratista a la fecha de la terminación;
preparará un informe del trabajo ejecutado por el Contratista después de una inspección de las Obras y el inventario realizado de las estructuras temporales, los materiales, planta y equipo. El Contratista será invitado a la inspección y la realización del inventario.
55.4. La Autoridad Contratante tendrá la opción de adquirir en total o en parte las Obras temporales y las estructuras que han sido aprobadas por el Ingeniero, la planta, el equipo y materiales específicamente proporcionados o manufacturados en conexión con la ejecución de las Obras, bajo el Contrato. El precio de compra de dichas Obras Temporales, estructuras, equipo, planta y materiales no excederá la porción no pagada de los gastos incurridos por el Contratista, dicho gasto siendo limitado a lo requerido para implementación del Contrato bajo condiciones normales. La Autoridad Contratante puede adquirir, a precio xx xxxxxxx, los materiales e insumos proporcionados u ordenados por el Contratista y no pagados todavía por la Autoridad Contratante en tales condiciones que el Ingeniero considera apropiadas.
55.5. La Autoridad Contratante con la terminación del Contrato, podrá completar las Obras ella misma utilizando mano de obra directamente empleada o concluir otro contrato con terceros reemplazando al Contratista. Los gastos adicionales resultando del uso de mano de obra directamente empleada o de un contrato con terceros reemplazando al Contratista serán cargados por el Contratista en el caso de terminación por la Autoridad Contratante bajo el artículo 53 (a) a (h).
00.0.Xx la Autoridad Contratante termina el Contrato bajo el artículo 53 (a) a (h), tendrá derecho a recuperar del Contratista cualquier perdida que ha sufrido hasta la cantidad máxima estipulada en el Contrato. Si no está estipulada ninguna cantidad máxima, la Autoridad Contratante no tendrá derecho de recuperar más de las parte del precio del Contrato correspondiente al valor de esa parte de las Obras que no pueda, por razón del incumplimiento del Contratista, ser puesta al uso intencionado.
55.7. En el caso de terminación bajo el articulo 52(i) y 53, el Contratista tendrá derecho a reclamar, además de las sumas pagaderas a él por Obras ya finalizadas satisfactoriamente, y por sumas pagaderas a él bajo el artículo 55.4, el reembolso de cualquier costo razonable relacionado con la terminación rápida y ordenada del Contrato y costos respaldados resultando de compromisos acordados previo a la fecha de terminación. El Contratista no tendrá derecho a cualquier otro pago o daños.
56.1. Ninguna de las partes serán consideradas en incumplimiento de sus obligaciones bajo el Contrato se el desempeño de dichas obligaciones es prevenido por cualquier circunstancia de fuerza mayor que surja después de la fecha de firma del Contrato por ambas partes.
56.2. El término de "fuerza mayor ", como es utilizado aquí significará casos fortuitos, huelgas, encierres u otros disturbios industriales, actos del enemigo público, guerras, declaradas o no, bloqueos, insurrección, revueltas, epidemias, deslizamientos, terremotos, tormentas, relámpagos, inundaciones, deslices, disturbios civiles, explosiones, y cualquier otro evento similar no anticipado más allá del control de cualquiera de las partes y que por el ejercicio de debida diligencia ninguna de las partes puede superar.
La parte afectada por un evento de fuerza mayor tomará toda medida razonable para remover dicha inhabilidad de la parte de cumplir sus obligaciones aquí con un atraso mínimo.
56.3. Si cualquiera de las partes considera que han ocurrido alguna circunstancia de fuerza mayor que podrán afectar el desempeño de sus obligaciones notificará a la otra parte inmediatamente dando los detalles de la naturaleza, la probable duración y posible efecto de las circunstancias. Al menos que sea dirigido de otra forma por el Ingeniero por escrito, el Contratista continuará desempeñando sus obligaciones bajo el Contrato hasta adonde sea razonable practicable y empleará toda medio alternativo razonable para desempeñar sus obligaciones que el evento de fuerza mayor no le previene de desempeñar. The Contractor shall not employ such alternative means unless directed to do so by the Engineer.
