Contract
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR, JUNTO CON EL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS, LA CONTRATACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO DE LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS DEL INSTITUTO MUNICIPAL DEL DEPORTE.
I. OBJETOY REGIMEN JURIDICO
El presente Xxxxxx tiene por objeto la contratación del servicio que se describe en el apartado A), del Cuadro Anexo conforme a las características que figuran en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
La prestación se ajustará a las condiciones figuradas en este Pliego y en el de Prescripciones Técnicas, que forma parte integrante del mismo.
Este contrato tiene carácter administrativo y se regirá por lo establecido en este Pliego, por el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre), por el Real Xxxxxxx 000/0000 xx 0 xx xxxx, Xxxx Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la ley de Contratos de las Administraciones Públicas, por el
X. X. 000/0000 xx 0 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 de 30 de Octubre, de Contratos del Sector Público, y el Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de estudios y servicios aprobado por Orden del Ministerio de obras Públicas de 8 xx xxxxx de 1972.
La presente contrata se adjudicará por el procedimiento abierto previsto en los arts. 150 y 157 a 161 TRLCSP.
II.PRESUPUESTO, EXISTENCIA DE CREDITO, IMPUESTOS Y REVISION DE PRECIOS
El valor estimado del contrato se reflejará en el apartado B) del “Cuadro Resumen del Contrato (Anexo I). Si el valor estimado no coincidiera con el presupuesto máximo de licitación se reflejará en dicho apartado el sistema para la determinación del precio del contrato conforme al Art. 88 de la TRLCSP.
El presupuesto de licitación máximo es el que figura en el apartado C) del “Cuadro Resumen del Contrato” (Anexo I), en el que se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba soportar la Administración.
El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo e incluirá, como partida independiente, el Impuesto sobre el Valor Añadido.
En el precio del contrato se considerarán incluidos los demás tributos, tasas y cánones de cualquier índole, que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para el adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego.
La aplicación presupuestaria de las obligaciones económicas que se derivan del cumplimiento de este contrato, figura en el apartado D) del “Cuadro Resumen del Contrato ( Anexo I).
Existe crédito suficiente hasta el importe del presupuesto aprobad por la Administración.
A todos los efectos, se entenderá que las ofertas presentadas por los licitadores comprenden los tributos que le sean de aplicación según las disposiciones vigentes, a excepción del IVA, que figurará en cuantía aparte.
El precio del contrato podrá ser objeto de revisión, siempre y cuando se recoja esta posibilidad y condiciones de la misma en el apartado E) del “Cuadro Resumen del Contrato” (Anexo I), de conformidad con lo regulado en los arts 89 a 94 TRLCSP. Las revisiones que en su caso procedan, modificarán, incrementando o disminuyendo, la valoración mensual del trabajo a realizar.
En el caso de que el contrato se formalice en el ejercicio anterior al de la iniciación de la ejecución, la adjudicación queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en el ejercicio correspondiente.
III. EMPRESASPROPONENTES, DOCUMENTACIONY OFERTAS
III.1. EMPRESAS LICITADORAS.-
Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, requisito este último que será sustituido por la correspondiente clasificación en los casos que sea exigible por la TRLCSP.
En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades, se podrá tener en cuenta a las sociedades pertenecientes al grupo, a efectos de acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, o de la correspondiente clasificación, en su caso, de la persona jurídica dominante, siempre y cuando éste acredite que tiene efectivamente a su disposición los medios de dichas sociedades necesarios para la ejecución de los contratos.
Xxxxxx, asimismo, presentar proposiciones las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto de conformidad con el art. 59 TRLCSP. Cada uno de los empresarios que componen la agrupación, deberá acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, con la presentación de la documentación a que hacen referencia las cláusulas siguientes, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Administración y que asumen el compromiso de constituirse en Unión Temporal de Empresas (art. 24 del RGLCAP). El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la Unión.
La presentación de distintas proposiciones por empresas vinculadas producirá los efectos que reglamentariamente se determine en relación con la aplicación del régimen de ofertas con valores anormales o desproporcionados previstos en el art. 152 de la Ley de Contratos del Sector Público (Art. 140.4 párrafo II TRLCSP).
Se consideraran empresas vinculadas las que se encuentren en algunos de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio.
La presentación de proposiciones presume por parte del licitador la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Xxxxxx y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
III.2. DOCUMENTACIÓN.-
Toda la documentación de las proposiciones presentadas deberá venir en castellano. La documentación redactada en otra lengua deberá acompañarse de la correspondiente traducción oficial al castellano.
En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente una relación de todos los documentos incluidos en el sobre.
En cada uno de los sobres figurará externamente el nombre del licitador y, en su caso, del representante, domicilio social, teléfono, correo electrónico y fax a efectos de comunicaciones, así como el título de la obra, e incluirá la documentación que a continuación se indica:
III.2.1. Sobre A: Documentación administrativa.
En dicho sobre deberán incluirse obligatoriamente los siguientes documentos:
a) La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas que se acreditará mediante escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. LA NO ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD DE LOS LICITANTES SUPONDRÁ LA EXCLUSIÓN DE LA OFERTA PRESENTADA.
La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el anexo I del RGLCAP, en función de los diferentes contratos.
Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3, en forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio, según dispone el art 55 TRLCSP
En el supuesto de concurrir un empresario individual acompañará el Documento Nacional de Identidad y, en su caso, la escritura de apoderamiento debidamente legalizada, o sus fotocopias debidamente autenticadas.
b) Declaración responsable de no estar incurso el licitador en las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 TRLCSP, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. La prueba de esta circunstancia podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el artículo 73 TRLCSP.
c) Poder bastante al efecto a favor de las personas que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el
art. 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil.
d) Los que justifiquen los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional, y que, de manera preferente, se señalan en el apartado F) del “Cuadro Resumen del Contrato” (Anexo I). No obstante, esta acreditación se podrá realizar por cualquiera de los medios establecidos en los artículos 74, 75 y 78 TRLCSP. Este requisito será sustituido por la clasificación que se indica en el apartado G) ”Cuadro Resumen del Contrato” (Anexo I) en los casos previstos en el artículo 65 TRLCSP.
e) Las empresas extranjeras aportarán una declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles en cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
f) Las empresas extranjera no comunitarias, además, deberán acreditar que tiene abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que estén inscritas en el Registro Mercantil.
g) Trabajadores con discapacidad y promoción de la igualdad entre hombres y mujeres.
Los licitadores que tengan un número de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad o a adoptar las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad. A tal efecto, deberán aportar, en todo caso, un certificado de la empresa en que conste tanto el número global de trabajadores de plantilla como el número particular de trabajadores con discapacidad en la misma o, en el caso de haberse optado por el cumplimiento de las medidas alternativas legalmente previstas, una copia de la declaración de excepcionalidad y una declaración con las concretas medidas aplicadas.
Los licitadores que tengan menos de 50 trabajadores en su plantilla, podrán aportar, en su caso, un certificado en el que conste el número de trabajadores con discapacidad que tienen en la misma, a efectos de lo establecido para los supuestos de empate en la cláusula relativa a la clasificación de las ofertas.
Asimismo y a los mismos efectos previstos en el párrafo anterior, los licitadores podrán presentar documentación acreditativa de tener la marca de excelencia e igualdad o desarrollar medidas destinadas a lograr la igualdad de oportunidades,
siempre que las medidas de igualdad aplicadas permanezcan en el tiempo y mantengan la efectividad.
h) En su caso, una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones, así como la declaración del licitante de señalar dicho medio electrónico como preferente o el consentimiento para su utilización.
Los documentos podrán presentarse originales o mediante copias de los mismos que tengan carácter de auténticas, conforme a la legislación vigente.
III.2.2. Sobre B: Proposición Técnica.
Contendrá aquellos documentos acreditativos de los criterios de adjudicación reflejados en el apartado L) del cuadro resumen del contrato.
III.2.3. Sobre C: Proposición económica y criterios evaluables de forma automática.
El sobre C contendrá, -junto con la proposición económica-, los documentos acreditativos de los distintos criterios económicos y técnicos para la adjudicación, indicados en el apartado L) del “Cuadro Resumen del Contrato”. Los criterios indicados se evaluarán de forma automática.
La proposición económica debidamente firmada y fechada, deberá ajustarse al modelo oficial que figura como Xxxxx XX “Proposición Económica”.
En la oferta económica deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que deba ser repercutido (Art.145.5 TRLCSP).
Las empresas licitadoras que están exentas de IVA deberán declarar expresamente que se encuentran en esta situación respecto de dicho impuesto, y llegado el caso, la empresa propuesta como adjudicataria deberá aportar la declaración de exención otorgada por el Ministerio de Hacienda. En este sentido, las empresas exentas indicarán el precio del contrato y manifestará expresamente su condición de sujetos exentos del IVA y las empresas sujetas al impuesto indicarán el precio neto y la parte correspondiente al IVA.
El órgano de contratación comparará el elemento precio de las ofertas teniendo en cuenta, exclusivamente, el precio neto de cada una y se habrá de entender que el presupuesto base sin IVA es, a todos los efectos, el presupuesto máximo de puja para las ofertas presentadas sin IVA.
En la oferta económica se entenderá incluidos a todos los efectos los demás tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para el adjudicatario, como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego.
No serán admitidas las proposiciones económicas por importe superior al presupuesto previamente aprobado. Cada licitador no podrá presentar más que una sola proposición, cualquiera que sea el número de dependencias donde ésta pueda ser presentada. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otras, si lo ha hecho individualmente, o figurar en más de una unión temporal. La contravención de este principio dará lugar automáticamente a la desestimación de todas las por él presentadas.
En caso de discordancia entre la cantidad consignada en cifras y la consignada en letras, prevalecerá ésta última.
No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que la administración estime fundamental para la oferta.
No obstante, cuando se haya previsto en el apartado I) del “Cuadro Resumen del Contrato” (Anexo I) los licitadores podrán presentar más de una proposición, conforme a los elementos y condiciones que se determinen en el mismo.
En el caso de que se haya previsto en el apartado I) del “Cuadro Resumen del Contrato” (Anexo I), presentarán, junto con la proposición económica normal, las demás proposiciones que correspondan a las distintas soluciones que aporten, haciendo constar la justificación de cada una de ellas además de los datos exigidos en el modelo de proposición antes reseñado.
III.2.4.Plazo y Lugar de entrega
Los sobres antes reseñados, deberán ser entregados en el lugar que se indica en el apartado J) del “Cuadro Resumen del Contrato (Anexo I), o enviados por correo dentro del plazo señalado en el ANUNCIO DE LICITACIÓN que se publicará en el Boletín o Boletines Oficiales correspondientes (Diario Oficial de la Unión Europea, Boletín Oficial del Estado, Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxx). Una vez presentada una proposición no podrá ser retirada bajo ningún pretexto.
El ANUNCIO DE LICITACIÓN se publicará, asimismo, en el perfil de contratante del Instituto Municipal del Deporte (xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx).
Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al órgano de
contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día(1). Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo. Transcurridos, no obstante, 10 días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
III.3. EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES.-
La Mesa de Contratación calificará previamente los documentos presentados en tiempo y forma contenidos en el sobre A). A los efectos de la expresada calificación, el Presidente ordenará la apertura del sobre A, y el Secretario certificará la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos. A la vista de éstos la Mesa acordará LA EXCLUSIÓN DEL LICITANTE QUE NO PRESENTE LOS DOCUMENTOS ACREDITATIVOS DE SU PERSONALIDAD y, si observare
defectos materiales en la documentación presentada, lo comunicará verbalmente a los interesados, además se harán públicas a través de anuncios del órgano de contratación y concederá un plazo no superior a tres días para que el licitador subsane el error.
La mesa, una vez calificada la documentación acreditativa de las circunstancias citadas en los arts. 54 y ss TRLCSP y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección de las mismas, a que hace referencia el artículo 11 del RGLCAP, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo.
A los efectos establecidos en los artículos 54 a 64 TRLCSP, el órgano y la mesa de contratación podrán recabar del empresario aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados o requerirle para la presentación de otros complementarios, lo que deberá cumplimentar en el plazo de cinco días sin que puedan presentarse después de declaradas admitidas las ofertas conforme a lo dispuesto en el artículo 83.6 del RGLCAP.
Una vez calificada la documentación administrativa, se procederá a convocar la mesa para la Apertura de las Proposiciones Técnicas (Sobre B). Dicha convocatoria se celebrará en acto público, anunciándose previamente la fecha de celebración de la misma mediante anuncio en el Perfil de Contratante del Instituto Municipal del Deporte. Las Proposiciones Técnicas (Sobre B) una vez abiertas se valorarán por el órgano pertinente.
