LLAMADO A LICITACION PARA LA CONTRATACION DE EMPRESA PARA LA PUESTA A PUNTO SEGÚN REGLAMENTACIÓN MUNICIPAL VIGENTE Y EL MANTENIMIENTO INTEGRAL PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE ASCENSORES EN DIFERENTES INMUEBLES DEL ORGANISMO UBICADOS DENTRO DEL DEPARTAMENTO...
LLAMADO A LICITACION PARA LA CONTRATACION DE EMPRESA PARA LA PUESTA A PUNTO SEGÚN REGLAMENTACIÓN MUNICIPAL VIGENTE Y EL MANTENIMIENTO INTEGRAL PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE ASCENSORES EN DIFERENTES INMUEBLES DEL ORGANISMO UBICADOS DENTRO DEL DEPARTAMENTO DE MONTEVIDEO MEDIANTE EL SISTEMA DE CONTRATO DE OBRA “LLAVE EN MANO”.
Asunto : MEMORIA PARTICULAR
Modalidad : SISTEMA DE CONTRATO DE OBRA LLAVE EN MANO
Obra : PUESTA A PUNTO INICIAL Y MANTENIMIENTO ASCENSORES
Fecha : JUNIO 2014
Arquitectos : X. XXXXXX – X. XXXXX
Técnico Electricista : X. XXXXXXXX
Í N D I C E
Capítulo 01 - OBJETO DEL LLAMADO
- Puesta a punto inicial
- Mantenimiento
- El Prestador deberá cotizar para cada unidad
- Elaboración de Proyecto Técnico
- Ejecución de las Instalaciones propuestas completas.
- Mantenimiento Integral Preventivo y Correctivo.
Capítulo 02 - UBICACIÓN DE LOS ASCENSORES
Capítulo 03 - RELEVAMIENTO Y VERIFICACIÓN DE LOS ASCENSORES EXISTENTES
- Visita a los Inmuebles
Capítulo 04 - ALCANCE DE LOS TRABAJOS
Capítulo 05 - ANTECEDENTES
- Antecedentes del Prestador
- Documentación
- Calificación del personal técnico
- Antecedentes de los equipos
Capítulo 06 - DEFINICIONES
- Supervisión de Obra
Capítulo 07 - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS GENERALES Capítulo 08 - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES
Equipamiento
- Características generales del/los ascensor/es
- Cabina
- Puertas de pisos
- Máquinas
- Motores
- Tableros de control
- Guías
- Cables, poleas y compensación
- Paragolpes
- Suspensión de coche, paracaídas y regulador
- Contrapeso
- Dispositivos de seguridad
- Interruptores de límites y finales
- Cerraduras electromecánicas
- Contacto de puerta de coche
- Mecanismo de puerta
- Dispositivo de protección de puerta
Capítulo 09 - TERMINACIONES
Capítulo 10 - OBLIGACIONES
- Obligaciones Generales
- Obligaciones Previsionales
Capítulo 11 - PLAN DE TRABAJO DE PUESTA A PUNTO Capítulo 12 - PLAN DE MANTENIMIENTO
- Generalidades
- Maquinaria
- Seguros, Licencias, Permisos y Responsabilidades.
Capítulo 13 - MODALIDAD DEL SERVICIO Capítulo 14 - FORMA DE COTIZAR
- Costo de Puesta a punto inicial
- Costo de Mantenimiento
Capítulo 15 - COTIZACIÓN
- Oferta Técnica
- Oferta Económica de Puesta a Punto según reglamentación Vigente
- Mantenimiento Integral Preventivo
Capítulo 16 - ACLARACIONES
Capítulo 17 – PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE MANTENIMIENTO Capítulo 18 - CONTRATO DE SERVICIO
- Obligaciones
- Documentación contractual complementaria.
Capítulo 19 - VIGENCIA DEL CONTRATO Capítulo 20 - NORMATIVA VIGENTE IMM
Capítulo 21 - NORMAS RELATIVAS AL PERSONAL
Capítulo 22 - CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN VIGENTE Capítulo 23 - TRABAJOS EN ALTURA
Capítulo 24 - RIESGO Y RESPONSABILIDAD POR DAÑOS A PERSONAS Y BIENES
Capítulo 25 - PREVENCION DE DAÑOS A PERSONAS Y BIENES Capítulo 26 - PATENTES Y PROCESOS PATENTADOS
Capítulo 27 - SEGUROS
Capítulo 28 - CITACIONES, INTIMACIONES, NOTIFICACIONES Capítulo 29 - REPRESENTANTE DEL PRESTADOR
Capítulo 30 - GARANTÍA DE FUNCIONAMIENTO Capítulo 31 - PLAZO DE GARANTÍA
Capítulo 32 - CONSIDERACIONES GENERALES Capítulo 33 - RECEPCIÓN DE OBRA
Capítulo 01 - OBJETO DEL LLAMADO
El presente llamado tiene por objeto y cometido principal, de acuerdo a la documentación técnica de planos, planillas, memorias y condiciones del presente, la contratación del PROYECTO TÉCNICO y EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS COMPLETOS, mediante un
procedimiento llave en mano, para la READECUACIÓN SEGÚN NORMATIVA VIGENTE, HABILITACIÓN MUNICIPAL y la prestación de un SERVICIO DE MANTENIMIENTO
PREVENTIVO Y CORRECTIVO que garantice el correcto funcionamiento de los 4 (cuatro) ascensores ubicados en diferentes inmuebles Institucionales dentro del Departamento de Montevideo contemplando:
- PUESTA A PUNTO INICIAL por separado de cada uno de los ascensores detallados.
- SERVICIO DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO Y PREVENTIVO de dichos equipos.
El Prestador detallará y cotizará en forma unitaria y pormenorizada (por inmueble), los ítems antes mencionados con todo aquello que considere necesario para alcanzar el objeto de lo solicitado por el período que se establezca de cada ascensor detallado.
Una vez aceptada la propuesta, el Prestador hará suyo no solamente el precio de la misma, sino también las condiciones de performance que deberá establecer en su propuesta.
Se deberá cotizar:
01 - Elaboración de Proyecto Técnico
Puesta a punto de cada unidad detallada avalada y garantizada por los técnicos que asumirán la responsabilidad civil y penal sobre la misma.
02 - Ejecución de las Instalaciones propuestas completas
Suministro e instalación de todos los componentes y materiales necesarios para la ejecución del Proyecto Técnico propuesto incluyendo su instalación eléctrica asociada y la readecuación de los equipos y sus locales según normativa vigente.
03 - Mantenimiento Integral Preventivo y Correctivo.
Mantenimiento Integral preventivo y correctivo detallado, que garantice el correcto funcionamiento de los equipos y las Instalaciones asociadas detalladas.
Dado el carácter del procedimiento de contratación a través xxx xxxxxx “llave en mano” de las instalaciones completas, se deberán considerar todos aquellos materiales y trabajos que aún no figurando explícitamente en el presente Pliego de Condiciones sean necesarios para una correcta ejecución de los trabajos y/o un buen funcionamiento de las instalaciones propuestas.