56.4 Contratista incurre costos adicionales al cumplir con las direcciones del Ingeniero o utilizando medios alternativos bajo el Articulo 56.3, la cantidad de los mismo será certificada por el Ingeniero.
56.5. Si han ocurrido circunstancias de fuerza mayor y continúan por un periodo de 180 días, entonces no obstante cualquier ampliación del tiempo para finalizar las Obras y se le ha otorgado al Contratista por esa razón, cualquiera de las partes tiene el derecho de server a la otra parte con un aviso de 30 días para cancelar el Contrato, si con la expiración del periodo de 30 días la situación de fuerza mayor todavía aplica, el Contrato será cancelado y por virtud de la ley gobernando el Contrato, las Partes serán liberadas de la ejecución adicional del Contrato.
57. TRABAJO INFANTIL Y TRABAJO FORZADO
El contratista (y cada miembro de una compañía conjunta o consorcio) garantiza que él y sus afiliados cumplen con el Convenio de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas - UNGA Doc A/RES/44/25 (12 de diciembre de1989) con Anexo – y que él o sus afiliados no hacen ni harán uso de mano de obra forzada o compulsoria tal como lo describe el Convenio del Trabajo Forzado y el Convenio105 para la Abolición del Trabajo Forzado de la Organización Internacional de Trabajo. Además, el Contratista garantiza que el y sus afiliados respetan y respaldan los derechos sociales básicos y las condiciones laborales para sus empleados. Cualquier incumplimiento de esta representación y garantía, en el pasado o durante el desempeño del Contrato, dará el derecho a la Autoridad Contratante de terminar este Contrato inmediatamente con un aviso al Contratista, sin costo alguno o responsabilidad para la Autoridad Contratante.
58. MinAs
El Contratista (y cada miembro de una compañía conjunta o consorcio) garantiza que él y sus afiliados no participan en ningún desarrollo, venta o manufactura de minas anti-persona y/o bombas de racimo o los componentes utilizados en la manufactura de minas anti-persona y/o bombas de racimo. Cualquier incumplimiento de esta representación y garantía dará derecho a la Autoridad Contratante de terminar este Contrato inmediatamente con aviso al Contratista, sin costo o responsabilidad para la Autoridad Contratante.
59. Inelegibilidad
Al firmar el Contrato, el Contratista (o si es una compañía o consorcio, cualquier miembro del mismo) certifica que él y/o sus afiliados no están en una de las situaciones listadas abajo:
Están en bancarrota o están cerrando, o sus asuntos son administrados por los juzgados, han entrado en un acuerdo con acreedores, han suspendido actividades de negocios, son tema de procedimientos relacionados con asuntos de casa, o están en una situación análoga surgiendo de un procedimiento similar parte de la legislación o reglamentos nacionales;
Si han sido condenados por una ofensa relacionada con su conducta profesional por un juicio con fuerza de res judicata;
Han sido culpables de mala conducta grave profesional comprobada por cualquier medio que la Autoridad Contratante pueda justificar;
No han cumplido obligaciones relacionadas con el pago de contribuciones de seguridad social o pago de impuestos de acuerdo con las provisiones legales del país en el cual están establecidos o con los del país de la Autoridad Contratante o las del país adonde será desempeñado el Contrato;
Han sido sujetos de un juicio con la fuerza de res judicata por fraude, corrupción, participación en una organización criminal o cualquier otra actividad;
Siguiendo otro procedimiento de adquisición o procedimiento de adjudicación de donación financiada por el presupuesto de la Comunidad Europea o cualquier otro donante o siguiendo otro procedimiento de adquisición realizado por la Autoridad Contratante o por uno de sus socios, han sido declarados en serio incumplimiento del Contrato por la falta de cumplir con sus obligaciones Contractuales.
