Ylenia Llamazares Presa (1 de 1) Técnico de Contratación
Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxx (1 de 1) Técnico de Contratación
Fecha Firma: 31/03/2022
HASH: dea80664d095deafa209efa0b05c985e
CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO (CCC) DE SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES, COMPRENSIVO DE LOS SERVICIOS DE TELEFONÍA FIJA, TELEFONÍA MÓVIL E INTERNET, PARA EL AYUNTAMIENTO DE GUARDO (PALENCIA).
1. PODER ADJUDICADOR: AYUNTAMIENTO DE GUARDO (PALENCIA). ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE GUARDO (por delegación de la Alcaldía mediante Resolución 2022-0032 de 17 de enero de 2022 (BOP núm. 10 de 24 de enero de 2022). DIRECCIÓN DEL PERFIL DE CONTRATANTE: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/ xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxx. UNIDAD ENCARGA DEL SEGUIMIENTO Y EJECUCIÓN: Departamento de Contratación. RESPONSABLE DEL CONTRATO: D. XXXXXXX XXXX XXXXXXXXX |
2. OBJETO DEL CONTRATO: Prestación del Servicio de telecomunicaciones comprensivo de los servicios de telefonía fija, telefonía móvil, e Internet, en los centros pertenecientes al Ayuntamiento de Guardo y para el personal municipal. CODIFICACIÓN VOCABULARIO COMÚN DE CONTRATOS PÚBLICOS (CPV). 64200000-8 Servicios de telecomunicaciones. 64210000-1 Servicios telefónicos y de transmisión de datos. 64212000-5 Servicios de telefonía móvil. 72400000-4 Servicios de Internet. 50334140-8 Servicios de reparación y mantenimiento de aparatos telefónicos. 50334400-9 Servicios de mantenimiento de sistemas de comunicaciones. NECESIDADES A SATISFACER: Garantizar la disponibilidad de un sistema de comunicaciones de voz y datos para el Ayuntamiento y sus centros y sedes dependientes, así como el mantenimiento de su infraestructura y los servicios de soporte asociados al mismo, todo ello con el fin de garantizar el correcto desempeño de las funciones propias de la Administración. DIVISIÓN EN LOTES: NO. |
3. TRAMITACIÓN Y ADJUDICACIÓN: PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN: ABIERTO SIMPLIFICADO (art 159 LCSP). TRAMITACIÓN: ORDINARIA CONTRATO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA: NO. CONTRATO SUSCEPTIBLE DE RECURSO ESPECIAL: NO. |
4. DURACIÓN DEL CONTRATO: 2 AÑOS. POSIBILIDAD DE PRÓRROGAS: Si, por un año mas. |
5. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN: 19.200,00 €/año mas IVA 21% (4.032) = 23.232,00 euros. TOTAL POR DOS AÑOS: 46.464,00 euros. |
Cód. Validación: AW3NKN2MLY54LQTPD6LY7ZXQM | Verificación: xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 24
Ayuntamiento de Guardo
PASEO DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
6. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO: VALOR ESTIMADO ANUAL: 19.200,00 euros VALOR ESTIMADO PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO: 38.400,00 euros VALOR ESTIMADO DE LA POSIBLE PRÓRROGA: 19.200,00 euros VALOR ESTIMADO TOTAL: 57.600,00 euros |
7. ANUALIDADES PRESUPUESTARIAS DEL CONTRATO Y CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA: Tramitación anticipada: NO |
8. REQUISITOS EXIGIDOS PARA CONTRATAR: CAPACIDAD Y HABILITACIÓN EMPRESARIAL: Sólo podrán contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibición de contratar, y acrediten su clasificación o, en su caso, la solvencia económica y financiera y técnica o profesional requerida. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. En lo que respecta a las empresas comunitarias o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, las empresas no comunitarias y las Uniones de empresarios, se estará a lo dispuesto en los artículos 67, 68 y 69 de la LCSP 2017. Los licitadores deberán estar inscritos en el Registro Oficial de licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Publico. Los licitadores deberán acreditar estar inscritos en el Registro de Operadores en telecomunicaciones. SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA: El volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, deberá ser de al menos de 57.600,00 euros. Ello se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. La citada acreditación se exigirá preceptivamente al propuesto adjudicatario, siendo causa de rechazo de su oferta la no acreditación en la forma indicada o supletoriamente, mediante la clasificación que se indicará. SOLVENCIA TÉCNICA Y PROFESIONAL: Relación de servicios ejecutados en el curso de los tres últimos años que sean de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Se deberá acreditar al menos tres servicios de naturaleza similar al del presente contrato, en el citado periodo. Los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, y si su destinatario fuese un sujeto privado, mediante certificado expedido por este, o, a falta de este certificado, mediante una declaración |
Cód. Validación: AW3NKN2MLY54LQTPD6LY7ZXQM | Verificación: xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 24
ANUALIDAD | APLICACIONES PRESUPUESTARIAS | IMPORTE IVA INC. |
2022 (junio-diciembre) | 920.222.00, 231.222.00, 334.222.00, 342.222.00, 3321.222.00 | 13.552,00 € |
2023 (enero-diciembre) | 920.222.00, 231.222.00, 334.222.00, 342.222.00, 3321.222.00 | 23.232,00 € |
2024 (enero-mayo) | 920.222.00, 231.222.00, 334.222.00, 342.222.00, 3321.222.00 | 9.680,00 € |
Ayuntamiento de Guardo
PASEO DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
del empresario, acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se acudirá además de al CPV, al sistema de clasificación de actividades contenida en la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE), ó, Certificación de conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad en su Categoría Alta (se aportará Documentación acreditativa) CLASIFICACIÓN EMPRESARIAL QUE PUEDE SUSTITUIR A LA SOLVENCIA: Grupo V, Subgrupo 4, servicio de telecomunicaciones, Categoría 1 |
9. GARANTÍAS GARANTÍA PROVISIONAL: No se exige GARANTÍA COMPLEMENTARIA: No se exige GARANTÍA DEFINITIVA: 5% del importe de adjudicación IVA exc. PLAZO DE GARANTÍA: El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando este haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración, la totalidad de la prestación y firmada de conformidad la correspondiente factura presentada por el Adjudicatario. |
10. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Las ofertas se presentarán exclusivamente por medios electrónicos, a través de la Plataforma de contratación del Sector Público: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxxxxx/xxxxxxxxxx. La presentación de proposiciones por cualquier otra vía, será causa de exclusión e la licitación. PLAZO DE PRESENTACIÓN: El plazo de presentación será de 15 días hábiles a contar a partir del día siguiente a la publicación del anuncio de licitación en la Plataforma de Contratación del Sector Público. |
11. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN: Se presentará un único archivo electrónico denominado “DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA Y PROPOSICIÓN ECONÓMICA”, que contendrá los siguientes documentos: -Declaración Responsable:Se incluirá debida,mente cumplimentado, el documento que se acompaña como ANEXO I al pliego de cláusulas administrativas, que deberá ir firmado electrónicamente y con la correspondiente identificación. -Oferta Económica: Contendrá una sola proposición formada electrónicamente por el licitador o persona que le represente, redactada coniforme al modelo que figura como XXXXX XX xxx xxxxxx de cláusulas administrativas. -Memoria técnica de la arquitectura de comunicaciones propuesta, de acuerdo con el PPT, y descriptiva de las características de los elementos tecnológicos que intervienen en la oferta (terminales fijos, terminales móviles, routers, cableado en su caso, etc). |
12. MESA DE CONTRATACIÓN: SÍ (con la composición prevista en el Pliego de Cláusulas administrativas) |
13. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS: Adjudicación en base a un único criterio cuantificable por aplicación de fórmula: - EL PRECIO DE LA OFERTA (HASTA 100 PUNTOS): La máxima puntuación se otorgará a la oferta económica más baja, y disminuirá proporcionalmente para el resto más caras, en aplicación de la siguiente fórmula matemática: |
Cód. Validación: AW3NKN2MLY54LQTPD6LY7ZXQM | Verificación: xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 24
Ayuntamiento de Guardo
PASEO DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
Ayuntamiento de Guardo
PASEO DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
Cód. Validación: AW3NKN2MLY54LQTPD6LY7ZXQM | Verificación: xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 24
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DEL CONTRATO DE SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES (COMPRENSIVO DE LOS SERVICIOS DE TELEFONÍA FIJA, TELEFONÍA MÓVIL, E INTERNET) PARA EL AYUNTAMIENTO DE GUARDO (PALENCIA).
