Contract
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL C. XXXXX XXXXX XXXX. EN SU CARACTER DE REPRESENTANTE LEGAl A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE IDENTIFICARA COMO 'EL ARRENDATARIO". Y POR LA OTRA. LA PERSONA MORAL DENOMINADA TECNOLOGIA APLICADA A LOS NEGOCIOS ESG SA DE C.V., REPRESENTADA POR EL C. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE IDENTIFICARA COMO "EL ARRENDADOR'. AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS:
DECL ARACI ONES
"EL ARRENDATARIO" declara que:
1.1 Es un Partido Político con personalidad jurldica y patrimonio propio. legalmente constituido de conformidad con lo dispuesto en el articulo 41 numeral 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los términos del Título Segundo Capítulo I de la Ley General de Partidos Políticos; por lo que cuenta con registro ante el Instituto Nacional Electoral. documentación que obra en sus archivos
1.2 XXXXX XXXXX XXXX, tiene las facultades suficientes y necesarias para celebrar el presente contrato en nombre y representación del PARTIDO ACCIÓN NACIONAl mismas que a la fecha. no le han sido revocadas ni modificadas en forma alguna, según lo dispuesto en la Escritura Pública No. 11 6,062 de fecha 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000. xxxxxxxx xxxx xx xx del Xxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx. Xxxxxxx Xxxxxxx Xx. 0. Xxxxxx. Xxxxxxxx Xxxxxxx.
1.3 El COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAl tiene establecido su domicilio Fiscal en Xx. Xxxxxxxx Xx. 0000. Xxxxxxx xxx
Xxxxx. X. X. 000XX. Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx. Xxxxxx xx Xxxxxx.
1.4 Contribuye fiscalmente de acuerdo a lo estipulado en Titulo Séptimo. Capítulo I de la Ley General de Partidos Políticos; y que para el pago de impuestos. así como para el cumplimiento de las obligaciones que marcan las distintas leyes fiscales, cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes identificado con la clave PAN40030 IJR5.
1.5 Manifiesta su voluntad de contratar los seNicios que presta TECNOLOGIA APLICADA A LOS NEGOCIOS ESG S.A. DE C.V., de conformidad con los términos y condiciones establecidos en el presente contrato.
11. "EL ARRENDADOR" declara que:
11.1
Es una persona moral legalmente constituida de conformidad con las leyes de la República Mexicana. tal como se acredita con la Escritura Pública
Número 17.286 de fecha 0 xx xxxxx xxx 0000. xxxxxxxx xxxx xx xx de la licenciada Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Notario Público Número 1O1. del Estado de 1
México. inscrita en el Instituto de la Función Registra! del Distrito Judicial de Jilotepec del Estado de México. bajo el folio mercantil número 171 0•21
con fecha 09 xx xxxxx de 201 l.
11.2 El C. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX, quien se identificó con credencial para votar expedida por el instituto Federal Electoral con número de folio 0000143811385; que tiche facultades suficientes y necesarias para celebrc1r el presente contrato en nombre y representación de la persona moral que tengo legalmente reconocida. mismas que a la fecha. no le han sido revocadas ni modificadas en forma alguna. según lo dispuesto en la esmtura pública descrita en el numeral que antecede.
11.3 Señala su domicilio para los efectos de este contrato. el ubicado en Xxxxx Xxxxxxx Xxxx Xx. 000 lnt. 501, col. San Xxxxxx, Delegación Xxxxxxxxxx,
C.P. 06470. Cd. de México, con número de teléfono (00) 0000-0000.
11.4 Para el pago de impuestos. asi como para el cumplimiento de las obligaciones que le marcan las distintas leyes fiscales. está debidamente dado de alta en el Registro Federal de Contribuyentes Clave TAA-110408-8I5. 2
11.5 Encuentra debidamente inscrito ante el Registro Nacional de Proveedores del Instituto Nacional Electoral, y se identifica con el ID RNP 201503061098306. de conformidad con los artículos 356 al 361 del Reglamento de Fiscalización vigente; asl mismo declara que cuenta con los recursos materiales y humanos para el cumplimiento de sus obligaciones estipuladas dentro del presente contrato.
