DOCUMENTO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA XPANDE, PARA EL APOYO A LA EXPANSIÓN INTERNACIONAL DE LA PYME DE LA CÁMARA DE COMERCIO DE MALLORCA.
DOCUMENTO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA XPANDE, PARA EL APOYO A LA EXPANSIÓN INTERNACIONAL DE LA PYME DE LA CÁMARA DE COMERCIO DE MALLORCA.
Expediente: 19PA02 | |
Fecha aprobación: 11 / 06/ 2019 | |
Procedimiento: ABIERTO | Tramitación: ORDINARIA |
Responsable: Xxxxxx Xxxxx |
CAPÍTULO I. CARACTERÍSTICAS BÁSICAS DEL CONTRATO
CLÁUSULA 1ª. OBJETO.
El objeto de este contrato consiste en la selección de las empresas o autónomos que prestarán el servicios de Asesoramiento para la elaboración del Plan de Internacionalización del Programa Xpande. La Cámara establece un máximo de 4 planes de internacionalización del programa Xpande. La cantidad máxima prevista tiene un carácter orientativo, ya que dependerá del ritmo de ejecución del Programa y del número de empresas que participen en el Programa.
Xpande: Apoyo a la Expansión Internacional de la Pyme.
Este programa está cofinanciado por los Fondos FEDER y la Consejería de Trabajo, Comercio e Industria del Govern Balear y está destinado a ayudar a la empresas a mejorar su competitividad en los procesos de selección de mercados internacionales y al diseño y definición de estrategias de acceso a un mercado, proporcionando a las empresas información necesaria para la toma de decisiones de acuerdo a los siguientes aspectos relevantes en dicho mercado:
- Segmentación xx xxxxxxx.
- Representación xxx xxxx de los canales de distribución.
- Comportamiento de la demanda.
- Posicionamiento más interesante para la empresa.
- Determinación de potenciales clientes.
- Establecimiento de la política de Xxxxxx y Comunicación de la empresa.
- Plan de acción en dicho Mercado.
Estudio completo:
Fase IA. Selección de mercados | Análisis de las unidades de negocio |
Análisis del modelo de negocio | |
Análisis y selección xx xxxxxxx | |
Fase IB. Acceso al mercado | Análisis del entorno |
Análisis de la estrategia de marketing y comunicación | |
Plan de Acción y Plan Económico Financiero |
Está dirigido a empresas sin experiencia o con apenas experiencia en mercados internacionales, las empresas accederán al programa Xpande a través de la convocatoria publicada por la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Mallorca (en adelante Cámara de Mallorca).
La Cámara requiere la contratación de asesores para realizar los estudios de consultoría en internacionalización bajo las pautas definidas y la supervisión del responsable técnico de la Cámara de Mallorca.
De acuerdo con la planificación a desarrollar, se ha previsto una necesidad de máximo
2 asesores para desarrollar este servicio. La asignación del asesor a la empresa beneficiaria del estudio se realizará de acuerdo con el conocimiento específico del asesor al sector de la empresa beneficiaria.
La Cámara se reserva el derecho de externalizar el estudio completo o parcial, correspondiendo a la parte de selección xx xxxxxxx un 51,80% del estudio completo y la parte de acceso a mercado el 48,20% del estudio completo.
Funciones del asesor:
- Prestación del servicio de asesoramiento en internacionalización a las empresas beneficiarias en el marco del Programa Xpande, en los plazos y condiciones que establezca el proyecto, bajo las pautas y supervisión del responsable técnico de la Cámara de Comercio de Mallorca. Para ello, las funciones específicas asociadas que deberá realizar son las siguientes:
o Prestación del servicio en la Fase I “Asesoramiento de un Plan de internacionalización” que se divide en dos partes (descritos anteriormente):
Fase IA: Selección de Mercados Fase IB: Acceso al Mercado
o Colaborar en la gestión documental
o Realizar el seguimiento de la participación de las empresas en las distintas fases del Programa
CLÁUSULA 2ª: DURACIÓN DEL CONTRATO
El contrato tendrá vigencia desde el día de su firma hasta el 31 xx xxxxx de 2020.