CLÁUSULA 1.- OBJETO DEL CONTRATO; VOCABULARIO COMÚN DE CONTRATOS PÚBLICOS (CPV); DIVISIÓN EN LOTES; NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER.
1º.- Objeto del contrato. El objeto del contrato es la prestación del servicio de telecomunicaciones, comprensivo de los servicios de telefonía fija, telefonía móvil, e internet, así como los servicios de soporte asociados, necesarios para su explotación en los centros pertenecientes al Ayuntamiento de Guardo y para el personal municipal, d e acuerdo con todas las especificaciones previstas en el Pliego de Prescripciones Técnicas
2º.- Codificación CPV del contrato: De acuerdo al CPV 2008 (REGLAMENTO (CE) N* 213/2008 DE LA COMISIÓN de 28 de noviembre de 2007 que modifica el Reglamento (CE) n* 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aprueba el Vocabulario común de contratos públicos (CPV), y las Directivas 2004/17/CE y 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los procedimientos de los contratos públicos, en lo referente a la revisión del CPV
El objeto del contrato se identifica con los códigos siguientes:
64200000-8 Servicios de telecomunicaciones.
64210000-1 Servicios telefónicos y de transmisión de datos 64212000-5 Servicios de telefonía móvil
72400000-4 Servicios de Internet.
50334140-8 Servicios de reparación y mantenimiento de aparatos telefónicos 50334400-9 Servicios de mantenimiento de sistemas de comunicaciones
Cód. Validación: AW3NKN2MLY54LQTPD6LY7ZXQM | Verificación: xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 24
3º.- Justificación de la no división en lotes del objeto del contrato. De conformidad con el artículo 99.3 LCSP, se justifica la no división, a raíz de la naturaleza de las prestaciones, que requieren de su gestión centralizada. La división en lotes dificultaría la correcta ejecución del contrato desde el punto de vista técnico. Los servicios que formen parte de la red de telecomunicaciones del Ayuntamiento han de constituir una unidad de servicio global integrada, y del mismo modo han de funcionar. La convergencia fijo-móvil-datos que pretende el Ayuntamiento facilitará soluciones de más optimas.
4º.- Necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato. La necesidad a satisfacer es garantizar la disponibilidad de un sistema de comunicaciones de voz y datos para el Ayuntamiento, así como el mantenimiento de su infraestructura y los servicios de soporte asociados al mismo, todo ello con el fin de garantizar el correcto desempeño de las funciones propias de la Administración. Se trata de servicios necesarios para el buen funcionamiento del Ayuntamiento, ya que es imprescindible contar, tanto con los servicios de telefonía, tanto fija como móvil, y de transmisión de datos y acceso a internet, mediante red fibra en el edificio de la casa consistorial y en el resto de las sedes donde resulte posible.
En relación a la insuficiencia de medios, hay que señalar que se trata este de un ámbito regulado en el que las soluciones pasan por la contratación de servicios a las operadoras de telecomunicaciones.
Ayuntamiento de Guardo
PASEO DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
En la actualidad, la evolución tecnológica, ha producido un aumento no solo de los servicios ofrecidos por los proveedores, sino también del número de estos, existiendo diversos proveedores capaces de dar cobertura al alcance xxx xxxxxx, y de participar en esta licitación, garantizando la libre concurrencia, así como la competencia que produzca como resultando la deseada mejora de la oferta económica, y el correspondiente ahorro.
CLÁUSULA 2.- Régimen Jurídico del Contrato.
El contrato que regula el presente pliego tiene carácter administrativo conforme a lo señalado en el artículo 25.1 de la LCSP y se regirá, en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos, modificación y extinción, en lo no previsto en el mismo por la legislación básica del Estado en materia de contratación: la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP), por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, R.D. 1098/2001, de 12 de Octubre, en cuanto no se oponga a lo establecido en la LCSP (en adelante RGLCAP), por el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y por la de Régimen Local; aplicándose, supletoriamente, las normas estatales sobre contratación que no tengan carácter básico, las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las de derecho privado.
La contratación a realizar se tipifica como contrato de servicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la LCSP.
Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en el presente pliego, sus anexos y cuadro de características, así como en el pliego de prescripciones técnicas, y documento de formalización del contrato, que revestirán carácter contractual.
El contrato se ajustará al contenido del presente pliego, cuyas cláusulas se entenderán parte integrante de aquél.
Cód. Validación: AW3NKN2MLY54LQTPD6LY7ZXQM | Verificación: xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 24
En caso de discrepancia entre el presente pliego y el resto de documentación que reviste carácter contractual, prevalecerá el presente pliego y su cuadro de características.
El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anejos al mismo, instrucciones, pliegos o normas de toda índole promulgados por la Administración que puedan tener aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al empresario de la obligación de su cumplimiento.
CLÁUSULA 3.- Procedimiento de adjudicación y forma de tramitación del expediente.