11.6 Se obliga a extender todo comprobante generado por presente contrato /en hoja impresa y en medio magnético). asl como coadyuvar con 'EL ARRENDATARIO" a efecto de dar cumplimiento al Reglamento en materia de fiscalización aprobado mediante el acuerdo INEjCG04/2018 de fecha 5 de enero de 2018. modificado mediante diversos acuerdos INE/CG409/20l7, INE/CG263/20l4. INE/CG350/2014, INE/CGI047/20l5 e INE/CG320/2016 y el acuerdo INE/CG875/2016 mediante cual ref_ormo y adiciono diversas disposiciones. mismo que fue modificado a través del acuerdo INEjCG68/2017. estando sujeto el presente contrato a posibles obseNaciones por parte de la autoridad electoral derivadas al objeto de este contrato. mismo que se remite a su correo para tener en obseNación y vigilancia las nuevas disposiciones a cumplir
Contrato no. TN/CA/ 18/080 \ V
111. "AMBAS PARTES" declaran que:
111.1 El presente contrato no contiene clausula alguna contraria a la ley, a la moral o a las buenas costumbres y que para su suscripción, no media coacción alguna. en tal virtud. carece de dolo. error, mala fe o cualquier vicio del consentimiento que pueda afectar en todo o en parte la validez del mismo.
111.2 Vistas las anteriores declaraciones y una vez reconocida plenamente la personalidad y capacidad con que comparece cada una de las partes, es su voluntad celebrar el presente contrato, al tenor de las siguientes:
CL AUSULAS
PRIMERA. OBJETO. "EL ARRENDADOR" obliga a conceder el uso y goce temporal de Multifuncional KONICA MINOLTA MOD. B ZHUB4020, mismo que se
describe en el "ANEXO" y sera para uso exclusivo y beneficio de "EL ARRENDATARIO" durante la vigencia del presente instrumento.
KONICA MINOLTA B ZHUB4020 CARACTERISTICAS:
MULTIFUNCIONAL. CARTA MONOCROMATICO, IMPRESORA, COPIADORA Y ESCANER DE42 PPM
INCLUYE:
• PARTES, REFACCIONES, CONSUMIBLES Y TODO LO NECESARIO PARA LA CORRECTAOPERAC ÓN.
• TIEMPO DE SOLUC ÓN NO MAYOR AL DIA SIGU ENTE HÁB L NMEDIATO
POSTER OR AL LEVANTAMIENTO DEL REPORTE DE LA FALLA Y EN CASO DE NECES DAD EL EQUIPO SE REEMPLAZARA POR UN EQUIPO NUEVO O SIMILAR
$900.00
$0.18
SEGUNDA. LUGAR Y FECHA DEL ARRENDAMIENTO. El arrendamiento se llevará a cabo en las oficinas de "EL ARRENDATAR O" ubicadas en Xx. Xxxxxxxx Xx. 0000, Xxx. Xxx Xxxxx. Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx. X. X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx, en el periodo comprendido del O I xx xxxxx al 31 de julio de2018.
TERCERA. CONTRAPRESTACIÓN. Como contraprestación por los servicios prestados conforme a la Cláusula tfrimera, las partes acuerdan se realice el pago mensualmente de la renta más el pago de acuerdo a las copias registradas en los equipos instalados en las oficinas del cliente, debiendo "EL ARRENDADOR", entregar mensualmente y por escrito a "EL ARRENDATARIO", un reporte del número de copias registradas.
En caso de que exista alguna bonificación o descuento a la prestación del bien arrendado, "EL ARRENDADOR" devolverá mediante transferencia dicha bonificación o descuento a "EL ARRENDATARIO". La transferencia deberá de provenir de la cuenta bancaria de "EL ARRENDADOR", de conformidad con el artículo 121. numeral 2 del Reglamento de Fiscalización.
