EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SE
EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SE
Contratación Directa por Excepción Nº 44/2021 PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES (PCP)
ARTÍCULO 1º - NORMATIVA APLICABLE
La presente Contratación se regirá en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos y extinción, por el Reglamento de Compras y Contrataciones de EANA y por las disposiciones que se dicten en su consecuencia, por el Pliego de Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y/o Servicios (PCG), por el presente Pliego de Condiciones Particulares (PCP), por el contrato u orden de compra, según corresponda.
El Reglamento de Compras y Contrataciones y el Pliego Condiciones Generales se encuentran a disposición de los interesados, quienes podrán consultarlos en la página web xxx.xxxx.xxx.xx.
ARTICULO 2º - OBJETO
La presente contratación tiene por objeto la contratación del servicio de" MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS SISTEMAS DE APROXIMACIÓN AL ATERRIZAJE (ILS/DME)", en un todo de
acuerdo con las Especificaciones Técnicas.
ARTICULO 3º °- MODALIDAD DE CONTRATACIÓN:
La presente contratación tramitara por etapa única, en un todo de acuerdo al punto VIII.1 del Reglamento de Compras y Contrataciones de EANA.
La presentación se llevará a cabo, únicamente, por Correo electrónico a xxxxxxx@xxxx.xxx.xx c/c a xxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx, en el plazo previsto en la invitación a cotizar. Solo será aceptada la propuesta enviada dentro de la fecha y hora indicada; caso contrario, la oferta será inadmisible.
La presentación se hará mediante el envío de un correo electrónico, conteniendo la totalidad de la documentación solicitada en el punto: CONTENIDO DE LA OFERTA. El correo electrónico deberá estar correctamente identificado en el Asunto, debiendo indicar los datos de la Contratación. En caso de exceder la capacidad de envío por correo electrónico, se deberá enviar mails consecutivos y correctamente identificados en el asunto que se ejemplifica a continuación:
ASUNTO: EMPRESA SRL_CDE_44-2021 Mail 1 de 3 ASUNTO: EMPRESA SRL_CDE_44-2021 Mail 2 de 3 ASUNTO: EMPRESA SRL_CDE_44-2021Mail 3 de 3
ARTICULO 4º – TERMINOLOGÍA
A los efectos de la interpretación del presente Xxxxxx, sus Anexos y todo otro documento contractual, las siguientes palabras y expresiones tendrán el significado y definición que a continuación se consigna:
PCP: Pliego de Condiciones Particulares.
PCG: Pliego de Condiciones Generales la Compra y/o Contratación de Bienes y/o Servicios.
EANA o EMPRESA: EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO.
OFERTA: documento remitido por el Proveedor con el presupuesto o cotización del suministro de los bienes o la prestación de los servicios, que forma parte de la Orden de Compra y/o del Contrato.
OC: Orden de Compra.
OFERENTE: Persona humana o jurídica o agrupación de personas jurídicas bajo la forma de Unión Transitoria de Empresas o de Consorcio o de Asociación que presenta una oferta.
PROVEEDOR O ADJUDICATARIO: persona humana o jurídica que toma a su cargo la responsabilidad de ejecutar la totalidad del suministro de los bienes o de la prestación de los servicios o de las obras a EANA, mediante el pago de un precio pactado, conforme la Orden de Compra y/o el Contrato.
CONTRATANTE: EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO.
CÓMPUTO DE LOS PLAZOS: Cuando se fijen en días, por días hábiles administrativos en el horario de 10:00 hs. a 17:00 hs. Cuando se fijen en meses o años, de acuerdo con lo que dispone el Código Civil y Comercial de la Nación.
ARTÍCULO 5º - FORMALIDADES DE LA OFERTA
La Oferta y toda la documentación relativa a la misma, deberá estar redactada en idioma español o, en su defecto, encontrarse traducida por traductor público matriculado. La Oferta deberá presentarse fechada, y se indicará el número y objeto de la compra y/o contratación. Toda la documentación que se presente, a excepción de la que se encuentre certificada por escribano, xxxxxxxx o traductor público y legalizada por los respectivos colegios, deberá encontrarse firmada de manera de constituirse en una obligación para quien la haya formulado. La correcta presentación por parte del Oferente de la documentación y la información en ella contenida es condición necesaria para que la oferta resulte admisible. Sin perjuicio de ello, EANA se reserva el derecho de requerir a todo Oferente la presentación de información adicional a la que integra el presente Artículo y que se considere necesaria para determinar la admisibilidad de la Oferta.
CONTENIDO DE LA OFERTA
Envío de mail, conteniendo PROPUESTA TECNICA y PROPUESTA ECONOMICA a las casillas electrónicas indicadas en el artículo 3º del presente PCP, con la siguiente documentación conforme lo dispuesto en el punto 9.1 .1 xxx Xxxxxx de Condiciones Generales para la Compra y/o Contratación de Bienes y/o Servicios de EANA S.E.
1) LA PROPUESTA TECNICA DEBERA CONTENER:
a) Nombre y/o razón social del Oferente. Denunciar domicilio real o sede social inscripta, según se trate de persona humana o jurídica; y constituir domicilio especial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, teléfono y correo electrónico.
b) Propuesta técnica junto con toda la documentación relativa a la misma
c) Declaración jurada indicando no encontrarse incurso en ninguno de los impedimentos establecidos en el Artículo 3º del PCG, ni encontrarse en situación de litigio con EANA. . (ANEXO ADJUNTO)
d) Declaración de que posee pleno conocimiento y consentimiento de las características y condiciones del objeto de la compra y/o contratación y de la totalidad de los términos del PCG. (ANEXO ADJUNTO)
e) Declaración jurada de conocimiento y cumplimiento de la Políticas de Integridad en la Selección de Proveedores de EANA. (ANEXO ADJUNTO)
f) Declaración jurada de conflicto de Interés- Completar según se trate de persona física o persona juridica. (ANEXO ADJUNTO)
g) Acreditación de personería según el Oferente sea persona humana o persona jurídica.
h) En caso de personas jurídicas, acreditar la representación legal del firmante de la Oferta mediante la presentación de copia certificada del poder correspondiente.
i) En caso que corresponda, copia del Formulario o Certificado de inscripción en la DGI/AFIP, actualizado, así como también en la XXX xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx o jurisdicción que le corresponda (como Contribuyente del Convenio Multilateral), individualizando en cada caso su posición frente a cada tributo y régimen de retención o percepción vigente. En el caso de los oferentes que se encuentren bajo el régimen de Monotributo, deberán acompañar constancia de Inscripción y copia de constancia de último pago.
j) Se exime a los oferentes del requisito establecido en el Artículo 9.1.1 Inciso xiv) del PCG
k) Toda otra documentación y/o requisitos exigidos en las Especificaciones Técnicas
NOTA: EANA podrá requerir la presentación de la documentación en formato físico cuando estime necesaria en mérito a los datos requeridos en el presente pliego, debiendo el Oferente presentarla en el plazo que se le indique
2) LA PROPUESTA ECONOMICA DEBERA CONTENER:
Propuesta económica detallando en forma clara y precisa los precios unitarios y totales, en los casos que corresponda con Impuesto al Valor Agregado (IVA) y/o cualquier otro impuesto que corresponda incluidos, expresada en números y letras (en caso de discrepancias, prevalece la Oferta en letras) Completar y firmar PLANILLA DE COTIZACION ADJUNTA
ARTÍCULO 6º - OFERTAS
El Oferente deberá cotizar la totalidad de los renglones Los precios cotizados deberán corresponder al 100% de los servicios indicados en cada renglón
ARTICULO 7º - GARANTÍAS.
El oferente deberá constituir garantías de:
a) Mantenimiento de Oferta: cinco por ciento (5%) del monto total de la Oferta (IVA incluido). En el caso de cotizar con descuentos o alternativas o variantes, la garantía se calculará, sobre el mayor monto presupuestado.
En caso de corresponder:
b) Contragarantía: por el equivalente a los montos que reciba el Adjudicatario como adelanto de fondos en los casos que así se estableciera.
El adjudicatario deberá constituir garantía de:
c) Cumplimiento de contrato: debiendo ser equivalente al diez por ciento (10%) del valor adjudicado. Simultáneamente con la emisión de la OC y/o de la firma del Contrato, el Adjudicatario deberá afianzar su cumplimiento mediante una garantía. Si el Adjudicatario no integrara la garantía de cumplimiento del contrato, EANA podrá rescindirlo, en cuyo caso el Adjudicatario perderá la garantía de mantenimiento de oferta. Es facultad exclusiva de EANA
proceder en esta forma o acordar, si mediaren razones atendibles, un plazo adicional para integrar la garantía de cumplimiento del contrato. La garantía de cumplimiento de contrato será devuelta una vez vencido el contrato, en caso de fiel cumplimiento en tiempo y forma de cada una de las obligaciones resultantes de esta contratación, a entera satisfacción de EANA.
La constitución de las garantías podrá realizarse en cualquiera de las siguientes formas: certificado de depósito bancario (admisible únicamente para el caso de garantía de impugnación), fianza bancaria, póliza de seguro de caución y/o cheque certificado, de acuerdo a lo detallado en el Artículo 11° del PCG.
EANA no abonará intereses por los depósitos de valores otorgados en garantía. Los intereses que devengaren los mismos pertenecen a sus depositantes, en la medida que se hubiere dado cumplimiento al objeto que dio origen a la constitución de la garantía. Todos los gastos en que haya incurrido el Oferente para la constitución de las garantías serán a su exclusivo costo y cargo.
ARTÍCULO 8º - CONSULTAS.
Las consultas al PCP deberán efectuarse únicamente por correo electrónico a: xxxxxxx@xxxx.xxx.xx, con copia a xxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx, identificando en el asunto el procedimiento de selección al cual se refiere la consulta y hasta CINCO (5) DÍAS HÁBILES antes de la fecha de apertura.
ARTÍCULO 9º - MANTENIMIENTO DE LAS OFERTAS
La Oferta deberán encontrarse garantizadas y permanecer válidas por un plazo de CUARENTA Y CINCO (45) días corridos contados desde la fecha fijada para la apertura de Ofertas. Vencido el plazo, EANA podrá solicitar la ampliación del plazo de mantenimiento de la Oferta, quedando a criterio de los Oferentes la concesión de la prórroga o su retiro.
ARTÍCULO 10º - ADJUDICACIÓN
Conforme lo dispuesto por el punto XXXX.0.xx) del Reglamento de Compras y Contrataciones de EANA, la Gerencia Requirente emitirá una recomendación Técnica.
Previo al pase a la Gerencia de Legales y Transparencia Corporativa para la emisión del dictamen jurídico, la Gerencia de Compras emitirá una recomendación de adjudicación, que será notificada al Oferente.
La adjudicación será aprobada tras la emisión del dictamen jurídico, cuyo resultado se notificará al Adjudicatario, y se publicará de acuerdo al monto de la adjudicación, conforme el punto
XIII.2.ix) del Reglamento de Xxxxxxx.
ARTÍCULO 11°- FACULTADES DE EANA.
El Oferente reconoce el derecho de EANA a dejar sin efecto toda compra y/o contratación en cualquier etapa del proceso, sin expresión de causa ya sea en forma total o parcial, sin que ello genere derecho alguno a resarcimiento de cualquier tipo por parte de los oferentes. Asimismo, podrá adjudicar total o parcialmente, cada uno de sus renglones y/o ítems, sin que esto pudiere dar lugar a reclamo alguno por parte de los oferentes.
Resolución Anticipada: Si durante la vigencia del Contrato EANA S.E. decidiera el reemplazo o desactivación de alguno/s de los sistemas, la contratación del mantenimiento para el sitio en cuestión, caducará a partir de los TREINTA (30) días corridos informada la novedad al Adjudicatario.
ARTÍCULO 12º - PERFECCIONAMIENTO DE LA CONTRATACIÓN.
La contratación se perfeccionará mediante la notificación fehaciente y aceptación de la Orden de Compra o la firma del Contrato, según corresponda, momento en el cual comenzarán a correr los plazos fijados en dicho documento.