El presente contrato se adjudicará mediante el procedimiento abierto simplificado previsto en el art. 159 de la LCSP, y se tramitará de forma ordinaria.
CLÁUSULA 4.- Presupuesto Base de Licitación.
El presupuesto base de licitación, establece el artículo 100.1 de la LCSP, como límite máximo
Ayuntamiento de Guardo
PASEO DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
de gasto que en virtud del contrato puede comprometer el órgano de contratación, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, asciende a la cantidad expresada en el apartado 5 del CCC.
CLÁUSULA 5.- Valor estimado.
El valor estimado del contrato es el que recoge el apartado 6 del Cuadro de Características del Contrato, artículo 101 de la LCSP 2017.
CLÁUSULA 6.- Existencia de crédito.
Existe crédito adecuado y suficiente hasta el importe del presupuesto base de licitación, recogido en el apartado 7 del Cuadro de Características del Contrato para la primera de las anualidades que en el mismo se indican, y con cargo a las aplicaciones presupuestarias que en él se señalan.
La Corporación asume el compromiso de incluir en los Presupuestos de los ejercicios 2023 y 2024 los importes correspondientes a la anualidad prevista, salvo que se anticipase la financiación, en cuyo caso se incorporaría al Presupuesto del año correspondiente mediante la oportuna modificación presupuestaria y reajuste de anualidades. En caso de tramitación anticipada del gasto (que se indicará en el apartado 7 del Cuadro de Características del Contrato), la adjudicación del contrato se somete a la condición suspensiva de tramitación previa de las correspondientes modificaciones presupuestarias del ejercicio correspondiente para hacer frente a las obligaciones derivadas del contrato (D.A. 3ª LCSP).
Queda por tanto para el resto de los ejercicios, condicionada a la existencia de consignación presupuestaria adecuada y suficiente en cada ejercicio presupuestario.
CLÁUSULA 7.- Plazo de ejecución y prórroga.
Cód. Validación: AW3NKN2MLY54LQTPD6LY7ZXQM | Verificación: xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 24
El contrato tendrá una duración de DOS AÑOS (debiendo estar todos los servicios plenamente operativos el 1 xx xxxxx de 2022), prorrogable por otro más, sin que pueda superar los tres años.
La prórroga anual deberá ser en todo caso expresa, acordada por el órgano de contratación, sin que sea posible la prórroga por consentimiento tácito de las partes.
Sin perjuicio de lo anterior, y de acuerdo con el artículo 29 de la LCSP, cuando al vencimiento de un contrato no se hubiera formalizado el nuevo contrato que garantice la continuidad de la prestación a realizar por el contratista como consecuencia de incidencias resultantes de acontecimientos imprevisibles para el órgano de contratación producidas en el procedimiento de adjudicación y existan razones de interés público para no interrumpir la prestación, se podrá prorrogar el contrato originario hasta que comience la ejecución del nuevo contrato y en todo caso por un periodo máximo de nueve meses, sin modificar las restantes condiciones del contrato, siempre que el anuncio de licitación del nuevo contrato se haya publicado con una antelación mínima de tres meses respecto de la fecha de finalización del contrato originario.
CLÁUSULA 8.- Órgano de contratación
El órgano de contratación, que actúa en nombre de la Entidad Local es el que se señala en el apartado 1 del Cuadro de Características del Contrato, en virtud de las facultades que le confieren los
Ayuntamiento de Guardo
PASEO DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
artículos 61 y la disposición adicional segunda de la LCSP 2017.
CLÁUSULA 9.- Perfil de contratante.
Conforme al artículo 63 de la LCSP 2017 y con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a la actividad contractual de esta Entidad Local , se facilita a través del Perfil de Contratante de la misma toda la información relativa a su actividad contractual, incluyendo los anuncios relativos al presente contrato, el presente pliego, el de prescripciones técnicas y toda la documentación con carácter contractual.
El perfil será accesible para todos los interesados desde la dirección que se señala en el apartado 1 del Cuadro de Características del Contrato.
CLÁUSULA 10.- Responsable del contrato.
El Responsable del Contrato será el señalado en el apartado 1 del Cuadro de Características del Contrato.
Al responsable del contrato le corresponde, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 62.1 LCSP, supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada, dentro del ámbito de facultades que el órgano de contratación le atribuya.
CLÁUSULA 11.- Unidad encargada del seguimiento y ejecución del contrato.
De conformidad con el artículo 62 LCSP, la unidad encargada del seguimiento y ejecución ordinaria de este contrato será la que se indica en el apartado 1 del Cuadro de Características del Contrato.
Cód. Validación: AW3NKN2MLY54LQTPD6LY7ZXQM | Verificación: xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 24
CLÁUSULA 12.- Capacidad y solvencia. Capacidad.
Sólo podrán contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna prohibición de contratar de las señaladas en al artículo 71 de la LCSP 2017, y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional o, en los casos en que sea exigible, o se encuentren debidamente clasificadas.
Los contratistas deberán contar, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de las prestaciones que contribuyan al objeto del contrato; en concreto deberán acreditar que cuentan con título habilitante para prestar los servicios objeto de la contratación, inscrito en el Registro de Operadores, debiendo estar igualmente inscritas en el Registro oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
En lo que respecta a las empresas comunitarias o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y las empresas no comunitarias se estará a lo dispuesto en los artículos
Ayuntamiento de Guardo
PASEO DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
67 y 68 de la LCSP 2017.
Y en lo que respecta a las uniones de empresarios, a lo dispuesto en el art. 69 de la LCSP.
Clasificación y Solvencia.
De conformidad con el artículo 74 LCSP, para celebrar contratos con el sector público los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera y profesional o técnica que se determinan seguidamente.
Este requisito podrá ser sustituido por el de la clasificación, aunque para los contratos de servicios no sea exigible la misma.
Como contrato de servicios que por su objeto corresponde a algún subgrupo de clasificación (artículo 37 RD 773/2015), en el pliego se hace constar el grupo o subgrupo de clasificación y la categoría de clasificación que corresponde al contrato; será el apartado 8 del Cuadro de Características del Contrato, aquel en que se establecen los criterios y requisitos mínimos de solvencia económica y financiera y de solvencia técnica o profesional, tanto en los términos previstos en los artículos 87 y 90 de la Ley, como en términos de grupo o subgrupo de clasificación y de categoría mínima exigible, pudiendo el empresario acreditar su solvencia mediante el cumplimiento de los requisitos específicos de conformidad con las previsiones recogidas en las siguientes reglas o bien mediante la correspondiente clasificación si la tuviera.
A) La solvencia económica y financiera se acreditará por los siguientes medios:
El volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, deberá ser de al menos una vez el valor estimado del contrato, cantidad que se indica en el apartado 8 del Cuadro.