Capítulo 02 - UBICACIÓN DE LOS ASCENSORES
Los ascensores objeto del presente llamado se encuentran ubicados en los inmuebles que se detallan:
01 - Xxxxx Xxxxxxx 000 - Xxxxxxxx Administrativas Centrales
02 - Xxxx. Xxxxxxx Xxxxxx 0000 - División Salud
03 - Xxxxxx Xxxxxx 000 - Xxxxxx “Espacio Xxxxx”
04 - Xxxx. Xxxxxxxxx Xxxxxx 0000 - Xxxxxxxx Administrativas
Capítulo 03 - RELEVAMIENTO Y VERIFICACIÓN DE LOS ASCENSORES EXISTENTES
Visita a los Inmuebles
Previo a formular su propuesta, los Oferentes Prestadores del Servicio de Puesta a Punto Inicial y Mantenimiento Preventivo y Correctivo, deberán visitar los inmuebles Institucionales detallados para verificar el estado y características de los ascensores objeto del presente llamado relevando toda información que resulte necesaria para el proyecto ejecutivo de los trabajos a realizar. Deberán coordinar su visita con el Departamento de Compras de INAU.
Capítulo 04 - ALCANCE DE LOS TRABAJOS
El Oferente que resulte adjudicatario y Prestador del Servicio deberá contar con los elementos que aseguren a la Institución su correcto funcionamiento.
A - Deberá entregar el Proyecto Descriptivo de los trabajos a realizar en las instalaciones existentes así como las Memorias Técnicas de las modificaciones y/o variantes propuestas en cada servicio.
B - El Proyecto Ejecutivo se presentará previo al inicio de los trabajos para su aprobación.
C - Los trabajos serán contratados mediante la modalidad de “llave en mano”. Deberán ser completos para su fin, para lo que deberán considerarse incluidos todos los elementos y trabajos necesarios para el óptimo funcionamiento a satisfacción de INAU. Deberán incluirse, por lo tanto, Trabajos Complementarios como ser: albañilería, sanitaria, eléctrica, trámites, habilitaciones y demás. El Prestador rrealizará todos los trámites o regularizaciones municipales o de otro tipo que correspondan. No se podrá dar inicio a las obras hasta tanto no esté cumplido este requisito.
D - Durante el período de cotización se podrán efectuar todas las Consultas por los procedimientos institucionales instrumentados por INAU que se consideren necesarias para cumplir con el objetivo del presente llamado.
Serán Requisitos Indispensables para el Prestador:
E - Contar con una atención que preste servicio las 24 horas del día, todos los días del año, proporcionando una lista del personal técnico autorizado a realizar dicho servicio.
F - El personal técnico deberá acudir al lugar en los tiempos establecidos, luego de haber recibido el llamado realizará un diagnóstico de lo ocurrido y reparará en forma total el desperfecto ocurrido.
G - Todos los insumos de mantenimiento estarán incluidos dentro de la oferta. El servicio deberá incluir todas las tareas de limpieza, lubricación, ajustes, chequeo y reposición de todos los elementos y/o piezas componentes del servicio a mantener.
H - Estará claramente establecido en la propuesta el alcance del servicio de mantenimiento ofrecido, y en caso de que alguna tarea u objeto esté excluido, se dejará expresamente aclarado en la propuesta.
I - Los desperfectos, roturas, o desgaste, atribuibles a cualquier causa no expresamente excluida en la oferta, serán de cargo del Prestador.
J - Presentar conjuntamente con la propuesta económica un listado completo con todas las Piezas y Materiales Significativos que la empresa considere necesarios detallar que Formarán parte del Mantenimiento de los Equipos y por otro lado todo aquello que considere necesario y sea significativo detallar que NO ESTÈ incluido en el mantenimiento solicitado. Esto, conjuntamente con la propuesta económica y los otros requisitos solicitados será motivo de especial atención en la determinación de mejor oferente.
K - Coordinar con una antelación de por lo menos 24 hs. a la Dirección del Centro o encargado del Servicio que será objeto de la visita, para que está esté presente, corrobore y supervise los trabajos. Finalmente será ésta la que firme conformidad de los trabajos realizados, si así no ocurriera, no se considerará como efectuada la visita y podrá solicitarse por la Institución lo que se entienda necesario para que cumpla el procedimiento estipulado.
L - Contar con todos los insumos necesarios para dicho mantenimiento, no admitiéndose el no brindar el servicio por falta de suministro de un tercero.
M - Cotizar en forma separada Costo de Puesta a Punto de Cada Ascensor de los 4 (cuatro) existentes y el Costo Unitario de Mantenimiento Mensual de cada unidad.
Capítulo 05 - ANTECEDENTES
Antecedentes del Prestador
Deberá ser Empresa instalada en el país, debidamente registrada en la Intendencia Municipal de Montevideo (Decreto Municipal 21.340), en el SIIF y en el Registro Nacional de Empresas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
Nombre y currículum del Ingeniero responsable ante la IMM, según establece el decreto municipal 21.340.
Será condición obligatoria que el Prestador cuente con una trayectoria en plaza de haber instalado, operado y mantenido equipos como los propuestos (marca y modelo) no menor a 5 (cinco) años.
Acreditación de la antigüedad del Prestador así como la nómina de contratos cumplidos con lista de equipos instalados en el país y servicios de mantenimiento a su cargo en caso de que corresponda. Deberá adjuntarse la documentación probatoria. Nómina de trabajos similares detallando cliente, lugar, características de la obra, teléfono y persona de contacto en cada caso. El INAU podrá efectuar las comprobaciones, consultas e indagaciones que entienda oportunas para corroborar los datos declarados.
Deberá realizar o haber realizado a satisfacción, por un período no menor a 5 (cinco) años el mantenimiento de equipos de similar complejidad a los productos finales objeto de esta licitación.
El Prestador que presente equipamiento propio o con representación de marca, deberá asegurar la provisión de repuestos originales y legítimos durante el periodo de vigencia del contrato de servicio de mantenimiento integral establecido.
Documentación que acredite la representación oficial de la marca ofrecida y desde qué fecha la mantienen.
Acreditación de que el Prestador posee Departamento Técnico responsable del servicio de Mantenimiento instalado en el Uruguay, establecer la antigüedad de dicho Departamento e incluir currículum de los técnicos que lo integran.
Documentación
Deberá presentar la documentación Institucionalmente exigida en Pliego y acreditación de lo exigido anteriormente.
Certificados vigentes de Banco de Previsión Social; Dirección General Impositiva; y Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
Información con los datos completos profesionales y comerciales del Prestador (representante técnico y legal, indicando nombre completo y cédula de identidad de las personas físicas que las integran y de sus directores o administradores cuando se trate de personas jurídicas).
El Prestador contará con Ingeniero Industrial Opción Mecánica o equivalente, quien será responsable de la dirección de obra, y aportará entre otros datos: Fotocopia del título habilitante y su conformidad para asumir la responsabilidad de la obra.
La no entrega del material aludido, podrá ser causa suficiente para la descalificación de la propuesta.
Calificación del personal técnico
Se presentará conjuntamente con la oferta, nómina del personal técnico y profesional que participará en el desarrollo del proyecto y en la ejecución de la obra.
Antecedentes de los equipos
Los equipos y componentes de la instalación deberán ser de marcas reconocidas en plaza y con una trayectoria en la misma no menor a 5 (cinco) años.
Capítulo 06 - DEFINICIONES
Supervisión de Obra
La Supervisión de Obra estará a cargo del Departamento de Arquitectura de INAU, o de los representantes que éste designe. Todas las comunicaciones al INAU serán cursadas a través de la Supervisión de Obra, con sede en Xxxxx Xxxxxxxx 1424.