60. VERIFICACIONES Y AUDITORIAS
Para el propósito de verificaciones y auditorias el Contratista permitirá que la Autoridad Contratante y el Ingeniero inspeccionen en cualquier momento, los registros incluyendo documentos financieros y de contabilidad y de hacer copias de los mismos y permitirá que la Autoridad Contratante, el Ingeniero o cualquier persona autorizada por ellos, incluyendo la Comisión Europea, la Oficina Europea Anti-Fraude y el Juzgado de Auditores en caso de que el Contrato es financiado por el presupuesto de la Comunidad Europea, en cualquier momento, para auditar dichos registros y cuentas tanto durante y después de la ejecución de las Obras. Estas inspecciones pueden tomar lugar hasta 7 años después del pago final. La Autoridad Contratante y el Ingeniero pueden realizar cualquier verificación documental o en-el-acto que considere necesario en el caso de gastos comerciales inusuales sospechados.
61. RESOLUCION DE DISPUTAS
61.1. Las partes harán todo esfuerzo para resolver en forma amigable cualquier disputa, que podrá surgir entre ellas. Una vez ha surgido una disputa, las partes se notificarán mutuamente por escrito sobre sus posiciones sobre la disputa y cualquier solución que consideran posible. Si cualquiera de las partes lo considera útil, las Partes se reunirán y tratarán de resolver la disputa. Una de las partes responderá a una solicitud de resolución amigable dentro de 30 días de dicha solicitud. El periodo máximo para alcanzar dicha resolución será de 120 días a partir del inicio del procedimiento. Si no funciona el intento de alcanzar una resolución amigable o una de las partes no responde a tiempo a las solicitudes de una resolución, cualquiera de las partes tendrá la libertad de proceder a la siguiente etapa del procedimiento de resolución de la disputa notificando a la otra parte.
61.2. Si no se alcanza una resolución dentro de 120 días del inicio del procedimiento de resolución amigable de la disputa, cualquiera de las partes puede buscar:
ya sea un fallo de un juzgado nacional
o un fallo de arbitraje de conformidad con el Contrato.
62. ASIGNACION DE DERECHOS Y OBLIGACIONES POR LA AUTORIDAD CONTRATANTE
La Autoridad Contratante reserve el derecho de transferir y asignar a cualquiera de sus socios, o a otro beneficiario cualquier derecho y cualquier obligación que la Autoridad Contratante tenga en contra del Contratista bajo el Contrato.
63. RESPONSABILIDAD
Bajo ninguna circunstancia o por ninguna razón que sea el Donante considerará cualquier solicitud de indemnización o pago directamente presentado por los contratistas (de la Autoridad Contratante)
CODIGO DE CONDUCTA PARA CONTRATISTAS PRINCIPIOS Y ESTANDARES DE ETICA
Por este Código de Conducta, la Autoridad Contratante aplica la ética a la adquisición. Nosotros esperamos que nuestros contratistas actúen en forma socialmente y ambientalmente responsable y que activamente trabajen por la implementación de los estándares y principios de este Código de Conducta. El Código de Conducta es aplicable para todos nuestros contratistas que proveen bienes, servicios y obras para nuestras operaciones y proyectos.
Este Código de Conducta y los principios y estándares relacionados está basado en recomendaciones de la Iniciativa Danesa para el Comercio Etico (DIEH por sus siglas en ingles)1, los principios del Compacto Global de las Naciones Unidas2 y las Pautas de Ayuda Humanitaria para Adquisición de ECHO 20113.
Condiciones Generales
El Código de Conducta define los requerimientos y estándares de ética para nuestros contratistas, quienes esperamos firmen y respeten el Código de Conducta, y trabajen activamente para la implementación del mismo. Al firmar el Código de Conducta los contratistas acuerdan centrar la ética en sus actividades de negocios.