CUARTA. LUGAR Y FORMA DE PAGO. El lugar de pago se efectuará en las oficinas administrativas del COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL DEL PART DO ACCIÓN NACIONAL. ubicadas en Xxxxxxx Xxxxxxxx Xx. 0000. colonia De! Xxxxx. X. X. 00 000, Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx. El monto a que se refiere la cláusula anterior será cubierto por "EL ARRENDATARIO" a "EL ARRENDADOR", en 5 exhibiciones mensuales, entendiéndose así que cada mes vencido se realizará
el pago por concepto de la renta por la cantidad de $ 900.00 (NOVECIENTOS PESOS 00/100 M.N.) MAs IVA, más e pago por las impresiones registradas, basando
los costos en el tabu ador que se muestra en la c áusu a PRIMERA del presente contrato. previa entrega de la factura correspondiente, misma que una vez sea revisada y autorizada por el área correspondiente en un plazo máximo de tres días. La factura a que se refiere la presente cláusula deberá contener todos los requisitos fiscales establecidos en las leyes de la materia; incluyendo el complemento /NE. por lo que el incumplimiento de esta formalidad exime a "EL. ARRENDATARIO" de cualquier responsabilidad que se pueda originar por la falta de pago de la misma. se,'ialando que podrá existir un margen de máximo 20 dlas naturales. en relación a la expedición de la factura y la expedición del pago a los proveedores.
QUINTA. DE LA FISCALIZACIÓN. "EL ARRENDADOR" que suscribe el presente contrato, aceptan y se �bligan a someterse a las obligaciones fiscales emitidas por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral. a través de la Unidad Técnica de Fiscalización encargada de fiscalizar los recursos de los Partidos tfolíticos. con el objeto de coadyuvar con "EL ARRENDATARIO" en solventar las posibles observaciones por parte de la autoridad electoral, derivadas del presente contrato. En virtud
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de lo anterior, ambas partes autorizan a la Unidad Técnica de Fiscalización de los=recubrsrons d; e los tfartido tfolíticos del Instituto Nacional Electoral a solicitar información
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SEXTA COORDINACIÓN. •EL ARRENDADOR" se obliga a realizar el servicio objeto del presente contrato, a la plena y entera satisfacción de •EL ARRENDATARIO". Al efecto las partes se comprometen a proporcionarse mutuamente todo el apoyo razonable para la ejecución de los servicios. por lo anterior. durante la vigencia del presente contrato "EL ARRENDATARIO" podrá comunicar a ·EL ARRENDADOR" y dar sus comentarios relacionados con el arrendamiento del objeto del presente instrumento. asi corno celebrar reuniones periódicas con el fin de informar, evaluar y analizar los bienes o servicios prestados. tendientes a obtener los mejores resultados posibles coordinándose con • La Coordinación de Sistemas· del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Acción Nacional.
SÉPTIMA. CONFIDENCIALIDAD. •EL ARRENDADOR" reconoce que •EL ARRENDATARIO" es propietario exclusivo de los datos. información y resultados que se produzcan o que éste le proporcione o le haya proporcionado y durante el cumplimiento del servicio objeto del presente contrato. los cuales tienen el carácter de confidencial y constituyen un secreto industrial de "EL ARRENDATARIO" en términos del Titulo Tercero. Capitulo Único, de la Ley de Propiedad Industrial y por lo tanto. quedan sujetos a lo establecido por los artículos 82. 83. 85 y 86 de dicho ordenamiento legal. por lo que ·EL ARRENDADOR" no podrá divulgarlos sin la autorización expresa y por escrito de ·EL ARRENDATARIO". aceptando "EL ARRENDADOR" desde este momento que la violación o incumplimiento de lo dispuesto en la presente cláusula además de ser causa de rescisión del presente contrato. podrá encuadrarse dentro de los supuestos contemplados dentro de las fracciones 111, IV y V del artículo 223 de la citada Ley de Propiedad Industrial. y de las leyes civiles y penales aplicables correspondientes. Al término de la realización del servicio.
