CIUDAD DE MÉXICO
g o b i e r n o d e l a
CIUDAD DE MÉXICO
ALCALDÍA MILPA ALTA
Dirección General de Administración
Dirección de Recursos Materiales, Abastecimientos y Servicios
t
ESPECIALIDADES SEpITAM, X.X.XX C.V. R.F.C.: ESE101125A33.
DGA/DRMAS/AD/018/2022
CONTRATO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO CONSISTENTE EN “SERVICIO DE FUMIGACIÓN”, EN ADELANTE “LOS SERVICIOS” QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO A TRAVÉS DE LA ALCAIDÍA MILPA ALTA, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA ALCALDÍA", REPRESENTADA POR [EL LIC. XXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXX, DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, EL LIC. XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX, DIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES, ABASTECIMIENTOS Y SERVICIOS, EL C.P.C. XXXXXX DE XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX, SUBDIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES, COMO ÁREA REQUIRENTE, AL C. XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXX, SUBDIRECTOR DE SERVICIOS GENERALES , ASISTIDOS POR EL LIC. XXXX XXXXXX XXXXXXX, DIRECTOR GENERAL DE GOBIERNO Y ASUNTOS JURÍDICOS Y POR LA OTRA , ESPECIALIDADES SERITAM, S.A. DE C.V., A QUIEN EN LO SUCESIVO SE ¡LE DENOMINARÁ “EL PROVEEDOR”, A “LA ALCALDÍA” Y A “EL PROVEEDOR” CONJUNTAMENTE SE ¡LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, MISMAS QUE MANIFIESTAN FORMALIZAR EL PRESENTE CONTRATO AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
I.- “LA ALCALDÍA” DECLARA A TRAVÉS DE SUS REPRESENTANTES.
1.1. - QUE ES UN ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO, DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO CON COMPETENCIA DENTRO DE SU RESPECTIVA JURISDICCIÓN EN MATERIA DE GOBIERNO Y RÉGIMEN INTERIOR; DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 134, 122 APARTADO A, BASE VI INCISO
A) Y C) DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, 53 APARTADO A, NUMERAL 1, APARTADO B, NUMERAL 1 Y 3 INCISO A) FRACCIÓN I Y XIII DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, 16, 30, 31 FRACCIONES I Y XVI Y 74 DE LA LEY ORGÁNICA DE ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, POR ANALOGÍA CUYA COMPETENCIA DENTRO DE SU JURISDICCIÓN ES EN LAS MATERIAS DE GOBIERNO Y RÉGIMEN INTERIOR; OBRA PÚBLICA Y DESARROLLO URBANO; SERVICIOS PÚBLICOS; MOVILIDAD; VÍA PÚBLICA; ESPACIO PÚBLICO; SEGURIDAD CIUDADANA; DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL; EDUCACIÓN; CULTURA Y DEPORTE; PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE; ASUNTOS JURÍDICOS;(RENDICIÓN DE CUENTAS Y PARTICIPACIÓN SOCIAL; REGLAMENTOS, CIRCULARES Y DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE OBSERVANCIA GENERAL; ALCALDÍA DIGITAL Y LAS DEMÁS QUE SEÑALEN LAS LEYES REGLAMENTOS Y DEMÁS DISPOSICIONES NORMATIVAS Y LEGALES APLICABLES.
1.2. - QUE EL LIC. XXXX¡K XXXXXX XXXXXX XXXXX, DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, TIENE LA FACULTAD DE REPRESENTAR Y CONTRAER OBLIGACIONES A NOMBRE DE “LA ALCALDÍA”, ASÍ COMO SUSCRIBIR EL PRESENTE INSTRUMENTO JURÍDICO, YA QUE CUENTA CON CAPACIDAD LEGAL PARA SUSCRIBIR Y OBLIGARSE CON LOS ACUERDOS Y COMPROMISOS QUE EN ESTE INSTRUMENTO LEGAL SE ESTABLECEN DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 74 Y 75 FRACCIÓN I, XI Y XIII DE LA LEY ORGÁNICA DE LAS ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CON BASE EN EL “ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA EN LOS DIRECTORES GENERALES DE LA ALCALDÍA EN MILPA ALTA LAS FACULTADES QUE SE INDICAN” PUBLICADO [EL DOCE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICÓ, POR EL QUE SE DELEGA EN LOS DIRECTORES GENERALES LAS FACULTADES QUE SE INDICAN CON! FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 122 APARTADO A, BASE VI, INCISO A) Y C) DE
A, CA
o
G O B IE R N O DE LA
CIUDAD DE MÉXICO
ALCALDÍA MILPA ALTA
Dirección General de Administración
Dirección de Recursos Materiales, Abastecimientos y Servicios
ESPECIALIDADES SERITAM, X.X.XX C.V. DGA/DRMAS/AD/018/2022 R.F.C.: ESE101125A33.
DE LA CIUDAD DE MÉXICO, 16, 30, 31 FRACCIONES I, XVI Y 74 DE LA LEY ORGÁNICA DE ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
1.3. - QUE DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 27 DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL, LE CONFIERE CELEBRAR EL PRESENTE CONTRATO.
1.4. - QUE “LA ALCALDÍA” REQUIERE DE LA PRESTACIÓN DEL “SERVICIO DE FUMIGACIÓN”, OBJETO DEL PRESENTE INSTRUMENTO CONTRACTUAL, PARA ATENDER LAS NECESIDADES PLANTEADAS POR LA SUBDIRECCIÓN DE SERVICIOS GENERALES, MEDIANTE LA SOLICITUD DE SERVICIO NÚMERO 103/2022.
1.5. -. PARA ATENDER Y CUBRIR LAS NECESIDADES, DEL ÁREA REQUIRENTE SOLICITA LA CONTRATACIÓN PARA LA PRESTACIÓN DE “LOS SERVICIOS” QUE CONSISTE EN “SERVICIO DE FUMIGACIÓN”, CON LAS CARACTERÍSTICAS, ESPECIFICACIONES Y TÉRMINOS CONTENIDOS EN EL PRESENTE INSTRUMENTO LEGAL, EN SU HOJA DE SOLICITUD DE SERVICIO Y “ANEXOS” QUE FORMAN PARTE DEL MISMO.
I. 6 EL PRESENTE CONTRATO SE OTORGA MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN POR ADJUDICACIÓN DIRECTA PARA LA PRESTACIÓN DE “LOS SERVICIOS” QUE CONSISTE EN “SERVICIO DE FUMIGACIÓN” DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 27 INCISO C, 28, 52 Y 54 FRACCIÓN II BIS, DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL Y NUMERAL 4.8.1 FRACCIÓN II, DE LA CIRCULAR UNO BIS 2015, AUTORIZADO POR EL COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS, EN EL CASO No. 012 EN LA 1a SESIÓN EXTRAORDINARIA DE FECHA 09 XX XXXX DE 2022, AL TENOR DE LOS CRITERIOS DE EFICACIA, EFICIENCIA, ECONOMÍA, IMPARCIALIDAD Y HONRADEZ.