CLÁUSULA 3ª. PRESUPUESTO MÁXIMO DE LICITACIÓN
El presupuesto máximo de la licitación asciende a la cantidad de VEINTE MIL QUINIENTOS EUROS (20.500 euros), no estando incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Este programa está Cofinanciado por Fondos FEDER, la Consejería de Trabajo, Comercio e Industria del Govern de les Xxxxx Balears y la Cámara de Comercio de Mallorca. El precio se presentará de forma individualizada por cada estudio, de acuerdo con los siguientes precios máximos de licitación:
- Máximo 4 estudios del programa Xpande: 5.125€ por estudio, no estando incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
- En caso de estudio parcial, la valoración será proporcional al precio anterior aplicando los porcentajes de la cláusula primera.
En este presupuesto se incluyen todos los factores de valoración y costes económicos en que pueda incurrir el contratista.
Así mismo, se incluye en el presupuesto la totalidad de gastos derivados de la ejecución del contrato, que serán por cuenta del adjudicatario. Estos comprenderán, sin ánimo exhaustivo, los siguientes conceptos:
- Cuantas licencias, autorizaciones, seguros y permisos procedan.
- Tasas e impuestos.
- Material, equipamiento y su transporte.
- Los costes de desplazamiento, dietas y demás gastos del personal de la empresa adjudicataria.
El pago del precio se efectuará previa presentación de la factura en un plazo máximo de 30 días desde su presentación.
CLÁUSULA 4ª. DOCUMENTOS CONTRACTUALES
En relación con la ejecución del presente contrato, tendrán carácter contractual los siguientes documentos:
- -El presente Pliego de Cláusulas Particulares Administrativas
- -El Pliego de Prescripciones Técnicas
- -El contrato
- -La oferta presentada por el contratista
En caso de discrepancia entre lo recogido en algunos de los anteriores documentos, tendrá prioridad lo que se disponga en este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
CAPÍTULO II. DISPOSICIONES GENERALES DE LA LICITACIÓN CLÁUSULA 5ª. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
La Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Mallorca. Con carácter general y, sin perjuicio de las facultades y atribuciones que ostenten los diferentes órganos de administración y representación de la Cámara de Mallorca, el órgano de contratación será el Comité Ejecutivo de la Corporación, de acuerdo con el artículo 26 de la Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria por la cual se aprueba
el Reglamento de régimen interior de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Mallorca.
CLÁUSULA 6ª. RÉGIMEN JURÍDICO
La contratación se llevará a cabo conforme a las cláusulas contenidas en el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares La contratación se regirá por la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público en lo que sea aplicable a la Cámara de Mallorca.
CLÁUSULA 7ª. TIPO DE PROCEDIMIENTO
La contratación se licitará por procedimiento ABIERTO, tramitación ORDINARIA y se adjudicará a la oferta con la mejor relación calidad precio.
CLÁUSULA 8ª. PUBLICIDAD
El presente procedimiento de contratación tendrá publicidad en el Perfil de Contratante de la Cámara de Mallorca (xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx), en la que están disponibles el Documento de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas que rigen el procedimiento.
CLÁUSULA 9ª. CAPACIDAD PARA LICITAR
9.1. Podrán tomar parte en el presente procedimiento las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que tengan capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional y no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias descritas en las causas de prohibición de contratar previstas en la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público.
9.2. Las empresas licitadoras deberán ser personas físicas o jurídicas cuya actividad económica u objeto social tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales.
Así mismo deberán disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del mismo.
9.3. Del mismo modo, se exigirá que quienes concurran se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
9.4. Quienes acudan al presente procedimiento de selección podrán hacerlo por sí mismos o representados por persona autorizada que justifique documentalmente que está facultada para ello, mediante la presentación de su Documento Nacional de
Identidad o aquel que legal o reglamentariamente lo sustituya, así como del correspondiente poder o copia previamente autentificada del mismo.
CLÁUSULA 10ª. UNIONES TEMPORALES DE EMPRESAS
Podrán concurrir al presente procedimiento las uniones de empresas que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato en su favor.
Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de que puedan otorgarse poderes mancomunados para la gestión de cobros o pagos de cuantía significativa.