La Supervisión de la Obra no exime de responsabilidad alguna al Prestador en lo que se refiere a seguridad, correcta ejecución, cumplimiento de plazos, respeto de la documentación y cumplimiento de la legislación nacional y municipal vigentes.
El Supervisor de Xxxx será el representante del INAU en la Supervisión técnica de la obra y sus órdenes serán acatadas rigurosamente por el Prestador. Además de la autoridad y funciones implícitas, son facultades específicas de la Supervisión de la Obra:
a) Rechazar cualquier material o trabajo que a su juicio no responda al Pliego de Condiciones o Especificaciones Técnicas o a las indicaciones de los planos, planillas o a las reglas del buen arte.
b) Rechazar cualquier material que sea usado, averiado, o que pueda haber perdido sus propiedades desde su fabricación, aún cuando dicho material, artículo o producto sea del tipo especificado. Esto abarca materiales dañados durante la ejecución de la obra, o que por no haber estado debidamente cuidados y protegidos, hubieran sufrido deterioro.
c) Efectuar, antes de aceptar cualquier material, producto o instalación, las pruebas de recepción previstas en este pliego, para lo cual el Adjudicatario deberá poner a disposición del la Supervisión de Obra, todos los recursos materiales y humanos necesarios para dichas pruebas.
d) Exigir el desmontaje, la demolición y/o reconstrucción de trabajos efectuados defectuosamente, contra su orden verbal o escrita o contraviniendo lo indicado en el presente pliego o en el contrato y sus anexos, o contraviniendo la legislación vigente, a total costo del Prestador.
e) Estudiar, aprobar, autorizar o rechazar los planos y otros documentos que por cualquier concepto envíe el Prestador.
f) Fiscalizar, aprobar o rechazar modificaciones, ampliaciones o supresiones, sin que ello signifique en ningún caso, el incremento del precio acordado.
g) Solicitar al INAU la aplicación de multas y/o sanciones ocasionadas en el incumplimiento del Prestador.
h) Resolver discrepancias técnicas.
Capítulo 07 - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS GENERALES
Todos los trabajos deberán efectuarse de acuerdo a las reglas del buen arte y con arreglo al fin al que están destinados. Los trabajos se efectuarán cumpliendo estrictamente las indicaciones de la Supervisión de Obra, la documentación técnica de la misma, las normas reglamentarias y las de seguridad.
Las obras deberán ser terminadas de modo de que los suministros formen un conjunto armónico y continuo con su entorno, debiendo resolverse en forma adecuada todos los espacios anexos, tales como los nichos o huecos que queden de la eliminación de señalizaciones y comandos de los equipos existentes.
El INAU no tiene previsto realizar tareas accesorias o complementarias tales como trabajos de obra civil, construcciones o demoliciones, reparaciones, aberturas de ventilación, pinturas, tableros y tendidos eléctricos, colocación de andamios, ni ninguna otra que se requiera para la ejecución de la obra, salvo las que aquí se indique expresamente.
Además de la visita obligatoria, los oferentes podrán visitar, previa coordinación con el Servicio, los lugares donde se realizarán las obras y realizar los estudios que crean necesarios para estar así perfectamente enterados de las características de los mismos y prever las contingencias que se deriven de las obras y su plan de trabajo. A efectos de la coordinación de visitas y realización de estudios, se tendrá especial consideración en el hecho de que se trata de locales en funcionamiento cuya actividad no debe verse afectada en absoluto.
Se deberá entender por lo tanto que la oferta presentada responde con exactitud a las necesidades de la obra, expresada en los recaudos y que su precio cubre todas sus obligaciones contractuales hasta la Recepción Definitiva más el período de prestación del Mantenimiento Preventivo Integral.
Por consiguiente, bajo ningún concepto, podrán argumentarse derechos ni formular reclamos por pagos adicionales ni indemnizaciones, fundados en el desconocimiento, interpretación o influencia de los datos reseñados precedentemente, como asimismo ambigüedad, discordancia o falta de conocimiento de los recaudos. En especial, el Prestador deberá considerar que los horarios y procedimientos de trabajo deberán ajustarse a las características de los edificios, de modo de no entorpecer su funcionamiento normal ni interferir en modo alguno con sus fines específicos.
Es responsabilidad exclusiva del Prestador relevar cuidadosamente las características técnicas.
Si del análisis realizado por el Prestador surge la necesidad de sustituir el motor eléctrico, éste se deberá suministrar en 400 Volts, incluyendo como parte del suministro, un elevador de tensión. De tal manera que - en caso de que el INAU decida en el futuro cambiar su voltaje de suministro - el cambio implique solamente la eliminación de dicho elevador de tensión.
El Prestador deberá estar representado por un profesional con título de Ingeniero Industrial debidamente registrado ante la I.M.M. (Dec. 21.340). A tal efecto, se acompañará la oferta con el nombre de dicho técnico, fotocopia del título profesional, antecedentes profesionales y conformidad escrita del profesional propuesto.
Dicho ingeniero será el interlocutor válido del Adjudicatario con la Supervisión de Obra, por lo que el Prestador compromete la absoluta disponibilidad del mismo durante todo el período de ejecución de las Obras.
El Prestador no podrá sustituir al profesional responsable durante la vigencia del contrato sin la conformidad previa del INAU.
Cuando se entienda necesario, SE SUSTITUIRÁN:
A - El tablero general de la sala de máquinas y su cableado.
B - Los motores, que serán de corriente alterna, los cables de tracción y sus fijaciones. La polea será retorneada o sustituida, a juicio del Prestador, pero en cualquier caso garantizando una vida útil de 5 (cinco) años. La máquina de tracción deberá ser certificada, dando una garantía mínima de 5 (cinco) años. Si fuera necesario, sustituirá rodamientos, cojinetes, retenes y todo otro elemento necesario para asegurar un funcionamiento perfecto.
C - El mecanismo paracaídas, el limitador de velocidad y su cable. Las rozaderas de los guiadores.
D - El control de maniobra, que será electrónico, con convertidor de frecuencia de estado sólido, que garantice una aceleración y desaceleración suave, y una nivelación menor que 3 (tres) milímetros. El frenado será en forma electrodinámica mediante corriente al motor, que mantenga detenida la cabina antes de que actúe el freno mecánico.
E - Todos los órganos de comando, señalización y copiado de hueco, límites, finales, botón de fondo xx xxxx y demás elementos.
F - Todos los componentes de las puertas de cabina y de pisos, tales como rieles, umbrales, rondanas, excéntricas, dispositivos de colgado, dispositivos de arrastre, cerraduras electro mecánicas, rozaderas, etc.
G - El motor que opera la puerta, que no podrá sobrepasar el nivel sonoro de 55 dB.
H - Una xxxxxxx xx xxxxx infrarrojos desde 5 (cinco) centímetros del nivel de piso, hasta una altura mínima de 160 cm (ciento sesenta centímetros).
Capítulo 08 - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES
Como ya se ha hecho referencia en otra sección del presente pliego el Prestador realizará el proyecto ejecutivo, suministro e instalación, que se recibirá según la modalidad “llave en mano”. La energía eléctrica será suministrada por el INAU y toda la instalación relacionada con el ascensor –incluyendo canalizaciones, sala de Máquinas, etc.– serán por cuenta del Prestador.