I.7.- QUE EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 28 DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL, SE CUENTA CON LA AUTORIZACIÓN PRESUPUESTAL, CON NÚMERO XX XXXXXXX 012 DE FECHA 04 XX XXXX DE 2022 CON IMPORTE POR $ 740,000.00 (SETECIENTOS CUARENTA MIL PESOS 00/100 M.N) S.S. 103, EMITIDA POR LA JEFATURA DE UNIDAD DEPARTAMENTAL'DE PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTO, ADSCRITA A LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE “LA ALCALDÍA” MILPA ALTA, PARA CUMPLIR CON LAS OBLIGACIONES QUE SE DERIVAN DEL PRESENTE CONTRATO, LO ANTERIOR CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 53, PARRAFO 8 Y 58 FRACCIÓN I DE LA LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE LOS RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
S.S. | CLAVE PRESUPUESTAL | PARTIDA |
103/2Ó22 | 356001 0001 111120 3591 2100 | 3591” SERVICIOS DE JARDINERIA Y FUMIGACIÓN”. |
I.8.- QUE PARA TODO LO RELACIONADO CON EL PRESENTE CONTRATO, SEÑALA COMO SU DOMICILIO EL UBICADO EN: AVENIDA MÉXICO, ESQUINA CONSTITUCIÓN SIN, EDIFICIO DE GOBIERNO DE LA ALCALDÍA,
C.P. 12000, VILLA MILPA ALTA, ALCALDÍA MILPA ALTA, CIUDAD DE MÉXICO.
Avenida México esquina Constitución s/n, Alcaldía Milpa Alta, C.P. 12000, Ciudad de México Tel. 5862,3150 ext. 1322
Y DE DERECHOS
2 de 15
o
G O B IE R N O DE LA
CIUDAD DE MÉXICO
ALCALDÍA MILPA ALTA
Dirección General de Administración
Dirección de Recursos Materiales, Abastecimientos y Servicios
ESPECIALIDADES SERITAM, X.X.XX C.V. R.F.C.: ESE101125A33.
T
DGA/DRMAS/AD/018/2022
II.- “EL PROVEEDOR” DECLARA A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE LEGAL:
í
11.1. - QUE ES UNA SOCIEDAD LEGALMENTE CONSTITUIDA, COMO SE ACREDITA CON LA ESCRITURA
NÚMERO 128,830 (CIENTO VEINTIOCHO MIL OCHOCIENTOS TREINTA) DE FECHA 25 DE NOVIEMBRE DE 2010, PASADA ANTE l_A FE DE XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, TITULAR DE LA NOTARÍA NÚMERO 198 DEL DISTRITO FEDERAL, INSCRITA EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CON EL FOLIO MERCANTIL NÚMERO 453876-1, DE FECHA 08 XX XXXXXX DE 2011.
11.2. - QUE LA C. XXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXX, ES ADMINISTRADOR ÚNICO Y QUE TIENE FACULTADES QUE N 0 LE HAN SIDO REVOCADAS O MODIFICADAS, PARA SUSCRIBIR EL PRESENTE INSTRUMENTO JURÍDICO, ASÍ COMO PARA OBLIGARSE AL CUMPLIMIENTO DEL MISMO, SEGÚN CONSTA EN EL INSTRUMENTO! 17091 DEL 22 XX XXXXXX DE 2019, PASADA ANTE LA FE DE LA DOCTORA EN DERECHO XXXXXXXX X^IETO XXX XXX XXXXX, TITULAR DE LA NOTARÍA PÚBLICA 135.
11.3. - QUE SU ADMINISTRADOR ÚNICO, ACREDITA SU PERSONALIDAD Y FACULTADES PARA SUSCRIBIR EL PRESENTE INSTRUMENTO EN TÉRMINOS DE LA ESCRITURA.
II.4.- QUE SU ADMINISTRADOR, CONFORME A LOS ESTATUTOS QUE RIGEN SU ACTUACIÓN, TIENE ENTRE SUS ACTIVIDADES DEL OBJETO SOCIAL: CELEBRAR CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE TODA CLASE DE SERVICIOS.
11.5. - QUE SU REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES EXPEDIDO POR LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ESj ESE101125A33.
11.6. - QUE LOS SOCIOS DE SU REPRESENTADA, LOS MIEMBROS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA MISMA SUS APODERADOS Y REPRESENTANTES LEGALES, EL PERSONAL QUE LABORA AL SERVICIO DE AQUELLA, ASÍ COMO LOS CÓNYUGES DE TODOS ELLOS NO TIENEN LAZOS DE CONSANGUINIDAD NI DE AFINIDAD HASTA EL CUARTO GRADO,ICON PERSONA ALGUNA QUE LABORE EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL GOBIERNO DE LA ClUjDAD DE MÉXICO.
11.7. - QUE CUENTA CÓN LA EXPERIENCIA, CAPACIDAD JURÍDICA, OPERATIVA, FINANCIERA, TÉCNICA, MATERIAL Y HUMANA, EQUIPO, ASÍ COMO CON LA ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA NECESARIA PARA CUMPLIR CON LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTE CONTRATO, EN LOS TÉRMINOS QUE SE ESTABLECEN EN EL IVJISMO, SOLICITUD DE SERVICIO Y SUS “ANEXOS”.
H.8.- QUE PARA EFECTOS DE LO SEÑALADO EN EL ARTÍCULO 58 DE LA LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, “EL PROVEEDOR”, MANIFIESTA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE HA CUMPLIDO EN DEBIDA FORMA CON l/iS OBLIGACIONES FISCALES A SU CARGO.
II.9.- QUE SEÑALA COlj/IO DOMICILIO PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES EL UBICADO EN: CALLE X. XXX XXXXXX No. 20, COLONIA EL SANTUARIO, ALCALDÍA IZTAPALAPA, CDMX, C.P. 09820; CORREO
ELECTRÓNICO: especialidades _xxxxxxx@xxxxxxx.xxx.
xxxxx s/n, Alcaldía Milpa Alta, C.P. 1¡2000, Ciudad de México
Tel. 5862.3150 ext. 1322 ' , 3 de 15
G O B IE R N O DE LA ALCALDÍA MILPA ALTA
CIUDAD DE MÉXICO Dirección General de Administración
Dirección de Recursos Materiales, Abastecimientos y Servicios
ESPECIALIDADES SERITAM, X.X.XX C.V. DGA/DRMAS/AD/018/2022 R.F.C.: ESE101125A33.
MANIFESTANDO QUE EN CASO DE CAMBIO DE DOMICILIO LO HARÁ SABER A LA UNIDAD DEPARTAMENTAL DE ADQUISICIONES Y ARRENDAMIENTO POR MEDIO ESCRITO.