A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación en cada caso, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar seleccionados como empresa contratada. Asimismo, cada una de las empresas participantes deberá acreditar individualmente las circunstancias referidas a la personalidad del empresario y a su solvencia económica y financiera, así como las que justifiquen su solvencia técnica.
Respecto a la determinación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional de la unión temporal y a estos efectos, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma.
La duración de las uniones temporales de empresas deberá extenderse hasta cubrir la totalidad del suministro al amparo del presente procedimiento.
CAPÍTULO III. PROCEDIMIENTO SECCIÓN 1ª: PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
CLÁUSULA 11ª. LUGAR Y PLAZO
Las proposiciones deberán presentarse en la siguiente dirección:
Registro Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Mallorca (en horario de 09:00 a 14:00 de lunes a viernes)
Departamento Administración Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, 0
00000 Xxxxx
Tel. 000 00 00 00
El plazo para la presentación de las proposiciones será de 15 días hábiles contados desde la publicación del anuncio en el perfil de contratante de la Cámara de Mallorca (xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx).
Los licitadores presentarán sus proposiciones utilizando el modelo que consta en el
Anexo I del presente Pliego.
CLÁUSULA 12ª. EFECTOS DE LA ENTREGA DE PROPOSICIONES
La presentación de las proposiciones conlleva la aceptación incondicionada, por parte del interesado, de las cláusulas de este Pliego y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, sin salvedad alguna. Asimismo, las ofertas presentadas vincularán a los licitadores hasta la finalización del procedimiento de contratación.
Al presentar sus propuestas, todas las empresas candidatas garantizan al órgano de contratación que:
a) Son titulares de los derechos, autorizaciones y poderes necesarios para el desarrollo y ejecución de la prestación objeto del presente procedimiento.
b) En todo lo relacionado con el objeto del presente procedimiento, no se encuentran incursas en ningún litigio en cuanto a derechos de uso, licencias, patentes, utilización de marcas o nombres comerciales, u otro tipo de propiedades industriales o intelectuales.
c) Garantizan el cumplimiento de todas las condiciones técnicas y los restantes requisitos establecidos en los Pliegos.
d) Xxxxxxxxxx a subsanar, por su cuenta y riesgo, los errores y/o defectos que sean imputables a su actuación, sin cargo alguno para la Cámara de Mallorca
e) Se encuentran al día del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
CLÁUSULA 13ª. CONTENIDO
Las proposiciones constarán de tres sobres, cerrados y firmados por el licitador o por quien le represente. En cada uno de ellos se señalará:
(1) La referencia:
“PROCEDIMIENTO PARA LA CONTRATACIÓN LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA
XPANDE, PARA EL APOYO A LA EXPANSIÓN INTERNACIONAL DE LA PYME: EXPEDIENTE 19PA02”
(2) El nombre o denominación social del licitador.
(3) Su dirección, teléfono, correo electrónico y número de fax a efectos de notificaciones y comunicaciones.
Finalmente, en cada uno de los tres sobres deberá constar, respectivamente, la siguiente mención:
- En el sobre número 1: “DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA”
- En el sobre número 2: “PROPOSICIÓN ECONÓMICA”
- En el sobre número 3: “PROPOSICIÓN TÉCNICA”.
La Cámara de Mallorca se reserva el derecho a exigir a los licitadores que presenten documentación que acredite la veracidad de la información presentada en las proposiciones, o bien información adicional sobre el contenido de las mismas, siempre que sea meramente aclaratoria y no susceptible de ampliar, modificar o sustituir la propuesta realizada, estando el licitador obligado a ello.
En todo caso, la documentación presentada será original o copia de carácter auténtico conforme a la legislación vigente. Sin excepción, las declaraciones o relaciones que se mencionan en las cláusulas del siguiente pliego serán firmadas en todas sus páginas por el representante de la empresa licitadora que formula su oferta.
CLÁUSULA 14ª.SOBRE 1: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
El SOBRE Nº 1 deberá contener los siguientes documentos:
a. Aquellos que acrediten la personalidad del empresario y, en su caso, su representación.
b. Los que justifiquen los requisitos de solvencia económica y financiera en los términos señalados en los Pliegos.
c. Los que justifiquen la solvencia técnica o profesional en los términos previstos en los Pliegos.
d. Una declaración responsable de no estar el licitador incurso en prohibición de contratar y declaración de sumisión a la Corte de Arbitraje y Mediación de Mallorca.