ARTÍCULO 13° - INTRANSFERIBILIDAD DE LA ORDEN DE COMPRA Y/O DEL CONTRATO.
Salvo que existan circunstancias extraordinarias debidamente fundadas, y mediando expresa autorización y aprobación de EANA, ninguno de los Adjudicatarios podrá transferir, subcontratar ni ceder, en todo o en parte, la OC y/o el Contrato a terceros ni asociarse con terceros para su cumplimiento. La expresa autorización y aprobación de EANA para transferir la Orden de Compra y/o el Contrato no exime y/o libera al Adjudicatario de responsabilidad frente a la Empresa.
La subcontratación no eximirá al Adjudicatario de las responsabilidades ni de las obligaciones que se describen en este PCP, ni por los actos, omisiones y/o hechos del respectivo subcontratista. A todo efecto, el Adjudicatario resultará único y directo responsable frente a EANA por cualquier incumplimiento del subcontratista en la prestación de los servicios y/o de las obligaciones que derivasen de los mismos. De esta forma, el Adjudicatario deberá mantener indemne y eximir de responsabilidad a EANA por los hechos, actos, omisiones y, en general, por toda situación en la que interviniere el subcontratista en la ejecución de los servicios.
El Adjudicatario libera expresamente a EANA de toda responsabilidad por los reclamos por accidentes de trabajo y/o todo daño que derive de eventuales incumplimientos a la normativa laboral, previsional, impositiva u otra, y en especial, por reclamos por accidentes que no fueren cubiertos por la ART, o en exceso de dicha cobertura, liberando a EANA de toda responsabilidad al respecto.
ARTICULO 14°- RECEPCIÓN PROVISIONAL Y DEFINITIVA.
La recepción de los bienes y/o servicios estará a cargo del Administrador de la Orden de Compra conforme lo establece el punto XVI del Reglamento de EANA y el Artículo 24° del PCG.
ARTÍCULO 15º - PLAZO Y MONEDA DE PAGO.
El pago ser realizará por certificaciones mensuales. El plazo para el pago de las facturas será de TREINTA (30) días corridos, el cual comenzará a regir a partir de la presentación de la factura o su carga en el portal de cobranzas y su correspondiente conformidad de recepción.
El término fijado será interrumpido si existieran observaciones sobre la documentación presentada u otros trámites a cumplir imputables al acreedor, hasta cumplir el trámite o subsanado el vicio.
El pago se efectuará en moneda de curso legal de la República Argentina.
En caso de haber transcurrido 10 días desde la presentación de la factura y la misma no haya sido conformada, el proveedor podrá dar aviso a fin de agilizar la diligencia.
En caso de incumplimiento por parte del proveedor podrán aplicarse las penalidades previstas en el PCG y en el presente documento.
ARTÍCULO 16º- REDETERMINACION DE PRECIOS
Se realizará una redeterminación semestral de los precios de la Orden de Compra, de acuerdo a la siguiente fórmula:
Las variaciones que eventualmente pudieran sufrir cada uno de los componentes del precio serán calculadas, respectivamente, de acuerdo a las variaciones del Índice de Precios al
Consumidor (IPC) y del Índice de Salarios (IS) –elaborados por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICAS Y CENSOS (INDEC) o los que en el futuro los sustituyan.
A tal efecto, se tomarán como válidos los últimos índices publicados en la página Web del INDEC al séptimo mes de contrato. En términos matemáticos, la variación porcentual total del precio del servicio mensual será calculada mediante la siguiente fórmula:
Variación del precio total = Variación IPC INDEC (m.l./m.i.)* 0,5 + Variación IS INDEC (m.l./m.i.)* 0,5
Donde: m.l. significa: mes límite (último índice publicado en la página Web del INDEC al finalizar el sexto mes de contrato); m.i. significa: mes inicio (índice correspondiente al primer mes de contrato publicado en la página Web del INDEC).
Previamente a la facturación del servicio correspondiente al sexto mes de ejecución del contrato y dentro de los últimos QUINCE (15) días del sexto mes, la Gerencia de Xxxxxxx remitirá al Adjudicatario la variación de precios a aplicar, de acuerdo a la fórmula detallada precedentemente con los últimos índices publicados en la página Web del INDEC.
ARTÍCULO 17º- PLAZO Y LUGAR DE EJECUCION
La contratación se ejecutará por un periodo de DOCE (12) meses desde la notificación de la Orden de Compra correspondiente y de acuerdo al emplazamiento de cada equipo. Xxxx, sin perjuicio de la eventual aplicación de lo dispuesto en el Artículo 18 del presente PCP.
ARTÍCULO 18º- PRÓRROGA, AMPLIACIÓN O DISMINUCIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA O CONTRATO.
Las órdenes de compra o los contratos se podrán prorrogar por única vez y por un plazo igual o menor al de la OC o del Contrato y/o ampliarse o disminuirse hasta un máximo del treinta y cinco por ciento (35%) de los mismos, en los términos y condiciones establecidos en los puntos XIV.3 y XIV.4 del Reglamento de Compras y Contrataciones de EANA.
ARTÍCULO 19º - CONDICIONES DE COMPETENCIA.
Serán comunicadas a la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia y/o al Organismo competente en el país de origen del Fabricante, cualquier práctica advertida por EANA que esté relacionada con la presente contratación y que tenga por objeto o efecto limitar, restringir falsear o distorsionar la competencia o que constituyan un abuso de una posición dominante en un mercado, de modo que pueda resultar perjuicio para el interés económico general, o cualquier otra conducta prevista por la Ley 25.156 y sus modificatorias, o la que en el futuro la reemplace.
ARTÍCULO 20º - OBLIGACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD.
El Adjudicatario se compromete a no divulgar, revelar ni utilizar de forma alguna los datos e información a los que tenga acceso con motivo de la presente contratación, (en adelante denominados “Información Confidencial”), ya sea intencionalmente o por falta del cuidado adecuado en su manejo, en forma personal o bien a través de sus empleados y/o agentes. De esta forma, el Adjudicatario se compromete a adoptar las medidas de seguridad idóneas para proteger la integridad y la seguridad de la Información Confidencial, dispensándole el debido
tratamiento, el cual bajo ninguna circunstancia podrá estar por debajo de los estándares aceptables de diligencia y prudencia.
El Adjudicatario deberá garantizar el cumplimiento de las obligaciones de confidencialidad aquí establecidas por parte de sus afiliadas, subsidiarias, empleados, agentes y/o subcontratistas. Asimismo, el Adjudicatario acepta indemnizar y mantener indemne a EANA de cualquier acción iniciada por terceros, alegando la infracción de las obligaciones de confidencialidad aquí declaradas.
El incumplimiento por parte del Adjudicatario de las obligaciones asumidas en el presente artículo, ya sea en forma personal o a través de las personas precedentemente mencionadas, lo hará responsable de los daños y perjuicios que dicho incumplimiento genere.
El deber de confidencialidad se extiende aún con posterioridad a la finalización de contrato. Toda la información proporcionada por EANA para la provisión de los bienes y/o la ejecución de los servicios objeto de esta contratación es propiedad exclusiva de EANA y reviste el carácter xx xxxxxxx comercial.
ARTÍCULO 21° - CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES.
La sola presentación de la oferta implicará para el oferente la aceptación y el pleno conocimiento de las condiciones y cláusulas integrantes de la presente contratación, y de las características contractuales objeto de la presente, por lo que no podrá invocar en su favor, para justificar los errores en que hubiere incurrido, dudas o desconocimiento de las disposiciones legales aplicables, del contenido de la documentación licitatoria, como así también de las especificaciones técnicas, funcionales y fácticas de la contratación.
ARTÍCULO 22º - PENALIDADES Y SANCIONES
Rigen para el presente procedimiento de selección, las penalidades y sanciones previstas en los Artículos 22°, 29°, 30°, 31° y 32° del PCG.
No obstante, serán de aplicación los incumplimientos, penalidades y sanciones del punto 8 de la Especificación Técnica.
ESPECIFICACIONES TECNICAS
MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS SISTEMAS DE APROXIMACIÓN AL ATERRIZAJE (ILS/DME)
RENGLÓN | ÍTEM | DESCRIPCIÓN | CANTIDAD |
1 | Del 1 al 16 | MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO SISTEMA ILS NORMARC E ILS PHILIPS | 12 meses |
1. OBJETO
El objeto de la presente Especificación Técnica, es determinar las condiciones para realizar, controlar y evidenciar, la debida ejecución de los mantenimientos de las estaciones y sistemas de ayudas a la navegación aérea, así como también aquellas tareas vinculadas a eventos que requieran acciones correctivas, ante la ocurrencia de eventos puntuales que pudieran afectar su normal funcionamiento.
2. ALCANCE
Este documento tiene su aplicación en el mantenimiento integral de las estaciones y sistemas de ayudas a la navegación aérea que se describen a continuación, según el siguiente detalle:
ÍTEM | ESTACIÓN | FIR | MARCA-MODELO | COMPOSICIÓN |
1 | BARILOCHE | EZEIZA | NORMARC-NM 3500 | LOC-GP-TDME |
2 | COMODORO RIVADAVIA | C. RIVADAVIA | NORMARC NM 7000 | LOC-GP-TDME |
3 | ESQUEL | X. XXXXXXXXX | XXXXXXX-XX 0000 | LOC-GP-TDME |
4 | XXXXXX 00/00 | XXXXXX | NORMARC-NM 7000 | LOC-GP-OM-MM-IM- TDME |
5 | XXXXXX 00/00 | XXXXXX | NORMARC NM 7000 | LOC-GP-OM-LO-TDME |
6 | FORMOSA | RESISTENCIA | NORMARC-NM 3500 | LOC-GP-TDME |
7 | IGUAZÚ | RESISTENCIA | NORMARC-NM 7000 | LOC-GP-TDME-MM |
8 | LA RIOJA | CÓRDOBA | NORMARC-NM 3500 | LOC-GP-TDME |
0 | XXXXXXX | XXXXXXX | XXXXXXX-NM 7000 | LOC-GP-TDME-MM |
10 | PARANÁ | XXXXXX | XXXXXX-XX 0000 | XXX-XX-XXXX-XX |
00 | XXX XXXXXX | XXXXXXX | XXXXXXX-NM 7000 | LOC-GP-TDME |
12 | ROSARIO | EZEIZA | NORMAC-NM 7000 | LOC-GP-TDME-MM |
00 | XXXXX XXXX | XXXXXX | NORMARC-NM 3500 | LOC-GP-TDME |
14 | SAUCE VIEJO | EZEIZA | NORMAC-NM 3500 | LOC-GP-TDME |
15 | TANDIL | EZEIZA | PHILIPS PHL 7404 | LOC-GP-MM-OM |
16 | XXXXX XXXXXXXX | XXXXXXX | PHILIPS PHL 7404 | LOC-GP |
El mantenimiento incluye los componentes primarios y secundarios de la estacion y la totalidad de los servicios (ingeniería, mano de obra, tramitaciones y transportes), y los elementos requeridos (repuestos, material, instrumental, herramientas) para el fin previsto.
3. IDONEIDAD DEL OFERENTE
Al momento de su presentación, el oferente debe contar en el país con un laboratorio debidamente equipado (personal, instrumental adecuado, vehículos, infraestructura, etc.) y con capacidad para prestar el servicio técnico de mantenimiento – reparación / verificación – en DOS
(2) estaciones simultaneas del equipamiento objeto de la presente Especificación Técnica (en la Oferta se indicará domicilio del laboratorio para su inspección).
El oferente deberá acreditar haber realizado, durante los últimos DOS (2) años, servicios de mantenimiento en sistemas de complejidad similares a los que son objeto de esta Especificación Técnica y el personal que intervendrá en las tareas de mantenimiento deberá haber recibido la capacitación correspondiente declarada en los Anexos NyPTJA de la autoridad aeronáutica local para intervenir las estaciones que son objeto de este contrato.
A fin de comprobar el cumplimiento de estas exigencias, las Ofertas deberán especificar con carácter de declaración jurada:
▪ Obras y servicios prestados al Estado o a empresas privadas que se presenten como antecedentes. Se indicará el nombre del organismo, marcas y modelos de los sistemas involucrados, duración y monto del contrato y autoridad que lo firmó.
