CONTRATACIÓN DE MÍNIMA CUANTÍA
CONTRATACIÓN DE MÍNIMA CUANTÍA
INVITACIÓN PÚBLICA NÚMERO MC-002-2021BOY
Articulo 94 Ley 1474 de 2011 - Decreto 1082 del 26 xx xxxx de 2015
OBJETO
“CONTRATAR EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y LAVADO DE TANQUES DE ALMACENAMIENTO DE AGUA POTABLE, LA FUMIGACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LAS ZONAS VERDES DE LOS INMUEBLES DEL ICBF REGIONAL BOYACÁ Y SUS CENTROS ZONALES, DE CONFORMIDAD CON LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS REQUERIDAS.”
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Mayo de 2021.
CAPITULO I
GENERALIDADES DEL PROCESO DE SELECCIÓN.
ICBF invita a personas naturales, personas jurídicas, grandes superficies, consorcios o uniones temporales, nacionales o extranjeras con representación en Colombia o que constituyan un apoderado domiciliado en el país, a participar con sus ofertas en la invitación que se adelanta con el fin de contratar sin exceder el 10% de la menor cuantía de la Entidad, la adquisición de bienes, servicios y obras con el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
El oferente debe radicar a través del Sistema Electrónico para la Contratación Pública - SECOP II los documentos que acreditan los requisitos habilitantes y de experiencia y de las ofertas económicas hasta la fecha y hora límite establecida en la invitación.
Las horas establecidas en el presente proceso de selección, hacen referencia a la hora legal de la República de Colombia señalada por el Instituto Nacional de Metrología.
Cualquier modificación para extender las etapas previstas en el cronograma o el contenido de la presente invitación será realizada mediante adendas, las cuales se publicarán Sistema Electrónico para la Contratación Pública - SECOP II, a más tardar el día hábil anterior al vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Para efectos de solicitar a los oferentes la subsanación de documentos o errores, y para atender respuestas a observaciones, se publicarán avisos, en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública - SECOP II.
1.1. RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE:
Soportan el procedimiento de la presente modalidad de contratación, las siguientes disposiciones legales: (i) Ley 80 de 1993, (ii) Artículo 94 de la Ley 1474 de 2011, (iii) Artículo 2°
Ley 1150 de 2007, (iv) Titulo 1, Capitulo II, Subsección 5 del Decreto 1082 de 2015, el Manual de Contratación vigente del ICBF y demás disposiciones reglamentarias.
1.2 PUBLICACIÓN Y LUGAR DE CONSULTA
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Todos los actos y documentos de la presente invitación se publicarán en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública - SECOP dentro de los tres (3) días de su expedición, de conformidad con el Articulo 2.2.1.1.1.7.1 del Decreto 1082 de 2015. La presente invitación se publicará por un término no inferior a un (1) día hábil de conformidad con el literal a del Artículo 94 de la Ley 1474 de 2011 y demás disposiciones reglamentarias.
La invitación a ofertar podrá ser consultada en cualquier tiempo a través del Sistema Electrónico para la Contratación Pública - SECOP II.
1.3 PUBLICIDAD DEL PROCEDIMIENTO EN EL SECOP II
De conformidad con el Artículo 2.2.1.1.1.7.1 del Decreto 1082 de 2015, el ICBF garantiza la publicidad de todos los procedimientos y actos asociados al presente proceso de contracción a través del SECOP II.
1.4 PROTOCOLO EN CASO DE INDISPONIBILIDAD DE LA PLATAFORMA DEL SECOP II
1.4.1. DEFINICIÓN
Una indisponibilidad es aquella que afecta la presentación de las ofertas; la presentación de manifestaciones de interés; la elaboración o aplicación de Adendas en el SECOP II; o, la realización de una subasta, cuando la indisponibilidad se presenta dentro de las cuatro (4) últimas horas previstas para el evento correspondientes o durante la realización de una subasta.
Los certificados de indisponibilidad son publicados en la página web de Colombia Compra Eficiente en un plazo máximo de 24 horas en https//xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxx.
1.4.2 PROCEDIMIENTO
En caso de presentarse una indisponibilidad el ICBF se regirá por las instrucciones para compradores y proveedores señalados en la “GUIA PARA ACTUAR EN CASO DE UNA INDISPONIBILIDAD EN EL SECOP II”.
En cumplimiento de lo establecido en la Guía el correo dispuesto por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para eventos de indisponibilidad es: Xxxxxx.Xxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx
NOTA: El correo señalado solo será tenido en cuenta por la entidad en eventos de indisponibilidad, por lo que no se atenderá observación alguna a través de este correo.
1.5 CONVOCATORIAS A LAS VEEDURIAS CIUDADANAS
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El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar invita a las Veedurías Ciudadanas para que promuevan el ejercicio de control social ciudadano al presente proceso de contratación, para lo cual podrá consultarlo en la plataforma del SECOP II, y/o acudir a las instalaciones de la entidad, ubicada en el Grupo Jurídico Regional – Regional Boyacá Xxxxxxx 0 Xx. 00-00 Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx xx Xxxxx Xxxxxx. Para ejercer los derechos y las facultades que la Constitución y la Ley les atribuyen.
1.6 DEBER DE DILIGENCIA E INFORMACIÓN SOBRE EL CONTRATO
Sera responsabilidad del proponente conocer todas y cada una de las implicaciones para el ofrecimiento del objeto del presente proceso.
Por la sola presentación de la propuesta se considera que el proponente ha realizado el examen completo de todos los aspectos que inciden y determinan la presentación de esta. El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar pública la presente Invitación Publica con sus respectivos anexos, los cuales hacen parte integral de la misma; por lo cual es obligación de los proponentes conocer su contenido.
Así mismo, se deja expresamente manifestado que es responsabilidad del proponente; el asumir los deberes de garantía asociados con la ejecución del contrato que se derive de este proceso, conocer plenamente las condiciones económicas de los sitios donde se ejecutara el contrato, sin perjuicio de la facultad que asiste a los interesados de solicitar por escrito información puntual que le permita precisar los aspectos que puedan incidir en la formulación de la propuesta.
1.7 DOCUMENTOS DEL PROCESO
Hacen parte del presente proceso de selección los siguientes documentos
• El certificado de disponibilidad presupuestal
• La invitación pública
• Adendas.
• Las observaciones presentadas a la invitación y sus respuestas
• El acta de cierre del término para presentación de propuestas, apertura de ofertas y verificación del menor valor.
• El memorando por medio del cual se designa comité evaluador
• Las propuestas presentadas
• Las solicitudes de aclaración a las propuestas y sus respectivas respuestas.
• El informe de evaluación de las propuestas y las observaciones presentadas en relación con él.
• La aceptación de oferta.
1.8 ACUERDOS COMERCIALES APLICABLES
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La presente contratación no se encuentra cubierta por los Acuerdos Comerciales toda vez que, en virtud de lo señalado en el manual para el manejo de los Acuerdos Comerciales en Procesos de Contratación, las entidades Estatales que adelantan sus procesos de contratación con la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y demás normas complementarias no debe hacerse este análisis en las modalidades de selección de contratación directa y de mínima cuantía.
1.9 ADENDAS
La Entidad, de oficio o a solicitud de los interesados modificara los términos de la presente Invitación Pública, hasta el día hábil anterior al plazo previsto para el vencimiento del término para la presentación de las propuestas, únicamente mediante ADENDAS que se publicaran en la plataforma SECOP II.
En el evento en que se modifiquen los plazos y términos del proceso de selección, la adenda incluirá el nuevo cronograma.
1.10 OFERTAS
Los oferentes deberán elaborar las ofertas por su cuenta y riesgo, incluyendo dentro de ellas todas las informaciones exigidas de conformidad con lo solicitado en la presente invitación pública.
Las ofertas deberán tener en cuenta las siguientes reglas:
a) Deberán ser radicadas digitalmente a través del Sistema Electrónico para la Contratación Pública SECOP II, hasta la fecha y hora prevista como límite para la radicación de las mismas de conformidad con el cronograma de la presente invitación pública.
b) La oferta deberá estar suscrita por el oferente cuando se trate de personas naturales o su representante legal cuando se trate de personas jurídicas consorcios y /o uniones temporales.
c) La oferta deberá permanecer vigente por un periodo igual al plazo de ejecución del contrato y cuatro (4) meses más.
d) La oferta es irrevocable en los términos del artículo 846 del Código de comercio.
e) Los documentos de la oferta no pueden presentar tachadura, borrones o enmendaduras que den lugar a diferentes interpretaciones o inducir a error.
f) Los oferentes deberán tener en cuenta que:
• No se aceptan ofertas radicadas en físico, enviadas por fax u otro medio electrónico distinto al sistema Electrónico para la Contratación Pública-SECOP II.
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• Una vez presentada la oferta económica, no podrá ser completada, adicionada, modificada, mejorada, o reformulada.
• Se guardará confidencialidad durante el proceso de selección en relación con los documentos que tengan carácter reservado.
1.11 CODIGO UNSPSC
Los códigos UNSPSC de los bienes a adquirir con este proceso se encuentran descritos a continuación así:
1.12 PROCEDIMIENTO
De conformidad con lo señalado en el numeral 4, Artículo 2.2.1.2.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015, se debe verificar que la oferta de menor precio cumple con las condiciones de la invitación , si está no cumple con las condiciones de la invitación se verificará el cumplimiento de los requisitos de la invitación con el segundo menor precio y asi sucesivamente.
El Decreto 1082 de 2015, señala:
“SUBSECCIÓN 5 MINIMA CUANTIA (…) Artículo 2.2.1.2.1.5.2 Procedimiento para la contratación de minima cuantia. Las siguientes reglas son aplicables a la contratación cuyo valor no exceda del 10% de la menor cuantia de la actividad estatal, independiente de su objeto
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1. La Entidad Estatal debe señalar en la invitación a participar en procesos de mínima cuantía la información a la que se refieren los numerales 2, 3 y 4 del artículo anterior, y la forma como el interesado debe acreditar su capacidad jurídica y la experiencia mínima, si se exige esta última, y el cumplimiento de las condiciones técnicas exigidas.