Se cumplirá con todas las Normas Municipales. El Prestador deberá detallar todos los componentes y sus características para su clara interpretación considerando los puntos abajo detallados y todos aquellos que considere necesario.
Equipamiento
01 - Características generales del/los ascensor/es
– Dimensiones internas de cabina
– Capacidad / Carga
– Área Útil
– Velocidad
– Paradas y entradas
– Secuencia
– Control
– Maniobra
– Máquina
– Fuerza motriz provista
– Iluminación
– Paracaídas – paragolpes
– Tipo de puertas
– Señalización
– Pasadizo
02 - Cabina
03 - Puertas de pisos 04 - Máquinas
05 - Motores
06 - Tableros de control 07 - Guías
08 - Cables, poleas y compensación 09 - Paragolpes
10 - Suspensión de coche, paracaídas y regulador
11 - Contrapeso
12 - Dispositivos de seguridad
13 - Interruptores de límites y finales
14 - Cerraduras electromecánicas
15 - Contacto de puerta de coche
16 - Mecanismo de puerta
17 - Dispositivo de protección de puerta
Capítulo 09 - TERMINACIONES
Todas las terminaciones, y particularmente las remodelaciones de cabinas, deberán ser realizadas con especial esmero y cuidado de los detalles, de modo que no se vean juntas ni filos.
Tampoco se admitirán tapajuntas groseros ni ningún otro elemento que delate el soporte original.
Se sustituirán todos los elementos que no puedan ser revestidos, tales como umbrales o cornisas. Los zócalos y pasamanos serán elementos ornamentales que formen una unidad con el conjunto, y no meros agregados que oculten terminaciones imprecisas.
Los subtechos serán elegantes, según una variedad de ofertas sobre la cual decidirá la Supervisión de Obra.
El trabajo será realizado luego de haber asegurado la cabina original de modo de eliminar cualquier tipo de movimiento relativo entre sus partes.
Las partes no vistas de las cabinas, los interiores de los xxxxxx y cualquier otra parte que lo requiera, en caso de presentar signos de oxidación, deberán ser tratados por medios mecánicos y ser protegidas con pintura antióxido.
Capítulo 10 - OBLIGACIONES
Obligaciones Generales
Están comprendidas las siguientes obligaciones para el prestador de servicios:
A - La confección de planos, memorias y todo otro recaudo técnico pertinente.
B - El suministro de todos los materiales objeto del Contrato en los correspondientes sitios de implantación.
C - La ejecución de las obras en tiempo y forma.
D - El Prestador deberá tener especial cuidado de no interferir con el normal funcionamiento de los inmuebles, ateniéndose estrictamente a las indicaciones que, a estos efectos, establezca la Supervisión de Obra. Si la Supervisión de Obra suspendiera las obras por razones de funcionamiento, este plazo no será computado dentro de lo establecido en el cronograma.
E - El desmontaje de los materiales que serán sustituidos. El Prestador deberá desmontar y retirar de la obra estos materiales, y disponer de ellos. Los materiales quedarán en posesión del Adjudicatario, lo que deberá ser considerado como una recuperación de valor en su cálculo de precios.
F - Las construcciones provisorias necesarias para la conservación, almacenamiento y acopio de materiales así como para la ejecución de las obras. El INAU colaborará en la medida de lo posible para suministrar un sitio que oficie de depósito, sin que ello constituya una obligación para él. En caso de que el INAU ofreciera un depósito que no fuera contiguo o cercano a las obras, los fletes serán de cuenta del Adjudicatario.
G - Las construcciones provisorias, barreras y señalizaciones necesarias para garantizar la seguridad de los usuarios de los inmuebles en el entorno de las obras en ejecución. El Prestador será responsable de los accidentes y/o daños y perjuicios que se pudieran ocasionar por no cumplir adecuadamente con esta obligación.
H - Todas las medidas de prevención requeridas por las autoridades competentes y las precauciones usuales en lo que se refiere a andamios, escaleras, apuntalamiento, etc., debiendo el Prestador disponer de los servicios de un Técnico Prevencionista, según la legislación vigente.
I - El mantenimiento del orden y la limpieza durante la ejecución de la obra, cuidando muy especialmente de no generar escombros, polvos, ruidos molestos ni ningún otro factor que comprometa el normal funcionamiento de los edificios.
J - El buen comportamiento de sus dependientes asignados a la obra.
K - Los gastos de fletes, transportes, movimientos de materiales, y todo otro que sea requerido para la correcta ejecución de las obras.
L - La vigilancia total y permanente de la obra, coordinada con la seguridad del INAU.
M - Las pruebas requeridas para controlar la calidad y buen funcionamiento de los suministros e instalaciones, conformes a las Especificaciones Técnicas.
N - El retiro del predio de todas las construcciones provisorias, herramientas y materiales sobrantes, así como la limpieza final de la obra construida para que quede en condiciones para su inmediata habilitación.
Ñ - La instalación de los tendidos y tableros de obra en condiciones reglamentarias, limitándose el INAU a suministrar la energía.
O - La presentación ante la Intendencia Municipal de Montevideo de todos los recaudos necesarios y la obtención de la habilitación municipal definitiva de todos los equipos objeto de este llamado. No se incluye en sus obligaciones, el pago de las tasas municipales que correspondieran, las que serán devueltas oportunamente.
P - Los trabajos de resolución de defectos que se pudieren detectar durante el período de garantía.
Q - El servicio de mantenimiento preventivo integral durante el período solicitado.
Obligaciones Previsionales
El personal destacado en obra estará bajo la dependencia laboral del Prestador, quien deberá cumplir con los depósitos, aportes y demás obligaciones que impongan las leyes laborales y previsionales, dentro de los plazos que las mismas establecen.
Deberá exhibir ante la Supervisión de Obra y el INAU, los comprobantes correspondientes, cada vez que esto le sea requerido. En caso de no hacerlo, el INAU se reserva el derecho de demorar o retener los pagos que considere.
El Prestador deberá estar inscripto en el Registro Único Tributario encontrándose al día con sus obligaciones. También deberá estar inscripto en el Banco de Previsión Social, y tener vigente el seguro laboral con el Banco de Seguros del Estado, obligándose a que todo el personal que cumpla tareas a su cargo, relacionadas con la obra, esté debidamente inscripto.
Estará a cargo del Prestador la contratación de un Técnico Prevencionista de Seguridad e Higiene, que emitirá los certificados correspondientes durante el desarrollo de la obra, según la normativa vigente.
Capítulo 11 - PLAN DE TRABAJO DE PUESTA A PUNTO
El Prestador confeccionará un diagrama de tiempos y lo establecerá en la oferta que presentará junto con la oferta económica.
El Plan de Trabajo formará parte del Contrato y deberá contener en forma precisa el desarrollo de todos los trabajos inherentes a la obra total.
Capítulo 12 - PLAN DE MANTENIMIENTO
A - Generalidades
Se asegurará el buen funcionamiento de los ascensores, reposición de piezas, repuestos o elementos defectuosos y se brindará asesoramiento e instrucción de uso si fuera necesario por uso inadecuado de los ascensores.
Se identificará cada ascensor en lugar visible con el nombre de la firma, dirección y teléfono de contacto.