11.10. - “EL PROVEEDOR” MANIFIESTA QUE SE ENCUENTRA DADO DE ALTA EN EL SISTEMA DE REGISTRO DE PROVEEDORES A TRAVÉS DE LA PLATAFORMA DEL TIANGUIS DIGITAL, A CARGO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y PARA EFECTO DE DAR VERACIDAD A SU HECHO SEÑALA QUE SU NÚMERO DE FOLIO: GPDJE67-VXQNZQJ, CON VIGENCIA HASTA 22 XX XXXXX DE 2023.
11.11. - DECLARA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE NO SE ENCUENTRA EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS PREVISTO POR EL ARTÍCULO 39 Y 39 BIS DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL Y 49 FRACCIÓN XV Y XVI DE LA LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, POR LO QUE PUEDE SUSCRIBIR EL PRESENTE INSTRUMENTO JURÍDICO.
Ill.-DECLARAN LAS PARTES.
1.1. - QUE EL PRESENTE CONTRATO SE REGULA POR LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL, SU REGLAMENTO Y DEMÁS DISPOSICIONES APLICABLES.
1.2. - QUE EN ESTE ACTO SE RECONOCEN MUTUAMENTE LA PERSONALIDAD CON QUE SE OSTENTAN Y LA CAPACIDAD LEGAL PARA CELEBRAR EL PRESENTE CONTRATO.
1.3. - QUE MANIFIESTAN BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE EN ESTE CONTRATO NO EXISTE DOLO, LESIÓN NI MALA FE Y QUE LO CELEBRAN DE ACUERDO CON SU LIBRE VOLUNTAD.
1.4. - EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN SEÑALADO EN LA DECLARACIÓN I.6 EL PRESENTE CONTRATO, SOLICITUD DE SERVICIO Y “ANEXOS” SON LOS INSTRUMENTOS QUE VINCULAN Y DETERMINAN LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES EN LA PRESENTE CONTRATACIÓN.
EXPRESADO LO ANTERIOR, LAS PARTES SE OBLIGAN AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:
CL ÁU SU LAS
PRIMERA. - OBJETO DEL CONTRATO: “LA ALCALDÍA” CONTRATA A “EL PROVEEDOR” PARA LA PRESTACIÓN DEL “SERVICIO DE FUMIGACIÓN”, EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES QUE SE DESCRIBEN EN EL MISMO.
SEGUNDA. - LOS “ANEXOS” PARA EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO, SE ENTENDERÁ COMO TAL LOS DOCUMENTOS QUE CONTIENE LA SOLICITUD DE SERVICIO, LOS ALCANCES Y LAS PRECISIONES PARA LA PRESTACIÓN DEL “SERVICIO DE FUMIGACIÓN”, MISMOS QUE FORMAN PARTE INTEGRANTE DEL OONTRATO.
Avenida México esquina Constitución s/n, Alcaldía Milpa Alta, C.P. 12000, Ciudad de México Tel, 5862.3150 ext. 1322
Y DE DERECHOS
4 de 15
m
G O B IE R N O DE LA
CIUDÁD DE MÉXICO
ESPECIALIDADES SE^ITAM, X.X.XX C.V. R.F.C.: ESE101125A33.
ALCALDÍA MILPA ALTA
Dirección General de Administración
Dirección de Recursos Materiales, Abastecimientos y Servicios
DGA/DRMAS/AD/018/2022
TERCERA. - MODIFICACIONES DEL CONTRATO: LAS MODIFICACIONES QUE ACUERDEN “LAS PARTES” A LAS CLÁUSULAS DEL PRESENTE INSTRUMENTO DEBERÁN ESTABLECERSE POR ESCRITO.
EN CASO DE QUE LO SOLICITE LA “ALCALDÍA”, “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A OTORGAR INCREMENTO EN LA CANTIDAD DEL) SERVICIO SOLICITADO MEDIANTE MODIFICACIONES AL CONTRATO VIGENTE, SIEMPRE Y CUANDO NÓ REBASEN EN SU CONJUNTO EL 25% (VEINTICINCO POR CIENTO) DEL TOTAL DEL CONTRATO.
CUARTA. - MONTO DEL CONTRATO: “LA ALCALDÍA” PAGARÁ A “EL PROVEEDOR” POR CONCEPTO DE LA CONTRAPRESTACIÓN DEL SERVICIO OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, LA CANTIDAD DE $ 637,930.96 (SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS TREINTA PESOS 96/100 M.N.) MÁS $ 102,068.95 (CIENTO DOS MIL SESENTA Y OCHO PESOS 95/100 M.N.) POR CONCEPTO DE 16% DE I.V.A., DANDO UN TOTAL DE $ 739,999.91; (SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS 91/100 M.N.). j
QUINTA.- DEL PAGO:j LA CANTIDAD CITADA EN LA CLÁUSULA ANTERIOR, SERÁ PAGADA POR EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, ACORDE CON EL CALENDARIO PRESUPUESTAL EMITIDO POR “LA ALCALDÍA" DENTRO DE LOS 20 DÍAS HÁBILES POSTERIORES AL VENCIMIENTO DE CADA MES POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DEL PRESENTE INSTRUMENTO, ASÍ COMO LA FECHA DE ACEPTACIÓN DE LAS FACTURAS DEBIDAMENTE REQUISITADAS, LAS QUE SE ELABORARÁN DE MANERA DESGLOSADA A NOMBRE DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO / ALCALDÍA MILPA ALTA, R.F.C. GDF9712054NA, CON DOMICILIO EN XXXXX XX XX XXXXXXXXXXXX X/X, XXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXX XXXX 0, X.X. 06000 ALCALDÍA CUAUHTÉNIOC, CIUDAD DE MÉXICO.
PARA EFECTO DE LO; ANTERIOR “EL PROVEEDOR” DEBERÁ HABER DADO DE ALTA SU NÚMERO DE CUENTA INTERBANCARIA ANTE LA JEFATURA DE UNIDAD DEPARTAMENTAL DE TESORERÍA Y REGISTRO CONTABLE DE ESTA ALCALDÍA MILPA ALTA Y HABER SIDO DEBIDAMENTE REGISTRADO EN EL SISTEMA PLANEACIÓN DE RECURSOS GUBERNAMENTALES GRP-SAP (POR SUS SIGLAS EN INGLÉS).
SEXTA. - LA VIGENc Ja : EL INICIO DE LA VIGENCIA DEL PRESENTE INSTRUMENTO JURÍDICO SERÁ A PARTIR DE LA FECHAiDE LA FIRMA DE ÉSTE Y CONCLUYE EL 31 DE DICIEMBRE DE 2022, SIN NECESIDAD DE COMUNICADO ALGUNO O RESOLUCIÓN EN TAL SENTIDO.