2. La Entidad Estatal puede exigir una capacidad financiera mínima cuando no hace el pago contra entrega a satisfacción de los bienes, obras o servicios. Si la Entidad Estatal exige capacidad financiera debe indicar cómo hará la verificación correspondiente.
3. La invitación se hará por un término no inferior a un (1) día hábil. Si los interesados formulan observaciones o comentarios a la invitación, estos serán contestados por la Entidad Estatal antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
4. La Entidad Estatal debe revisar las ofertas económicas y verificar que la de menor precio cumple con las condiciones de la invitación. Si esta no cumple con las condiciones de la invitación, la Entidad Estatal debe verificar el cumplimento de los requisitos de la invitación de la oferta con el segundo mejor precio, y así sucesivamente.
5. La Entidad Estatal debe publicar el informe de evaluación durante un (1) día hábil.
6. La Entidad Estatal debe aceptar la oferta de menor precio, siempre que cumpla con las condiciones establecidas en la invitación a participar en procesos de mínima cuantía. En la aceptación de la oferta, la Entidad Estatal debe informar al contratista el nombre del supervisor del contrato.
7. En caso de empate, la Entidad Estatal aceptará la oferta que haya sido presentada primero en el tiempo.
8. La oferta y su aceptación constituyen el contrato.(…)”
1.13 OFERTA ECONÓMICA
El oferente debe tener en cuenta dentro del contenido de la oferta económica, que estarán a su cargo todos los impuestos, tasas y contribuciones establecido, si a ello hubiere lugar.
Así mismo, deberá tener en cuenta los gastos directos e indirectos que ocasione la ejecución del objeto contractual.
La oferta económica deberá presentarse de conformidad con lo señalado a través de la plataforma SECOP II.
El oferente de igual manera deberá observar los valores establecidos por el Estudio xx Xxxxxxx realizado, para estructurar su oferta económica la cual en ningún caso podrá superar los valores techo está establecido en dicho documento.
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El menor valor de la oferta será la sumatoria de los valores ofertados dentro de la oferta económica que se diligencia directamente en la plataforma del SECOP II.
1.14 EVALUACION DE LAS OFERTAS
El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar revisara las ofertas, y verificara que la de menor precio cumpla con las condiciones de la invitación, si esta no cumple con las condiciones de la invitación, la entidad verificara el cumplimiento de los requisitos de la oferta con el segundo mejor precio, y así sucesivamente de conformidad con el numeral 4 del Artículo 2.2.1.2.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015, sin perjuicio de los requerimientos a que haya lugar.
En el informe de evaluación de Oferta se verificará el cumplimiento de los requisitos habilitantes del oferente cuya oferta económica se encuentra en el primer lugar del orden de elegibilidad, y se publicará en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP II.
En el evento que el oferente que presento el menor precio cumpla con los requisitos habilitantes se procederá a la aceptación de la oferta, de lo contrario se verificaran los requisitos habilitantes del oferente que presento el segundo menor precio y así sucesivamente.
1.15. REGLAS DE SUBSANABILIDAD
En todo proceso de selección de contratistas primará lo sustancial sobre lo formal. En consecuencia, no podrá rechazarse una propuesta por la ausencia de requisitos o la falta de documentos que verifiquen las condiciones del proponente o soporten el contenido de la oferta, y que no constituyan los factores de escogencia establecidos por el ICBF de conformidad con lo previsto en los numerales 2,3 y 4 del Artículo 5 de la Ley 1150 de 20007.
En consecuencia, de lo señalado en el Artículo 5 de la Ley 1882 del 15 de enero de 2018, tales requisitos o documentos podrán ser requeridos por la entidad en condiciones de igualdad para todos los proponentes, sin que tal previsión haga nugatorio el principio contemplado en el inciso anterior.
Los proponentes podrán subsanar la ausencia de requisitos o la falta de documentos necesarios para acreditar el cumplimiento de los requisitos habilitantes hasta antes de la suscripción de la aceptación de oferta. En ejercicio de esta posibilidad, los proponentes no podrán subsanar asuntos relacionados con la falta de capacidad para presentar la oferta, ni para acreditar circunstancias ocurridas con posterioridad a la fecha establecida para la presentación de la propuesta inicial, ni completar, adicionar, o modificar la oferta presentada.
1.16 OFERTA ÚNICA HÁBIL
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En el caso que se presente única oferta o en el evento en que de las varias ofertas presentadas sólo una sea hábil y ésta cumpla con los requisitos habilitantes exigidos y satisfaga los requerimientos contenidos en la Invitación, la Entidad procederá a la aceptación de la misma.
1.17 CAUSALES DE RECHAZO EN RELACION A LAS OFERTAS
Será causal de rechazo de las ofertas cuando se presente una o algunas de las siguientes situaciones:
1. El proponente se encuentre incurso en alguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad para contratar establecidas en la Constitución y en la Ley.
2. Cuando se compruebe confabulación o colusión, entre los oferentes, que altere la aplicación del principio de selección objetiva.
3. La propuesta sea presentada por personas jurídicamente incapaces para obligarse, o que no cumplan todas las calidades y condiciones de participación indicadas dentro de este documento.
4. Cuando existan varias propuestas presentadas por el mismo proponente ya sea en forma individual o en calidad de integrante de un consorcio o unión temporal.
5. El proponente señale su desacuerdo o imposibilidad de cumplir las obligaciones y condiciones previstas en la invitación publica, o presente condicionamiento para la adjudicación u oferta parcial.
6. En atención a lo establecido en el Artículo 2.2.1.1.2.2.4 del Decreto 1082 de 2015, cuando de conformidad con la información con la cual cuenta la entidad, se estime que el valor de una oferta resulta artificialmente bajo y luego de agotar el requerimiento pertinente no logre demostrar que el valor de su propuesta responde a circunstancias objetivas tanto del proponente como de su oferta.
7. La omisión en el diligenciamiento total o parcial, de la oferta económica en la plataforma del SECOP II.
8. Cuando se supere el valor techo por valor unitario conforme se especificó en la oferta económica publicada directamente en la plataforma.
9. Cuando el valor total corregido y/o de la oferta económica supere el presupuesto oficial destinado para el presente proceso de selección.
10. La presentación parcial o condicionada del ofrecimiento económico.
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11. Cuando el proponente NO xxxxxxx las aclaraciones solicitadas dentro del término fijado para su respuesta o la respuesta NO corresponda a lo solicitado. No obstante, EL ICBF Regional Boyacá se reserva el derecho de solicitar aclaraciones hasta antes de la publicación de la aceptación de oferta.
12. Cuando la propuesta o sus aclaraciones posteriores contengan información inexacta o cuando la oferta presentada, en alguna parte del contenido no se ajuste a la realidad o se encuentren documentos con su contenido alterado, que impida la valoración objetiva de la propuesta.
13. Cuando las propuestas se presenten en un medio diferente del SECOP II.
14. Las demás señaladas en el estudio previo/anexos/o en este documento.
1.18. DECLARATORIA DE DESIERTO DEL PROCESO DE SELECCIÓN
El proceso de selección se declarará desierto cuando no sea posible garantizar el deber de selección objetiva, cuando ninguna de las ofertas se ajuste a la presente invitación, o cuando no se presente oferta alguna, y se realizará mediante comunicación motivada que se publicará en el SECOPII
1.19 ACEPTACION DE LA OFERTA FORMACION DEL CONTRATO Y REQUISITOS DE EJECUCION
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 2, numeral 5, literal c), de la Ley 1150 de 2007 y en el Artículo 2.2.1.2.1.5.2, numeral 6, del Decreto 1082 de 2015, la entidad debe aceptar la oferta de menor precio, mediante comunicación escrita, siempre que cumpla con las condiciones establecidas en esta invitación para participar.
La oferta y su aceptación constituyen el contrato, según lo dispuesto en los artículos citados para su ejecución, conforme al Artículo 41 de la Ley 80 de 1993, se requiere del Registro Presupuestal y la aprobación de las garantías.
1.20 PROCEDIMIENTO EN CASO DE EMPATE:
Se entenderá que hay empate cuando dos o más ofertas presenten un idéntico precio de oferta económica, bajo el anterior criterio, el ICBF aceptará la oferta que haya sido presentada primero en el tiempo, siempre y cuando cumpla con todos los requisitos habilitantes.
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La Entidad aplicará el criterio de desempate establecido en el numeral 7 del Artículo 2.2.1.2.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015.
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1.21 CRONOGRAMA DEL PROCESO.
