Tipo de contrato SUMINISTRO Procedimiento ABIERTO
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES |
Tipo de contrato | |
Procedimiento | ABIERTO |
DESCRIPCIÓN DEL CONTRATO
Código expediente | A2015/000504 |
Título del contrato | SUMINISTRO, INSTALACIÓN, SOPORTE Y MANTENIMIENTO DE EQUIPAMIENTO PARA LA GESTIÓN DE ANCHO XX XXXXX |
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I. JUSTIFICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO
II. CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS
1. – DISPOSICIONES GENERALES
1.1. Objeto del contrato
ÍNDICE
ANEXOS
1.2. Presupuesto del contrato
1.3. Existencia de crédito
1.4. Plazo de ejecución del contrato
2. – BASES DE LA LICITACIÓN Y DE LA ADJUDICACIÓN
2.1. Procedimiento de adjudicación
2.2. Capacidad y solvencia de los licitadores
2.3. Presentación de la documentación
2.4. Documentación para la licitación
SOBRE NÚMERO 1.
SOBRE NÚMERO 2.
SOBRE NÚMERO 3.
2.5. Calificación de la documentación y apertura de las proposiciones
2.6. Documentación previa a la adjudicación
2.7. Garantía definitiva
2.8. Renuncia o desistimiento
2.9. Adjudicación del contrato
3. – FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
3.1. Perfección del contrato
3.2. Documento de formalización
4. – DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES
4.1. Abonos al contratista
4.2. Obligaciones y gastos exigibles al contratista
4.2.1. Reglas especiales respecto del personal laboral de la empresa contratista
4.2.2. Cumplimiento de plazos y penalidades por xxxx e indemnización de daños y perjuicios
4.2.3. Otras penalidades
4.2.4. Otros gastos
4.2.5. Obligación de sigilo
4.3. Tributos
4.4. Revisión de precios
5. – EJECUCIÓN DEL SUMINISTRO
5.1. Dirección del contrato
5.2. Prórrogas y modificaciones del contrato
5.3. Suspensión del contrato
5.4. Entrega, instalación y puesta a punto
6. – CONCLUSIÓN DEL CONTRATO
6.1. Recepción y liquidación
6.2. Plazo de garantía
6.3. Resolución del contrato
6.4. Cesión y subcontratación
6.5. Devolución y cancelación de la garantía definitiva
7. – RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
7.1. Normas generales
7.2. Prerrogativas de la Administración, jurisdicción competente y recursos
7.3. Responsabilidad del contratista
XXXXX X.- MODELO DE DECLARACIÓN RELATIVA AL REGISTRO LICITADORES ANEXO B.- MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
ANEXO D.- SOLVENCIAS ECONÓMICA Y FINANCIERA Y SOLVENCIA TÉCNICA ANEXO E1.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN NO EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS
ANEXO E2.- OFERTA ECONÓMICA Y OTROS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS
XXXXX X.- MODELO DECLARACIÓN RESPONSABLE (ART. 146.4 del TRLCSP) ANEXO G.- MODELO DE OFERTA ECONÓMICA
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I. JUSTIFICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO
La adjudicación del contrato, mediante el procedimiento abierto, se justifica en lo dispuesto en los artículos 138, 157 y siguientes del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado a través de Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, publicado en el BOE de 16 de noviembre de 2011 (en adelante TRLCSP); concurriendo el supuesto contemplado en la cláusula 2.1 del presente pliego.
II. CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS
1. – DISPOSICIONES GENERALES
1.1. Objeto del contrato
El objeto del contrato es la entrega de los suministros y realización de los servicios que se definen en el apartado 2 del cuadro de características que encabeza este pliego, de acuerdo con las condiciones establecidas en el pliego de prescripciones técnicas. Dicho cuadro expresa la codificación correspondiente de la nomenclatura de la CPV.
El presente contrato tiene naturaleza administrativa y atendiendo a su condición de contrato mixto (suministro y servicios), se rige por las normas aplicables al contrato administrativo de suministro así como por las disposiciones aplicables a las restantes prestaciones que constituyen su objeto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del TRLCSP.
Las necesidades administrativas a satisfacer mediante el presente contrato son las especificadas en el pliego de prescripciones técnicas que le rige.
De conformidad con lo preceptuado en el apartado 1 del artículo 147 del TRLCSP, no se admite la presentación de variantes al objeto definido en el presente pliego.
1.2. Presupuesto del contrato
El presupuesto base de licitación es el que figura en el apartado 3 del cuadro de características del presente pliego y será distribuido conforme a las anualidades especificadas en el apartado 4.
El precio del contrato se determinará a tanto alzado.
El importe del contrato será el que resulte de la adjudicación adoptada por el órgano de contratación, de acuerdo con la oferta económica realizada por el adjudicatario.
1.3. Existencia de crédito
Se han cumplido los trámites precisos para asegurar la existencia de crédito adecuado y suficiente, con cargo a las aplicaciones presupuestarias recogidas en el cuadro de características del presente pliego, para el pago de este contrato. La baja de la adjudicación, si la hubiere, podrá ser aplicada proporcionalmente a todas las anualidades previstas en el apartado 4 del cuadro de características, o a las que el órgano de contratación considere, justificadamente, más conveniente.
1.4. Plazo de ejecución del contrato
Tanto el plazo de ejecución, como los plazos parciales, si los hubiese, son los reflejados en el apartado 5 del cuadro de características.
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Todos estos plazos comenzarán a computarse a partir del día de puesto en marcha de la solución adjudicada.
2. – BASES DE LA LICITACIÓN Y DE LA ADJUDICACIÓN
2.1. Procedimiento de adjudicación
La adjudicación del contrato se llevará a cabo por el PROCEDIMIENTO ABIERTO, sin opción de variantes, de conformidad con lo régimen general previsto en el Capítulo I del Título I, Libro III del TRLCSP.
2.2. Capacidad y solvencia de los licitadores
Podrán concurrir a la adjudicación del contrato, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica. Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.
Tratándose de personas jurídicas, las prestaciones objeto del contrato deberán estar comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales les sean propios.
