ENTRE:
ENTRE:
De una parte, la SUPERINTENDENCIA DE ELECTRICIDAD (SIE), organismo Descentralizado del Estado Dominicano, con personalidad jurídica de derecho público, patrimonio propio y capacidad para adquirir, ejercer derechos y contraer obligaciones, conforme a las disposiciones de la Ley General de Electricidad No. 125-01 de fecha 26 de julio 2001, modificada por la Ley No. 186-07 de fecha 6 xx xxxxxx de 2007; titular del Registro Nacional de Contribuyente (RNC) no. 401513064, con su domicilio y asiento social situado en Av. Xxxx X. Xxxxxxx No. 3, esquina Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx Hondo, de esta ciudad de Xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxx, Distrito Nacional, República Dominicana, entidad debidamente representada por el Superintendente de Electricidad y Presidente del Consejo, señor XXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX, de nacionalidad dominicana, mayor de edad, portador de Cédula de Identidad y Electoral núm. 000-0000000-0, domiciliado y residente en esta ciudad de Xxxxx Xxxxxxx, Distrito Nacional, entidad que en lo adelante y para los fines del presente contrato se denominará por su propio nombre o la SIE.
De la otra parte, la sociedad comercial LOGICONE, S.R.L., empresa de responsabilidad limitada, organizada y existente de conformidad con las leyes de la República Dominicana, portadora del registro nacional de contribuyentes número 1-30-36658-6, con domicilio social ubicado en la Ave. Xxxx xx Xxxx #30, edif. Plaza Intercaribe, suite 602-D, Ensanche Naco de la ciudad de Xxxxx Xxxxxxx, Distrito Nacional, debidamente representada por su director, señor XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 000-0000000-0, domiciliado y residente en esta ciudad; sociedad que en lo sucesivo podrá ser designada como EL PROVEEDOR, o por su nombre completo.
Para referirse a ambos, se les denominará LAS PARTES.
PREÁMBULO
POR CUANTO (1): Son prerrogativas de LA SUPERINTENDENCIA, designar y contratar bienes y servicios, mediante contrato por un tiempo determinado, fijarle remuneración, asignarle funciones, y poner término a sus servicios cuando lo estime pertinente sin contraer ningún tipo de responsabilidad, sea esta de naturaleza civil o laboral;
POR CUANTO: La Ley No. 340-06, de fecha dieciocho (18) xx xxxxxx del dos mil seis (2006), sobre Compras y Contrataciones Públicas de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, y su posterior modificación contenida en la Ley No. 449-06, de fecha seis (6) de diciembre del dos mil seis (2006), establece entre los Procedimientos de Selección la Licitación Pública.
POR CUANTO: A que la referida Ley, en su Artículo 16, numeral 1, establece además que: “Licitación Pública: Es el procedimiento administrativo mediante el cual las entidades del Estado realizan un llamado público y abierto, convocando a los interesados para que formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará la más conveniente conforme a los pliegos de condiciones correspondientes. Las licitaciones públicas podrán ser internacionales o nacionales”.
POR CUANTO (4): Que la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL para la “ADQUISICIÓN DE EQUIPOS TECNOLÓGICOS Y PERIFÉRICOS PARA USO DE LA SUPERINTENDENCIA DE
ELECTRICIDAD Y EL PROYECTO MEJORA DE PROTECOM”; procedimiento que fue realizado bajo la denominación No. SIE-CCC-LPN-2022-0001; fue celebrado de conformidad con las disposiciones del artículo 16 numeral 1 de la Ley No. 340-06, sobre Compras y Contrataciones Públicas de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, de fecha dieciocho (18) xx xxxxxx de dos mil seis (2006) y su modificatoria contenida en la Ley No. 449-06, de fecha seis (6) de diciembre de dos mil seis (2006);
