Equipo. 5.1 Según corresponda a los Servicios Contratados, el Proveedor podrá entregar el Equipo en arrendamiento, comodato o compraventa al Suscriptor, conforme a la carátula, incluyendo sin limitar software, adaptadores de terminales multimedia, decodificadores, módems, moduladores, teléfonos celulares, videograbadores, DVR y/o cualquier otro que lo sustituya y acordando como garantía de cumplimiento de las obligaciones relacionadas con los Equipos otorgados en arrendamiento o comodato, la firma de un pagaré para asegurar la devolución de los Equipos. El Proveedor es el único responsable ante el Suscriptor por cualquier inconveniente que pueda llegar a suscitarse con el Equipo otorgado en comodato o arrendamiento.
5.2 Cuando la entrega del Equipo se realice en la modalidad de Comodato, aplicará lo siguiente:
a) El Suscriptor se compromete a la guarda, custodia y conservación del Equipo, asumiendo las obligaciones del comodatario conforme al Código Civil Federal, durante el tiempo que se encuentre en su poder y hasta el momento en que el Equipo sea recibido de conformidad por el Proveedor o por quien ésta designe.
b) La vigencia del comodato estará sujeta a la duración del Servicio Principal para el cual se utilice el Equipo respectivo, bajo esta modalidad de uso y goce temporal.
c) El Suscriptor recibe el Equipo en perfectas condiciones y deberá devolver el mismo al Proveedor, en las mismas condiciones en que lo recibió, salvo por el desgaste natural causado por el paso del tiempo.
d) El Suscriptor tiene prohibido vender el Equipo, cambiar de domicilio el Equipo sin consentimiento del Proveedor, utilizar el Equipo en forma no autorizada por el Proveedor, permitir que un tercero no autorizado haga uso del Equipo o ceder el Equipo sin el consentimiento del Proveedor.
e) En caso que aplique de conformidad con el Servicio, el Suscriptor declara bajo protesta de decir verdad que el domicilio donde se encontrará el Equipo es el indicado en la carátula de este Contrato.
Equipo. El Contratista se compromete a mantener en el sitio de los trabajos, de acuerdo con los requerimientos de los mismos, un equipo adecuado y suficiente. SBASE podrá exigir el cambio o refuerzo del equipo cuando el provisto, ya sea por su estado o características, no permita la correcta ejecución de un trabajo y/o sostener el ritmo previsto. El equipo deberá ser mantenido en todo tiempo en condiciones eficientes de trabajo, tener capacidad para realizar con eficacia y seguridad los trabajos determinados en el Contrato y sus documentos complementarios, dentro de los términos y condiciones especificadas en ellos, y estará sujeto en todo momento a la verificación y prueba que haga la DO. La conformidad que dé SBASE al equipo que proponga el Contratista en su Oferta o a sus modificaciones, no relevará al Contratista de su obligación de ejecutar los trabajos de acuerdo con el Contrato y sus documentos complementarios y no implica respon- sabilidad alguna para SBASE si debe ser aumentado, modificado o cambiado total o parcialmente, antes o durante la ejecución de los trabajos, para cumplir con el Plan de Trabajos previsto y aprobado. Se entiende que una de las condiciones básicas del Contrato es el cumplimiento del mismo dentro del plazo de ejecución programado. La DO tendrá derecho a exigir al Contratista un aumento o cambio total o parcial del equipo y plantas de trabajo, si en el curso de la ejecución de los trabajos se pone de manifiesto, a juicio de la DO, que resultan total o parcialmente defectuosos, ineficaces o insuficientes.
Equipo. El Contratista dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a la iniciación del proyecto, deberá remitir a la Dirección un listado en el que se describa ampliamente el equipo que está utilizando. Queda convenido que el Contratista deberá mantener el equipo en buenas condiciones de operación, pudiendo retirarlo o reemplazarlo únicamente con el consentimiento escrito de la Dirección. El equipo que a juicio de la Empresa Supervisora no esté en buenas condiciones de funcionamiento, será notificado por esté, a la Dirección General de Carreteras la cual será retirado o reemplazado de la obra, para lo cual será necesario únicamente que la Dirección lo ordene mediante nota y su reemplazo deberá efectuarse dentro de los quince (15) días calendario después de recibida la nota.
Equipo. EN EL ENLACE MICROONDAS, EL EQUIPO QUE COMPONE LA TERMINAL DEL CLIENTE, ES DECIR, POR CENTRO EDUCATIVO DEBERÁ SER NUEVO O QUE EL EQUIPO SE ENCUENTRE EN ÓPTIMAS CONDICIONES DE OPERACIÓN, Y ESTARÁ INTEGRADO POR: EQUIPO TERMINAL RUTEADOR CPE. INYECTOR XXX ANTENA BIDIRECCIONAL. EL DIÁMETRO DE LAS ANTENAS A INSTALAR EN LOS CENTROS EDUCATIVOS DEBERÁ SER COMO MÁXIMO DE 1 METRO. SOPORTE DE FIJACIÓN Y HERRAJE PARA MONTAJE DE ANTENA. CABLEADO DE RED UTP PARA TRANSMISIÓN DE DATOS Y PODER A RADIO TRANSCEPTOR. EL PROVEEDOR DEL SERVICIO DE INTERNET DEBERÁ DE CONSIDERAR EN SU PROPUESTA LA INSTALACIÓN DE UN EQUIPO DE PROTECCIÓN (UPS / NO-BREAK) EN CADA SITIO CUYAS CARACTERÍSTICAS Y CAPACIDADES SEAN SUFICIENTES PARA LA PROTECCIÓN DE SUS EQUIPOS DE COMUNICACIÓN. ES NECESARIO QUE EL PROVEEDOR DE SERVICIO DE INTERNET PRESENTE CARTA DEL DISTRIBUIDOR AUTORIZADO DEL EQUIPO DE TELECOMUNICACIONES A INSTALAR, EN LA CUAL SE GARANTICE QUE LOS DISPOSITIVOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ESTA LICITACIÓN SEAN DE ÚLTIMA GENERACIÓN. ASÍ MISMA CARTA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD POR PARTE DEL LICITANTE, DONDE ESPECIFIQUE GARANTÍA POR DEFECTO DE FABRICACIÓN, DURANTE LA DURACIÓN DEL CONTRATO. ASÍ MISMO, SE REQUIERE QUE SEA HOMOGÉNEO PARA TODOS LOS CENTROS EDUCATIVOS. LA PLATAFORMA PROPUESTA DEBERÁ SOPORTAR LA PROVISIÓN DE SERVICIOS XX XXXXX ANCHA, PARA SATISFACER LAS DEMANDAS DE ANCHO XX XXXXX, DERIVADAS DE LAS ACTIVIDADES ACADÉMICAS DE CADA CENTRO EDUCATIVO, ESTOS SERVICIOS PUEDEN SER, NAVEGACIÓN HTTP, HTTPS, USO DE STREAMING, VIDEOCONFERENCIA, ETC.