2.3. Presentación de la documentación
La documentación se entregará exclusivamente en las dependencias u oficinas señaladas en el anuncio de licitación o será enviada por correo a dichas dependencias u oficinas, en la dirección indicada en el citado anuncio, dentro del plazo de admisión señalado en el mismo.
Cuando se envíe por correo se incluirán los sobres indicados en el apartado siguiente en el interior de otro sobre x xxxxxx de remisión, debiendo justificarse la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax al nº 000 000 000 o telegrama, en lengua castellana con el siguiente literal:
Mesa de Contratación de (designación del suministro objeto del contrato) Dirección (la figurada en el anuncio de licitación)
Texto: PRESENTADA POR CORREO OFERTA EL DIA DE DE
Firma (el representante de la empresa licitadora).
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación, si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación.
Terminado el plazo de recepción, la oficina receptora expedirá certificación relacionada de la documentación recibida o de la ausencia de licitadores, en su caso, la cual, juntamente con aquella, remitirán al Secretario de la Mesa de contratación.
Las empresas interesadas podrán examinar la documentación en las dependencias señaladas en el anuncio de licitación, pudiendo obtener cuantas aclaraciones fueren precisas mediante llamada telefónica, consulta telegráfica, télex, fax o correo electrónico en el número y dirección que igualmente se exprese en el citado anuncio.
A los efectos de obtención por los licitadores de la información prevista en el artículo 158.1 del TRLCSP, se establece un plazo de seis (6) días naturales desde la primera publicación del anuncio del contrato, para la presentación de la solicitud de la misma, salvo que la tramitación de la adjudicación fuera por procedimiento de urgencia en cuyo caso el plazo quedará reducido a la mitad. El órgano de
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contratación no estará obligado a atender las solicitudes de envío de pliegos y documentación complementaria cuando éstos sean accesibles a través del perfil de contratante.
Igualmente, se establece un plazo de seis (6) días naturales para la información prevista en el artículo 158.2 del TRLCSP, a contar desde la primera publicación del anuncio o desde la finalización del plazo previsto en el párrafo anterior.
El acceso al perfil de contratante se realizará a través del portal institucional de la Junta xx Xxxxxxxx y León: xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxx.xx
La oferta y la documentación que se acompañe se presentarán, en todo caso, en idioma castellano.
La presentación de proposiciones presume la aceptación incondicionada por parte del empresario de las cláusulas de este pliego sin salvedad alguna y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
2.4. Documentación para la licitación
La documentación constará de tres (3) sobres, numerados y cerrados. En el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrita la denominación del sobre; el título del contrato objeto de la licitación; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente.
Asimismo, y bajo el epígrafe de NOTIFICACIONES se hará constar, la dirección completa, número de teléfono, número de Fax y dirección de correo electrónico.
SOBRE NÚMERO 1.
Se denomina «DOCUMENTACIÓN GENERAL». CONTENIDO:
- Una declaración responsable del licitador indicando que cumple las condiciones legalmente establecidas para contratar con la Administración, a los efectos establecidos en el apartado 4 del artículo 146 del TRLCSP. Conforme al modelo del anexo F del presente pliego.
- En hoja independiente, bajo el título NOTIFICACIONES y a efectos de las correspondientes notificaciones que la Administración deba realizar, se hará constar el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora, su dirección completa, número de teléfono, número de FAX y dirección de correo electrónico. Estos datos reflejados deberán ser, en todo caso, coincidentes con los que figuren en los sobres de la licitación.
- Cuando dos o más empresas presenten oferta conjunta, aportarán un compromiso de constitución de unión temporal, con indicación de los nombres y circunstancias de las personas físicas o jurídicas que la suscriban, la participación de cada una de ellas y designación de la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la plena representación de todas frente a la Administración.
En caso de resultar adjudicatario deberá acreditar los documentos a los que se refiere el apartado 1 del artículo 146 del TRLCSP (cláusula 2.6.1)
En todo caso, el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten la documentación
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acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
SOBRE NÚMERO 2.
Se denomina «CRITERIOS NO EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS». En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido.
CONTENIDO:
Se aportarán los documentos (en formato papel y electrónico: CD, DVD o USB) que permitan valorar la propuesta de acuerdo con los criterios de adjudicación indicados en el Anexo E1 de este pliego que se aplicarán para la adjudicación de este contrato (Criterios no evaluables mediante fórmulas). Al menos:
a. Detalles del suministro e instalación.
b. Detalles del soporte y mantenimiento.
De conformidad con lo establecido en el art. 26 del R.D. 817/2009, el contenido de este sobre no podrá revelar ninguno de los aspectos a valorar en el sobre nº 3, de oferta económica y otros criterios evaluables mediante fórmulas, El incumpliendo de esta previsión dará lugar a la exclusión de la proposición por no respetar el secreto de la oferta previsto en el art. 80.2 del RGCAP.
SOBRE NÚMERO 3.
Se denomina "OFERTA ECONÓMICA Y OTROS CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE
FÓRMULAS". En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido.
CONTENIDO:
A) Oferta económica formulada conforme al modelo que se adjunta como Anexo G de este pliego.
La oferta económica se presentará debidamente firmada por quien tenga poder suficiente, pudiendo ser rechazada conforme a lo establecido en el artículo 84 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por R.D. 1098/2001, de 12 de octubre (en adelante RGLCAP).
En la oferta económica deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre Valor Añadido que deba ser repercutido.
Cada licitador no podrá presentar más que una sola oferta. No se podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otra empresa, si lo hubiese hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. El incumplimiento de lo establecido en este párrafo dará lugar a la desestimación de todas las proposiciones por él presentadas.
Las ofertas que excedan del precio de licitación formulado por la Administración serán rechazadas.