La provisión de los estándares de ética constituye los estándares mínimos en vez de los máximos. Las leyes internacionales y nacionales serán cumplidas y adonde las provisiones xx xxx y los estándares de la Autoridad Contratante que abordan el mismo tema, aplicará el estándar más alto. Es responsabilidad del contratista asegurar que sus contratistas y subcontratistas cumplan con los requerimientos y estándares de ética desplegados en este Código de Conducta.
La Autoridad Contratante reconoce que implementar los estándares de ética y asegurar el comportamiento ético en nuestra cadena de suministro es un proceso continuo y compromiso de largo plazo por lo cual tenemos responsabilidad. Para lograr altos estándares éticos para las adquisiciones nosotros estamos dispuestos a participar en el dialogo y colaboración con nuestros contratistas. Además, esperamos que nuestros contratistas sean abiertos y dispuestos a participar en un dialogo con nosotros para implementar estándares de ética para sus negocios.
La poca disposición de cooperar o las serias violaciones del Código de Conducta resultaran en la terminación de contratos.
Los Derechos Humanos y Derechos Laborales
En todo momento, los contratistas deberán proteger y promover los derechos humanos y laborales y trabajar activamente para abordar los temas de interés. Como mínimo, están obligados a cumplir con los siguientes estándares de la ética:
Respeto por los Derechos Humanos (Declaración Universal de Derechos Humanos de las Naciones Unidas)
Los principios básicos de los Derechos Humanos Universales son que todos los seres humanos nacen libres y iguales en dignidad y en derechos, y todos tienen el derecho a la vida, libertad y seguridad de la persona. Los contratistas no deberán faltar a su responsabilidad de cumplir y promover los Derechos Humanos con los empleados y la comunidad en la cual operan.
La No Explotación del Trabajo Infantil (la Convención Sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas y las Convenciones C138 y C182 de la Organización Internacional del Trabajo)
Los contratistas no deberán participar en la explotación del trabajo infantil4 y los contratistas deberán tomar los pasos necesarios para prevenir el uso del trabajo infantil. Un niño se define como una persona menor de 18 años y no participaran en trabajo que comprometa su salud, seguridad, desarrollo mental y social, y educación. Los niños menores de 15 años (en países en desarrollo la edad es 14 años) no pueden realizar trabajos regulares, pero los niños mayores de 13 años (en países en desarrollo la edad es 12 años) pueden realizar trabajos livianos si no interfieren con la educación obligatoria y no son dañinos para su salud y desarrollo.
El empleo es seleccionado libremente (Convenio de la Organización Internacional del Trabajo C29 y C105)
Los contratistas no utilizarán trabajo forzado o de servidumbre y deberán respetar la libertad de los trabajadores de dejar el empleo.
Libertad de asociación y el derecho de negociación colectiva (Convenio de la Organización Internacional de Trabajo C87 y C98)
Los contratistas deberán reconocer los derechos de los trabajadores de unirse o formar sindicatos y negociar colectivamente y deberán adoptar una actitud abierta en relación con las actividades de los sindicatos (aunque esto sea restringido bajo las leyes nacionales).
Se deberá pagar salaries dignos (Convención de la Organización Internacional de Trabajo C131)
Como mínimo, los contratistas deberán cumplir estándares xxxxxxxxxx xxx xxxxxxx mínimo o estándares de salarios de la Organización Internacional de Trabajo. Además, deberán proveer un salario digno. Un salario digno es contextual, pero siempre deberá cumplir con las necesidades básicas como alimentos, refugio, ropa, atención de la salud y la educación y proveer ingresos discrecionales5 - lo cual no siempre es el caso con un salario mínimo formal.