Una vez valoradas las proposiciones técnicas, se dará a conocer la ponderación asignada a los criterios dependientes de un juicio de valor en el acto público de
apertura de proposiciones económicas y criterios evaluables de forma automática (Sobre C). La celebración de dicho acto se anunciará en el Perfil del Contratante del Instituto Municipal del Deporte, apartado K) del “Cuadro Resumen del Contrato” (Anexo I). La Mesa procederá a la apertura del sobre C) de las proposiciones admitidas que contiene la propuesta económica y los criterios evaluables de forma automática. La Mesa evaluará las proposiciones mediante los criterios de valoración que se recogen por orden decreciente de importancia y ponderación en el apartado L) del “Cuadro Resumen del Contrato” (Anexo I) del presente Xxxxxx, y formulará la propuesta que estime pertinente al órgano de contratación. La Mesa de contratación podrá solicitar, antes de formular la propuesta, los informes técnicos que considere necesario que tengan relación con el objeto del contrato.
III.3.1 Ofertas con valores anormales o desproporcionados
En cuanto a ofertas con valores anormales o desproporcionados se estará a lo dispuesto en el artículo 152. 2. 3 y 4 de la TRLCSP; fijándose como parámetros objetivos para apreciar el carácter de valores anormales o desproporcionados de las ofertas, los recogidos en el artículo 85 RGLCAP, que se detallan en el apartado M) del “Cuadro Resumen del Contrato” (Anexo I).
La apreciación de una oferta como incursa en valores anormales o desproporcionados, tendrá carácter facultativo para el órgano de contratación, previos los trámites establecidos en el artículo 152.3. y 4 TRLCSP, con AUDIENCIA AL LICITADOR que haya presentado la oferta cuya apreciación como oferta con valores anormales o desproporcionados se tramita.
IV. CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS
La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 320 TRLCSP elevará las proposiciones presentadas, -y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales, conforme al artículo 152 TRLCSP-, junto con el acta y la propuesta de clasificación de las ofertas, por orden decreciente al órgano de contratación.
El órgano de contratación clasificará las ofertas por orden decreciente y requerirá al licitador que haya presentado la proposición económicamente más ventajosa de conformidad con los criterios de adjudicación, para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación:
1. Justificación de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones
tributarias y con la Seguridad Social.
-Certificaciones expedidas por los órganos competentes en cada caso, con la forma y con los efectos previstos en los artículos 13, 14,
15 y 16 del Reglamento General de Contratos de las Administraciones Públicas (RGCAP), acreditativas de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
- Certificación expedida por el órgano competente de la Agencia Estatal Tributaria.
- Certificación expedida por la Recaudación Ejecutiva Municipal, acreditativa de que no existen deudas de naturaleza tributaria con esta Administración.
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
2. Disponibilidad efectiva de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato (artículo 63.3 TRLCSP).
3. Justificante de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.
En caso de no cumplimentarse, adecuadamente, el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden que hayan quedado clasificadas las ofertas.
V. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
El órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
El órgano de contratación adjudicará el contrato en el plazo máximo de dos meses (art..161.2 TRLCSP), salvo otro que se indique en este pliego, a contar desde la
apertura de las proposiciones. De no dictarse la adjudicación en dicho plazo el empresario tiene derecho a retirar su proposición y a que se le devuelva la garantía depositada.
La adjudicación se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada que deberá notificarse a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación (xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx), siendo de aplicación lo previsto en el art.153 TRLCSP en cuanto a la información que debe facilitarse a aquéllos, aunque el plazo para su remisión será de cinco días hábiles.
Las proposiciones presentadas, tanto las declaradas admitidas como las rechazadas sin abrir o las desestimadas una vez abiertas, serán archivadas en su expediente. Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados.
En el caso de que el contrato fuera adjudicado a una Agrupación de Empresas deberán estas acreditar la constitución de la misma, en escritura pública, dentro del plazo otorgado para la formalización del contrato, así como el NIF asignado a la Agrupación.
El contrato deberá adjudicarse en el plazo máximo de dos meses, salvo otro que se indique en el pliego, a contar desde la apertura de las proposiciones. De no dictarse la adjudicación en dicho plazo el empresario tiene derecho a retirar su proposición
VI. GARANTIA DEFINITIVA
El licitador que haya presentado la proposición económicamente más ventajosa de conformidad con los criterios de adjudicación, deberán constituir a disposición del órgano de contratación, en la Tesorería del Instituto Municipal del Deporte, una garantía de un 5 % del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido. A no ser que en el Cuadro Resumen del Contrato, que figura como Xxxxx X, al presente pliego se indique otro importe.
La garantía deberá constituirse dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que se efectúe el requerimiento mediante la publicación de la clasificación de las ofertas en el Perfil de Contratante del Instituto Municipal del Deporte.
La garantía podrá constituirse en cualquiera de las formas establecidas en el art. 96 TRLCSP, con los requisitos establecidos en el art. 55 y siguientes del RGLCAP, de 1 xx xxxxx o mediante la garantía global con los requisitos establecidos en el 98 TRLCSP. De no cumplir este requisito por causas imputables al mismo, se declarará resuelto el contrato
La garantía definitiva responderá de los conceptos mencionados en el art. 100 TRLCSP.
La devolución y cancelación de las garantías se efectuará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 102 TRLCSP y 65.2 y 3 del RGLCAP.
Los modelos para la cumplimentar las garantías se encuentran disponibles en el Perfil del Contratante del Instituto Municipal del Deporte (xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx).
VII. FORMALIZACION DEL CONTRATO.
La formalización del contrato se efectuará dentro de los QUINCE DÍAS HÁBILES SIGUIENTES (15) a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación por el licitador (Art. 156.3 TRLCSP).
Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación conforme al artículo 40.1 TRLCSP, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores. A tales efectos dicho plazo se computará a partir del día siguiente de la publicación de la adjudicación en el Perfil del Contratante del Instituto Municipal del Deporte(xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx) Una vez transcurrido dicho plazo sin que se hubiera interpuesto el recurso o cuando se hubiera levantado la suspensión de la formalización del contrato, el adjudicatario deberá formalizar el contrato dentro de los cinco días siguientes a aquel en que hubiera sido requerido.
VIII. CESIÓN DEL CONTRATO.
Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos a un tercero siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el art. 226 TRLCSP.
VIII. OBLIGACIONES DELADJUDICATARIO
El adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad y salud en el trabajo.
El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados por la Administración. Si llegado el término de cualquiera de los plazos citados, el contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, la Administración podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas. Estas ascenderán diariamente a 0,12 por 601,01 euros del precio del contrato. Estas penalidades serán igualmente aplicadas en caso de demora en el inicio de la ejecución del contrato.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
La pérdida de la garantía o los importes de las penalidades, no excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la Administración, originados por la demora del contratista.
Si el retraso fuera producido por motivos no imputables al contratista, se estará a lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 213.2 TRLCSP.
En todo caso, la constitución en xxxx del contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte de la Administración.
Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de la licitación, y los de la formalización del contrato y cuantos otros estén legalmente establecidos sobre estas materias. El importe máximo de los gastos a satisfacer por el adjudicatario en concepto de pago de anuncios se recoge en el apartado Q) del “Cuadro Resumen del Contrato” (Anexo I).
IX. DURACIÓN DELCONTRATO.
El plazo de ejecución del contrato, (duración del mismo), así como los plazos parciales o prórrogas que, en su caso, pudieran establecerse, serán los fijados en el apartado Ñ) del “Cuadro Resumen del Contrato” (Anexo I), y comenzará a contar a partir del día siguiente al de la firma del contrato, salvo que en el apartado O) del “Cuadro Resumen del Contrato” (Anexo I) se indique otra fecha.
El contrato podrá prever una o varias prórrogas siempre que sus características permanezcan inalterable durante el periodo de duración de estas y que la concurrencia para su adjudicación haya sido realizada teniendo en cuenta la duración máxima del contrato incluidos los periodos de prórrogas.
La prórroga se acordara por el Órgano de Contratación, sin que pueda producirse por el consentimiento tácito de las partes.
En el supuesto de que fuese necesaria la convocatoria de nueva licitación, el adjudicatario,- que este ejecutando el contrato-, deberá continuar prestando el servicio hasta que se formalice el nuevo contrato.
X. EJECUCION DE LOS TRABAJOS
El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del mismo y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diera al contratista la Administración.
La prestación del servicio que constituye el objeto del presente contrato se efectuará en todo caso con arreglo a los siguientes criterios:
1. La infraestructura precisa para el desarrollo del servicio será de cuenta de la empresa contratista.
2. La organización y dirección de la prestación del servicio será realizada por los responsables de la empresa contratista. En este sentido corresponde a la estructura de mando de la empresa contratista el dictar las instrucciones, órdenes, etc., a su personal que sean precisas para el correcto desarrollo del servicio. El Instituto Municipal del Deporte deberá verificar el correcto desarrollo del servicio objeto del contrato y en caso necesario, y a través de los mandos y responsables de la empresa contratista, requerirá para que se ejecute conforme al contrato suscrito
La fecha de comienzo de los trabajos será la del día siguiente al de la firma del documento de formalización del contrato, salvo que se indicase otra en el apartado
O) del “Cuadro Resumen del Contrato”. El plazo de ejecución y los plazos parciales que, en su caso, se establezcan referidos a la fecha de comienzo de los trabajos será el establecido en el apartado Ñ) del “Cuadro Resumen del Contrato” (Anexo I) en relación al apartado O). Antes de la finalización de este plazo y por mutuo acuerdo de las partes, podrá prorrogarse el contrato en los términos señalados en el artículo.203 TRLCSP
En los contratos de servicios que sean de tracto sucesivo el contratista está obligado a presentar un programa de trabajo que será aprobado por el órgano de contratación. El adjudicatario está obligado a presentar un programa de trabajo en el plazo de quince días a contar desde la notificación de la adjudicación definitiva del contrato.
El adjudicatario indicará los nombres de las personas adscritas a la empresa que tiene previsto designar y que cumplen los requisitos que se exigirán en el momento de su aceptación por la Administración. El adjudicatario estará obligado a asignar para la ejecución de los trabajos a que se refiere el presente Xxxxxx, los facultativos cuyo nombre figure en su oferta, con la dedicación definida en la misma. Por consiguiente, durante la vigencia del contrato, el personal asignado al mismo con dedicación completa, no podrá intervenir en otro trabajo. Asimismo, el adjudicatario no podrá sustituir al personal facultativo establecido en su oferta, sin la expresa autorización del Director de los trabajos.
En caso de producirse una suspensión del contrato, se estará a lo estipulado en los artículos 220 TRLCSP y normas de desarrollo. Si la Administración acordara una suspensión de los trabajos, se levantará la correspondiente Acta de Suspensión.
La ejecución del contrato se realizará por el contratista con las responsabilidades establecidas en el artículo.305 TRLCSP Cuando el contrato de servicios consista en la elaboración íntegra de un proyecto de obra y se compruebe la existencia de efectos, insuficiencias técnicas, errores o desviaciones procederá la incoación de expediente de subsanación de errores y corrección de deficiencias establecidas en los artículos 310, 311 y 312 TRLCSP
El órgano de contratación determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, disponiendo para tal fin de las prerrogativas establecidas en el artículo 307 TRLCSP.
La recepción se realizará conforme a lo dispuesto en los xxxxxxxxx 0, 0 x 0 xxx xxxxxxxx 222 TRLCSP y 203 y 204 del RGLCAP.
XI. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.-
En el anexo I, cuadro resumen del contrato, se indicará, en su caso, la posibilidad de modificación del contrato, detallándose, de forma clara, precisa e inequívoca las condiciones en que podrá hacerse uso de la misma, así como el alcance y límites de dichas modificaciones, con expresa indicación del porcentaje del precio del contrato al que como máximo pueda afectar, de conformidad con lo establecido en el artículo 108 ter. de la TRLCSP.
Asimismo y de acuerdo con lo establecido en dicho artículo, el procedimiento a seguir para efectuar la modificación del contrato en los supuestos contemplados en el citado anexo será el siguiente:
1. Resolución de inicio de expediente de modificación del contrato por el órgano de contratación.
2. Audiencia al contratista por un plazo de 3 días hábiles.
3. Informe jurídico.
4. Informe de fiscalización.
5. Propuesta de resolución de modificación por el órgano de contratación.
6. Resolución motivada del órgano de contratación.
7. Notificación al contratista.
Todas aquellas modificaciones no previstas en el anexo I solo podrán efectuarse cuando se justifique suficientemente la concurrencia de alguna de las circunstancias previstas en el artículo 107 de la TRLCSP. Si durante el desarrollo del trabajo, se detectase la necesidad de modificarlo por razones de interés público, se seguirá el procedimiento previsto en los artículos 108 y 211 TRLCSP.
Las modificaciones acordadas por el órgano de contratación serán obligatorias para el contratista y deberán formalizarse conforme a lo dispuesto en el artículo 156 de la TRLCSP.
Los posibles aumentos de duración del contrato producidos por modificación o por prórroga no pueden acumularse de manera que se supere el plazo máximo de duración del contrato, incluidas sus prórrogas, previsto normativamente.