SÉPTIMA. - DE LOS AfjlTICIPOS: “LA ALCALDÍA” NO OTORGARÁ NINGÚN ANTICIPO POR LA CELEBRACIÓN DEL PRESENTE CONTRATO.
OCTAVA. - DEL PAGÓ EN EXCESO: “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA HACER DEVOLUCIÓN A FAVOR DE “LA ALCALDÍA” POR EL PAGO EN EXCESO, DENTRO DE LOS 15 DÍAS NATURALES UNA VEZ QUE SE LE HAYA REQUERIDO.
EL PAGO EN EXCESÓ TAMBIÉN COMPRENDE REINTEGRAR LOS REMANENTES, MÁS LOS INTERESES CORRESPONDIENTES CONFORME A UNA TASA QUE SERÁ IGUAL A LA ESTABLECIDA POR LA LEY DE INGRESOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2022, PARA LOS CASOS DE PRÓRROGA PARA EL PAGO DE CRÉDITOS FISCALES.
ifi
Avenida México esquina Constitución s/n, Alcaldía Milpa Alta, C.P. 12p00, Ciudad de México Tel. 5862.3150 ext 1322'
5 de 15
G O B IE R N O DE LA
CIUDAD DE MÉXICO
ESPECIALIDADES SERITAM, X.X.XX C.V. R.F.C.: ESE101125A33.
ALCALDÍA MILPA ALTA
Dirección General de Administración
Dirección de Recursos Materiales, Abastecimientos y Servicios
DGA/DRMAS/AD/018/2022
NOVENA. - DEL PERIODO DE ENTREGA-RECEPCIÓN: “EL PROVEEDOR SE OBLIGA A REALIZAR LA EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS, OBJETO DEL PRESENTE A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE A LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO Y DE ACUERDO CON EL ÁREA REQUIRENTE, EN TAL VIRTUD, CORRE A SU CARGO LA OBLIGACIÓN DE CUBRIR LOS COSTOS Y CUALQUIER OTRO DERECHO QUE SE GENERE, HASTA EL LUGAR DE LA RECEPCIÓN DE LOS MISMOS, EL CUAL SERÁ DE ACUERDO A LAS NECESIDADES DEL ÁREA.
DÉCIMA.-. DE LA VERIFICACIÓN: PARA LA VERIFICACIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO SE DESIGNA AL C. XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXX, SUBDIRECTOR DE SERVICIOS GENERALES; QUIEN SERÁ EL ÚNICO FACULTADO PARA NOTIFICAR POR ESCRITO LAS FALLAS Y FALTAS EN QUE HAYA INCURRIDO "EL PROVEEDOR", DETALLANDO EL INCUMPLIMIENTO DEL OBJETO DEL SERVICIO CONTRATADO PARA DETERMINAR LAS PENALIDADES A QUE DEN LUGAR, SEÑALANDO LOS DAÑOS QUE HAYA OCASIONADO A “LA ALCALDÍA” PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS PROGRAMAS Y METAS, LO ANTERIOR PARA EFECTO DE QUE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN PROCEDA A LA APLICACIÓN DE LAS SANCIONES QUE EN SU CASO CORRESPONDAN.
“LA ALCALDIA”, PODRÁ RESCINDIR EL PRESENTE CONTRATO CUANDO DE LOS RESULTADOS DE LA VERIFICACIÓN REALIZADA POR EL ÁREA SOLICITANTE SE DESPRENDA QUE LOS SERVICIOS NO CUMPLEN CON LAS CARACTERÍSTICAS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS SOLICITADAS Y/O “EL PROVEEDOR”, NO HAYA REALIZADO LA EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS SOLICITADOS EN TIEMPO Y FORMA.
EN CASO QUE EL SERVIDOR PÚBLICO DESIGNADO, DEJE DE PRESTAR SUS SERVICIOS A “LA ALCALDÍA”, FUNGIRÁ COMO RESPONSABLE DE ADMINISTRAR, SUPERVISAR Y VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DE ESTE CONTRATO Y SUS “ANEXOS”, QUIEN LO SUSTITUYA EN SU CARGO O ESTE FACULTADO PARA ELLO.
"LAS PARTES” CONVIENEN QUE, SÍ DE LA VERIFICACIÓN A QUE SE REFIERE EL PRIMER PÁRRAFO DE LA PRESENTE CLÁUSULA, A LA EJECUCIÓN DE “LOS SERVICIOS”, SE DESPRENDIERA QUE ESTOS NO CUMPLEN CON LAS CARACTERÍSTICAS SOLICITADAS, SE ENTENDERÁ QUE LOS MISMOS NO FUERON ENTREGADOS A “LA ALCALDÍA”, EL INCUMPLIMIENTO DE ESTA OBLIGACIÓN DE ACUERDO A LA CLAUSULA NOVENA DE ESTE CONTRATO QUEDARÁ SUJETO A LO ESTABLECIDO EN LAS CLÁUSULAS A DÉCIMA OCTAVA Y DÉCIMA NOVENA, DEL PRESENTE INSTRUMENTO JURÍDICO, SIN PREJUICIO DE ™ APLICAR LAS PENAS CONVENCIONALES QUE CORRESPONDAN DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO
EN LA CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA DEL PRESENTE INSTRUMENTO. EN CASO DE QUE EL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL DE ESTA ALCALDÍA, REQUIERA INFORMACIÓN RESPECTO A ESTE INSTRUMENTO JURÍDICO, TANTO LA ALCALDÍA COMO EL PROVEEDOR SEGÚN CORRESPONDA LA PETICIÓN SERÁ EL RESPONSABLE DE ATENDER LA SOLICITUD.
DÉCIMA PRIMERA. - DE LAS RESPONSABILIDADES: “EL PROVEEDOR” SERÁ EL ÚNICO RESPONSABLE DE LA UTILIZACIÓN DE LAS PATENTES, MARCAS, CERTIFICADOS DE INVENCIÓN Y TODO LO RELACIONADO CON LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL O INTELECTUAL DE LA EJECUCIÓN DE “LOS
■SERVICIOS” OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, DESLINDANDO DE TODA RESPONSABILIDAD POR SU USO A “LA ALCALDÍA”.
! <ff Milpa Alta
Avenida México esquina Constitución s/n, Alcaldía Milpa Alta, C.P. 12000, Ciudad de México Tel. 5862.3150 ext 1322
CIUDAD INNOVADORA
Y DE DERECHOS
6 de 15
G O B IE R N O DE LA
CIUDAD DE MÉXICO
o
ALCALDÍA MILPA ALTA
Dirección General de Administración
Dirección de Recursos Materiales, Abastecimientos y Servicios
ESPECIALIDADES SERITAM, X.X.XX C.V. DGA/DRMAS/AD/018/2022 R.F.C.: ESE101125A33.