ACTIVIDAD | FECHA | HORA | LUGAR |
PUBLICACIÓN DE LA INVITACIÓN A OFERTAR Y ESTUDIOS PREVIOS | 31 xx Xxxx de 2021 | 05:00 p.m. | Sistema Electrónico de la Contratación Pública SECOP II |
OBSERVACIONES A LA INVITACIÓN A OFERTAR | Hasta el 02 xx Xxxxx de 2021 | 05:00 p.m. | Sistema Electrónico de la Contratación Pública SECOP II. |
TÉRMINO PARA CONTESTAR LAS OBSERVACIONES | 04 xx Xxxxx de 2021 | 04:00 p.m. | Sistema Electrónico de la Contratación Pública SECOP II. |
PLAZO FINAL PARA EXPEDIR ADENDAS | 04 xx Xxxxx de 2021 | 05:00 p.m. | Sistema Electrónico de la Contratación Pública SECOP II. |
PLAZO FINAL PARA LA ENTREGA DE LAS OFERTAS. | Hasta el 08 xx Xxxxx de 2021 | 04:00 p.m. | Las propuestas deberán ser radicadas a través del Sistema Electrónico de la Contratación Pública SECOP II. NOTA: En caso de duda respecto a la radicación de la oferta a través de la plataforma SECOP II, estas serán resueltas por Colombia Compra Eficiente a través de la mesa de servicio en: - Línea Gratuita Nacional 018000520808 - Línea en Bogotá (+57) (0) 0000000 Y 7456788 |
ACTA DE CIERRE, RADICACIÓN DE OFERTAS Y ACTA DE APERTURA DE OFERTAS Y VERIFICACION DEL MENOR | 08 xx Xxxxx de 2021 | 4:30 p.m. |
PRECIO OFERTADO | |||
VERIFICACIÓN DE LOS REQUISITOS HABILITANTES (JURIDICO Y DE EXPERIENCIA MINIMA) Y SOLICITUD DE SUBSANACIÓN DE INCONSISTENCIAS O ERRORES. | Hasta el 10 xx Xxxxx de 2021. | 5:00 p.m. | EL ICBF podrá solicitar a los oferentes la subsanación la subsanación de inconsistencias o errores que no represente reformulación de la oferta. La solicitud de subsanación de inconsistencias o errores se publicará en Sistema Electrónico de la Contratación Pública SECOPII. |
PUBLICACIÓN DEL INFORME DE EVALUACION DE OFERTAS | El 11 xx Xxxxx de 2021. | 5:00 p.m. | |
TRASLADO INFORME DE EVALUACIÓN | El 15 xx Xxxxx de 2021 | 5:00 p.m. | |
RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES FORMULADAS Y COMUNICACIÓN DE LA ACEPTACIÓN OFERTA O DECLARATORIA DESIERTA | 16 xx Xxxxx de 2021. | 12: 00 .m. | |
ENTREGA DE LAS GARANTÍAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO | 16 xx Xxxxx de 2021. | 3:00 p.m. | |
APROBACIÓN DE LAS GARANTÍAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO | 16 xx Xxxxx de 2021. | 5:00 p.m. |
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CAPITULO II REQUISITOS DE VERIFICACIÓN
Serán objeto de verificación de cumplimiento los siguientes requisitos mínimos habilitantes:
REQUISITOS MÍNIMOS HABILITANTES | RESULTADO | ||
CAPACIDAD JURÍDICA. | Cumple /No cumple. | ||
CAPACIDAD TÉCNICA -EXPERIENCIA | Cumple / No cumple |
En el momento señalado en la invitación pública los oferentes presentarán una propuesta completa, que incluya la información sobre la capacidad jurídica, técnica (experiencia) y la propuesta económica.
El contratista seleccionado deberá estar en capacidad de cumplir con las especificaciones y condiciones contenidas en el anexo de la invitación-FICHA DE CONDICIONES TÉCNICAS ESENCIALES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO Y/O ENTREGA DEL BIEN (FCT).
2.1 CAPACIDAD JURÍDICA (cumple/no cumple):
En el presente proceso de Contratación, pueden participar personas Naturales o Jurídicas, nacionales o extranjeras, consorcios, uniones temporales o sociedades, cuyo objeto social esté relacionado con el objeto del contrato a celebrase. De acuerdo con lo anteriormente señalado, se relacionan a continuación los requisitos del oferente para verificar la capacidad jurídica del oferente, este debe anexar a su propuesta los documentos que se relacionan a continuación, y a la omisión de aquellos necesarios para la comparación de las propuestas, impedirá tenerla en cuenta para su evaluación y posterior adjudicación:
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
El proponente deberá presentar la carta de presentación de la propuesta, según el modelo suministrado por la entidad en el ANEXO No. 1 CARTA DE PRESENTACIÓN y los requisitos establecidos en la invitación.
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La carta de presentación de la propuesta deberá ser firmada por el proponente, Representante Legal del Proponente de la persona jurídica o por el representante designado en el documento de constitución si se trata de consorcio o unión temporal.
El proponente deberá manifestar a través de la carta de presentación de la propuesta que con la presentación y firma de este documento ha leído, entendido y que puede garantizar el
cumplimiento total de las condiciones especificaciones técnicas contenidas en la invitación y sus anexos, y en caso de resultar adjudicatario se compromete a cumplirlo en su totalidad.
CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE PAGO DE SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES
De conformidad con lo estipulado con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, la Ley 828 de 2003 y articulo 23 de la Ley 1150 de 2007, Decreto 1625 de 2016, deberá anexar certificación expedida por el Revisor fiscal, en el cual se indique que el proponente cumple y se encuentra x xxx y salvo con el pago de las contribuciones al Sistema Integral de Seguridad Social – Empresa Prestadora de Servicios (EPS), Fondo de Pensiones y Administradora de Riesgos Profesionales (ARL), y de los Aportes Parafiscales, Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), Caja de Compensación Familiar, a que haya lugar, de todos los empleados a su cargo. En el evento de no estar obligado a contar con Revisor Fiscal, esta certificación deberá ser expedida por el proponente o el Representante legal de la empresa, indicando expresamente la no obligatoriedad de contar con el mismo.
Cada una de las personas naturales o jurídicas miembros de un consorcio o unión temporal, deberán anexar esta certificación en forma individual.
Para el efecto los proponentes deberán presentar con la propuesta el ANEXO No. 2 MODELO CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO ARTICULO 50 LEY 789 DE 2002 Y LEY 828 DE 2003 PERSONA NATURAL o el ANEXO No. 3 MODELO CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO ARTICULO 50 LEY 789 DE 2002 Y LEY 828 DE 2003 PERSONA JURÍDICA, según
corresponda.
REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO
El proponente deberá indicar su identificación tributaria e información sobre el régimen de impuestos al que pertenece, adjuntando para tal efecto, copia del Registro Único Tributario – RUT actualizado, de acuerdo a la Ley 2010 de 2019.
BOLETÍN DE RESPONSABLES FISCALES
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El ICBF verificara si el interesado se encuentra señalado en el último Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la Republica. En todo caso, el proponente podrá adjuntar dicha certificación a su propuesta, sin estar obligado a ello. En caso de ser presentada por una persona jurídica, se debe aportar la certificación de la empresa y del representante legal.
CERTIFICADO DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN Y REGISTRO DE SANCIONES Y CAUSAS DE INHABILIDAD –SIRI– VIGENTE, PGN
El ICBF verificará, de la página Web de la Procuraduría General de la Nación, los antecedentes disciplinarios de quienes van a participar en el presente proceso de conformidad con lo establecido en la Ley 1238 de 2008. En todo caso el proponente podrá anexar a la propuesta dicho certificado actualizado, sin estar obligado a ello. En caso de ser presentada por una persona jurídica, se debe aportar la certificación de la empresa y del representante legal.
CERTIFICADO DE ANTECEDENTES JUDICIALES
El ICBF consultará y verificará, de la página Web de la Policía Nacional de Colombia los antecedentes penales de personas naturales, el representante legal de la persona jurídica individual, de los representantes legales de los consorcios y/o uniones temporales y de los integrantes de estos, que presenten propuestas en el presente proceso.
CONSULTA RNMC
El ICBF verificará, en la página Web de la Policía Nacional de Colombia, la Consulta al RNMC (Sistema Registro Nacional de Medidas Correctivas de la Policía Nacional), del representante legal o apoderado de la persona jurídica individual, de los representantes legales o apoderados de los consorcios y uniones temporales y de los integrantes de estos, que presenten propuesta en el presente proceso.
FOTOCOPIA DE CÉDULA CIUDADANÍA
Si el proponente es persona natural deberá aportar junto con su propuesta fotocopia legible de la cédula de ciudadanía.
Si el proponente es persona jurídica, deberá aportar junto con su propuesta fotocopia legible de la cédula de ciudadanía del representante legal o quien haga sus veces.
Si el proponente es consorcio y/o uniones temporales, deberá aportar junto con su propuesta fotocopia legible de la cédula de ciudadanía de cada uno de los representantes legales o quien haga sus veces de los integrantes de la figura asociativa.
SITUACIÓN MILITAR DEFINIDA
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El ICBF verificará, si el proponente o el representante legal del proponente es menor de 50 años y en este caso tendrá que aportar copia de la Librea Militar. En caso de pérdida deberá anexar certificación de dirección de reclutamiento donde conste que la situación militar se encuentre definida.
CERTIFICACIÓN BANCARIA
El proponente deberá allegar certificación bancaria no mayor a treinta (30) días calendario.
AUTORIZACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL Y/O APODERADO
Cuando el representante legal de la persona jurídica se encuentre limitado de conformidad con el certificado de existencia y representación legal, para presentar propuesta o para contratar, o comprometer a la sociedad, deberá allegar AUTORIZACIÓN del órgano social correspondiente, que lo autorice para presentar la propuesta y suscribir el contrato en caso de que le sea adjudicado.
Si el proponente participa en el proceso de contratación por intermedio de un representante, deberá adjuntar en la propuesta el poder debidamente otorgado que lo acredite como tal, de conformidad con los requisitos legales establecidos para el efecto.
Las personas jurídicas sin domicilio en Colombia deben acreditar en el país un representante domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta, participar y comprometer a su representado en las diferente instancias del presente proceso de selección, suscribir los contratos y declaraciones que se requiera, así como el contrato ofrecido, suministrar la información que le sea solicitado, y demás actos necesarios de acuerdo con la invitación publica así como para representarla judicial como extrajudicialmente.
Dicho representante legal podrá ser el mismo representante único para el caso de personas extranjeras que participen en consorcio o unión temporal, y en tal caso, bastará para todos los efectos, la presentación del poder común otorgado por todos los participantes del consorcio o unión temporal.
El poder que otorga las facultades en caso de ser expedido en el exterior, debe cumplir con todos y cada unos de los requisitos legales exigidos para la valides y oponibilidad en Colombia de documentos expedidos en el exterior con el propósito que puedan obrar como prueba conforme a los dispuesto a los artículos 259 y 269 del Código de Procedimiento Civil y demás normas vigentes.
CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL
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El proponente persona jurídica nacional o extranjera con sucursal en Colombia, deberá acreditar su existencia y representación legal mediante certificación expedido por la Cámara de Comercio. Cuando se trate de personas jurídicas extranjeras, que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberán comprobar su existencia y representación legad de confinidad con las normas de su país de origen, atendiendo lo establecido en la Invitación Pública para la presentación de documentos expedidos en el extranjero.
El certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio, en el cual constate la vigencia de la sociedad, la cual no podrá ser inferior al término de ejecución del contrato y un (1) año más, el objeto social del oferente debe permitir la actividad, gestión y operación que se solicita en este proceso de contratación y en el contrato que de él se derive, Calidad del representante legal que suscribe la oferta y Facultades del representante legal para presentar la oferta y obligarse con el objeto del contrato.