Cuando como consecuencia de modificaciones del contrato de servicios de mantenimiento acordadas conforme a lo establecido en el artículo 219 y en el título V del libro I (TRLCSP), se produzca aumento, reducción o supresión de equipos a mantener o la sustitución de unos equipos por otros, siempre que los mismos estén contenidos en el contrato, estas modificaciones serán obligatorias para el contratista, sin que tenga derecho alguno, en caso de supresión o reducción de unidades o clases de equipos, a reclamar indemnización por dichas causas (artículo 306 TRLCSP).
La modificación del contrato conllevará para el contratista la obligación de actualizar el Programa de Trabajos.
XII. VALORACIÓN Y ABONO DE LOS TRABAJOS
La valoración de los trabajos se ajustará a los artículos 199 y 200 del RGLCAP y al sistema de determinación de precios establecido en apartado B) del “Cuadro Resumen del Contrato” (Anexo I).
El abono de los trabajos se realizará mediante cuentas expedidas por el Director de los mismos. La Administración podrá realizar abonos a cuenta por operaciones preparatorias, instalaciones o adquisiciones de equipo y medios auxiliares en la forma y con las garantías que a tal efecto, determinan los artículos 216 y 232 en relación a la Disposición Transitoria Octava de la TRLCSP y el artículo 201 del RGLCAP.
XIII. PLAZO DE GARANTIA
Será el establecido en el apartado P) del “Cuadro Resumen del Contrato” (Anexo I).
XIV . REGIMEN SANCIONADOR
Una vez detectada a través de la Dirección Técnica Municipal, o por cualquier otro medio, una conducta de la adjudicataria que pudiera ser objeto de sanción, se comunicará al órgano competente, el Consejo Rector del Instituto Municipal del Deporte, el cual mediante acuerdo motivado ordenará la incoación del expediente sancionador. De dicho acuerdo se dará audiencia a la adjudicataria, en el mismo deberán figurar los hechos, fundamentos de derecho y posible sanción. La adjudicataria en el plazo de 10 días formulará las alegaciones que estime oportunas y los medios probatorios que avalen su posición, en ningún caso podrá imponerse sanción alguna al contratista sin haber sido oído previamente.
Transcurrido dicho plazo y mediante acuerdo motivado del Consejo Rector, formulará propuesta de resolución.
Contra dicho acuerdo podrán formularse los recursos judiciales que procedan
Serán causa de resolución del contrato de servicio además de las previstas en los artículos 223 y 308 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, las siguientes:
a) El retraso en la prestación del servicio por plazo superior a 30 días, o cuando se presuma fundadamente que la prestación no va a poder ser cumplida.
b) La no presentación en plazo de los documentos a que se refiere este Pliego de Condiciones.
c) El servicio de cosa y objetos distintos de los solicitados, así como su ejecución de distinta forma a la pactada.
d) Cuando los defectos materiales o técnicos detectados hagan el servicio inhábil para cumplir la finalidad para la que fueron adquiridos.
e) Cualquier otro incumplimiento de las obligaciones contenidas en este Xxxxxx.
Cuando razones de interés público aconsejen la inoportunidad de la resolución, esta podrá ser sustituida por una sanción económica que no podrá ser inferior al 1% ni superior al 10% del importe total del servicio.
Para apreciar la gravedad, se tomará en consideración los siguientes elementos:
Enriquecimiento.
Perjuicios ocasionados.
Mala fe.
Reiteración.
Se podrá imponer sanción económica que no podrá superar el 1% del importe del servicio las siguientes conductas:
d) Los defectos en la prestación del servicio cuando este tenga escasa entidad.
e) El retraso en la prestación del servicio.
f) Cualquier incumplimiento no grave de las obligaciones contenidas en este Pliego de Condiciones.
NO PODRÁ IMPONERSE SANCIÓN ALGUNA AL ADJUDICATARIO SIN HABER SIDO OÍDO PREVIAMENTE. EL PERIODO DE AUDIENCIA NO PODRÁ SER SUPERIOR A DIEZ DÍAS.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Administración podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias de 0,12 por 601,01 euros del precio del contrato. Estas penalidades serán igualmente aplicadas en caso de demora en el inicio de la ejecución del contrato.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
Las infracciones en las que pueden incurrir la adjudicataria podrán ser: graves ó leves.
Serán faltas graves:
a. El abandono generalizado del servicio, cuando se presuma racionalmente que renuncia al contrato.
b. El incumplimiento de la Legislación Laboral, Seguridad Social y Seguridad e Higiene en el Trabajo, la falta reiterada de presentación de los TC-1 y TC-2 relativo al personal. Se entiende por reiterado, cuando sea requerido para ello por la Corporación Municipal por tres o más veces.
c. Cualquier actuación fraudulenta de la adjudicataria en cuanto a los medios materiales y personales empleados.
d. La negativa no justificada a realizar tareas contractualmente previstas, cuando lo
sea por dos o más veces.
e. Sustraer objetos de las dependencias a las que tenga acceso por razón de este contrato.
f. Incumplimiento de los horarios que se les fijen, cuando lo sea por más de cinco veces.
g. Falsedad en las certificaciones presentadas o de cualquier documentación a que se refiere el objeto de este contrato.
Serán faltas leves.
a) Desobediencia no reiterada, entendiéndose por tal la que lo sea por dos o menos veces.
b) Falta de presentación de los TC1 y TC2, cuando no sea reiterada, para apreciar la reiteración se tendrá en cuanta lo dispuesto en el apartado anterior.
c) Falta de limpieza de cualquier centro o su defectuosa realización cuando lo sea por una sola vez.
d) Negativa no justificada a ejecutar tareas contractualmente previstas, cuando lo sea por una sola vez.
e) Incumplimiento de horarios cuando lo sea por cuatro o menos veces.
f) Falta de cortesía con los Directores o con personal de la Delegación municipal que tenga encomendada las funciones de control.
g) Cualquier otra que produzca una perturbación en el servicio contratado.
Las faltas graves se sancionarán con la inmediata resolución del contrato, incautación de la fianza, apertura de expediente de inhabilitación para contratar con la Administración Pública y la reclamación de los daños y perjuicios ocasionados cuando ello proceda. En su caso, la resolución podrá sustituirse por una sanción pecuniaria, en una escala que va desde 601,01€ a 3.005,06€.
Para graduar esta sanción se tomará las siguientes circunstancias:
- Perturbación producida.
- Daños.
- Intencionalidad.
- Reiteración xx xxxxxx graves.
- Perjuicio a terceros.
Las faltas leves se sancionarán pecuniariamente según una escala que irá desde
60,10€ a 601,01€.
La responsabilidad contractual no excluye la penal que pueda serle demandada en la vía correspondiente.
XV. RESOLUCION DELCONTRATO
Serán causas de resolución del contrato las establecidas en los artículos 223 y 308 TRLCSP con los efectos previstos en los artículos 224 y 309 TRLCSP y 109 a 113 del RGLCAP.
XVI. CONFIDENCIALIDAD
Sin perjuicio de las disposiciones de la Ley 30/2007, de 30 de Octubre, relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los candidatos y a los licitadores, éstos podrán designar como confidencial parte de la información facilitada por ellos al formular las ofertas, en especial con respecto a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las mismas. Los órganos de contratación no podrán divulgar esta información sin su consentimiento.
De igual modo, el contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información, salvo que los pliegos o el contrato establezcan un plazo mayor.
XVII. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION
El órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente, podrá modificar por razones de interés público, los contratos y acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la TRLCSP y por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Los acuerdos que dicte el órgano de contratación, previo informe de la Asesoría Jurídica, en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretación, modificación y resolución serán inmediatamente ejecutivos.
XVIII.- JURISDICCION.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra
los mismos habrá lugar a recurso contencioso-administrativo, conforme al previsto por la Ley reguladora de dicha jurisdicción, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer recurso potestativo de reposición, previsto en los arts. 116 y 117 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En caso de interposición del recurso contencioso administrativo, el recurrente deberá notificarlo al órgano de contratación, al objeto de determinar el carácter ejecutivo de la resolución del recurso especial en materia de contratación cuando no sea totalmente estimatoria, o cuando siéndolo, hubiesen comparecido en el procedimiento otros intereses distintos del recurrente.
En cualquier caso, transcurridos diez días desde la finalización del plazo para su interposición sin que haya tenido lugar dicha notificación, se entenderá por no interpuesto el recurso contencioso-administrativo a los efectos de lo dispuesto en la Disposición Transitoria séptima del Texto Refundido de la ley de Contratos del Sector Público.
XIX. RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN
Las personas físicas y jurídicas cuyos derechos o intereses legítimos se vean perjudicados o puedan resultar afectados por el presente pliego de cláusulas administrativas y los que establezcan las características de la prestación y los actos de tramite adoptados en el procedimiento actuado, siempre que éstos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzca indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos. Podrán ser objeto de Recurso Especial en materia de contratación, en los términos y condiciones previstos en el artículo 40 y siguientes del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en el plazo de quince días hábiles a contar a partir del siguiente a aquel en que el anuncio de la licitación se envíe al Diario Oficial de la Unión Europea y se publique en el Perfil de Contratante del Instituto Municipal del Deporte (xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx (Artículos
142.3 y 151.4 TRLCSP).
El presente recurso especial será previo a la interposición del Recurso Contencioso Administrativo.
No procederá la interposición de recursos administrativos ordinarios contra los actos enumerados en el artículo 40 de la TRLCSP.
El escrito de interposición deberá presentarse en el Registro General del Instituto Municipal del Deporte, en el plazo indicado. En aplicación de lo dispuesto en el artículo 44.3 TRLCSP, la fecha de presentación del escrito será la de entrada en el Registro General del Instituto Municipal del Deporte, sin que pueda computarse la
fecha de presentación del mismo, en los registros recogidos en el artículo 38.b), c), d) y e) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
XX OBLIGACIONES LABORALES
El adjudicatario se responsabiliza, respecto del personal que ejecutará el servicio, del cumplimiento de la Legislación Laboral, Seguridad Social e Higiene en el Trabajo.
En ningún caso existirá vinculación laboral de orden alguno entre dicho personal y la Corporación Municipal contratante.
Será de aplicación lo dispuesto en el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores.
XXI. INFORMACIÓN
Cualquier tipo de información sobre el objeto del contrato y las prescripciones técnicas del mismo podrá ser recabada por los interesados en la Secretaría del Instituto Municipal del Deporte, durante el plazo de presentación de ofertas, en días hábiles.
Direcciones: Xxxx. Xxxx Xxxx xx Xxxxxxxx, x/x ,Xxxxx., 0x planta.