·EL ARRENDADOR" deberá devolver a ·EL ARRENDATARIO". los elementos, documentos e información que obre en su poder y que le hubiere sido entregado por
·EL ARRENDATARIO", para efectos de la prestación de los servicios contratados y/o que por cualquier causa llegare a estar en poder de ·EL ARRENDADOR" o sus empicados y que sea propiedad de "EL ARRENDATARIO". ·EL ARRENDADOR" queda libre de esta obligación en cualquiera de los siguientes casos: a) si ·EL ARRENDATARIO" divulga la información de tal manera que deja de ser confidencial.
De igual modo y con la finalidad de conservar la confidencialidad convenida. las partes establecen que el "EL ARRENDADOR" no podrá subcontratar personal ajeno a su plantilla laboral para la realización o ejecución de las actividades contratadas. pudiendo recaer estas actividades únicamente en el personal que de forma directa labore para la empresa o despacho contratado.
OCTAVA DE LA NULA RELACIÓN LABORAL En virtud de la naturaleza del contrato y de que las partes cuentan con personal y elementos propios para la realización de los trabajos y obligaciones pa_ctadas en este contrato, en ningún momento podrá considerarse a una de las partes como intermediario, representante o patrón sustituto de los trabajadores o empleados de la otra parte, por lo tanto desde este momento "EL ARRENDADOR" como patrón del personal que ocupe con motivo de los trabajos materia de este contrato. será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social. y conviene por lo mismo. en responder a todas las reclamaciones que sus trabajadores presenten en su contra y se compromete a indemnizar. exonerar y sacar a salvo y en paz a "EL ARRENDATARIO" de cualquier reclamación o demanda de cualquier naturaleza por la que se sancione. derivadas del incumplimiento de las obligaciones en relación con los servicios objeto del presente contrato.
NOVENA. DE LAS MODIFICACIONES. Toda modificación, prórroga. extensión. negociación o acuerdo al que lleguen las partes y que se relacionan con el presente contrato, se hará constar a través del Convenio respectivo. mismo que una vez suscrito por quienes intervienen, formará parte integral del mismo.
DÉCIMA RESCISIÓN. Cualquiera de las partes podrá rescindir el presente contrato en el caso de que alguna incumpla cualquiera de las obligaciones a su cargo. convenidas en los términos y condiciones de éste contrato. o que deriven de la ley de la materia. Las pa,tes convienen expresamente que la rescisión opere dé pleno derecho y sin necesidad de intervenciónjudicial. por lo que si la parte conferida opta por la rescisión, bastará que asilo comunique por escrito a "EL ARRENDADOR", expresando la fecha en la que el contrato quedará rescindido para todos los efectos legales a que haya lugar.
DE CIMA PRIMERA. PENA CONVENCIONAL. En caso de incumplimiento de cualquier obligación que contrate ·EL ARRENDADOR" en virtud de este Contrato, "EL ARRENDATARIO" podrá optar por exigir la rescisión o el cumplimiento del mismo más el pago de la pena convencional que aquí se pacta. sin necesidad de previa interpelación judicial. La pena convencional podrá ser compensatoria o moratoria y en ningún caso podrá exceder cada una del importe de la obligación principal. La primera se pagará a "EL ARRENDATARIO" por el incumplimiento de cualquier obligación que se conlleve a la rescisión legal del Contrato; la segunda. es consecuencia del retraso o del indebido cumplimiento. En lo que se refiere a las penas convencionales moratorias. si "EL ARRENDADOR" cumple con retraso o cumple en forma indebida cualquiera de lc1s obligaciones pactadas. ·EL ARRENDATARIO" notificará a ·EL ARRENDADOR" con efectos de requerimiento. para que atienda y subsane la falla u omisión de que se trate; se generará entonces automáticamente a cargo de ·EL ARRENDADOR", una pena equivalente al 1% {uno por ciento) sobre el monto total del contrato, por cada día natural de atraso en el servicio. Si continuare el incumplimiento por ·EL ARRENDADOR" en forma total o parcial. o en forma indebida, "EL ARRENDATARIO" podrá rescindir el presente Contrato, en cualquier tiempo, aplicando una pena compensatoria igual al 45% {cuarenta y cinco por ciento¡ del monto total del Contrato.