Se presentará un claro y detallado informe de cómo procederá al mantenimiento de cada ascensor y la rutina que establecerá de trabajos, debiendo éstos estar aclarados con sus correspondientes frecuencias.
B – Maquinaria
Se realizarán todas las tareas de mantenimiento preventivo que sean necesarias para la conservación de los equipos y para asegurar el buen funcionamiento del servicio: examen periódico de toda la instalación (una vez por mes como mínimo), lubricación de todas las piezas que lo necesitan (una vez por mes como mínimo), ajuste de la máquina y accesorios (una vez por mes como mínimo), prueba de todos los controles de seguridad y regulador de velocidad (las veces que sea necesario), etc.
Se efectuarán todos los trámites ante la Intendencia Municipal de Montevideo que correspondan de acuerdo a las reglamentaciones vigentes y se asumirá total responsabilidad por el servicio a su cargo.
Se realizará toda otra tarea no contenida en los numerales anteriores que sea necesaria para la conservación de los equipos y para asegurar el buen funcionamiento del servicio y se asegurará la disponibilidad de materiales y repuestos para ser suministrados ante cualquier requerimiento del servicio.
Luego de cada intervención de mantenimiento se cuidará el orden y la limpieza del lugar donde se efectuó, el cual se dejará en las mismas condiciones en que estaba antes de efectuarse la intervención.
En todas las intervenciones, se dejará registro escrito de las tareas realizadas así como de los repuestos sustituidos si los hubiera según procedimiento establecido en el presente.
El proveedor contará con un seguro de responsabilidad civil como mínimo de 1:000.000 de dólares por el período que dura el servicio de mantenimiento preventivo.
C - Seguros, Licencias, Permisos y Responsabilidades.
El Prestador del Servicio cargará con los gastos y compensaciones requeridos por la ley a los trabajadores, operadores y empleados y requerirá lo mismo de cualquier Sub- Contratista.
El Prestador tendrá también que obtener cualquier licencia o permiso requerido por la ley en las actividades dentro de la propiedad del Cliente.
El Prestador del Servicio es responsable por:
-Cualquier daño producido a la propiedad del Cliente ó a terceros, durante la operación de sus equipos realizando labores del contrato.
-Cumplir con las leyes de protección ambiental.
-Daños o consecuencias derivadas de la instalación impropia de cualquier componente de reemplazo del sistema.
El Prestador del Servicio no es responsable por:
-Daños hechos por el Cliente por la impropia operación o uso del equipamiento o sus partes.
-Daños debido al vandalismo.
Capítulo 13 - MODALIDAD DEL SERVICIO
El Servicio en los ascensores detallados deberá comprender:
A - Una visita (mínimo) mensual y periódica a cada equipo para verificar el funcionamiento y realizar el mantenimiento preventivo y chequeo general.
B - Limpieza y lubricación de los equipos, mantenimiento de los mismos con suministro de materiales a tal fin.
C - Atención de reclamos todos los días del año, durante las 24 horas, con demora máxima de emergencia de 30 minutos y 60 en reclamos comunes todos los días las veces que sea requerido.
D - Habiendo gente encerrada en el ascensor, este plazo se reducirá a 15 minutos. Si la respuesta al reclamo efectuado es mayor a 15 minutos implicará un descuento del 50% en el monto mensual a pagar por el servicio de mantenimiento.
E - Limpiar anualmente (una vez como mínimo) el ducto, indicándose en la propuesta la fecha de realización.
F - Mantener en buenas condiciones los elementos que componen el equipo inclusive instalación de iluminación de cabina.
G - Servicio Integral con garantía de repuesto (reposición de elementos componentes). El no contar con la reposición de la pieza o parte defectuosa que implique la inhabilitación del servicio implicará una multa de 10 UR (unidades reajustables) diarias por cada día de inhabilitación del servicio.
H - El tiempo de respuesta deberá ser dentro de las 24 horas de efectuado el llamado.
I - Comunicar por escrito (tres vías, Dirección de Centro o Servicio, Departamento de Arquitectura y SSGG) los posibles desperfectos resultantes del desgaste de los elementos que entienda pertinente.
J - Las reparaciones programadas –es decir, no urgentes–, que impliquen la parada de los ascensores por más de 30 min, se realizarán fuera del horario de atención establecido con el Servicio y se coordinarán previamente con las autoridades del INAU.
Capítulo 14 - FORMA DE COTIZAR
El Prestador deberá considerar en su propuesta económica ofrecer servicio de mantenimiento electromecánico a los equipos completos detallados en los inmuebles indicados.
Se deberá cotizar en moneda nacional y se establecerá para ambos ítems detallados debajo todo lo que el Prestador considere necesario para el correcto funcionamiento y objeto del presente:
01 - Costo de Puesta a Punto Inicial por separado de cada ascensor.
02 - Costo por Servicio de Mantenimiento mensual preventivo de cada ascensor.
El Prestador deberá establecer con precisión en su oferta, los componentes necesarios para la ejecución y terminación del objeto licitado que correspondan a materiales, equipos, trabajos y/o instalaciones.
Todos los materiales e insumos, incluso los que se fabricaran en el exterior especialmente para este objeto, se cotizarán Plaza, entendiéndose por tal su precio puesto en obra, una vez que el Oferente hubiera cumplido con todas las obligaciones administrativas, económicas y financieras necesarias para la nacionalización de los mismos.
Capítulo 15 - COTIZACIÓN
Los Oferentes deberán cotizar obligatoriamente los trabajos ajustados en un todo de acuerdo a las Especificaciones Técnicas y Memoria Descriptiva contenidos en el presente pliego.
Sin perjuicio de ello los Oferentes podrán proponer variantes y/o suministros opcionales, los que se cotizarán en forma independiente.
Las ofertas estarán redactadas en idioma español, se presentarán identificadas, foliadas, diferenciando la “Oferta Técnica” y la “Oferta Económica”.
Deberá entregarse una versión magnética completa de los archivos en CD.
Oferta Técnica
Tanto las tareas de Puesta a Punto Inicial para cumplir con la Reglamentación Municipal Vigente como las tareas de Mantenimiento Integral Preventivo y Correctivo de los ascensores detallados deberán necesariamente incluir lo siguiente:
A - Descripción completa de los equipos, elementos, piezas y todo lo que se considere relevante para la ejecución de los servicios propuestos, con todas sus características técnicas.
En caso de incluirse folletos, los mismos deberán estar en idioma español, portugués o ingles.
En caso de que se propongan variaciones u opcionales, la descripción de los mismos deberán separarse con claridad del texto principal. El INAU entenderá que todo lo que no se separe expresamente como Adicional u Opcional, está incluido en el precio principal de la Oferta.
B - Especialmente se deberá incluir la Marca, Modelo y Procedencia de los equipos ofertados e indicar el desempeño real de los mismos en las condiciones establecidas.
C - Descripción completa del Servicio de Mantenimiento Integral que se propone prestar a partir de la Recepción Provisoria, enumerando con claridad los materiales, servicios, etc.
D - Establecer los plazos de ejecución generales y formular un cronograma detallado de las distintas etapas: proyecto, fabricación, llegada de materiales a obra y montajes. Cronograma completo con todas las fases de la obra hasta su recepción y comienzo del mantenimiento preventivo integral.