B) Se aportarán los documentos que permitan valorar la oferta de acuerdo con los criterios de adjudicación indicados en el Anexo E2 de este pliego (Oferta económica y otros criterios evaluables mediante fórmulas) que se aplicarán para la adjudicación de este contrato:
En este sobre se deberá incluir la siguiente tabla, donde se rellenarán las casillas de la derecha
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CONCEPTO | OFERTADO |
SLA 1.A | |
SLA 2.A | |
Horas de formación | |
Horas diarias para resolución de incidencias en días laborables | |
Horas diarias para resolución de incidencias en días no laborables | |
Nivel de integración de la herramienta de gestión de tickets del adjudicatario con la xxx XXXX (Sin integración / Correo / Web Services) | |
Permanencia de los equipos actuales PacketShaper (SI/NO) |
2.5. Calificación de la documentación y apertura de las proposiciones
Finalizado el plazo de admisión de documentación, se constituirá la Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en la Ley del Gobierno y de la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León, procediendo a la calificación de la documentación incluida en el sobre nº 1.
Si observara defectos u omisiones subsanables procederá en la forma prevista en el artículo 81.2 del R.G.C.A.P., concediendo un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador corrija o subsane los mismos. Si los defectos u omisiones no fueran subsanados o, en su caso, no fueran subsanables, la documentación será rechazada.
Realizadas las actuaciones anteriores, se procederá en acto público a la apertura del sobre nº 2 “criterios no evaluables mediante fórmulas”, celebrándose en el lugar y día señalados en el anuncio de licitación. El acto comenzará con la lectura del anuncio del contrato y acto seguido el Presidente de la Mesa manifiesta el resultado de la calificación del sobre nº 1, con expresión de las proposiciones admitidas, de las rechazadas y de las causas de inadmisión.
El lugar, día y hora de el acto público de apertura del sobre nº 3 “oferta económica y otros criterios evaluables mediante fórmulas”, se comunicará a los licitadores con al menos dos días de antelación a través del perfil de contratante de la página web institucional de la Junta xx Xxxxxxxx y León (xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxx.xx). En este acto el Presidente de la mesa manifestará el resultado de la ponderación asignada a los criterios dependientes de juicio de valor con carácter previo a la apertura de los sobres y a la lectura pública de las proposiciones presentadas.
2.6. Documentación previa a la adjudicación
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación, en originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario:
1. La documentación justificativa sobre aptitud, capacidad y solvencia (apartado 1 del artículo 146 del TRLCSP).
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A. Documento o documentos que acrediten la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, en la forma exigida en el artículo 72 del TRLCSP.
a. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
b. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
c. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
d. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además el informe a que se refiere el artículo 55.1 del TRLCSP.
B. Si el licitador actuase a través de representante, acreditará su representación mediante escritura pública de la que resulte poder suficiente, debidamente inscrita en el registro público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate.
C. Documento Nacional de Identidad del representante o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
D. Acreditación de las solvencias económica y financiera y técnica. Los licitadores acreditarán su solvencia económica y financiera y técnica por los medios que se precisan en el apartado 6 del cuadro de características del presente pliego y en el anuncio de licitación (anexo D del presente pliego), de entre los reseñados en los artículos 75 y 77 de la TRLCSP.
E. Declaración responsable, de la que se acompaña modelo en el Anexo B, en la que se contengan los siguientes aspectos:
- No estar incurso el empresario en ninguna de las circunstancias que prohíben contratar con la Administración, conforme a lo dispuesto en el artículo 60 del TRLCSP. Esta declaración comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. No obstante, la justificación acreditativa de estos últimos requisitos se exigirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa.
- No estar incursa la persona física o los administradores de la persona jurídica en ninguno de los supuestos de la Ley 6/1989, de 6 de octubre, de Incompatibilidades de los Miembros de la Junta xx Xxxxxxxx y León y de otros Cargos de la Administración de la Comunidad Autónoma.
- Que las circunstancias reflejadas en los certificados de los registros oficiales de licitadores y empresas clasificadas aportados, en su caso, no han experimentado variación.
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- La concurrencia de la sociedad a la licitación en relación con lo dispuesto en el artículo 42.1 del Código de Comercio.
F. Para las empresas extranjeras, declaración responsable de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
G. La presentación de certificación del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León, dispensará de la presentación de los documentos que en ella se recojan. En caso de que se aporte éste y conforme al art. 146.3 del TRLCSP, debe acompañarse una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación.
X. Xx presentación por los empresarios de Estados miembros de la Unión Europea de certificado comunitario de clasificación otorgará los efectos previstos en el artículo 84 del TRLCSP
2. Alta y, en su caso, último recibo del I.A.E., complementado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
3. Certificación acreditativa expedida por el órgano competente, en la forma y con los efectos previstos en los artículos 13, 15 y 16 del RGCAP, de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias impuestas por las disposiciones vigentes.
4. Certificación acreditativa expedida por el órgano competente, en la forma y con los efectos previstos en los artículos 14, 15 y 16 del RGCAP, de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Cuando no exista obligación de presentar la justificación a que se refieren los artículos 13 y 14 del RGCAP, se acreditará esta circunstancia mediante declaración responsable.
5. Documento acreditativo de la constitución de la garantía definitiva y, en su caso, complementaria. Estas garantías deberán prestarse en alguna de las formas establecidas en el artículo 96 del TRLCSP y enumeradas en la cláusula siguiente.
6. Recibo de haber abonado, en su caso, todos los anuncios de licitación y cuantos documentos complementarios fuesen requeridos por el órgano de contratación.
Si el adjudicatario fuera una Unión Temporal de Empresas, se advertirá que, antes de la formalización del contrato, deberá aportar la escritura pública de su constitución, el CIF asignado y el nombramiento de representante con poder suficiente.
Si se observaran defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, se comunicará al interesado mediante fax, concediendo un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador corrija o subsane los mismos.
De no cumplirse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
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En aplicación de lo previsto en la disposición adicional cuarta del TRLCSP, si se dieran varias ofertas que igualen en sus términos a las más ventajosas, tendrán preferencia para dicha adjudicación las empresas y entidades que se recogen en dicha disposición adicional cuarta. Si concurrieran varias con la misma preferencia, la adjudicación se decidirá mediante sorteo entre ellas.
En todo caso, cuando sea de aplicación la disposición adicional cuarta, se solicitará acreditación de las circunstancias declaradas.