Equipo. Los aparatos y accesorios colocados para la prestación del servicio por TOTALPLAY en el domicilio de EL CLIENTE, mismos que son otorgados en comodato o de acuerdo con las condiciones establecidas en la CARÁTULA. EL CLIENTE se compromete a la guarda, custodia y conservación de lo(s) equipo(s), durante todo el tiempo que se encuentre en su poder y hasta el momento en que el Equipo sea recibido de conformidad por TOTALPLAY a la terminación del contrato. TOTALPLAY enviará a EL CLIENTE la factura electrónica al correo electrónico proporcionado por EL CLIENTE y que se encuentra establecido en la CARÁTULA, el cual deberá contener el desglose del adeudo total de los conceptos de cada uno de los servicios de Telecomunicaciones contratados, con por lo menos 19 días naturales antes de la FECHA LÍMITE DE PAGO. Las facturas que TOTALPLAY expida incluirán, además de los requisitos fiscales señalados por las leyes respectivas, los siguientes conceptos: a) Periodo de Facturación, b) Renta mensual, c) Consumos Telefónicos,
Equipo. A. Equipo. A fin de recibir los Servicios, usted debe comprar o alquilar ciertos equipos de recepción que consisten principalmente en un(os) receptor(es) satelital(es) compatible(s) con DISH y su(s) tarjeta(s) inteligente(s) correspondiente(s), control(es) remoto(s), antena(s) satelital(es) y alimentador(es) de convertidor(es) de bloque de bajo ruido con alimentador(es) integrado(s) (LNBF) (colectivamente “Equipos”).
Equipo. A efecto de aceptar cualquier Tarjeta presentada por un Tarjetahabiente mediante el uso de Tecnología Electrónica, el Afiliado se obliga usar el Equipo específicamente proporcionado por GP Technology de conformidad con los términos del presente Contrato. En caso de que el Afiliado utilice algún equipo distinto del Equipo específicamente asignado por GP Technology sin la previa autorización por escrito de GP Technology (el “Equipo no Autorizado”), GP Technology no será responsable en forma alguna por cualesquier Transacciones procesadas y/o enrutadas a través de cualquier Equipo no Autorizado.
Equipo. El Afiliado se obliga a procesar cualesquier Transacciones a través del Equipo que cumpla con los requerimientos técnicos y de operación señalados por GP Technology y las Disposiciones. El Afiliado podrá utilizar el Equipo proporcionado por GP Technology o sus cesionarios autorizados o por cualquier persona distinta a GP Technology (siempre y cuando cumpla con las Reglas y las Disposiciones aplicables). El Afiliado únicamente podrá utilizar el Equipo no proporcionado por GP Technology con la autorización previa y por escrito de GP Technology de conformidad con los términos de la Sección 13.B. El Equipo, ya sea o no proporcionado por GP Technology, se encuentra sujeto a los términos del presente Contrato, salvo por la Sección 6.I., la cual únicamente le es aplicable al Equipo proporcionado por GP Technology.
Equipo. Queda convenido que el Contratista deberá mantener el equipo mínimo listado en esta cláusula en buenas condiciones de operación, pudiendo retirarlo o reemplazarlo únicamente con el consentimiento escrito del Fondo Vial. El equipo que a juicio del Ingeniero Residente no esté en buenas condiciones de funcionamiento, será retirado de la obra, para lo cual será necesario únicamente que el Fondo Vial lo ordene mediante simple nota y su reemplazo deberá efectuarse dentro de los cinco (5) días calendario después de recibida la simple nota. Para la ejecución de las obras objeto del presente contrato, el Fondo Vial a través de la supervisión exige como condición indispensable que el equipo mínimo a utilizarse por cada frente de trabajo sea el siguiente: • 1 Tractor D6 • 1 Motoniveladora 140 G • 1 Compactadora de Rodillo de 8-10 Toneladas • 1 Cargadora 2.5 Yd3 • 1 Retroexcavadora de 80 HP • 1 Tanque Cisterna de 4000 Gis. • 5 Volquetas de Capacidad 12 M 3 Este equipo no necesariamente es el que se requerirá para ejecutar la Obra en el Tiempo Contractual, pudiendo demandarse una cantidad de unidades de acuerdo al programa de Trabajo aprobado.
Equipo. El equipo que el Contratista tenga en el Sitio será considerado ser para el propósito de llevar a cabo las Obras. El Contratista no tendrá derecho de removerlo sin el consentimiento escrito del Ingeniero al menos que el demuestre que dicho equipo ya no se requiere para el desempeño de las Obras.