La No Discriminacion en el empleo (Convenio de la Organizacion Internacional del Trabajo C100 y C111 y el Convenio de las Naciones Unidas de la Discriminación contra Mujeres)
Los contratistas no deberán practicar la discriminación en la contratación, salarios, terminación del trabajo, retiro, y acceso a la capacitación o a promociones – basándose en la raza, origen nacional, casta, genero, orientación sexual, afiliación política, incapacidad, estado civil, o estatus de VIH/SIDA.
No se permitirá un trato inhumano x xxxxxx de los empleados
El uso de abusos físicos, castigos disciplinarios, abusos sexuales, la amenaza del abuso sexual y físico y otras formas de intimidación nunca deberán ser practicadas por los contratistas.
Las condiciones de trabajo son seguras e higiénicas (Convención de la Organización Internacional del Trabajo C155)
Los contratistas deberán tomar los pasos adecuados para proveer ambientes de trabajo seguros e higiénicos. Además, la seguridad de los trabajadores deberá ser prioridad y se deberá tomar los pasos adecuados para prevenir accidentes y lesiones a la salud, asociados con o ocurriendo en el curso del trabajo.
Las horas laborales no son excesivas (Convención de la Organización Internacional de Trabajo C1 y C14)
Los contratistas deberán asegurar que las horas laborales cumplan con las leyes nacionales y los estándares internacionales. Una semana laboral de 7 días no deberá exceder 48 horas y los empleados deberán gozar de un día libre por semana. Las horas extras serán compensadas, limitadas y voluntarias.
Se proporcionará un trabajo regular (Convención de la Organización de Trabajo C143)
Todo trabajo realizado deberá ser en base de una relación de empleo reconocido establecida mediante convenciones internacionales y las leyes nacionales. Los contratistas deberán proteger el empleo regular de los grupos vulnerables bajo estas leyes y convenciones y deberán proveer un contrato escrito a los trabajadores.
Ley Humanitaria Internacional
Los contratistas vinculados con conflictos armados o operando en escenarios de conflictos armados respetarán los derechos civiles bajo la Ley Humanitaria Internacional y no participaran en actividades que directa o indirectamente inician, sostienen, y / o agravan los conflictos armados y violaciones de la Ley Humanitaria Internacional6. Se espera que los contratistas apliquen un abordaje de “no hacer daño” a las personas afectadas por conflictos armados.
Además, los contratistas no participarán en ninguna otra actividad ilegal.
Participación en Actividades xx Xxxxx
La Autoridad Contratante aboga por la Convención de Ottawa en contra de minas terrestres y la Convención sobre Municiones de Racimo en contra de bombas racimo. Los contratistas no participarán en ningun desarrollo, venta o manufactura de minas anti-persona, bombas de racimo o componentes, o cualquier otra arma que alimenta las violaciones de la Ley Humanitaria Internacional o está cubierta por los Convenciones y Protocolos xx Xxxxxxx.
Protección del Ambiente
La Autoridad Contratante desea minimizar los daños ambientales de la naturaleza aplicados mediante nuestras actividades de adquisición y esperamos que nuestros proveedores y contratistas actúen en forma ambientalmente responsable. Esto implica respetar la legislación ambiental nacional e internacional y actuar de acuerdo con la Declaración de Rio.
Como mínimo los contratistas deberán abordar asuntos relacionados con el manejo de desperdicios, asegurando el reciclaje, la conservación de escasos recursos, y el uso eficiente de la energía.
Anti-Corrupción
La corrupción es definida por la Autoridad Contratante como el mal uso del poder encomendado para logros privados e incluye el chantaje, fraude, malversación y extorsión. La Autoridad Contratante tiene la gran responsabilidad de evitar la corrupción y asegurar altos estándares de integridad, rendición de cuentas, equidad y conducta profesional en nuestras relaciones de negocios. Se espera que los contratistas apliquen el mismo abordaje emprendiendo buenas y justas éticas y practicas de negocios, tomando acciones para prevenir y luchar contra la corrupción y cumplir con convenciones internacionales así como las leyes internacionales y nacionales. Para luchar contra la corrupción y promover la transparencia, a los contratistas enfrentando practicas de corrupción se les aconseja hacer una queja en el Mecanismo de Quejas de DCA7.
