PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EN EL PROCEDIMIENTO NEGOCIADO PARA CONTRATAR EL ARRENDAMIENTO, LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO DE CABINAS SANITARIAS (W. C. QUIMICO PORTATILES) PARA LA CIUDAD DE VALENCIA DURANTE LAS FALLAS...
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EN EL PROCEDIMIENTO NEGOCIADO PARA CONTRATAR EL ARRENDAMIENTO, LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO DE CABINAS SANITARIAS (W. C. QUIMICO PORTATILES) PARA LA CIUDAD DE VALENCIA DURANTE LAS FALLAS 2009 (DÍAS 15, 16, 17, 18 Y 19 XX XXXXX)
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EXPEDIENTE 137-SU/08.
1ª.- OBJETO DEL CONTRATO:
Constituye el objeto del presente contrato el suministro en régimen de alquiler de cabinas sanitarias normales de ciudad y 8 adaptadas a discapacitados,(W.C. Químicos portátiles), incluyendo transporte para su instalación y retirada, limpieza y mantenimiento diario preciso de las mismas durante el periodo contratado, a instalar en la ciudad de Valencia, durante los días 15, 16, 17, 18 y 19 del mes xx Xxxxx de 2009, distribuidas como previamente se indique en la ciudad de Valencia, de conformidad con lo dispuesto en el pliego de condiciones técnicas y administrativas particulares.
CPA : 38.115
CPV 39.3000005
2ª.- RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN:
La contratación a realizar se califica como contrato de suministro, de conformidad con lo establecido en los artículos 9 y 19 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
La presente contratación tiene carácter administrativo, y ambas partes quedan sometidas en todo lo no previsto especialmente en este pliego de condiciones y en el pliego de prescripciones técnicas, a lo dispuesto en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en adelante LCSP, y en el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga a la LCSP, en tanto en cuanto no se produzca su desarrollo Reglamentario, así como a la legislación supletoria que le fuere de aplicación, igualmente en cuanto no se opongan a la LCSP.
Las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados de lo Contencioso- Administrativo de la Ciudad de Valencia, para resolver los litigios que puedan originarse con motivo del cumplimiento del presente contrato.
3ª.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN:
El órgano de contratación, que actúa en nombre de la Corporación, es el Concejal de Contratación por Delegación de la Junta de Gobierno Local.
El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar el correspondiente contrato administrativo y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable.
4ª.- PRESUPUESTO DE LICITACIÓN:
El importe mínimo garantizado del contrato asciende a la cantidad de 25.862,07
€, más 4.137,93 € por el 16% de I.V.A. lo que hace un total de 30.000 € (treinta mil euros).
5ª.- CRÉDITO PRESUPUESTARIO:
Existe el crédito presupuestario preciso para atender a las obligaciones económicas que se deriven de la contratación, con cargo a la partida FH200 4131 20300, “Contratación WCS fallas” del vigente presupuesto donde existe crédito suficiente.
6ª.- REVISION DE PRECIOS:
Habida cuenta la duración del contrato, así como lo establecido en el artículo 77 de la LCSP, no procederá la revisión de precios durante la vigencia del mismo.
7ª.- DURACION DEL CONTRATO. PLAZO DE EJECUCIÓN:
.- Las cabinas se instalaran con la antelación suficiente, que permita que las mismas estén en perfectas condiciones de funcionamiento el primer día contratado para este evento. El lugar de instalación será el determinado por técnicos del Servicio de Sanidad y Consumo.
.- El plazo de retirada de las cabinas que vincule al adjudicatario se propone que las referidas Xxxxxxx deberán ser retiradas antes de las 9:00,00 horas del día 20 xx xxxxx de 2008.
8ª.- GARANTÍA PROVISIONAL:
De acuerdo con lo establecido en el artículo 91 de la LCSP, no será necesario que los licitadores constituyan garantía provisional.
II. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
9ª.- PROCEDIMENTO DE ADJUDICACIÓN:
El contrato se adjudicará mediante procedimiento negociado de conformidad con lo dispuesto en los artículos 122.2, 153.1, y 157.f) y se ajustará a lo previsto en el artículo 162 de la Ley 30/2007 de 30 de octubre de Contratos del Sector Público.