Para el Consorcios y Uniones Temporales, cada sociedad integrante de los mismos deberá comprobar su existencia y representación, mediante certificado expedido por la Cámara de Comercio, el cual deberá contener la información y cumplir las mismas exigencias anteriormente citadas.
La fecha de expedición no podrá ser superior a treinta (30) días calendario anteriores a la estipulada como fecha límite para presentación de propuestas.
CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES
Además de los documentos y/o requisitos antes indicados, los consorcios y uniones temporales deberán anexar con su oferta la siguiente documentación:
1) Si los proponentes desean participar como Consorcio o Unión Temporal, en este último caso deberán señalar las condiciones y extensión de la participación en la oferta y en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo del ICBF.
2) La persona que para todos los efectos legales representará al Consorcio o Unión Temporal, deberá tener facultades amplias y suficientes para obligar y responsabilizar a todos los integrantes del Consorcio o la Unión Temporal. En el documento se deben señalar, además, las reglas básicas que regulen las relaciones entre los miembros del Consorcio o Unión Temporal y su responsabilidad.
3) Los integrantes del Consorcio o Unión Temporal deben cumplir los requisitos legales y acompañar los documentos requeridos en la presente Invitación, para efectos legales, como si fueran a participar en forma independiente.
4) El objeto social de todos los integrantes del consorcio o unión temporal debe comprender la realización de actividades similares al objeto de este proceso de selección.
5) La propuesta debe estar firmada por el Representante Legal que hayan designado los integrantes del consorcio o unión temporal o por intermedio de su agente comercial y/o mandatario con poder debidamente conferido para el efecto, de acuerdo con la ley, casos en los cuales deberán adjuntarse el (los) documentos (s) que lo acredite (n) como tal.
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6) En caso de resultar adjudicatarios del proceso de selección, para la suscripción del contrato deberán presentar el respectivo Número de Identificación Tributaria – NIT, como consorcio o unión temporal.
7) Los integrantes del consorcio o unión temporal no pueden ceder sus derechos a terceros, sin obtener la autorización previa y expresa del ICBF. En ningún caso podrá haber cesión del contrato entre quienes integran el consorcio o unión temporal.
8) Los Consorcios o Uniones Temporales deberán presentar los documentos de existencia y representación legal que, para cada uno de los integrantes, expida la Cámara de Comercio o la autoridad competente, ya sean personas Naturales o Jurídicas.
9) Los representantes legales de las personas jurídicas que conformen o hagan parte de un Consorcio o Unión Temporal, aportarán con la propuesta la autorización o poder de la Junta de Socios, que los faculte para ofrecer, contratar y conformar Consorcios o Uniones Temporales. Este requisito se exigirá en los casos en que esta facultad se encuentre restringida. En caso de que el representante legal del Consorcio o Unión Temporal o de cualquiera de los integrantes de estos exceda las limitaciones que le otorga el órgano competente, o el acuerdo de integración, se rechazará la propuesta.
10) El documento en el que se exprese la voluntad de presentar la propuesta en consorcio o unión temporal deberá ir acompañado de los documentos (certificados xx xxxxxx de comercio, actas de junta directiva, poderes, etc.) que acrediten que quienes lo suscribieron tenían la representación y capacidad necesarias para adquirir las obligaciones solidarias derivadas de la propuesta y del contrato resultante.
11) Los Consorcios o Uniones Temporales deberán tener en cuenta que, de conformidad con el Artículo 7° de la Ley 80 de 1993, la adjudicación del contrato conlleva la responsabilidad solidaria por su celebración y ejecución.
12) La duración de las personas jurídicas que se constituyan como Consorcio o Unión Temporal deberá ser por lo menos la misma del plazo del contrato derivado del presente proceso de selección y un (1) años más, de conformidad el artículo 6 de la ley 80 de 1993.
13) Los integrantes del Consorcio o Unión Temporal no podrán integrar otro Consorcio o Unión Temporal que haya presentado propuesta para el presente proceso, ni tampoco podrán hacerlo de manera independiente; en caso de ocurrir será causal de rechazo para las propuestas que éste integre o presente.
14) No se aceptan propuestas bajo la modalidad de promesa de conformación de Consorcios o Uniones Temporales.
15) Las Uniones Temporales, deberán registrar el porcentaje de participación de cada uno de sus miembros o de lo contrario se entenderá que se presentan a título de consorcio.
Nota 1: Cuando el oferente sea un consorcio o unión temporal, cada parte constitutiva deberá presentar los documentos de que trata este acápite
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Nota 2: Si la actividad comercial del oferente persona natural, o el objeto social de alguna de las personas jurídicas que conforman el consorcio o la unión temporal, no se encuentra acorde con el objeto a contratar, no será susceptible de subsanación y no será habilitada.
Nota 3: Los consorcios o uniones temporales que pretendan participar en el presente proceso de selección, deberán certificar que ni la persona jurídica, ni su representante legal, están incursos en inhabilidades, incompatibilidades, ni prohibiciones para contratar con el estado,
requisito verificable con la declaración de la persona jurídica en la Carta de Presentación de Xxxxxx, contenida en el Anexo No. 1 de la Invitación Pública a Participar. Cualquier contravención a lo expresado, faculta al ICBF a rechazar la propuesta, sin incurrir en ninguna responsabilidad
PERSONAS JURÍDICAS EXTRANJERAS
Las personas jurídicas extranjeras con sucursal en Colombia, que presenten propuesta, deberán adjuntar a la misma el respectivo certificado de la Cámara de Comercio de su domicilio, expedido con máximo un (1) mes de anterioridad al cierre del presente proceso de selección y la sociedad deberá tener una vigencia igual a la del plazo del contrato y un (1) año más contados desde la fecha de liquidación del mismo.
Las personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia deberán acreditar su existencia y representación legal conforme a la legislación de su país de origen, a través de documento expedido dentro del mes anterior al cierre del presente proceso de contratación. En todo caso, esta información podrá ser certificada directamente por el representante legal o por los órganos competentes de la sociedad en el caso en que no se encuentre incorporada en el certificado mencionado, de acuerdo con las leyes que rijan este tipo de actos en el país de origen.
Las sociedades extranjeras sin sucursal en Colombia podrán presentar la propuesta mediante apoderado debidamente constituido, con domicilio en Colombia y ampliamente facultado para presentar la propuesta, para suscribir el contrato, así como para representarlas judicial o extrajudicialmente. Deberán mantener dicho apoderado por el término de vigencia del contrato y un (1) año más como mínimo, a menos que, de conformidad con las normas legales vigentes, tengan la obligación de establecer sucursal en Colombia. En todo caso, el oferente extranjero deberá cumplir con los mismos requisitos, procedimientos, permisos y licencias previstos para el oferente Colombiano y acreditar su plena capacidad para contratar y obligarse conforme a la legislación de su país, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 3 de la Ley 816 de 2003 y demás normas concordantes.
Se advierte que los documentos expedidos por particulares no requieren legalización. En relación con los documentos públicos, se anota que por medio de la Ley 455 del 4 xx xxxxxx de 1998, el Congreso Nacional aprobó la “Convención sobre la abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros”, la cual entró en vigencia en Colombia a partir del 30 de enero de 2000, y suprimió la exigencia de legalización diplomática o consular para los documentos públicos que han sido ejecutados en el territorio de un Estado parte y que deben ser presentados en el territorio de otro Estado parte del Convenio.
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De conformidad con lo anterior, y según lo expone el Ministerio de Relaciones Exteriores en la Circular AC/LG/641/2001 de fecha 24 de enero del 2001, los documentos públicos provenientes de los Estados parte y contemplados en la Convención no requieren de la autenticación consular ni de la posterior legalización por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores al entrar
en vigencia el Convenio y, por lo tanto, deben ser admitidos tan solo con el sello de APOSTILLE colocado por la autoridad competente designada por el país que produjo el documento.
Se excluyen del convenio en mención los documentos expedidos por agentes diplomáticos o consulares y los documentos administrativos que se ocupen directamente de operaciones comerciales o aduaneras. Estos documentos públicos se siguen rigiendo según lo estipulado en el Artículo 251 y del Código General del Proceso, 480 del código de comercio y la Resolución 2201 del 22 xx xxxxxx de 1997, esto es, certificación consular y legalización por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores - Área de Gestión de Legalizaciones.
Los documentos expedidos por Estados que no forman parte de la Convención seguirán requiriendo de la autenticación consular y de la posterior legalización ante la cancillería colombiana.
Las personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia deben acreditar en el país un representante domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias del presente proceso de selección, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran así como el contrato ofrecido, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con la presente invitación pública, así como para representarla judicial o extrajudicialmente.
Dicho representante podrá ser el mismo representante único para el caso de personas extranjeras que participen en consorcio o unión temporal, y en tal caso bastará para todos los efectos, la presentación del poder común otorgado por todos los participantes del consorcio o unión temporal.
El poder que otorga las facultades, en caso de ser expedido en el exterior, debe cumplir todos y cada uno de los requisitos legales exigidos para la validez y oponibilidad en Colombia de documentos expedidos en el exterior con el propósito que puedan obrar como prueba conforme a lo dispuesto en el artículo 251 y del Código General del Proceso y demás normas vigentes.
2.2. CAPACIDAD TECNICA
EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE
El oferente deberá demostrar una experiencia específica en la ejecución de contratos, celebrados con persona natural o jurídica, en actividades comerciales en cuyo objeto social se encuentren actividades relacionadas con el objeto del presente proceso de contratación.
DESCRIPCIÓN DE LA EXPERIENCIA
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Los proponentes deberán acreditar su experiencia con dos (2) certificaciones de cumplimiento y/o actas de terminación o liquidación, de contratos ejecutados durante los dos últimos años anteriores (2019-2020), relacionados con la prestación de servicios xx xxxxxx de tanques, fumigación y/o poda de áreas verdes, con entidades públicas y/o
privadas, cuyo valor debe sumar una cifra igual o superior al valor del presupuesto oficial del presente proceso de selección.
