Definición de Agente Estructurador

Agente Estructurador. Agente Estructurador, S.C., quien asistió al Fideicomitente y al Emisor en la estructuración del Programa, incluyendo sin limitar, asistencia en la determinación de los flujos, cuentas y reservas, así como la revisión de los flujos derivados de los Derechos al Cobro, sugerencias para la mejor operación de los Fondos y Reservas y la asistencia en la implementación de requisitos operativos. Fideicomisario en Primer Lugar del Fideicomiso Emisor: Fideicomisario en Segundo Lugar del Fideicomiso Emisor: Administrador Maestro: Tecnología en Cuentas por Cobrar, S.A.P.I. de C.V., en carácter de prestador de servicios de los Derechos al Cobro, conforme a lo que se establece en el Contrato de Administración. Clave de Pizarra: CLEASCB. Tipo de Oferta: Oferta Publica Primaria Nacional.
Agente Estructurador. Significa Agente Estructurador, S.C. Aportación Inicial Tendrá el significado que se le atribuye en la Cláusula 2.1 del Contrato de
Agente Estructurador significa Barclays Bank México, S.A., Institucion de Banca Multiple, Grupo Financiero Barclays México.

Examples of Agente Estructurador in a sentence

  • BG Trust, Inc., el Fiduciario de esta Emisión, es subsidiaria 100% de propiedad de BG Investment Co., Inc., quien a su vez es subsidiaria en un 100% de Banco General, que actúa como Agente Estructurador, Suscriptor y Agente de la Emisión.

  • Los auditores externos del Emisor y el Asesor Legal no tienen relación accionaria, ni han sido ni son empleados del Emisor, ni de los Corredores de Valores, ni del Agente, ni del Agente Estructurador.

  • Xxxxxxx xx Xxxxxxx y Xxxxxxxx Xxxxxx son Directores y Directores Suplentes de la Bolsa de Valores de Panamá, S.A. y ejecutivos de Banco General, Agente Estructurador, Suscriptor y Agente de Pago, Registro y Transferencia de la presente Emisión.

  • La firma de abogados Xxxxx, Xxxxxxx & Xxxxxxx ha actuado como asesores legales del Agente Estructurador en relación a la Emisión.

  • Clear Leasing, S.A. de C.V. Agente Estructurador, S.C., quien asistió al Fideicomitente y al Emisor en la estructuración del Programa, incluyendo sin limitar, asistencia en la determinación de los flujos, cuentas y reservas.

  • De las entidades involucradas en el proceso de la oferta pública de valores, objeto de esta emisión, MMG Bank Corporation, además de ser el Agente Estructurador de la presente emisión, también fungirá como Agente de Pago, Registro y Transferencia, Agente Colocador y Fiduciario.

  • Este Prospecto de Información no constituye por sí sólo una oferta ni una invitación por o a nombre del Emisor, el Agente Estructurador, el Asesor Legal o los Agentes Colocadores, a suscribir o comprar cualquiera de los Títulos sobre los que trata el mismo.

  • Emisor: El Emisor de los Valores del presente Programa de Emisiones es Telefónica Celular de Bolivia S.A. (TELECEL S.A.); que en adelante será identificada indistintamente como la Sociedad, el Emisor o TELECEL S.A. Agente Estructurador: BISA S.A. Agencia de Bolsa.

  • Del mismo modo, la firma de abogados Xxxxxx & Xxxxxx son los abogados que presentarán la solicitud de registro de la presente emisión y los mismos forman parte del Grupo Económico de MMG Bank Corporation, quienes actúan como Agente Estructurador, Agente de Pago, Registro y Transferencia, Agente Colocador y Fiduciario.

  • El Agente Estructurador y los Agentes Colocadores tienen un interés económico directo que depende de la colocación de los Títulos, de acuerdo con los términos del contrato de prestación de servicios de asesoría financiera suscrito entre el Originador y Corficolombiana S.A. y el contrato de colocación de los Títulos suscrito entre el Originador y los Agentes Colocadores.