14.1. Documentos que acrediten la personalidad del empresario y en su caso, representación.
a. Si el licitador es un empresario español persona física, copia de su DNI.
b. Para empresas españolas que fueren personas jurídicas mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
c. Para licitadores no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente o documento identificativo de persona física, de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Certificado de empresa emitido por la Cámara de Comercio a la que pertenezca el licitador.
d. Los demás licitadores extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
e. Si el firmante de la proposición actúa en nombre y representación del licitador, aquel que acredite su personalidad (Documento Nacional de
Identidad, para los españoles; pasaporte, autorización de residencia y permiso de trabajo, para los extranjeros de Estados no pertenecientes a la Comunidad Europea; aquel que acredite su personalidad, conforme a la legislación del respectivo país, para los extranjeros nacionales de Estados miembros de la Comunidad Europea) y poderes de representación.
De acuerdo con el art. 140.1. a) 1º de la Ley 09/2017 de Contratos del Sector Público, el licitador podrá presentar una declaración responsable (Anexo III) que acredite su representación y que, en el caso de sociedades mercantiles, ésta está válidamente constituida y que de cuál es su objeto social. Todo ello sin perjuicio de que, con posterioridad, se realice una posible comprobación de lo declarado.
14.2. Documentos que acrediten la solvencia económica y financiera
La acreditación se efectuará por uno o varios de los medios siguientes:
- Las cuentas anuales de los dos últimos años presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro Oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
- Subsidiariamente, declaraciones apropiadas de instituciones financieras y justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales (aportar póliza y recibo del pago de la prima).
De acuerdo con el art. 140.1. a) 2º de la Ley 09/2017 de Contratos del Sector Público, el licitador podrá presentar una declaración responsable (Anexo III) de que cumple
con los requisitos de solvencia económica. Todo ello sin perjuicio de que, con posterioridad, se requiera la documentación pertinente.
14.3. Documentos que acrediten la solvencia técnica
De acuerdo con el punto 3 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, podrá acreditarse por los medios siguientes:
a. Una relación de los principales servicios, suministros o trabajos realizados en los últimos tres años o de los realizados en los últimos que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Estos trabajos se acreditarán mediante certificados expedidos por el órgano competente si el destinatario es un organismo público, o cuando el destinatario sea un sujeto privado, por medio de un certificado expedido por éste o mediante una declaración del licitador.
b. Descripción de los medios personales propios y ajenos.
c. Descripción de medios técnicos propios y ajenos que dedicará la empresa a la realización del trabajo, detallando la ubicación, la maquinaria y demás medios materiales.
d. Medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad, y, en su caso, certificaciones de las mismas.
e. Otras certificaciones (ISO 9001, EMAS, ISO 14001, OSHAS, entre otros), reconocimientos o premios.
f. Cuantos documentos, escritos e informes de anteriores clientes se consideren de interés para avalar la solvencia técnica.
g. Otros documentos.
14.4. Declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar y sometimiento a arbitraje.
Declaración responsable, realizada conforme al Anexo III del presente Pliego, de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar previstas en la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público.
Declaración de sometimiento a la Corte de Arbitraje y Mediación de Mallorca realizada conforme al Anexo III del presente Pliego.
14.5. Otros documentos
Al licitador que resulte seleccionado para su contratación se le concederá un plazo de tres días hábiles para:
− La acreditación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, mediante aportación de los correspondientes
certificados administrativos, emitidos por las autoridades respectivas. Esta aportación no será necesaria si acompaña a su proposición la autorización x Xxxxxx de Mallorca para que pueda obtener en su nombre los informes de situación de deuda en la TGSS, en la Agencia Tributaria y Administración Autonómica. Los formularios con las autorizaciones constan incorporados al Pliego como Xxxxx X, y deberán aportarse selladas y firmadas por el licitador.
− Presentación del alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas o, en su caso, del último recibo del impuesto o justificación de estar exento, mediante la correspondiente certificación.