“EL PROVEEDOR” LIBERA A “LA ALCALDÍA” DE CUALQUIER RESPONSABILIDAD LABORAL QUE AQUEL CONTRAIGA PARA DAR CUMPLIMIENTO AL OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, Y ACEPTA SER EL ÚNICO PATRÓN Y CONSECUENTEMENTE RESPONSABLE DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y DEMÁS ORDENAMIENTOS QUE EN MATERIA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, POR LO QUE RESPONDERÁ A TODAS LAS RECLAMACIONES QUE PRESENTEN SUS TRABAJADORES ANTE ÉL O ANTE “LA ALCALDÍA” POR MOTIVO DEL PRESENTE INSTRUMENTO JURÍDICO, RECONOCIENDO EN ESTE ACTO QUE NO EXISTE LA FIGURA DE PATRÓN SUSTITUTO POR PARTE DE “LA ALCALDÍA”.
DÉCIMA SEGUNDA. - VICIOS OCULTOS: “EL PROVEEDOR" SE OBLIGA A RESPONDER POR DEFECTOS O VICIOS OCULTOS DE “LOS SERVICIOS” OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2022, Y A PARTIR DE LA EJECUCIÓN Y POR CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE INCURRA, PLAZO EN EL QUE DEBERÁ REALIZAR LA REPOSICIÓN O SUSTITUCIÓN DE “LOS SERVICIOS”.
DÉCIMA TERCERA. - DE LA PRÓRROGA: “LA ALCALDÍA” PODRÁ OTORGAR PRÓRROGA AL TIEMPO DE EJECUCIÓN DE “LOS SERVICIOS”, DE ACUERDO CON LO SIGUIENTE:
A) POR UNA SOLA VEZ EN CADA CASO.
B) QUE “EL PROVEEDOR” LO 'SOLICITE POR ESCRITO CON ANTICIPACIÓN A LA FECHA LÍMITE DE LA EJECUCIÓN DE “LOS SERVICIOS".
C) QUE “EL PROVEEDOR” PRESENTE JUSTIFICACIÓN AMPLIA, DETALLADA E INFORME LAS CAUSAS EXCEPCIONALES QUE MOTIVAN LA SOLICITUD.
DÉCIMA CUARTA- DE LA GARANTÍA: “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A CONSTITUIR EN LA FORMA Y LOS TÉRMINOS ESTABLECIDOS DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS, Y DEMÁS DISPOSICIONES JURÍDICAS RELATIVAS Y APLICABLES EN LA MATERIA, LAS GARANTÍAS A QUE HAYA LUGAR MEDIANTE: FIANZA, CHEQUE DE CAJA; CHEQUE CERTIFICADO; BILLETE DE DEPÓSITO Y LAS QUE DETERMINE LA SECRETARÍA A FAVOR DE: GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO/SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, CON EL OBJETO DE GARANTIZAR A “LA ALCALDÍA” EL EXACTO CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIONES QUE “EL PROVEEDOR”, CONTRAE EN VIRTUD DEL PRESENTE CONTRATO.
EL IMPORTE DE LA GARANTÍA SERÁ POR EL EQUIVALENTE AL 10% (DIEZ POR CIENTO) DEL MONTO TOTAL
SEÑALADO DEL PRESENTE CONTRATO, SIN INCLUIR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, DICHA FIANZA FORMA PARTE INTEGRAL DE ESTE CONTRATO.
EN CASO DE PRESENTAR PÓLIZA DE FIANZA, ÉSTA DEBERÁ CONTENER LAS SIGUIENTES v DECLARACIONES EXPRESAS DE LA AFIANZADORA QUE LA OTORGUE:
A) EL SEÑALAMIENTO DEL NOMBRE, DENOMINACIÓN O « n n a i nP «x x x x x vp p n n p ”
B) QUE LA FIANZA SE OTORGA EN LOS TÉRMINOS DÉ E¡
Avenida México esquina Constitución s/n, Alcaidía Milpa Alta, C.P. 12000, Ciudad de México Tel. 5862.3150 ext. 1322
7 de 15
G O B IE R N O DE LA
CIUDAD DE MÉXICO
ESPECIALIDADES SERITAM, X.X.XX C.V. R.F.C.: ESE101125A33.
ALCALDÍA MILPA ALTA
Dirección General de Administración
Dirección de Recursos Materiales, Abastecimientos y Servicios
'*■; ' o r Í 9 9 p/A'rS'o
\ _ t" . j y t o i p io y x
DGA/DRMAS/AD/018/2022
C) REFERENCIA DE QUE LA FIANZA GARANTIZA EL CUMPLIMIENTO DE TODAS LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES.
D) LA INDICACIÓN DEL IMPORTE TOTAL GARANTIZADO CON NÚMERO Y LETRA.
E) QUE EN CASO DE QUE SEA PRORROGADO EL PLAZO ESTIPULADO PARA LA TERMINACIÓN DEL OBJETO A QUE SE REFIERE LA FIANZA O ELISTA ESPERA, SU VIGENCIA QUEDARÁ AUTOMÁTICAMENTE PRORROGADA EN CONCORDANCIA CON DICHA PRÓRROGA O ESPERA.
F) QUE PARA SER LIBERADA LA FIANZA SERÁ REQUISITO INDISPENSABLE EL MANIFIESTO POR ESCRITO DE "LA ALCALDÍA”.
G) LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA SE SOMETE EXPRESAMENTE AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN ESTABLECIDOS EN LOS ARTÍCULOS 279 Y 280 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, VIGENTE. LA FIANZA SE CANCELARÁ CUANDO “EL PROVEEDOR” HAYA CUMPLIDO CON TODAS LAS OBLIGACIONES QUE DERIVEN DEL CONTRATO.
DÉCIMA QUINTA- DE LA CESIÓN DE DERECHOS: “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A NO CEDER, TRASPASAR O SUBCONTRATAR LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADOS DEL PRESENTE CONTRATO Y EN CASO DE HACERLO SERÁ CONSIDERADO CAUSA DE RESCISIÓN.
DÉCIMA SEXTA- DE LAS PENAS: “LAS PARTES” ESTABLECEN COMO PENA CONVENCIONAL POR RETRASO EN LA EJECUCIÓN DE “LOS SERVICIOS”, EL IMPORTE EQUIVALENTE AL 1% (UNO POR CIENTO) POR CADA DÍA HABÍL DE RETRASO DEL VALOR DEL BIEN PENDIENTE DE ENTREGAR, DURANTE EL TIEMPO QUE TRANSCURRA SIN REBASAR EL 10% DEL IMPORTE TOTAL DEL CONTRATO SIN INCLUIR IVA, DICHA PENA SE HARÁ EFECTIVA SANCIONANDO LA (S) FACTURA (S) CORRESPONDIENTE (S), DE CONFORMIDAD EN EL ARTÍCULO 69 DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL.