E - El Prestador no podrá modificar las marcas o nómina de sus proveedores sin la previa autorización del INAU. En caso de concederse la sustitución, los precios no podrán sufrir incrementos respecto de los originales. El Prestador tendrá un acuerdo a largo plazo con el fabricante, de modo de garantizar la disponibilidad de los repuestos durante por lo menos, el plazo que dure el contrato de mantenimiento.
F - Conjuntamente con la oferta, aportará información técnica que certifique todas las características de los equipos ofrecidos; no se admitirán ni enmiendas ni tachaduras en los documentos. Se proporcionará una descripción de todos los componentes del equipamiento suministrando entre otros datos: consumos eléctricos de arranque y régimen, potencia requerida para el accionamiento mediante grupo electrógeno, calorías a disipar en sala de máquinas y temperatura admisible, requerimientos de sobre y bajo recorridos, información completa acerca de la marca, procedencia y características técnicas de los distintos componentes, catálogos de los componentes principales, así como también de botoneras, indicadores, flechas de señalización y todo aquello que permita apreciar las características y la calidad de los equipos ofertados, etc.
Deberá incluirse cualquier otra información que a juicio del Oferente corresponda, a excepción de la información que se incluirá en la Oferta Económica.
Oferta Económica de Puesta a Punto Inicial según reglamentación Vigente
Deberá necesariamente incluir lo siguiente:
A - Deberán detallarse en forma pormenorizada todos los elementos y tareas considerados para alcanzar el objeto de ésta licitación indicando el monto de cada ítem en forma separada.
B - Los precios deberán ser expresados en moneda nacional sin impuestos incluidos. Se indicará además en forma independiente el monto imponible para el pago del monto imponible por rubro o subrubro si correspondiera.
Mantenimiento Integral Preventivo y Correctivo
Ídem la oferta económica de Puesta a Punto Inicial, incorporando además el precio mensual del servicio de mantenimiento preventivo integral del total de los equipos, indicando el precio de cada uno. Éste regirá a partir de la recepción definitiva de la puesta a punto de cada uno de ellos.
Capítulo 16 - ACLARACIONES
El INAU se reserva la facultad de rescindir el contrato de mantenimiento con el Prestador de Servicios en cualquier momento, en caso que éste incurra en incumplimientos procedimentales o de gravedad.
Dentro de la oferta estarán incluidos todos y cada uno de los trabajos necesarios para que los ascensores funcionen correctamente, incluyendo repuestos, partes o demás insumos necesarios a la función del equipo.
El INAU se reserva el derecho de adjudicar total o parcialmente y de anular la totalidad del llamado, según se estime conveniente a los intereses del Organismo.
Capítulo 17 – PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE MANTENIMIENTO
El Prestador del Servicio de mantenimiento realizará el mismo día de la visita un Remito con tres (3) vías, indicando las tareas realizadas en cada unidad, detallando su ubicación y servicio.
Cualquier intervención, programada o no, quedará estrictamente documentada en una boleta de servicio de tres vías, donde constará qué tarea se realizó, quién la realizó, en qué fecha y a qué hora, así como la conformidad, mediante la firma de un funcionario del INAU autorizado a tales efectos.
Se señalará claramente mediante cartelería que se están realizando trabajos en los ascensores, que impiden su normal funcionamiento.
Primera vía - El Prestador requerirá la firma y conformidad de la realización de las tareas a través de la Dirección o Encargado/a del Centro o Servicio, dejando una de las vías en el propio Centro o Servicio.
Segunda vía - El Prestador remitirá al Departamento de Arquitectura de INAU ubicado en la calle Xxxxx Xxxxxxxx 1424 la segunda vía firmada por la Dirección o Encargado/a del Centro.
Tercera vía - El Prestador presentará en la División Servicios Generales, ubicada en la calle Xxxxxxxxx Xxxxxx 1796, la tercera vía retirada del Departamento de Arquitectura (conformada) para la presentación de la factura correspondiente.
Capítulo 18 - CONTRATO DE SERVICIO
Obligaciones
1 - Asegurar el buen funcionamiento, reposición (piezas-repuestos-elementos defectuosos). 2 - Brindar asesoramiento e instrucción de uso.
3 - Presentar claro y detallado informe de mantenimiento de cada equipo y su rutina.
Documentación contractual complementaria.
Se considerará documentación complementaria del Contrato la que se indica a continuación:
1 - El Plan Definitivo de Trabajos aprobado por el INAU.
2 - Las instrucciones que por escrito imparta la Supervisión de Obras.
3 - Las actas que se labren a efectos de documentar cualquier circunstancia o hecho referido al mismo.
El Adjudicatario no podrá ceder el contrato en todo ni en parte ni asociarse con terceros para llevar a cabo la ejecución de las obras o parte de ellas, sin la previa y expresa autorización del INAU y de acuerdo con las condiciones que este fije.
Capítulo 19 - VIGENCIA DEL CONTRATO
El contrato de Servicio regirá por el término de 24 (veinticuatro) meses, con opción a prórroga por hasta igual período, si ninguna de las partes manifiesta expresamente voluntad contraria en tal sentido.
Capítulo 20 - NORMATIVA VIGENTE IMM
El Prestador, para el correcto cumplimiento del servicio de contratado, deberá acondicionar los equipos al marco regulatorio vigente: Decreto 34812, reglamentado por la Intendencia Municipal de Montevideo Res. 232/14.
Capítulo 21 - NORMAS RELATIVAS AL PERSONAL
El Prestador del Servicio estará obligado a cumplir estrictamente las normas de seguridad para el personal afectado a las tareas contratadas.
El Prestador tendrá a su exclusivo cargo, la relación de dependencia con el personal que se afecte a la prestación del servicio, y asume la total responsabilidad en lo referido a capacidad, competencia en su especialidad, idoneidad, buen trato con personal de INAU y público en general en número suficiente para que la ejecución de los trabajos sea regular. La contratación se realizará conforme a las leyes laborales vigentes, reglamentaciones existentes relacionadas con esta actividad y las que se dicten en lo sucesivo.
La incorporación, remuneración y obligaciones en materia de aportes sociales del personal deberá respetar las leyes, reglamentos y convenios laborales vigentes.
A efectos de la comparación de las ofertas y la posterior adjudicación se deberá indicar el monto imponible de mano de obra.
Si el Prestador por cualquier razón debiera trabajar en horas extras o en feriados no laborables deberá requerir autorización de la Supervisión de Obra con cuarenta y ocho (48) horas de anticipación, siendo de cargo del Prestador la totalidad de los gastos que esa determinación ocasionara.
El Prestador deberá estar disponible durante todo el transcurso de la obra, a efectos que pueda recibir órdenes e instrucciones de la Supervisión de Obra.
El Prestador mantendrá el orden, la disciplina y el respeto dentro xxx xxxxxxx de la obra, siendo el único responsable ante el INAU por el trabajo de los obreros propios como también de su comportamiento en obra.
Cuando se le solicite, el Prestador entregará a la Supervisión de Obra partes indicativos del personal ocupado en los trabajos, de acuerdo a las instrucciones que se le formulen.
El INAU se reserva el derecho de rechazar a aquéllos empleados y/o representantes del Prestador que a juicio del INAU tengan un comportamiento inapropiado.
Capítulo 22 - CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN VIGENTE
El Prestador deberá dar cumplimiento a las disposiciones legales, ordenanzas y reglamentos vigentes, que impliquen de alguna manera a las personas empleadas en los trabajos, a los equipos e instalaciones que utilice y a la forma de llevar a cabo la obra.