El oferente deberá aportar la certificación expedida por el contratante y suscrita por el funcionario o persona competente, en la que se reflejen como mínimo los siguientes requisitos:
1. Nombre o razón social de la empresa contratante.
2. Dirección
3. Teléfono
4. Nombre del Contratista
5. Si se trata de un Consorcio o de una Unión Temporal se debe señalar el nombre de quienes lo conforman.
6. Número del contrato (si tiene)
7. Objeto del Contrato 8.Valor del contrato
9. Si ha sido objeto de multas, declaratorias de incumplimiento o caducidad
10. Fecha de suscripción, de su inicio (día, mes y año) y fecha de terminación (día, mes y año).
11. Fecha de expedición de la certificación (día, mes y año)
12. Nombre y firma de quien expide la certificación. (La certificación deberá estar firmada por la persona competente para suscribirla).
CERTIFICACIÓN DE ACEPTACIÓN Y CUMPLIMIENTO DE LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS:
El Representante Legal de la empresa proponente o la persona natural deberá certificar que su ofrecimiento cumple con las especificaciones técnicas mínimas requeridas por el ICBF, a través de la cual se acepta y se obliga al cumplimiento de la totalidad de las condiciones técnicas descritas en los documentos y estudios previos.
AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO EXPEDIDA POR LA SECRETARIA DE SALUD DE BOYACÁ:
El contratista deberá contar con la autorización de funcionamiento como empresa prestadora del servicio de fumigación terrestre en área publica expedido por la secretaria de salud del departamento de Boyacá, para lo cual deberá presentar copia de la resolución y acta de visita con concepto favorable, dando cumplimiento al decreto 1843 de 1991.
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REGLAS PARA VALORACION
Cuando dentro del objeto del contrato del que se presente certificación existan varias actividades, ésta deberá especificar el valor ejecutado por la actividad que se pretende
contratar con el presente proceso.
Cuando exista diferencia entre la información relacionada y la consagrada en los soportes presentados, prevalecerá la información de los soportes.
Si el oferente adjuntó a su propuesta certificaciones adicionales a las dos (2) requeridas, solo se tendrán en cuenta las dos de mayor valor ejecutado, convertido a SMLMV de la vigencia en que fue celebrado.
Para determinar la experiencia en valor, se hará la conversión del valor nominal del contrato a Salarios Mínimos Legales Vigentes. La entidad efectuará la conversión del valor ejecutado de cada contrato, para lo cual tomará el valor xxx xxxxxxx mínimo legal del año de la fecha de suscripción del mismo. Para efectos de calcular el valor de los contratos en SMMLV, se informa el salario mínimo para los años 2019 y 2020 así:
Año | Valor del SMMLV |
2019 | $ 828.116 |
2020 | $ 877.803 |
En todo caso, la sumatoria del valor de los contratos con los que se acredita la experiencia, se realizará previa actualización de dichos valores a pesos de los años 2019 y 2020. Dicha actualización se hará utilizando el SMLMV así:
1. Se tomará el valor del contrato al momento de la suscripción y se divide por el valor del SMLMV del año correspondiente a la misma suscripción.
2. El número de salarios así obtenido se multiplica por el valor del SMLMV del año correspondiente.
3. La verificación de la experiencia se realizará con base en la información que reporten los proponentes en los respectivos soportes de la información consignada en el mismo.
4. En todo caso que el oferente tuviere uno o varios contratos en que se le hubiere impuesto sanción por incumplimiento u otra causal, y ésta se encuentre ejecutoriada dentro de los dos (2) últimos años anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección y dicho(s) contrato(s) se está(n) presentando para efectos de acreditar experiencia, éste (éstos), no será(n) Xxxxxx(s) en cuenta para efectos de acreditación de experiencia del oferente.
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Los oferentes deben tener en cuenta que no se permitirá la acreditación de circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso.
El incumplimiento de los requisitos de experiencia dará lugar a la NO HABILITACIÓN del oferente, sin embargo, la Entidad puede solicitar a los oferentes subsanar inconsistencias o errores, siempre y cuando la corrección de las inconsistencias o de los errores no represente una reformulación de la oferta.
NOTA Los contratos verbales no serán tenidos en cuenta para acreditar experiencia. No serán válidas las certificaciones expedidas por el mismo contratista.
Cuando en la certificación no se indique el porcentaje de participación, deberá adjuntarse certificación del Oferente individual o del integrante del oferente plural que desea hacer valer la experiencia, y/o documento de constitución del consorcio o Unión Temporal, en el cual conste dicho porcentaje de participación.
Si el contrato que se pretende hacer valer como experiencia fue cedido o recibido en cesión, la certificación deberá especificar la fecha de la cesión y discriminar el valor del contrato ejecutado por el cedente y el cesionario.
De igual manera, y con el fin de verificar la experiencia, se tendrán las siguientes reglas:
En caso de que se relacione más de un contrato en una sola certificación, para efectos de verificación se tomará la experiencia especifica del proponente, directamente relacionada con los servicios y/o actividades solicitados por la entidad, de cada contrato individualmente considerado, en orden de mayor a mínima valor ejecutado siempre que cumplan con las especificaciones establecidas en el presente documento y en el pliego de condiciones.
Cuando el valor de los contratos con el cual se pretende acreditar la experiencia se encuentre expresado en moneda extranjera, se evaluará de la siguiente manera:
1. Para el caso de contratos en dólares americanos, se hará la conversión a pesos colombianos con la TRM, publicada en las estadísticas del Banco de la Republica publicadas en su página oficial, para la fecha de suscripción del contrato.
2. Cuando la experiencia reportada se haya facturado en moneda extranjera diferente al dólar americano, se realizará su conversión a dólares americanos de acuerdo con las tasas de cambio estadísticas publicadas por el Banco de la República en su página oficial teniendo en cuenta la fecha de suscripción del contrato, y seguidamente a pesos colombianos.
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3. Cuando la experiencia a aportar haya sido obtenida con el ICBF, el proponente podrá acreditar la misma tal como está establecido en la presente invitación pública de mínima cuantía o aportando copia de los contratos suscritos sin perjuicio que el ICBF verifique internamente la real ejecución de los mismos.
4. Cuando en las certificaciones mediante las cuales se pretende acreditar experiencia se encuentren también relacionados bienes y/o servicios de características disimiles a las
del objeto del presente proceso contractual, se tendrá en cuenta únicamente la experiencia correspondiente a la relacionada con el objeto del presente proceso de selección. Para el efecto, debe discriminarse claramente el (los) valor(es) parcial(es) de los diferentes bienes o servicios incluidos en dicha certificación.
5. La experiencia para tener en cuenta será en contratos ejecutados y liquidados a satisfacción, entendiéndose por ésta aquella en la cual el contratista no haya sido objeto de multas o declaratorias de incumplimiento. En el evento en que alguna de dichas circunstancias se presente frente a la experiencia acreditada no se tendrá en cuenta la respectiva certificación.
Forma de evaluar la experiencia de los socios y de quienes conforman los consorcios y las uniones temporales.
1. La experiencia de los socios: Para efectos de habilitar un proponente, la experiencia de los socios de una persona jurídica se podrá acumular a la de esta, cuando ella no cuente con más de tres (3) años de constituida. La acumulación se hará en proporción a la participación de los socios en el capital de la persona jurídica.
2. Regla de proporcionalidad para el caso de consorcios y uniones temporales: Cuando la propuesta se presente en consorcio o unión temporal, la experiencia será la sumatoria de las experiencias de los integrantes que la tengan, de manera proporcional a su participación en el mismo. Es decir, el ICBF verificará que cada integrante del consorcio o unión temporal acredite el porcentaje de su participación frente al presupuesto oficial exigido. En caso de que alguno y/o todos los integrantes de la figura asociativa no cumplan con dicho requisito la propuesta será evaluada como NO CUMPLE.
3. Sociedades escindidas: En el caso de sociedades que se escindan, tal como lo prevé el artículo 3, numerales 1 y 2 de la Ley 222 de 1995, la experiencia de la sociedad escindida acrecerá en las sociedades beneficiarias en el porcentaje de participación que les fue reconocido en el acto de escisión. Por consiguiente, para efectos del presente Concurso la experiencia se contabilizará en el 100% de la experiencia así acreditada, sin perjuicio de lo establecido en este Pliego para el caso de la experiencia cuando se trata de Consorcios o Uniones Temporales.
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Cuando en la certificación no se indique el porcentaje de participación, deberá adjuntarse certificación del oferente individual o del integrante del oferente plural que desea hacer valer la experiencia, y/o documento de constitución del consorcio o Unión Temporal, en el cual conste dicho porcentaje de participación.
CAPITULO III
DESCRIPCIÓN DEL BIEN O SERVICIO A CONTRATAR
3.1 OBJETO
“CONTRATAR EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y LAVADO DE TANQUES DE ALMACENAMIENTO DE AGUA POTABLE, LA FUMIGACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LAS ZONAS VERDES DE LOS INMUEBLES DEL ICBF REGIONAL BOYACÁ Y SUS CENTROS ZONALES, DE CONFORMIDAD CON LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS REQUERIDAS.”
3.2 PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución del contrato tendrá un plazo de ejecución hasta el 30 de noviembre del 2021, a partir del cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución.
Se perfecciona con la aceptación de la oferta, y requiere para su ejecución la aprobación de las garantías y que se registre presupuestalmente el contrato, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 41 de la Ley 80 de 1993, 23 de la Ley 1150 de 2007, interpretados en concordancia con lo dispuesto en el artículo 71 del Decreto ley 111 de 1996.
3.3 PRESUPUESTO ESTIMADO Y RUBRO PRESUPUESTAL AFECTADO Y VALOR DEL CONTRATO A CELEBRAR
3.3.1 PRESUPUESTO OFICIAL
El presupuesto oficial para la presente contratación es DIEZ MILLONES DIEZ MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS PESOS M/CTE ($10.010.546,00).
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A efectos de estimar el presupuesto del presente proceso de selección, el Grupo Administrativo del ICBF de la Regional Boyacá adelantó un estudio xx xxxxxxx, en donde se estimó que el valor para CONTRATAR EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y LAVADO DE TANQUES DE ALMACENAMIENTO DE AGUA POTABLE, LA FUMIGACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LAS ZONAS VERDES DE LOS INMUEBLES DEL ICBF REGIONAL BOYACÁ Y SUS CENTROS ZONALES, DE CONFORMIDAD CON LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS REQUERIDAS., es DIEZ MILLONES DIEZ MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS PESOS M/CTE ($10.010.546,00),.tal como se evidencia
en el documento anexo ESTUDIO XX XXXXXXX, el cual forma parte integral del presente documento.