La cifra anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
B) La solvencia técnica o profesional se acreditará por los siguientes medios:
Cód. Validación: AW3NKN2MLY54LQTPD6LY7ZXQM | Verificación: xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 24
b.1).- Relación de servicios ejecutados en el curso de los tres últimos años que sean de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Se deberá acreditar el mínimo de servicios de similares características al objeto del presente contrato, que se indica en el apartado 8 del Cuadro. Los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario, acompañado de los documentos xxxxxxx en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituyen el objeto del contrato se acudirá además de al CPV (dos primeros dígitos), al sistema de clasificación de actividades contenida en la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE).
b.2) Contar con Certificación de conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad en su Categoría Alta.
Para acreditar la solvencia necesaria, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá
Ayuntamiento de Guardo
PASEO DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar.
En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal.
Para ello la empresa que desee recurrir a las capacidades de otras entidades, demostrará que va a disponer de los recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas entidades, compromiso que se presentará por el licitador que hubiera presentado la mejor oferta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 150 de la LCSP, previo requerimiento a tal efecto.
CLÁUSULA 13.- Garantías.
En lo que respecta a las garantías, se atenderá a lo establecido a continuación:
GARANTÍA PROVISIONAL. Los licitadores quedan exceptuados en este procedimiento de la obligación de prestar la garantía provisional de conformidad con el artículo 159.4 b) de la LCSP.
GARANTÍA COMPLEMENTARIA. No se exige
GARANTÍA DEFINITIVA. Se fija esta en un 5 % del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
CLÁUSULA 14.- Presentación de Proposiciones
Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna, así como la autorización a la mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europea.
Las proposiciones serán secretas y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento de apertura de las proposiciones.
Cód. Validación: AW3NKN2MLY54LQTPD6LY7ZXQM | Verificación: xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 24
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido, según aparece en el modelo de oferta incorporado como anexo al Pliego.
Acceso a los pliegos y demás documentación complementaria.
El acceso a los pliegos y demás documentación complementaria se ofrecerá por esta Entidad Local a través del perfil de contratante por medios electrónicos, acceso que será libre, directo, completo y gratuito, y que se efectuará desde la fecha de la publicación del anuncio de licitación.
Lugar y plazo.
La presente licitación tiene carácter electrónico. Los licitadores deberán preparar y presentar sus ofertas obligatoriamente de forma electrónica a través de la herramienta de preparación y presentación de ofertas de la Plataforma de Contratación del Sector Público puesta a disposición de
Ayuntamiento de Guardo
PASEO DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
candidatos y licitadores. La utilización de estos servicios supone:
- La preparación y presentación de ofertas de forma telemática por el licitador.
- La custodia electrónica de ofertas por el sistema.
- La apertura y evaluación de la documentación a través de la plataforma.
El plazo para presentar las proposiciones queda determinado en el apartado 10 del Cuadro de Características del Contrato: QUINCE días hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el perfil de contratante.
La oferta electrónica y cualquier otro documento que la acompañe deberán estar firmados electrónicamente por alguno de los sistemas de firma admitidos por el artículo 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas. Para garantizar la confidencialidad del contenido de los archivos electrónicos que contengan la oferta hasta el momento de su apertura, la herramienta cifrará dichos archivos electrónicos en el envío.
Una vez realizada la presentación, la Herramienta proporcionará a la entidad licitadora un justificante de envío, susceptible de almacenamiento e impresión, con el sello de tiempo.
CLÁUSULA 15.- Contenido de las proposiciones.
Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en un único archivo electrónico, firmado por el licitador, en el que se hará constar la denominación “ARCHIVO ÚNICO ELECTRÓNICO «A» DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA Y PROPOSICIÓN ECONÓMICA”, y en el
mismo se incluirá:
a) Declaración Responsable de conformidad con el modelo adjuntado como XXXXX X.
El órgano o la mesa de contratación podrán pedir a los candidatos o licitadores que presenten la totalidad o parte de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato.
Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato.
Cód. Validación: AW3NKN2MLY54LQTPD6LY7ZXQM | Verificación: xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 24
b) Memoria de la arquitectura de comunicaciones propuesta, de acuerdo con lo dispuesto en el Pliego de Prescripciones Técnicas que es Ley de este contrato y descriptiva de las características de los elementos tecnológicos que intervienen en la oferta (terminales fijos, terminales móviles, routers, cableado en su caso, etc), que no será objeto de valoración, pero que permitirá verificar que la oferta cumple con las especificaciones técnicas requeridas.
c) Proposición económica. Anexo II. En la oferta deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido.
Las ofertas que excedan del precio de licitación formulado por la Administración serán rechazadas.
La oferta deberá expresarse tanto en cifras como en letras; en caso de presentar discordancia en la oferta económica, entre la cifra expresada en letra y en número, se tomará en cuenta como oferta la expresada en letra.
Los licitadores, presentarán, en su caso, una declaración, designando qué documentos administrativos y técnicos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales, tal como se indica en el artículo 133 de la LCSP.
Ayuntamiento de Guardo
PASEO DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
CLÁUSULA 16.- Mesa de contratación.
La Mesa de contratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y calificar la documentación administrativa, y actuará conforme a lo previsto en el artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 y en el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, desarrollando las funciones que en estos se establecen.
Su composición será la que sigue:
COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN | Presidente | Titular: D. Xxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxx, (Alcalde del Ayuntamiento). Suplente: D. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx (Concejal) |
Secretario | Titular: Xx Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxx (Técnico de Contratación) Suplente: Un funcionario del Ayuntamiento de Guardo. | |
Vocales | Titular: Xx. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Secretaria del Ayto. Suplente: Un funcionario del Ayuntamiento de Guardo. Titular: Xx. Xxx Xxxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, Interventora del Ayto. Suplente: Una funcionaria del Departamento de Intervención Titular: Xx. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, Arquitecto del Ayto. Suplente: Un Técnico del Departamento Técnico |
La mesa podrá invitar a sus sesiones a técnicos especialmente cualificados que contarán con voz pero sin voto.
CLÁUSULA 17.- Apertura de Proposiciones.
Cód. Validación: AW3NKN2MLY54LQTPD6LY7ZXQM | Verificación: xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 24
El acto de apertura de proposiciones tendrá lugar el primer día hábil siguiente a la finalización del plazo de presentación de las proposiciones. En caso de que debiera celebrarse en otra fecha, esta se publicará para conocimiento de los interesados.
Tras la apertura del archivo electrónico y en la misma sesión la mesa procederá a:
1.º Previa exclusión, en su caso, de las ofertas que no cumplan los requerimientos xxx xxxxxx, evaluar y clasificar las ofertas.
