PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA URBANA Y RECOGIDA Y TRANSPORTE DE RESIDUOS DOMICILIARIOS EN EL AYUNTAMIENTO DE MEDIO CUDEYO
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA URBANA Y RECOGIDA Y TRANSPORTE DE RESIDUOS DOMICILIARIOS EN EL AYUNTAMIENTO DE MEDIO CUDEYO
ÍNDICE
CAPÍTULO I. ASPECTOS GENERALES
Sección 1ª. OBJETO Y RESPONSABILIDAD DEL CONTRATO
Artículo 1. Objeto
Artículo 2. Responsable del contrato
Sección 2ª. PRINCIPIOS RECTORES EN CUANTO A LA GESTIÓN DEL SERVICIO
Artículo 3. Fundamentos Jurídicos
Artículo 4. Legislación aplicable
Artículo 5. Ámbito territorial y ámbito funcional
5.1. Limpieza viaria
5.1.1. Limpieza viaria ordinaria
5.1.2. Servicios especiales de limpieza
5.1.3. Mantenimiento y siega SECCIÓN 4ª. DURACIÓN DEL CONTRATO Artículo 6.- Duración del contrato
CAPÍTULO II. GESTIÓN DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA VIARIA URBANA SECCIÓN 5ª. CONDICIONES GENERALES DEL SERVICIO
Artículo 7. Consideraciones de carácter genérico
Artículo 8. Alcance
Artículo 9. Organización del servicio Artículo 10. Horarios y frecuencias SECCIÓN 6ª.LIMPIEZA VIARIA ORDINARIA
Artículo 11. Consideraciones genéricas
Artículo 12. Actuaciones mínimas de limpieza viaria, mantenimiento y siega Artículo 13. Propuesta Técnica de Organización de los servicios de limpieza ordinaria
SECCIÓN 7ª. SERVICIOS ESPECIALES DE LIMPIEZA
Artículo 14. Consideraciones genéricas.
Artículo 15. Propuesta Técnica de Organización de los servicios especiales de limpieza
CAPÍTULO III. RESIDUOS DOMÉSTICOS: RECOGIDA, TRANSPORTE Y CONTENERIZACION
SECCIÓN 8ª CONSIDERACIONES GENERALES
Artículo 16. Objetivo.
Artículo 17. Trabajos no incluidos.
Artículo 18. Datos de producción de residuos
Artículo 19. Actuaciones mínimas para la recogida y transporte de residuos.
Artículo 20. Contenerización
20.1. Consideraciones genéricas
20.2. Reposición de contenedores
20.3. Lavado y desinfección de contenedores.
20.4. Mantenimiento y conservación de contenedores.
CAPÍTULO IV. IMPLANTACIÓN Y COMUNICACIÓN CON EL AYUNTAMIENTO SECCIÓN 9ª. IMPLANTACION.
Artículo 21. Plan de Implantación.
SECCIÓN 10ª. COMUNICACIÓN CON EL AYUNTAMIENTO
Artículo 22. Consideraciones generales e información a suministrar.
CAPÍITULO V. CONTROL DE JECUCIÓN Y CALIDAD DEL SERVICIO
SECCIÓN 11ª. SISTEMAS DE CONTROL DE EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS POR PARTE DEL AYNTAMIENTO.
Artículo 23.Sistema de control de ejecución de los servicios por parte del Ayuntamiento.
CAPÍTULO VI. ACCIONES DIRIGIDAS A LA CIUDADANÍA.
SECCIÓN 12ª. ATENCIÓN, INFORMACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN CIUDADANA
Artículo 24.Servicios de atención al ciudadano
Artículo 25. Campañas de información y sensibilización
Artículo 26.Organización de los servicios de atención, información y sensibilización ciudadana.
CAPÍTULO VII. GESTIÓN DE MEDIOS ASIGNADOS SECCIÓN 13ª. GESTIÓN DE PERSONAL
Artículo 27.Generalidades
Artículo 28. Obligaciones del adjudicatario respecto del personal
Artículo 29.Gestión del personal durante la vigencia del contrato Artículo 30. Identificación, vestuario e imagen del personal Artículo 31. Formación del personal
Artículo 32. Servicios médicos
Artículo 33. Negociación colectiva
SECCIÓN 14ª. GESTION DE MEDIOS MATERIALES
Artículo 34. Generalidades.
Artículo 35. Herramientas
Artículo 36.Otros equipos y materiales
Artículo 37. Instalaciones fijas
Anexo I: Contenerización actual del Municipio de Medio Cudeyo. Anexo II: Total de RSU recogidos por año.
Anexo III: Papeleras instaladas en el Municipio de Medio Cudeyo Anexo IV: Personal actual del servicio a efectos de subrogación
CAPÍTULO I. ASPECTOS GENERALES
SECCIÓN 1ª. OBJETO Y RESPONSABILIDAD DEL CONTRATO.
Artículo 1.- Objeto
Es objeto de la presente licitación la contratación por el Ayuntamiento de Medio Cudeyo de la prestación de servicios de competencia municipal para los servicios de limpieza viaria, mantenimiento, siega y recogida y transporte de residuos domiciliarios en dicho Municipio.
Los servicios objeto de este contrato se especifican en los siguientes capítulos del presente Pliego de Prescripciones Técnicas, (en adelante, “PPT”). Los licitadores desarrollarán sus ofertas conforme a las especificaciones comprendidas tanto en el presente PPT como en el Pliego de Condiciones Administrativas Particulares, ( en adelante, “PCAP”).
Se pretende la más adecuada prestación de estos trabajos, de modo que estos sean llevados a cabo, con altas cotas de calidad y eficacia, así como con la completa optimización de recursos dispuestos a tal efecto.
Los licitadores presentarán una sola oferta, en la que se acredite el cumplimiento de los PPT y PCAP para la correcta ejecución del contrato, sin superar en niNGÚN caso el precio base de licitación.
Las prestaciones exigidas por el presente Xxxxxx se realizan conforma a las prescripciones del mismo, tanto en frecuencia como en extensión, sin que estas puedan ser modificadas o alteradas, a excepción de la autorización expresa de este Ayuntamiento.
Tanto los PPT como los PCAP y la Oferta del adjudicatario adquirirán carácter contractual, prevaleciendo, en caso de contradicción entre ambos, lo reflejado en los Pliegos.
Artículo 2.- Responsable del contrato.
El responsable de este contrato será la Concejalía competente por razón de la materia, por tanto, ÚNIcamente atenderá a las demandas de esta Concejalía y sus servicios técnico. No obstante podrá ser requerido para la realización de
determinados servicios, con carácter excepcional, por el Servicio de la Policía Local.
SECCIÓN 2ª. PRINCIPIOS RECTORES EN CUANTO A LA GESTIÓN DEL SERVICIO.
Artículo 3.- Fundamentos Jurídicos.
El presente contrato se tipifica como un contrato de prestación de servicios que conlleva prestaciones directas a favor de la ciudadanía, cuyas especialidades se regulan en el artículo 312 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector PÚBlico, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, ( en adelante “LCSP”).
El contrato está sujeto a regulación armonizada.
Artículo 4.- Legislación aplicable.
Todos los servicios se efectuarán con sujeción a lo especificado en el PCAP y PPT, a lo que determine el contrato de adjudicación de los servicios objeto de licitación y a las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, Reglamentos de Servicios y de Contratación de las Corporaciones Locales, y por las disposiciones contenidas en la LCSP y demás legislación aplicable en materia de contratos administrativos, y especialmente la normativa en materia de residuos, como la Ley 22/20111, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
En lo que se refiere a la tipología de los residuos, quedan incluidos dentro del objeto del contrato los generados en el ámbito municipal x xxxxxx, los generados en domicilios particulares, comercios, oficinas y servicios. Tendrán también la consideración de residuos urbanos los siguientes: los procedentes de limpieza de vías PÚblicas, zonas verdes y áreas recreativas.