SI SE IGUALA O SUPERA LA APLICACIÓN DEL PORCENTAJE SEÑALADO COMO PENA CONVENCIONAL “LA ALCALDÍA”, PODRÁ RESCINDIR EL CONTRATO SIN NINGUNA RESPONSABILIDAD PARA LA MISMA, DE CONFORMIDAD EN EL ARTÍCULO 69 DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL
DÉCIMA SEPTIMA. - LA FALTA DE OBSERVANCIA Y CUMPLIMIENTO DEL CONTENIDO DEL PRESENTE CONTRATO POR PARTE DE “EL PROVEEDOR” FACULTA EXPRESAMENTE A “LA ALCALDÍA" PARA DARLO POR RESCINDIDO Y APLICAR LAS PENAS CONVENCIONALES A QUE POR INCUMPLIMIENTO SE HAGA ACREEDOR “EL PROVEEDOR”.
DÉCIMA OCTAVA- DE LA RESCISIÓN: “LAS PARTES” ACEPTAN QUE SI “LA ALCALDÍA", CONSIDERA QUE “EL PROVEEDOR” HA INCURRIDO EN ALGUNA DE LAS CAUSAS DE RESCISIÓN QUE SE CONSIGNAN EN ESTE DOCUMENTO, PODRÁ DECRETAR LA RESCISIÓN DEL MISMO QUE OPERARÁ DE PLENO DERECHO Y
t SIN RESPONSABILIDAD PARA "LA ALCALDÍA”.
~^LA ALCALDÍA”, RESCINDIRÁ EL CONTRATO POR CUALQUIERA DE LAS CAUSAS QUE A CONTINUACIÓN SÉ SEÑALAN:
, , l)l.LOK,4
¿i <\ ff MilIpa A 2l0 2t1 -a2 024
Avenida México esquina Constitución s/n, Alcaldía Milpa Alta, C.P. 12000, Ciudad de México Te!. 5862.3150 ext 1322
, CIUDAD INNOVADORA
' Y DE DERECHOS
8 de 15
I H G OSB1I EFR N O DE LA
f l CIUIUDDAADD DE MÉXICO
O
ALCALDÍA MILPA ALTA
Dirección General de Administración
Dirección de Recursos Materiales, Abastecimientos y Servicios
ESPECIALIDADES SERITAM, X.X.XX C.V. DGA/DRMAS/AD/018/2022 R.F.C.: ESE101125A33.
1. SI “EL PROVEEDOR" NO CUMPLE CON LA EJECUCIÓN DE “LOS SERVICIOS” DENTRO DEL PLAZO SEÑALADO EN LA CLÁUSULA NOVENA DEL PRESENTE CONTRATO.
2. SI “EL PROVEEDOR” NO CUMPLE CON LA CANTIDAD ESTABLECIDA EN LOS “ANEXOS”, ASÍ COMO CON LA CALIDAD, CARACTERÍSTICAS Y ESPECIFICACIONES CONSIGNADAS EN EL ANEXO MENCIONADO.
3. SI “EL PROVEEDOR” ES DECLARADO EN CONCURSO MERCANTIL.
4. SI “EL PROVEEDOR” SUBCONTRATA CEDE O TRASPASA EN FORMA TOTAL O PARCIAL LOS DERECHOS DERIVADOS DEL PRESENTE CONTRATO.
5. EN GENERAL POR CUALQUIER OTRA CAUSA IMPUTABLE A “EL PROVEEDOR” QUE LESIONE LOS INTERESES DE “LA ALCALDÍA”.
DÉCIMA NOVENA. - TERMINACIÓN ANTICIPADA: “LAS PARTES” CONVIENEN QUE LA TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL PRESENTE CONTRATO, LA SUSPENSIÓN TEMPORAL O DEFINITIVA DEL MISMO, YA SEA DE COMÚN ACUERDO O POR CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR, SERÁ SIN RESPONSABILIDAD ALGUNA PARA “LA ALCALDÍA”.
VIGÉSIMA - “EL PROVEEDOR” SEÑALA QUE "NO” OTORGA SU CONSENTIMIENTO PARA QUE SE PROPORCIONE AL PÚBLICO INFORMACIÓN DENOMINADA, DATOS PERSONALES PREVISTOS EN LA LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE SUJETOS OBLIGADOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO O CUALQUIER OTRO DATO QUE VULNERE O GENERE RIESGO A SUS GARANTÍAS CONSTITUCIONALES.
VIGÉSIMA PRIMERA. - EROGACIONES DEL PROVEEDOR. TODAS LAS EROGACIONES Y GASTOS DIRECTOS E INDIRECTOS QUE PARA EL CUMPLIMIENTO DEL OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO REALICE “EL PROVEEDOR”, POR CONCEPTO DE PAGOS A SU PERSONAL, TRANSPORTACIÓN, ADQUISICIÓN DE EQUIPO Y UTENSILIOS DE TRABAJO, AMORTIZACIONES, MANTENIMIENTOS, VIÁTICOS, UNIFORMES, DE TRABAJO DE SU PERSONAL, PRIMAS DE SEGUROS, IMPUESTOS Y CUALQUIER OTRO CONCEPTO, SERÁN EXCLUSIVAMENTE A SU CARGO, CUENTA Y RIESGO, POR LO QUE NO PODRÁN SER REPERCUTIDOS A “LA ALCALDÍA”, DICHAS EROGACIONES SON ENUNCIATIVAS Y NO LIMITATIVAS.
VIGÉSIMA SEGUNDA. - LEGISLACIÓN APLICABLE “LAS PARTES” SE OBLIGAN A SUJETARSE ESTRICTAMENTE AL OBJETO DE ESTE CONTRATO A TODAS Y CADA UNA DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS QUE LO INTEGRAN Y A SUS “ANEXOS”, ASÍ COMO A LOS LINEAMIENTOS, PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS QUE ESTABLECE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL Y SU ' REGLAMENTO, LA LEY ORGÁNICA DE ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y LAS DEMÁS DISPOSICIONES VIGENTES QUE LE SEAN APLICABLES.
9 de 15
G O B IE R N O DE LA
CIUDAD DE MÉXICO
ESPECIALIDADES SERITAM, X.X.XX C.V. R.F.C.: ESE101125A33.