− Los licitadores extranjeros, sean personas físicas o jurídicas, pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión Europea, que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar certificación expedida por Autoridad competente en el país de procedencia, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las correspondientes obligaciones tributarias. Asimismo, habrán de presentar certificación, también expedida por autoridad competente, en la que se acredite que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones sociales que se exigen en el país de su nacionalidad.
Los documentos que se presenten deberán ser originales o copias previamente autentificadas.
CLÁUSULA 15ª: SOBRE 2: PROPOSICIÓN ECONÓMICA
El SOBRE Nº 2 deberá contener la proposición económica formulada conforme al modelo que figura en el Anexo II del presente Xxxxxx. En caso de discrepancia entre las cifras indicadas (en letra y número) en la proposición económica, se tendrá siempre en cuenta el importe más elevado.
En todo caso se hará constar el precio que se proponga presentado en euros, con dos decimales y sin IVA.
En la propuesta se comprenderá todos los gastos necesarios para la ejecución por completo del contrato
CLÁUSULA 16ª. SOBRE 3: PROPOSICIÓN TÉCNICA
En el SOBRE Nº 3, se presentará una Memoria técnica que incluirá, debidamente ordenados y relacionados según los casos, los diversos elementos constitutivos del servicio/suministro propuesto.
En todo caso, las proposiciones abarcarán los compromisos requeridos en el Pliego de Prescripciones Técnicas; el incumplimiento de este requisito será causa de desestimación definitiva de la propuesta.
En general, la descripción de las propuestas que se presenten deben incluir, junto con los puntos reseñados anteriormente, cualquier documentación adicional que desarrolle aspectos relevantes, y su descripción se realizará a un nivel suficientemente detallado para que ésta pueda ser evaluada con detenimiento por los técnicos competentes. Con carácter general la información presentada en la propuesta debe estar estructurada y expuesta de forma clara y concisa, y no deben contenerse referencias a documentos externos relevantes que no se adjunten a la misma.
SECCIÓN 2ª. ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO CLÁUSULA 17ª. APERTURA Y CALIFICACIÓN DE SOBRES
Finalizado el plazo de presentación de proposiciones, se calificarán, previamente a la valoración de las ofertas, los documentos generales presentados en tiempo y forma por las empresas interesadas. A estos efectos, se procederá a la apertura del Sobre 1.
La documentación aportada será calificada, acordando la admisión o el rechazo, en su caso, de aquélla que no sea considerada bastante. Si observase defectos u omisiones subsanables en la declaración responsable o en el resto de la documentación presentada, la Mesa lo notificará al licitador correspondiente, dejando constancia de dicha notificación en el expediente, concediéndole el plazo que se estime conveniente atendido el calendario del concurso, si bien nunca superior a tres días hábiles para que los subsane.
La Mesa de contratación, una vez calificada la documentación del sobre nº 1 y realizadas las subsanaciones y, en su caso, aportadas las aclaraciones o documentos complementarios requeridos, o transcurrido el plazo que se hubiere conferido al efecto, realizará en acto público, el acto de apertura de los sobres n° 2 y 3, conteniendo la oferta económica y la documentación relativa a los criterios de adjudicación evaluables mediante fórmulas.
Concluida la apertura de las proposiciones, se podrá dar por concluido el acto público de apertura de proposiciones, de cuyo desarrollo se dejará constancia en el acta de la reunión de la Mesa.
La Mesa de contratación, en el mismo acto o en un acto posterior, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, elevará al órgano de contratación la propuesta de adjudicación razonada que estime adecuada, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios.
No serán necesarias las aperturas públicas de los mencionados sobres si sólo se ha presentado un licitador.
La Cámara de Mallorca podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del procedimiento de contratación.
CLÁUSULA 18ª. CRITERIOS PARA LA VALORACIÓN DE PROPOSICIONES
Ponderación
(1) Oferta económica: 70 puntos
(2) Experiencia y equipo técnico: 30 puntos
CLÁUSULA 19ª. METODOLOGÍA DE VALORACIÓN DE CRITERIOS
Obtendrá la mejor puntuación la propuesta técnica con mejor relación calidad precio, que será la que mayor número de puntos acumule. En todo caso, la Cámara de Mallorca se reserva el derecho a declarar desierto el procedimiento de contratación.