Por otra parte, todos los productos utilizados en los diferentes trabajos de limpieza, recogida, lavado y otras aplicaciones deberán cumplir estrictamente con todos los requisitos normativos sanitarios, tendiendo, en todo lo posible, al
uso de productos biodegradables, de nulo o bajo impacto ambiental y/o ecológico, que en niNGÚN caso pudieran afectar a la salud de las personas.
SECCIÓN 3ª. ÁMBITO DEL CONTRATO
Artículo 5,- Ámbito territorial y ámbito funcional
El ámbito territorial, a los efectos de los trabajos objeto de esta licitación comprenderá el término Municipal de Medio Cudeyo. Los medios humanos, mecánicos, así como el vestuario y las herramientas, no podrán ser utilizados para trabajos ajenos al mismo.
Los servicios que comprende el presente contrato son:
5.1 Limpieza viaria.
5.1.1. Limpieza viaria ordinaria.
El servicio de limpieza viaria ordinaria comprenderá las operaciones fundamentalmente de barrido y de baldeo que se realizan de manera repetitiva, en base a una combinación de tratamientos y frecuencias relacionadas con la utilización de la vía y sus necesidades de limpieza. Se consideran como mínimo las siguientes labores:
- Barrido manual, mecánico y/o mixto, y de mantenimiento, segÚN las características de las calles.
- Baldeos, también en las modalidades de manual, mecánico y/o mixto. El abastecimiento de agua se realizará desde los puntos x xxxxx que indique el Ayuntamiento dentro del término municipal, sin coste adicional para el contratista.
5.1.2. Servicios especiales de limpieza.
Se engloban bajo esta denominación, los servicios de limpieza complementarios de los anteriores, que se efecTÚAn en zonas puntuales, de forma programada o
esporádica, en función de la necesidad local o temporal originada por una circunstancia no habitual. Están caracterizados por el distinto alcance y naturaleza de las actuaciones a desarrollar. Se indican a continuación, a título orientativo, las operaciones siguientes:
- Suministro, instalación, mantenimiento, conservación, reposición y limpieza de papeleras.
- Retirada de pintadas en edificios e instalaciones PÚblicas, fuentes, monumentos, y cualquier elemento del mobiliario urbano.
- Retirada de carteles y adhesivos adosados a edificios pÚBlicos y otros elementos de mobiliario urbano.
- Limpieza de pavimentos: manchas de aceite, grasa o de cualquier otro líquido procedente de vehículos.
- Retirada de excrementos sólidos o líquidos caninos, o de otro tipo.
- Limpieza de áreas de juegos infantiles.
- Limpieza y recogida de hojas y otros elementos vegetales en época de su caída.
- Limpieza del entorno de los contendores.
- Limpieza del espacio ocupado por mercados al aire libre.
- Limpieza xx xxxxxxx, caminos y espacios de dominio pÚBlico.
- Limpieza de emergencia motivada por tormentas, inundaciones, vendavales y otros fenómenos meteorológicos.
- Limpieza de zonas de ocio y diversión juvenil no regulados
- Limpieza de zonas de merendero y otras áreas recreativas
- Limpieza de sumideros e imbornales de todo el municipio
- Limpieza xxx xxxxxxx municipal
- Limpieza de las jardineras, laterales y bajos de las zonas peatonales
- Limpieza de las zonas de celebración de fiestas y eventos especiales.
- Limpieza en eventos anuales en la vía pÚBica del Ayuntamiento
5.1.3 Mantenimiento y siega
El servicio de mantenimiento y siega comprenderá las operaciones fundamentalmente de siega que se realizan de manera repetitiva, en base a
una combinación de tratamientos y frecuencias relacionadas con la utilización de las zonas y sus necesidades de mantenimiento para un óptimo uso del mismo.
5.2. Recogida y transporte de residuos domésticos
La recogida de residuos sólidos urbanos en masa comprenderá las siguientes actuaciones.
- Recogida y transporte al correspondiente punto de vertido de basuras domiciliarias o domésticas, entendiendo como tal los residuos domésticos urbanos cuya composición mayoritaria son los restos orgánicos, pequeños embalajes, residuos de limpieza de las viviendas o similares tanto en cantidad como en composición.
Se incluyen en esta recogida los animales domésticos muertos en la vía PÚblica, debidamente depositados en los contenedores.
- Recogida y transporte al correspondiente punto de vertido de residuos asimilables a residuos domiciliarios de los establecimientos hoteleros, comercios, galerías de alimentación, centros PÚblicos, polígonos industriales del municipio y empresas en general, debidamente depositados en los contenedores correspondientes. Los residuos procedentes de actividades económicas (empresa, comercios, industrias…) no superarán los 50 kg por establecimiento y día, quedando excluidos los residuos líquidos, escombros, residuos industriales y todos aquellos que deban ser gestionados por gestores autorizados seGÚN la normativa vigente, por su volumen o peligrosidad.
- Recogida y transporte al correspondiente punto de vertido de los residuos procedentes xxx xxxxxxx municipal xx Xxxxxxx, el día o los días en los que se celebre.
- Recogida y transporte en las zonas PÚblicas de hostelería y xxxxx xx Xxxxxxx.
- Recogida y transporte de residuos de zonas de ocio no reguladas y de diversión juvenil.
- Recogida y transporte en zonas de merendero y otras áreas recreativas.
- Recogida y transporte en los eventos anuales de celebración en Municipio.
- La recogida domiciliaria y transporte al correspondiente punto de vertido autorizado de residuos voluminosos de origen doméstico tales como muebles, enseres y análogos o restos de podas será realizada por el Ayuntamiento de
Medio Cudeyo directamente con recursos propios los lunes y martes, todos los días del año. El resto de días, incluidos sábados y domingos, cualquier enser, colchón, mueble etc. que aparezca junto a los contenedores de residuos o cualquier espacio de la vía PÚblica, deberá ser retirado por la empresa concesionaria y transportado al correspondiente punto de vertido autorizado.
- Recogida y transporte al correspondiente punto de vertido autorizado de los residuos procedentes de fiestas y eventos pÚBlicos, segÚN calendario y lugares previamente comunicados por el Ayuntamiento.
- Apoyo estacional a la recogida de residuos sólidos urbanos, seGÚN solicitud específica y en función de una planificación previa y justificada de los servicios técnicos del Ayuntamiento.
5.3. Contenerización
Se consideran incluidas en este servicio, entre otras, las siguientes operaciones:
- Reposición
- Instalación
- Limpieza y desinfección
- Mantenimiento y conservación
- Ampliación de contenedores en época estival segÚN la afluencia turística.
- Apantallamiento o colocación de cubre-contenedores en los que no dispongan del mismo, cuyo sistema será elegido por el Ayuntamiento de Medio Cudeyo.
SECCIÓN 4ª. DURACIÓN DEL CONTRATO
Artículo 6.- Duración del contrato.
La duración del presente contrato será de ocho (8) años contados a partir de la fecha en que se levante el acta de inicio de prestación del servicio, acta que deberá levantarse dentro del plazo máximo de quince (15) días siguientes a la fecha de firma del contrato. El plazo de ocho años es el calculado como periodo de recuperación de las inversiones de conformidad con el artículo 10
del Real Decreto 55/2017, de 3 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 2/2015 de 30 xx xxxxx, de desindexación de la economía española.
CAPÍTULO II. GESTIÓN DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA URBANA SECCIÓN 5ª CONDICIONES GENERALES DEL SERVICIO
Artículo 7.- Consideraciones de carácter genérico.
Corresponde a las empresas licitadoras proponer para cada uno de los servicios definidos en el artículo 5, los sistemas más eficaces para su prestación.