2.º Realizar la propuesta de adjudicación a favor del candidato con mejor puntuación.
3.º Comprobar en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar.
4.º Requerir a la empresa que ha obtenido la mejor puntuación mediante comunicación electrónica para que constituya la garantía definitiva, así como para que aporte el compromiso al que
Ayuntamiento de Guardo
PASEO DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
se refiere el artículo 75.2 y la documentación justificativa de que dispone efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 76.2; y todo ello en el plazo de siete días hábiles a contar desde el envío de la comunicación.
En el caso de que la oferta del licitador que haya obtenido la mejor puntuación se presuma que es anormalmente baja por darse los supuestos previstos en el artículo 149, la mesa, realizadas las actuaciones recogidas en los puntos 1.º y 2.º anteriores, seguirá el procedimiento previsto en el citado artículo, si bien el plazo máximo para que justifique su oferta el licitador no podrá superar los cinco días hábiles desde el envío de la correspondiente comunicación.
Presentada la garantía definitiva y, en los casos en que resulte preceptiva, previa fiscalización del compromiso del gasto por la Intervención en los términos previstos en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, en un plazo no superior a cinco días se procederá a adjudicar el contrato a favor del licitador propuesto como adjudicatario, procediéndose, una vez adjudicado el mismo, a su formalización.
En caso de que en el plazo otorgado al efecto el candidato propuesto como adjudicatario no presente la garantía definitiva, se efectuará propuesta de adjudicación a favor del siguiente candidato en puntuación, otorgándole el correspondiente plazo para constituir la citada garantía definitiva.
En el supuesto de que el empresario tenga que presentar cualquier otra documentación que no esté inscrita en el Registro de Licitadores, la misma se tendrá que aportar en el plazo de siete días hábiles establecido para presentar la garantía definitiva.
Entre otra, se exigirá al licitador propuesto que presente la siguiente documentación:
En los casos en que a la licitación se presenten empresarios extranjeros de un Estado miembro de la Unión Europea o signatario del Espacio Económico Europeo, la acreditación de su capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones se podrá realizar bien mediante consulta en la correspondiente lista oficial de operadores económicos autorizados de un Estado miembro, bien mediante la aportación de la documentación acreditativa de los citados extremos, que deberá presentar, en este último caso, en el plazo concedido para la presentación de la garantía definitiva.
Cód. Validación: AW3NKN2MLY54LQTPD6LY7ZXQM | Verificación: xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 24
La documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia recogidos en el presente pliego.
La documentación relativa a las obligaciones tributarias y con la seguridad social debiendo el licitador propuesto presentar:
En el supuesto de que el licitador propuesto no hubiere autorizado al Ayuntamiento de Guardo para obtener los certificados y documentación correspondientes, deberán aportar:
- Certificación positiva de encontrarse al corriente con la Administración Tributaria ( Estatal y Autonómica), en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el articulo 13 RGLCAP.
- Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el articulo 14 del RGLCAP
Original o copia del alta en el impuesto sobre Actividad Económica en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en
Ayuntamiento de Guardo
PASEO DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición referida al ejercicio corriente o el último recibido, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matricula del citado impuesto.
Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar la declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados B), E) y F) del Real decreto Legislativo 22004 de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas ocales, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
El licitador propuesto deberá aportar, igualmente la documentación acreditativa de los criterios de desempate en el caso de que se hubieren utilizado; así como toda aquella documentación que se exija en este pliego y en el de Prescripciones técnicas.
Clausula 18.- Garantía definitiva.
El licitador que presente la oferta económica más ventajosa deberá de constituir a disposición del órgano de contratación una garantía definitiva de un 5 por 100 del precio final ofertado, XXX excluido siguiendo lo establecido en el art 107.1 LCSP).
La garantía definitiva podrá presentarse en alguna de las formas previstas en el articulo 108 de la LCSP. La acreditación de la constitución de la garantía definitiva por el licitador que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar en el plazo conferido para la presentación de la documentación previa a la adjudicación.
De no cumplir este requisito por causas a él imputables, la administración no efectuará la adjudicación a su favor, entendiendo que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a exigirle el importe del 3% del presupuesto base de licitación (IVA excluido) , en concepto de penalidad.
CLÁUSULA 19.- Criterios de Adjudicación.
Cód. Validación: AW3NKN2MLY54LQTPD6LY7ZXQM | Verificación: xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 14 de 24
Se establece un único criterio de adjudicación.
Criterio cuantitativo por aplicación de fórmula: EL PRECIO DE LA OFERTA (HASTA 100 PUNTOS):
La máxima puntuación se otorgará a la oferta económica más baja, y disminuirá proporcionalmente para el resto más caras, en aplicación de la siguiente fórmula matemática:
CLÁUSULA 20.- Criterios de desempate.
Siguiendo el contenido del artículo 147.2 de la LCSP, no se prevén en el Pliego criterios de desempate.
Ayuntamiento de Guardo
PASEO DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
CLÁUSULA 21.- Formalización del contrato.
El contrato deberá formalizarse en documento administrativo que se ajustará con exactitud a las condiciones de la licitación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público.
No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos. En ningún caso se podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación.
La formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquel en que se realice la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos en la forma prevista en el artículo 151.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado se le exigirá el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía definitiva, sin perjuicio de su consideración como causa de prohibición para contratar conforme al artículo 150 de la LCSP.. En tal caso, el contrato se adjudicará al siguiente licitador por el orden en que hubieran quedado clasificadas las ofertas, previa presentación de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos, en los plazos antes señalados.
No podrá procederse a la ejecución del contrato con carácter previo a su formalización.
La formalización del contrato junto con el correspondiente contrato se publicará en el Perfil del Contratante en un plazo no superior a quince días tras el perfeccionamiento del contrato.
CLÁUSULA 22.- Pago del precio del contrato.
El contratista tiene derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, de los servicios que realmente ejecute con sujeción al contrato otorgado y a las instrucciones dadas por la Administración, siendo la forma de pago y su periodicidad las especificadas seguidamente:
Cód. Validación: AW3NKN2MLY54LQTPD6LY7ZXQM | Verificación: xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 15 de 24
-El pago se efectuará mediante la presentación de facturas mensuales, una vez se haya prestado el servicio a satisfacción de la Administración.
En las facturas se incluirán, además de los datos y requisitos establecidos en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, los extremos previstos en el apartado segundo de la Disposición adicional trigésimo segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, así como en la normativa sobre facturación electrónica.
El contratista deberá presentar las facturas en el plazo de 30 días desde la fecha de la prestación, en el caso de servicios de tracto sucesivo las facturas deberán presentarse en el plazo máximo de 10 días desde la realización de la prestación en el periodo de que se trate.