10ª.- CRITERIOS DE VALORACIÓN:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 134, el único de valoración es el
precio.
La licitación versara sobre una baja única global expresada en un único % sobre los tipos que se enumeran a continuación (precio máximo por unidad, transporte para su instalación, limpieza y mantenimiento diario y retirada e IVA ).
.- Cabina normal de ciudad (alquiler cinco días): 186 euros €
.- Cabina adaptada a discapacitados (alquiler cinco días) 250 €.
Dichos importes tienen carácter de máximos, por lo que en ningún caso podrán ser rebasados por los licitadores, so pena de rechazo de la oferta.
11ª.- PLAZO Y PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES:
La contratación se anunciará mediante el envío de invitaciones a las empresas señaladas por el técnico municipal, debiendo cursar petición de ofertas al menos a tres empresas capacitadas para la realización del contrato, si ello es posible.
Durante el plazo de presentación de proposiciones, el expediente, con todos los documentos que lo integran, podrá ser examinado en el Servicio de Contratación, en días hábiles (de lunes a viernes) en horas de nueve a catorce.
Las proposiciones se presentarán contenidas en un sobre cerrado, en cuyo anverso se escribirá: "PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN EL PROCEDIMIENTO NEGOCIADO PARA CONTRATAR EL ARRENDAMIENTO, LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO DE CABINAS SANITARIAS (W. C. QUIMICO PORTATILES) PARA LA CIUDAD DE VALENCIA DURANTE LAS FALLAS 2009 (DÍAS 15, 16, 17, 18 Y 19 XX XXXXX)”
La proposición se ajustará al modelo que figura como Xxxxx X de este pliego de cláusulas administrativas particulares, y su presentación presupone que el interesado acepta de modo incondicional las cláusulas del presente pliego.
Los documentos se deben de presentar con el siguiente orden:
a) Descripción técnica y características del sanitario portátil
b) Descripción técnica y características del sanitario portátil adaptado a discapacitados
c) Materiales de limpieza en ambas cabinas (y su normativa vigente como materiales de protección del medioambiente )
d) Retirada de residuos y empresas o vertedero controlado
e) Numero total de W.C.s a instalar (modelo de sanitario portátil de ciudad más cuatro adaptados para discapacitados).
f) Compromiso de instalarlos en las ubicaciones previstas por los técnicos Municipales
A la proposición se acompañará, en el mismo sobre, la siguiente documentación, que deberá detallarse en una relación suscrita por el representante de la empresa interesada:
a) D.N.I. o documento que lo sustituya del firmante de la proposición. En caso de ciudadanos extranjeros, permiso de residencia y de trabajo.
b) En el caso de empresarios que fueran personas jurídicas, escritura de constitución, y de modificación en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial que fuera preceptivo.
c) Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo presentarán el documento, traducido fehacientemente al castellano, acreditativo de hallarse inscritas en los registros o las certificaciones que se indican en el Anexo I del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en función de los diferentes contratos.
Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe, igualmente traducido fehacientemente al castellano, de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 de la LCSP, en forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio.
d) Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar, bastanteado por la Asesoría Jurídica Municipal (C/ Convento San Xxxxxxxxx nº 2, 4º piso), acompañado de declaración de vigencia del mismo.
e) Declaración responsable del licitador de no hallarse comprendido en alguna de las circunstancias señaladas como causa de prohibición de contratar en el artículo 49 de la LCSP.
f) Declaración de estar al corriente del pago de las obligaciones tributarias y de las cuotas de la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tales requisitos se exija antes de la adjudicación definitiva al adjudicatario provisional del contrato en el plazo de quince días hábiles a contar desde la fecha de la publicación de la misma en el perfil del contratante del Ayuntamiento de Valencia.