Este servicio tendrá por objeto la realización de todas las operaciones precisas para la consecución de un óptimo grado de limpieza de acuerdo con los medios técnicos y humanos asignados.
La limpieza urbana comprende los servicios de limpieza viaria ordinaria y los servicios especiales de limpieza. El primero conforma la estructura fundamental del servicio de limpieza urbana, tiene un carácter permanente y estable. El segundo complementa al primero con servicios especiales por su particular grado de especialización, limitaciones zonales o temporales.
El objetivo de calidad que el Ayuntamiento establece para los servicios de limpieza urbana es un nivel óptimo de limpieza en todo el municipio y para todos los servicios que comprende.
A efectos del estudio comparativo y como datos orientativos para el seguimiento y control de los trabajos efectuados, dado que el objetivo principal de este contrato es mantener limpio todo el Municipio, las empresas licitadoras elaborarán sus planes de limpieza definiendo para los servicios descritos en el apartado 5.1. del referido artículo 5, la zonificación del municipio que consideren oportuna, a partir de las consideraciones establecidas en los artículos 23 y 24 de este Pliego, indicando en cada uno de ellos:
- Metodología y sistemas a emplear en cada una de las operaciones.
- Vías pÚBlicas en las que se prevé realizar cada operación.
- Equipos a emplear y composición de los mismos, debidamente justificados.
- Frecuencias y horarios de los trabajos.
- Y todos aquellos otros aspectos que consideren oportunos.
En su oferta los licitadores deberán incorporar un “Plan de Limpieza Viaria Ordinaria” y un “Plan de Servicios Especiales de Limpieza”, en los que definirán con todo detalle la organización para cada uno de los servicios contemplados, con sujeción estricta a las condiciones establecidas, de forma que se cumpla el objetivo fundamental mencionado con anterioridad.
Artículo 8.- Alcance.
De forma general se aplicará a todos los espacios de carácter pÚBlico, y que conforman la red viaria municipal: vías de acceso, calles, paseos, plazas, aceras, caminos municipales, escaleras, pasadizos, callejones, pasos subterráneos, y otras zonas destinadas al uso PÚblico que se irán indicando más adelante.
La limpieza urbana deberá tomar en consideración las siguientes premisas:
- Buscar en todo momento y en cada entorno, la utilización más racional de todos los recursos en función de las características de cada zona o situación.
- Ofrecer una respuesta rápida y eficaz en la resolución de las incidencias que se produzcan en todo momento.
- La incorporación de tecnologías limpias y eficaces, orientadas a minimizar ruidos, generación de polvo, emisiones de CO2, consumo de agua, y otros recursos.
- La adopción de las medidas necesarias para que el servicio propuesto no se vea afectado por causas de absentismo laboral.
- Generar las menores molestias al tránsito peatonal y al tráfico rodado.
La limpieza de las vías y espacios PÚblicos incluidos en el ámbito de la prestación comprenderá al menos los siguientes trabajos:
- La limpieza de la totalidad de las vías PÚblicas y espacios PÚblicos de las localidades xx Xxxxxxx y Valdecilla. Los licitadores indicarán para las distintas zonas establecidas el tipo de servicio que en ellas se realiza y la frecuencia con
que se presta, teniendo en cuenta las consideraciones que, respecto a los niveles de limpieza y frecuencias mínimas se indican más adelante.
- Organización de los trabajos de limpieza para domingos y festivos, que incluyan los viales de mayor representatividad y tránsito peatonal.
- Será obligación del adjudicatario realizar la limpieza de calles, recintos o plazas, en que tengan lugar actos multitudinarios, mercados al aire libre, fiestas de barrio, eventos, etc, que generen residuos. Su actuación se realizará de forma inmediata a su celebración, aunque estos se celebren en domingos o festivos en cualquier localidad del municipio.
- El adjudicatario prestará especial atención a las calles próximas al mercado, entorno de cualquier tipo de contenedor instalado en la vía PÚblica; entradas a centros educativos, culturales, dependencias municipales y otros organismos oficiales en cualquier localidad del municipio.
- Deberá realizarla limpieza de los residuos generados en las vías PÚblicas por fenómenos climatológicos adversos, accidentes de tráfico, derrames de vehículos que transporten tierras, áridos, etc. en cualquier localidad del municipio.
- Las empresas licitadoras deberán presentar la organización de los trabajos para la limpieza de pintadas y retirada de carteles de la vía pÚBlica. Deberán constar, así mismo, con los medios técnicos necesarios y suficientes para la limpieza de manchas de grasa y aceite acumuladas en acera y calzada, en cualquier localidad del municipio.
- Se deberán retirar los excrementos caninos y de otros animales, para lo cual las empresas ofertantes presentarán la organización de los trabajos de retirada de estos excrementos y limpieza de la suciedad derivada, en cualquier localidad del municipio.
Artículo 9.- Organización del servicio.
Para la adecuada prestación de los servicios a los que se refiere este Pliego, se dividirá el Municipio en zonas, indicándose:
- Itinerarios representados en planos, que indiquen el sentido, longitud y distribución de los recorridos y tratamientos de limpieza previstos, así como los horarios de realización del servicio, comienzo y terminación del mismo.
- Vehículos y maquinaria a utilizar, su nÚMERO y características.
- Personal afecto al servicio, con indicación de su nÚMERO en los distintos puestos de trabajo, absentismo, vacaciones, etc.
Artículo 10. Horarios y frecuencias.
Los horarios para la limpieza y/o siegas serán propuestos por los licitadores en su oferta y aprobados por los servicios técnicos del Ayuntamiento, a los cuales les corresponderá autorizar cualquier modificación de horarios que el adjudicatario proponga a lo largo del desarrollo del contrato.
Cuando los servicios técnicos así lo decidan, podrán efectuarse limpiezas en horarios distintos a los previamente aprobados en determinados días, especialmente en caso de actividades culturales, fiestas u otras especiales y/o esporádicas que se produzcan durante la vigencia del contrato.
Con carácter general, las frecuencias de actuación son las siguientes:
- Diaria, incluso domingos y festivos. Implica una frecuencia de prestación de 7 veces por semana.
- Diaria, excepto domingos y festivos. Implica una frecuencia de prestación de 6 días por semana, salvo cuando se dé la existencia de festivos intersemanales. En caso de coincidir dos días festivos de manera consecutiva, será obligado para el contratista realizar el servicio en uno de ellos, como si de un día laborable se tratase.
- Alterna: tres veces por semana.
- El resto de frecuencias harán referencia al NÚMero concreto de veces a la semana en que se llevará a cabo el servicio de que se trate (5 veces/semana, 2 veces semana, etc).
Los licitadores en sus propuestas podrán proponer frecuencias complementarias, así como asignar los medios específicos más oportunos, y en las zonas de actuación que propongan, siempre que se cumplan o mejoren las que se establecen con carácter de mínimos más adelante.
SECCIÓN 6ª. LIMPIEZA VIARIA ORDINARIA.
Artículo 11.- Consideraciones genéricas.
Los trabajos de limpieza viaria se realizan con la frecuencia estipulada, incluido el vaciado de papeleras y su limpieza.
Se considerarán tratamientos incluidos bajo esta denominación, los siguientes:
- Los barridos, en las modalidades siguientes: barrido manual de aceras y calzadas, barrido mecánico de aceras y calzadas, barrido mixto y barrido de mantenimiento.
- Los baldeos de aceras, paseos y calzadas, en la modalidad de manual, mecánico y/mixto. El abastecimiento de agua se hará desde los puntos x xxxxx que indique el Ayuntamiento dentro del término municipal, sin coste adicional para el contratista.
El servicio de limpieza viaria se podrá desarrollar en horario diurno y/o nocturno, segÚn las necesidades de las zonas de actuación y conforme queden establecidas en la “Propuesta Técnica de organización de los servicios de limpieza viaria ordinaria”, que aportarán los licitadores.