(1) De conformidad con el artículo 80 del RGLCAP 'también podrá anunciarse por correo electrónico, si bien en este último caso sólo si se admite en el pliego de cláusulas administrativas particulares. El envío del anuncio por correo electrónico sólo será válido si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones y se identifica fidedignamente al remitente y al destinatario. En este supuesto, se procederá a la obtención de copia impresa y a su registro, que se incorporará al expediente'.Ver texto
ANEXO I
A) OBJETO DEL CONTRATO (CNPA Y CPV) |
Servicios de Mantenimiento y Conservación de las instalaciones deportivas del Instituto Municipal del Deporte. CPC : 6112 CPV: 50000000-5 |
B) VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO |
El valor estimado del contrato se ha determinado conforme a lo establecido en el artículo 88 del TRLCSP El precio asciende a la cantidad 260.002,60 € anuales (1.040.010,4 € para cuatro años) ,IVA excluido. |
C1) PRESUPUESTO MAXIMO DE LICITACION , IVA EXCLUIDO |
260.002,60 € anuales (1.040.010,4€ para cuatro años) ,IVA excluido |
C2) IVA APLICABLE AL PRESUPUESTO MAXIMO DE LICITACIÓN |
Porcentaje: 21 % |
D) APLICACION PRESUPUESTARIA |
14000 / 34100 / 22706 |
E) REVISION DE PRECIOS |
El precio se revisará anualmente a partir del vencimiento del primer año de contrato, conforme al 85 % de la variación experimentada por IPC resultante (art. 90.3 LCSP). |
F) DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LA SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL O, EN SU CASO, CLASIFICACIÓN |
— Informe de instituciones financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. — Relación de los principales entidades aseguradas en los tres últimos años, indicándose su importe, fechas y destino público o privado, a la que se incorporarán los correspondientes certificados sobre los mismos. Conforme a lo establecido en los artículos 74, 75 y 78 TRLCSP. |
G) CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA: |
GRUPO 0, SUBGRUPO 1 GRUPO P, SUBGRUPO 2 CATEGORIA B |
H) PROPOSICIÓN TECNICA y MEJORAS |
Se incluirán en el sobre B aquellos documentos que acrediten el contenido de la proposición técnica que ofertan los licitantes. |
I) ADMISION DE VARIANTES |
No se admiten variantes. |
J) PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA DE LAS PROPOSICIONES |
PLAZO: Las proposiciones se presentarán dentro del plazo indicado en ANUNCIO DE LICITACIÓN que se publicará en el BOP .,BOE o DUE, en su caso El ANUNCIO DE LICITACIÓN se publicará, asimismo, en el perfil de contratante del Instituto Municipal del Deporte (xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx) LUGAR: INSTITUTO MUNICIPAL DEL DEPORTE, 1ª PLANTA , Xxxx. Xxxx Xxxx xx Xxxxxxxx x/x00000 .XXXXX |
K) MESAS DE CONTRATACIÓN DE APERTURA DE PROPOSICIONES |
Se celebrará en el Instituto Municipal del Deporte. La fecha para su celebración se anunciará en el Perfil del Contratante del Instituto Municipal del Deporte COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN. Presidente: El Vicepresidente del Instituto Municipal del Deporte El Gerente del Instituto Municipal del Deporte El Secretario delegado del Instituto Municipal del Deporte El Interventor delegado del Instituto Municipal del Deporte Secretario de la Mesa: El Responsable/coordinador de Instalaciones Deportivas |
L) CRITERIOS ECONÓMICOS Y TÉCNICOS PARA LA ADJUDICACIÓN |
1.- Mejor oferta económica. Puntuará hasta 38 puntos distribuidos de la siguiente forma: Se otorgará 38 puntos a la mejor oferta económica, precio más bajo, y el resto en proporción, de acuerdo a la siguiente fórmula: Oferta económica empresa A (la más baja). Máximo de puntos.(38) Oferta económica empresa B X puntos. X puntos = Máx. Puntos – [(Ofert. Ec. Empr. B x Máx. Puntos) / Of. Ec. Empr. A) – Máx. Puntos] En caso de resultado negativo, se consignará cero puntos. Se incluirá la documentación en el sobre C | Hasta 38 puntos |
2.- Mejoras. Elementos materiales adscritos al contrato, no exigidos en el pliego de condiciones para el desarrollo del mismo y que se adscriban en exclusiva al servicio que se contrata. A título enunciativo, se consideran incluidos los vehículos, herramientas, aparatos para ejercicios físicos o similares. Se acreditará su adquisición mediante factura de compra efectuada, como máximo, hasta dos años antes de la fecha en que se vaya a suscribir el contrato. Si éste es adjudicado al licitante sin que, a la firma del mismo se acrediten las adquisiciones comprometidas, el contrato quedará sin efecto automáticamente. Se otorgarán 3 puntos por cada 5.000 € de aportación efectuada, no puntuando las fracciones. No podrá exceder de 15 puntos el total de aportación efectuada. Se incluirá la documentación en el sobre C | Hasta 15 puntos |
3.- Proyecto organizativo y de gestión. Los licitantes deberán presentar un proyecto organizativo y de gestión para la ejecución de las prescripciones técnicas establecidas en el Anexo III xxx xxxxxx, según los distintos servicios objeto de este contrato y que se relacionan en el citado Xxxxx XXX. La propuesta no podrá exceder de los 15 folios (tamaño A 4) Se establece una puntuación máxima de 47 puntos, cuya distribución se hará por la Mesa de Contratación según su criterio. El proyecto organizativo y de gestión se incluirá en el Sobre B LA INCLUSION DE DOCUMENTACION ACREDITATIVA DE LOS DISTINTOS CRITERIOS BAREMABLES EN SOBRES DISTINTOS A LOS INDICADOS EN ESTA APARTADO L) CONLLEVARÁ LA EXCLSUION DE LA OFERTA PRESENTADA. | Hasta 47 puntos |
LL) PARÁMETROS OBJETIVOS PARA CONSIDERAR UNA OFERTA ANORMAL O DESPROPORCIONADA | |
Podrá apreciarse, en su caso, que una proposición no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados las que se encuentren en los siguientes supuestos: 1. Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales. 2. Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta. 3. Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a 25 unidades porcentuales. 4. Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía. 5. Para la valoración de las ofertas como desproporcionadas, la mesa de contratación podrá considerar la relación entre la solvencia de la empresa y la oferta presentada. | |
M) GARANTÍA DEFINITIVA | |
La garantía deberá constituirse conforme a los modelos, en formato autorrellenable, que se podrán descargar del perfil del contratante del Instituto Municipal del Deporte(xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx) 5% del importe de adjudicación, excluido el impuesto del valor añadido (IVA) (Art. 83 punto 1). |
Ñ) PLAZO DE EJECUCIÓN. DURACIÓN DEL CONTRATO |
DOS AÑOS, PRORROGABLES POR OTROS DOS AÑOS. |
ñ) FECHA INICIO DEL CONTRATO |
Desde su firma. |
O) PLAZO DE GARANTÍA |
No procede. |
P) LIMITE MÁXIMO GASTOS DE ANUNCIOS DE LICITACIÓN |
1.200 € |
Q)ADJUDICACIÓN |
Procedimiento Abierto. Tramitación: ORDINARIA Contrato sujeto a Regulación Armonizada (XXXX): SI |
R)RECURSO ESPECIAL |
PROCEDE: SI PLAZO DE INTERPOSICION: Quince (15) días hábiles, contados a partir del siguiente aquel en que el anuncio de la licitación se envía al BOP y se publique en el Perfil de Contratante del Instituto Municipal del Deporte (xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx)) (Artículos 142.3 y 151.4 TRLCSP). LUGAR DE PRESENTACIÓN: Registro General del Instituto Municipal del Deporte. |
S)PERFIL DEL CONTRATANTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXXX |
Página Web del Instituto Municipal del Deporte xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx Baner : PERFIL DEL CONTRATANTE |
ANEXOII
MODELO DE PROPOSICION ECONÓMICA Y OTROS CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA (SOBRE C)
«Don ................................................................. con DNI n.º natural
de......................................................... provincia de.........................................., mayor de edad y con
domicilio en.............................. C/ ...............................................teléfono ......................................
actuando en nombre (propio o de la empresa a que represente), manifiesta que, conociendo los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas, que han de regir la licitación, mediante PROCEDIMIENTO ABIERTO del contrato de INDICAR NOMBRE DEL SERVICIO; en la representación que ostenta se compromete a asumir el cumplimiento del citado contrato en las siguientes condiciones:
1. PROPOSICIÓN ECONÓMICA ANUAL OFERTADA POR EL LICITANTE | ||
IMPORTE OFERTA ANUAL | % DE IVA | IVA |
2. PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL | |
IMPORTE COBERTURA DE LA PÓLIZA1 |
Xxxxx, fecha y firma del proponente».
LA NO PRESENTACIÓN DE LA PRESENTE PROPOSICION ECONÓMICA EN LOS TÉRMINOS DE ESTE MODELO, CON LOS DESGLOSES EXIGIDOS, CONLLEVARÁ LA EXCLUSIÓN DE LA PROPUESTA PRESENTADA A LA LICITACIÓN
1 Se indicará el importe de la Cobertura de la Póliza de responsabilidad civil, la cual deberá estar vigente en el momento de finalización del plazo de recepción de ofertas. (Se adjuntará resguardo de la póliza y resguardo de pago de la correspondiente prima).
ANEXO III
SOBRE A : DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE TENER CAPACIDAD PARA CONTRATAR
Número de expediente:
Denominación del Contrato:
Fecha de la Declaración (aaaa-mm-dd):
ENTIDAD CONTRATANTE
Órgano de contratación: CONSEJOR RECTOR DEL INSTITUTO MUNICIPAL DEL DEPORTE
Correo electrónico: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx
DECLARACIONES
DECLARO RESPONSABLEMENTE que la empresa que represento tiene plena capacidad de obrar, se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias (recibos de alta y estar al corriente del pago, o exento del mismo, del Impuesto sobre Actividades Económicas, certificaciones positivas que acrediten la no existencia de deudas tributarias y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes. (EN CASO DE EMPRESARIO INDIVIDUAL LA DECLARACIÓN SE HARÁ EN NOMBRE PROPIO).
DECLARO RESPONSABLEMENTE que la empresa que represento no ha sido adjudicataria ni ha participado en la ejecución de los contratos que hayan tenido por objeto la redacción del proyecto, dirección facultativa, vigilancia, supervisión y/o control de las obras que son objeto de la licitación, ni ser empresa vinculada a ellas en el sentido en que son definidas en el artículo 42 del Código de Comercio, así como de tampoco ha sido empresa colaboradora de los adjudicatarios de estos contratos. (EN CASO DE EMPRESARIO INDIVIDUAL LA DECLARACIÓN SE HARÁ EN NOMBRE PROPIO).
2
DECLARO RESPONSABLEMENTE que ni el firmante de la declaración, ni la entidad a la que represento, ni ninguno de sus administradores o representantes, se hallan incursos en supuesto alguno de prohibición de contratar a los que se refiere el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre).
DECLARO RESPONSABLEMENTE que la entidad se halla inscrita en el Registro de Licitadores que a continuación se indica, y que las circunstancias de la entidad que en él figuran respecto de los requisitos exigidos para la admisión en el procedimiento de contratación que a continuación se indica son exactas y no han experimentado variación.
Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado El Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Andalucía
(INDICAR LOS REGISTROS EN LOS QUE SE HALLE INCLUIDO LA LICITANTE.)
15
AUTORIZO al órgano de contratación a recabar los datos que obren en poder de la administración que fueran necesarios para comprobar la veracidad de las declaraciones realizadas.
DATOS DE LA ENTIDAD LICITADORA
CIF:
Nombre:
Fax:
Correo electrónico:
DATOS DEL DECLARANTE
NIF:
Fax:
Correo electrónico: Nombre: Apellidos:
Cargo:
(Lugar y firma del proponente)
ANEXO IV
MODELO DE DECLARACIÓN DE EMPRESAS VINCULADAS.
D/Xx. ………….., mayor de edad, con domicilio en………….. C/ o Plaza , con
D.N.I , actuando en su propio nombre y derecho o en representación de
……………………, en su calidad de ………………………; en relación a la proposición presentada para la contratación de INDICAR NOMBRE DEL CONTRATO, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 145 del TRLCSP
DECLARO: Que son empresas vinculadas con la empresa oferente las incluidas en la relación adjunta, sin que exista ninguna otra empresa en la que concurra los requisitos señalados en el citado precepto.
RELACIÓN DE EMPRESAS VINCULADAS CON LA EMPRESA OFERENTE
Nombre o razón social…………………………..NIF/CIF………………………..
1.-
2.-
3.-
Lugar, fecha y firma de la interesada.
Nota: si la empresa no tuviese empresas vinculadas el texto anterior se sustituirá por este, elimándose el anterior.
DECLARO: .Que la empresa oferente no está incluida en ningún grupo de empresas vinculadas.
ANEXO V PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
SERVICIOS A REALIZAR
1. Objeto del contrato:
Servicios de mantenimiento para las instalaciones del Instituto Municipal del Deporte.
Centralizado en el Complejo Deportivo Puerto Elcano atenderá junto a las instalaciones del Complejo Elcano las que determine el Instituto Municipal del Deporte de entre la red de instalaciones deportivas que gestiona el mismo.
2. Lugar de Prestación de servicio: El servicio de mantenimiento se prestara en las siguientes instalaciones deportivas:
Complejo Deportivo Puerto Elcano, Escuela Náutica Municipal de Cortadura, Centro Náutico Municipal de Puntales, en la sede del Instituto Municipal del Deportes y referidos a los trabajos que no corresponda ejecutar a la adjudicataria del contrato de mantenimiento xx xxxxxxxx y instalaciones del Complejo Ciudad xx Xxxxx, las pistas deportivas de las Asociaciones de vecinos de, Xxxxxx, Buena Vista, Trille, Xxxxx xxx Xxxx y los circuitos urbanos xx xxxxxxxx/paseos, zonas de ejercicios y otros que determine el Instituto Municipal del Deporte.
3. Personal de Mantenimiento:
El servicio se compone de 266 horas semanales. Personal: 1 Coordinador y 6 oficiales de primera.
El adjudicatario presentara al Instituto Municipal del Deporte el horario de los servicios de mantenimiento.
Mensualmente el Instituto Municipal del Deporte presentara la planificación que deberá atenderse, así como las instalaciones afectadas.
4. Servicio de Mantenimiento
Son tareas de conservación y mantenimiento las siguientes:
4.1 Trabajos de albañilería tales como reparaciones en paredes, techos, suelos, cubiertas, ventanas, puertas, vallas, cerramientos etc.
4.2 Pintura interior y exterior.
4.3 Carpintería y carpintería metálica.
4.3 Mantenimiento y reparación de la red eléctrica, red de fontanería, red de evacuación de aguas pluviales y fecales.
4.4 Certificaciones de ascensores y elevadores, sistemas de calefacción, instalaciones de seguridad de alarma y contra incendio, y cualquier otra de tipo similar.
4.5 Mantenimiento y conservación del material y equipamiento de los centros para el desarrollo de sus actividades que incluirá equipamiento deportivo y cualquier otro de características similares.
4.6 Mantenimiento y conservación de fachadas, vallas y muros perimetrales de los centros.
4.7 Limpieza de hierbas y rastrojos.
4.8 Transporte y colocación de materiales y equipamientos, cambio de ubicación de los mismos y retirada de los desechados.
4.9 Servicio de cristalerías.
4.9.1Transporte, montaje y desmontaje de gradas en aquellas actividades, competiciones y eventos que indice el Instituto Municipal de Deporte.