NOTA: El valor del contrato a suscribir será hasta por el valor resultante de la adjudicación, incluidos todos los costos directos e indirectos asociados al suministro de los bienes y/o prestación del servicio, el IVA, demás impuestos xx xxx.
3.3.2 VALOR DEL CONTRATO A CELEBRAR
El valor de la propuesta deberá cubrir el valor total de los bienes y servicios objeto del proceso, incluido el IVA y los demás impuestos, costos y gravámenes a que haya lugar para la suscripción, legalización y ejecución del contrato (IVA, ICA, retención en la fuente, póliza, entre otros, de acuerdo con la ley).
3.3.3 DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL
El valor del contrato resultado del presente proceso se encuentra respaldado por la siguiente disponibilidad presupuestal y/o vigencia futura que se relaciona a continuación:
Nro. de CDP o Vigencia Futura | Fecha de CDP o Vigencia Futura | Dependencia | Posición Catálogo de Gasto | Fuente | Valor en Letras | Valor en Números. |
26321 | 2021-05- 14 | 197 MANTENIMIENTO | C-4199-1500-8-0- 4199016-02 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS - SEDES MANTENIDAS - | Propios | DIEZ MILLONES DOSCIENTOS DIECISEIS MIL CIENTO OCHENTA Y CUATRO PESOS M/CTE | ($10.216.184,00) |
3.3.4 TIPO DE CONTRATO
Prestación de Servicios.
3.4 FORMA DE PAGO
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La Entidad efectuara al contratista en pagos (s) por mensualidades vencidas de acuerdo con el valor de la factura generada por servicios prestados, previa entrega de la factura, acompañada de las certificaciones y recibo a satisfacción del servicio firmada por el supervisor del contrato.
En caso de estar obligado, deberá presentar la factura electrónica validada previamente por la DIAN, como requisito necesario para el pago de los bienes y/o servicios contratados, conforme
con las disposiciones señaladas en el Decreto 658 del 05 xx xxxxx de 2020, en concordancia, con lo dispuesto en la Resolución No. 000042 del 05 xx xxxx de 2020 y demás normas vigentes, cuando aplique.
Los pagos estarán sujetos igualmente al cumplimiento de los trámites administrativos a que haya lugar y apropiación del Programa Anual Mensualizado de caja – PAC por parte xxx xxxxxx Nacional al ICBF.
El pago se hará dentro de los veinte (20) días calendario siguientes a la presentación de las facturas y documentos soporte y para el efecto el contratista debe presentar factura y acreditar el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes cajas de compensación familiar, ICBF, SENA, si a ello hubiere lugar, conforme al artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007. Las personas naturales deberán acreditar el pago correspondiente a seguridad social, pensión, salud y ARL.
Si las facturas no han sido correctamente elaboradas o no se acompañan los documentos requeridos para el pago, el termino para el mismo empezará a contarse desde la fecha en que se presentan debidamente corregidas o desde que se haya aportado el último de los documentos solicitados, las demoras que se presenten por este concepto serán responsabilidad del contratista y no tendrán por ello derecho a reconocimiento de intereses o compensación de ninguna naturaleza.
De conformidad con el numeral 5 del artículo 2° de la Resolución 3333 de 2015 de la Dirección Regional del ICBF, estos serán los documentos soporte que se deberán anexar a las cuentas para su presentación ante el área de pagaduría del Grupo Financiero de está Regional.
a) Para el primer pago, copia del contrato, oficio de perfeccionamiento y legalización expedido por el Grupo Jurídico de las Direcciones Regionales del ICBF, en el cual se indique la fecha de legalización e inicio de su ejecución.
En el caso de efectuarse modificaciones contractuales, deberá allegarse el documento contentivo de la adición o reducción y el oficio de perfeccionamiento y legalización expedido por la dependencia competente.
b) Copia actualizada del Registro Único Tributario (RUT), en caso de existir modificaciones en la información allí contenida.
c) Copia del Registro Presupuestal expedido a través del SIIF Nación
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d) Copia de las pólizas debidamente aprobadas por la Dirección de Contratación y los Grupos Jurídicos en las Direcciones Regionales del ICBF, incluyendo las de manejo de anticipos, según lo pactado en cada contrato u orden de prestación de servicios.
e) Certificación original de cumplimiento expedida por el supervisor o interventor del contrato, formato F1 PR23 PA02 “Certificación Pagos Contratos Prestación de Servicios y Programas Diferentes a Honorarios v1.xlsx”.
f) Copia de la consignación que acredite el pago de impuestos Departamentales o Municipales y demás a que haya lugar.
g) Copia de Acta de Inicio, si es del caso.
h) Factura o documento equivalente.
i) Certificación suscrita por el representante legal o revisor fiscal en la cual conste que se encuentra al día en el pago de seguridad social y aportes parafiscales, si es persona natural documento en el cual se evidencia que se encuentra al día en el pago de los aportes a la seguridad social en salud, pensiones y ARL.
j) Cuando se trate de Consorcios o Uniones temporales, anexar copia del documento de constitución, únicamente para el primer pago
3.5 LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
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Los lugares de ejecución del contrato serán:
SEDE | DIRECCIÓN |
Sede Regional del ICBF Regional Boyacá | Xxxxxx 0 Xx 00-00 xx xx xxxxxx xx Xxxxx |
Xxxxxx Xxxxx Xxxxx 1 | Xxx 00 Xx. 0-00 xxxxxx Xxxxx |
Xxxxxx Xxxxx Xxxxx 2 | Xxxxx 00 # 0 - 00 Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx |
Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx | Xxxxx 00 # 00 X - 00 Xxxxxx Xxx Xxxxxxx |
Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx | Xxxxxxx 0 # 00 - 00 Xxxxxx Xxxxxx. Xxxxxxx 0x. Xx. 00-00 |
Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxxxx | Xxxxx 00 # 0 - 00 Xxxx 0 Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx 12 No. 18 – 109 |
Centro Xxxxx Xxxxxxx | Xxxxxxx 0 # 0 - 00 Xxxxxx Xxxxxx. |
Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx | Xxxxxxx 0X Xxxxx 00 Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx. |
Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx | la Xxxxxxx 0 # 0 - 00 Xxxxxx Xx Xxxx. |
Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx | Xxxxx 0 # 0 - 00 Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, |
Xxxxxx Zonal Moniquirá | Xxxxxxx 00 # 00 - 00 Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx. |
Xxxxxx Xxxxx Xxxxx | Xxxxxxx 0 Xxxxx 00 Xxxxxxx Xxxxxx Xx Xxxxxxx. |
Xxxxxx Zonal Cocuy | Xxxxxxx 0 # 0 - 00 Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx. |
NOTA: Para todos los efectos contractuales se tendrán como domicilio la ciudad de Tunja, ubicado en la Xxxxxxx 0 Xx. 00-00 xxx Xxxxx.
3.6 OBLIGACIONES
3.6.1 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
3.6.1.1 OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA
Asumir la responsabilidad de todas las actividades relativas a la ejecución de las obligaciones establecidas en este contrato.
3.6.1.1.1 Participar y apoyar al ICBF en todas las reuniones a las que éste lo convoque relacionadas con la ejecución del contrato.
3.6.1.2 Colaborar con el ICBF Regional Boyacá en el suministro y respuesta de la información correspondiente a los requerimientos que realicen los órganos de control
3.6.1.3 Reportar por escrito al supervisor del contrato cualquier sugerencia que contribuya a la obtención de mejores resultados.
3.6.1.4 Mantener afiliado a todo su personal al Sistema General de Seguridad Social y cumplir con las obligaciones establecidas en el Artículo 50 de la Ley 789 de 2002, Decreto 1703 de 2002, el Artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, y el Decreto 723 de 2013, para lo cual deberá aportar al supervisor del contrato, copia que acredite el pago de los aportes a los sistemas mencionados.
3.6.1.5 Responder ante terceros por los daños que se ocasionen y que provengan por causas que sean imputables al contratista
3.6.1.6 En los casos en que se prorrogue el plazo de ejecución y/o el valor del contrato, el contratista se debe comprometer a mantener vigentes las garantías constituidas y a ampliarlas por el plazo o valor resultante.
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3.6.1.7 Suscribir la garantía única, presentar los amparos requeridos para el cumplimiento del contrato y mantener actualizada su vigencia acorde con los términos pactados en la cláusula pertinente del contrato.
3.6.1.8 Suscribir el acta de liquidación del contrato.
3.6.1.9 Cumplir con las demás obligaciones que se deriven de la naturaleza de este contrato y aquellas otras que en su momento pueda impartir el supervisor del mismo.
3.6.2 OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA
3.6.2.1 Cumplir con plena autonomía técnica y administrativa, con las actividades, lineamientos y estándares definidos en el numeral 6 “Especificaciones Técnicas de los insumos, bienes, productos, obras o servicios a entregar” de la Ficha de Condiciones Técnicas Esenciales para la Prestación del Servicio y/o Entrega del Bien (FCT).