19.1 Regla para la valoración del precio.
Para la valoración del precio se aplicará la siguiente fórmula:
X * Min
P =
Of
Donde:
P es la puntuación obtenida.
X es la máxima cantidad de puntos que pueden obtenerse en este apartado min es la oferta más baja de entre todas las presentadas.
Of es la oferta correspondiente al licitador que se valora.
19.2 Regla para la valoración de la oferta técnica
Se valorará a los técnicos que presente la empresa licitadora con la experiencia que a continuación se detalla. Tendrá un máximo de 30 puntos
Consultores con experiencia en la elaboración de Planes de internacionalización o participación en procesos de internacionalización en el seno de las empresas (mínimo 3 planes en los últimos 5 años):
- De 3 a 5 planes: 10 puntos
- De 6 a 10 planes: 20 puntos
- De 11 en adelante: 30 puntos
19.3 Ofertas anormales o desproporcionadas.
El criterio económico será tomado en consideración a efectos de apreciar, en su caso, que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de ofertas desproporcionadas o anormales. A tal efecto, se considerarán ofertas anormalmente bajas aquellas proposiciones cuya baja en el precio exceda en 20 unidades porcentuales, por lo menos, a la media aritmética de los porcentajes de baja de todas las proposiciones presentadas.
Si la Cámara de Mallorca considera que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, la oferta de la licitadora será descartada.
CLÁUSULA 20ª. PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
La Mesa de Contratación tras el análisis de las proposiciones presentadas y su valoración, conforme a las cláusulas anteriores, acordará una propuesta de adjudicación que se elevará al Comité Ejecutivo. El Comité Ejecutivo adoptará el acuerdo de adjudicación del contrato. La Cámara de Mallorca se reserva el derecho a declarar desierto el procedimiento de contratación.
El acuerdo de adjudicación se notificará a todos los interesados. Al mismo tiempo se requerirá a la empresa seleccionada para que aporte los certificados señalados en la cláusula 12.
CLÁUSULA 21ª. CONTRATO
Será preceptiva la formalización escrita de un contrato mediante documento que, en unidad de acto, por duplicado ejemplar y a un solo efecto, será suscrito, por una parte, por el legal representante de la Cámara de Mallorca y, por la otra, por el/los representante/s de la empresa contratada, en el plazo máximo de quince días naturales desde la recepción de la notificación por parte del adjudicatario.
Formalización del contrato: El contratista estará obligado en el momento de suscribir el contrato a aportar la documentación requerida tanto en los Pliegos como por la Cámara de Mallorca.
Ejecución del Contrato. Obligaciones del contratista:
- El contratista estará obligado a ejecutar los servicios objeto del contrato con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente Pliego de cláusulas administrativas particulares y en el Pliego de prescripciones técnicas, así como de acuerdo a su oferta y a las instrucciones que, en su caso, le diere el responsable del contrato designado por el órgano de contratación.
- El contratista se obliga a notificar de inmediato a la Cámara cualquier incidencia o problema que sea relevante durante la prestación de servicios o con relación a la ejecución del contrato.
- La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, respondiendo éste de la calidad de los bienes y de los vicios ocultos que pudieran apreciarse durante el plazo de garantía. El contratista será responsable igualmente de los daños y perjuicios que se originen durante la ejecución del contrato, tanto para la Cámara como para terceros, por defectos o insuficiencias técnicas de su trabajo, o por los errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios en los que el trabajo haya incurrido.
- El contratista deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo,
- El contratista deberá guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y hayan llegado a su conocimiento con ocasión del mismo y deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la y que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá una vez terminada la ejecución del contrato durante al menos un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información.
CLÁUSULA 22ª. FALTA DE FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
Si una empresa seleccionada no aportase los certificados administrativos requeridos en tiempo y forma o se negare a suscribir el contrato en los términos que han sido indicados, la Cámara de Mallorca ordenará la resolución de la contratación acordada, previa audiencia del interesado, reservándose el derecho de reclamar la indemnización de los daños y perjuicios causados.