Son tareas específicas de mantenimiento del Complejo Deportivo Puerto Elcano las siguientes.
- Maquinaria de gimnasio
- Instalaciones térmicas (xxxxx xx xxxxxxxx, climatización, calefacción, ventilación y ACS)
- Instalaciones de fontanería y saneamiento.
- Instalaciones eléctricas.
- Instalaciones de gas
- Instalaciones de motores y grupos motobombas.
- Tablones de anuncios
- Carpintería y tratamiento maderas estadías.
- Revisión y mantenimiento general de cubiertas , canaletas, tejas y celosías en toda la instalación
- Alicatados en toda la instalación
- Soldadura y herrería en toda la instalación
- Tratamiento celosías xx xxxxxx edificios.
- Tratamiento de casetas gasolina y residuos tóxicos.
- Limpieza de canaletas zona varada.
- Trabajos limpieza y pintura, barco Copa de América
- Tratamiento maderas pantalanes.
- Pintura pilotes puerto deportivo.
- Pintura señales de navegación, canal de entrada
- Mantenimiento general grúa.
- Tratamiento casetas madera
- Correcto anclaje de embarcaciones
- Limpieza playa asfáltica
- Arboladura
- Pintura de fondos
- Materiales compuestos
- Cabullería
- Revisiones motores
- Puesta a punto motores
- Limpieza y reparación de embarcaciones
- Mantenimiento estructura pistas xx xxxxx
- Mantenimiento general césped fútbol
- Mantenimiento general césped padel
- Vestuarios fútbol
- Mantenimiento de maquinaria de jardinería.
5 La empresa adjudicataria aportara el vestuario necesario para el desarrollo de las actividades objeto del contrato, y otros materiales necesarios para que el personal pueda trabajar en condiciones óptimas y cumplir con las normativas de seguridad y higiene vigentes.
5.1 La empresa adjudicataria aportara las herramientas de trabajo, transporte y materiales fungibles necesarios. Mantenimiento: Furgoneta, herramientas, hidro limpiadora y otros. La dotación actual de equipamientos le será entregada a la empresa adjudicataria, previamente a la entrada en vigor del contrato.
5.2 Será de cuenta de la adjudicataria el suministro y material necesario para la realización de todas las tareas.
ANEXO II: Mantenimiento Preventivo y Correctivo
1. Se adjunta cuadro de operaciones de mantenimiento preventivo (cuadros 1 – 13)
Las cuales marcarán las pautas del mantenimiento correctivo.
Las empresas encargadas del funcionamiento y mantenimiento de instalaciones deberan estar homologadas y acreditados para tal fin.
Los gastos de mantenimiento deben estar acreditados documentalmente.
1.1 Mantenimiento de los Campos de fútbol de césped artificial Mantenimiento preventivo:
- Inspección diaria del terreno para detectar posibles anomalías (roturas, falta o exceso de rellenos, zonas despegadas…)
- Atención especial a zonas más sensibles (puntos de penaltis, líneas de marcaje, intersecciones etc.…)
- Cepillado regular para mantener la fibra levantada y distribuir adecuadamente los rellenos.
- Retirada de posibles malas hierba (manualmente y/o con herbicida biodegradable).
- Recogida de desechos (envases, colillas, plumas de aves etc.…) Mantenimiento correctivo:
Reparación de desperfectos que constara básicamente de las siguientes operaciones:
- Limpieza de la superficie a reparar. Aireación de la zona a reparar para evitar humedades o en caso contrario utilización de un producto para superficies húmedas. Insertar la banda de unión en su sitio desdoblando la manta. Pegar la zona si es necesario con adhesivo de contacto especial, presionando varios minutos para asegurar la unión.
- Descompactación del terreno: descompactado y aireado de los rellenos con maquinaria específica de arrastre. La frecuencia de esta labor se relaciona con la intensidad del uso, estableciéndose un mínimo de una vez al mes. Se realizara con cepillo/rastra con la profundidad adecuada para evitar desgaste de la fibra y no dañar las uniones así como puntos o líneas de marcaje. Su frecuencia será cada diez o quince días según utilización del campo. El césped y el relleno deberán estar completamente secos. Posteriormente se realizara el cepillado especial para redistribución de los rellenos.
- Limpieza de la superficie de césped artificial: Se efectuara una operación especial de barrido-aspirado de toda la superficie con maquinaria específica. Aireado del caucho y cribado del mismo.
- Eliminación de todos aquellos elementos ajenos al pavimento deportivo (naturaleza muerta….)
- Cepillado para redistribución del relleno y reorientar la fibra: Se cepillara para mantener las fibras levantadas y para redistribuir la capa de relleno. Se realizara con maquinaria especializada para este tipo de labor. El césped y el relleno han de estar completamente secos. Se realizara el cepillado en ambas direcciones. Recebado del terreno. En caso de que el nivel de relleno no sea el adecuado se presentara un
informe a la Dirección Técnica responsable de las instalaciones, la cual decidirá las medidas a adoptar. El césped y el relleno deberán estar completamente secos en el momento del recebo. La labor se realizara con recebadora automática en caso de afectar el recebo a toda la superficie, o manualmente en pequeñas aéreas con un posterior cepillado conseguir homogenizar los niveles de carga. Posteriormente se realizara el cepillado para su correcta distribución.
- Eliminación de malas hierbas: Todas las hierbas como el musgo que pudiera salir deberán ser eliminadas manualmente de raíz, poniendo especial cuidado en no dañar la base del césped artificial. En caso necesario se realizara una aplicación de producto herbicida específico de acuerdo con la Dirección Técnica, en toda la superficie invadida de malas hierbas.
- Limpieza de zonas perimetrales al espacio deportivo:
Semanalmente se procederá a realizar una limpieza de la zona perimetral externa a la de juego, a fin de evitar en lo posible el desplazamiento y la contaminación por partículas y residuos del área de juego. Se realizara por medio de sopladores autónomos dirigiendo la contaminación hacia el exterior del área de juego.
Limpieza semanal de los registros del sistema de drenaje, con retirada de restos y lavado y enjuague de las cestas de recogida.
- La presencia de manchas, tales como pérdidas de combustible, grasa de maquinaria, chicles incluso hongos, deberán ser solventados lo antes posible.
- Revisión del sistema xx xxxxx y todos los elementos que lo componen.
- Se realizara un riego completo de la instalación justo después de realizar el resto de tareas de mantenimiento, comprobándose el correcto funcionamiento de todos los elementos (aspersores, programador, bombas, deposito, cuadro de maniobra….)
- Se efectuara una limpieza de aspersores, filtros y otros elementos.
1.2. Mantenimiento de la Pista de Atletismo.
Semanalmente:
- Baldeo de la pista con agua a presión para limpieza de los poros del material sintético de polvo y arena
Mensualmente:
- Limpieza de la pista con aspiradora Anualmente:
- Repaso de las líneas pintadas en la pista
- Xxxxxxx xx xxxxxx delimitadoras
1.3. Equipamientos deportivos y complementarios Diariamente:
- comprobación de sujeciones y anclajes, soportes para redes, espalderas, y tareas necesarias para garantizar seguridad y calidad (atornillado, retirar elementos peligrosos como astillas, puntas, etc.).
los que estén en mal estado; comprobación del buen estado de porterías,
Semanalmente:
- comprobación del buen estado de bancos, mesas, banquillos, sillas, marcadores manuales, espalderas, gradas y tareas para asegurar calidad y seguridad (atornillado, soldaduras, etc.).
- comprobación de estado de colchonetas, marcadores, redes de fondo, mallas metálicas, ruedas y rodamientos, vallas, carritos tablones de anuncios, realizándose las reparaciones y reposiciones necesarias, incluyendo engrasado xx xxxxxx.
Anualmente:
- Pintado y/o barnizado de porterías, bancos, vallas, sillas de jueces, tablones de anuncios, incluyendo rascado, imprimación y cuantas tareas sean necesarias para llevar a buen término este cometido, engrasado de rodamientos.
Inventario.
-
1.4 Instalaciones eléctricas, motores, Aire condicionado, Calderas, Placas Solares y Grupo Electrógeno:
Las tareas necesarias para mantener y garantizar la permanente disponibilidad y operatividad de las instalaciones, motores y calderas con la máxima seguridad y calidad. Se adjunta cuadro de operaciones de mantenimiento preventivo (anexo 1), las cuales marcarán las pautas del mantenimiento correctivo.
1.5 Materiales y medios necesarios:
Serán por cuenta del adjudicatario todos los costes tanto de materiales como de medios necesarios para el buen mantenimiento (maquinarias, medios de transporte, productos aplicados, así como las aportaciones necesarias de caucho, etc.……)
La enumeración de tareas que se han descrito no tiene carácter cerrado ni exhaustivo, comprendiendo aquellas otras relacionadas con el objeto del contrato hasta conseguir una conservación y mantenimiento óptimos.
En el desarrollo de los trabajos descritos, será de obligado cumplimiento la actual normativa legal de carácter técnico y también la que pudiera aprobarse durante el período de vigencia del contrato: Reglamento electrotécnico de baja tensión, Reglamento de instalaciones térmicos en los edificios, CTE, Reglamento de protección contra incendios, Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos etc.
Cualquier intervención del adjudicatario en las instalaciones contratadas exigirá por parte del mismo la cumplimentación de un parte de avería, que deberá entregar mensualmente en el Instituto Municipal del Deporte. Anualmente presentará el modelo del anexo V junto a las certificaciones correspondientes del estado de las instalaciones objeto xxx xxxxxx, indicando las operaciones de mantenimiento preventivo y correctivo realizados y documentando las modificaciones producidas (planimetría y memorias técnicas). Las modificaciones efectuadas en las instalaciones deberán ser legalizadas y tramitadas ante la Delegación Provincial de la Conserjería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo. Igualmente se presentara el inventario detallado del equipamiento deportivo, auxiliar y complementario; equipamiento y
mobiliario de almacenes, oficinas, vestuarios, y aseos; material deportivo y auxiliar, con certificación de su estado.
Todas las tareas que tengan un carácter anual, se realizarán en las fechas que indique el Instituto Municipal del Deporte, y podrán ser verificadas por un técnico del Instituto designado al efecto.