3.6.2.2 Se debe realizar dos (2) servicios de mantenimiento, lavado y desinfección por cada tanque, durante la ejecución del contrato, así:
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x. Xxxxxx y desinfección de tanques
Ítem | Sedes donde se prestar el servicio | Dirección | Cantidad tanques | Medida | Material |
1 | Sede Regional Xxxxx | Xxxxxxx. 6 No.73-98 | 1 | 1.000 L | Plástico |
1 | 5.000 L | Cemento | |||
2 | Centro zonal Tunja 2 | Calle 22 No. 9-8 | 1 | 2500 L | Cemento Subterráneo |
3 | Centro zonal Sogamoso 1 | Carrera 9 No 11 – 41 | 1 | 1.000 L | Plástico |
4 | Centro Zonal Sogamoso 2 | Xxxxxxx 0x. Xx. 00-00 | 0 | 000 X | XXX |
0 | Xxxxxx xxxxx Xxxxxxx | Calle 22 No. 17a-07 | 2 | 1.000 L | Asbesto |
6 | Centro xxxxx Xxxxxxxxxxxx | Xxxxx00 Xx. 0-00 xxxx 0 | 1 | 2.000L | Plástico |
7 | Centro zonal Moniquirá | Xxxxxxx 00 Xx. 00-00 | 0 | 0.000 X | Xxxxxxxx |
0 | Xxxxxx xxxxx Xxxxxxx | Xxxxx 00 Xx. 0-00 | 0 | 0.000 X | Xxxxxxxx |
0 | Xxxxxx xxxxx Xxxxxxxxxx | Xxxxxxx 0 Xx. 0-00 | 0 | 000 X | Xxxxxxxx |
00 | Xxxxxx xxxxx Xxxxxx Xxxxxx | Xxxxxxx 0X xxxxxxx xxxxx 00 xxxxxxx | 0 | 1.000 L | Plástico |
11 | Centro zonal Otanche | Carrera 5 No. 4-13 | 2 | 1.000 L | Plástico |
3.6.2.3 MANTENIMIENTO ZONAS VERDES: El servicio de mantenimiento de zonas verdes debe realizarse solamente en la sede regional en tres (3) oportunidades a partir del perfeccionamiento del contrato.
Poda y fumigación Áreas verdes
ÌTEM | FUMIGACIÓN Y MANTENIMIENTO | DIRECCIÓN | AREA |
1 | Poda de árboles en formación Guadaña xx xxxxx Remoción de materia vegetal, cunetas, alcantarillado y juntas del adoquín Plateo y fertilización de árboles ornamentales | Carrera. 6 No. 73-98 | 750 m2 |
2 | Guadaña xx xxxxx Plateo y fertilización de árboles ornamentales | Xxxxxxx 0X xxxxxxx xxxxx 00 xxxxxxx | 000 |
3.6.2.4 Los servicios de fumigación y control de roedores de las bodegas de Bienestarina debe realizarse dos (2) veces durante la ejecución del contrato.
a. Fumigación y desratización bodegas de Bienestarina
ítem | Descripción de los sitios donde se prestar el servicio | Dirección | Bodegas de Bienestarina |
1 | Chiquinquirá Hogar Infantil | Carrera 12 No. 18 – 109 -111 B | 39 m2 |
2 | Centro zonal Puerto Boyacá | Xxxxxxx 0X xxxxxxx xxxxx 00 xxxxxxx | 00 x0 |
0 | Xxxxxx xxxxx Xxxxxxxxxx | Xxxxxxx 0 Xx. 0-00 | 0 x0 |
0 | Xxxxxx zonal Moniquirá | Xxxxxxx 00 Xx. 00-00 | 0 x0 |
0 | Xxxxxx xxxxx Xxxxxxx | Xxxxx 00 Xx. 00x-00 | 00 x0 |
0 | Xxxxxx xxxxx Xxxxxxxx | Carrera 9 No 11 – 41 | 12 m2 |
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3.6.2.5 Los servicios de fumigación y desratización de áreas administrativas, debe realizarse dos (2) veces en todos los centros zonales, a excepción de CZ Duitama, Cocuy y Tunja 1, que tendrán un (1) servicio durante la ejecución del contrato.
Fumigación y desratización de áreas administrativas
ítem | Sedes donde se prestar el servicio | Dirección | Áreas aproximadas |
1 | Sede Regional en la ciudad de Xxxxx | Xxxxxxx. 0 Xx. 00-00 | 0.000x0 |
0 | Xxxxxx Xxxxx Xxxxx 1 | Xxxxxxx 00 Xx. 0-00 | 000 x0 |
0 | Xxxxxx Xxxxx Xxxxx 2 | Calle 22 No. 9-8 | 1.500 m2. |
4 | Centro Xxxxx Xxxxxxxxxxxx | Xxxxx00 Xx. 0-00 xxxx 0 | 000 x0 |
0 | Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx | Carrera 3A esquina xxxxx 00 xxxxxxx | 000 m2 |
6 | Centro Zonal El Cocuy | Xxxxxxx 00 Xx. 0-00 | 000 x0. |
0 | Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx | Xxxxxxx 0 Xx. 0-00 | 000 x0 |
0 | Xxxxxx transitorio | Xx 0 Xx. 00-00 | 000 m2 |
9 | Centro Xxxxx Xxxxxxxxx | Xxxxxxx 00 Xx. 00-00 | 000 m2 |
10 | Centro Xxxxx Xxxxxxx | Xxxxxxx 0 Xx. 0-00 | 000 x0 |
00 | Xxxxxx Xxxxx Xxxxx | Carrera 2 Cl 2 | 200 m2 |
12 | Centro Xxxxx Xxxxxxx | Xxxxx 00 Xx. 0-00 | 000 x0 |
00 | Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx | Xxxxx 00 Xx. 00x-00 | 0.000 x0 |
00 | Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx 1 | Carrera 9 No 11 – 41 | 300 m2 |
15 | Centro Xxxxx Xxxxxxxx 0 | Xxxxxxx 0x. Xx. 00-00 | 000 m 2 |
3.6.2.6 Los operarios deben contar con equipo de operación y E.P.P completo, requerido para este tipo de labor (overol, guantes, monogafas, botas, mascarilla y gorra).
3.6.2.7 Los plaguicidas utilizados deben estar acordes con la normatividad que rige sobre la materia: Decreto 1443 del 7 xx xxxx de 2004.
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7.1.2.8. Realizar la limpieza de sedimentos, manipulando la válvula de limpieza sin ingreso al tanque
7.1.2.9. Realizar la limpieza de sedimentos, ingresando al interior del tanque, para lo cual se requiere lavado y posterior desinfección
7.1.2.10. Observar si existen grietas, fugas y rajaduras para corregirlos
7.1.2.11. Elaborar cronograma con fechas específicas de acuerdo con las tablas anteriores y entregarlo al supervisor del contrato; teniendo en cuenta que la realización de las actividades debe ser garantizada en los meses relacionados de obligatorio cumplimiento.
7.1.2.12. Expedir certificado xxx xxxxxx y desinfección de los tanques, presentarlo como soporte de la factura
7.1.2.13. El Contratista debe limpiar paredes, pisos y techos de los tanques, haciendo un aseo profundo restregando con cepillos y con manguera con buena presión
7.1.2.14. El personal utilizado para la prestación del servicio debe contar con la debida capacitación y carnetización expedida por la autoridad competente, dicha documentación debe estar vigente.
7.1.2.15. Prestar el servicio de mantenimiento, arreglo xx xxxxxxxx, suministrando fertilizantes y fungicidas, para jardines ubicados en la Sede Regional, centros zonales y unidades de servicio de la regional Boyacá
7.1.2.16. Señalizar y advertir de los peligros antes, durante y después de la realización de las fumigaciones, coordinando con el supervisor la fecha y hora de la operación
7.1.2.17. Realizar la disposición final de todos los residuos vegetales generados en el proceso de jardinería, poda durante los siguientes tres días, una vez realizada la actividad
7.1.2.18. Antes de aplicar el producto, este será revisado por el supervisor del contrato o por quien este delegue, para garantizar la calidad del producto a utilizar
7.1.2.19. Se debe presentar un informe con el visto bueno del supervisor del contrato y registro fotográfico del procedimiento de fumigación de las distintas áreas
7.1.2.20. Garantizar que todos los productos químicos a utilizar sean amigables con la protección del medio ambiente, es decir productos biodegradables y que estos no representen un riesgo para el personal, adicionalmente que cada producto contenga hoja de seguridad.
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7.1.2.21. El contratista debe acreditar carné de aplicador de plaguicidas expedido por la Secretaría de Salud departamental como también anexar junto con la propuesta fotocopia del carné de aplicador de plaguicidas de cada uno de los operarios.
7.1.2.22. Para dicho proceso el contratista debe contar con permiso en alturas.
7.1.2.23. El contratista contará con plena autonomía, es decir, que, para la ejecución de las obligaciones del contrato, obrará bajo su absoluta responsabilidad, y por lo tanto, entre este y el ICBF no existirá relación laboral alguna, ni tampoco existirá dicha relación entre el ICBF y las personas que este utilice para la ejecución del contrato.
7.1.2.24. Realizar el pago de la estampilla UPTC para efectos del primer pago
7.1.2.25. Suscribir acta de liquidación al finalizar el contrato.
7.1.2.26. Las demás instrucciones que le sean impartidas por el supervisor del contrato, que se deriven o tengan relación con la naturaleza del mismo.
7.1.3 Obligaciones contractuales asociadas a los Ejes del Sistema Integrado de Gestión: Obligaciones del Eje Calidad:
1. Asegurar que el personal requerido para la prestación del servicio cuente con el perfil de: Educación (formal: primaria, secundaria, pregrado, posgrado), formación (cursos específicos de la actividad a desarrollar como diplomados, seminarios, talleres entre otros) o experiencia para garantizar la óptima prestación del servicio.
Obligaciones del Eje de Seguridad de la Información
1. Suscribir un documento de compromiso de confidencialidad el cual deberá ser entregado al supervisor del contrato una vez se firme el contrato.
Obligaciones del Eje de Seguridad y Salud en el Trabajo
1. Presentar la identificación de peligros, valoración de riesgos y determinación de controles, documentados, en el marco de la Seguridad y Salud en el Trabajo durante la ejecución del contrato o convenio.
2. Informar al ICBF los Accidentes de Trabajo y enfermedad Laboral – ATEL del personal a cargo del operador/contratista, reportados a la ARL y EPS, durante el plazo de ejecución del contrato o convenio.
3. Realizar trabajos en alturas en cumplimiento de lo establecido en la normatividad vigente.
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Obligaciones del Eje de Gestión Ambiental
1. Adoptar las medidas necesarias para el ahorro y uso eficiente de agua, energía, papel, y manejo de residuos que se generen durante la ejecución del contrato, de acuerdo con la política ambiental de la Entidad.
2. Utilizar productos, empaques y materiales amigables con el medio ambiente.
3. Presentar los permisos y/o autorizaciones ambientales vigentes requeridas para prestación del servicio. Así como las evidencias del cumplimiento de los requerimientos establecidos en dichos documentos.