2.7. Garantía definitiva
Será exigible, en su caso, la indicada en el apartado 12 del cuadro de características (por importe del 5 por ciento del precio de adjudicación, IVA excluido). Para la constitución de la garantía se estará a lo dispuesto en el artículo
96 del TRLCSP, en el artículo 61 del RGLCAP y en el Decreto 7/2003, de 16 de enero, por el que se regula la Caja General de Depósitos de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxxx y León.
La garantía podrá prestarse por alguna de las formas siguientes:
a/. En efectivo o en valores de Deuda Pública, con sujeción, en este caso, a las condiciones establecidas en el artículo 55 del RGLCAP. El efectivo y los certificados de inmovilización de valores anotados se depositarán en la Caja General de Depósitos dependiente de la Tesorería General de la Junta xx Xxxxxxxx y León o en cualquiera de las Secciones de Tesorería de los Servicios Territoriales de Hacienda de las Delegaciones Territoriales de la Junta xx Xxxxxxxx y León.
b/. Mediante aval prestado, en la forma y en las condiciones establecidas en el artículo 56 del RGLCAP, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España. El aval será depositado en los establecimientos señalados en el apartado a) anterior.
c/. Por contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones establecidas en el artículo 57 del RGLCAP, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro será depositado en los establecimientos señalados en el apartado a) anterior.
En caso de que la oferta mejor clasificada sea la realizada por una unión temporal de empresas, la garantía podrá ser constituida por uno o varios de sus miembros, siempre que en su conjunto se alcance la cuantía requerida en el pliego, y garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal.
La constitución de esta garantía se ajustará a los modelos indicados en el RGCAP y en el caso de inmovilización de deuda pública, al certificado que corresponda conforme a su normativa específica.
2.8. Renuncia o desistimiento
Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación del mismo.
De igual forma el órgano de contratación podrá desistir del procedimiento antes de la adjudicación cuando aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 155 del TRLCSP.
2.9. Adjudicación del contrato
Una vez aportada por el licitador la documentación relacionada en las cláusulas anteriores, el órgano de contratación, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de la documentación adjudicará el contrato.
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La adjudicación se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil del contratante.
3. – FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
3.1. Perfección del contrato
El contrato se perfecciona con la formalización.
Antes de la formalización del contrato, el adjudicatario deberá presentar ante el órgano de contratación la siguiente documentación:
− Recibo de haber abonado, en su caso, todos los anuncios de licitación y adjudicación.
− Si el adjudicatario fuera una Unión Temporal de Empresas, escritura pública de su constitución, CIF asignado y nombramiento de representante con poder suficiente.
− Cuantos documentos complementarios fuesen requeridos por el órgano de contratación.
Serán de cuenta del adjudicatario toda clase de impuestos, gravámenes y arbitrios del Estado, Comunidades Autónomas, Provincia o Municipio a que dé lugar la realización del suministro.
3.2. Documento de formalización
El contrato deberá formalizarse en documento administrativo que se ajustará con exactitud a las condiciones de la licitación y además podrá formalizarse en escritura pública si así lo solicita el contratista, corriendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento. En este caso, el contratista deberá entregar ante el órgano de contratación, dentro de los quince (15) días siguientes a la formalización de aquélla, la primera copia autorizada y dos copias simples del citado documento.
Al no estar el presente contrato sujeto a regulación armonizada, ni estar comprendido en los supuestos del art. 40.1 del TRLCSP, no es susceptible de recurso especial en materia de contratación
Conforme al art. 156.3 del TRLCSP, la formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores en la forma prevista en el artículo
151.4 del TRLCSP.
Tanto el pliego de cláusulas administrativas particulares como el PPT revisten carácter contractual, por lo que deberán ser firmados, en prueba de conformidad por el adjudicatario, en el mismo acto de formalización del contrato
La oferta realizada por el adjudicatario y aceptada por la Administración mediante la adjudicación del contrato tendrá el carácter de obligación contractual esencial y será de obligado cumplimiento para el contratista adjudicatario.
4. – DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES
4.1. Abonos al contratista
El abono de los trabajos objeto del suministro se condiciona a la declaración de conformidad de la Administración y se realizará según se recoge en apartado 10 del cuadro de características.
El contratista, de conformidad con la Disposición Adicional del Decreto 3/2013, de
24 de enero, por el que se crea la Plataforma de Facturación Electrónica de la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León, presentará sus facturas electrónicamente a través de la Plataforma de Facturación Electrónica. No obstante
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y en supuestos justificados, el órgano de contratación podrá autorizar al contratista la emisión de alguna o algunas de sus facturas en soporte papel.
De acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Adicional Trigésima Tercera del TRLCSP introducida por la Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, en la factura se harán constar los siguientes datos:
Órgano administrativo con competencias en contabilidad pública: Intervención Delegada de la Consejería de Hacienda. Xxxxx Xxxx Xxxxxxxxxxxxx xx 0 xx Xxxxxxxxxx, 00000 con CIF X0000000X.
Órgano de contratación: Consejería de Hacienda
Destinatario de la factura: Dirección General de Atención al Ciudadano, Calidad y Modernización
Código de Centro destinatario de la factura: 02090000
El adjudicatario del contrato proporcionará, a requerimiento de la Administración contratante, los datos necesarios para la tramitación del alta como proveedor en la Plataforma de Facturación Electrónica, salvo que ya esté dado de alta en la misma.
4.2. Obligaciones y gastos exigibles al contratista
4.2.1. Reglas especiales respecto del personal laboral de la empresa contratista
− Corresponde exclusivamente a la empresa contratista la selección del personal que, reuniendo, en su caso, los requisitos de titulación y experiencia exigidos en los pliegos, formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte de la entidad contratante del cumplimiento de aquellos requisitos.
− La empresa contratista procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio, informando en todo momento a la entidad contratante.
− La empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado del contrato, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador.
− La empresa contratista velará especialmente porque los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en los pliegos como objeto del contrato.
4.2.2. Cumplimiento de plazos y penalidades por xxxx e indemnización de daños y perjuicios
El contratista deberá prestar el objeto del contrato correspondiente de conformidad con los parámetros de calidad comprometidos en el contrato y en los plazos establecidos tanto en el presente Xxxxxx como en el PPT. Caso de sobrepasarse el plazo establecido o en el caso de incumplimiento de plazos parciales por causas
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imputables al contratista, se estará a lo dispuesto en los artículos 212 y 213 TRLCSP.