POR CUANTO (5): El Artículo 17 de la referida Ley, establece la tabla contentiva de los factores mediante la cual se determina los umbrales topes que sirven de base para la selección del Procedimiento a aplicar en un proceso de LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL;
POR CUANTO (6): A que la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP), mediante Resolución No. PNP-01-2022, de fecha tres (3) del mes de enero del año dos mil veintidós (2022), fijó los valores de los umbrales aplicables al año dos mil veintidós (2022), que determinan los Procedimientos de Selección a utilizar;
POR CUANTO (7): A que la referida Resolución establece que superado el monto de CINCO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS
DOMINICANOS CON 99/100 (RD$5,252,565.99) la compra de bienes o contratación de servicios deberá realizarse mediante LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL;
POR CUANTO (8): En fecha cuatro (4) del mes xx xxxxx del año dos mil veintidós (2022), mediante Acta No. 17/2022, el Comité de Compras y Contrataciones de la Superintendencia de Electricidad (CCC-SIE) aprobó el proceso de LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL para la “ADQUISICIÓN DE EQUIPOS TECNOLÓGICOS Y PERIFÉRICOS PARA USO DE LA SUPERINTENDENCIA DE ELECTRICIDAD Y EL PROYECTO MEJORA DE PROTECOM”;
procedimiento que fue realizado bajo la denominación No. CCC-LPN-2022-0001;
POR CUANTO (9): Que los días diez (10) y once (11) del mes xx xxxxx del año dos mil veintidós (2022), LA SUPERINTENDENCIA convocó un procedimiento de LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL bajo el No. SIE-CCC-LPN-2022-0001, para la “ADQUISICIÓN DE EQUIPOS TECNOLÓGICOS Y PERIFÉRICOS PARA USO DE LA SUPERINTENDENCIA DE ELECTRICIDAD Y EL PROYECTO MEJORA DE PROTECOM”;
POR CUANTO (10): El procedimiento fue realizado en dos etapas con precalificación: Etapa Técnica con Credenciales y Etapa Económica;
POR CUANTO (11): Se garantizó por todos los medios posibles los principios de transparencia, mayor participación de Oferentes e igualdad de condiciones, sin perjuicio de los demás principios establecidos en la normativa;
POR CUANTO (12): Los Oferentes fueron evaluados dando cumplimiento irrestricto a los criterios de evaluación establecidos en el Pliego de Condiciones Específicas;
POR CUANTO (13): Que en fecha veintiséis (26) del mes xx xxxxx del año dos mil veintidós (2022), se procedió a la recepción de las Ofertas Técnicas “Sobre A” y Económicas “Sobre B”, y a la apertura de los Sobres “A”, contentivos de las Propuestas Técnicas de los Oferentes participantes en el proceso LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL, en presencia del Comité de Compras y Contrataciones de LA SUPERINTENDENCIA y por la Dra. Xxxxxxxx Xxxxxx; en donde participaron los oferentes.
POR CUANTO (14): Las Propuestas Técnicas, “Sobres A”, fueron evaluadas por los peritos designados bajo los criterios “CUMPLE/ NO CUMPLE”, de conformidad con lo establecido en el numeral 3.4, xxx Xxxxxx de Condiciones Específicas del procedimiento de referencia;
POR CUANTO (15): Mediante Acta No. 37/2022, de fecha trece (13) del mes xx xxxx del año dos mil veintidós (2022), el Comité de Compras y Contrataciones de la SIE, procedió a habilitar a LOGICONE, S.R.L., para la apertura y lectura de su Oferta Económica “Sobre B”, conforme a los resultados de la evaluación de sus Ofertas Técnicas “Sobres A”;
POR CUANTO (16): Que el día trece (13) del mes xx xxxx del año dos mil veintidós (2022), se procedió a notificar a los Oferentes que resultaron habilitados para la apertura y lectura de las Propuestas Económicas “Sobres B”;
POR CUANTO (17): Que en fecha dieciséis (16) del mes xx xxxx del año dos mil veintidós (2022), se procedió a la apertura y lectura del “Sobre B”, contentivo de la Propuesta Económica del Oferente que superó la primera etapa del proceso, en presencia del Comité de Compras y Contrataciones de LA SUPERINTENDENCIA, el Gerente de Compras y xxx Xxxxxxx Público actuante;
