METODOLOGÍA DE VALORACIÓN DE CRITERIOS Cláusulas de Ejemplo

METODOLOGÍA DE VALORACIÓN DE CRITERIOS. Obtendrá la mejor puntuación la propuesta económicamente más ventajosa, que será la que mayor número de puntos acumule. Para la valoración del precio se aplicará la siguiente fórmula: P = X * Min / Of Donde: La valoración se realizará en base a la propuesta económica para el cumplimiento completo del Contrato (precio global ofertado). ✓ Criterios Técnicos: 35 puntos Para la valoración de la Oferta Técnica, el equipo técnico tendrá en cuenta los siguientes criterios: - La experiencia profesional de la empresa en la realización de este tipo de eventos. Se exigirá un mínimo de tres años de experiencia. Puntuación máxima de 8 puntos. Por cada dos años de experiencia se valorará con 1 punto hasta alcanzar el máximo establecido. - Calidad, variedad y presentación de los productos ofertados - 12 puntos. - Que en el servicio se ofrezcan fundamentalmente productos gastronómicos autóctonos y/o producidos en la provincia de Granada - 8 puntos. - Presentación del proyecto decorativo: mesas, silla, mantelería y decoración de mesas. Para este apartado se realizará una votación entre los miembros de la Mesa de Contratación, siendo el diseño más votado, valorado con 7 puntos, el segundo con 4 puntos, y el tercero con 1 punto. ✓ Ofertas anormales o desproporcionadas El criterio económico será tomado en consideración a efectos de apreciar, en su caso, que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de ofertas desproporcionadas o temerarias. A tal efecto, se considerarán ofertas anormalmente bajas aquellas proposiciones cuya baja en el precio exceda en 20 unidades porcentuales, por lo menos, a la media aritmética de los porcentajes de baja de todas las proposiciones presentadas. En estos supuestos, la Cámara de Granada, comunicará tal situación al licitador, otorgándole un plazo de hasta cinco (5) días para que justifique el precio ofertado, apercibiéndole que, de no hacerlo, se tendrá por retirada su oferta. La justificación en ningún caso podrá suponer modificación alguna de la oferta técnica y económica ya presentada. Recibida en su caso la justificación, y recabado en su caso el asesoramiento técnico correspondiente, la Cámara de Granada podría apreciar que la proposición es susceptible de un normal cumplimiento, en cuyo caso exigirá al citado licitador que en caso de resultar adjudicatario aporte una garantía definitiva de hasta el 20 por 100 del presupuesto de adjudicación correspondiente. En caso de que el órgano de contratación estimase que la oferta no pu...
METODOLOGÍA DE VALORACIÓN DE CRITERIOS. Obtendrá la mejor puntuación la propuesta técnica y económicamente más ventajosa, que será la que mayor número de puntos acumule. En todo caso, CÁMARA VALENCIA se reserva el derecho a declarar desierto el procedimiento de contratación. Para la valoración del precio se aplicará la siguiente fórmula: P= Of Donde P es la puntuación obtenida. X es la máxima cantidad de puntos que pueden obtenerse en este apartado min es la oferta más baja de entre todas las presentadas. Of es la oferta correspondiente al licitador que se valora.
METODOLOGÍA DE VALORACIÓN DE CRITERIOS. Obtendrá la mejor puntuación la propuesta que mayor número de puntos acumule, de acuerdo a los criterios establecidos en la Cláusula 25 del presente pliego técnico. En todo caso, la CÁMARA se reserva el derecho a declarar desierto el procedimiento de contratación. Para la valoración del precio se aplicará la siguiente fórmula: Donde P es la puntuación obtenida. X es la máxima cantidad de puntos que pueden obtenerse en este apartado El criterio económico será tomado en consideración a efectos de apreciar, en su caso, que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de ofertas desproporcionadas o anormales. A tal efecto, se considerarán ofertas anormalmente bajas aquellas proposiciones cuya baja en el precio exceda en 20 unidades porcentuales, por lo menos, a la media aritmética de los porcentajes de baja de todas las proposiciones presentadas. La documentación que se aporte debe ser meramente aclaratoria y no susceptible de ampliar, modificar o sustituir la propuesta realizada. En estos supuestos, la CÁMARA, comunicará tal situación al licitador, otorgándole un plazo de hasta cinco (5) días para que justifique el precio ofertado, apercibiéndole que, de no hacerlo, se tendrá por retirada su oferta. La justificación en ningún caso podrá suponer modificación alguna de la oferta técnica y económica ya presentada. Recibida en su caso la justificación, y recabado en su caso el asesoramiento técnico correspondiente, la CÁMARA podría apreciar que la proposición es susceptible de un normal cumplimiento, en cuyo caso exigiría al citado licitador que en caso de resultar adjudicatario aporte una garantía definitiva por la adjudicación (ver en su cláusula específica). Si el responsable del contrato (y/o la Mesa) considera que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, propondrá la adjudicación a favor de la siguiente proposición más ventajosa.