La acreditación de la circunstancia de estar al corriente del que resulte adjudicatario provisional será recabada por el Ayuntamiento de Valencia a la Tesorería General de la Seguridad Social y a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de forma telemática. A tal efecto, la presentación de proposiciones a este procedimiento de adjudicación conlleva la autorización expresa al Ayuntamiento de Valencia para solicitar ambos datos a la Tesorería General de la Seguridad Social y a la Agencia Tributaria, en el supuesto de resultar adjudicatario provisional del contrato.
g) Alta del I.A.E. y declaración de vigencia de la misma.
h) Escrito detallando nombre, dirección, número teléfono y número fax.
i) Los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal de empresas deben presentar un compromiso por escrito de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios. Cuando dos o más empresas presenten oferta conjunta, cada una acreditará su personalidad y capacidad, debiendo indicar el nombre y circunstancias de las empresas que la suscriban, la participación de cada una de ellas y designación de la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato, haya de ostentar la plena representación de todas frente a la Administración.
j) Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
k) La solvencia económica, financiera y técnica se acreditará por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 63 y siguientes de la Ley de Contratos del Sector Público.
La clasificación de las empresas, en su caso, para la celebración de contratos del mismo tipo a que se refiere este pliego, acreditará igualmente su solvencia.
Las empresas que liciten en unión temporal, deberán acreditar individualmente los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica, acumulándose a los efectos de la determinación de la solvencia de la unión temporal las características
acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 del RGLCAP.
Los documentos referenciados se presentarán en copia legalizada por Notario, para el caso de que no se presente el original. Asimismo, los licitadores presentarán su documentación en cualquiera de las lenguas oficiales de la Comunidad Valenciana.
La documentación administrativa contenida en el sobre podrá ser recogida por los licitadores en el plazo de tres meses a contar desde el día en que se produzca el acto de apertura del sobre. Transcurrido dicho plazo sin que sea retirada, se entenderá que renuncian a su recuperación decayendo, por lo tanto, su derecho a ello, pudiendo el Ayuntamiento proceder a su destrucción y posterior reciclaje, no requiriéndose a dichos efectos intimación previa.
Los licitadores deberán indicar expresamente, en su caso, la documentación aportada en sus proposiciones que tiene carácter confidencial a los efectos previstos en el artículo 124.1 de la LCSP.
Las proposiciones se presentarán en el Servicio de Contratación de estas dependencias municipales, durante el plazo establecido en la invitación, en horas de nueve a doce.
No se admitirán proposiciones presentadas en otro lugar, salvo lo dispuesto en el artículo 80 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas con referencia a su envío por correo, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío y comunicar en el mismo día al órgano de contratación, por fax o telegrama, la remisión de la proposición. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición en el caso que fuera recibida fuera del plazo fijado en la invitación cursada. (Fax del Servicio de Contratación nº 00.000.00.00). No obstante, transcurridos diez días naturales desde la terminación del plazo, no será admitida ninguna proposición enviada por correo.
Para el caso de que el último día de presentación coincida en sábado, dicho plazo se entenderá que finaliza el primer día hábil siguiente.
Cada licitador podrá presentar sólo una proposición en relación con el objeto del contrato, sin que se puedan presentar variantes o alternativas.
Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal, con la consecuencia, en su caso, de la no admisión de todas las proposiciones por él suscritas.
12ª.- MESA DE CONTRATACIÓN:
La Mesa de contratación estará presidida por el Concejal Delegado de Contratación, y estará integrada por los siguientes vocales:
- El Titular de la Asesoría Jurídica Municipal.
- El Interventor General Municipal
- El Vicesecretario General Municipal.
- La Jefa del Servicio de Contratación.
- El Jefe de Sección I del Servicio de Contratación.
- El Jefe/a del Servicio que promueva la contratación.
Actuará como Secretario el Jefe de la Sección I del Servicio de Contratación.
13ª.- EXAMEN DE LAS OFERTAS:
Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de contratación procederá en acto interno al examen de la documentación presentada por los licitadores, y si observase defectos materiales en la documentación presentada, lo notificará por fax al licitador correspondiente, dejando constancia de dicha notificación en el expediente, concediéndole un plazo no superior a tres días hábiles para que lo subsane. Para el caso de que la finalización del plazo citado coincidiera en sábado, dicha finalización tendrá lugar el primer día hábil siguiente. Ahora bien, si la documentación de un licitador contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, no será admitido a la licitación.
