Formación del personal Cláusulas de Ejemplo

Formación del personal. Todo el personal con independencia de su vinculación jurídico-laboral y a cargo del concesionario recibirá formación en materia de seguridad alimentaria, prevención de riesgos laborales, primeros auxilios y en materia dietético-nutricional. La formación del personal en materia de seguridad alimentaría será de forma continua y por cuenta del concesionario, siempre siguiendo lo establecido en la legislación vigente. El concesionario será responsable de implantar y mantener actualizado un Plan de Formación de Manipuladores, documentado y con los registros correspondientes, en cada uno de los locales, como parte del Sistema de Autocontrol. Los concesionarios deberán ejecutar el plan de formación específico presentado en su programa de trabajo, en el que aparecerá (con el detalle concreto para cada trabajador) el contenido de las unidades didácticas, calendarios previstos de impartición, especificando duración, materias, destinatarios, metodologías, etc. Con independencia del anterior, el concesionario deberá ejecutar un plan de Formación que incluya, en todo caso, formación en materia de Prevención de Riesgos Laborales y Primeros Auxilios. La formación en materia Dietético-Nutricional del personal que participa en la prestación del servicio público, irá dirigida a la detección y prevención de posibles problemas de salud, inmediatos y a largo plazo, ligados a la nutrición, alimentación equilibrada y promoción de hábitos alimentarios saludables. El comedor escolar es entendido como un aula más de enseñanza, donde además de ofrecer menús equilibrados se debe inculcar al alumnado hábitos de vida saludable y por tanto se hace necesario sensibilizar a los cuidadores en los conocimientos relacionados con la salud, alimentación equilibrada, producción y alimentación ecológica, sostenibilidad, medio ambiente, etc., así como en actividades relacionadas con el ocio y tiempo libre. Para ello, las empresas licitadoras pondrán en práctica un programa didáctico y formativo en el que se impartan estos conceptos. En todo caso, deberán haber recibido la formación correspondiente de manipulador de alimentos y en higiene alimentaria de conformidad con el Plan de Formación de manipuladores. Esta formación deberá acreditarse mediante la presentación del diploma o certificado de participación en programas formativos encuadrados dentro de la iniciativa de formación programada en empresas contemplada en el artículo 9 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Siste...
Formación del personal. La entidad organizará, directamente o en régimen de concierto con centros oficiales reconocidos, cursos de capacitación profesional para el reciclaje y la adaptación de los trabajadores a las modificaciones técnicas, así como cursos de reconversión profesional para asegurar la estabilidad del trabajador, ante un supuesto de transformación o modificación funcional. En este sentido, y con carácter anual, la empresa implantará un Plan de Formación, en cuya elaboración y desarrollo participará la representación legal de los trabajadores. Las Ayudas Formativas, se regularán a través de una partida específica recogida en el Capítulo VIII, sobre Mejoras Sociales, del presente Convenio.
Formación del personal. En cumplimiento del deber de protección Aguas del Huesna impartirá la formación teórica y práctica sobre prevención de riesgos laborales al personal ajustándose a la normativa aplicable, en concreto al artículo 19 de la LPRL y, en su caso, normas de desarrollo, adaptando esta formación a los riesgos inherentes al puesto de trabajo. Aguas del Huesna motivará y facilitará a todo el personal que lo solicite la realización del curso básico de Prevención de Riesgos Laborales, para lo cual organizará todos los años los cursos necesarios para cubrir las solicitudes. Aguas del Huesna proporcionará a todo el nuevo personal la información necesaria sobre prevención de riesgos laborales, al incorporarse a su puesto de trabajo o en caso de cambio de puesto que suponga modificación sustancial de las actividades a desarrollar.
Formación del personal. 1.- SOTUR consciente de la importancia de la Formación Profesional del personal, realizará en colaboración con los Representantes de los trabajadores, un Plan de Formación Profesional que se presentará durante el primer trimestre de cada año. 2.- La formación tendrá como objetivos generales: a) La adaptación de trabajadores a las nuevas características de trabajo por la introducción de nuevas prácticas, técnicas ó tecnológicas, cambios en la legislación vigente etc. b) El perfeccionamiento y la ampliación de conocimientos para mejorar la eficacia, productividad y calidad del trabajo a desarrollar. c) La adquisición de nuevos conocimientos que permitan optar a desarrollar su trabajo en otros puestos.
Formación del personal. El adjudicatario está obligado a proporcional al personal los cursos de formación y actualización necesarios para la prestación del servicio, sin que ello afecte a la prestación contratada.
Formación del personal. Todo el personal adscrito al servicio, debe recibir con acuse de recibo, al ingresar en ella, una exposición de los métodos de trabajo y los riesgos que estos pudieran entrañar, juntamente con las medidas de seguridad que deberá emplear, y un resumen del art. 29 de la vigente L.P.R.L., donde se establecen las obligaciones de los trabajadores en materia de seguridad. Al menos una vez al trimestre, se impartirán charlas, por personas capacitadas para ello, sobre el estado de seguridad y salud de los trabajos, medidas a aplicar, advertencias sobre posibles riesgos, sugerencias y demás asuntos que puedan contribuir a las mejoras de las condiciones de seguridad y salud. Asimismo, cuando los operarios cambien de puestos de trabajo o tengan que aplicar nuevas técnicas que puedan ocasionar riesgos graves para el propio trabajador, compañeros o terceras personas, se realizarán actividades de formación, bien por servicios propios de la empresa, bien por servicios oficiales correspondientes. El trabajador está obligado a seguir dichas enseñanzas y a realizar las prácticas cuando se celebren.
Formación del personal. La empresa adjudicataria garantizará la organización de al menos tres cursos anuales de formación para su personal de mantenimiento destinado en las instalaciones, siendo dicha formación de aplicación a las instalaciones objeto del servicio ofertado. Los cursos tendrán una duración no inferior a 12 horas cada uno y no quedarán computados como horas de trabajo a efectos de facturación del contrato.
Formación del personal. El adjudicatario llevará a cabo las tareas de transferencia de conocimiento, que en cada momento se determine conjuntamente con la Dirección de la entidad, por medio de la impartición de diferentes workshop y sesiones de trabajo encaminados a conseguir la correspondiente transferencia de conocimiento a los recursos humanos de la entidad que así lo requieran, valorándose los planes de formación que se aporten.
Formación del personal. El Contratista se obliga a prestar a su personal los cursos de formación necesarios a efectos de que obtengan el grado de conocimiento suficiente sobre el funcionamiento, prestaciones y rendimiento de las instalaciones del Edificio de las modificaciones o mejoras introducidas en el mismo, así como para mantener actualizados sus conocimientos en lo necesario para la correcta ejecución de los Servicios, según lo ofertado y lo establecido en el Pliego de prescripciones técnicas.
Formación del personal. El concesionario vendrá obligado a promover la formación profesional de los trabajadores a su cargo, al objeto de conseguir una mejora en el desempeño de sus funciones que redunde en una más eficiente prestación de los servicios contratados.