▪ Número de teléfono y dirección del organismo o empresa firmante, a efectos de poder confirmar la veracidad de los certificados en cuestión.
▪ Infraestructura, vehículos, máquinas, herramientas, instrumental y accesorios que serán afectados al servicio de mantenimiento.
▪ Curriculum profesional del personal técnico que será afectado a las tareas de mantenimiento para la ejecución del presente contrato, constancia de su relación laboral con el Oferente y certificado de capacitación que cumpla con los requisitos de la autoridad aeronáutica que avale su idoneidad para trabajar en las estaciones objeto de esta especificación técnica.
4. DEFINICIONES TÉCNICAS
4.1 Sistema o Estación: Cuando se haga referencia a un Sistema o Estación, se entenderá que el término comprende, según corresponda:
Componentes primarios
• La totalidad del equipamiento y vínculos asociados a la Estación con función de monitoreo de emisión de señales, telecomando y teleseñalización; instalado en los sistemas ILS/DME, ubicados en la torre de control, en la sala técnica o en emplazamientos vinculados al mismo.
• La instalación de alimentación eléctrica asociada a la Estación, tanto del equipamiento electrónico como de iluminación, incluyendo los transformadores elevadores y reductores, interruptores, protecciones, tomas de tierra, líneas de alimentación desde el tablero general del aeropuerto (o desde donde se tome la energía), alimentación de emergencia incluyendo los bancos de baterías y elementos asociados.
• Las antenas, radomes, cables de radiofrecuencia, conectores, xxxxxx, mástiles, soportes y accesorios de fijación.
• El equipamiento de acondicionadores de aire y/o de ventilación forzada instalado en las casetas, los elementos de control de temperatura y conmutación de equipos.
• La superficie de la zona sensible de los sub-sistemas según se detalla mas adelante y el terreno lindante de las casetas y antenas, dentro de los límites establecidos.
Componentes secundarios:
• La computadora portátil e impresora utilizada para mediciones y ajustes, con sus respectivos accesorios de uso ( según corresponda de acuerdo a la version de equipo).
• La totalidad de los los artefactos de balizamiento nocturno de las antenas y casetas asociados a la Estación.
• Los manuales técnicos del equipamiento y documentación de instalación de la estación a resguardo en la misma.
• Las casetas, su mobiliario y matafuegos reglamentarios.
• Las bases de hormigón y veredas perimetrales de casetas.
4.2 Estación Dual: sistema compuesto por DOS (2) equipos, conformado por el equipo principal y el equipo duplicado (redundantes)
4.3 Estación Single: sistema compuesto por UNO (1) equipo.
4.4 Falla: deterioro o desperfecto en las instalaciones, elementos, equipos y/o unidades electrónicas que no permite el normal funcionamiento de una estación o sistema.
4.5 Mantenimiento Preventivo: Conjunto de tareas tendientes a conservar las características técnicas y operativas del sistema, con el objeto de incrementar su vida útil mediante la ejecución de una serie de rutinas periódicas, recomendadas por el fabricante del equipamiento, que procuren la reducción de las intervenciones de carácter correctivo.
4.6 Mantenimiento Correctivo: Conjunto de tareas tendientes a recuperar, técnica u operativamente, unidades o sistemas degradados en su funcionamiento, dentro de los valores y tolerancias garantizadas por el fabricante, comprendiendo la reparación y/o reemplazo de componentes, módulos o partes dañadas en cualquiera de las unidades del mismo ante fallas parciales o totales.
Nota: Indistintamente se utilizará el término reparación o mantenimiento correctivo.
4.7 Equipo en servicio: se considera que un equipo radioeléctrico que presta el Servicio de Radionavegación Aérea (principal o duplicado) está “En Servicio”, cuando sus parámetros eléctricos y de emisión se encuentran en valor y/o dentro de las tolerancias enunciadas por el fabricante en sus Manuales Técnicos, de acuerdo a lo establecido en el Manual de Radioayudas a la Navegación Aérea de la República Argentina y en el Manual sobre Ensayos de Radioayudas para la Navegación, publicado por la O.A.C.I (Doc. 8071).
4.8 Equipos fuera de servicio: se considera que un equipo radioeléctrico que presta el Servicio de Radionavegación Aérea (principal o duplicado) está “Fuera de Servicio”, cuando no está de acuerdo a lo definido en el párrafo anterior.
4.9 Estación en servicio: se considera que una estación radioeléctrica que presta el Servicio de Radionavegación Aérea está “En Servicio”, cuando:
Estación Dual: al menos uno de sus equipos (principal o duplicado) está En Servicio Estación Single: el equipo que la integra está En Servicio
4.10 Estación Fuera de Servicio: se considera que una estación está “Fuera de Servicio” cuando :
• Estación Single: el equipo que la integra está fuera de servicio.
• Algún componente primario de la misma no está “En Servicio”, excepto en una estación dual, donde ambos equipos deberán estar fuera de servicio.
• Al menos ocurre alguna de las siguientes deficiencias:
• Ante un corte de la energía de alimentación primaria, el equipamiento se interrumpe pasada la autonomía de la UPS o respaldo de baterias de UNA (1) hora.
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• Si el pasto supera los 10 cm de altura en el área sensible del sub sistema LOC y/o GP. Para el caso particular de la antena del Localizador el xxxxx xxx xxxxx se hará en el predio determinado por el ancho de la pista, ancho del arreglo de antenas del Localizador y las líneas determinadas por la unión de los vértices de los bordes del arreglo mencionado y la pista (en el umbral). En el caso del GP se mantendrá además de los 60mts alrededor de la caseta la zona comprendida entre la torre y la antena monitora (zona sensible o zona monitora) incluyendo un radio de 60m sobre esta última.
• Deterioro o desperfecto en las instalaciones, elementos, equipos y/o unidades electrónicas que no permite el normal funcionamiento de una estación o servicio.
• Cuando los parámetros de la señal irradiada al espacio chequeada en una verificacion aérea estan fuera de las tolerancias especificadas en el Anexo NyPTJA de ANAC , Anexo 10 de OACI y Doc. 8071 de OACI
▪ Tiempo máximo de reparación: Lapso máximo admitido para solucionar la novedad de un equipo, determinado entre la notificación al Adjudicatario de la estación en condición “Fuera de Servicio” y la normalización de la misma llevándola a la condición “En Servicio”.
El mismo, tendrá inicio una vez emitida la correspondiente solicitud de asistencia, indicada en la sección PROCEDIMIENTOS GENERALES.
4.11 Disponibilidad técnica: Índice porcentual que expresa la proporción del mes en la cual la estación se encuentra en el aire con todos sus parámetros de emisión en valor y dentro de las tolerancias establecidas en el MANUAL DE RADIOAYUDAS A LA NAVEGACIÓN AÉREA de la República Argentina.
Cada una de las estaciones detalladas en el objeto de la presente Especificación Técnica deberá cumplir con la siguiente Disponibilidad Técnica mensual, según la siguiente tabla:
Nota: Se toma para disponibilidad que al menos, el LOC, GP y/o DME esten fuera de servicio.
ÍTEM | ESTACIÓN | DISPONIBILIDAD TÉCNICA DE LA ESTACIÓN | TIEMPO MÁXIMO DE REPARACIÓN POR EQUIPO (PRINCIPAL O DUPLICADO) |
1 | BARILOCHE | 99% (99,8% JUN – JUL – AGO) | SETENTA Y DOS (72) HORAS |
2 | COMODORO RIVADAVIA | 99% | SETENTA Y DOS (72) HORAS |
3 | ESQUEL | 99% | SETENTA Y DOS (72) HORAS |
4 | XXXXXX 00/00 | 99,5% | DOCE (12) HORAS |
5 | XXXXXX 00/00 | 99,5% | DOCE (12) XXXXX |
0 | XXXXXXX | 99% | SETENTA Y DOS (72) HORAS |
7 | IGUAZÚ | 99% | SETENTA Y DOS (72) HORAS |
8 | LA RIOJA | 99% | SETENTA Y DOS (72) HORAS |
9 | XXXXXXX | 99% | SETENTA Y DOS (72) HORAS |
10 | PARANÁ | 99% | SETENTA Y DOS (72) HORAS |
11 | RÍO CUARTO | 99% | SETENTA Y DOS (72) HORAS |
12 | ROSARIO | 99% | SETENTA Y DOS (72) HORAS |
13 | SANTA XXXX | 99% | SETENTA Y DOS (72) HORAS |
14 | SAUCE VIEJO | 99% | SETENTA Y DOS (72) HORAS |
15 | TANDIL | 99% | SETENTA Y DOS (72) HORAS |
16 | VILLA XXXXXXXX | 99% | SETENTA Y DOS (72) HORAS |
A los efectos de verificar la disponibilidad técnica (D) exigida se utilizará la expresión:
D(%) = 100⎡ ⎛
Donde será:
tse = tiempo durante el cual la Estación se encuentre Fuera de servicio en el período considerado para evaluación (expresado en horas).
T = Tiempo del período considerado para evaluación, (el mes considerado, expresado en horas).
4.12 Libro de Historial: Documentación donde se asentarán las novedades técnicas de las intervenciones que se realicen en cada estación. Ver sección ANEXOS.
4.13 Incumplimientos: Se entenderá por incumplimiento a todo apartamiento de los compromisos asumidos en los pliegos de la contratación, por parte del Adjudicatario. Ver sección PENALIDADES.
4.14 Libro de Parámetros del Sistema: Documentación donde se asentarán valores significativos de funcionamiento del sistema.
5. MANTENIMIENTO
Las rutinas de mantenimiento preventivo y correctivo deberán seguir las recomendaciones descriptas en los manuales originales del fabricante del equipamiento, como así también las recomendadas en el MANUAL SOBRE ENSAYO DE RADIOAYUDAS PARA LA NAVEGACIÓN de la OACI (Documento 8071 4ª edición), Anexos NyPTJA de ANAC y cualquier otra que disponga EANA S.E.
5.1 MANTENIMIENTO PREVENTIVO SOBRE SISTEMA O ESTACIÓN
El adjudicatario deberá efectuar obligatoriamente DOCE (12) visitas de mantenimiento preventivo al año, siendo UNA (1) visita por mes con un distanciamiento mínimo de QUINCE (15) días y un máximo de CUARENTA (40) días a excepción de los meses en los que se superponga con la verificación aérea. Es importante resaltar que deben cumplirse la totalidad de DOCE (12) visitas durante la vigencia del contrato.
Las tareas diarias y semanales serán realizadas por personal técnico de EANA S.E y según las tareas descriptas debajo. En caso de desvíos EANA S.E. informará inmediatamente al adjudicatario.
Las tareas mensuales, trimestrales, semestrales y anuales serán realizadas por el adjudicatario con acompañamiento de personal técnico de XXXX X.X.
Diarias:
• Controlar el normal funcionamiento del sistema desde el control remoto y/o del indicador de estado en torre de control. Controlar el encendido de las lámparas indicadoras.
• Controlar el normal funcionamiento de las luces de balizamiento.
• Controlar la no presencia de obstáculos dentro del área sensible de los sistemas.
• Realizar un control visual para verificar el estado de los radomes de las antenas
• Visualizar el estado periférico de las casetas, cerramientos, acceso, pintura de casetas, xxxxxx y mástiles entre otros.
Semanales:
• Incluye tareas diarias.
• Asegurar la limpieza interior y exterior de las casetas y su equipamiento, evitar y/o eliminar, en caso de ser necesario, la formación de nidos en xxxxxx y antenas.
• Comprobación de funcionamiento de termostatos y aire acondicionado.
• Controlar el funcionamiento alternativo de energía eléctrica simulando cortes de energía primaria, teniendo especial cuidado de restablecer las indicaciones a su estado previo a la simulación de las fallas. Verificar el estado y correcto funcionamiento de las baterías de alimentación de emergencia, reemplazando las que estuviesen fuera de tolerancia.
• Controlar que la altura de pastos no supere los 10 cm de altura dentro del área sensible y en un radio de 60 mts alrededor de las casetas. Controlar la ausencia de obstaculos dentro de la zona recomendada por OACI .