METODOLOGÍA DE VALORACIÓN DE CRITERIOS. Obtendrá la mejor puntuación la propuesta más ventajosa, que será la que mayor número de puntos acumule. En todo caso, la Mesa de Contratación podrá proponer que se declare desierto el procedimiento de contratación. Para la valoración del precio se aplicará la siguiente fórmula:  Donde P es la puntuación obtenida.  X es la máxima cantidad de puntos que pueden obtenerse en este apartado  min es la oferta más baja de entre todas las presentadas.  Of es la oferta correspondiente al licitador que se valora. El criterio económico será tomado en consideración a efectos de apreciar, en su caso, que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de ofertas desproporcionadas o anormales. A tal efecto, se consideraran ofertas anormalmente bajas aquellas proposiciones cuya baja en el precio exceda en 20% la media de las propuestas económicas recibidas. En estos supuestos, la Cámara de Comercio comunicará tal situación a la empresa licitadora, otorgándole un plazo de hasta tres (3) días para que justifique el precio ofertado, apercibiéndole que, de no hacerlo, se tendrá por retirada su oferta. La justificación en ningún caso podrá suponer modificación alguna de la oferta técnica y económica ya presentada. Si la Mesa de Contratación considera que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, propondrá la adjudicación a favor de la siguiente oferta con mayor puntuación.
METODOLOGÍA DE VALORACIÓN DE CRITERIOS. 11.1.- Obtendrá la mejor puntuación la propuesta que mayor número de puntos, sumados los dos criterios (cualitativos y económicos) expresados, acumule. En todo caso, la Cámara Oficial de Comercio xx Xxxx se reserva el derecho a declarar desierto el procedimiento de contratación salvo que exista una oferta o proposición admisible y sin perjuicio de los casos en que proceda renunciar o desistir del mismo.
METODOLOGÍA DE VALORACIÓN DE CRITERIOS. 10.1.- Obtendrá la mejor puntuación la propuesta que mayor número de puntos, sumados los dos criterios (económicos y no económicos) expresados, acumule. En todo caso, la Cámara se reserva el derecho a declarar desierto el procedimiento de contratación salvo que exista una oferta o proposición admisible y sin perjuicio de los casos en que proceda renunciar o desistir del mismo.
METODOLOGÍA DE VALORACIÓN DE CRITERIOS. 27.1.1 Regla para la valoración económica del precio global
METODOLOGÍA DE VALORACIÓN DE CRITERIOS. Obtendrá la mejor puntuación la propuesta económicamente más ventajosa, que será la que mayor número de puntos acumule. En todo caso, el Consejo Superior de Xxxxxxx se reserva el derecho a declarar desierto el procedimiento de contratación salvo que exista una oferta o proposición admisible y sin perjuicio de los casos en que proceda renunciar o desistir del mismo. Para la valoración del precio se aplicará la siguiente fórmula: Donde P es la puntuación obtenida. X es la máxima cantidad de puntos que pueden obtenerse en este apartado
METODOLOGÍA DE VALORACIÓN DE CRITERIOS. Obtendrá la mejor puntuación la propuesta económicamente más ventajosa, que será la que mayor número de puntos acumule. En todo caso, el Consello Galego de Cámaras se reserva el derecho a declarar desierto el procedimiento de contratación. Para la valoración del precio se aplicará la siguiente fórmula: Donde P es la puntuación obtenida. X es la máxima cantidad de puntos que pueden obtenerse en este apartado El criterio económico será tomado en consideración a efectos de apreciar, en su caso, que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de ofertas desproporcionadas o anormales. A tal efecto, se consideraran ofertas anormalmente bajas aquellas proposiciones cuya baja en el precio exceda en 20% la media de las propuestas económicas recibidas. En estos supuestos, el Consello Galego de Cámaras, comunicará tal situación al licitador, otorgándole un plazo de hasta tres (3) días para que justifique el precio ofertado, apercibiéndole que, de no hacerlo, se tendrá por retirada su oferta. La justificación en ningún caso podrá suponer modificación alguna de la oferta técnica y económica ya presentada. Recibida en su caso la justificación, y recabado en su caso el asesoramiento técnico correspondiente, el Consello Galego de Cámaras podría apreciar que la proposición es susceptible de un normal cumplimiento, en cuyo caso exigiría al citado licitador que en caso de resultar adjudicatario aporte una garantía definitiva de hasta el 15% del presupuesto de adjudicación correspondiente. Si la Mesa de Contratación considera que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, propondrá la adjudicación a favor de la siguiente oferta económicamente más ventajosa.
METODOLOGÍA DE VALORACIÓN DE CRITERIOS. Obtendrá la mejor puntuación la propuesta más ventajosa, aquella oferta con el precio más bajo, sin que sea una oferta anormal baja. En todo caso, la Mesa de Contratación podrá proponer que se declare desierto el procedimiento de contratación.