4. Adoptar las medidas necesarias para el almacenamiento y manejo adecuado de los productos químicos utilizados durante la ejecución del contrato; de acuerdo con la normatividad vigente.
5. Adoptar las medidas necesarias para el manejo adecuado y la disposición final de los residuos especiales y/o peligrosos que se generen durante la ejecución del contrato
3.6.3 Obligaciones generales del ICBF
1. Suministrar la información que previamente requiera EL CONTRATISTA en relación con el objeto del contrato
2. Exigir a EL CONTRATISTA la ejecución idónea y oportuna de las obligaciones del contrato
3. Efectuar la supervisión y seguimiento del contrato.
3.6. Obligaciones específicas del ICBF
- NO APLICA.
3.8 CONSTITUCION DE GARANTÍAS.
El contratista deberá constituir a favor del ICBF Garantía de que tratan la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, y el Decreto 1082 de 2015, considerando el objeto a contratar, las obligaciones contractuales y el valor del contrato, dicha garantía deberá constituirse con los siguientes amparos1:
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Teniendo en cuenta las políticas institucionales y la matriz de riesgo establecida en el literal anterior, el contratista deberá constituir como mínimo a favor del ICBF una garantía que podrá consistir en una póliza de seguro expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, en formato para entidades particulares, o garantía bancaria expedida
1 xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx – Guía para el manejo de garantías en procesos de contratación.
por un banco local, que otorgue los siguientes amparos y cumpla todas las condiciones que se señalan a continuación:
1. Cumplimiento: Por una cuantía equivalente al diez (10%) del valor del contrato y con una vigencia igual al plazo de ejecución y seis (6) meses más, contados a partir de la fecha de suscripción de contrato.
2. Calidad del servicio: Por una cuantía equivalente al diez (10%) del valor del contrato y con una vigencia igual al plazo de ejecución y seis (6) meses más, contados a partir de la fecha de suscripción de contrato.
3. Pagos de salarios y prestaciones sociales e indemnizaciones laborales: En cuantía equivalente al cinco (5%) del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo de ejecución del mismo y tres (3) años más, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato.
En cualquier evento de aumento del valor de contrato o prórroga de su vigencia, el contratista estará obligado a ampliar o prorrogar los amparos en forma proporcionar de manera que se manera que se mantengan las condiciones originales.
3.9 SUPERVISIÓN DEL CONTRATO.
La supervisión del contrato estará a cargo del Coordinador (a) del Grupo Administrativo de la Regional Boyacá, quien ejercerá la supervisión de conformidad con lo establecido en la Ley 1474 de 2011, el Manual de Contratación vigente del ICBF, la Guía para el Ejercicio de Supervisión e Interventoría de Contratos y Convenios suscritos por el ICBF y demás normas internas expedidas por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF.
En todo caso el ordenador del gasto podrá variar unilateralmente la designación del supervisor, comunicando por escrito al designado, para lo cual comunicará por escrito al supervisor designado, con copia al contratista y Grupo Jurídico
3.10 SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO:
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El ICBF podrá imponer multas y declarar el incumplimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 1150 de 2007, artículo 40 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, el artículo 2.2.1.2.3.1.19 del Decreto 1082 de 2015 y demás normas aplicables, así:
MULTAS: POR INCUMPLIMIENTO: A). Si durante la ejecución del contrato se produce un cumplimiento tardío o defectuoso de cualquiera de las obligaciones asumidas por el contratista, el ICBF podrá conminar su cabal cumplimiento a través de la imposición de multas diarias y
sucesivas, xxx xxxx punto uno por ciento (0.1%) del valor del contrato, por cada día transcurrido desde la fecha en que se debió ejecutar la presentación contractual debida, hasta que se verifique su cumplimiento. B). El valor acumulado de las multas impuestas al contratista no podrá superar el veinte por ciento (20%) del valor del contrato. C) El pago o compensación del valor de las sanciones impuestas no exoneraran al contratista de la obligación de cumplir con el objeto contratado. D) La imposición de multas como mecanismo coercitivo sancionatorio no impedirá la reclamación de perjuicios por parte de la entidad contratante. E). El contratista autoriza que el ICBF descuente del saldo a su favor, el valor correspondiente a las multas que se llegaren a causar.
CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA: A) En caso de declaratoria de caducidad o incumplimiento total o parcial de las obligaciones derivadas del contrato, El CONTRATISTA pagará al ICBF, a título xx xxxx pecuniaria, una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato. B) En el evento que el contrato sea ejecutado de manera parcial y el contratista incumpla de manera absoluta cualquiera de las obligaciones derivadas del contrato, el ICBF podrá hacer efectiva una pena equivalente al 3% del valor del contrato como tasación anticipada de perjuicios, por cada obligación especifica incumplida de manera absoluta. C) Si el contratista incumple de manera absoluta diferentes obligaciones específicas del contrato, la imposición de las penas no podrá en todo caso superar el 21% del valor del contrato. D) Si el contratista ejecuta de manera parcial o defectuosa cualquiera de las obligaciones derivadas del contrato y la entidad acepta recibir parcialmente la obligación adeudada, en dicho caso el contratista tendrá derecho a que se reduzca proporcionalmente la pena del 3% tomando en consideración el grado de ejecución de la obligación ejecutada imperfectamente. E). Si el contratista ejecuta de manera tardía cualquiera de las obligaciones derivadas del contrato, el ICBF podrá hacer efectiva una pena, como tasación anticipada de perjuicios, por un monto xxx xxxx punto uno por ciento (0.1%) del valor del contrato, por cada día transcurrido desde la fecha en que se debió ejecutar la prestación contractual debida, hasta que se verifique su cumplimiento, sin que el valor de la pena pueda exceder el tres por ciento 3% del valor del contrato. F). El cobro de la cláusula penal pecuniaria no impedirá que el ICBF reclame judicialmente la totalidad del valor de los perjuicios causados en lo que exceda del valor de la cláusula penal pecuniaria. G) El contratista autoriza que el ICBF descuente de las sumas que le adeude, los valores correspondientes a la cláusula penal.
3.11 TIPIFICACION Y ESTIMACION Y ASIGNACION DE LOS RIESGOS
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De conformidad con el artículo 4 de la Ley 1150 de 2007, y la sección 7 el artículo 2.2.1.1.1.6.3 del Decreto 1082 de 2015 en concordancia con lo establecido en el “Manual para la Identificación y Cobertura del Riesgo en los Procesos de Contratación M-ICR-01” de Colombia Compra Eficiente, la tipificación, asignación y estimación de los riesgos previsibles en la contratación.
Con el fin de conocer los riesgos que afectarían el contrato que se pretenden adelantar, tanto en aspectos favorables como adversos; y con el fin de contribuir a asegurar los fines que el estado persigue con la contratación, el ICBF ha preparado el anexo, el cual permite dilucidar
aspectos que deben ser considerados en la adecuada estructuración de ofertas y planes de contingencia y continuidad del proyecto.
De este modo, corresponderá al contratista seleccionado la xxxxxxxx del riesgo previsible propio de este tipo de contratación, asumiendo su costo, siempre que el mismo no se encuentre expresamente a cargo del ICBF.
Los riesgos que podrían afectar el normal desarrollo de las actividades previstas en esta contratación se analizan en el Anexo– Matriz de tipificación, valoración y asignación de riesgos, elaborada de acuerdo con la metodología propuesta por Colombia Compra Eficiente (CCE) detallada en el “Manual para la Identificación y Cobertura del Riesgo en el Proceso de Contratación".
SE ANEXA MATRIZ DE RIESGOS. - Formato A3. F1. P3 ABS 28/05/2018 versión 3
NOTA: Los anteriores riesgos están mencionados de manera enunciativa y explicativa sin que se encuentren agotados todos los riesgos relacionados con el objeto del proceso de selección, los cuales se entienden asumidos por el contratista salvo expresa manifestación en contrario por parte del ICBF; por consiguiente, es responsabilidad del contratista durante la etapa del proceso y hasta antes del cierre, hacer las observaciones que estime pertinentes en razón de su conocimiento especializado en el objeto del proceso de selección. El ICBF se reserva el derecho de acoger o no las observaciones que se formulen respecto de la atribución de los riesgos previsibles a cargo del contratista.
3.12 INDEMNIDAD:
El contratista mantendrá indemne al ICBF contra todo reclamo, demanda, acción legal y costos que puedan causarse o surgir por daños o lesiones a personas o propiedades de terceros, ocasionados por el CONTRATISTA durante la ejecución del objeto del contrato.
3.13 ASUNCIÓN DE RESPONSABILIDAD:
El Contratista ha hecho sus propias averiguaciones, estudios y proyecciones, condiciones técnicas, sociales, de orden público y ambiental, en la que se adelantarán la ejecución del contrato y en consecuencia se considera conocedor de todos los elementos necesarios para tomar la decisión de asumir totalmente a su riesgo las obligaciones que se lleguen a derivar de la celebración y ejecución de este Contrato.
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CAPITULO IV RELACION FORMATOS Y ANEXOS
ANEXO 1 CARTA DE LA PRESENTACION DE LA OFERTA
ANEXO 2 MODELO DE CERTIFICACION DE CUMPLIMIENTO ARTICULO 50 LEY 789 DE 20002 Y LEY 828 DE 2003 PERSONA NATURAL
ANEXO 3 MODELO DE CERTIFICACION DE CUMPLIMIENTO ARTICULO 50 LEY 789 DE 20002 Y LEY 828 DE 2003 PERSONA JURIDICA
ANEXO 4 RELACION CERTIFICACIONES DE EXPERIENCIA DEL PROPONENTE ANEXO 5 FICHA DE CONDICIONES TECNICAS ESENCIALES
ANEXO 6 MATRIZ DE RIESGOS
ANEXO 7 MODELO CONFORMACION CONSORCIO ANEXO 8 MODELO CONFORMACION UNION TEMPORAL
Dada en Tunja el treinta y uno (31) del mes xx xxxx de dos mil veintiuno (2021).
XXXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXXXXX
Director Regional (E)
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Control de Legalidad: Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx-Coordinadora Grupo Jurídico Aprobó/ Reviso: Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx-Coordinadora Grupo Jurídico Proyectó: Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx- Xxxxxxx Contratista - Grupo Jurídico