Al margen de la subsanación a que se refiere el párrafo anterior, la Mesa de contratación, a efectos de completar la acreditación de la solvencia de los licitadores, podrá recabar de éstos las aclaraciones que estime oportunas sobre las certificaciones y documentos presentados, así como requerirlos para la presentación de otros documentos complementarios de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 de la LCSP.
La Mesa de contratación elevará al órgano de contratación propuesta de adjudicación del contrato al licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa por incorporar el precio más bajo. Dicha propuesta no crea derecho alguno mientras el órgano de contratación no dicte la resolución de adjudicación provisional.
14ª.- ADJUDICACIÓN PROVISIONAL:
El órgano de contratación, vista la propuesta de la Mesa de Contratación, emitida tras los informes técnicos que considere pertinentes, adjudicará provisionalmente el contrato al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa por incorporar el precio más bajo, pudiendo declarar desierta la licitación si ninguna oferta resulta admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el pliego.
La adjudicación provisional será publicada en el Perfil de Contratante del Ayuntamiento de Valencia y notificada por fax al indicado por los licitadores.
15ª.- PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN POR EL ADJUDICATARIO PROVISIONAL:
En el plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la adjudicación provisional en el perfil de contratante, el órgano de contratación verificará vía telemática de la Tesorería de la Seguridad Social y de la Agencia
Tributaria que el adjudicatario provisional se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y, asimismo, comprobará que se halla al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento a cuyo efecto solicitará los informes técnicos que estime pertinentes.
En dicho plazo el adjudicatario provisional deberá constituir en la Caja Municipal la garantía definitiva a que hace referencia la cláusula 16ª del presente Pliego y acreditar su constitución en el Servicio de Contratación.
Los extranjeros, sean personas físicas o jurídicas, pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión Europea que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar certificación expedida por autoridad competente en el país de procedencia, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las correspondientes obligaciones tributarias. Así mismo, habrán de presentar certificación, también expedida por autoridad competente, en la que se acredite que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones sociales que se exijan en el país de su nacionalidad. Toda la documentación relacionada en este apartado habrá de referirse a los doce últimos meses y deberá presentarse traducida fehacientemente.
16ª.- CONSTITUCIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA:
El adjudicatario provisional del contrato constituirá y acreditará en el Servicio de Contratación, en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la adjudicación provisional en el perfil de contratante del Ayuntamiento de Valencia una garantía definitiva en cuantía de 1293.11 €, equivalente al 5% del importe de adjudicación.
Esta garantía se constituirá en efectivo, valores de deuda Pública, mediante aval bancario, o por contrato de seguro de caución, en los términos y condiciones que se contemplan en los artículos 84 y 85 de la LCSP.
El aval y el contrato de seguro de caución deberán llevar el testimonio del conocimiento de firma, suscrito por Notario.
La garantía definitiva será depositada, en cualquier caso, en la Caja de la Corporación.
17ª.- ADJUDICACION DEFINITIVA:
Dentro de los 10 días hábiles siguientes a aquél en que expire el plazo de 15 días hábiles para la presentación de la documentación del adjudicatario provisional, el órgano de contratación deberá dictar resolución de adjudicación definitiva a favor del adjudicatario provisional, siempre que éste haya presentado dicha documentación y acreditado que reúne las condiciones exigidas al efecto.
Cuando no proceda la adjudicación definitiva del contrato al licitador que hubiese resultado adjudicatario provisional, por no cumplir éste las condiciones necesarias para ello, la Administración, de conformidad con lo establecido en el artículo
135.5 de la LCSP, podrá efectuar una nueva adjudicación provisional al licitador o licitadores siguientes a aquél, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, en cuyo caso se concederá a éste un plazo xx xxxx días hábiles para cumplimentar lo señalado en la cláusula 15ª.
III. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
18ª.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO:
El adjudicatario queda obligado a suscribir, dentro del plazo xx xxxx días hábiles desde la fecha de la notificación de la adjudicación definitiva, el documento administrativo de formalización del contrato, al que se unirá, formando parte del contrato, la oferta del adjudicatario, un ejemplar xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares y de las prescripciones técnicas, y demás documentos que revistan carácter contractual, debidamente compulsados.
Antes de la formalización del contrato, el adjudicatario definitivo deberá acreditar el pago de todos los gastos originados por la licitación, a cuyo fin se le trasladará la liquidación correspondiente.
En el supuesto de que resultase adjudicatario una Unión Temporal de Empresarios será necesario acreditar la formalización de la constitución de la misma en escritura pública.
El documento en que se formalice el contrato será, en todo caso, administrativo, pudiéndose elevar a escritura pública, cuando lo solicite el contratista, siendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento.
Si en el plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a la notificación de la adjudicación definitiva, no se formalizase el contrato por causas imputables al contratista, la Administración podrá acordar la resolución del mismo, con indemnización por los daños y perjuicios ocasionados. Si dichas causas son imputables a la Administración se estará a lo dispuesto en el artículo 140.3 de la LCSP.
19ª.- OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA:
El contrato será inalterable a partir de su perfeccionamiento, y deberá ser cumplido con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares y en el contrato, observándose fielmente lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, de conformidad con lo establecido en el art. 199 de la LCSP.
El contratista deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, debiendo tener a su cargo el personal necesario para la realización del objeto del contrato, respecto del que ostentará, a todos los efectos, la condición de empresario.
20ª.-OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL ADJUDICATARIO:
La empresa adjudicataria estará obligada a realizar las siguientes actuaciones a su cargo
a) Transportar las cabinas hasta los lugares donde deban quedar instaladas (en Valencia) así como hasta su lugar de origen una vez finalice el periodo de alquiler.
b) Instalar las cabinas con una antelación suficiente, que permita que las mismas estén en perfectas condiciones de funcionamiento el primer día del contrato para este evento. La instalación se realizará en los lugares que indiquen los Técnicos municipales responsables del Servicio de Sanidad de este Ayuntamiento.
c) Limpieza y vaciado del depósito diariamente durante el periodo contratado. Llevar a cabo la limpieza y el mantenimiento diario de las cabinas para que estén en perfectas condiciones higiénico sanitarias, que incluirá:
- La limpieza diaria necesaria se realizara antes de las 11,00 horas.
- Vaciado de los tanques
- Lavado y desinfección de los sanitarios en su interior y exterior
- Renovación del liquido neutralizante biodegradable, bactericida y ambientador, que debe cumplir la normativa vigente en esta materia
- Todas las medidas que se estimen oportunas para garantizar las adecuadas condiciones higiénico-sanitarias.
- Revisión de cualquier anomalía (en caso de presentarse y haber sido comunicada).
- Etiqueta de información de mantenimiento.
d) Aportar todo el personal necesario para cada una de las operaciones señaladas en los apartados anteriores.
e) El contratista está obligado a concertar a su xxxxx desde el inicio de la prestación hasta la recepción definitiva, un seguro contra todo riesgo, incluido responsabilidad ante terceros, por el importe del precio de adjudicación, debiendo figurar como beneficiario, en caso de siniestro, el Ayuntamiento de Valencia; o bien en su defecto certificado firmado por parte del representante legal de la Empresa de que el Ayuntamiento de Valencia está eximido del abono de los desperfectos que pudieran ser ocasionados en los sanitarios portátiles ofertados así como de cualquier responsabilidad en caso de accidente o daños a terceros. La Empresa debe disponer de un seguro de Responsabilidad Civil con cobertura de cualquier circunstancia que pudiera ocurrir.
f) Reposición de cualquier cabina, en el mismo día, que quede fuera de uso por motivo de rotura, inutilización o actos vandálicos
g) Los materiales que se utilicen cumplirán con la normativa vigente en protección del medioambiente, así como los desechos de los tanques conducidos a vertederos controlados según la norma vigente.
h) Características generales del W.C. sanitario portátil para la ciudad y adaptado a discapacitados:
- Que sea autónomo y no precise instalación.