Localizador (LOC)
En el gráfico siguiente se identifica como el “área A”, el área que comprende la superficie del terreno alrededor y al frente de las antenas del localizador (desde éstas en dirección a la cabecera de pista).
En el área ‘’A’’ se debe observar y mantener las características, limitaciones y precauciones que se indican a continuación:
a) Debe estár libre de obstáculos tales como árboles, caminos, cercos perimetrales construidos con materiales metálicos.
b) La superficie del terreno en el área indicada debe estar llana y libre de zanjas y/o montículos. La única vegetación admisible es el césped recortado.
c) Xxxx contar con drenajes adecuados para evitar su anegamiento.
d) La transición de “área A” hacia los terrenos vecinos, será sin discontinuidades ni desniveles muy pronunciados.
e) La altura de pastos en el área sensible no debe exceder los 10 centímetros.
Trayectoria de planeo (GP)
La superficie crítica del terreno al frente de las antenas de las trayectoria de planeo, tiene las dimensiones indicadas en el esquema siguiente, y debe mantener las características que se indican a continuación:
L= La mayor de las siguientes distancias: a) 900 metros, b) hasta el alambrado perimetral del aeródromo, c) hasta terminar el terreno llano.
Las áreas “A”, “B” y “C” deben estar libres de árboles, edificios, caminos, cercos de alambre y en general de todo tipo de construcciones que no formen parte de la instalación GP, e igualmente libre de zanjas, surcos y montículos. La única vegetación admisible es el césped recortado.
La zona de protección del monitor deberá tener drenajes a fin de prevenir anegamientos. Altura de pastos y arbustos
Se deberá mantener con no mas de 10 cm. de altura xx xxxxx la zona sensible del GP es el área ‘’A’’ que es de 30 mts para cada lado de la torre y hasta 30 mts hacia delante de la antena monitora .
Mensuales:
• Incluye tareas semanales.
• Verificación, control y registro de parámetros de los sistemas de radioayudas. Ver sección
6.5 (PROCEDIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN DEL MANTENIMIENTO).
• Verificar parámetros de mantenimiento.
• Limpieza de filtros de aire acondicionado, extractores y conmutación del equipamiento.
• Comprobar la conmutación del equipamiento en las estaciones de radioayudas que cuentan con equipos duplicados, haciéndolos funcionar de manera alternada por mes, registrándose esta situación en los correspondientes Libros de Historial.
• Verificar el estado de las xxxxxx, mástiles, accesorios de fijación, antenas, sus aisladores, bases y casetas, elementos irradiantes y radomes, como así también cables de RF y sus conectores, controlando su correcta protección contra fenómenos climáticos y repintando los elementos que fuesen necesarios.
• Verificar los circuitos de balizamiento controlando y reemplazando, si fuese necesario, sensores, tulipas y lámparas. No se permitirá para el balizamiento nocturno, el uso de 220VCA en los pórticos, únicamente 12/24VCA o 12/24VCC.
• Controlar y mantener en su correcto nivel, el aceite de los transformadores elevadores y reductores de media tensión, como así también su estado general de limpieza y pintura.
• Verificar el estado de carga de los matafuegos, efectuando la recarga de ser necesario.
• Comprobar y ajustar, según corresponda, los componentes de los tableros eléctricos: terminales, llaves, interruptores, fusibles, entre otros.
• Verificar el estado del sistema de puesta a tierra y de protección contra descargas eléctricas atmosférica (sistema de pararrayos) en todos sus componentes: punta terminal pararrayos, conductor eléctrico de descarga, puesta a tierra (pata xx xxxxx) y protectores gaseosos de líneas tanto de datos como de alimentación.
Trimestral:
• Medición en campo (Center Line CL y Sensibilidad al desplazamiento DS) con instrumental externo. Se debe determinar el punto de medicion de la sensiblidad al desplazamiento y marcarlo a fin de repetir la medición siempre en el mismo lugar.
• Medición del sistema de puesta a tierra.
• Mediciones de resistencia de la puesta a tierra, como mínimo con una frecuencia trimestral, la cual no deberá superar los 10 Ohms. Se reemplazarán los protectores gaseosos que hayan superado sus ciclos de descarga a tierra de acuerdo a las especificaciones del fabricante. En caso que la medición no cumplimente con lo establecido en las normas eléctricas vigentes, se deberá realizar el correctivo correspondiente para que los valores ohmicos estén en tolerancia.
Semestral:
• Testeo integral del monitor.
• Chequeo de la antena monitora NF (Near Field). Transferencia y apagado.
Anual:
• Medición de potencia de salida de la portadora con instrumental externo.
• Verificacíon de baterías. Mínima duración UNA (1) hora y voltaje mayor a 23.3 V.
• Mantenimiento de baterías.
• Comprobación de integridad de pares libres en enlaces de telecomando.
• Comprobación de integridad de trazas de energía. En caso de encontrar anomalías se deben reparar las fallas.
• Chequeo de conexiones RF (internos y externos) y sujeciones correspondiente (tornillos, conectores, etc.). Incluye conexiones eléctricas y mecánicas.
• Mantenimiento integral, sin limitarse a: radomes, antenas, mástiles, casetas, sistema de alimentación ininterrumpida y sistema de aire acondicionado.
• Un mantenimiento integral que contemple: lavado, impermeabilizado, pintura, cerramientos, cargas de aire acondicionado, entre otros, a fin de preservar el valor de todo el sistema, según corresponda.
Antes de la verificación aérea:
• Chequeo de los límites de alarma del sistema de monitoreo.
Nota: Cualquier tarea de las enunciadas que sean pasibles de la puesta fuera de servicio de la
estación considerada deberá ser previamente coordinado con la Jefatura Regional CNS, y autoridades aeroportuarias, y se deberá presentar un informe de los trabajos a realizar y una vez ejecutados al Departamento Navegación Central y a la Jefatura Regional CNS correspondiente.
5.2 MANTENIMIENTO CORRECTIVO SOBRE SISTEMA O ESTACIÓN
El mantenimiento correctivo comprende al conjunto de tareas tendientes a reparar y/o recuperar el sistema devolviéndolo al estado en servicio E/S, de acuerdo a la normativa nacional o internacional vigente y dentro de los valores y tolerancias garantizadas por el fabricante.
El adjudicatario deberá realizar las tareas descriptas a continuación, sin limitarse a:
▪ Atender las solicitudes de asistencia correctiva.
▪ Efectuar las reparaciones, ajustes o reemplazos requeridos a consecuencia de una visita de mantenimiento preventivo y/o inspección.
▪ Efectuar las reparaciones requeridas, ajustes y mediciones en el sitio de instalación o en el laboratorio del Adjudicatario, con instrumental, herramientas adecuadas y de su propiedad.
▪ El técnico del Adjudicatario comunicará a la Jefatura Regional CNS si la intervención técnica efectuada requiere o no verificación aérea especial.
Nota: En caso de hacer mantenimiento correctivo el adjudicatario puede incluir las tareas de mantenimiento preventivo correspondiente al mes calendario.
5.3 VERIFICACIÓN AÉREA
Como parte del matenimiento preventivo, se efectuarán verificaciones aéreas, programadas o especiales. Esta última es una inspección en vuelo requerida por circunstancias especiales, tales como, modificaciones importantes del equipo, condiciones de mal funcionamiento, parámetros fuera de tolerancia, entre otros, que puedan llegar a indicar un funcionamiento cuestionable, inseguro y dubitativo de la estación.
Debido a que las mediciones en tierra que se puedan llegar a realizar con el instrumental adecuado, no aseguran ni pueden comprobar las señales que se propagan en el espacio, se deberá requerir una inspección de vuelo después de los siguientes cambios, sin limitarse a:
▪ Desplazamiento de la frecuencia de funcionamiento;
▪ cambios significativos del entorno de tierra en la proximidad y multitrayectos dentro de los límites de los sistemas irradiantes;
▪ sustitución de conjuntos de antenas o de elementos de antenas;
5.4 sustitución de los componentes de radiofrecuencias tales como distribuidores de fase, amplificadores, transmisores y cables, cuando no se dispone de mediciones en tierra antes y después de los cambios; o cuando los resultados no prestan apoyo a su puesta en servicio sin inspección en vuelo.
5.5 ACTUALIZACIONES/ MODIFICACIONES SOBRE LOS SISTEMAS
En aquellos casos que el Adjudicatario, sobre la base de la experiencia adquirida o las recomendaciones del fabricante, sugiriera la introducción de modificaciones para mejorar el sistema, las mismas no podrán efectuarse sin previo estudio y autorización de la EANA S.E.
El Adjudicatario deberá asesorar, por iniciativa propia o a requerimiento de la EANA S.E., sobre la conveniencia o necesidad de efectuar cualquier trabajo, reparación o modificación no comprendida en los alcances de esta Especificación Técnica.
En caso de registrarse un incidente de robo y/o hurto, o daños efectuados por terceros ajenos al adjudicatario, este no será responsable de las consecuencias que pudieren derivarse de dichos actos. Sin perjuicio de ello, el adjudicatario será responsable de coordinar y llevar adelante la puesta en servicio del sistema.
En tal sentido, el adjudicatario presentará ante la Gerencia CNS un informe técnico indicado razones técnico operativas, procedimiento detallado para la ejecución de dichos trabajos, y un presupuesto indicando el costo y plazo de entrega para la concreción de dichas modificaciones.
La Gerencia CNS se reserva el derecho de gestionar - en caso en que se generara una necesidad y supeditado a la aprobación y aceptación del monto y los trabajos a realizar sobre la base del presupuesto indicado precedentemente una ampliación de la orden de compra en cuestión o una nueva orden de compra por la modificación propuesta, o bien desestimar la misma. Queda a criterio de la EANA S.E. la realización de los trabajos por otros medios.
Particularidad
Sin importar las condiciones iniciales al momento del inicio de la presente especificación técnica, el adjudicatario deberá reponer/actualizar, poner en valor y en servicio todas las estaciones, elementos de seguridad (matafuegos reglamentarios) y herramientas de trabajo(notebook), de acuerdo a lo definido en la sección 2, 4 y 5.4.
Todas las estaciones deberán contar con matafuegos tipo Halon/ Halonclean reglamentario.
6. PROCEDIMIENTOS GENERALES
6.1 COORDINACIÓN TÉCNICO-ADMINISTRATIVA
Notificada la Adjudicación, la firma Adjudicataria dispondrá de un plazo xx XXXX (10) días hábiles administrativos para la entrega a la Gerencia CNS de una lista completa del personal que afectará a las tareas provenientes del Contrato. Solo el personal indicado en la nómina podrá realizar las tareas de mantenimiento descriptas en la presente especificación técnica. EANA S.E. se reserva la facultad de rechazar a cualquier persona de la nómina de personal propuesta por la Adjudicataria. El personal afectado a las tareas por parte de la adjudicataria deberá contar con la autorización y aprobación expresa por parte de EANA S.E., pudiendo exigirse su reemplazo en cualquier momento del contrato y a exclusivo criterio de EANA S.E. La Adjudicataria se compromete a presentar toda la documentación que fuera requerida del personal que integra la nómina, bajo pena de incumplimiento de contrato.
En tal lista a presentar ante la Administración de la Gerencia CNS, los siguientes datos de cada una de esas personas:
▪ Apellido y Nombre según figure en el documento de identidad que más adelante se menciona.
▪ Nacionalidad.
▪ Función que desempeñará.
▪ Número y tipo de Documento de Identidad
▪ Domicilio actualizado.
▪ Fecha y lugar de nacimiento.
El personal afectado a los trabajos deberá estar exento de antecedentes desfavorables ante la justicia.
En caso de producirse cualquier cambio y/o ampliación en relación con la nómina presentada, el Adjudicatario deberá comunicarlo a la EANA S.E, sin poder ejercer tareas dentro del área de responsabilidad de EANA S.E. hasta tanto esta autorice su incorporación al listado.
EANA S.E. se reserva el derecho de solicitar el cambio de cualquier integrante de la dotación del Adjudicatario cuando, por razones de seguridad, lo considere necesario. En caso de no producirse tal cambio dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas de ser notificado el Adjudicatario, será causa para suficiente para aplicar penalidades conforme los estipulado en el presente pliego.