En la citada situación, el órgano de contratación, sin necesidad de convocar un nuevo procedimiento de contratación, podrá adjudicar el contrato a la siguiente oferta en orden de clasificación, siempre que el nuevo adjudicatario manifieste su conformidad, o sucesivamente en caso contrario, concediendo un nuevo plazo para cumplimentar las condiciones de formalización del contrato.
SECCIÓN 3ª. OTRAS CUESTIONES CLÁUSULA 23ª. CESIÓN DEL CONTRATO
No se contempla la posibilidad de cesión del contrato
CLÁUSULA 24ª. SUBCONTRATACIÓN
Las empresas que pretendan subcontratar parte de las prestaciones reguladas en el presente Xxxxxx deberán hacer constar dicha circunstancia en su propuesta, indicando la parte del servicio que se propongan subcontratar a terceros, así como los subcontratistas propuestos, que deberán certificar documentalmente la existencia de tales acuerdos.
En todo caso, los licitadores deberán aportar la documentación que estimen conveniente para acreditar que tienen efectivamente a su disposición los medios de los subcontratistas que hubiere indicado.
La sustitución por la empresa contratada de tales subcontratistas deberá ser autorizada previamente por la Cámara de Mallorca
En ningún caso podrán ser objeto de subcontratación la prestación del servicio/suministro/obra descrito en el presente Xxxxxx, en un porcentaje superior al sesenta por ciento (60%).
CLÁUSULA 25ª. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
No se establecen posibilidades de modificación del contrato.
CLÁUSULA 26ª. SEGURO U OTRAS GARANTÍAS PROVISIONALES O DEFINITIVAS. PLAZO DE GARANTIA EN SU CASO.
El adjudicatario se obliga a mantener en vigor durante la ejecución del contrato un seguro de responsabilidad civil que cubra los riesgos derivados de la prestación del servicio.
CLÁUSULA 27ª. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
27.1. Causas de resolución del contrato
La Cámara de Mallorca (sin ánimo exhaustivo o excluyente) podrá resolver el contrato cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:
- La muerte o incapacidad sobrevenida de la empresa contratada (si ésta es un empresario individual) o la extinción de su personalidad jurídica, excepto los supuestos de transformación o fusión.
- Si la empresa contratada incumple las características técnicas o de calidad del servicio establecidas en el Pliego.
- El incumplimiento por la empresa contratada de cualquier otra obligación que se derive de los Pliegos o del resto de documentos con carácter contractual.
De producirse la resolución del contrato por una causa imputable a la empresa contratada, ésta estará obligada a indemnizar todos los daños y perjuicios que su conducta hubiera causado.
27.2. Penalizaciones.
Si por cualquier motivo el adjudicatario incurriera en un incumplimiento grave de sus obligaciones, la Cámara de Mallorca tendrá derecho a percibir una cantidad equivalente al 5% del importe de adjudicación del contrato. En ningún caso, el cumplimiento de la pena será substitutiva de la obligación del adjudicatario de resarcir a la Cámara de Mallorca de todos los daños y perjuicios que le hubieren sido causados por su incumplimiento, en los términos que establece el Código Civil y demás normativa aplicable.
En su caso, otras penalizaciones.
CLÁUSULA 28ª. CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario ejecutará el contrato en los términos previstos en el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y en el Pliego de Prescripciones Técnicas y en
el contrato, realizando de manera competente y profesional el objeto de éste, cumpliendo los niveles de calidad exigidos.
El adjudicatario se obliga al cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y al Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx de 2016.
Toda la información o documentación que el adjudicatario obtenga de la Cámara de Mallorca para la ejecución del contrato, y en ejecución del mismo, tendrá carácter confidencial y no podrá ser comunicada a terceros sin el consentimiento previo y por escrito.
El adjudicatario será responsable del cumplimiento de las obligaciones de confidencialidad del personal a su servicio y cualesquiera personas o entidades que sean colaboradoras o subcontratadas por él.
El adjudicatario se compromete a mantener durante la vigencia del contrato y tras la finalización del mismo, durante cinco años tras la finalización del mismo, el secreto y la confidencialidad de cuantos datos e informaciones tenga acceso en virtud de los servicios que le son contratados, asumiendo dicha responsabilidad ante la Cámara de Mallorca y respecto de todo el personal que intervenga en los mismos.