Artículo 12.- Actuaciones mínimas de limpieza viaria, mantenimiento y siega.
Las actuaciones mínimas de limpieza viaria serán las que se relacionan a continuación, sin perjuicio de que el licitador en su oferta realice su propia propuesta, que deberá contemplar, en todo caso, las siguientes actuaciones: Se barrerá de manera diaria, de lunes x xxxxxxx, las aceras, parques, jardines y zonas pÚBlicas en general xxx xxxxx urbano residencial y zonas próximas sin excepción de festivos, en los pueblos xx Xxxxxxx, Valdecilla y Heras
El área de actuación del servicio de limpieza viaria serán los espacios y zonas PÚBLICAS DEL NÚCleo xx Xxxxxxx-Valdecilla y Heras (calles, viales, caminos, parques, plazas, zonas verdes, etc…) comprendido dentro del polígono delimitado por los siguientes puntos:
- Avenida Santander, desde la xxxxxxx xxx xxxxx con la A8 (cantera)
- Calle Xxxx xxx Xxxxx, desde el xxxxx xx Xxxxxxxxxx
- Avenida Alisas, desde el cruce con la calle Camino Nuevo
- Travesía Xxxxxx xxx Xxxxx, desde el límite con Orejo.
- Avenida Xxxxxx, desde el límite con Sobremazas
- Calle Santa Xxxxxxx, desde la Fuente de Santa Xxxxxxx
- Paseo de la Estación, desde la antigua EDAR xx Xxxxxxx.
- Y todas las calles aledañas a las anteriores vías xx Xxxxxxx y Valdecilla
- Entorno de la plaza xx Xxxxx
De forma especial, y por la acumulación de residuos, deposiciones y malos olores, se realizará la limpieza y baldeo de las zonas PÚblicas de hostelería y xxxxx xx Xxxxxxx. La frecuencia será la necesaria para mantener estas zonas en buen estado de limpieza y libres de olores.
Las zonas PÚblicas de hostelería y xxxxx xx Xxxxxxx son las situadas en las siguientes calles:
Plaza Xxxxxxxxx Xxxxxx, Avenida Santander, Avenida Xxxxx Xxxxxx, Calle El Estudio, Avenida Xxxxxx, Paseo de la Ventilla, Calle la Constitución, Calle Río Xxxx y Paseo de la Estación.
De igual manera deberá realizarse la limpieza y baldeo de las zonas de ocio no reguladas y de diversión juvenil con la frecuencia necesaria para mantener estas zonas en buen estado de limpieza y libres de olores.
La relación de zonas de ocio no reguladas y de diversión juvenil es la siguiente:
En Solares:
- Parque Monseñor de Cos
- Mina Pepita
- Parque de las AgÜeras
- Parque del Ferial En Valdecilla:
- Parque San Xxxxx En Hermosa:
- Parque y Pista de Hermosa En Xxxxxxx:
- La Regata En Sobremazas:
- Parque Cubón en Rioz En Santiago de Cudeyo:
- Parque de Las Escuelas en Santiago
y demás parques infantiles y áreas de recreo municipales.
En las zonas industriales, el barrido será alterno dos veces a la semana, y el baldeo, un día al mes.
Los residuos procedentes de la limpieza y desinfección de espacios PÚblicos nunca podrán depositarse de manera que saturen los contenedores de residuos habilitados en la vía pÚBlica, ni vertidos fuera de los lugares establecidos por la legislación vigente, ni entregados a otros intermediarios o gestores no autorizados en la Comunidad Autónoma de Cantabria. Estos residuos deberán gestionarse de acuerdo a su naturaleza, e incorporarlos a la recogida de Residuos Sólidos Urbanos.
Las actuaciones mínimas de mantenimiento y siega serán las que se relacionan a continuación, sin perjuicio de que el licitador en su oferta realice su propia propuesta, que deberá contemplar, en todo caso, las siguientes actuaciones:
Un mínimo de 8 siegas anuales:
- Parque de la Regata en Ceceñas
- Zona Pública y Paseo Junto a “La Playuca” en San Xxxxxxxx
- Parque de la Xxxxxxx en la Calle Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx
- Jardines de “las Casas de los Maestros” de Valdecilla, Casa de la MÚSica, Casa del Folklore etc.
- Parque y Zona verde de la Urbanización Xxxx Xxxxxx Xxxx xx Xxxxxxx
- Zona verde de la Avenida de Alisas( antigÜO matadero) de Valdecilla
- Parque de la Mina Pepita en Solares
- Cementerios de Valdecilla, Ánaz, Hermosa, Heras, Santiago de Cudeyo y San Xxxxxxxx.
Un mínimo de mantenimiento y siega cada 15 días:
- Parque Monseñor de Cos en Solares
- Parque El Ferial en Solares
- Parque de las AgÜeras en Solares
- Parque Avenida Peña Xxxxxxx xx Xxxxxxx
- Zona Verde La Llosa en la Avenida de Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx
- Zona verde en la Avenida xx Xxxxxx con la confluencia de la Avenida Peña Xxxxxxx en Solares
- Calle de entrada a la Mina Pepita en Solares
- Parque de San Xxxxx en Valdecilla
- Parque y pista de Hermosa
- Parque xx Xxxx en Sobremazas
- Parque de las Xxxxxxx en Heras
- Zonas verdes de los demás parques infantiles municipales, Ceceñas y Santiago de Cudeyo
- Y demás zonas verdes con instalaciones infantiles o deportivas que sean realizadas a futuro por el Ayuntamiento de Medio Cudeyo
Artículo 13.-Propuesta Técnica de Organización de los Servicios de Limpieza Ordinaria.
Los niveles de limpieza y frecuencias serán descritos con precisión por los licitadores en su oferta, pudiendo mejorarlos.
Dentro del Plan de Limpieza Viaria Ordinaria, los licitadores presentarán una “propuesta Técnica de Organización de los servicios de limpieza viaria ordinaria”, con descripción de la organización de los servicios, detallando los trabajos y operaciones a realizar en cada caso, las frecuencias, los medios humanos y materiales, de forma que la totalidad del ámbito de actuación mantenga en todo momento un adecuado nivel de calidad de limpieza.
SECCIÓN 7ª. SERVICIOS ESPECIALES DE LIMPIEZA.
Artículo 14.- Consideraciones genéricas.
Se consideran servicios especiales de limpieza los siguientes:
- Suministro, instalación, mantenimiento, conservación, reposición y limpieza de papeleras.
- Retirada de pintadas en edificios e instalaciones PÚblicas, fuentes, monumentos, y cualquier elemento del mobiliario urbano.
- Retirada de carteles y adhesivos adosados a edificios PÚblicos y otros elementos de mobiliario urbano.
- Limpieza de pavimentos: manchas de aceite, grasa o de cualquier otro líquido procedente de vehículos.
- Retirada de excrementos sólidos o líquidos caninos, o de otro tipo.
- Limpieza de áreas de juegos infantiles.
- Limpieza y recogida de hojas y otros elementos vegetales en época de su caída.
- Limpieza del entorno de los contendores. (Estos puntos no son limpiezas especiales, sino ordinarias)
- Limpieza del espacio ocupado por mercados al aire libre.
- Limpieza xx xxxxxxx, caminos y espacios de dominio pÚBlico.
- Limpieza de emergencia motivada por tormentas, inundaciones, vendavales y otros fenómenos meteorológicos.
- Limpieza de zonas de ocio y diversión juvenil no regulados
- Limpieza de zonas de merendero y otras áreas recreativas
- Limpieza de sumideros e imbornales
- Limpieza xxx xxxxxxx municipal
- Limpieza de las jardineras, laterales y bajos de las zonas peatonales
- Limpieza de las zonas de celebración de fiestas y eventos especiales.