A su vez, el adjudicatario informará dentro de los CINCO (5) días corridos a partir de la entrada en vigencia del Contrato los datos de la persona designada para la atención permanente del mismo. Indicará un número de teléfono con atención técnica permanente las VEINTICUATRO
(24) horas del día y durante todos los días del año, como así mismo una casilla de correo electrónico, a los efectos de poder enviar la solicitud de asistencia técnica.
Por parte de la EANA S.E., el área responsable de efectuar las Coordinaciones, Control Técnico e inspecciones que se origine con la presente Especificación Técnica, será La Gerencia CNS, a través de las Jefaturas Regionales CNS.
• FIR EZE: xxxxxxxxxx-xxx@xxxx.xxx.xx
• FIR CRV: xxxxxxxxxx-xxx@xxxx.xxx.xx
• FIR CBA: xxxxxxxxxx-xxx@xxxx.xxx.xx
• FIR DOZ: xxxxxxxxxx-xxx@xxxx.xxx.xx
• FIR SIS: xxxxxxxxxx-xxx@xxxx.xxx.xx
PARTICULARIDADES
Toda estación de radioayuda debe contar con los correspondientes Libro de Historial, planillas de control y demás documentación que se debe completar en ocasión de cada intervención de mantenimiento, control terrestre o inspección, a fin de dejar constancia y rubricadas las tareas realizadas según los modelos descriptos en la SECCIÓN ANEXOS.
Los Libros de Historial y Libro de parámetros deben quedar a resguardo en el lugar de emplazamiento de la estación como mínimo 3 (tres) años, a excepción de aquella relacionada con accidentes o incidentes, que debe ser resguardada hasta que finalicen las investigaciones correspondientes, siendo el personal técnico CNS EANA S.E. el responsable de su control.
Cada vez que se produzca una intervención de mantenimiento preventivo, correctivo o
verificación del sistema, deberá estar presente personal técnico de la EANA S.E. asignado al control técnico de la estación. Se tomarán los valores requeridos para el registro de parámetros del sistema. Se realizarán las tareas en forma conjunta, el Técnico del ADJUDICATARIO y el Técnico de la EANA S.E. Posteriormente redactarán un informe que consistirá en el llenado de la hoja del Libro de Historial, firmando ambos en conformidad por lo expresado.
Para un registro legible de las tareas de mantenimiento ejecutadas, el personal deberá aclarar sus datos y el de la empresa mediante un sello personalizado.
Todos los Libro de Historial y los Libros de parámetros, deberán contar con el visto bueno del Responsable Técnico CNS del Aeropuerto o autoridad a cargo.
Todos los trabajos y procedimientos a emplear por el adjudicatario en el ejercicio del cumplimiento de la presente contratación, deberán estar bajo las normas de seguridad y reglamentaciones aeronáuticas establecidas en cada caso.
6.2 VERIFICACIONES AÉREAS
Personal técnico del Adjudicatario deberá estar presente en cada oportunidad que se realice una inspección en vuelo, (incluye fines de semana y feriados) de un sistema objeto de este contrato, a efectos de realizar los ajustes del sistema que fuesen necesarios. Si esta coincidiese con el período de visita de un Mantenimiento Preventivo, se considerará ambas cumplimentadas, en caso de realizar las tareas correspondientes.
EANA S.E. informará al adjudicatario, con la mayor antelación posible, el cronograma de verificaciones según corresponda.
En esta inspección con verificación aérea, se confeccionará el Libro de Historial con los datos relevantes de la intervención, ajuste de parámetros, valores finales luego de la verificación, estado general del equipamiento y de las instalaciones, y a su vez, se confeccionarán los libros de parámetros del sistema.
En los casos que el técnico del Adjudicatario no pueda estar presente en la oportunidad que se realice una inspección de vuelo, de un sistema objeto de este contrato, el personal técnico CNS local, técnico del Laboratorio de Radioayudas, técnico CNS Regional o quien determine EANA S.E., estará autorizado a realizar los ajustes del sistema que fuesen necesarios a los efectos de suministrar señales seguras y en tolerancia en la totalidad del área de servicio, ademas el personal de EANA confeccionará los libros de historial y parámetros y realizará los ajustes de monitor y límites de alarma según los datos que resulten de la verificacion aérea a fin de dejar un punto de referencia para la proxima verificación.
6.3 INSPECCIÓN TERRESTRE
Personal tecnico especialista designado por la Gerencia CNS, efectuará visitas de inspección en tierra a las estaciones, informando con anterioridad al Adjudicatario de la misma, con una anticipación de CUARENTA Y OCHO (48) horas, procediéndose en estas oportunidades a verificar el correcto cumplimiento de los puntos contractuales y funcionamiento.
Un técnico del adjudicatario deberá estar presente en cada oportunidad que se realicen las inspecciones mencionadas en el párrafo anterior.
Si en esta verificación terrestre se encontraran novedades contempladas en el presente contrato, se registrará en el libro de historial detallando estas novedades y seran firmados por el personal Técnico del adjudicatario y por el personal Técnico especialista de EANA S.E.
6.4 ACCESO A LOS SITIOS
Las llaves que permiten acceder a las casetas de cada equipamiento, estarán en poder del técnico CNS responsable del aeródromo o Representante ANS responsable.
El control de acceso a las casetas, se efectuará mediante precintos numerados, a ser provistos por el Adjudicatario, asentándose en el Libro de Historial los números correspondientes de precinto retirado y precinto colocado.
6.5 PROCEDIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN DEL MANTENIMIENTO
6.5.1 MANTENIMIENTO PREVENTIVO
Luego de realizar las tareas descriptas en la sección 5 (cinco) Mantenimiento, se deberá confeccionar:
TAREAS SEMANALES:
✓ LIBRO DE HISTORIAL (por triplicado).
✓ CHECK LIST – GUÍA DE TAREAS RADIOAYUDAS. TAREAS MENSUALES
✓ LIBRO DE HISTORIAL (por triplicado).
✓ CHECK LIST – GUÍA DE TAREAS RADIOAYUDAS.
✓ LIBRO DE PARÁMETROS (por equipo y por estación, según corresponda; por triplicado).
TAREAS TRIMESTRALES
✓ LIBRO DE HISTORIAL (por triplicado). Indicar que se realiza tarea trimestral.
✓ CHECK LIST – GUÍA DE TAREAS RADIOAYUDAS (si aplica).
✓ CHECK LIST II - GUÍA DE TAREAS RADIOAYUDAS.
✓ LIBRO DE PARÁMETROS (por equipo y por estación, según corresponda; por triplicado, si aplica.
TAREAS SEMESTRALES
✓ LIBRO DE HISTORIAL (por triplicado). Indicar que se realiza tarea semestral.
✓ CHECK LIST – GUÍA DE TAREAS RADIOAYUDAS (si aplica).
✓ CHECK LIST II - GUÍA DE TAREAS RADIOAYUDAS.
✓ LIBRO DE PARÁMETROS (por equipo y por estación, según corresponda; por triplicado), si aplica.
TAREAS ANUALES
✓ LIBRO DE HISTORIAL (por triplicado). Indicar que se realiza tarea anual.
✓ CHECK LIST – GUÍA DE TAREAS RADIOAYUDAS.
✓ CHECK LIST II- GUÍA DE TAREAS RADIOAYUDAS.
✓ LIBRO DE PARÁMETROS (por equipo y por estación, según corresponda; por triplicado).
VERIFICACIÓN AÉREÁ PERIÓDICA
✓ LIBRO DE HISTORIAL (por triplicado) – En caso que durante la verificación aérea requiera ajustes, se deberán registrar valor inicial medido y valor final medido luego de ser calibrado por parámetro.
✓ CHECK LIST – GUÍA DE TAREAS RADIOAYUDAS.
✓ LIBRO DE PARÁMETROS (por equipo y por estación, según corresponda; por triplicado).
6.5.2 MANTENIMIENTO CORRECTIVO
Cuando algún equipo de radioayuda (original o duplicado) queda Fuera de Servicio o bien el sistema en su totalidad se encuentre fuera de servicio (acorde las definiciones de la sección 4 del presente documento), o requiera una verificación aérea especial, el técnico adjudicatario en conjunto con el Técnico CNS responsable del aeródromo deberán confeccionar:
✓ LIBRO DE HISTORIAL (por triplicado). Para verificación aérea especial registrarlo en el mismo.
✓ LIBRO DE PARÁMETROS (por equipo y por estación, según corresponda; por triplicado), si aplica.
6.6 SOLICITUD DE MANTENIMIENTO
Las áreas de EANA S.E. autorizadas a efectuar, solicitudes de asistencia al adjudicatario, su cancelación o postergación son:
1. El Responsable Técnico CNS del Aeródromo.
2. El Jefe Regional CNS de la Jurisdicción.
3. La Gerencia CNS (Departamento Navegación).
El adjudicatario recibirá la solicitud de asistencia telefónicamente y vía correo electrónico.
Toda comunicación oral entre el Adjudicatario y el personal técnico u operativo de la estación, carece de validez a efectos de cancelar o postergar pedidos de mantenimiento requeridos por el Jefe Regional CNS o por la Gerencia CNS.
7. RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICATARIO
El adjudicatario será responsable de mantener el carácter de reservado, confidencial o secreto la información y datos de propiedad de la EANA S.E. No se permitirá visitar o trabajar en las estaciones a personas que no cuentan con la autorización emitida por la autoridad competente de la EANA S.E. y/o de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA).
El personal aceptado destacado para las tareas, deberá cumplir con las directivas de disciplina que imparta la EANA S.E. Cualquier infracción a lo establecido en los apartados precedentes podrá ser motivo de sanciones. En tal sentido, estas podrán comprender, entre otras, la rescisión del Contrato, la inhabilitación para contratar con EANA S.E., etc. Todo lo antedicho será aplicable sin perjuicio de las acciones legales, relevo de personas y otras penalidades a las que pudiera haber lugar.
En correspondencia con el inicio y la finalización del Contrato de Mantenimiento, se labrarán sendas actas, cuyo modelo se adjunta en sección ANEXOS, a fin de dejar constancia del estado del equipamiento, instalaciones conexas, instrumental y manuales técnicos, de los sistemas en cada Aeródromo.
El Adjudicatario dispondrá de TREINTA (30) días para recibir y/o entregar la totalidad de las estaciones objeto del Contrato de Mantenimiento (al inicio y finalización de la Orden de Compra respectivamente). Para el caso de entrega, todo el sistema o estación, definido en sección 4, deberá ser devuelto completo, puesto en valor y funcionando correctamente. Las actas modelo se adjuntan en sección ANEXOS.
El adjudicatario será responsable en todos los casos, de todo tipo de deterioros que se ocasionen a los bienes de propiedad de la EANA S.E., como consecuencia xx xxxxx, falta de cuidado o negligencia en la ejecución de los trabajos contratados, quedando obligado a hacer efectivo de inmediato los cargos que se le formulen por tal motivo. Asimismo será responsable de los daños y perjuicios que pueda ocasionar a terceros.
Las instalaciones y equipamiento, como así también las herramientas y/o instrumental facilitados por la EANA S.E., deberán ser devueltos a la conclusión de la relación contractual, en las mismas condiciones en que fueron entregados. En caso de que esta cláusula no se cumpliera será obligación del Adjudicatario reintegrar el correspondiente importe de reposición a nuevo. Si los Bienes facilitados por la EANA S.E. han desaparecido xxx xxxxxxx se exigirá el importe o el reintegro de un Bien nuevo, de idénticas o mejores características, existente en el mercado o que cumpla con iguales o mejores prestaciones operativas y logísticas, a juicio de la EANA S.E.En caso de que los bienes de cualquier tipo puestos a disposición del Adjudicatario o aquellos que estén relacionados con las tareas que realiza el mismo, sean afectados por cualquier siniestro debido a culpa o negligencia del Adjudicatario, será pagado directamente por el Adjudicatario en la forma y oportunidad que establezca en ese momento EANA S.E. Dichos cargos podrán ser deducidos de cualquier crédito o garantía que el Adjudicatario tenga con la EANA S.E. No obstante dichos pagos no liberan al Adjudicatario de las penalidades, multas o sanciones previstas en las Bases del Llamado, ni los daños y perjuicios ocasionados a la EANA S.E. o a Terceros.