Cuadro de operaciones de mantenimiento preventivo (cuadros 1 – 13)
FAMILIA 1: GENERADORES DE CALOR, PARA AGUA CALIENTE CON COMBUSTIBLES GASEOSOS
GAMA GENÉRICA DE MANTENIMIENTO
Intervenciones y frecuencias de mantenimiento preventivo
Número | TRABAJOS | Frecuencia |
1 | Verificación de datos en la placa de timbrado de la caldera | A |
2 | Análisis de la alcalinidad “p” del agua de alimentación a la caldera * | A |
3 | Análisis de la alcalinidad “m” del agua de alimentación a la caldera * | A |
4 | Título hidrotimétrico del agua en grados franceses del agua de alimentación a la caldera * | A |
5 | Medición del PH del agua de la caldera | A |
6 | Verificación de la válvula de seguridad y comprobación de la presión de apertura y estanquidad de cierre | 2 A |
7 | Inspección del sistema de llenado de agua de la caldera | M |
8 | Comprobación de estado y actuación del dispositivo de alarma por bajo nivel de agua * | M |
9 | Verificación del dispositivo de medición del nivel de agua de la caldera * | M |
10 | Verificación de ajuste y actuación del presostato de regulación de presión xx xxxxxxx * | M |
11 | Verificación de estado y funcionamiento del dispositivo de purga de la caldera * | T |
12 | Verificación de la presión de trabajo en el vaso de expansión y comprobación de membrana | T |
13 | Verificación y limpieza del hogar y de la cámara de combustión | 2 A |
14 | Verificación y limpieza del circuito de humos, haz tabular y turbuladores | 2 A |
15 | Verificación de inexistencia de fugas de agua en hogar y haz tabular | A |
16 | Inspección de los refractarios y reparación si procede | 2 A |
17 | Verificación de estado de juntas de estanquidad y sustitución si procede | M |
18 | Verificación del estado del aislamiento térmico de la caldera | A |
19 | Verificación del estado de las mirillas de la caldera y del quemador. Limpieza o sustitución según proceda | A |
20 | Limpieza la caja de humos de la caldera, conducto de humos y chimenea | A |
21 | Limpieza del filtro de gas | T |
22 | Inspección de fugas de combustible y corrección si procede | M |
23 | Verificación de estanquidad y actuación de válvulas xx xxxxx manuales y automáticas del circuito de combustible | 2 A |
24 | Comprobación de reglaje y actuación del termostato de trabajo del generador | T |
25 | Comprobación de reglaje y actuación del termostato de seguridad del generador | M |
26 | Comprobación de reglaje y actuación del Pirostato | M |
27 | Verificación de instrumentos de medida, manómetros y termómetros | A |
28 | Verificación de la presión de suministro de gas y ajuste de los reguladores de alta y de baja presión, si procede | M |
29 | Verificación y limpieza del cabezal de combustión y disco deflector de llama | T |
30 | Verificación y ajuste de posición relativa de disco deflector, boca del cañón y electrodos | A |
31 | Verificación y ajuste de la posición del cañón en el hogar y ajuste de la longitud de la llama | A |
32 | Verificación de estado de los electrodos del encendido y sustitución si procede | A |
33 | Verificación de estado, ajuste y limpieza de clapetas de regulación de caudal de aire del quemador | A |
34 | Limpieza y verificación de inyectores de gas y válvulas de la rampa de regulación | 2 A |
35 | Verificación de estado y actuación de las electroválvulas del quemador | 2 A |
36 | Verificación, ajuste y limpieza de la célula iónica del quemador | T |
37 | Verificación del programador del quemador y comprobación de procesos de encendido, apagado y postbarrido | A |
38 | Verificación de estado y actuación del transformador de encendido | A |
39 | Comprobación del aislamiento eléctrico entre primario y secundario del transformador | A |
40 | Comprobación del aislamiento eléctrico entre los electrodos de encendido | A |
y masa | ||
41 | Verificación de estado de los cables de los electrodos y sustitución si procede | A |
42 | Verificación del arco de encendido y ajuste si procede | T |
43 | Verificación de estado y funcionamiento del ventilador del quemador. Ajuste y engrase si procede | T |
44 | Verificación de actuación de circuitos de seguridad y enclavamientos del quemador | M |
45 | Verificación y apriete de las conexiones eléctricas del quemador | A |
46 | Verificación y ajuste de la protección térmica externa del motor del quemador | A |
47 | Verificación de la conexión de la puesta a tierra del quemador | A |
48 | Anotación de consumos de intensidad por fase del quemador y comparación con los consumos nominales | m |
49 | Verificación de pilotos de señalización y sustitución si procede | A |
50 | Verificación de interruptores y contactores, apriete de conexiones y sustitución de contactos, si procede | A |
51 | Verificación de actuación de protecciones magnetotérmicas y diferenciales y apriete de conexiones | A |
52 | Verificación del estado y funcionamiento del dispositivo de ventilación de la xxxx xx xxxxxxxx | T |
53 | Limpieza de rejillas de ventilación y componentes del dispositivo de ventilación de la xxxx xx xxxxxxxx | A |
54 | Toma de datos de parámetros de la combustión y análisis y ajuste de los mismos. Cálculo de rendimientos | m |
55 | Verificación de encendido, chispa y calidad de la llama | M |
56 | Verificación de estado y actuación de los dispositivos automáticos de detección de fugas de gas | M |
57 | Verificación del cierre de la válvula automática de seguridad xx xxxxx de suministro de gas en caso de emergencia | M |
58 | Verificación de estado, disponibilidad y timbrado de elementos de prevención de incendios | A |
59 | Toma de datos de funcionamiento para determinación de rendimiento instantáneo | m |
60 | Verificación de la existencia e idoneidad de letreros e indicaciones de seguridad en la xxxx xx xxxxxxxx | A |
61 | Anotación de datos de consumo de combustible y comparación con facturas de la compañía suministradora | M |
62 | Limpieza general y repaso de pintura de la instalación | A |
*Intervenciones específicas imprescindibles para calderas productoras de vapor
FAMILIA 2: SISTEMAS DE CAPTACIÓN SOLAR TÉRMICA GAMA GENÉRICA DE MANTENIMIENTO
Intervenciones y frecuencias de mantenimiento preventivo
Nota previa: El mantenimiento de estos sistemas implicará, como mínimo:
o Una revisión anual completa de toda la instalación, según la gama adjunta, para instalaciones de superficie de captación ≤ 20 m2.
o Una revisión semestral completa de toda la instalación, según la gama adjunta, para instalaciones de superficie de captación > 20 m2.
Número | TRABAJOS | Frecuencia |
A. SISTEMA DE CAPTACIÓN | ||
1 | Verificación del estado de limpieza de la protección translúcida de los | S/A |
paneles captadores | ||
2 | Verificación de inexistencia de condensaciones y suciedad bajo la protección de los paneles captadores | S/A |
3 | Verificación de inexistencia de corrosiones y fugas de agua en los paneles captadores | S/A |
4 | Inspección de las juntas de los captadores: verificación de inexistencia de agrietamientos y deformaciones | S/A |
5 | Verificación del estado de la superficie absorbedora de los captadores: inexistencia de corrosiones, deformaciones y fugas | S/A |
6 | Verificación del estado de las carcasas y las ventanas de respiración | S/A |
7 | Inspección de las conexiones hidráulicas: localización y corrección de fugas. Apriete de conexiones. Comprobación de niveles de agua en circuitos | M |
8 | Inspección de la estructura de soporte: estado de degradación, indicios de corrosión, apriete de tornillos | S/A |
B. SISTEMA DE ACUMULACIÓN | ||
9 | Limpieza y desincrustado interior del acumulador de agua caliente. Eliminación de oxidaciones | 2 A |
10 | Verificación del estado de desgaste de ánodos de sacrificio y sustitución si procede | A |
11 | Inspección del aislamiento térmico del acumulador de agua caliente y corrección si procede | A |
C. SISTEMA DE INTERCAMBIO | ||
12 | Limpieza y verificación de funcionamiento del intercambiador o serpentín primario | M |
13 | Verificación de la eficiencia (CF) y prestaciones de intercambiador primario/secundario | M |
D. CIRCUITO HIDRÁULICO |
14 | Verificación de la densidad y el pH del fluido caloportador primario y corrección si procede | A |
15 | Verificación del estado de las tuberías del circuito primario: corrección de fugas y oxidaciones | S/A |
16 | Verificación de la hermeticidad del circuito primario completo y restitución si procede | 2 A |
17 | Verificación del aislamiento térmico de las tuberías del circuito primario y corrección si procede | S/A |
18 | Verificación de la ausencia de humedad en el interior de los aislamientos y sustitución de estos si las hubiera | A |
19 | Verificación de estado y funcionalidad de purgadores automáticos. Limpieza de orificios | A |
20 | Verificación de estado y funcionalidad de purgadores manuales. Vaciado de botellines | S/A |
21 | Verificación de estado y funcionamiento de las bombas de recirculación. Limpieza y estanquidad | A |
22 | Verificación de estado y funcionamiento de vasos de expansión. Comprobación de presiones | S/A |
23 | Verificación de estado y ajuste de niveles en vasos de expansión abiertos | S/A |
24 | Verificación de estado y funcionamiento del sistema de llenado automático del circuito primario | M |
25 | Verificación de estado y funcionalidad de válvulas xx xxxxx; comprobación de inexistencia de agarrotamientos | 2 A |
26 | Verificación de estado y funcionalidad de válvulas de seguridad y comprobación de actuación | M |
E. SISTEMA ELÉCTRICO Y DE CONTROL | ||
27 | Verificación de estado xx xxxxxxx eléctricos: limpieza interior, verificación de juntas de puertas | A |
28 | Verificación de aparellaje eléctrico, actuación de interruptores y apriete de conexiones | A |
29 | Verificación de termostatos de regulación, comprobación de actuación y ajuste si procede | A |
F. SISTEMA DE ENERGÍA AUXILIAR | ||
30 | Verificación del estado y funcionalidad del sistema de apoyo. Ver gamas de generadores de calor | A |
31 | Verificación y ajuste de instrumentos de medida; termómetros, sondas de temperatura y manómetros de la instalación | A |
S/A.- Frecuencia semestral o anual dependiendo de la superficie de captación instalada. Ver nota previa
FAMILIA 3: SISTEMAS DE PREPARACIÓN DE A. C. S. GAMA GENÉRICA DE MANTENIMIENTO
Intervenciones y frecuencias de mantenimiento preventivo (agua caliente sanitaria)
Número | TRABAJOS | Frecuencia |
SISTEMA DE PRODUCCIÓN TÉRMICA | ||
1 | APLICAR GAMA DE MANTENIMIENTO DE GENERADORES DE CALOR- FAMILIAR 1, 3 ó 4-SEGÚN TIPO DE GENERADOR TÉRMICO INSTALADO PARA LA PREPARACIÓN DE ACS | |
MOTOBOMBAS DE CIRCULACIÓN – PRIMARIAS, SECUNDARIAS Y DE RETORNO | ||
2 | APLICAR GAMA DE MANTENIMIENTO DE MOTOBOMBAS DE CIRCULACIÓN- FAMILIA 18- SEGÚN TIPO DE MOTOBOMBAS INSTALADAS EN EL SISTEMA | |
INTERCAMBIADORES DE CALOR | ||
3 | APLICAR GAMA DE MANTENIMIENTO DE INTERCAMBIADORES DE CALOR – FAMILIAS 21- SEGÚN TIPO DE INTERCAMBIADOR INSTALADO PARA LA PREPARACIÓN DE ACS. | |
CIRCUITOS HIDRÁULICOS | ||
4 | Inspección del estado de la tuberías de los circuitos primario y secundario: Corrección de oxidaciones | 2 A |
5 | Inspección de la hermeticidad de los circuitos primario y secundario: Corrección de fugas | 2 A |
6 | Verificación del estado de los aislamientos térmicos de las tuberías y reparación de aislamientos y protecciones exteriores, si procede | A |
7 | Verificación de la ausencia de humedad en el interior de los aislamientos térmicos y sustitución de estos si las hubiera | A |
8 | Inspección de estado y funcionalidad de purgadores automáticos. | 2 A |
Limpieza de orificios | ||
9 | Inspección de estado y funcionalidad de purgadores manuales. Vaciado de botellines | 2 A |
10 | Verificación de estado y funcionalidad de vasos de expansión. Comprobación de presiones | 2 A |
11 | Verificación de estado y funcionamiento del sistema de llenado automático del circuito primario | M |
12 | Verificación de estado y funcionalidad de válvulas xx xxxxx; comprobación de inexistencia de agarrotamientos | 2 A |
13 | Verificación de estado y funcionalidad de válvulas de seguridad y comprobación de actuación | M |
14 | Inspección de los cierres y empaquetaduras de los ejes de las válvulas: apriete y corrección de fugas | 2 A |
15 | Verificación de la actuación y función de cada válvula: cierre, regulación, retención | 2 A |
16 | Comprobación del posicionado correcto de cada válvula en la condición normal de funcionamiento | M |
DISPOSITIVOS DE REGULACIÓN Y CONTROL | ||
17 | APLICAR GAMA DE MANTENIMIENTO DE INTERCAMBIADORES DE CALOR – FAMILIAS 21- SEGÚN TIPO DE INTERCAMBIADOR INSTALADO PARA LA PREPARACIÓN DE ACS. | |
VÁLVULAS AUTOMÁTICAS DE REGULACIÓN | ||
18 | Verificación de la apertura y cierre de las válvulas automáticas de control, en modo manual, desenclavando los servomotores | 2 A |
19 | Inspección de anclajes y mordazas de servomotores. Apriete de prisioneros y sustitución si procede | 2 A |
20 | Inspección de circuitos eléctricos de fuerza y maniobra de servomotores. Apriete de conexiones | 2 A |
21 | Enclavamiento de los servomotores y verificación del libre movimiento y actuación correcta de las válvulas en respuesta a las señales de comando en modo automático | 2 A |
22 | Verificación de recorridos de apertura y cierre de válvulas automáticas y ajuste si procede. Verificación de contactos de final xx xxxxxxx de servomotores | 2 A |