ALCALDÍA MILPA ALTA
Dirección General de Administración
Dirección de Recursos Materiales, Abastecimientos y Servicios
DGA/DRMAS/A D/018/2022
VIGÉSIMA TERCERA. NOTIFICACIONES. “LAS PARTES”, CONVIENEN EN QUE TODAS LAS NOTIFICACIONES QUE DEBAN O DESEEN REALIZARSE EN RELACIÓN CON EL PRESENTE CONTRATO, DEBERÁN HACERSE POR ESCRITO MEDIANTE ENTREGA DIRECTA CON ACUSE DE RECIBO, CORREO ELECTRÓNICO O VÍA CORREO CERTIFICADO CON ACUSE DE RECIBO PORTE PAGADO, DIRIGIDAS A LOS DOMICILIOS CONVENCIONALES INDICADOS EN LAS DECLARACIONES DEL PRESENTE CONTRATO O CORREO ELECTRÓNICO QUE AL EFECTO SE NOTIFIQUEN POR ESCRITO.' LAS NOTIFICACIONES SE CONSIDERARÁN ENTREGADAS EN LA FECHA QUE APARECE EN EL ACUSE DE RECIBO DE CONFIRMACIÓN DE ENTREGA DEL CORREO O EN LA CONFIRMACIÓN DE ENTREGA DE MENSAJERÍA, O CORREO ELECTRÓNICO.
VIGÉSIMA CUARTA. -CONFIDENCIALIDAD. “LAS PARTES”, SE OBLIGAN A MANTENER ESTRICTA CONFIDENCIALIDAD Y A NO DIVULGAR LA INFORMACIÓN CONTENIDA EN EL PRESENTE CONTRATO Y SUS “ANEXOS”, ASÍ COMO DE LA QUE TENGAN CONOCIMIENTO POR EL CUMPLIMIENTO DEL OBJETO DEL MISMO, RESPETANDO LOS DERECHOS QUE SOBRE LA INFORMACIÓN TIENE “LA ALCALDÍA” Y SE RESPONSABILIZAN, EN SU CASO DEL MAL USO NO AUTORIZADO QUE DE ELLA SE HAGA.
VIGÉSIMA QUINTA. - RECONOCIMIENTO CONTRACTUAL EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN REFERIDO EN LA DECLARACIÓN I.6 DEL PRESENTE CONTRATO Y SUS “ANEXOS” SON LOS DOCUMENTOS QUE ESTABLECEN LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES ENTRE LAS PARTES EN RELACIÓN CON EL OBJETO EL MISMO.
“LAS PARTES” MANIFIESTAN QUE EN LA CELEBRACIÓN DEL PRESENTE CONTRATO NO HA HABIDO VICIO DEL CONSENTIMIENTO.
VIGÉSIMA SEXTA.- "LAS PARTES” MANIFIESTAN QUE ESTE CONTRATO ADMINISTRATIVO ES PRODUCTO DE LA BUENA FE, POR LO QUE PARA SU INTERPRETACIÓN Y CUMPLIMIENTO ESTÁN DE ACUERDO CON RESOLVER CUALQUIER POSIBLE CONTROVERSIA EN AMIGABLE COMPOSICIÓN, DEJANDO CONSTANCIA POR ESCRITO Y SOLÓ EN CASO DE NO LLEGAR A UN ACUERDO, ESTÁN CONFORMES EN SOMETERSE EN ESTRICTO APEGO A LOS TRIBUNALES COMPETENTES EN LA CIUDAD DE MÉXICO, RENUNCIANDO A CUALQUIER FUERO QUE POR RAZÓN DE SUS DOMICILIOS U OTRA CIRCUNSTANCIA PUDIERA CORRESPONDERLES EN EL FUTURO.
EL PRESENTE INSTRUMENTO SE FORMALIZÓ EL 17 XX XXXX DE 2022, LAS PARTES SE MANIFIESTAN DE ENTERADAS DEL CONTENIDO, EFECTOS Y FUERZA LEGAL DEL PRESENTE CONTRATO, LO RUBRICAN Y LO FIRMAN AL CALCE EN CINCO TANTOS DE CONFORMIDAD.
í <f§ Milpa Alta
venida México esquina Constitución s/n,
caldía Milpa Alta, C.P. 12000, Ciudad de México íl. 5862.3150 ext. 1322
CIUDAD INNOVADORA
Y DE DERECHOS
G O B IE R N O DE LA CIUDAD DE MÉXICO
ESPECIALIDADES SERITAM, X.X.XX C.V. R.F.C.: ESE101125A33.
ALCALDÍA MILPA ALTA
Dirección General de Administración
Dirección de Recursos Materiales, Abastecimientos y Servicios
DGA/DRMAS/AD/018/2022
POR “LA ALCALDÍA”
5 m XXXXX XXxXXX-XXXXX. DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN.
LIC. XXXX XXXXXX X^JORIO. DIRECTOR GENERAL DE GOBIERNO Y
ASUNTOS JURÍDICOS.
PO R“EL PROVEEDOR”
¿UL
C. XXXXXX EÚZETH XXXXX XXXXXXXX. ADMINISTRADOR ÚNICO.
|c|J Milpa Alta
Avenida México esquina Constitución s/n, Alcaldía Milpa Alta, C.P. 12000, Ciudac^de México Teí. 5862.3150 ext. 1322
CIUDAD INNOVADORA
Y DE DERECHOS
11 de 15
G O B IE R N O DE LA
CIUDAD DE MÉXICO
ALCALDÍA MILPA ALTA
Dirección General de Administración
Dirección de Recursos Materiales, Abastecimientos y Servicios
J l f l o dr J V TC3t
ESPECIALIDADES SERITAM, X.X.XX C.V. DGA/DRMAS/AD/018/2022 R.F.C.: ESE101125A33.
ANEXO “A” DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS.
No. S.S. | P.P. | PART. | DESCRIPCIÓN | CANT. | U.M. | MARCA | PRECIO UNITARIO | TOTAL |
103 | 3591 | 1 | SERVICIO DE FUMIGACIÓN LA CUAL CO N SID E R A LA FU M IG A C IÓ N DE CUCARACHAS, HO RM IG AS, ALACRANES, ARAÑAS, CH IN C H E S O CUALQ UIER O TR O Q UE SEA UNA PLAGA LA DESRATIZAClO N. C O N SIS TIR Á EN LA CO LOCACIÓ N DE CEBOS Y CO NTRO L DE FAUNA NO CIVA SE ANEXA PADRON DE INM UEBLES, (M AYO - DICIEM BRE). DE A C U E R D O A LAS NEC ESID A D ES DEL ÁREA. | 8 | SE R VIC IO M E N S U A L | NO APLICA | $ ■ 79 ,741 .37 | $ 637 ,930 .96 |
SUBTOTAL | $ 6 3 7 , 9 3 0 . 9 6 | |||||||
MONTO TOTAL EN LETRA ÍS F T F O I F N T D S T R F IN T A Y N I I F V F M il N O V F O IF N T O S N O V F N T A Y N U E V E P F S O S 9 1 / 1 0 0 M . N . l | I.V.A. 1 6 % | $ 1 0 2 , 0 6 8 . 9 5 | ||||||
TOTAL | $ 7 3 9 , 9 9 9 . 9 1 |
LA FALTA U OMISIÓN DE ALGUNA RUBRICA POR PARTE DE LOS PARTICIPANTES DEL PRESENTE INSTRUMENTO JURÍDICO, NO RESTA VALIDEZ DEL CONTENIDO NI EFECTO LEGAL DEL MISMO.