POR CUANTO (18): Que después de un estudio pormenorizado de las Propuestas presentadas, el Comité de Compras y Contrataciones de LA SUPERINTENDENCIA, mediante Acta No. 39/2022, de fecha veinticuatro (24) del mes xx xxxx del año dos mil veintidós (2022), i) adjudicó a EL PROVEEDOR LOGICONE, S.R.L., por el monto total de su oferta de UN MILLÓN TREINTA Y SEIS MIL NOVENTA Y SEIS PESOS DOMINICANOS CON 87/100 (RD$1,036,096.87),
conforme a la descripción y cantidades indicadas en el Pliego de Condiciones Específicas del Procedimiento de LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL para la “ADQUISICIÓN DE EQUIPOS TECNOLÓGICOS Y PERIFÉRICOS PARA USO DE LA SUPERINTENDENCIA DE ELECTRICIDAD Y EL PROYECTO MEJORA DE PROTECOM”; de referencia No. SIE-CCC-LPN-2022-0001;
POR CUANTO (19): A que en fecha veintiséis (26) xx xxxx del año dos mil veintidós (2022), el Comité de Compras y Contrataciones procedió con la notificación de los resultados finales del Procedimiento por LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL para la “ADQUISICIÓN DE EQUIPOS TECNOLÓGICOS Y PERIFÉRICOS PARA USO DE LA SUPERINTENDENCIA DE ELECTRICIDAD Y EL PROYECTO MEJORA DE PROTECOM”; de referencia No. SIE-CCC-LPN-2022-0001, a los
oferentes adjudicatarios y participantes;
POR CUANTO (20): En fecha treinta (30) del mes xx xxxx del año dos mil veintidós (2022), EL PROVEEDOR constituyó la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, correspondiente al uno
(1%) del monto total adjudicado, en cumplimiento a la disposición del Artículo 112 literal d, del Reglamento de Aplicación de la Ley, emitido mediante el Decreto 543-12, de fecha seis (06) de Septiembre del dos mil doce (2012).
POR LO TANTO, y en el entendido de que el anterior preámbulo forma parte integral del presente Contrato,
LAS PARTES HAN CONVENIDO Y PACTADO LO SIGUIENTE: ARTÍCULO 1: DEFINICIONES E INTERPRETACIONES.
Siempre que en el presente Contrato se empleen los siguientes términos, se entenderá que significan lo que expresa a continuación:
Contrato: El presente documento.
Máxima Autoridad Ejecutiva: El titular o representante legal de la Superintendencia de Electricidad.
Licitación Pública: Es el procedimiento administrativo mediante el cual las entidades del Estado realizan un llamado público y abierto, convocando a los interesados para que formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará la más conveniente conforme a los pliegos de condiciones correspondientes. Las licitaciones públicas podrán ser internacionales o nacionales.
Monto del Contrato: El importe señalado en el Contrato.
Oferente/Proponente: Persona natural o jurídica que presenta credenciales a los fines de participar en un procedimiento de contratación.
Oferta Económica: Precio fijado por el Oferente en su Propuesta.
Oferta Técnica: Especificaciones de carácter técnico de los bienes a ser adquiridos.
Proveedor: Oferente/Proponente que, habiendo participado en el proceso de LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL, resulta adjudicatario del Contrato y suministra productos de acuerdo a las bases administrativas; para efectos del presente Contrato es LOGICONE, S.R.L.
Suministro: Las entregas correspondientes a los productos adjudicados.
ARTÍCULO 2: DOCUMENTOS CONSTITUYENTES DEL CONTRATO.
2.1 Los siguientes documentos forman parte integral e insustituible del presente contrato, y
EL PROVEEDOR reconoce cada uno de éstos como parte intrínseca del mismo:
a) El contrato propiamente dicho;
b) Pliego de Condiciones Específicas y anexos, correspondientes al proceso de LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. SIE-CCC-LPN-2022-0001;
c) Oferta Técnica y Económica propuesta por el Oferente;
d) Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.
ARTÍCULO 3: OBJETO.