B. ACUMULADORES E INTERACUMULADORES | ||
23 | Inspección de las estructuras de soporte: Eliminación de indicios de corrosión. Apriete de tornillos de anclaje | 2 A |
24 | Inspección de corrosiones sobre las superficies exteriores de los depósitos. Eliminación de oxidaciones y repaso de pintura si procede | 2 A |
25 | Verificación de inexistencia de fugas de agua en depósito: Inspección de juntas de tapas de registro | M |
26 | Limpieza y desincrustado interior de depósitos. Eliminación de oxidaciones y fangos | A |
27 | Inspección de estado de ánodos de sacrificio y sustitución si procede | A |
28 | Limpieza interior y exterior de serpentines de Interacumuladores. Inspección del estado de las superficies de intercambio térmico. Eliminación de corrosiones | A |
29 | Inspección y limpieza interior de cabezales de serpentines. Sustitución de juntas | A |
30 | Inspección de conexiones hidráulicas: Localización y corrección de fugas. Apriete de conexiones. Comprobación de niveles y presiones de agua | 2 A |
31 | Inspección de aislamientos térmicos de depósitos y de sus protecciones exteriores y corrección si procede | 2 A |
32 | Inspección del estado y funcionalidad de válvulas de seguridad. Verificación de cierre estanco | 2 A |
33 | Inspección del estado y funcionalidad de válvulas de vaciado e independización | 2 A |
34 | Inspección del estado y funcionalidad de válvulas manuales de purga de aire y purgadores automáticos | 2 A |
GENERAL | ||
35 | Inspección de estado xx xxxxxxx eléctricos afectos al sistema de preparación de ACS. Limpieza interior, verificación de juntas de puertas, aplicación de protección antihumedad | 2 A |
36 | Inspección de pilotos de señalización y fusibles. Sustitución de elementos defectuosos | 2 A |
37 | Apriete de conexiones eléctricas de todos los circuitos | 2 A |
38 | Inspección del aparellaje eléctrico, estado de contactos de contadores. Verificación de actuación de interruptores | 2 A |
39 | Verificación y ajuste de instrumentos de regulación, control y medida: Sensores de temperatura, termómetros y manómetros | 2 A |
40 | Contraste de instrumentos de medida, manómetros y termómetros | A |
41 | Comprobación de presiones de funcionamiento en circuitos de retorno. Verificación de la inexistencia de obstrucciones | 2 A |
42 | Comprobación de la programación de horarios xx xxxxxx nocturna de las bombas de retorno | 2 A |
43 | Verificación de la eficiencia de los intercambiadores de calor primario/secundario | M |
44 | Toma de datos de funcionamiento, según tabla de características. Evaluación de rendimientos en la transferencia de calor. | M |
45 | Comprobación de temperaturas de acumulación y distribución a consumidores | D |
46 | Realización de análisis químico y bacteriológico del agua caliente de suministro a consumidores | T |
47 | Tratamiento de choque térmico o químico contra la legionela, de acuerdo a especificaciones del RD 865/2003 y de la norma UNE 100.030. | A |
FAMILIA 4: UNIDADES DE VENTILACIÓN Y EXTRACCIÓN
GAMA GENÉRICA DE MANTENIMIENTO Intervenciones y frecuencias de mantenimiento preventivo
Número | TRABAJOS | Frecuencia |
Envolventes y carcasas | ||
1 | Inspección de estado de superficies exteriores, limpieza y eliminación de corrosiones | A |
2 | Repaso de pintura de las superficies exteriores | A |
3 | Inspección de tejadillos exteriores de protección | A |
4 | Verificación de inexistencia de fugas de aire por juntas de paneles, puertas y registros | 2 A |
5 | Inspección de cierres de puertas y registros. Reparación y cambio de burletes, si procede | A |
6 | Inspección de los tornillos de unión de paneles. Sustitución de tornillos oxidados | A |
7 | Verificación de estado de impermeabilizaciones y protecciones, juntas y telas asfálticas | A |
8 | Verificación del estado y funcionalidad de soportes antivibratorios | A |
9 | Verificación del estado y estanquidad de uniones flexibles en embocaduras a conductos y reparación si procede | 2 A |
10 | Limpieza de superficies interiores xx xxxxx y envolventes | A |
11 | Inspección del estado de los aislamientos termoacústicos interiores y reparación si procede | A |
Ventiladores y sus motores | ||
12 | Verificación del estado de las superficies exteriores de los ventiladores. Eliminación de oxidaciones en envolventes. Limpieza exterior de las superficies | A |
13 | Verificación del estado de bastidores, soportes y elementos antivibratorios. Limpieza y eliminación de oxidaciones. Sustitución de soportes antivibratorios si procede | A |
14 | Verificación de la inexistencia de suciedad acumulada e incrustada en los álabes de los rodetes. Limpieza y desincrustado de rodetes y palas | A |
15 | Inspección de cojinetes y rodamientos de motoventiladores: verificación de holguras y ajuste si procede | A |
16 | Inspección de los engrasadores de rodamientos y cojinetes, limpieza y engrase si procede | A |
17 | Verificación del sentido de rotación de los ventiladores | T |
18 | Verificación de la inexistencia de deformaciones y roces de los rodetes de los ventiladores con sus envolventes | A |
19 | Verificación de la inexistencia de ruidos y vibraciones anómalas durante el funcionamiento normal | T |
20 | Verificación de chavetas y chaveteros de ejes. Ajustes y sustitución de xxxxxxxx si procede | A |
21 | Verificación la inexistencia de ruidos causados por deslizamiento de las correas de transmisión | T |
22 | Verificación del estado de desgaste de los canales de las poleas de transmisión. Sustitución de poleas si procede | A |
23 | Inspección del estado de las correas de transmisión. Ajuste de tensión o sustitución xx xxxxxxx, según proceda | T |
24 | Verificación de la alineación de transmisiones por correas y poleas y ajuste si procede | T |
25 | Verificación de estado de soportes y correderas de apoyo de motores. Apriete de tornillos de anclaje | A |
26 | Verificación de la inexistencia de ruidos y vibraciones anómalas procedentes de los motores durante el funcionamiento | T |
27 | Comprobación de holguras en cojinetes de motores y sustitución si procede | A |
28 | Inspección del aislamiento eléctrico de líneas de alimentación a motores de ventiladores | A |
29 | Control de intensidades y temperaturas en los conductores de alimentación a motores de ventiladores | T |
30 | Verificación del apriete de las conexiones eléctricas en las xxxxx xx xxxxxx de los motores | A |
31 | Verificación de estado y limpieza xx xxxxxxx eléctricos de control, mando y fuerza, y aplicación de protección antihumedad | A |
32 | Inspección de convertidores de frecuencia y dispositivos de control de velocidad variable de motores. Verificación y ajuste de condiciones de funcionamiento de acuerdo a las necesidades, si procede | T |
33 | Inspección de contactos de contactores, interruptores y relés, de protección de motores y sustitución si procede | T |
34 | Verificación de la actuación de las protecciones magnetotérmicas y diferenciales, externas o internas (Clixon), de motores y ajuste si procede | T |
35 | Inspección de conexiones y líneas de puesta a tierra de motores. Apriete de conexiones | A |
36 | Inspección del estado del disipador de calor de convertidores de frecuencia o variadores de velocidad | A |
37 | Verificación funcional de series exteriores de seguridad y enclavamientos externos de motores de ventiladores | M |
38 | Medida de tensiones e intensidades por fase de alimentación a motores y contraste con las nominales de placa | M |
39 | Comprobación de ajuste de puntos de consigna y actuación de los elementos eléctricos de regulación y seguridad | T |
40 | Toma de datos de condiciones de funcionamiento y comparación con las de diseño. Determinación de rendimientos y factores de transporte del aire | M |
FAMILIA 5: MOTOBOMBAS DE CIRCULACIÓN GAMA GENÉRICA DE MANTENIMIENTO
Intervención y frecuencias de mantenimiento preventivo
Número | TRABAJOS | Frecuencia |
1 | Inspección de corrosiones exteriores y estado general de carcasas, eje, tornillería. Limpieza y desoxidado si procede | A |
2 | Inspección del estado de la pintura y repaso de pintura si procede | A |
3 | Verificación del estado de las conexiones con las tuberías y colectores. Eliminación de oxidaciones | A |
4 | Verificación del estado de los acoplamientos elásticos antivibratorios, comprobación de endurecimiento y sustitución cuando proceda | A |
5 | Verificación del estado de aislamientos térmicos y protecciones exteriores y reparación, si procede | A |
6 | Inspección del estado general de bancadas y soportes antivibratorios. Limpieza de bancadas y sustitución de soportes, si procede | A |
7 | Verificación del apriete de los tornillos de anclaje a bancadas | A |
8 | Inspección del estado de la soportación de bombas en línea y reparación o afianzamiento, si procede | A |
9 | Inspección de nivel de engrase en xxxxxx de bombas de bancada. Reposición de aceite si procede | T |
10 | Inspección del acoplamiento de ejes motor-bomba. Sustitución de tacos o láminas de arrastre, si procede | T |
11 | Verificación de la alineación de ejes motor-bomba y ajuste si procede | A |
12 | Verificación de inexistencia de pérdidas y goteos de agua en cierres mecánicos | T |
13 | Comprobación y ajuste del goteo en cierres de empaquetadura. Cambio del cordón grafitado cuando proceda | T |
14 | Inspección de la cazoleta de recogida de agua de refrigeración de prensas. Limpieza de las cazoletas y de las canalizaciones de desagüe | T |
15 | Inspección de fugas de agua por juntas y reapriete o sustitución de juntas en caso de existir | M |
16 | Verificación de inexistencia de ruidos o vibraciones anómalas durante el funcionamiento | M |
17 | Verificación de ruidos originados por cavitación durante el funcionamiento. Comprobación de presiones de trabajo | M |
18 | Inspección de holguras y desgastes en ejes, cojinetes y rodamientos | T |
19 | Inspección de chaveteros y xxxxxxxx. Verificación de holguras. Apriete de prisioneros y sustitución de xxxxxxxx, si procede | A |
20 | Inspección de calentamientos anormales en cierres y cojinetes | T |
21 | Inspección de dispositivos de refrigeración de cojinetes y cierres | A |
22 | Verificación del apriete de las conexiones eléctricas a los embornados del motor | A |
23 | Inspección del estado del ventilador de refrigeración del motor. Verificación de la inexistencia de contactos con la carcasa y sustitución del ventilador en caso de observar giro excéntrico | A |
24 | Inspección de conexiones y conductores de puesta tierra. Reapriete de conexiones | T |
25 | Inspección del arrancador del motor: contactores, relés de maniobra y protección y magnetotérmicos. Sustitución de contactos y ajuste de relés magnetotérmicos cuando sea necesario | T |
26 | Verificación de estado y funcionalidad de enclavamientos eléctricos entre bombas y otros equipos | 2 A |
27 | Toma de datos de tensión y consumo en bornas de motor y comparación con las nominales | M |
28 | Toma de datos de condiciones de funcionamiento y comparación con las nominales de diseño | M |
FAMILIA 6: REDES HIDRÁULICAS, COMPONENTES Y ACCESORIOS
GAMA GENÉRICA DE MANTENIMIENTO
Intervenciones y frecuencias de mantenimiento preventivo
Número | TRABAJOS | Frecuencia |
Tuberías | ||
1 | Inspección de corrosiones y fugas de agua en todos los tramos visibles de las redes de tuberías de todos los sistemas | M |
2 | Inspección del estado de la pintura protectora. Repaso de pintura si procede | A |
3 | Inspección del aislamiento térmico: Verificación de estado. Reparación de superficies con falta de aislamiento | A |
4 | Inspección de la terminación exterior de los aislamientos. Reparación de protecciones si procede | A |
5 | Inspección de los anclajes y soportes de las tuberías en general. Corrección de defectos | A |
6 | Inspección del estado de los compensadores de dilatación. Verificación de estado de dilatadores elásticos | A |
7 | Inspección de posibilidades de dilataciones. Verificación de anclajes móviles e inexistencia de deformaciones. Corrección de deformaciones si procede | A |
8 | Inspección de amortiguadores de vibraciones y soportes antivibratorios. Correcciones si procede | A |
9 | Inspección de la señalización e identificación de circuitos de tuberías. Reposición si procede | A |
10 | Verificación de estado, comprobación y contraste de manómetros y termómetros | A |
11 | Verificación del estado y funcionalidad de válvulas de purga de aire y purgadores automáticos | A |
12 | Verificación de dispositivos de llenado y comprobación de niveles de agua en todos los circuitos | M |
13 | Verificación de estado de pasamuros. Corrección de deterioros si procede. Inspección de sellantes | A |
Valvulería | ||
14 | Inspección de los cierres y empaquetaduras de los ejes de las válvulas: apriete y corrección de fugas | T |
15 | Verificación de la actuación y función de cada válvula: cierre, regulación, retención | 2 A |
16 | Comprobación del posicionado correcto de cada válvula en la condición normal de funcionamiento | T |
17 | Verificación y engrase de desmultiplicadores de válvulas de usillo | A |
Depósitos acumuladores | ||
18 | Inspección de corrosiones sobre las superficies exteriores. Eliminación de oxidaciones y repaso de pintura si procede | A |