- Limpieza de arquetas y rejillas
Las empresas licitadoras deberán proponer los medios humanos y materiales que consideren más oportunos para la prestación de cada uno de estos servicios, indicando de manera clara y concreta.
Artículo 15.-Propuesta Técnica de Organización de los Servicios Especiales de limpieza
Las empresas licitadoras atendiendo al objetivo de establecer un nivel de calidad de los servicios, deberán indicar, en su “Plan de Servicios Especiales de limpieza” una “Propuesta Técnica de Organización de los Servicios Especiales de Limpieza”. Esta propuesta recogerá el detalle de los trabajos y operaciones a realizar en cada caso, las frecuencias, los medios humanos y los medios materiales previstos, así como los demás aspectos necesarios que permitan conocer sus propuestas técnicas.
CAPÍTULO III. RESIDUOS DOMÉSTICOS: RECOGIDA, TRANSPORTE Y CONTENERIZACIÓN
SECCIÓN 8ª. CONSIDERACIONES GENERALES
Artículo 16. Objetivo.
El objetivo fundamental que se persigue con este contrato es la retirada de los residuos domésticos y asimilables que se generen en el Municipio, manteniendo de forma permanente un adecuado nivel de recogida de dichos residuos.
En su oferta los licitadores deberán indicar un “Plan de servicios de recogida ordinaria” y un “Plan de servicios especiales de recogida”. En ambos casos, se explicitarán los sistemas de recogida, los medios materiales y humanos a adscribir al servicio, las rutas, los horarios y la realización de las labores de limpieza, mantenimiento y reposición de contenedores, así como cualquier aspecto que se considere relevante.
En el Plan de servicios de recogida ordinaria se incluirá la recogida y transporte al correspondiente punto de vertido de las basuras domiciliarias y domésticas. Por su parte, el Plan de servicios especiales de recogida deberá hacer referencia al resto de las actuaciones previstas en el artículo 5.2 de este Pliego, en especial, en la relación de zonas de ocio no reguladas y de diversión juvenil:
1) Monseñor de Cos, Ferial, Mina Pepita, Parque de las AgÜERas, Parque San Xxxxx de Valdecilla, Parque y pista de Hermosa, la Regata xx Xxxxxxx, Parque Cubón en Rioz, Parque de las Escuelas en Santiago, Parque de las escuelas de San Xxxxxxxx y demás áreas infantiles y de recreo municipales.
En la celebración de eventos anuales en el Municipio en las zonas pÚBLICAs:
2) Cabalgata, Cantiga, carnavales, xxxxx xx xxxxx, fiestas municipales xx xxxxxx, fiestas de los 10 pueblos del Ayuntamiento y fiestas xx Xxxxxx en Heras.
En las zonas pÚblicas de hostelería y xxxxx xx Xxxxxxx:
3) Plaza Xxxxxxxxx Xxxxxx, Avenida Santander, Avenida Xxxxx Xxxxxx, Calle El Estudio, Avenida Xxxxxx, Paseo de la Ventilla, Calle La Constitución, Calle Río Xxxx y Paseo de la Estación
En las zonas de merendero y otras áreas recreativas:
4) Parque San Xxxxx en Valdecilla, Parque y pista de Hermosa, Parque de las Escuelas en Santiago, La Regata xx Xxxxxxx y Parque xxx Xxxxx en Rioz.
Así mismo, deberá determinar las medidas que se proponen para la recogida en zonas de mayor frecuencia de abandono de residuos:
5) Parque de San Xxxxx en Valdecilla, Parque y pista de Hermosa, entrada Xxxxxxxx xx Xxxxx, entrada LÚPUlo por Ceceñas a Hermosa y carretera de la Xxxx xx Xxxxxxx a Sobremazas. Y, en general, todos los parques del Municipio.
Las medidas que se proponen para la recogida y transporte en puntos problemáticos, donde no tiene cabida el camión de recogida:
6) Avenida xx Xxxx Xxxxxxx en Solares, Calle de Los Tilos en Solares.
Y en aquellos centros de gran producción de residuos comerciales asimilables a domésticos.
7) Colegios ( C.P. Xxxxxxx de Xxxxxxxxxx, X.X Xxxxx, C.P. San Xxxxxxxx, Colegio Torreánaz, Apostolado xx Xxxxxxx) , Institutos (I.E.S. Xxxxxxx Xxxxxxxx, I.E.S. La Granja) y Polígono Industrial xx Xxxxx.
La recogida de residuos municipales deberá tomar en consideración las siguientes premisas:
- Buscar en todo momento y en cada entorno, la utilización más racional de todos los recurso en función de las características de cada zona o situación.
- Dar respuesta rápida y eficaz en la resolución de las incidencias que se produzcan en todo momento
- Conseguir óptimas condiciones en cuanto a rendimientos, operatividad y parámetros de seguridad y sostenibilidad.
- Causar las menores molestias posibles a vecinos, viandantes y tráfico.
Deberá asegurarse que todos los contenedores habrán de ser vaciados cuando se encuentren a un máximo del 80% de llenado. En este sentido, habrá zonas ( como las de gran producción) que requieren una doble recogida u otro sistema alternativo, como el que se proponga para los puntos problemáticos, siempre que se demuestre su eficacia.
Artículo 17. Trabajos no incluidos.
Quedan expresamente excluidas las recogidas de los siguientes residuos:
- Recogida selectiva de papel-cartón (contenedor azul), envases ligeros ( contenedor amarillo y vidrio (contenedor verde-iglÚ).
- Escombros no procedentes de pequeñas reparaciones domiciliarias.
- Residuos generados por las industrias que no tengan la consideración de residuos asimilables a domésticos.
- Lodos de depuradoras urbanas o industriales
- Residuos específicos para los que no exista legislación vigente, en la que se señale que la gestión de los mismos no es competencia municipal.
Artículo 18. Datos de producción de residuos.
Los datos de generación de residuos en el Municipio de Medio Cudeyo se incluyen en el Anexo II de este PPTT.
Artículo 19.Actuaciones mínimas para la recogida y transporte de residuos
La extensión de los servicios a realizar abarcará a todos los pueblos pertenecientes al municipio de Medio Cudeyo y sus Polígonos Industriales:
- Solares
- Ceceñas
- San Vitores
- Santiago de Cudeyo
- Sobremazas
- Valdecilla
- San Xxxxxxxx
- Ánaz
- Heras
- Hermosa
- Polígonos Industrial xx Xxxxx
- Polígono Industrial de Marina-Medio Cudeyo (parcial)
Las actuaciones mínimas de recogida y transporte de residuos en el Ayuntamiento de Medio Cudeyo serán las que se relacionan a continuación, sin perjuicio de que el licitador en su oferta realice su propia propuesta, que deberá contemplar, en todo caso, las siguientes:
Solares y Valdecilla: Servicio diario de lunes x xxxxxxx Polígonos Industriales: Servicio de recogida de lunes x xxxxxx
Xxxxx: cuatro días a la semana.
El servicio en el resto de localidades será de tres días a la semana, dividiéndose estos en dos grupos comprendidos en:
- Grupo I (Ánaz, Xxxxxxx, Hermosa, San Vitores y Sobremazas.
- Grupo II (Santiago y San Xxxxxxxx).
La recogida de residuos se realizará tanto en festivos como laborables, salvo acuerdo aprobado y ratificado por el Ayuntamiento, concretándose los días en los que no se prestará el servicio.
El servicio de recogida domiciliaria de residuos voluminosos así como restos de poda y jardinería, deberá realizarse con frecuencia semanal, es decir, un día y horario fijo por semana que deberá indicar la empresa adjudicataria.
Artículo 20.- Contenerización
20.1. Consideraciones genéricas.
El vaciado de los contenedores deberá realizarse independientemente del nivel de llenado de los mismos.