La pérdida de la garantía o los importes de las penalidades no excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la Administración originados por la demora del contratista (artículo 198 LCSP).
En todo caso, la constitución en xxxx del contratista no requerirá intimación previa por parte de la Administración.
El importe de las penalidades por demora se deducirá de las certificaciones y, en su caso, de la garantía cuando no puedan deducirse de las mencionadas certificaciones.
4.2.3. Otras penalidades
El cumplimiento defectuoso de las prestaciones objeto del contrato, el incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del contrato, o el incumplimiento de alguno de los criterios que sirvieron de base para la valoración de las ofertas, dará lugar a la imposición de penalidades indicadas a continuación:
Parámetro | Penalización máxima (€) |
SLA 1.A | 500 € por superación del compromiso y 500 € por cada superación de de un 100% del compromiso adicional hasta un máximo de 2.500 € |
SLA 2.A | 1.000 € por superación del compromiso en cada incidencia y 1.000 € por cada superación de de un 100% del compromiso adicional hasta un máximo de 5.000 € |
Sin perjuicio de las penalizaciones incurridas, la reiteración continuada en el incumplimiento de algún SLA concreto, el incumplimiento habitual en un cierto número de ellos o el abandono de casos por el hecho de haber incurrido ya en penalización máxima o ser más rentable el asumir la penalización que el corregir el servicio, podrá constituir causa de resolución del contrato.
Así, y ante esta circunstancia, la Administración Autonómica podrá optar por resolver el contrato con el adjudicatario o proponer una penalización económica adicional que, en caso de ser aceptada por éste, dará lugar a un nuevo inicio, desde cero, del cómputo de incumplimientos.
4.2.4. Otros gastos
El contratista está obligado a satisfacer los gastos que se deriven de los anuncios de licitación y adjudicación obligatorios, hasta el importe máximo establecido en el apartado 16 del cuadro de características del presente pliego; también estará obligado a satisfacer los gastos que se deriven, en su caso, de la formalización del contrato en escritura pública, las indemnizaciones a que den lugar las ocupaciones temporales, los que se requieran para la obtención de autorizaciones, licencias, documentos o cualquier otra información de Organismos Oficiales o particulares, los correspondientes a pruebas, ensayos, prospecciones, etc., y en general, cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la prestación del contrato.
4.2.5. Obligación de sigilo
El contratista tiene la obligación de guardar sigilo respecto de los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y de los que tengan conocimiento con ocasión del mismo.
4.3. Tributos
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Tanto en las ofertas que formulen los licitadores como en el precio de adjudicación del contrato, se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los tributos de cualquier índole que graven los diversos conceptos que por la realización de la actividad pudiera corresponder, sin perjuicio de la obligación del licitador de consignar como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido.
4.4. Revisión de precios
Al presente contrato le será de aplicación lo establecido en los artículos 89 y siguientes del TRLCSP y sus correlativos reglamentarios.
El sistema de revisión de precios o la indicación de su improcedencia, establecida por resolución del centro directivo correspondiente, es el que aparece designado en el apartado 11 del cuadro de características que encabeza este pliego.
5. – EJECUCIÓN DEL SUMINISTRO
5.1. Dirección del contrato
La Administración, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 52 del TRLCSP y 94 del RGCAP, podrá ejercer de una manera continuada y directa la inspección y vigilancia del trabajo contratado a través del director expresamente designado, sin perjuicio de que pueda confiar tales funciones a cualquiera de sus órganos.
A este fin, el contratista facilitará la visita y el examen de cualquier proceso o fase de los trabajos así como los medios necesarios para que puedan desempeñar en las oficinas de aquél las citadas funciones.
El contratista o su delegado acompañará en sus visitas inspectoras al director o a las personas a las que se refiere el párrafo primero, las cuales tendrán libre acceso a todos los lugares donde se esté desarrollando la ejecución del contrato.
Durante la ejecución del contrato, el adjudicatario asumirá las responsabilidades inherentes a la ejecución de los trabajos, conforme a las instrucciones de obligado cumplimiento dadas por escrito por la Administración a través del facultativo designado para la dirección del mismo.
5.2. Prórrogas y modificaciones del contrato
En el presente contrato no se prevé ninguna prórroga.
El contrato únicamente podrá ser objeto de modificación por alguna de las circunstancias previstas en el artículo 107 del TRLCSP. No podrán introducirse o ejecutarse modificaciones en el contenido del contrato sin la debida y previa autorización y aprobación técnica y económica por el órgano de contratación, mediante la tramitación de un expediente que se sustanciará con carácter de urgencia, en la forma y con los efectos establecidos en el artículo 219 del TRLCSP.
El contratista podrá proponer por escrito la sustitución de alguno de los bienes contratados por otros que reúnan mejores calidades o, en general, cualquier otra mejora de las condiciones pactadas. La Administración podrá acceder a dichas propuestas, pero el contratista no tendrá derecho a compensación de ninguna clase, sino únicamente el abono del precio estipulado.
5.3. Suspensión del contrato
Si la Administración acordara la suspensión del contrato se levantará, inexcusablemente, el acta correspondiente con el contenido y a los efectos que se determinan en el artículo 220 del TRLCSP y en el artículo 103 del RGCAP.
5.4. Entrega, instalación y puesta a punto.
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El adjudicatario queda obligado a efectuar las entregas de los bienes en el lugar señalado en el pliego de prescripciones técnicas, siendo a su xxxxx y riesgo el transporte de los mismos hasta su destino, tanto si la entrega es única como si es fraccionada.
El adjudicatario no tendrá derecho a indemnizaciones a causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiera incurrido en xxxx al recibirlos.
En el supuesto de tratarse de materiales o bienes que requieran una posterior instalación, funcionamiento, puesta a punto y mantenimiento, el adjudicatario vendrá obligado a realizar dichas operaciones, aunque los bienes suministrados no sean de su fabricación. Los costes de instalación, funcionamiento, puesta a punto y mantenimiento se encontrarán incluidos en el precio total del suministro.