A tal efecto, el adjudicatario informará a su personal y colaboradores de las obligaciones de confidencialidad y protección de datos, que serán de obligado cumplimiento para aquellos, quienes suscribirán con la Cámara de Mallorca los compromisos necesarios con el fin de asegurar el cumplimiento de tales obligaciones.
CLÁUSULA 29ª. SUMISIÓN AL ARBITRAJE
No se estable.
ANEXO I
MODELO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIÓN
Don/Dña ....................................., con D.N.I. núm , mayor de edad, en nombre y
representación de …………………………….con C.I.F núm…………..y domicilio en
………………………………………………, en su calidad de ,
I.-DECLARA que es conocedor/a de los Pliegos que rigen la contratación del expediente 19PA02 según procedimiento aprobado por la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Mallorca, aceptando íntegramente el contenido de los mismos.
II.- Asimismo DECLARA, que los documentos aportados son originales o copias auténticas de los mismos.
III.- Presenta la documentación exigida por los Pliegos, en tres sobres cuyo contenido es el siguiente:
- Sobre 1: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
- Sobre 2: PROPOSICIÓN ECONÓMICA
- Sobre 3: PROPOSIÓN TÉCNICA
IV.- Solicita que se tenga por presentada dicha documentación y por reconocida la condición de participante en este proceso de selección [a él mismo / a la sociedad …].
V. - Autorizo a la Cámara de Comercio a realizar la consulta telemática de su situación con AEAT y Seguridad Social, a efectos de la Ley General de Subvenciones.
Sí
No
En caso de no autorizar, deberá presentarse la documentación original en soporte papel
Mallorca, a … de de 20…
[Firma y rúbrica] Datos de contacto:
Teléfono y FAX: .........................................................................................................
Dirección: .........................................................................................................
E-mail: .........................................................................................................
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA
Don/Dña ....................................., con D.N.I. núm , mayor de edad, en nombre y
representación de …………………………….con C.I.F número…………..y domicilio en
………………………………………………, en su calidad de ,
DECLARA que se compromete a prestar los servicios/suministro/obras objeto del procedimiento de contratación de referencia 19PA02, por el precio global, IVA excluido (o su equivalente), que se señala a continuación:
PRECIO INDIVIDUAL (IVA excluido): importe en euros, con dos decimales (para 1 informe)
SI HAY LOTES INDICAR EL PRECIO POR LOTES SEPARADAMENTE
Todo ello de acuerdo con lo establecido en los Pliegos de Cláusulas Particulares y Prescripciones Técnicas que sirven de base a la convocatoria, cuyo contenido declara conocer y acepta plenamente.
En Mallorca, a………….de de …
Firma
Expediente: 19PA02 | |
Fecha aprobación: 11 / 06/ 2019 | |
Procedimiento: ABIERTO | Tramitación: ORDINARIA |
Responsable: Xxxxxx Xxxxx |
Datos del licitador:
Persona Física
Nombre y apellidos | |||
DNI | |||
Dirección | |||
CP | Población |
Persona Jurídica
Representante | |||
DNI | |||
Cargo | |||
Empresa | |||
NIF | |||
Dirección | |||
CP | Población | ||
Fecha constitución | |||
Inscripción Registro |
DECLARA que los datos arriba indicados son veraces, que la representación que se ostenta (en caso de persona jurídica) sigue en vigor y que cumple con lo especificado en el punto 14.1 del Documento de condiciones que rige esta contratación.
Mallorca, ....... de.......................de 20....
Firma
Y además,
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
1. Que la Sociedad .......................................................................... ha presentado las
cuentas anuales de los dos últimos ejercicios al Registro Mercantil y cumple con lo especificado en el punto 14.2 del Documento de Condiciones que regula esta contratación a efectos de solvencia económica.
2. Que ni la Sociedad a la que
representa, ni ninguno de sus administradores ni apoderados se hallan incursos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades establecidas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos Sector Público
3. Que la Sociedad se
encuentra al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado y Comunidad Autónoma e, igualmente, está al corriente del cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes, no habiendo causado baja en la matrícula del impuesto sobre Actividades Económicas
Mallorca, ....... de.......................de 20....
Firma