Los operarios del servicio deberán dejar los contenedores tapados y correctamente colocados en su punto de origen, con el freno accionado y colocado dentro de su sistema de retención, recogiendo los restos y desperdicios que puedan caer en el momento de su recogida o se encuentren depositados fuera de estos. Si durante el proceso de recogida y transporte de residuos se produjera un derrame de líquidos o de cualquier lixiviado, la empresa procederá a la limpieza de la zona afectada.
20.2. Reposición de contenedores
Los licitadores procederán a la reposición de contenedores cuando sea necesaria su sustitución.
A estos efectos al inicio del contrato y de los años sucesivos deberá prever un
stock del 10% sobre el total de unidades existentes de cada modelo.
En caso de discrepancia entre el contratista y el Ayuntamiento en cuanto al deterioro de un contenedor, prevalecerá el criterio municipal. Así mismo, en caso de daños al contenedor por accidente o incidencias en su vaciado ( hundimiento, rotura, perforaciones), la sustitución habrá de efectuarse en el plazo de 24 horas desde la detección del deterioro, ( y siempre la reparación o compra será x xxxxx del adjudicatario).
En el caso de celebración de ventos anuales y fiestas en el Ayuntamiento de Medio Cudeyo, el contratista procederá a la instalación de contenedores suficientes para atender las necesidades de producción de residuos.
Finalmente el Ayuntamiento e reserva el derecho a modificar el lugar donde se encuentra ubicado un contenedor para su instalación en otro lugar distinto. De igual manera, el Ayuntamiento podrá indicar el lugar de ubicación de un nuevo contenedor ante las necesidades de los usuarios en cada momento.
20.3 Lavado y desinfección de contenedores
Se contemplan en este contrato las tareas xx xxxxxx de todos los contenedores incluidos para la prestación del servicio en este Pliego.
Esta limpieza deberá ser efectuada con esta frecuencia mínima:
• Desde el 1 xx xxxx al 30 de septiembre, una vez cada dos semanas
• Desde el 1 de octubre al 30 xx xxxxx, una vez al mes.
El objetivo que se fija con relación a la limpieza de todos los contenedores es que estos permanezcan pulcros, sin incrustaciones, ni pintadas ni lixiviados y sin residuos en su interior, con el fin de que no emitan malos olores.
Los licitadores deberán adjuntar en sus propuestas los medios, frecuencias y demás detalles que justifiquen el alcance de los objetivos indicados en cada contenedor, que, en todo caso, habrá de contemplar lavado interior y exterior con agua caliente a presión y detergente.
Entre las referidas labores, se contempla el refuerzo en la frecuencia xx xxxxxx de los contenedores de determinados puntos de mayor aportación, en cuyo caso, el adjudicatario actuará de oficio o a requerimiento del Ayuntamiento, contando en estos casos con 24 horas para la ejecución de los trabajos.
20.4. Mantenimiento y conservación de los contenedores.
Las labores consisten en el mantenimiento y conservación de todos los contenedores, de forma que se encuentren en perfecto estado de conservación para poder realizar una correcta prestación del servicio.
El adjudicatario prestará un servicio de mantenimiento preventivo del estado de los contenedores, que detecte averías, anomalías y otros. Este servicio también incluirá la revisión de todos los contenedores en sus aspectos mecánicos y otros, debiendo los licitadores presentar las propuestas debidamente justificadas conforme a las estipulaciones del fabricante.
El adjudicatario reparará a su cargo todas las averías que se produzcan en los contenedores y corregirá todos los desperfectos que sufran, debiendo en todo caso poner los hechos en conocimiento del Ayuntamiento. En ningÚN caso se admitirá la presencia de contenedores en la vía pÚBlica con deficiencias estéticas o funcionales de cualquiera de sus elementos. En caso de producirse, los contenedores deberán ser retirados y sustituidos con carácter inmediato.
En caso de discrepancia entre el contratista y el Ayuntamiento en cuanto al deterioro de un contenedor, prevalecerá el criterio municipal.
CAPÍTULO IV. IMPLANTACIÓN Y COMUNICACIÓN CON EL AYUNTAMIENTO SECCIÓN 9ª. IMPLANTACIÓN
Artículo 21. Plan de Implantación
Los licitadores deberán presentar en sus ofertas un “Plan de Implantación” que comprenda un desglose y una planificación pormenorizada de la implantación de los medios humanos y materiales para la ejecución del contrato, desde la firma del Acta de inicio de los servicios hasta la consolidación de todos los medios, así como un calendario de llegada y puesta en funcionamiento de las inversiones previstas, ( camión recolector compactador de carga trasera, una barredora vial de un tamaño medio, maquinaria de siega y útiles (1 tractor cortacésped, 2 cortacésped manuales, 2 desbrozadoras, 1 motosierra, 2 sopladores de hojas, utillaje y equipos de protección) y 1 hidrolimpiadora).
Los licitadores deberán detallar la organización del servicio durante ese periodo de tiempo.
SECCIÓN 10ª. COMUNICACIÓN CON EL AYUNTAMIENTO COMUNICACIÓN CON EL AYUNTAMIENTO
Artículo 22. Consideraciones generales e información a suministrar
La comunicación Ayuntamiento-Contratista es una pieza clave para la consecución de los fines perseguidos y satisfacción de ambas partes. En todo caso, los licitadores deberán presentar un “Pan de Comunicación” con el Ayuntamiento, indicando los instrumentos de comunicación a utilizar, el alcance y flujos de información, protocolos de comunicación y coordinación.
En concreto, el Ayuntamiento deberá estar informado de los siguientes extremos:
- De la ubicación de papeleras y contenedores, mensualmente.
- De las principales incidencias en los equipos y en la vía pÚBlica, de manera inmediata.
- De los medios materiales y humanos asignados y posibles incidencias, cuando le requiera el Ayuntamiento.
- Incidencias con los ciudadanos, de forma inmediata.
En cualquier caso, el adjudicatario deberá comunicar al Ayuntamiento de forma inmediata la imposibilidad de realizar cualquier ruta programada o cualquier limpieza especial.
CAPÍTULO V. CONTROL DE EJECUCIÓN Y CALIDAD DEL SERVICIO
SECCIÓN 11ª SISTEMAS DE CONTROL DE EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS POR PARTE DEL AYUNTAMIENTO.
Articulo 23.- Sistema de control de ejecución de los servicios por parte del Ayuntamiento.
La unidad encargada del seguimiento y ejecución ordinaria de este contrato
será la Concejalía competente por razón de la materia.
A fin de garantizar la correcta prestación de los servicios en términos de calidad y eficacia, el Ayuntamiento de Medio Cudeyo llevará a cabo el control y seguimiento de la ejecución del contrato, con independencia al control que el
adjudicatario deberá establecer por su parte, y del que dará cuenta al Ayuntamiento.
El control municipal podrá ser llevado a cabo, bien por técnicos del Ayuntamiento o a través de una contratación externa encargada de realizar este cometido. En ambos casos, el adjudicatario prestará completa colaboración a la hora de facilitar estos trabajos y aportará toda la información que se le requiera al respecto.
CAPÍTULO VI. ACCIONES DIRIGIDAS A LA CIUDADANÍA
SECCION 12ª ATENCIÓN, INFORMACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN CIUDADANA
Artículo 24. Servicios de atención al ciudadano
Tendrá por objeto atender sus demandas de información, quejas, sugerencias, solicitudes de servicio de recogida concertadas, avisos y otras necesidades ciudadanas relacionadas. Para ello, los licitadores presentarán en su oferta un servicio de atención telefónica, además de un servicio on line de comunicación, que canalizarán las demandas de información de la ciudadanía.
Debe canalizarse, archivarse y hacerse un seguimiento de las mismas, de forma que pueda evaluarse su solución. Todas las quejas, vengan por el medio y origen que vengan se archivarán por temas por el adjudicatario.