El INAU no tendrá responsabilidad alguna por cualquier reclamación o sanción a que diera lugar el Adjudicatario por violación de las leyes, ordenanzas o reglamentos.
El Prestador deberá obtener de las autoridades competentes todos los permisos y autorizaciones que sean necesarios para la ejecución de la Obra.
En particular, serán de su cuenta todas las gestiones y trámites necesarios ante autoridades nacionales y municipales, para solicitar inspecciones y habilitaciones de las instalaciones de toda la obra.
El Prestador deberá adoptar las medidas conducentes a preservar la higiene y seguridad en el trabajo y deberá ajustarse estrictamente a las disposiciones que sobre higiene y seguridad le haga llegar la Supervisión de Obra.
Las multas que aplique la autoridad administrativa competente motivadas por violación de esas normas, serán a su exclusivo cargo.
En caso de que la autoridad correspondiente paralice los trabajos con motivo de no haber dado cumplimiento a las normas de higiene y seguridad, el Prestador deberá soportar los daños y perjuicios que la paralización ocasione, sin que sea causal de prórroga de los plazos contractuales.
Capítulo 23 – TRABAJOS EN ALTURA
El personal del Prestador deberá contar con la habilitación correspondiente, los medios de seguridad y equipos necesarios para desarrollar las tareas específicas, según las normas aplicables en la materia. Asimismo el personal afectado a la realización de tareas con riesgo de caída libre en altura será de exclusiva responsabilidad del Prestador obtener las garantías con certificado médico del personal habilitándolo para desarrollar dicha función.
Capítulo 24 - RIESGO Y RESPONSABILIDAD POR DAÑOS A PERSONAS Y BIENES
Será de exclusivo cargo del Prestador de Servicios todo riesgo y responsabilidad derivada del contrato ya sea como consecuencia de daños
El Prestador será plenamente responsable desde la iniciación de los trabajos hasta la recepción definitiva de la obra, por todo daño causado a terceros, a la administración o a sus empleados, a los efectos transportados, a su propio personal, máquina o equipo, etc, así como por pérdidas o daños que ocurrieran en las obras, materiales o equipos empleados en la ejecución de las tareas.
El Prestador deberá responder por la promoción de cualquier litigio que sea consecuencia de algún daño a personas o bienes provocados por la ejecución de la obra.
Para cubrir tales daños o reclamaciones, además de cualquier procedimiento que autoricen las normas legales, el INAU podrá retener cualquier suma que adeude al Adjudicatario o garantía hasta que se dicte resolución definitiva en la acción legal correspondiente.
En caso de accidente en la obra que ocasione daños a personas o bienes, el Adjudicatario está obligado, sin perjuicio de los trámites legales pertinentes a presentar a la Supervisión de la Obra, dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes, un informe completo sobre el accidente, explicando alcance del daño, sus causas y las medidas preventivas a tomar para evitar su repetición.
Además el Prestador deberá reparar a su cargo los desperfectos que se produzcan en las obras construidas o reconstruidas, cuando sean imputables a deficiencias en la ejecución de los trabajos o al empleo de materiales de distinta calidad a los indicados en la Memoria Descriptiva y deberá mantenerlos en buen estado de conservación, mientras no sean recibidas definitivamente.
El INAU no será en ningún caso responsable por pérdidas o daños a cualesquiera de los bienes propios o alquilados del Prestador, o bienes de sus empleados, agentes, servidores, o dependientes, de cualquier tipo o naturaleza, incluyendo maquinarias, equipos, herramientas, encofrados, andamiaje, estructuras temporarias; incluso sus contenidos.
Capítulo 25 - PREVENCION DE DAÑOS A PERSONAS Y BIENES.
El Prestador deberá tomar todas las medidas necesarias y hará cumplir todas las normas y disposiciones para la ejecución segura de los trabajos a fin de evitar accidentes y limitar los daños a personas y bienes. Proveerá y conservará todas las luces, protecciones, cercas y vigilancia cuando y donde sean necesarias o exigidas por la Supervisión de Obra o por cualquier autoridad competente, para seguridad y conveniencia de las personas y para la protección de los bienes.
Sin perjuicio de su total responsabilidad, el Prestador deberá atender de inmediato las recomendaciones que la Supervisión de Obra le formule referente a medidas de seguridad y prevención de accidentes.
La Supervisión de Obra podrá ordenarle al Prestador que detenga las operaciones hasta tanto adopte medidas de prevención satisfactorias en aquellos lugares donde a su juicio las medidas de seguridad no sean suficientes; de lo contrario el INAU podrá realizar las instalaciones que crea necesarias, deduciendo su costo de cualquier suma que adeude al Prestador.
El Prestador será responsable de los daños dentro del predio y en las propiedades ajenas y bienes muebles durante los trabajos. Esto incluye, líneas telefónicas, eléctricas y canalizaciones de cualquier tipo y propiedades adyacentes a la obra.
Capítulo 26 - PATENTES Y PROCESOS PATENTADOS.
Serán de exclusivo cargo del Prestador toda suma que deba abonar por el uso de equipos, aparatos, materiales y procesos constructivos patentados o por el empleo de marcas de fábrica patentadas y registradas y por derechos reservados.
El Prestador se hará cargo de los daños y perjuicios que pudiera sufrir el INAU, por cualquier demanda o conflicto judicial o extrajudicial que le fuera iniciado por el uso indebido de alguna patente de invención o marca de fábrica o de comercio en algún suministro o en la ejecución de alguna parte de la obra.
Capítulo 27 - SEGUROS.
Cualesquiera sean las causas que los originen, el Prestador se hace responsable y toma a su cargo los riesgos, sin perjuicio de los seguros que se obliga a contratar por el presente, tanto para cubrir los accidentes de trabajo, responsabilidad civil por los mismos y por daños a terceros.
El Prestador contratará los seguros en una compañía aseguradora autorizada para operar en Uruguay de reconocida solvencia, y exhibirá las pólizas y recibos de pago, previamente a la iniciación de los trabajos o en cualquier otro momento en que ello le fuese requerido.
El Prestador deberá durante la realización de la obra, incluyendo cualquier trabajo extra relacionado con la misma así como el período de mantenimiento preventivo integral, mantener las siguientes coberturas de seguros:
a) Accidentes de Trabajo del Personal con el Banco de Seguros del Estado.
b) Todo Riesgo de Montaje, cubriendo el valor de obra (el cual comprende el valor del contrato de construcción/montaje más el importe de los materiales y/o servicios), incluyendo:
1. Una suma adicional para bienes existentes con un valor mínimo de U$S 500.000 (Dólares de los EE.UU. quinientos mil) o su equivalente en moneda nacional u otras monedas, y
2. Una suma para Responsabilidad Civil hacia terceros en forma amplia, cubriendo como mínimo la cantidad de U$S 500.000 (Dólares de los EE.UU. quinientos mil) o su equivalente en moneda nacional u otras monedas, como protección con toda clase de riesgos de daños o destrucción a la propiedad, lesiones, enfermedad o muerte resultante de las mismas, a personas, donde quiera que se encuentre, resultante de cualquier acto, omisión u operación del Prestador o en relación con la obra, o causados por sus empleados o dependientes, cualesquiera fuese la causa de estos daños.