No es aceptable la participación de ningún contratista en cualquier forma de practica corrupta durante cualquier etapa del proceso de selección, en relación con la ejecución de un contrato o en cualquier otro contexto de negocios, y conducirá al rechazo de ofertas o la terminación de contratos.
Lista de Convenciones y Tratados Internacionales cubiertos por este Código de Conducta para Contratistas
Naciones Unidas Declaración Universal de Derechos Humanos / UN Universal Declaration of Human Rights, 1948; xxxx://xxx.xx.xxx/xx/xxxxxxxxx/xxxx/xxxxx.xxxxx
Directrices de Negocios y Derechos Humanos de las Naciones Unidas / Un Guiding Principles on Business and Human Rights, 2011;
xxxx://xxx.xxxxx.xxx/Xxxxxxxxx/Xxxxxxxxxxxx/XxxxxxxXxxxxxxxxxXxxxxxxxXX_XX.xxx
Convenciones xx Xxxxxxx I-IV, 1949 y protocolos adicionales / Geneva Conventions I-IV, 1949 and additional Protocols;
xxxx://xxx.xxxx.xxx/xxx/xxx-xxx-xxx/xxxxxxxx-xxxxxxxxx-xxx/xxxxxx-xxxxxxxxxxx/xxxxx.xxx
Organización Internacional de Trabajo Declaración de Principios y Derechos Fundamentales el Trabajo / ILO Declaration on Fundamental Principles and Rights at Work, 1998; xxxx://xxx.xxx.xxx/xxxxxxxxxxx/xxxx--xx/xxxxx.xxx and xxxx://xxx.xxx.xxx/xxxxx0/xxxxxx/xxxxxx/---xx_xxxx/---xxxxxxxxxxx/xxxxxxxxx/xxxxxxxxxxx/xxxx_000000.xxx
Naciones Unidas Convención del Niño sobre los Derechos del Niño / UN Child Convention on the Rights of the Child, 1990; xxxx://xxx0.xxxxx.xxx/xxxxxxx/xxx/xxx.xxx
C182, Convención sobre las Peores Formas de Trabajo Infantil / C182, Worst Forms of Child Labour Convention, 1999; xxxx://xxx.xxx.xxx/xxxxxx/xxx-xxx/xxxxxx.xx?X000
C138, Convención sobre la Edad Mínima / C138, Minimum Age Convention, 1973; xxxx://xxx.xxx.xxx/xxxxxx/xxx-xxx/xxxxxx.xx?X000
C87, Convención de la Libertad de Asociación y Protección del Derecho de Organizar / C87, Freedom of Association and Protection of the Right to Organise Convention, 1948; xxxx://xxx.xxx.xxx/xxxxxx/xxx-xxx/xxxxxx.xx?X000
C98 Convención del Derecho de Organizar y Negociación Colectiva / C98, Right to Organise and Collective Bargaining Convention, 1949; xxxx://xxx.xxx.xxx/xxxxxx/xxx-xxx/xxxxxx.xx?X000
C29 Convención del Trabajo Forzado / C29, Forced Labour Convention, 1930; xxxx://xxx.xxx.xxx/xxxxxx/xxx-xxx/xxxxxx.xx?X000
C105 Convención sobre la Abolición del Trabajo Forzado / C105, Abolition of Forced Labour Convention, 1957; xxxx://xxx.xxx.xxx/xxxxxx/xxx-xxx/xxxxxx.xx?X000
C131, Convención sobre la Fijación xx Xxxxxxx Mínimo / C131, Minimum Wage Fixing Convention, 1970; xxxx://xxx.xxx.xxx/xxxxxx/xxx-xxx/xxxxxx.xx?X000
C100, Convención sobre la Igualdad de Remuneración / C100, Equal Remuneration Convention, 1951; xxxx://xxx.xxx.xxx/xxxxxx/xxx-xxx/xxxxxx.xx?X000