Los licitadores ofertarán los medios para llevarlo a cabo y establecerán un compromiso de atención a las incidencias en un plazo de tiempo por ellos establecido.
El NÚMero de teléfono de atención al ciudadano aparecerá en aquellos medios materiales adscritos que determine el Ayuntamiento.
La empresa adjudicataria será responsable del seguimiento, análisis y resolución de las incidencias derivadas de este servicio, así como de informar de todo el desarrollo a los servicios técnicos del Ayuntamiento.
El adjudicatario proporcionará a los ciudadanos, a través de una web
específica, creada y mantenida por él, la información sobre los servicios realizados, noticias, horarios y frecuencias de prestación, zonas de actuación, actuaciones realizadas, y opiniones de los vecinos del Ayuntamiento sobre la prestación del servicio, etc.
Los contenidos de esta web serán autorizados por el Ayuntamiento y se podrá acceder a ella a través de la página municipal y la app Medio Cudeyo
Artículo 25. Campañas de información y sensibilización
Deberá preverse la realización de cuantas acciones de comunicación para la concienciación e información ciudadana con relación a la limpieza viaria, recogida viaria y otros aspectos recogidos en el contrato.
Anualmente, el contratista en coordinación con el Ayuntamiento, elaborará una propuesta de actuaciones en materia de comunicación, destinada a los ciudadanos en su conjunto y a colectivos específicos (comerciantes, industriales, escolares y otros) acorde con las necesidades de concienciación e información establecidas previamente entre el Ayuntamiento y el contratista.
Al inicio del contrato, el adjudicatario deberá repartir en cada domicilio del Ayuntamiento de Medio Cudeyo, un tríptico o folleto, cuyo contenido será consensuado con el Ayuntamiento de Medio Cudeyo, donde se explique a la ciudadanía el nuevo servicio.
Artículo 26,- Organización de los Servicios de Atención, Información y sensibilización ciudadana.
En el mencionado “Plan de Atención, información y sensibilización ciudadana”, las empresas licitadoras harán sus propuestas en materia de servicios de atención, información y sensibilización ciudadana, describiendo la organización, los medios materiales y equipos destinados a la prestación de estos servicios.
CAPÍTULO VII. GESTIÓN DE MEDIOS ASIGNADOS SECCIÓN 13ª. GESTIÓN DE PERSONAL
Artículo 27.- Generalidades.
El licitador deberá elaborar propuesta teniendo en cuenta las previsiones de plantilla que el Ayuntamiento considera necesaria para la prestación del servicio y que se contiene en la propuesta de costes del servicio que acompaña a los Pliegos, con el siguiente desglose:
- Personal directo para la realización de los trabajos, constituido por peones, (7) y conductores, (1).
- Personal encargado de las labores de vigilancia e inspección, para garantizar el buen funcionamiento del servicio.
Asimismo, deberá presentar mediante un organigrama, la relación detallada de todo el personal indirecto asignado a los servicios.
Artículo 28.- Obligaciones del adjudicatario respecto del personal.
El adjudicatario del contrato estará obligado a subrogar a todo el personal que figura adscrito al contrato actual, (5 peones y dos conductores). En el Anexo I de este Pliego se indica la relación nominal de la totalidad del personal de obligada subrogación, con expresión de su categoría profesional, fecha de antiGÜEdad y coste salarial asociado.
Para la relación de los servicios que incluye este Pliego, se tendrá en cuenta que, tanto las jornadas necesarias para sustitución de vacaciones y otras libranzas, así como el absentismo, en todo caso, deberán ser cubiertas en su totalidad por el adjudicatario. Los licitadores han de garantizar en su oferta el mantenimiento y no disminución del personal asignado a la ejecución del contrato.
Todo el personal asignado a este servicio, lo será con carácter exclusivo para este contrato, salvo los destinados a cubrir sustituciones o bajas.
Será obligación del adjudicatario, en tanto se proceda a la aplicación del correspondiente convenio de empresa, y mientras no se apruebe un Convenio Provincial del Sector, respetar las retribuciones prevista en la propuesta de
estructura de costes, como asimismo, reconocer todos los derechos y obligaciones laborales que vinieran disfrutando los trabajadores, quedando obligado a lo dispuesto en las Leyes protectoras del trabajo y Seguridad Social en todos sus aspectos.
En el momento de inicio de la prestación del servicio, el adjudicatario comunicará al Ayuntamiento la relación de personal adscrito a cada uno de los servicios y la relación nominal de todo el personal adscrito a la contrata.
El adjudicatario dispondrá del personal necesario para satisfacer adecuadamente las exigencias del contrato, debiendo cumplir en todo momento la legislación aplicable y pudiendo exigir el Ayuntamiento las acreditaciones y documentación correspondientes.
El adjudicatario mantendrá asegurado a todo el personal a su cargo, debiendo contar, además, con los seguros de responsabilidad civil que cubran los posibles daños a terceros en la realización de los trabajos contemplados.
Asimismo, deberá acreditar por escrito, que ha realizado la evaluación de riesgos laborales y planificación de su actividad preventiva, y que ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación de los trabajadores que prestaran sus servicios.
Las acreditaciones previstas en el párrafo anterior también serán de obligado cumplimiento si se subcontratara con otra empresa la realización de una parte de los servicios; El Ayuntamiento de Medio Cudeyo podrá en todo momento ser conocedor de las condiciones de subcontratación que pudiera llevarse a cabo. El adjudicatario deberá elaborar, aprobar y cumplir un “Plan de Seguridad y Salud laboral” acorde con la legislación vigente.
De igual manera, el adjudicatario deberá incorporar en su oferta una relación de las medidas dirigidas a la mejora de las condiciones de trabajo de sus empleados y al fomento de la conciliación de vida laboral y familiar.
A efectos de este contrato, el Ayuntamiento de Medio Cudeyo no tendrá relación jurídica ni laboral alguna con el personal que la empresa adjudicataria destine a la prestación del servicio, incluido aquél que subrogue, durante el plazo de vigencia del contrato, ni al término del mismo.
Serán de total responsabilidad del contratista las relaciones con el personal adscrito al servicio, quedando el Ayuntamiento de Medio Cudeyo exento de toda responsabilidad a este respecto.
Artículo 29. Gestión del personal durante la vigencia del contrato.
El adjudicatario será responsable de la gestión del personal. Por ello, la empresa adjudicataria organizará, bajo su responsabilidad, los sistemas de gestión del personal y organización del trabajo, de forma que se obtenga la mayor eficacia del servicio.
La empresa adjudicataria se sujetará estrictamente a la legislación social y laboral vigente en cada momento. A este fin, se confeccionarán las relaciones nominales TC1 y TC2 con el personal adscrito al servicio.
Siendo importante para este Ayuntamiento, se espera que los licitadores incluyan en sus ofertas aspectos vinculados a la motivación del personal hacia la responsabilidad e implicación y a la hora de desarrollar su trabajo, así como la formación integral de éstos.
Artículo 30.- Identificación, vestuario e imagen del personal.
Todo el personal deberá estar perfectamente identificado en orden a la seguridad de sus servicios, proponiendo los licitadores el sistema de identificación más eficaz.
El personal de la contrata que realice su trabajo en la vía pÚBlica, incluidos los conductores de los vehículos, deberá ir correctamente uniformado por cuenta del adjudicatario, utilizándose en todo el momento del servicio en la vía PÚblica. El tipo de uniforme será distinto en verano que en invierno, y deberá tener impreso el anagrama o logo de la empresa adjudicataria y el Escudo del Municipio de Medio Cudeyo.
La cantidad y calidad del vestuario y los equipos de protección personal para los trabajadores se regirán en todo momento por lo acordado por el convenio que resulte de aplicación y conforme a la legislación aplicable en materia de riesgos laborales. El vestuario mínimo a proporcionar será de una dotación completa para verano y otra para invierno, debiéndose complementar en tiempo de lluvia con prendas impermeables de color bien visible, sin perjuicio de la dotación necesaria de equipos de protección personal.