3.1 EL PROVEEDOR, por medio del presente Contrato se compromete a la entrega de EQUIPOS TECNOLÓGICOS Y PERIFÉRICOS PARA USO DE LA SUPERINTENDENCIA DE ELECTRICIDAD Y EL PROYECTO MEJORA DE PROTECOM, bajo las condiciones que más adelante se indican:
RENGLON NO. 1
RENGLONNO.1 | ||
CANTIDAD | DESCRIPCIÓN | OBSERVACIONES |
15 | COMPUTADORTIPOLAPTOP PANTALLAHDDE15.6PULGADASCON CÁMARA PROCESADORGEN11INTELCOREI7CON4 NÚCLEOS, CACHEDE12M MEMORIARAM16GBDDR4 DISCODUROSSDMÍNIMODE256GB GRÁFICOSINTEGRADOSINTEL SISTEMAOPERATIVOWINDOWS10PRO WIFIINTEL802.11AXYBLUETOOTH - PUERTORJ45ETHERNET10/100/1000 | SERAN DESCALIFICADOS LOSSIGUIENTES EQUIPOS: - EQUIPOS RECERTIFICADOS - EQUIPOS ENFOCADOSPARA HOME |
- PUERTOSUSB | ||
- PUERTOAUDIOJACK | ||
- PUERTOHDMI | ||
DEBECUMPLIRCONLASSIGUIENTES REGULACIONES: - ENERGYSTAR | ||
GARANTÍADEUN(01)AÑOENPIEZASY SERVICIOS |
3.2 PLAN DE ENTREGA, los productos indicados, EL PROVEEDOR se compromete por medio del presente Contrato, a entregar a LA SUPERINTENDENCIA, la totalidad de los bienes dentro de un plazo no mayor de cuarenta y cinco (45) días, contados a partir de la firma del contrato; los bienes adjudicados serán recibidos en el almacén de la Superintendencia de Electricidad (SIE).
Los bienes que al momento de ser entregados por el oferente no cumplan con las especificaciones técnicas y observaciones establecidas en el pliego no serán recibidos por el departamento de Suministro y Almacén de la Superintendencia de Electricidad.
Ubicación de la entrega, Edificio Principal de la SUPERINTENDENCIA DE ELECTRICIDAD (SIE), AVE. XXXX X. XXXXXXX NO. 3.
ARTÍCULO 4: MONTO DEL CONTRATO. -
4.1 El precio total convenido de los productos indicados en el Artículo tres (3), del presente Contrato asciende al monto de UN MILLÓN TREINTA Y SEIS MIL NOVENTA Y SEIS PESOS DOMINICANOS CON 87/100 (RD$1,036,096.87).
4.2 La remuneración percibida por EL PROVEEDOR al amparo del presente artículo, constituye la única remuneración en relación al alcance de este contrato o a los servicios de EL PROVEEDOR, el cual no podrá exigir ningún pago adicional por ningún concepto en relación con las actividades amparadas por este contrato o en cumplimiento de sus obligaciones.
4.3 Queda convenido que EL PROVEEDOR no tendrá derecho a reclamar incrementos de precios durante el periodo de ejecución establecido en este Contrato, sin motivación seria, y condicionada a la aprobación del Supervisor y de LA SUPERINTENDENCIA.
4.4 La Supervisión del buen funcionamiento de los equipos contratado por EL PROVEEDOR, estará a cargo de la Dirección de Tecnología de LA SUPERINTENDENCIA, y esta representará a la entidad contratante, LA SUPERINTENDENCIA, y será intermediario entre esta y EL PROVEEDOR, y por su conducto se tramitarán todas las cuestiones relativas al desarrollo, así como de la ejecución del objeto del presente Contrato.
ARTÍCULO 5: CONDICIONES DE PAGO.
5.1 Los pagos serán realizados en Pesos Oro Dominicanos.
5.2 Los pagos del monto del contrato expresado en el artículo cuatro (4) se realizarán, según se indica a continuación:
5.3 La SUPERINTENDENCIA DE ELECTRICIDAD (SIE), ejecutara los pagos con cargo al Contrato certificado por la Contraloría General de la Republica Dominicana.
5.4 El pago será realizado a los treinta (30) días, a partir de que el Adjudicatario haya entregado los bienes y estos sean recibidos conforme.
5.5 El Adjudicatario deberá presentar Adjunto a la factura gubernamental, la Certificación de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), donde haga constar que está al día en el
pago de sus obligaciones fiscales y la Certificación de la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), donde haga constar que está al día en sus obligaciones (si aplica); de este modo se realizará el pago correspondiente.
5.6 EL PROVEEDOR no estará exento del pago de los impuestos que pudieren generarse en virtud del presente Contrato.
ARTÍCULO 6: VIGENCIA.
6.1 El presente contrato tendrá una duración de tres (3) meses, contados a partir de la firma del contrato por las partes, pudiendo ser renovado para períodos posteriores.
ARTÍCULO 7: DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES.
7.1OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR
7.1.1 EL PROVEEDOR se compromete a entregar los bienes requeridos, señalados el Artículo 3 del presente contrato.
7.1.2 EL PROVEEDOR garantiza que los bienes contratados serán con la calidad y características requeridas en los Términos de Referencia y contratadas en el presente contrato.