7.1 SEGUROS DE TRABAJO
El Adjudicatario asumirá plena y exclusiva responsabilidad sobre el personal que le depende o contrate para la ejecución de los trabajos relacionados con los Servicios Contratados, debiendo entregar a la EANA S.E. copia certificada de las pólizas al iniciar los trabajos. Para ello, deberá Contratar los siguientes seguros de operación:
▪ Seguro de Accidentes de trabajo sobre la totalidad del personal afectado por incapacidad parcial y total permanente e incapacidad temporal, conforme con la Ley N° 24028, sus modificaciones y reglamentaciones, incluyendo la opción de responsabilidad civil patronal.
▪ El Adjudicatario queda a exclusivo cargo de la asistencia médica y salarios caídos derivados de cualquier accidente laboral, pudiendo aquel ampliar el seguro exigido por la ANSES, con los adicionales de cobertura que contemplan dicho riesgo a su cargo.
El adjudicatario se somete al estricto cumplimiento de todas las normas vigentes o que se dicten a partir de la vigencia Contractual en materia de Prevención de Accidentes. Estas normas afectan a personas, instalaciones, bienes, material rodante, etc., y tienden a disminuir la posibilidad de que se produzcan accidentes sobre personas o bienes.
En tal sentido, el Adjudicatario deberá presentar cobertura de seguro ART a EANA S.E., del personal involucrado en la actividad del mantenimiento integral, como así mismo el Programa de Seguridad aprobado por la ART. En caso que la nómina del personal afectado a las tareas de la presente especificación técnica se modifique, deberán actualizar dichos seguros, como así también deberán mantener actualizada la documentación.
A su vez, para complementar los trabajos a realizar en la actual especificación técnica, el adjudicatario deberá presentar:
- Seguro de vida obligatorio vigente y pago actualizado.
- Certificado de cobertura vigente y pago actualizado.
- Clausulas de no repetición a favor de EANA S.E, vigentes.
- Listado de EPP a utilizar según Res 299/11 SRT.
- Cronograma de capacitación acorde a los riesgos que implique la tarea.
En caso que se realice algún o los siguientes trabajos: excavación, demolición, trabajos a más de 4 metros de altura, trabajos con media o alta tensión deberán presentar el programa de seguridad aprobado por la ART, con la Resolución que aplique dependiendo del tiempo de la obra y según la figura, contratista principal o subcontratistas.
Fuera de los trabajos mencionados deberá presentar un Análisis de Trabajo seguro con la matriz de riesgo correspondiente, firmada por el equipo de trabajo y un responsable de Seguridad de la empresa que ejecute el trabajo, el mismo será analizado por el Departamento de HSMA de EANA S.E.
El adjudicatario deberá tener presente todo lo que contemple la ley 19587 de higiene y
seguridad en el trabajo con su decreto reglamentario 351/79 y todas las resoluciones vigentes.
Por útimo, el Adjudicatario es responsable de los accidentes que pudiera sufrir su personal o terceros vinculados permanente, transitoria o accidentalmente con los trabajos que realiza en función de la relación contractual, debiendo cubrir los posibles siniestros con una póliza de seguros contra todo riesgo y responsabilidad civil.
7.2 SOLICITUDES DE ASISTENCIA
El adjudicatario deberá atender las solicitudes de asistencia para mantenimiento correctivo y verificación aérea. Las mismas tendrán carácter de permanente, sin límite de visitas a la estación, teniendo como finalidad el cumplimiento de las exigencias de disponibilidad independientemente de la fecha o el horario en que ocurriera la falla.
7.3 CREDENCIALES
El Adjudicatario deberá realizar las gestiones ante la Policía de Seguridad Aeronáutica PSA, a fin de obtener la credencial que emite dicho Organismo, que permite al personal afectado ingresar a las áreas de seguridad dentro de los aeropuertos.
El Adjudicatario deberá realizar las gestiones ante el concesionario del sitio, para obtener las autorizaciones de ingreso a las áreas concesionadas dentro de los aeropuertos.
7.4 CRONOGRAMA DE MANTENIMIENTO
El adjudicatario deberá presentar mensualmente, CINCO (5) días antes del mes a ejecutar, un cronograma tentativo informando la visita a realizar a cada estación a la Jefatura Regional CNS en cuestión y al Departamento Navegación Central.
7.5 REPUESTOS Y MATERIALES
El Adjudicatario deberá proveer sin cargo adicional para la EANA S.E. y en forma ilimitada, los materiales y repuestos necesarios para ser utilizados como reemplazo de elementos defectuosos, detectados en las tareas de mantenimiento. Los materiales y repuestos deberán ser preferentemente nuevos y sin uso, y si no fuesen originales del fabricante, serán de similares características técnicas y sugeridos por el fabricante, a los efectos de no variar las características del equipamiento y la instalación.
El listado de los elementos utilizados se documentará en el Libro de Historial, indicando claramente número de parte y módulo al cuál pertenece.
El Adjudicatario deberá realizar las acciones necesarias para obtener en tiempo y lugar oportuno los repuestos y materiales requeridos para efectuar las tareas de mantenimiento, incluso los trámites de importación, despacho a plaza y traslado hasta el lugar de utilización, a los efectos de cumplir con la Disponibilidad Técnica exigida.
7.6 GASTOS POR CUENTA DEL ADJUDICATARIO
Serán por cuenta del Adjudicatario los siguientes gastos:
▪ Tributos que correspondan. Costo del despacho, derecho y servicios aduaneros y demás gastos incurridos por cualquier concepto en el caso de mercaderías importadas con cláusulas de entrega en el país.
▪ La totalidad de la tramitación del despacho a plaza de repuestos correrá por cuenta del proveedor.
7.7 Los traslados terrestres o aéreos, de los técnicos del Adjudicatario, material, equipos, repuestos e instrumentales, para ejecutar las tareas del mantenimiento, verificaciones aéreas y todo viatico o gasto que pudiera generarse como parte de las tareas de mantenimiento y verificaciones aéreas.
7.8 INSTRUMENTAL, HERRAMIENTAS Y ACCESORIOS
▪ El Adjudicatario deberá poseer instrumental de presición, que utilizará para el mantenimiento de las estaciones objeto de esta especificación técnica, y los mismos deberán estar debidamente calibrados, con su correspondiente certificado de calibración emitido por una entidad calificada y habilitada a tal fin.
▪ A tal efecto, en la oferta, presentará un listado del instrumental, identificándolo por tipo, marca, modelo y número de serie.
▪ Personal de la Gerencia CNS, previa coordinación, podrá efectuar la inspección del mencionado instrumental, labrándose un acta con los resultados de la misma.
7.9 ENTREGABLES
Precintos numerados: Los mismos serán empleados para registrar los accesos a los sitios.
Libro de Historial: Cada estación dispondrá de un libro Historial (según modelo adjunto en sección ANEXOS) con sus hojas numeradas del 1 al 100; original y DOS (2) copias, troquelado.
Libro de Parámetros: Cada estación dispondrá de un Libro de Parámetros (según modelo adjunto en la sección ANEXOS) con sus hojas numeradas del 1 al 50; original y DOS (2) copias, troquelado. El adjudicatario deberá presentar a su vez, y en los equipos con capacidad, lainformación digital que provee el equipo de manera adicional a la Jefatura CNS Regional correspondiente y al Departamento Navegación central.
Check List – Guía de tareas radioayudas: Cada estación dispondrá de un Libro de check list
(según modelo adjunto en sección ANEXOS) con sus hojas numeradas del 1 al 50; original y DOS
(2) copias, troquelado.
Check List II – Guía de tareas radioayudas: Cada estación dispondrá de un Libro de check list (según modelo adjunto en sección ANEXOS) con sus hojas numeradas del 1 al 15; original y DOS
(2) copias, troquelado.
El adjudicatario deberá proveer los mencionados libros de historial y registros de parámetros. Ver sección ANEXOS.
• LIBRO DE HISTORIAL
• CHECK LIST - GUÍA DE TAREAS RADIOAYUDAS
• LIBRO DE PARÁMETROS DME
• LIBRO DE PARÁMETROS ILS
• CHECK LIST II - GUÍA DE TAREAS RADIOAYUDAS
Nota: El adjudicatario deberá reponer el material una vez consumido.
8. PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO
Si el ADJUDICATARIO no cumpliese, parcial o totalmente, lo determinado en esta Especificación Técnica la EANA S.E. tendrá la facultad de imponer al mismo, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna, la penalidad que se especifica en las tablas posteriores.
A los efectos del cómputo de Disponibilidad Técnica de la estación y tiempo máximo de reparación, se tomará como fecha y hora de puesta “Fuera de Servicio”, la de notificación de la novedad al ADJUDICATARIO mediante la solicitud de mantenimiento correspondiente.
Se tomará como fecha y hora de puesta "En Servicio", las asentadas en el Libro de Historial en la hoja del Informe Técnico correspondiente.
8.1 Penalidad por Disponibilidad de la estación
Se aplicará un penalidad del 3 % sin límites, del monto mensual de la estación, por hora que exceda la disponibilidad requerida para el mes.
En caso de imposibilidad de asistencia por fuerza mayor no se aplicará esta penalidad. En este escenario, el proveedor deberá proveer asistencia remota a los equipos técnicos del sitio.
8.2 Penalidad por Tiempo máximo de reparacíon
Se aplicará un penalidad del 1% sin límites, del monto mensual de la estación, por hora que
exceda el Tiempo máximo de reparación requerido para la estación.
En caso de imposibilidad de asistencia por fuerza mayor no se aplicará esta penalidad. En este escenario, el proveedor deberá proveer asistencia remota a los equipos técnicos del sitio.
8.3 Penalidad por incumplimiento sobre obligaciones del adjudicatario y mantenimiento preventivo.
Se aplicará una penalidad del 15%, del monto mensual de la estación por cada incumplimiento.
Para el caso que el incumplimiento refiera a cuestiones ajenas a una estación determinada se tomará como valor de referencia el de la estación xx Xxxxxxx.
A partir de la quinta multa aplicada, será opción de la EANA S.E. considerar al ADJUDICATARIO incurso en incumplimiento total del Contrato, pudiendo proceder a la rescisión del mismo sin derecho a indemnización alguna.
En los casos en que EANA S.E. observara deficiencias en el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente Especificación, documentará esta situación a través de un Acta, la que deberá ser rubricada por un representante del ADJUDICATARIO. En caso de no estar de acuerdo con los conceptos vertidos en la misma, podrá expresar su disconformidad por escrito a la Gerencia CNS.
Si se comprobaran alteraciones intencionales destinadas a mantener un equipo en el aire aún con parámetros fuera de tolerancia, por razones otras que la realización de trabajos de mantenimiento, la EANA S.E. podrá solicitar la inmediata rescisión del CONTRATO, sin derecho a indemnización por parte del ADJUDICATARIO y sin perjuicio de iniciar las acciones legales que correspondan contra el ADJUDICATARIO, por poner en peligro intencionalmente la operación aérea y la integridad y la seguridad de las aeronaves y las personas.
8.4 Multa por inasistencia mensual
La multa de la asistencia mensual obligatoria a los sitios se implementaran bajo el siguiente criterio:
Incumplimientos de asistencia mensual obligatoria | Monto de la multa |
Inasistencia dentro del período mensual – Visita técnica. | Descuento del CIEN (100) % del monto mensual del Contrato correspondiente a la estación considerada por el mes en cuestión. |
2021 Año de homenaje al Premio Nobel
de Medicina Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx
Contrato correspondiente a la estación considerada.
En caso de no asistir a la visita técnica mensual siguiente, configurándose de esa forma DOS (2) incumplimientos consecutivos, se aplicará un descuento del CIEN (100) % del monto mensual del contrato y adicionalmente una multa de un TREINTA (30%) del monto mensual del contrato correspondientes a la estación considerada, a descontar el siguiente mes.