La factura deberá presentarse en formato electrónico en los supuestos que fija la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de Impulso a la Factura Electrónica y Creación del Registro Contable de Facturas del Sector Público, en estos casos la presentación de la factura en el Punto General de Acceso equivale a la presentación en un registro administrativo. A este respecto, el Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas del Ayuntamiento será único y estará ubicado en la Plataforma electrónica “FACE– Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas” de la Secretaría de Estado de
Ayuntamiento de Guardo
PASEO DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
Administraciones Públicas, del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, al que se accede a través de la dirección de internet xxxxx://xxxx.xxx.xx/xx/. Los códigos DIR3 del Ayuntamiento de Guardo en FACE son: L01340800.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 198 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, la Administración tendrá obligación de abonar el precio dentro de los treinta días siguientes a la fecha de aprobación de los documentos que acrediten la conformidad de los servicios prestados con lo dispuesto en el contrato, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 4 del artículo 210, y si se demorase, deberá abonar al contratista, a partir del cumplimiento de dicho plazo de treinta días los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Para que haya lugar al inicio del cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la factura ante el registro administrativo correspondiente en los términos establecidos en la normativa vigente sobre factura electrónica, en tiempo y forma, en el plazo de treinta días desde la fecha de entrega efectiva de las mercancías o la prestación del servicio.
No se admite la revisión de precios.
CLÁUSULA 23.-Obligaciones relativas a la fiscalidad, protección del medio ambiente, empleo y condiciones laborales y de contratar a un porcentaje específico de personas con discapacidad.
Además de las obligaciones generales derivados del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas de la empresa contratista, que tendrán el carácter de obligaciones contractuales esenciales a los efectos señalados en la letra f) del artículo 211, las siguientes:
Cód. Validación: AW3NKN2MLY54LQTPD6LY7ZXQM | Verificación: xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 16 de 24
El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato.
La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación, si bien en todo caso, el adjudicatario estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación.
CLAUSULA 24.- Condiciones especiales de ejecución.
Se establecen como condiciones especiales de ejecución del contrato, de acuerdo con lo establecido en el artículo 202 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, las siguientes:
El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, y de seguridad y salud en el trabajo.
Ayuntamiento de Guardo
PASEO DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
A lo largo de toda la ejecución del contrato la empresa contratista está obligada a abonar como mínimo, el salario recogido en el convenio colectivo sectorial de aplicación según la categoría profesional que corresponda a la persona trabajadora.
En caso de subcontratación, el contratista principal asume la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a la Administración, con arreglo estricto a los pliegos y a los términos del contrato, incluido el cumplimiento de las obligaciones en materia social o laboral.
CLÁUSULA 25.- Subcontratación.
El contratista podrá concertar con terceros la realización parcial del mismo, salvo que conforme a lo establecido en las letras d) y e) del apartado 2º del artículo 215 LCSP, la prestación o parte de la misma haya de ser ejecutada directamente por el contratista y siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el apartado 2 del artículo 215 LCSP.
La infracción de estas condiciones, así como la falta de acreditación de la aptitud del subcontratista o de las circunstancias determinantes de la situación de emergencia o de las que hacen urgente la subcontratación, tendrá, entre otras previstas en la LCSP, y en función de la repercusión en la ejecución del contrato, alguna de las siguientes consecuencias:
a) La imposición al contratista de una penalidad de hasta un 50% del importe del subcontrato.
b) La resolución del contrato, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos en el segundo párrafo de la letra f) del apartado 1 del artículo 211 LCSP.
Asimismo, y en cuanto a los pagos a subcontratistas y suministradores, quedará obligado al cumplimiento de los requisitos y obligaciones establecidos en los artículos 216 y 217 LCSP.
CLÁUSULA 26.- Cumplimiento del servicio y plazo y penalidades por demora.
El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva. La constitución en xxxx del contratista no precisará intimación previa por parte de la Administración
Cód. Validación: AW3NKN2MLY54LQTPD6LY7ZXQM | Verificación: xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 17 de 24
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total o parcial, la Administración podrá optar, atendidas las circunstancias del caso, por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades que figuran en el artículo 193 de la LCSP. (0,60 euros por 1000 euros de contrato).
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, IVA excluido, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades. En este último supuesto, el órgano de contratación concederá la ampliación del plazo que estime necesario para la terminación del contrato.
Si los servicios sufrieren un retraso en su ejecución, y siempre que el mismo no fuere imputable al contratista y éste ofreciera cumplir sus compromisos si se le amplía el plazo inicial de ejecución, el órgano de contratación se lo concederá, dándole un plazo que será, por lo menos, igual al tiempo perdido, a no ser que el contratista pidiese otro menor, de acuerdo con lo establecido en el artículo 195.2 de la LCSP, regulándose los requisitos y trámites conforme al artículo 100 del RGLCAP.
El responsable del contrato emitirá un informe donde se determine si el retraso fue
Ayuntamiento de Guardo
PASEO DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
producido por motivos imputables al contratista. Asimismo, la Administración tendrá las mismas prerrogativas cuando la demora en el cumplimiento de los plazos parciales haga presumir razonablemente la imposibilidad del cumplimiento del plazo total.
Los responsables del contrato levantarán actas cuando observen deficiencias en el servicio o la comisión de alguna infracción, indicando hechos y motivos de la misma. Basándose en estas actas el Ayuntamiento podrá aplicar sanciones al adjudicatario previo trámite de audiencia.
Cuando el contrato se resuelva por incumplimiento culpable del contratista le será incautada la garantía, y deberá además indemnizar al Ayuntamiento de los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan del importe de la garantía incautada.
CLÁUSULA 27.- Cesión del contrato.
Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos por el contratista a un tercero, siempre que las cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sido razón determinante de la adjudicación del contrato, y de la cesión no resulte una restricción efectiva de la competencia en el mercado.
No podrá autorizarse la cesión a un tercero cuando esta suponga una alteración sustancial de las características del contratista si estas constituyen un elemento esencial del contrato.
El órgano de contratación ha de autorizar, de forma previa y expresa, la cesión. Dicha autorización se otorgará siempre que se den los requisitos que se señalan seguidamente. El plazo para la notificación de la resolución sobre la solicitud de autorización será de dos meses, trascurrido el cual deberá entenderse otorgada por silencio administrativo.
Requisitos.
- Que el cedente tenga ejecutado al menos un 20 por 100 del importe del contrato. No será de aplicación este requisito si la cesión se produce encontrándose el contratista en concurso aunque se haya abierto la fase de liquidación, o ha puesto en conocimiento del juzgado competente para la declaración del concurso que ha iniciado negociaciones para alcanzar un acuerdo de refinanciación, o para obtener adhesiones a una propuesta anticipada de convenio, en los términos previstos en la legislación concursal.