La entrega no se entenderá realizada hasta que se hayan tramitado de conformidad las obras o trabajos accesorios correspondientes, con arreglo a las características establecidas en el pliego de prescripciones técnicas.
6. – CONCLUSIÓN DEL CONTRATO
6.1. Recepción y liquidación
La recepción y liquidación del contrato se regularán conforme a lo dispuesto en el artículo 222 del TRLCSP La Administración comprobará, al tiempo de la recepción, que la calidad objeto del contrato se ajusta a las condiciones establecidas en el pliego de prescripciones técnicas. En el supuesto de advertirse errores o incumplimiento de las condiciones técnicas, se estará a lo dispuesto en el artículo
204.2 del RGCAP.
6.2. Plazo de garantía
El plazo de garantía o su improcedencia, será el señalado en el apartado 5 del cuadro de características que encabeza este pliego. No obstante, el citado plazo podrá ser ampliado por el adjudicatario en su documentación, siendo en este supuesto este último el que regirá contractualmente. Este plazo de garantía comenzará a contarse desde la finalización del contrato.
Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados se estará al régimen previsto en el artículo 298 del TRLCSP.
6.3. Resolución del contrato
El contrato podrá extinguirse por cualquiera de las causas de resolución enunciadas en los artículos 223 y 299 del TRLCSP.
Son causas de resolución del contrato las recogidas en los artículos 223 y 299 del TRLCSP, así como las siguientes:
- La pérdida sobrevenida de los requisitos para contratar con la Administración.
- La obstrucción a las facultades de dirección e inspección de la Administración
- El incumplimiento de la obligación del contratista de guardar sigilo respecto de los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo.
- El incumplimiento de las restantes obligaciones contractuales esenciales, en su caso, calificadas como tales en los pliegos o en el contrato.
15
La resolución del contrato se acordará por el órgano de contratación de oficio o a instancia del contratista, en su caso, mediante procedimiento tramitado en la forma reglamentariamente establecida por el artículo 109 del RGLCAP.
En los casos de resolución por incumplimiento culpable del contratista, le será incautada la garantía y deberá, además, indemnizar a la Administración los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan del importe de la garantía incautada. La determinación de los daños y perjuicios que deba indemnizar el contratista se llevará a cabo por el órgano de contratación en decisión motivada previa audiencia del mismo, atendiendo, entre otros factores, al retraso que implique para la inversión proyectada y a los mayores gastos que ocasione a la Administración.
Para la aplicación de las causas de resolución se estará a lo dispuesto en el artículo
224 del TRLCSP y para sus efectos a lo dispuesto en los artículos 225 y 300 del TRLCSP así como en el artículo 110 del RGLCAP.
6.4. Cesión y subcontratación
Los derechos y obligaciones dimanantes del presente contrato podrán ser cedidos por el adjudicatario a un tercero siempre que se cumplan los supuestos y los requisitos establecidos en el artículo 226 del TRLCSP.
La subcontratación se regulará por lo dispuesto en el artículo 227 del TRLCSP.
Las prestaciones subcontratadas deberán figurar de forma expresa en la oferta, indicando claramente la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre de la empresa, que deberá tener aptitud suficiente en relación con los requisitos de solvencia exigidos para este contrato.
6.5. Devolución y cancelación de la garantía definitiva
La garantía definitiva se devolverá conforme a lo establecido en el artículo 102 del TRLCSP.
7. – RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
7.1. Normas generales
El presente contrato tiene carácter administrativo y ambas partes quedan sometidas, expresamente para cuanto no esté previsto en el presente pliego, al Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, con las modificaciones introducidas mediante la Ley 14/2013 de Apoyo a Emprendedores y la Ley 25/2013, de 27 de diciembre de Impulso a la Factura Electrónica y Creación del Registro Contable de Facturas en el Sector Público; al Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público, y al Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en todo lo que no se oponga al anterior, al Pliego de Cláusulas Administrativas Generales que resulte de aplicación, y al resto de disposiciones complementarias aplicables
7.2. Prerrogativas de la Administración, jurisdicción competente y recursos
El órgano de contratación, en tanto que facultado para adjudicar el contrato, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, dentro de los límites determinados en la cláusula 5.2, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a lo establecido en los artículos 210 y 211 del TRLCSP. Los acuerdos que a este respecto dicte serán ejecutivos.
16
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación y resolución del contrato, y efectos de ésta, serán resueltas por el órgano de contratación, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa, y serán inmediatamente ejecutivos, pudiendo ser recurridos potestativamente en reposición ante el mismo órgano que los dictó, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación del acto objeto del recurso, sin perjuicio del derecho del contratista a su impugnación ante la Jurisdicción Contencioso- Administrativa (art. 21 TRLCSP).
7.3. Responsabilidad del contratista
Será de cuenta del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo previsto en el artículo 214 del TRLCSP,
El contratista será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad industrial y comercial del suministro que efectúe, y deberá indemnizar a la Administración, de todos los daños y perjuicios que para la misma pudieran derivarse de tal interposición de reclamaciones, incluidos los gastos derivados de las que eventualmente, puedan dirigirse contra ésta.
17
ANEXO A
MODELO DE DECLARACIÓN RELATIVA AL REGISTRO DE LICITADORES
D. , mayor de edad, con Documento Nacional de Identidad , con domicilio en
, número , de
, actuando en su propio nombre y derecho o en representación de la empresa
en calidad de
, a efectos de su participación en la licitación
, ante la Consejería de Hacienda de la Junta xx Xxxxxxxx y León,
DECLARO:
□ Que los datos de esta empresa que constan en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxxx y León no han sido alterados en ninguna de sus circunstancias y que se corresponden con la certificación del Registro que acompaña a esta declaración.
□ Que los datos de esta empresa que constan en el Registro de Licitadores referentes a:
1.
2.
3.
4.
han sufrido alteración según se acredita mediante los documentos que se adjuntan a la presente declaración y que estos extremos han sido comunicados al Registro con fecha , manteniéndose el resto de los datos sin ninguna alteración respecto del contenido de la certificación del Registro.
En a de de 20
(SELLO DE LA EMPRESA Y FIRMA AUTORIZADA)
FIRMADO: …………………………………..