Este seguro deberá incluir la responsabilidad civil emergente del uso de cualquier equipo o maquinarias, propias o ajenas, operadas por el Prestador, en relación con la obra y dentro del perímetro de la misma.
El cumplimiento por parte del Prestador de los requerimientos que anteceden en lo que respecta a la contratación de seguros, no relevará al Prestador de la responsabilidad y obligaciones impuestas a los mismos en otros artículos de este Pliego.
Capítulo 28 - CITACIONES, INTIMACIONES, NOTIFICACIONES
Las citaciones, intimaciones, notificaciones o circulares que curse la Supervisión de Obra o el INAU, podrán formularse por: fax, e-mail, telegrama colacionado, acta notarial, carta certificada u otro medio idóneo.
El Prestador o su Representante Técnico deberá presentarse al Supervisor de Obra, en el término de 2 (dos) días hábiles a partir de la fecha de recibida la citación.
Cuando el asunto requiera respuesta o cumplimiento de una orden impartida por el INAU, el Prestador dispondrá de un plazo máximo de 2 (dos) días hábiles de realizada la notificación o intimación, para la iniciación de los trabajos o concreción del trámite o respuesta que corresponda.
Sin desmedro de lo anterior, el INAU podrá fijar reuniones periódicas de coordinación, con obligación de asistencia para el Prestador, a efectos de evaluar la marcha de los trabajos.
En el caso que el Prestador no cumpla con cualquiera de los puntos establecidos en el presente ítem, será pasible de la aplicación de las multas correspondientes sin perjuicio de las sanciones que correspondieran por otros conceptos.
Capítulo 29 - REPRESENTANTE DEL PRESTADOR
El Prestador del Servicio, antes de comenzar la prestación, deberá designar un representante que tendrá a su cargo la comunicación con INAU y actuará como nexo entre el Prestador y el INAU para evacuar dudas o consultas que puedan plantearse en cualquier momento por cualquiera de los equipos que se atiendan. Cualquier cambio que se realice a dicha designación, deberá ser comunicado en forma inmediata por escrito a los Departamentos de Compras y Arquitectura de INAU en las direcciones y formatos establecidos (vía mail).
Representante | NOMBRE Y APELLIDO | ………………….. |
. | TELÉFONO MÓVIL | ………………….. |
. | TELÉFONO FIJO | ………………….. |
Capítulo 30 - GARANTÍA DE FUNCIONAMIENTO
Se indicará claramente el alcance de la garantía ofrecida, que será como mínimo de 4 (cuatro) años.
El Prestador será responsable por cualquier defecto que surgiera en cualquiera de los ascensores. La instalación deberá estar garantizada contra defectos de fabricación, fallas de funcionamiento de todos los elementos instalados, falta de mantenimiento o de la mala realización de dichas tareas por un período no inferior a dos años, que comenzará a regir a partir de la recepción definitiva. A su entero costo, deberá reparar y suministrar los repuestos que se hayan dañado, debiendo dejar el/los ascensores en condiciones de funcionamiento normal.
Capítulo 31 - PLAZO DE GARANTÍA
El plazo de garantía de correcta ejecución y funcionamiento de los trabajos recibidos provisionalmente, se extenderá desde la fecha del acta de Recepción respectiva que comprenderá todos los trabajos ejecutados y los suministros.
Durante esta etapa el Prestador deberá realizar de su cuenta y cargo las reparaciones, sustituciones y reconstrucciones que se originen por deficiente calidad de los materiales o de ejecución de los trabajos sin perjuicio que el INAU utilice los equipos para su fin específico, en resumen, todas las tareas a las que se compromete con el servicio de mantenimiento preventivo más toda otra tarea que no esté comprendida en éste y que entienda necesaria, pero sin costo alguno para el INAU.
Si producido, constatado y avisado el Prestador para que proceda a su arreglo y éste no realizara el trabajo, se le intimará su ejecución dentro de un plazo de 10 (diez) días hábiles mediante los procedimientos Institucionales establecidos.
Si vencido el plazo acordado en esa intimación el Prestador no se presentara a realizar los trabajos, el INAU quedará automáticamente autorizado a realizarlo por sí o por terceros y a cuenta del Prestador, sin necesidad de ningún otro trámite ni intimación judicial ni extrajudicial, cargándose al Prestador todos los gastos que el incumplimiento origine, sin que esto represente responsabilidad alguna para el INAU, ni pérdida de sus derechos a reclamar por daños y perjuicios o por cualquier otro concepto.
Si en el transcurso del plazo de garantía una parte cualquiera de la obra tuviera que ser reconstruida, modificada o sustituida en razón de vicios de construcción u otras causas imputables al Prestador, el INAU podrá extender el período de garantía para dicha parte de la obra hasta por un tiempo igual al transcurrido entre la recepción y la fecha en que se subsane la deficiencia, rigiendo para este nuevo lapso, todas las responsabilidades y obligaciones que emanen del Contrato.
Los trabajos de reparación se realizarán en horas en que no interfieran con la función específica de los inmuebles, para lo cual deberán pactarse horarios y condiciones especiales, debiendo al cabo de toda jornada efectuarse las tareas de limpieza de pisos, muebles, etc., que permitan su normal funcionamiento.
Capítulo 32 - CONSIDERACIONES GENERALES
Se entiende que el Prestador habrá estudiado exhaustivamente la documentación técnica y los equipos existentes, habrá realizado las consultas necesarias y habrá visitado los lugares de emplazamiento de las obras, por lo que tendrá una exacta apreciación de las características y detalles de los trabajos a realizar.
La sola presentación de la oferta implica que el oferente acepta todas y cada una de las obligaciones que impone este pliego.
El Prestador es responsable de la correcta interpretación de las especificaciones para la ejecución de la obra y responderá de los daños, defectos u errores que pudieran producirse durante la realización y conservación de la misma hasta la Recepción Definitiva.
Cualquier deficiencia u error que comprobara en el proyecto, ya fuere en los planos, especificaciones, o en los equipos y/o elementos provistos por el INAU si existieran, deberá comunicarlo a la Supervisión de la Obra por escrito antes de iniciar los trabajos, a los efectos que correspondan.
Capítulo 33 - RECEPCIÓN DE OBRA
Cuando el Prestador haya dado término a los trabajos de suministro y montaje de cada uno de los equipos licitados de conformidad con los documentos del Contrato y haya obtenido la habilitación provisoria de la I.M.M., solicitará a la Supervisión de Obra la Recepción de los trabajos realizados.
La Inspección para la Recepción se verificará en presencia del Representante Técnico del Prestador, controlándose los exámenes, ensayos y pruebas previstos en este pliego.
Si realizada la inspección se comprobara que las obras han sido ejecutadas de acuerdo con las condiciones contractuales, se procederá a la Recepción extendiéndose el acta respectiva, la cual será firmada por las partes.
Si en la inspección se constataran faltas o defectos en las obras, el Prestador deberá subsanarlos siguiendo las obligaciones indicadas en los Planos y Especificaciones Técnicas e instrucciones que imparta la Supervisión de Obra, fijándose en el acta respectiva el plazo de que dispondrá el Prestador para la ejecución de las reparaciones ordenadas, plazo que no podrá exceder de 30 (treinta) días.
Subsanados los defectos y las faltas a satisfacción de la Supervisión de Obra, se procederá a la Recepción de la Obra.