7.2OBLIGACIONES DE LA SUPERINTENDENCIA
7.2.1 LA SUPERINTENDENCIA debe producir una confirmación expresa donde se evidencie su conformidad o no con los equipos, dentro de las 48 horas de haber iniciado la entrega; hasta tanto no se produzca el descargo expreso y por escrito, no se considerará satisfactorio el equipo;
7.2.2 Suministrar oportunamente toda la información requerida para el normal desarrollo de las labores objeto del presente contrato.
7.2.3 Cancelar los valores pactados dentro de las fechas y plazos acordados.
7.2.4 Se compromete a facilitar el acceso a las instalaciones al personal del proveedor, que se encuentre debidamente autorizado e identificado.
ARTÍCULO 8.- NO RELACIÓN LABORAL.
8.1 LAS PARTES aceptan y reconocen que el presente Contrato no establece una relación de subordinación laboral entre ellas bajo el Código de Trabajo de la Republica Dominicana. EL PROVEEDOR acuerda, por este medio, liberar a LA SUPERINTENDENCIA de toda acción o demanda laboral que ella o su personal, sus empleados y / o representantes intentaren en su contra, derivada del cumplimiento y ejecución del presente Contrato.
ARTÍCULO 9: GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.
9.1EL PROVEEDOR garantiza el fiel cumplimiento del presente Contrato mediante la Póliza de Fianza No. 0-0000-00000, de fecha treinta (30) xx xxxx del dos mil veintidós (2022), emitida por Seguros APS, S.A.; a favor de LA SUPERINTENDENCIA, en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 112 literal d, del Reglamento de Aplicación aprobado mediante Decreto No. 543-12, por un valor xx XXXX MIL TRESCIENTOS SESENTA PESOS DOMINICANOS CON 97/100 CTVS (RD$10,360.97), equivalente al uno (1%) del monto adjudicado, por encontrarse dentro de la categoría de MIPYMES.
9.2 Dicha garantía responderá de los daños y perjuicios que se produzcan a LA SUPERINTENDENCIA en caso de incumplimiento, que determinará en todo caso la ejecución de la Garantía, independientemente del resto de acciones que legalmente proceden.
ARTÍCULO 10: EQUILIBRIO ECONÓMICO.
10.1 Si en fecha posterior a la entrada en vigencia del presente Contrato se producen cambios en las leyes nacionales, relativos y/o relacionados con la moneda nacional, que impliquen un desequilibrio económico en perjuicio del PROVEEDOR, las partes se reunirán para acordar si procede una compensación, la cual nunca debe ser mayor a la proporción correspondiente a las modificaciones que haya sufrido la legislación con relación a la devaluación de la moneda nacional.
ARTÍCULO 11: MODIFICACIONES DEL CONTRATO.
11.1 Cualquier modificación a los términos y condiciones del presente Contrato deberá hacerse por mutuo acuerdo entre LAS PARTES, por escrito, mediante enmiendas numeradas cronológicamente y la fecha de vigencia de cada una se contará a partir de la fecha de aprobación realizada por LA SUPERINTENDENCIA.
ARTÍCULO 12: RESCISIÓN DEL CONTRATO.
12.1 LA SUPERINTENDENCIA podrá rescindir el presente Contrato unilateralmente en el caso de falta grave de EL PROVEEDOR, siempre que la misma no sea originada por acontecimientos de Fuerza Mayor o Caso Fortuito.
Constituyen falta grave:
(i) El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a cargo de EL PROVEEDOR
establecidas en el Artículo 3, y en el Artículo 7, del presente Contrato.
(ii) El incumplimiento por parte de EL PROVEEDOR de cualquiera de las obligaciones relacionadas con los servicios de soporte y garantía de los bienes designados, cuya
responsabilidad recaiga directamente sobre, o dicho incumplimiento sea provocado parcial o totalmente por EL PROVEEDOR.
12.2 Ante la ocurrencia de un evento calificable como falta grave, LA SUPERINTENDENCIA pondrá en xxxx de subsanarlo a EL PROVEEDOR mediante comunicación escrita, notificada por cualquier medio comprobable. Una vez transcurrido el plazo otorgado para subsanar la falta grave, el cual no podrá ser inferior a cinco (5) días hábiles, sin que dicha falta haya sido efectivamente subsanada por EL PROVEEDOR, se considerará que existe un evento de incumplimiento por causa de falta grave, y LA SUPERINTENDENCIA podrá proceder conforme lo indicado en la sección 12.1 del presente Artículo.