18
ANEXO B
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
D. , mayor de edad, con Documento Nacional de Identidad , con domicilio en
, número , de
, actuando en su propio nombre y derecho o en representación de la empresa
en calidad de
, a efectos de su participación en la licitación
, ante la Consejería de Hacienda de la Junta xx Xxxxxxxx y León,
DECLARO:
Que ni la sociedad a la que represento ni ninguno de sus administradores se hallan incursos en circunstancia alguna de las que prohíben contratar con la Administración, conforme a lo dispuesto en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Que la sociedad a la que represento se encuentra al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Que la sociedad a la que represento no tiene deudas pendientes de carácter tributario con la Administración de Castilla y León. (Decreto 132/1996), de 16 xx xxxx, de la Junta xx Xxxxxxxx y León)
No haberse dado de baja en la matrícula del Impuesto sobre Actividades Económicas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el RGLCAP.
Que, en el caso de haberse aportado a la presente licitación algún certificado de un registro oficial de licitadores y empresas clasificadas o algún certificado comunitario de clasificación, las circunstancias reflejadas en los mismos, respecto a lo dispuesto en el artículo 146.1, letras a) y b) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, no han experimentado variación.
Que autorizó expresamente a la Administración pública contratante a utilizar la información que le sea cedida por la Administración pública competente con el exclusivo fin de comprobar que la persona a la que represento se halla al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de la seguridad social, de conformidad con el artículo 13 del RGLCAP.
□ Que a efecto de las comunicaciones o notificaciones que deban practicarse, en relación con la licitación en la que participa y sin perjuicio de lo ya establecido en los documentos que rigen la citada licitación, se proporcionan los datos siguientes:
Razón Social: Nombre y apellidos:
19
Dirección:
Teléfono:
Fax:
Correo electrónico:
Márquese con una “x” lo que corresponda en los apartados siguientes:
□ Que la sociedad a la que represento no se halla en ninguno de los supuestos contemplados en el artículo 42.1 del Código de Comercio o bien, hallándose en alguno de los supuestos previstos, concurre individualmente a la presente licitación.
□ Que la sociedad a la que represento se halla en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42.1 del Código de Comercio, con respecto a la entidad/es siguiente/es concurriendo todas ellas individualmente a la presente licitación:
1.-
2.-
En a de _ de 20 (SELLO DE LA EMPRESA Y FIRMA AUTORIZADA)
FIRMADO: …………………………………..
(Si el licitador actuase en su propio nombre y derecho deberá sustituir los términos “administradores” y “sociedad” por los de su propia persona)
20
ANEXO D
SOLVENCIAS ECONÓMICA Y FINANCIERA Y TÉCNICA
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA
Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
Criterios de selección:
En cuanto a los informe de las instituciones financieras, deberá constar expresamente que el licitador tiene suficiente capacidad financiera para afrontar este contrato en relación con el presupuesto de licitación, al menos 154.000,00 €.
En el caso del seguro de indemnización por riesgos profesionales, deberá acreditar una cobertura de, al menos, 154.000,00 €.
SOLVENCIA TÉCNICA
Una relación de los principales suministros, superiores a 77.000,00 €, efectuados durante los tres últimos años, indicando su importe, fechas y el destinatario público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario (art. 77.1.a TRLCSP)
Criterio de selección:
Acreditación de suministros o trabajos realizados por importe acumulado de 220.000,00 € en el conjunto de los últimos tres años.
21
ANEXO E1
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN NO EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS
(SOBRE Nº 2):
CRITERIOS TÉCNICOS (hasta 45 puntos) |
1. MEJORAS EN LAS CARACTERÍSTICAS VALORABLES DE LA SOLUCIÓN (hasta 30 puntos) |
1.1. Operación (hasta 8 puntos) |
1.2. Granularidad (hasta 7 puntos) |
1.3. Informes (hasta 5 puntos) |
1.4. Alertas (hasta 4 puntos) |
1.5. Escalabilidad (hasta 3 puntos) |
1.6. Disponibilidad (hasta 3 puntos) |
2. MEJORAS EN EL SERVICIO DE SOPORTE Y MANTENIMIENTO (hasta 10 puntos) |
3. PROCESO DE INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA (hasta 5 puntos) |
22
ANEXO E2
OFERTA ECONÓMICA Y OTROS CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS (SOBRE Nº 3):
CRITERIOS TÉCNICOS (hasta 27 puntos) |
1. MEJORA DE PARÁMETROS DE CALIDAD DE SERVICIO (hasta 16 puntos) Se valorarán de forma cuantitativa los compromisos sobre los parámetros del acuerdo de nivel de servicio definido en el Pliego de Prescripciones Técnicas, conforme al epígrafe “Método de valoración de la calidad del servicio” que se incluye en este anexo y con el siguiente reparto de puntos: SLA 1.A: 4 puntos SLA 2.A: 12 puntos |
2. MEJORA EN HORARIO DE RESOLUCIÓN DE INCIDENCIAS (hasta 5 puntos) 2.1 Se valora con 3 puntos a quién oferte 24 horas en días laborables, 0 puntos a quién oferte el mínimo requerido y al resto de forma proporcional. 2.2. Se valora con 2 puntos a quién oferte 24 horas en días no laborables, 0 puntos a quién no oferte ninguna y al resto de forma proporcional. |
3. MEJORAS DE TIEMPO DE FORMACIÓN (hasta 2 puntos) Se valorará con 2 puntos a quién oferte 16 horas de formación o más, 0 puntos a quién oferte el mínimo requerido en el Pliego de Prescripciones Técnicas y al resto de forma proporcional. |
4. NIVEL DE INTEGRACIÓN DE LA HERRAMIENTA DE GESTIÓN DE TICKETS DEL ADJUDICATARIO CON EL CORS (hasta 2 puntos) Se asignará la máxima puntuación si en la oferta se especifica un compromiso de integración entre la plataforma de TroubleTicket del adjudicatario y la xxx XXXX basada en Web Services, la mínima puntuación al uso de la plataforma xxx XXXX como herramienta de TroubleTicket interna del adjudicatario para la provisión de este servicio, y una puntuación media si la integración es por correo electrónico. |
5. PERMANENCIA DE LOS EQUIPOS ACTUALES PACKETSHAPER (hasta 2 puntos) Se valorará con 2 puntos a quién deje los equipos actuales Bluecoat PacketShaper 1000 a titularidad de la Junta xx Xxxxxxxx y León. |
CRITERIOS ECONÓMICOS (hasta 28 puntos) |
6. OFERTA ECONÓMICA (hasta 28 puntos) La asignación de puntos, en función del precio resultante, se establecerá aplicando la fórmula indicada a continuación, bajo el epígrafe “Método de valoración económica”. |
23
MÉTODO DE VALORACIÓN ECONÓMICA
Para la asignación de puntos, al importe de valoración de cada licitador se aplicará una fórmula con dos tramos, de acuerdo a la siguiente expresión:
Oferta no válida
, si POn > PL
k ⋅Vmax Vn = PR − PL
(POn − PL)
, si PR ≤ POn ≤ PL
n
Vmax
P − PR
[(1− k )PO
+ k ⋅Popt
− PR]
, si Popt ≤ POn < PR
opt
Donde:
PL es el presupuesto de licitación sin IVA.