Cód. Validación: AW3NKN2MLY54LQTPD6LY7ZXQM | Verificación: xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 18 de 24
- Que el cesionario tenga capacidad para contratar con la Entidad Local y la solvencia que resulte exigible en función de la fase de ejecución del contrato, debiendo estar debidamente clasificado si tal requisito ha sido exigido al cedente, y no estar incurso en una causa de prohibición de contratar.
- Que la cesión se formalice, entre el adjudicatario y el cesionario, en escritura pública.
El cesionario quedará subrogado en todos los derechos y obligaciones que corresponderían al cedente.
CLÁUSULA 28.- Obligaciones, gastos e impuestos exigibles al contratista.
Son de cuenta del contratista los gastos e impuestos, anuncios, ya sea en Boletines, Diarios Oficiales o en cualquier medio de comunicación, los de formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública así como de cuantas licencias, autorizaciones y permisos que no dependan de esta Entidad Local y que procedan en orden a ejecutar correctamente las obras objeto del contrato.
Asimismo vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el
Ayuntamiento de Guardo
PASEO DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, el IVA, el impuesto que por la realización de la actividad pudiera corresponder y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato durante la vigencia del mismo, sin que por tanto puedan ser éstos repercutidos como partida independiente.
CLÁUSULA 29.- Protección de Datos y Confidencialidad.
El adjudicatario deberá cumplir estrictamente las obligaciones en materia de Protección de Datos y confidencialidad previstas en la cláusula 1.6 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, siendo de aplicación lo dispuesto en el artículo 133 de la LCSP.
CLÁUSULA 30.-Responsabilidad del contratista por daños y perjuicios.
Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, para lo cual el contratista deberá contar con un seguro de Responsabilidad Civil.
Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Entidad Local, será esta responsable dentro de los límites señalados en las Leyes.
Los terceros podrán requerir previamente, dentro del año siguiente a la producción del hecho, al órgano de contratación para que éste, oído el contratista, informe sobre a cuál de las partes contratantes corresponde la responsabilidad de los daños. El ejercicio de esta facultad interrumpe el plazo de prescripción de la acción.
La reclamación de aquellos se formulará, en todo caso, conforme al procedimiento establecido en la legislación aplicable a cada supuesto.
En casos de fuerza mayor y siempre que no exista actuación imprudente por parte del contratista, este tendrá derecho a una indemnización por los daños y perjuicios, que se le hubieren producido en la ejecución del contrato.
Cód. Validación: AW3NKN2MLY54LQTPD6LY7ZXQM | Verificación: xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 19 de 24
El contratista de acuerdo con el 311 de la LCSP será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
CLÁUSULA 31.- Principio de riesgo y xxxxxxx.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista sin perjuicio de lo previsto en el artículo 239 de la LCSP para los supuestos de fuerza mayor.
CLÁUSULA 32.- Fuerza mayor.
En casos de fuerza mayor y siempre que no exista actuación imprudente por parte del contratista, este tendrá derecho a una indemnización por los daños y perjuicios, que se le hubieren producido en la ejecución del contrato.
Tendrán la consideración de casos de fuerza mayor los previstos en el artículo 239 de la LCSP.
Ayuntamiento de Guardo
PASEO DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
CLÁUSULA 33.- Modificación del contrato.
No se prevén modificaciones en los Pliegos, y en lo que se refiere a las modificaciones no previstas, se estará a lo preceptuado por el artículo 205 de la LCSP 2017. A su vez, se estará a lo que establece el art 206 acerca de la obligatoriedad de las modificaciones del contrato.
CLÁUSULA 34.- Suspensión del contrato.
La Administración, por razones de interés público, podrá acordar la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente, procederá la suspensión del contrato si se diese la circunstancia señalada en el artículo 198.5 de la LCSP. A efectos de la suspensión del contrato se estará a lo dispuesto en el artículo 208 de la LCSP así como en el artículo 103 del RGLCAP.
De conformidad con el artículo 208 LCSP, si la Administración acordase la suspensión del contrato o aquella tuviere lugar por la aplicación de lo dispuesto en el artículo 198.5 LCSP, la Administración abonará al contratista los daños y perjuicios efectivamente sufridos por éste con sujeción a las reglas previstas en el artículo 208 LCSP.
CLÁUSULA 35.- Cumplimiento del contrato y recepción.
La constatación de la correcta ejecución del objeto del contrato se acreditará mediante certificación expedida por el responsable del contrato.
El órgano de contratación determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de la recepción. Si los trabajos efectuados no se adecúan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazar la misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
Cód. Validación: AW3NKN2MLY54LQTPD6LY7ZXQM | Verificación: xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 20 de 24
Una vez efectuada la ejecución de la totalidad del trabajo, se procederá a la devolución de la garantía prestada, si no resultaren responsabilidades que hubieran de ejercitarse sobre la garantía, de conformidad con lo establecido en el artículo 111 de la LCSP.
Si se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados, el órgano de contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación de los mismos.
Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de la prestación efectuada, sin perjuicio de lo establecido en los artículos 314 y 315 LCSP sobre subsanación de errores y responsabilidad en los contratos que tengan por objeto la elaboración de proyectos de obras.
El contratista tendrá derecho a conocer y ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada.
CLÁUSULA 36.- Resolución del contrato.
Son causas de resolución del contrato las previstas en los artículos 211 y 313 de la LCSP. de obras, además de las generales de la Ley, las siguientes:
Ayuntamiento de Guardo
PASEO DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
Serán, asimismo causas de resolución del contrato, el incumplimiento de las obligaciones esenciales calificadas como tales en los Pliegos.
En los casos en que concurran diversas causas de resolución del contrato con diferentes efectos en cuanto a las consecuencias económicas de la extinción, deberá atenderse a la que haya aparecido con prioridad en el tiempo.
En la resolución del contrato la Administración actuará conforme a lo establecido en la LCSP
CLÁUSULA 37.- Prerrogativas de la Administración y jurisdicción competente
Dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la LCSP, el órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlos por razones de interés público, declarar la responsabilidad imputable al contratista a raíz de la ejecución del contrato, suspender la ejecución del mismo, acordar su resolución y determinar los efectos de esta.
En los procedimientos que se instruyan para la adopción de acuerdos relativos a las prerrogativas señaladas, deberá darse audiencia al contratista.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación y resolución del contrato, y efectos de ésta, serán resueltas por el órgano de contratación, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa, y serán inmediatamente ejecutivos, pudiendo ser recurridos potestativamente en reposición ante el mismo órgano que los dictó, o ser impugnado mediante recurso contencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en la Ley reguladora de dicha Jurisdicción.