ARTÍCULO 13: NULIDADES DEL CONTRATO.
13.1 La violación del régimen de prohibiciones establecido en el Artículo 14 de la Ley 340-06, sobre Compras y Contrataciones Públicas de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, de fecha dieciocho (18) xx xxxxxx del dos mil seis (2006), y su modificatoria, originará la nulidad absoluta del Contrato, sin perjuicio de otra acción que decida interponer LA SUPERINTENDENCIA.
13.2 La división del presente Contrato, con el fin de evadir las obligaciones de la Ley 340-06, y de las normas complementarias que se dicten en el marco del mismo, será causa de nulidad del mismo.
ARTÍCULO 14: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.
14.1 LAS PARTES se comprometen a realizar sus mejores esfuerzos para resolver en forma amigable los conflictos o desacuerdos que pudieren surgir con relación al desarrollo del presente contrato y su interpretación.
14.2 Todo litigio, controversia o reclamación resultante de este Contrato o relativo al mismo, su incumplimiento, su interpretación, su resolución o nulidad será sometido al Tribunal Contencioso, Tributario, Administrativo, instituido mediante la Ley 13-07, de fecha cinco
(05) de febrero del dos mil siete (2007).
ARTÍCULO 15: INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO.
15.1 El significado e interpretación de los términos y condiciones del presente Contrato se hará al amparo de las leyes de la República Dominicana.
ARTÍCULO 16: LEGISLACIÓN APLICABLE.
16.1 La ejecución del presente Contrato se hará de conformidad con las leyes vigentes en la República Dominicana.
ARTÍCULO 17: IDIOMA OFICIAL.
17.1 El presente contrato ha sido redactado en español, que será el idioma de control para todos los asuntos relacionados con el significado e interpretación de los términos y condiciones del presente contrato.
ARTÍCULO 18: TÍTULOS.
18.1 Los títulos que siguen al número de los artículos en el presente Contrato, sólo tienen un propósito ilustrativo y no servirán como base para interpretar el artículo completo o alterar, modificar el significado de los mismos.
ARTÍCULO 19: ACUERDO ÍNTEGRO.
19.1 El presente Contrato, y sus anexos, contienen todo las estipulaciones y acuerdos convenidos entre LAS PARTES; en caso de ambigüedad, duda o desacuerdo sobre la interpretación del mismo y sus documentos anexos, prevalecerá su redacción. Asimismo, se establece que, si alguna de las disposiciones de este Contrato se declara inválida, las demás no serán afectadas y permanecerán plenamente vigentes.
ARTÍCULO 20: ELECCIÓN DE XXXXXXXXX.
20.1 Para todos los fines y consecuencias del presente contrato, LAS PARTES eligen domicilio en las direcciones que figuran en la parte introductiva del presente contrato, en el cual recibirán válidamente todo tipo de correspondencia o notificación relativa al presente contrato, su ejecución y terminación.
HECHO Y FIRMADO en la ciudad de Xxxxx Xxxxxxx, Distrito Nacional, República Dominicana, a los nueve (9) xxxx xx xxxxx del año dos mil veintidós (2022), en tres originales del mismo tenor y efecto, uno para cada una de Las Partes y otro para los fines legales correspondientes.
LIC. XXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX Actuando en nombre y representación de LA SUPERINTENDENCIA | XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX Actuando en nombre y representación de LOGICONE, S.R.L. |
Yo, , Abogado, Notario Público, de los del Número para el Distrito Nacional, CERTIFICO Y DOY FE: Que por ante mí comparecieron los señores LIC. XXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX y XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, de
generales y calidades que xxxxxxx, quienes libre, voluntariamente y sin impedimento alguno otorgaron el mismo, firmándolo en mi presencia, con las firmas que según me manifestaron bajo la fe del juramento son las mismas que acostumbran a usar en todos sus actos, por todo lo cual debe xxxxxxxx entera fe y crédito. En la ciudad de Xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxx, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, hoy día nueve (9) del mes xx xxxxx del año dos mil veintidós (2022).
Abogado(a) Notario Público Matrícula No.