PR es el importe de referencia, que viene dado por la siguiente expresión, donde N es el número de ofertas admitidas:
∑N
+( −
)⋅ ⋅
POn
5
N
0,9
PL
n=1
, si N < 5
5
PR =
∑
N
POn
n=1
si N ≥ 5
N
POn es el importe ofertado por el n-ésimo licitador.
Popt es el importe al que corresponde con la puntuación económica máxima, y que corresponde con el mínimo entre los POn ofertados o el 90 % del precio de licitación.
Popt = min ( POn ; 0,9 ⋅PL )
Vn es la puntuación obtenida por cada licitador.
Vmax es la puntuación máxima de la valoración económica.
k = 0,8 es un factor que, multiplicado por Vmax, determina la puntuación correspondiente al importe de referencia.
24
Las pendientes dependen del PR
Vmax
(puntuación
máxima)
k·Vmax
Vn
(puntuación
obtenida por licitante n)
Popt (precio máxima para puntuación)
PR
(precio de referencia)
POn
(precio ofertado por licitante n)
0 puntos
PL
(presupuesto de licitación máximo)
Se considerará baja temeraria una reducción superior al 30% sobre el precio medio ofertado por las empresas.
MÉTODO DE VALORACIÓN DE LA CALIDAD DEL SERVICIO
La fórmula de valoración de cada apartado será la siguiente:
0
y ⋅(x − C )
, si x = C
min
→ este compromiso mínimo es obligatorio
y =
max
Cmax
min
− Cmin
, si x mejor que C
min
y peor que C
max
y
max
, si x mejor o igual que Cmax
Donde:
y es la puntuación obtenida.
x es el valor del parámetro ofertado.
ymax es la puntuación máxima del parámetro.
Cmin es el compromiso mínimo exigible, según los valores indicados en el pliego técnico.
Cmax es el compromiso para puntuación máxima, según los valores indicados en el pliego técnico.
25
ANEXO F
Modelo de declaración responsable conforme al artículo 146.4 del TRLCSP de cumplir las condiciones establecidas en el TRLCSP y en los pliegos de condiciones administrativas y técnicas para contratar con la Consejería de Hacienda de la Junta xx Xxxxxxxx y León.
ANTE EL ORGANO DE CONTRATACION, D/Xx
mayor de edad, vecino de
domiciliado en C/ provisto del D.N.I.
núm. en nombre y representación de la Sociedad
según escritura de apoderamiento otorgada ante el Xxxxxxx xxx Xxxxxxx Colegio de , D. en núm. de su protocolo, e inscrita en el Registro Mercantil de ; en relación con el procedimiento abierto convocado para la contratación
DECLARA:
Que al tiempo de finalizar el plazo de presentación de proposiciones de dicha licitación, la empresa, sus administradores y representante, así como el firmante, cumplen los requisitos establecidos legalmente para contratar con la Administración, y con todas las condiciones establecidas en los pliegos de condiciones administrativas y técnicas.
Lugar, fecha y firma
Nota.-
De conformidad con lo establecido en el art. 26 del R.D. 817/2009, el contenido de esta declaración no podrá revelar ninguno de los aspectos a valorar en los sobres nº 2 y 3, de criterios no evaluables mediante fórmulas y oferta económica y otros criterios evaluables mediante fórmulas, El incumpliendo de esta previsión dará lugar a la exclusión de la proposición por no respetar el secreto de la oferta previsto en el art. 80.2 del RGCAP.
26
ANEXO G
CONTRATO DE SUMINISTRO PROCEDIMIENTO ABIERTO
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA
D. , mayor de edad, con domicilio en X/ (xxxxx), xxx.
, xx , xxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxx , xxxxxxxx en su propio nombre y derecho o en representación de D. o de la Sociedad/Empresa
en su calidad de
.
E X P O N E:
Que enterado de las condiciones y requisitos, que acepta, y que se exigen para la adjudicación del contrato de suministro que se especifica, mediante Procedimiento Abierto, a cuyo cumplimiento se compromete en su totalidad, con estricta sujeción al Pliego de Prescripciones Técnicas y Cláusulas Administrativas Particulares, presenta la siguiente,
O F E R T A:
Empresa oferente:
Denominación del suministro:
OFERTA ECONÓMICA (Se desglosarán los importes de la base imponible y del IVA, señalando el tipo del mismo)
Base imponible : _ IVA al 21 % : _
Total : _(Se consignará en número y letra)
CRITERIOS TÉCNICOS
CONCEPTO | OFERTA |
SLA 1.A | |
SLA 2.A | |
Horas de formación | |
Horas diarias para resolución de incidencias en días laborables | |
Horas diarias para resolución de incidencias en días no laborables | |
Nivel de integración de la herramienta de gestión de tickets del adjudicatario con la xxx XXXX (Sin integración / Correo / Web Services) | |
Permanencia de los equipos actuales PacketShaper (SI/NO) |
Lugar, fecha, firma y sello
27