En caso de no asistir a TRES (3) visitas técnicas consecutivas mensuales o será opción de la EANA S.E. considerar al ADJUDICATARIO incurso en incumplimiento total del Contrato, procediendo a la rescisión del mismo sin derecho a indemnización alguna.
Adicionalmente se aplicará, al próximo mes, un descuento xxx XXXX (10) % del monto mensual del
8.5 Fuerza mayor e impedimentos por posibles restricciones, en relación a la pandemia de COVID-19:
Las actividades operativas mensuales y/o planificables correspondientes a mantenimiento preventivo y correctivo incluidos en el abono mensual deberán contemplar las condiciones existentes, a los fines de lograr los parámetros solicitados en las especificaciones técnicas.
En caso que al momento de la actividad hubiera vigente algún tipo de normativa que restringiera la circulación o configurara un impedimento para su cumplimiento, el adjudicatario deberá informar y documentar dicha situación fehacientemente ante EANA S.E. y se evaluará la solución a adoptar.
8.6 CAPACITACIÓN
La capacitación se deberá dictar durante el período de mantenimiento del contrato, cumplimentando en primera medida y dentro de los primeros 6 meses la parte teórica. La parte práctica se podrá ejecutar durante las tareas de mantenimiento, previa presentación y acuerdo del programa de capacitación entre las partes.
Para ello, el adjudicatario deberá:
• Presentar un plan de capacitación: Deberá elaborar y presentar al Departamento de Navegación Central, un plan de capacitación a fin de ser consensuado con este último previo a su inicio. El mismo deberá incluir y describir, como mínimo, dos módulos: la parte teórica y la parte práctica, con sus correspondientes horas de capacitación.
Se permitirá para el dictado de la parte teórica la modalidad online y/o presencial, y
para la parte práctica, durante las tareas de mantenimiento (OJT - On the Job Training - capacitación durante el trabajo).
• Proporcionar todos los manuales, documentación y material de la capacitación.
• Mostrar y explicar, durante las tareas de mantenimiento, cómo realizan dichas actividades, y deberá responder cualquier consulta que el personal de EANA S.E. pueda tener.
• Expedir por separado, para cada técnico de EANA S.E. que concurra al programa de capacitación, certificados de asistencia tanto para la parte teórica como para la práctica.
ANEXOS DE ET
• ACTA DE RELEVAMIENTO
• LIBRO DE HISTORIAL
• CHECK LIST - GUÍA DE TAREAS RADIOAYUDAS
• LIBRO DE PARÁMETROS DME
• LIBRO DE PARÁMETROS ILS
• CHECK LIST II - GUÍA DE TAREAS RADIOAYUDAS
• MODELO ACTA DE INICIO DEL CONTRATO DE MANTENIMIENTO
ACTA DE RELEVAMIENTO
En la ciudad de .......................................asiento del Aeropuerto a
los ...........................( ) días del mes de .......................................del año dos mil .................. (20. ),
siendo las horas se procede a labrar la presente ACTA, a fin de dejar constancia del
estado del equipamiento, instalaciones conexas, instrumental e información técnica, pertenecientes al sistema ILS emplazado en este Aeródromo, del que se desprenden las siguientes novedades:
GLIDE PATH | NÚMERO DE SERIE | OBSERVACIONES |
Unidad de transferencia | ||
Unidad de Control Local | ||
Monitor Nº1 | ||
Monitor Nº2 | ||
Transmisor Modulador Nº1 | ||
Transmisor Modulador Nº2 | ||
Fuente de alimentación | ||
Sistema Irradiante Completo | ||
Antena Monitora | ||
CASETA GLIDE | ||
Cargador de Baterías | ||
Baterías | ||
Acondicionador de Aire Nº1 | ||
Acondicionador de Aire Nº2 | ||
Soplador | ||
Balizas | ||
Matafuego | ||
Jaula Transformador | ||
Transformador | ||
Manuales | ||
DME | ||
Transponder Nº1 | ||
Transponder Nº2 | ||
Monitor Nº1 | ||
Monitor Nº2 | ||
Unidad de Transferencia | ||
Unidad de Control Local | ||
Unidad de Test | ||
NBPS | ||
Baterías | ||
Sistema Irradiante | ||
Antenas Monitoras | ||
Balizas | ||
LOCALIZADOR | ||
Unidad de Transferencia | ||
Unidad de Control Local | ||
Monitor N°1 |
2021 Año de homenaje al Premio Nobel de Medicina Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Monitor N°2 |
Transmisor Modulador N°1 |
Transmisor Modulador N°2 |
Fuente de Alimentación |
Sistema Irradiante Completo |
Antena Monitora |
CASETA LOCALIZADOR |
Cargador de Baterías |
Baterías |
Acondicionador de Aire N°1 |
Acondicionador de Aire N°2 |
Soplador |
Balizas |
Matafuego |
Jaula Transformador |
Transformador |
Manuales |
SISTEMA DE CONTROL REMOTO |
Glide Path |
Localizador |
Marcadores |
Radiobalizas Li/Lo |
MARCADOR MEDIO |
Transmisor N° 1 |
Transmisor N° 2 |
Monitor N°1 |
Monitor N° 2 |
Unidad de Control |
Fuente de Alimentación |
Antena Emisora |
NBPS |
Baterías |
Acondicionador |
Extractor |
Caseta |
Manuales |
MARCADOR EXTERNO |
Transmisor N° 1 |
Transmisor N° 2 |
Monitor N°1 |
Monitor N° 2 |
Unidad de Control |
Fuente de Alimentación |
Antena Emisora |
NBPS |
Baterías |
2021 Año de homenaje al Premio Nobel de Medicina Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx | ||
Acondicionador | ||
Extractor | ||
Caseta | ||
Manuales | ||
RADIOBALIZA | ||
Transmisor N° 1 | ||
Transmisor N° 2 | ||
Unidad de Control | ||
Unidad de sintonía | ||
Fuente de Alimentación | ||
Antena Emisora | ||
NBPS | ||
Baterías | ||
Gabinete | ||
Manuales | ||
OBSERVACIONES | ||
ENLACE MULTIPAR | ||
SISTEMA DE ENERGÍA | ||
VALUACIÓN TOTAL DEL EQUIPAMIENTO A SER MANTENIDO |
En este acto la empresa ..................................................., se hace cargo del mantenimiento del equipamiento en cuestión, conforme al Pliego de Condiciones Particulares de la contratación ……………….. N°..../2020, OC N° , no implicando esto la entrega de
dicho equipamiento al adjudicatario.
Finalizado el contrato, la EANA S.E., como propietaria del equipamiento, instrumental, información técnica e instalaciones conexas aludidas, dispondrá de los mismos, previa confección de la presente ACTA, con intervención de esa Empresa dejando constancia del estado del equipamiento, instalaciones conexas, instrumental e información técnica.
Para constancia de lo actuado, se confecciona la presente por tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, firmando de conformidad previo lectura, al pie de la misma en fecha y lugar antes mencionados.
-----------------------------------------
----
JEFE ANS AEROPUERTO (si
aplica) ACLARACIÓN:
DNI:
--------------------------------------------- RESPONSABLE TECNICO ADJUDICATARIO
ACLARACIÓN: DNI:
-----------------------------------------
----
TÉCNICO CNS EANA S.E. ACLARACIÓN:
DNI:
-----------------------------------------
----
JEFE REGIONAL CNS ACLARACIÓN:
DNI:
LIBRO DE HISTORIAL N° DE FOLIO:
ESTACIÓN: | TIPO DE INTERVENCIÓN (marcar con x) | ||||||
FECHA DE INTERVENCIÓN | PREVENTIVA | CORRECTIVA | VERIFICACIÓN AÉREA | OTRAS | |||
HORA | DIA | MES | AÑO | ||||
CORTE DE EMISIÓN Y/O SEÑALIZACIÓN EN TWR | PUESTA EN EL AIRE CON SEÑALIZACIÓN EN TWR | ||||||
HORA | DÍA | MES | AÑO | HORA | DIA | MES | AÑO |
SUBSISTEMA: | MARCA | MODELO | N°PRECINTO RETIRADO | N° PRECINTO COLOCADO |
NOVEDAD/DESCRIPCIÓN DE LA FALLA: | ||||
TAREAS REALIZADAS: | ||||
REPUESTOS UTILIZADOS: | ||||
OBSERVACIONES: | ||||
FIRMA Y ACLARACIÓN TECNICO CNS FIRMA Y ACLARACIÓN JEFE REGIONAL CNS
FIRMA Y ACLARACIÓN TÉCNICO ADJUDICATARIO (si aplica) V°B° JEFE ANS
CHECK LIST - GUÍA DE TAREAS RADIOAYUDAS | S: SEMANAL M: MENSUAL | |||||||||||||
AEROPUERTO: | FECHA: | |||||||||||||
SISTEMA: | Fecha de Última Verificación Aérea: | |||||||||||||
COMPONENTES: | LOC | GP | DME ASOC | MM | OM/LO | IM | ||||||||
MARCA: | ||||||||||||||
MODELO: | ||||||||||||||
# | S/M | TAREA | LOC | GP | DME | MM | OM/LO | IM | ||||||
✓ | Observaciones | ✓ | Observaciones | ✓ | Observaciones | ✓ | Observaciones | ✓ | Observaciones | ✓ | Observaciones | |||
1 | S/M | Comprobación de correcto funcionamiento de señal de identificación, espaciado entre pulsos, repetición y eficiencia. | ||||||||||||
2 | S/M | Comprobación de frecuencia portadora, modulación y potencia de salida. | ||||||||||||
3 | S/M | Comprobación de funcionamiento e indicación de control remoto | ||||||||||||
4 | S/M | Comprobación de funcionamiento de alimentación de emergencia y control de transformadores. | ||||||||||||
5 | S/M | Comprobación de funcionamiento del sistema monitor y alarmas. | ||||||||||||
6 | S/M | Comprobación de estado (limpieza/condición) de la caseta, pintura y arreglo de antenas y X.X.X. | ||||||||||||
7 | S/M | Comprobación de funcionamiento de termostatos y aire acondicionado. | ||||||||||||
8 | S/M | Comprobación de funcionamiento de balizamiento nocturno. | ||||||||||||
9 | S/M | Comprobación de altura de pastos y obstáculos. | ||||||||||||
10 | M | Impresión/Confección de lista de parámetros de los equipos. | ||||||||||||
11 | S/M | Confección de libro de historial. | ||||||||||||
12 | M | Control transferencia y apagado simulando fallas. | ||||||||||||
13 | M | Control Parámetros Técnicos (Equipo/Ground Check) del equipamiento de acuerdo a normativa- manual del fabricante. |
SISTEMA DME: Estado de Parámetros | ||||
FECHA: | ||||
ESTACIÓN: | ASOCIADO A: | |||
Xx0 | Xx0 | |||
Frec. | ||||
Decod. | ||||
M1 | M2 | M1 | M2 | |
PARÁMETROS | ||||
Delay | ||||
Sparcing | ||||
Rise | ||||
Wide | ||||
Fall | ||||
Pulses | ||||
Refly Eff | ||||
Tx Power | ||||
ALARMAS / LÍMITES | ||||
Reply Delay | ||||
Replay Sparcing | ||||
Pulse rise time Low | ||||
Pulse rise time high | ||||
Pulse width | ||||
Pulse fall time | ||||
Output pulse rate low | ||||
Output pulse rate high | ||||
Decode rate high | ||||
Decode rate low | ||||
Reply efficiency low | ||||
Output power low | ||||
OBSERVACIONES: |
ESTACIÓN: | |||||||||
FECHA: | LOC | GP | |||||||
SISTEMA XXX | Xx0 | Xx0 | Xx0 | Xx0 | |||||
PARÁMETROS | UNIDAD | M1 | M2 | M1 | M2 | M1 | M2 | M1 | M2 |
CL DDM | µA | ||||||||
CL SDM | % | ||||||||
CL RF | V | ||||||||
DS DDM | µA | ||||||||
DS SDM | % | ||||||||
DS RF | V | ||||||||
NF DDM | µA | ||||||||
NF SDM | % | ||||||||
NF RF | V | ||||||||
CLR DDM | µA | ||||||||
CLR SDM | % | ||||||||
CLR RF | V | ||||||||
DIF. FRECUENCIA | KHZ | ||||||||
CL DDM Lim. Alarm. | µA | ||||||||
CL SDM Lim. Alarm. | % | ||||||||
CL RF Lim. Alarm. | V | ||||||||
DS DDM Lim. Alarm. | µA | ||||||||
DS SDM Lim. Alarm. | % | ||||||||
CLR DDM Lim. Alarm. | µA | ||||||||
CLR SDM Lim. Alarm. | % | ||||||||
CLR RF Lim. Alarm. | V | ||||||||
SBO COURSE | W | ||||||||
CSB COURSE | W | ||||||||
SBO CLR | W | ||||||||
CSB CLR | W | ||||||||
IDENT. COURSE | √ | ||||||||
IDENT. CLR | √ | ||||||||
OBSERVACIONES: |
CHECK LIST II - GUÍA DE TAREAS RADIOAYUDAS | T: TRIMESTRAL S: SEMESTRAL A: ANUAL | |||||||||||||
AEROPUERTO: | FECHA: | |||||||||||||
SISTEMA: | Fecha de Última Verificación Aérea: | |||||||||||||
COMPONENTES: | LOC | GP | DME ASOC | MM | OM/LO | IM | ||||||||
MARCA: | ||||||||||||||
MODELO: | ||||||||||||||
# | T/S/M | TAREA | LOC | GP | DME | MM | OM/LO | IM | ||||||
✓ | Observaciones | ✓ | Observaciones | ✓ | Observaciones | ✓ | Observaciones | ✓ | Observaciones | ✓ | Observaciones | |||
1 | T | Medición en campo (Center Line CL y Sensibilidad al desplazamiento DS) con instrumental externo. | ||||||||||||
2 | T | Medición del sistema de puesta a tierra | ||||||||||||
3 | S | Testeo integral del monitor | ||||||||||||
4 | S | Chequeo de la antena monitora NF (Near Field). Transferencia y apagado. | ||||||||||||
5 | A | Medición de potencia de salida de la portadora con instrumental externo. | ||||||||||||
6 | A | Verificación de baterías. Mínima duración UNA (1) hora y voltaje mayor a 23.3 V. | ||||||||||||
7 | A | Mantenimiento de baterías. | ||||||||||||
8 | A | Comprobación de integridad de pares libres en enlaces de telecomando. | ||||||||||||
9 | A | Comprobación de integridad de trazas de energía. | ||||||||||||
10 | A | Chequeo de conexiones RF (internos y externos) y sujeciones correspondientes (tornillos, conectores, etc.). Incluye conexiones eléctricas y mecánicas. | ||||||||||||
11 | A | Mantenimiento integral, sin limitarse a: radomes, antenas, mástiles, casetas, sistema de alimentación ininterrumpida y sistema de aire acondicionado. | ||||||||||||
12 | A | Chequeo de la forma de onda del TX y límites de alarma del sistema de monitoreo. |
MODELO ACTA DE INICIO DEL CONTRATO DE MANTENIMIENTO
Se xxxxx la presente acta entre y la Empresa Argentina de Navegación Aérea
Sociedad del Estado (XXXX.XX), para dejar constancia del inicio del contrato del servicio de MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO SISTEMAS ILS NORMARC E ILS PHILIPS,
conforme a la (Licitación Pública /Privada / Contratación Directa) Modo…….. Nº …. Ejercicio Nº 20…. , Pliego de Condiciones Particulares (PCP), a la Especificación Técnica y a la Orden de Compra ………...