DÉCIMA SEGUNDA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. "EL ARRENDATARIO" podra dar por terminado anticipadamente el presente contrato cuando concurran circunstancias de interés general o por las cuales se extinga la necesidad de requerir los servicios de "EL ARRENDADOR". En este supuesto "EL ARRENDATARIO"
procederá a pagar a
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"EL ARREN[?ADOR"
el total de las sumas adeudadas en el momento de la fecha de terminación. en el entendido de que únicamente se pagaran
las sumas adeudadas por conceptode servicios prestados y no así respecto de aquellos que aún no se han generado.
DÉCIMA TERCERA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Ninguna de las partes será responsable por falta. incapacidad o demora en el cumplimiento de las obligaciones de este contrilto. si dicha falta, incapacidad o demora se debe x xxxxxx, huelga. incendios. explosión. sabotaje, accidente. siniestro, ley, decreto o Contrato no. TN CN 18/080 \ V 3
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reglamento gubernarne11tal o a cualquier otra causa de fueua mayor o caso fortuito. fuera de control de as partes en a inte igencia de que. una vez superados estos eventos. se rec1nudarc1 lci prestcición de los servicios objeto del presente contrato, si así lo mcinifiesta "EL ARRENDATARIO".
DÉCIMA CUARTA. PROHIBICIONES. Con Ningún derecho u obligación a favor o a cargo de as partes del presente contrato. podra ser cedido ni trasmitido total o p<1rcialmente a ningún tercero. si no cuenta con a previa autorización expresa y por escrito de la otra parte.
DÉCIMA QUINTA. NOTIFICACIONES. Toda notificación o aviso que deban darse as partes en virtud de este contrato. seran dadas por escrito. presentadas en a dirección asentada en e capitu o de Dec araciones y surtiran sus efectos a partir de a fecha en que sean recibidos, en a inte igencia de que la parte que reciba a comunicación debera dar constancia de recibido en una copia de dicho escrito para os efectos correspondientes. Todo cambio de domici io de as partes debera comunicarse a a otra parte, con cinco días natura es de anticipación, de o contrario as modificaciones y comunicaciones que se pretendan efectuar, se entenderan hechas en el último domici io registrado.
DÉCIMA SEXTA. TÍTULOS DE LAS CLAUSULAS. Los títulos de as c ausulas que aparecen en e presente contrato se han puesto con e propósito de faci itar su ectura, por lo tanto no definen, ni imitan el contenido de as mismas. Para efectos de interpretación de cada c ausula debera atenderse exc usivamente a su contenido y de ninguna manera al titulo de estas últimas, as como a la intención de as partes que se contienen en todo el clausulado.
DÉCIMA SEPTIMA. DE LA LEGISLACIÓN JURISDI CCIÓN Y COMPETENCIA. Este contrato se regira y sera interpretado de conformidad con las leyes de os Estados Unidos Mexicanos. Para reso ver cualquier controversia que se suscite con motivo de la interpretación, cump imiento o ejecución de presente instrumento. las partes se someten expresamente a laJurisdicción y competencia de os Tribuna es competentes de la Ciudad de México. con renuncia expresa de cua quier otro fuero que pudiere corresponderles en razón de su domici io presente o futuro. o por cualquier otra causa.
El presente contrato se firma por trip icado a través de os representantes legales de as partes que en é intervienen. ante la presencia de un testigo nombrado por
XXXXX XXXXX XXXX
REPRESENTANTE LEGAL
"EL ARRENDATARIO" COMITÉ EJECUTIVO NAC ONAL DEL
PARTIDO ACCIÓN NACIONAL
las mismas. en la Ciudad de México. el día 28 de febrero de 2018
. DE C.V
XXXXX XXXXX XXXXXX COORDINADOR DE SISTEMAS
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