C111, Discriminación (Empleo y Ocupación) / C111, Discrimination (Employment and Occupation) Convention, 1958; xxxx://xxx.xxx.xxx/xxxxxx/xxx-xxx/xxxxxx.xx?X000
La Convención de las Naciones Unidas sobre la Eliminación de toda forma de Discriminación en contra de la Mujer / The UN Convention on the Elimination on All Forms of Discrimination against Women 1979; xxxx://xxx.xx.xxx/xxxxxxxxxx/xxx/xxxxx/xxxx/xxxxxxxxxxx.xxx
C1, Convención sobre las Horas de Trabajo (Industria) / C1, Hours of Work (Industry) Convention, 1919; xxxx://xxx.xxx.xxx/xxxxxx/xxx-xxx/xxxxxx.xx?X000
C14, Convención Sobre el Descanso Xxxxxxx (Xxxxxxxxx) / X00, Xxxxxx Xxxx (Xxxxxxxx) Xxxxxxxxxx, 0000; xxxx://xxx.xxx.xxx/xxxxxx/xxx-xxx/xxxxxx.xx?X000
C143, Convención 1975 Obreros Migrantes (Provisiones Suplementales) / C143, Migrant Workers (Supplementary Provisions) convention, 1975; xxxx://xxx.xxx.xxx/xxxxxx/xxx-xxx/xxxxxx.xx?X000
C155, Convención de la Seguridad y de Salud Ocupacional / C155, Occupational Safety and Health Convention, 1981; xxxx://xxx.xxx.xxx/xxxxxx/xxx-xxx/xxxxxx.xx?X000
La Declaración de Rio sobre el Ambiente y el Desarrollo / The Rio Declaration on Environment and Development, 1992; xxxx://xxx.xxxx.xxx/Xxxxxxxxx.Xxxxxxxxxxxx/Xxxxxxx.xxx?XxxxxxxxXXx00&XxxxxxxXXx0000&xxxx
La Convención de Ottawa / The Ottawa Convention, 1997; xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxxx/xxx/xxx/xxxx_xxxxxx/Xxxxxx_Xxxxxxxxxx_Xxxxxxx.xxx
La Convención Sobre Municiones de Racimo / The Convention on Cluster Munitions, 2007; xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxx/0000/00/Xxxxxxxxxx-XXX0.xxx
1 xxxx://xxx.xxxx.xx/xxxxx-xxxxxx/xxxxxxx-xxxxx-xxxxxx/xxxx-xxxxxxxxxxxxxx-xxx-xxxxx-xxxxxx/xxxx-xxxxxxxxxx/
2 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx/XxxxxXxxXX/XxxXxxXxxxxxxxxx/
index.html
3 xxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxx/xxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx_xxx/xxxxxxxxxxx_xxxxxxxxxx_xx.xxx
4 La definición del Trabajo Infantil se puede encontrar en: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx/XxxxxXxxXX/XxxXxxXxxxxxxxxx/xxxxxxxxx0.xxxx and xxxx://xxx.xxx.xxx/xxxxxx/xxx-xxx/xxxxxx.xx?X000
5 El ingreso discrecional es la cantidad del ingreso de la persona que queda para gastar, invertir o ahorrar después de pagar impuestos y necesidades personales (como alimentos, refugio y ropa).
6 Esto incluye el saqueo/pillaje lo cual es tomar la propiedad privada ilegalmente para ganancia personal o privada, basándose en la fuerza, amenazas, intimidación, presión y a través de una posición de poder lograda debido al conflicto que lo rodea.
7 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxx-xx/xxxxxxx-xxxxxxxxx/xxxx-xxxxxxxxxx/xxxxxxxxxx
23