19 | Verificación de inexistencia de fugas de agua en depósito: Inspección de juntas de tapas de registro | M |
20 | Inspección de corrosiones interiores. Limpieza y eliminación de oxidaciones, suciedad y lodos | A |
21 | Verificación del estado y funcionalidad de válvulas de seguridad. Verificación de cierre estanco | 2 A |
22 | Verificación del estado y funcionalidad de válvulas de vaciado e independización | 2 A |
23 | Verificación del estado y funcionalidad de válvulas de purga de aire y purgadores automáticos | 2 A |
24 | Verificación de estado, comprobación y contraste de manómetros y termómetros | A |
25 | Inspección del aislamiento térmico: verificación de estado, reparación de superficies con falta de aislamiento | A |
26 | Inspección de la terminación exterior de los aislamientos. Reparación de protecciones si procede | A |
Acoplamientos elásticos/Manguitos antivibratorios | ||
27 | Inspección del estado del material elástico. Comprobación de endurecimiento. Inexistencia de grietas o abombamientos | 2 A |
28 | Inspección de deformaciones. Corrección de tensiones producidas por las tuberías | A |
29 | Inspección de fugas de agua | M |
Vasos de expansión abiertos | ||
30 | Inspección de niveles máximo y mínimo de agua | M |
31 | Inspección de la válvula de reposición de agua. Comprobación de estado y funcionalidad | 2 A |
32 | Inspección del rebosadero. Eliminación de obstrucciones | A |
33 | Limpieza interior y exterior y eliminación de corrosiones | 2 A |
Vasos de expansión cerrados | ||
34 | Inspección de membrana, comprobación de su integridad. Sustitución de membranas rotas | 2 A |
35 | Verificación de inexistencia de corrosiones exteriores. Eliminación de oxidaciones. Limpieza exterior | 2 A |
36 | Inspección de fugas | M |
37 | Comprobación de la presión de aire en la cámara de expansión | M |
38 | Verificación del volumen de expansión | 2 A |
39 | Verificación y contraste de manómetros | A |
40 | Verificación y contraste de válvulas de seguridad | M |
41 | Inspección de compresores y otros dispositivos de inyección de aire | A |
42 | Inspección de válvulas solenoide | 2 A |
43 | Verificación de estado y funcionalidad y contraste de presostatos | 2 A |
Compensadores de dilatación | ||
44 | Inspección de deformaciones. Verificación de tolerancias | A |
45 | Inspección de fugas | M |
46 | Verificación de alineaciones de las tuberías conectadas a compensadores. Corrección de alineaciones | A |
Filtros de agua | ||
47 | Inspección de fugas de agua en cierres, juntas y tapas | M |
48 | Inspección del estado y limpieza del elemento filtrante: cestilla, tamiz, etc. | 2 A |
Manguitos electrolíticos/Ánodos de sacrificio | ||
49 | Verificación de inexistencia de fugas de agua | M |
50 | Inspección exterior: limpieza, estado de corrosión y aislamiento. Sustitución cuando sea necesario | 2 A |
Contadores de agua | ||
51 | Inspección exterior: estado, limpieza, ausencia de corrosiones y de fugas de agua, apriete de racores de conexión. Toma de datos de consumos | M |
52 | Limpieza de filtros previos a los contadores | 2 A |
53 | Comprobación de funcionamiento, contraste de mediciones de consumos de agua | A |
Medidores de caudal | ||
54 | Inspección exterior: estado, limpieza, fugas de agua | M |
55 | Comprobación de funcionamiento, contraste de mediciones | 2 A |
Interruptores de flujo de agua | ||
56 | Inspección exterior: estado, limpieza, ausencia de corrosiones y de fugas de agua. Apriete de conexiones | M |
57 | Inspección interior a la tubería en el lugar de instalación: estado, limpieza, ausencia de corrosiones y otros obstáculos que puedan perturbar el funcionamiento del interruptor | A |
58 | Inspección y apriete de conexiones eléctricas | A |
59 | Comprobación de funcionamiento. Ajuste de balancines y contactos si procede | A |
Absorbedores de golpe de ariete | ||
60 | Inspección exterior: estado, ausencia de fugas de agua. Limpieza | M |
Trampas de retorno de condensados |
61 | Inspección exterior: estado, limpieza, ausencia de corrosiones y fugas de agua, estanquidad, inexistencia de fugas de vapor | M |
62 | Inspección interior: estado de válvulas de flotador, ausencia de corrosiones | 2 A |
Grupos de presurización de agua | ||
63 | Inspección exterior: eliminación de oxidaciones y corrección de fugas de agua | M |
64 | Revisión de bombas de agua según protocolo de bombas | M |
65 | Revisión de vasos de expansión y depósitos pulmón según protocolo de vasos de expansión cerrados | 2 A |
66 | Revisión de válvulas manuales de interrupción y válvulas de retención según protocolo de válvulas | 2 A |
67 | Verificación y contraste de válvulas de seguridad | 2 A |
68 | Verificación de estado y funcionamiento de presostatos de maniobra y seguridad. Contraste de presostatos | 2 A |
69 | Inspección de la instalación eléctrica: Inexistencia de cables mojados. Apriete de conexiones | A |
70 | Inspección xx xxxxxxx eléctricos de maniobra y control: estado, ausencia de oxidaciones. Limpieza o sustitución de contactos de contactores. Limpieza interior xx xxxxxxx y protección antihumedad | A |
ALMACENAMIENTO DE AGUA (DEPÓSITOS/ALJIBES). TRATAMIENTO DE AGUAS
GAMA GENÉRICA DE MANTENIMIENTO
Intervenciones y frecuencias de mantenimiento preventivo
Número | TRABAJOS | Frecuencia |
EN ALJIBLES, COMPROBAR: | ||
1 | Nivel de agua | D |
2 | Verificar posición de válvulas | D |
3 | Cierre y apertura en sistema de llenado | Q |
4 | Verificar y revisar sondas | M |
5 | Limpieza de rebosadero | T |
6 | Suciedad en fondos aljibes | A |
7 | Toma de muestras de agua de colectores de retorno de agua fría, caliente y condensación, de salida xx xxxxxxx y de agua de entrada de red. Emisión del correspondiente informe técnico del análisis de las muestras con indicación de los siguientes parámetros: o pH o Dureza o Conductividad o Cloruros o Carbonatos o Bicarbonatos o Calcio o Magnesio o Hierro | M |
INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN BAJA TENSIÓN. CUADROS GENERALES
GAMA GENÉRICA DE MANTENIMIENTO
Intervenciones y frecuencias de mantenimiento preventivo
Número | TRABAJOS | Frecuencia |
EN CUADROS ELÉCTRICOS GENERALES COMPROBAR: | ||
1 | Estado general y limpieza | T |
2 | En conductores de llegada de transformadores: o Inexistencia de deformación o Calentamiento no excesivo o Calibre de fusibles si existen | T |
3 | En interruptores generales de protección: o Funcionamiento correcto o Calentamiento no excesivo o Regulación adecuada de relés | T |
4 | Aparatos de medida: voltímetros, amperímetros | T |
5 | Comprobar y medir tierra en cuadro | T |
6 | En líneas de salida de cuadro: | T |
o Funcionamiento del interruptor o Calentamiento no excesivo o Regulación adecuada de relés o Calibre de fusibles si existen o Inexistencia deformación de conductores o Calentamiento no excesivo en conductores | ||
7 | Esquema unifilar del cuadro | T |
8 | Sustitución de pilotos fundidos | T |
9 | Reapretado de conexiones eléctricas | A |
10 | Identificación circuitos de salida | T |
11 | Medida de la resistencia de aislamiento de los conductores y de la rigidez dieléctrica y emisión de informe de resultados | A |
INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN BAJA TENSIÓN. CUADROS SECUNDARIOS Y PROTECCIÓN DE MOTORES
GAMA GENÉRICA DE MANTENIMIENTO
Intervenciones y frecuencias de mantenimiento preventivo
Número | TRABAJOS | Frecuencia |
EN INSTALACIONES XX XXXXXXX SECUNDARIOS COMPROBAR: | ||
1 | Estado general y limpieza | T |
2 | En conductores de llegada: o Inexistencia de deformación o Calentamiento no excesivos | T |
3 | En protección general de cuadro: o Calidad de fusibles si existen o Funcionamiento del interruptor general o Regulación de relés o Funcionamiento y sensibilidad interruptor diferencial | T |
4 | Aparatos de medida: voltímetros, amperímetros, etc | T |
5 | Reapretado conexiones de conductores | T |
6 | Conexión a tierra del cuadro | T |
7 | En línea de salida: o Interruptores automáticos de protección o Interruptores diferenciales o Funcionamiento de contactores o Funcionamiento y regulación de relé térmico o Inexistencia deformación en conductores o Inexistencia de calentamiento en conductores | T |
8 | Automatismos existentes | T |
9 | Identificación circuitos de salida | T |
INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN BAJA TENSIÓN. CUADROS PARCIALES ALUMBRADO/FUERZA
GAMA GENÉRICA DE MANTENIMIENTO
Intervenciones y frecuencias de mantenimiento preventivo
Número | TRABAJOS | Frecuencia |
EN CUADROS PARCIALES ALUMBRADO/FUERZA, COMPROBAR: | ||
1 | Funcionamiento del interruptor diferencial | T |
2 | Funcionamiento del interruptor magnetotérmico | T |
3 | Reapretado xx xxxxxx de conexión | T |
4 | Conexión de cuadro a tierra | T |
5 | Conexión de tierra a circuitos de salida | T |
6 | Calentamiento de interruptores | T |
7 | Inexistencia calentamiento y deformación en conductores | T |
8 | Sensibilidad diferencial 30 mA en alumbrado y 300 mA en fuerza | T |
9 | Esquema unifilar del cuadro | T |
10 | Intensidad en circuitos de salida | T |
11 | Protección de cada circuito | T |
12 | Relación interruptor automático, sección circuito que protege | T |
13 | Limpieza general del cuadro | T |
14 | Verificar esquema unifilar | T |
15 | Identificación circuitos de salida | T |
INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN BAJA TENSIÓN. ACCESORIOS Y EQUIPOS ELÉCTRICOS
GAMA GENÉRICA DE MANTENIMIENTO
Intervenciones y frecuencias de mantenimiento preventivo
Número | TRABAJOS | Frecuencia |
EN ACCESORIOS Y EQUIPOS ELÉCTRICOS, COMPROBAR: | ||
1 | En unidades de mando y señalización: o Lámpara fundida o Estado de conexiones o Estado de temporizador y funcionamiento | T |
2 | En contactores y arrancadores o Funcionamiento pulsadores o Funcionamiento señalización o Limpieza de contactor/ arrancador o Vibraciones y ruidos extraños o Estado de contactos o Tarado adecuado de relé térmico o Estado temporizador y funcionamiento o Reapretado xx xxxxxx o Inexistencia calentamiento y deformaciones en conductores | T |
3 | Relés de mando o Funcionamiento o Estado de contactos o Estado temporizador y funcionamiento o Escala de tiempos en temporizador o Limpieza | T |
INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN BAJA TENSIÓN. REDES Y TOMAS DE TIERRA
GAMA GENÉRICA DE MANTENIMIENTO
Intervenciones y frecuencias de mantenimiento preventivo
Número | TRABAJOS | Frecuencia |
EN INSTALACIONES DE TOMA DE TIERRA, COMPROBAR: | ||
1 | Identificación pozos T.T. según planos | M |
2 | Riego xxxxx xx xxxx de tierra | s |
3 | Identificación en urbanización pozo toma de tierra | M |
4 | Continuidad red de tierra | M |
5 | Estado pozo de registro y borna de conexión | M |
6 | Estado bornas conexión pica/ placa | M |
7 | Reapriete bornas de conexión | M |
8 | Continuidad de conductor entre pozo y cuadro general/ secundario/ parcial | M |
9 | Identificar xxxx xx xxxx de tierra e indicar valor de resistencia a tierra por cada uno | M |
INSTALACIONES ELÉCTRICAS BAJA TENSIÓN. ALUMBRADOS ESPECIALES:
ALUMBRADO EMERGENCIA
ALUMBRADOS SEÑALIZACIÓN
GAMA GENÉRICA DE MANTENIMIENTO
Intervenciones y frecuencias de mantenimiento preventivo
Número | TRABAJOS | Frecuencia |
EN INSTALACIONES DE EMERGENCIA, COMPROBAR: | ||
1 | Simular corte de energía y que todos los puntos de luz funcionan | M |
2 | Reponer lámparas fundidas | M |
3 | En instalaciones por baterías, comprobar cuadro y estado carga baterías | M |
4 | Existencia de puntos de luz, en todos los lugares necesarios | M |
EN INSTALACIONES XXXX SEÑALIZACIÓN, COMPROBAR: | ||
Del 01 al 04 id Xxxx emergencia | ||
5 | Rotulación adecuada vías evacuación | M |
GRUPO ELECTRÓGENO | M | |
1 | Simular corte de energía y comprobar funcionamiento del grupo | M |
2 | Comprobar nivel combustible y aceite | M |
3 | Comprobar nivel y estado de la batería | M |
SIMBOLOGÍA
Los símbolos que se han utilizado en este documento son convencionales por lo que no se precisa su definición a priori. Para la definición de frecuencias de trabajos en los protocolos de mantenimiento preventivo se han utilizado los siguientes símbolos:
o D Tareas e intervenciones de frecuencia diaria.
o s Tareas e intervenciones de frecuencia semanal.
o m Tareas de frecuencia mensual para potencias térmicas entre 70 y 1.000 kW, y de frecuencia quincenal para potencia térmica mayor que 1.000kW.
o Q Tareas de frecuencia quincenal
o M Tareas de frecuencia mensual.
o T Tareas de frecuencia trimestral.
o 2 A Intervenciones que deben realizarse dos veces al año o dos veces por temporada (al inicio y a la mitad del periodo de uso en cada temporada), según el periodo de funcionamiento del elemento de que se trate y siempre que el equipo en cuestión solamente funcione en la temporada de calefacción o en la de refrigeración.
o A Intervenciones de frecuencia anual.
o B Intervenciones de frecuencia bienal.
o S Intervenciones de frecuencia semestral.
SUBROGACION DE PERSONAL
Se estará a lo dispuesto, en su caso, en el art. 44 y concordantes del vigente Estatuto de los Trabajadores y el convenio aplicable. Si resultara obligada la subrogación en virtud de las citadas normas, queda a disposición de los licitantes en la Secretaría General del IMD la relación de trabajadores que actualmente vienen prestando sus servicios con la actual adjudicataria.