Dicho contrato comienza a partir del …… de ………. del 20….. por un período de meses
consecutivos.
Buenos Aires,…………………..
En prueba de conformidad suscriben el ACTA:
…..…………………………………………. ….……..………………………………………….
Contratista Contratante EANA S.E.
DECLARACIÓN JURADA
Buenos Aires, de de 20 ,
Por medio del presente, declaro bajo juramento que he leído el documento “Política de integridad en la Selección de Proveedores de Empresa Argentina de Navegación Aérea Sociedad del Estado (EANA SE)”. Comprendo que estoy obligado a cumplir en un todo con los lineamientos descriptos en dicho documento y me comprometo a denunciar cualquier violación o incumplimiento sobre dicha política mediante los canales allí establecidos.
FIRMA
EMPRESA: ACLARACIÓN: DNI: DOMICILIO:
Declaración Jurada de Conflicto de Interés
Los oferentes deberán completar o actualizar su Registro de Proveedores de EANA SE, además de la Carta de Alta de Proveedor con sus datos, deberá presentar firmada la Declaración Jurada de Conflicto de Intereses en los términos del Decreto N° 202/2017, consignándose cualquiera de los vínculos detallados en el artículo 1° del Decreto antes referido.
En caso de que el declarante sea una persona jurídica, deberá consignarse cualquiera de los vínculos anteriores, existentes en forma actual o dentro del último año calendario, entre los funcionarios alcanzados y los representantes legales, sociedades controlantes o controladas o con interés directo en los resultados económicos o financieros, director, socio o accionista que posea participación, por cualquier título, idónea para formar la voluntad social o que ejerza una influencia dominante como consecuencia de acciones, cuotas o partes de interés poseídas.
Los datos que consten en la “Declaración Jurada de Intereses” deberán actualizarse anualmente, así como dentro del plazo de NOVENTA (90) días hábiles de configurado un supuesto de vinculación.
Formulario de la DDJJ:
xxxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxxxx/xxxxx/xxxxxxxxxxx_xxxxxx_xx_xxxxxxxxx_xxxxxxx
DECLARACIÓN JURADA DE INTERESES - DECRETO 202/2017
Tipo de declarante: Persona jurídica
Razón Social | |
CUIT/NIT |
Vínculos a declarar
¿Existen vinculaciones con los funcionarios enunciados en los artículos 1 y 2 del Decreto n° 202/17?
(Marque con una X donde corresponda)
SI | NO | ||
En caso de existir vinculaciones con más de | La opción elegida en cuanto a la no | ||
un funcionario, o por más de un socio o | declaración de vinculaciones implica la | ||
accionista, se deberá repetir la información | declaración expresa de la inexistencia de los | ||
que a continuación se solicita por cada una | mismos, en los términos del Decreto n° | ||
de las vinculaciones a declarar. | 202/17. |
Vínculo
Persona con el vínculo
(Marque con una X donde corresponda y brinde la información adicional requerida para el tipo de vínculo elegido)
Persona jurídica (si el vínculo a declarar es directo de la persona jurídica declarante) | No se exige información adicional | |
Representante legal | Detalle nombres apellidos y CUIT | |
Sociedad controlante | Detalle Razón Social y CUIT | |
Sociedades controladas | Detalle Razón Social y CUIT | |
Sociedades con interés directo en los resultados económicos o financieros de la declarante | Xxxxxxx Xxxxx Social y CUIT | |
Director | Xxxxxxx nombres apellidos y CUIT | |
Socio o accionista con participación en la | Detalle nombres apellidos y XXXX |
formación de la voluntad social | ||
Accionista o socio con más del 5% del capital social de las sociedades sujetas a oferta pública | Detalle nombres apellidos y CUIT |
Información adicional
¿Con cuál de los siguientes funcionarios?
(Marque con una X donde corresponda)
Presidente | |
Vicepresidente | |
Jefe de Gabinete de Ministros | |
Ministro | |
Autoridad con rango de ministro en el Poder Ejecutivo Nacional | |
Autoridad con rango inferior a Ministro con capacidad para decidir |
(En caso de haber marcado Ministro, Autoridad con rango de ministro en el Poder Ejecutivo Nacional o Autoridad con rango inferior a Ministro con capacidad para decidir complete los siguientes campos)
Nombres | |
Apellidos | |
CUIT | |
Cargo | |
Jurisdicción |
Tipo de vínculo
(Marque con una X donde corresponda y brinde la información adicional requerida para el tipo de vínculo elegido)
Sociedad o comunidad | Detalle Razón Social y CUIT. | |
Parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad | Detalle qué parentesco existe concretamente. |
Pleito pendiente | Proporcione carátula, nº de expediente, fuero, jurisdicción, juzgado y secretaría intervinientes. |
Ser deudor | Indicar motivo de deuda y monto. | |
Ser acreedor | Indicar motivo de acreencia y monto. | |
Haber recibido beneficios de importancia de parte del funcionario | Indicar tipo de beneficio y monto estimado. |
Información adicional
La no declaración de vinculaciones implica la declaración expresa de la inexistencia de los mismos, en los términos del Decreto n° 202/17.
Firma y aclaración del declarante Xxxxxxxx en el que firma Fecha
DECLARACIÓN JURADA - CONOCIMIENTO
Buenos Aires, de de 20 ,
Por medio del presente, declaro bajo juramento que he que poseo pleno conocimiento y consentimiento de las características y condiciones del objeto de la compra y/o contratación y de la totalidad de los términos xxx Xxxxxx de Condiciones Generales (PCG).
FIRMA
ACLARACIÓN:
DNI:
DOMICILIO:
En representación de la EMPRESA: CUIT N°:
DECLARACIÓN JURADA - IMPEDIMENTOS
Buenos Aires, de de 20 ,
Por medio del presente, declaro bajo juramento no encontrarme incurso en ninguno de los impedimentos establecidos en el Artículo 3º del presente PCG, ni encontrarme en situación de litigio con EANA SE.
FIRMA
ACLARACIÓN:
DNI:
DOMICILIO:
En representación de la EMPRESA: CUIT N°:
PLANILLA DE COTIZACIÓN
Contratación Directa por Excepción N° 44/2021
El que suscribe, ................................................................, Documento N° ,
con domicilio legal en la calle ………………….………………………………………………..……………………...………………
N° ........………….., Localidad ……………………...………………...,Teléfono ………………………...............................
Mail……………………....................……………………………………………………………………..…, en representación de la empresa ………………………………………………….….. N° de CUIT , luego de
interiorizarse de las condiciones particulares y técnicas que rigen la presente contratación, aceptando la totalidad de todas condiciones mencionadas, cotiza los siguientes precios:
Rg. N° | Descripción | Cantidad | Unidad de Medida | Precio Unitario con Impuestos | Precio Total con Impuestos |
1 | Mantenimiento ILS- BARILOCHE | 12 | Mes | ||
2 | Mantenimiento ILS- COMODORO RIVADAVIA | 12 | Mes | ||
3 | Mantenimiento ILS- ESQUEL | 12 | Mes | ||
4 | Mantenimiento ILS- EZEIZA 11/29 | 12 | Mes | ||
5 | Mantenimiento ILS- EZEIZA 17/35 | 12 | Mes | ||
6 | Mantenimiento ILS- FORMOSA | 12 | Mes | ||
7 | Mantenimiento ILS- IGUAZÚ | 12 | Mes | ||
8 | Mantenimiento ILS- LA RIOJA | 12 | Mes | ||
9 | Mantenimiento ILS- MENDOZA | 12 | Mes | ||
10 | Mantenimiento ILS- PARANÁ | 12 | Mes | ||
11 | Mantenimiento ILS- RÍO CUARTO | 12 | Mes | ||
12 | Mantenimiento ILS- ROSARIO | 12 | Mes | ||
13 | Mantenimiento ILS- SANTA XXXX | 12 | Mes | ||
14 | Mantenimiento ILS- SAUCE VIEJO | 12 | Mes | ||
15 | Mantenimiento ILS- TANDIL | 12 | Mes | ||
16 | Mantenimiento ILS- VILLA XXXXXXXX | 12 | Mes | ||
TOTAL |
Aclaraciones:
• EANA se encuentra No Alcanzada al Impuesto al Valor Agregado.
• Se admitirán únicamente cotizaciones con dos (2) decimales.
Precio total: SON (indicar moneda, y describir el monto en letras y
números): ………………..………………………………………………..……………………………………………………………………
• Mantenimiento de la Oferta: 45 días
• Lugar de ejecución: Según Especificación Técnica.
• Forma de Pago: De acuerdo a PCP.
FIRMA Y ACLARACIÓN REPRESENTANTE LEGAL