- Deposito con capacidad mínima de aprox. 200 litros.
- Sistema de descarga con pulsador de pie, tanto en cisterna como en lavamanos
- Servicio de reposición diaria de todos los accesorios que pueda incorporar, dispensadores de jabón, toallas de papel, recambio de papel higiénico, etc.
- Sistema de cierre interior
- Descripción de sistema de ventilación.
21ª.- OBLIGACIONES DEL AYUNTAMIENTO:
Los técnicos del Servicio de Sanidad supervisaran la instalación y correcto funcionamiento, y confirmaran que se adecuan al Pliego de Condiciones técnicas. El Ayuntamiento se reserva el derecho a rechazar aquellos elementos del suministro que no cumplan los requisitos necesarios, debiendo el adjudicatario proceder a instalar otro alternativo de forma inmediata.
22ª.- FORMA DE PAGO:
El Ayuntamiento abonará al suministrador el importe en una única factura por el importe del 100 % del precio de adjudicación una vez finalizado el plazo del suministro y retiradas las unidades.
23ª.- INTERESES DE DEMORA:
Si en el plazo de sesenta días, desde la presentación de la factura, la Corporación no ha abonado el precio correspondiente, el contratista tendrá derecho a percibir, a partir del cumplimiento de dicho plazo, los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la ley por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
24ª.- PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO: INFRACCIONES Y SANCIONES:
El adjudicatario queda obligado al cumplimiento de los plazos de este contrato. En caso de incumplirlo, esta administración podrá penalizarlo hasta por un importe máximo de 50 € por día de retraso y cabina no instalada, cantidad que se deducirá de las facturas, sin excluir la indemnización por daños y perjuicios a los que se pueda tener derecho
25ª.- CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO:
El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado la totalidad de su objeto, de conformidad con lo establecido en el propio contrato, en este pliego y en el de prescripciones técnicas, y a satisfacción de la Administración.
26ª.- COMPROBACIÓN:
Los técnicos del Servicio de Sanidad supervisaran la instalación y correcto funcionamiento, y confirmaran que se adecuan al Pliego de Condiciones técnicas. El Ayuntamiento se reserva el derecho a rechazar aquellos elementos del suministro que no cumplan los requisitos necesarios, debiendo el adjudicatario proceder a instalar otro alternativo de forma inmediata.
27ª.-RESOLUCION Y EXTINCION DEL CONTRATO:
Además de en los supuestos de cumplimiento, el contrato se extinguirá por su resolución, acordada por la concurrencia de alguna de las causas previstas en los artículos 206 y 275 de la LCSP dando lugar a los efectos previstos en los artículos 208 y 276 de la LCSP.
28ª.- DEVOLUCION Y CANCELACION DE LA GARANTIA DEFINITIVA:
Transcurridos 15 días naturales de la finalización del suministro contratado, contándose a partir del 19 xx xxxxx, se levantará se devolverá la fianza, de conformidad con lo dispuesto en la LCSP
Valencia, a 20 de febrero de 2009.
LA JEFA DEL SERVICIO LA T.A.G DE CONTRATACIÓN
Fdo. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Fdo. Xx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx
A N E X O I
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D. ……………., con D.N.I. nº ………, domiciliado para todos los actos de este procedimiento negociado en ............., C/ ...................... nº ..., obrando en nombre
......................, C.I.F nº ………, enterado de los pliegos de condiciones aprobados por la Corporación Municipal de Valencia para contratar EL ARRENDAMIENTO, LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO DE CABINAS SANITARIAS (W. C. QUIMICO PORTATILES) PARA LA CIUDAD DE VALENCIA DURANTE LAS
FALLAS 2009 (DÍAS 15, 16, 17, 18 Y 19 XX XXXXX)”, se obliga a cumplir dicho contrato, de conformidad con los referidos pliegos, por un porcentaje de baja único y global, de …unidades y …centésimas ( …,… %), aplicable a todos y cada uno de los precios de las cabinas que se enumeran en la cláusula décima del presente Pliego de cláusulas administrativas particulares
Lugar, fecha y firma del licitador