FMF/FJJC/EME/anb*
¿ I 202 1 - 2 0 2 4
í <ff Milpa Alta
Avenida México esquina Constitución s/n, Alcaldía Milpa Alta, C.P. 12000, Ciudad de México Tel. 5862.3150 ext. 1322
' K -
CIUDAD INNOVADORA
Y DE DERECHOS
12 de 15
G O B IE R N O DE LA
CIUDAD DE MÉXICO
ALCALDÍA MILPA ALTA
Dirección General de Administración
Dirección de Recursos Materiales, Abastecimientos y Servicios
,cnrdo
r e s
ESPECIALIDADES SERITAM, X.X.XX C.V. DGA/DRMAS/AD/018/2022 R.F.C.: ESE101125A33.
PADRÓN DE INMUEBLES PARA FUMIGACIÓN.
NOMBRE DEL INMUEBLE V IH A MILPA ALTA OFICINAS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA. CO M U N IC AC IÓ N SOCIAL Y JUEZ CÍVICO-
OFICINAS MINISTERIO MIL-l ,
CASO NA XXXXX XXXXXX. OFICINA DE DERECHOS HUMANOS. MONITOREO E INSEN. BIBLIOTECA PUBLICA. MUSEO REGIONAL ALTEPEPIALCALLL
J.U.D. DE SALUD, ZIHUALTEQUITE SAN XXXXXXX EL ALTO OFICINAS DE MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS ALM ACEN GENERAL. _ TALLER M ECAN IC O. _ CENTRO DE AC O P IO , ¡OFICINAS Y CO CINA) M ERCADO XXXXXX XXXXXX N o 40
ANTOJITOS N o 394 TIANGUIS N o 395 C IA M , OFICINAS XX XXXXXXX. OFICINAS DE LA DIRECCION GENERAL DE ECOLOGÍA. TELEGRAFOS FORO CULTURAL CALM ECAC, OFICINAS DE ALUMBRADO PUBLICO. ISSSTE UMF MILPA ALTA
CENTRO SOCIAL Y CULTURAL (EX LAVADERO BO, LA XXXXXXXX) HOSPITA GENERAL MILPA ALTA IMAGEN URBANA, BALIZAMIENTO Y NOMENCLATURA. OBRAS VIALES
SAN XXXXXXXXX XÍCOMULCO
M ERCADO PÚBLICO N o 408. BIBLIOTECA.
NUEVA COO RDINAC IO N, CENTRO DESALUD CENTRO SOCIAL,
BODEGA DE LIMPIA, GIMNASIO XICOMULCO CASA DE CULTURA.
SAN XXXXXXXX XXXXXXXXXX
BIBLIOTECA, CENTRO DE SALUD C O O R D IN AC IÓ N , ~~
UNIDAD DEPORTIVA Y GIMNASIO CUAUHTENCO UNIDAD DEPORTIVA Y GIMNASIO XXXXXXXXX
BODEGA DE LIMPIAS _ SANPABLO OZTOTEPEC | _ |
|
M ERCADO N o 323, .................. | / | |
BIBLIOTECA MOTOLINEA. | / |
Milpa Alta
Avenida México esquina Constitución s/n, Alcaldía Milpa Alta, C.P. 12000, Ciudad de México Tel. 5862.3150 ext 1322.
CIUDAD INNOVADORA
A Y DE DERECHOS
U l^ U t 13 de 15
G O B IE R N O DE LA ALCALDÍA MILPA ALTA
CIUDAD DE MÉXICO Dirección General de Administración
Dirección de Recursos Materiales, Abastecimientos y Servicios
I
ESPECIALIDADES SERITAM, X.X.XX C.V. DGA/DRMAS/AD/018/2022 R.F.C.: ESE101125A33.
NOMBRE DEL INMUEBLE
COORDINACIÓN. CENTRO DE SALUD CUARTEL ZAPATISTA.
MODULO Y DEPORTIVO OZTOTÉPEC
BIBLIOTECA (O ztotitlg) QUINTA AXAYOPAN. BODEGA DE LIMPIA. SAN XXXXX XXXXXXX
CO O RDINACIO N Y PLAZA CIVICA CENTRO DESALUD
BIBLIOTECA TLAHUILOTL.
CASA DE CULTURA.
CENTRO CULTURAL DE ALTO RENDIMIENTO M O M O X C O BODEGA DE LIMPIA.
SAN XXXXXXX XXXXXXXXXX
COORDINACION Y PLAZA CIVICA. GIMNASIO TLACOYUCAN
CASA DE LA CULTURA TLACOYUCAN Y AUDITORIO. CENTRO SOCIAL.
CENTRO DESALUD BIBLIOTECA.
SANTA XXX XXXXXXXXXX
XXXXXXX XXXXXXXXX X. XXXXXX No 382. BIBLIOTECA CUAUCOYOTECATL. COORDINACIÓN.
CENTRO DESALUD
G IM N AC IO TLACOTENCO JUEGOS RECREATIVOS. SAN XXXXXXX XXXXXXX
CO O RDINACIO N Y PLAZA CIVICA. BIBLIOTECA.
MODULO DEPORTIVO Y SANITARIOS. SAN XXXX XXXXXXXXXX CO O RDINACIO N Y PLAZA CIVICA. CENTRO DE SALUD.
CAMPAMENTO DE AG UA POTABLE Y DRENAJE. PLOMERIA, ROTULOS Y HERRERIA. MODULO DEPORTIVO.
SAN XXXXXXXX MIACATLÁN
BIBLIOTECA.
CO O RDINACIO N Y PLAZA CIVICA. CENTRO DESALUD
FORO CULTURAL.
*N XXXXXXXXX XXXXXXX
k
BIBLIOTECA CENTRO DESALUD.
COORDINACION Y CENTRO SOCIAL. ALBERCA DE LA ALCALDIA
ü)
Milpa Alta
Avenida México esquina Constitución s/n, Alcaldía Milpa Alta, C.P. 12000, Ciudad de México Tel. 5862.3150 ext. 1322
CIUDAD INNOVADORA
Y DE DERECHOS
14 de 15
G O B IE R N O DE LA CIUDAD DE MÉXICO
ESPECIALIDADES SERITAM, X.X.XX C.V. R.F.C.: ESE101125A33.
ALCALDÍA MILPA ALTA
Dirección General de Administración
Dirección de Recursos Materiales, Abastecimientos y Servicios
DGA/DRMAS/AD/018/2022
i M Milpa Alta
\ \ ! = * | 2021 ■2024
Avenida México esquina Constitución s/n, Alcaldía Milpa Alta, C.P. 12000, Ciudad de México Tet. 5862.3150 e xt 1322
Vt