En Guardo, a fecha al margen
Cód. Validación: AW3NKN2MLY54LQTPD6LY7ZXQM | Verificación: xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 21 de 24
LA TÉCNICO DE CONTRATACIÓN
Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxx (Documento firmado electrónicamente)
Ayuntamiento de Guardo
PASEO DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
ANEXO I.- DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVIOS PARA CONTRATAR
D./Xx ,
mayor de edad, con NIF ………………………………………… en nombre propio (o en representación de
……………………………………………………………….……, con NIF ………), con domicilio en la calle/avda/plaza .........................................................................................,nº………….., piso/local ………
de la localidad de …………………….. provincia de …………………………… teléfono nº fax
nº , expone:
Que enterado de los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas particulares que rigen la contratación del servicio
_______________________________________________________
DECLARA:
1º. Que a fecha de finalización del plazo de presentación de proposiciones, el licitador cumple todas las condiciones establecidas legalmente para contratar con el AYUNTAMIENTO DE GUARDO y con las establecidas en dicho/x xxxxxx/s, comprometiéndose a aportar la documentación que al respecto le fuera requerida para acreditar dicha circunstancia.
2.º. Que la sociedad (en caso de ser persona jurídica) está válidamente constituida y que conforme a su objeto social puede presentarse a la licitación, así como que el firmante de la declaración ostenta la debida representación para la presentación de la proposición y de aquella.
3º. Que el licitador no está incurso en prohibición de contratar por sí mismo ni por extensión como consecuencia de la aplicación del artículo 71.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Cód. Validación: AW3NKN2MLY54LQTPD6LY7ZXQM | Verificación: xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 22 de 24
4.º. Que está inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas clasificadas del Sector Público, que está inscrito en el Registro de Operadores en Telecomunicaciones, y que puede acreditar los requisitos de solvencia económica y financiera, y técnica o profesional exigidos en los Pliegos, o que cuenta con la siguiente clasificación: Grupo V, Subgrupo 4, servicio de telecomunicaciones, Categoría 1.
5º.- Que la citada empresa se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, así como no tener deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Guardo.
6º.- Que el licitador no incurre en ninguna de las causas a las que se refiere la Ley 1/2016 del
18 de enero, de transparencia y buen gobierno, la Ley 53/1984 del 26 de diciembre de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones publicas y la Ley orgánica 5/1985 del 19 xx xxxxx del régimen electoral general, en los términos establecidos en las mismas o en cualquier otra norma de aplicación en la materia.
7º.- Se declara bajo responsabilidad que, visto lo dispuesto en los artículos 149.3 de la LCSP y 86 del Real Decreto 1098/2001 del 12 de octubre, por el que se aprueba el reglamento general de la Ley de contratos de las administraciones publicas (RGLCAP) en relación con el articulo 42.1 del Código
Ayuntamiento de Guardo
PASEO DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
de Comercio y demás normativa de aplicación, la empresa licitadora, bien individualmente o en union temporal de empresas, a que represento ( marcar solo si procede ):
No pertenece al mismo grupo de empresas que otra/s empresas/s licitadora/s en el procedimiento de adjudicación ni esta integrada por ningún socio en el que concurra alguno de los supuetos previstos en el articulo 42.1 del código de Comercio en relación con alguna sociedad tambien licitadora en el procedimiento de adjudicación.
Si pertenece al mismo grupo de empresas… que
otra empresa licitadora en el procedimiento de adjudicación y/ o si integrada por algún socio en el que concurra alguno de los supuestos previstos en el articulo 42.1 del Código de Comercio en relación con una/s sociedad/es tambien licitadora/s en el procedimiento de adjudicación.
8º.- (marcar sólo si procede) Que la empresa tiene 50 o más trabajadores, y cumple el
requisito de que al menos el 2 por ciento de sus empleados sean trabajadores con discapacidad, de conformidad con el artículo 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, o excepcionalmente, las medidas alternativas previstas en la normativa vigente.
9º.- (marcar sólo si procede) Que la empresa tiene más de 250 trabajadores y cumple con
la obligación de contar con un plan de igualdad conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad de mujeres y hombres.
10º Se declara en relación con la documentación presentada al amparo de lo dispuesto en el artículo el 133.1 de la LCSP y en el pliego de clausulas administrativas particulares:
No designar documentación de carácter confidencial.
Designar documentación de carácter confidencial (se detallará la misma) :
Cód. Validación: AW3NKN2MLY54LQTPD6LY7ZXQM | Verificación: xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 23 de 24
11º.- Que como dirección de correo electrónico a la que se remitirán los avisos previos para comparecer en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Guardo a través de la dirección de Internet xxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, o en su caso, a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público designa la siguiente: .
Declaración final.
El abajo firmante declara responsablemente que la información comunicada en este anexo es cierta, exacta y veraz y se facilita con pleno conocimiento de las consecuencias de una falsa declaración; que podrá aportar los certificados y otros tipos de pruebas documentales contemplados en el debido plazo, cuando se les soliciten, excepto en caso de que el poder adjudicador tenga la posibilidad de obtener los documentos justificativos de que se trate directamente, accediendo al Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Publico , o a través del acceso y consulta autorizada a bases de datos ; y que cumple todos los requisitos , condiciones o criterios de aptitud o selección establecidos legalmente para contratar y dispone de la documentación que así lo acredite para su verificación.
(Lugar, fecha y firma del ofertante o representante en todas las hojas).
Ayuntamiento de Guardo
PASEO DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
ANEXO II.- PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D./Dña………...……..................................................................., mayor de edad, con NIF
………………………………………… en nombre propio (o en representación de .
……………………………………………………………….…………, con NIF ……………..………………), con domicilio en la calle/avda/plaza ,
nº …………….., piso/local …..…… de la localidad de .……………………………………………………………
provincia de ………………………..…… teléfono nº ……………….……………..fax nº ,
expone:
1º.- Que conoce los requisitos, condiciones y obligaciones establecidos en los pliegos de Prescripciones Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas Particulares y demás documentación que ha de regir el contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad.
2º.- Que la empresa a la que represento, cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para la realización del presente contrato.
3º.- Que en la representación que ostento, me comprometo a la ejecución del citado contrato, formulando la siguiente oferta económica:
PROPOSICIÓN ECONÓMICA:
A) Importe neto: euros.
B) ………% IVA euros.
Cód. Validación: AW3NKN2MLY54LQTPD6LY7ZXQM | Verificación: xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 24 de 24
C) TOTAL (A+B) euros
(Lugar, fecha y firma del ofertante o representante en todas las hojas).
Ayuntamiento de Guardo
PASEO DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 000000000. Fax: 000000000