Este vestuario no podrá ser utilizado fuera de los trabajos adscritos al servicio ni por personal ajeno al mismo.
El personal estará dotado de los medios de protección adaptados a la labor que desempeñen, conforme se fija en la Ley de Riesgos laborales. El personal que efecTÚE la labor que tiene encomendada con horario nocturno, estará dotado de elementos bien visibles, reflectantes homologados, en su caso, al objeto de que se desarrollen las labores en las mayores condiciones de seguridad que sea posible.
El personal adscrito al servicio deberá observar las lógicas normas de aseo, cortesía, decoro, uniformidad en el vestuario, así como buen trato con el personal del Ayuntamiento y con los ciudadanos, como usuarios del servicio.
Artículo 31. Formación del personal.
La empresa adjudicataria estará obligada a implementar en materia de formación, las medidas necesarias para incrementar la eficacia de la prestación del servicio y la profesionalidad de los trabajadores a su cargo, como mínimo en los siguientes aspectos:
- Formación en buenas prácticas en materia de tareas a realizar y utilización de recursos asignados.
- Formación en relación con la calidad medioambiental y mejora de los servicios.
- Formación en materia de seguridad, prevención de riesgos laborales y salud laboral.
- Formación en materia de atención y trato con los ciudadanos.
Artículo 32. Servicios médicos.
Todo el personal será sometido a las correspondientes revisiones médicas, sujetándose la empresa concesionaria a las normas dictadas por la autoridad laboral competente en esta materia, así como a las normas de seguridad e higiene, de protección, atención, previsión sanitaria, etc.
Artículo 33.- Negociación colectiva
El Ayuntamiento reconoce y garantiza el derecho a la negociación colectiva de los trabajadores objeto de este contrato, si bien en niNGÚN participará directamente en dicha negociación.
En cualquier caso, la empresa adjudicataria deberá tener en cuenta, la posible revisión de los gastos de personal contenidos en la fórmula de revisión de precios, de manera que, el incremento de gastos de personal que se pacte, con independencia de su importe, no será objeto de revisión de precios en las dos primeras anualidades, y que en ningÚN caso, podrá ser superior al incremento experimentado para la retribución al personal al servicio del Sector PÚblico conforme a las leyes de Presupuestos Generales del Estado publicadas con carácter anual, o, en caso de prórroga presupuestaria, a las normas con xxxxx xx Xxx que fijen dicho incremento.
SECCIÓN 14ª. GESTIÓN DE MEDIOS MATERIALES
Artículo 34. Generalidades.
La gestión material, tanto técnica como económica, será de entera responsabilidad del adjudicatario. El adjudicatario dispondrá de los medios materiales necesarios para cumplir adecuadamente las exigencias del servicio. Así mismo, dado que esta cuestión redunda directamente en la imagen que se ofrece del servicio a los ciudadanos, velará tanto por el perfecto estado de mantenimiento mecánico y operativo de los mismos, como de su aspecto estético.
Correrán a cargo del adjudicatario, además de los gastos de adquisición de todo el material para la correcta prestación del servicio y mantenimiento, todos los gastos necesarios en combustible, carburante, lubricante, etc, durante toda la vigencia del contrato.
Se consideran medios materiales los siguientes:
- Material móvil: maquinaria y vehículos.
- Equipos de reserva de lo anteriores.
- Equipos informáticos y de comunicación.
- Otros equipos y materiales.
La maquinaria y vehículos adscritos al contrato, y en general, todos los medios materiales, serán de uso exclusivo para los servicios objeto del mismo, no pudiendo utilizarse, en niNGÚn caso, para otros servicios o actividades, salvo autorización expresa por parte del Ayuntamiento.
Si durante la vigencia del contrato, hubiera incidencias con los medios materiales asignados que los dejasen fuera de servicio, será necesario comunicar la incidencia a los servicios técnicos del Ayuntamiento. Se informará sobre la causa que ha motivado la incidencia y la previsión de reemplazo. Tras el informe técnico favorable, se procederá a dar de baja al material y de alta al que le sustituye y a restablecer el servicio a los parámetros anteriores a la incidencia. En estos casos, la contrata sustituirá el medio material dado de baja por otro de las mismas características y asumirá íntegramente los gastos derivados de la sustitución.
El adjudicatario deberá contratar un seguro para cada vehículo y unidad de maquinaria afectos al servicio, que contemple como mínimo cobertura por responsabilidad civil con carácter limitado y daños a terceros.
Igualmente, los vehículos y maquinaria cumplirán, durante toda la duración del contrato, con la reglamentación vigente sobre prevención de riesgos laborales. El adjudicatario será responsable de realizar, a su cargo, cuantas inspecciones reglamentarias requieran los vehículos, así como dotarlos de aquellos elementos que la legislación vigente obligue incorporar a ellos.
Equipos de reserva
En todo momento el contratista deberá tener en funcionamiento el material necesario para prestar los servicios, por lo que deberá disponer de los equipos de reserva que considere oportuno, que habrá de relacionar debidamente en su oferta.
Estos equipos de reserva no serán de nueva adquisición.
Por otra parte, los licitadores incorporarán en su oferta el “plan de Inversiones, Gestión y Mantenimiento de Medios Materiales”, que consideren mejor se adapte a la duración del contrato.
La adquisición del vehículo y maquinaria que se precisa, queda descrito en la Propuesta de estructura de costes que acompaña este Pliego, como asimismo las características de los mismos.
Artículo 35. Herramientas.
El adjudicatario aportará cuantas herramientas manuales, mecánicas o de otro tipo se precisen para una buena realización del servicio propuesto.
Artículo 36.- Otros equipos y materiales
Se trata de equipos y materiales como porta-cubos, carritos de baldeo, cepillos, escobas y otros que serán provistos, mantenidos y sustituidos cuando sea necesario por el adjudicatario, asegurando que su NÚMero y condición permita la realización de los servicios asignados.
Los licitadores presentarán una relación de todos estos equipos y materiales y el plazo para su incorporación.
Artículo 37. INSTALACIONES FIJAS
Se consideran instalaciones fijas los garajes, talleres y demás dependencias complementarias necesarias para el cumplimiento de las obligaciones de este contrato.
El adjudicatario ofertará, por un lado, las dependencias que consideren convenientes para el desarrollo de sus planes de trabajo, y por otro las dependencias donde se ubicarán los vehículos de recogida, limpia- contenedores y resto de material.
Estas dependencias se dotarán de los servicios e instalaciones que determinan los vigentes reglamentos o aquellos que se promulguen durante el tiempo de vigencia del contrato.
No será de necesidad que dichas instalaciones estén localizadas en el Municipio donde serán prestados los servicios y tendrán la capacidad suficiente para estacionar el material móvil y realizar las operaciones de limpieza y mantenimiento. Las instalaciones y los equipos de servicio deberán cumplir con
la normativa vigente urbanística, ambiental, laboral y de prevención de riesgos laborales.
En su oferta, y entre la documentación presentada, los licitadores señalarán las características generales de todas las instalaciones fijas.
Los gastos de establecimiento y conservación de estas instalaciones serán de cuenta y cargo del adjudicatario.
Anexo I: Contenerización actual del Municipio de Medio Cudeyo. Anexo II: Total de RSU recogidos por año
Anexo II: Papeleras instaladas en el Municipio de Medio Cudeyo Anexo III: Personal actual del servicio a efectos de subrogación
Anexo I: Contenerización actual del Municipio de Medio Cudeyo.
Total, de RSU recogidos por año.
Anexo II: Total de RSU recogidos por año
Anexo III: Papeleras instaladas en el Municipio de Medio Cudeyo
Anexo VI: Personal actual del servicio a efectos de subrogación Y costes de personal Año 2021