More Definitions of Agente Estructurador

Agente Estructurador significa Xxxx Financial, S.C. (Blink Capital Solutions), en su carácter de estructurador del Programa y de las Emisiones que se realicen al amparo del mismo.
Agente Estructurador. Significa el agente estructurador de la Oferta Global, Evercore Partners México, S. de R.L. Significa la asamblea de Tenedores en términos de la LMV y de la LGTOC.
Agente Estructurador significa Finacity, en caracter de agente estructurador.
Agente Estructurador. Significa Crecimiento Programado, S.A. de C.V.

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  • Año del Buen Servicio al Ciudadano ANEXO Nº 4

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Comprador significa la entidad que compra los Bienes y Servicios Conexos, según se indica en las CEC.

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Dieciocho de noviembre de dos mil dieciséis (18/11/2016).

  • Financiamiento significa los fondos que el Banco conviene en poner a disposición del Prestatario para contribuir a la realización del Proyecto.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos. Tipo y Clases: El Fideicomiso constará de VDF y CP.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Vendedor tiene el significado que se le asigna en el encabezamiento del presente Contrato.

  • Tercero significa cualquier persona o firma que no sea el Gobierno, el Contratante, el Consultor o un Subconsultor.

  • Precio del Contrato significa el precio pagadero al Proveedor según se especifica en el Convenio de Contrato, sujeto a las condiciones y ajustes allí estipulados o deducciones propuestas, según corresponda en virtud del Contrato.

  • Contrato Documento suscrito entre la institución y el Adjudicatario elaborado de conformidad con los requerimientos establecidos en el Pliego de Condiciones Específicas y en la Ley.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • LA ASEGURADORA tendrá la facultad de suspender temporalmente la excepción a que se refiere el primer párrafo del presente inciso, en caso de que determine que: La suspensión temporal a que se refiere el párrafo anterior, se notificará por escrito a “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” y durará hasta en tanto dicho “INTERMEDIARIO FINANCIERO” compruebe, a plena satisfacción de “LA ASEGURADORA”, la corrección de que se trate. Lo anterior, en el entendido de que “LA ASEGURADORA” tendrá la facultad de suspender definitivamente dicha excepción, dependiendo del riesgo que implique la falta o modificación respectiva. La expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y de la Póliza de SCV, se sujetará a los términos y condiciones previstos en este Contrato, y en caso de que su contenido, no concordará con la Oferta de Seguro, “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los 30 (treinta) días naturales que sigan al día en que reciba los citados documentos, transcurrido ese plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de los mismos o sus modificaciones. Lo anterior congruentemente con lo previsto en el artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro que establece: “Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones”. El Seguro será efectivo a partir de la fecha de expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y/o de la Póliza de SCV y obligará a “LA ASEGURADORA” al pago de la Cobertura del Seguro en términos de este Contrato, siempre y cuando no ocurra cualquiera de los eventos establecidos en el subinciso a.2.b) de la Cláusula Tercera del presente Contrato, así como en las Cláusulas Décima y Décima Primera de este Contrato. Para el caso de la originación con Oferta de Seguro posterior al otorgamiento del crédito a que se refiere el inciso a.2) de esta Cláusula, si “LA ASEGURADORA” no emite ni entrega a “EL BENEFICIARIO” la Póliza de SCV dentro del plazo previsto en el mismo, el crédito que corresponda contará con el Seguro desde el momento que haya vencido dicho plazo, por lo que el Certificado Provisional de Póliza de SCV junto con el comprobante del primer pago de la Prima, hará las veces de la Póliza de SCV.

  • Impuestos significa todos y cada uno de los impuestos, ya sean federales, estatales, locales u otros impuestos relacionados con la Transacción o con el Importe de la Transacción, y los costos incurridos en relación con dichos impuestos, incluidos, sin limitación, los honorarios y gastos de abogados y contables especializados en impuestos.

  • Vigencia Es la duración de la Póliza, la cual está estipulada en la carátula de la Póliza.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Contratante “Entidad Contratante”, es la entidad pública que ha tramitado el procedimiento del cual surge o se deriva el presente contrato.

  • Condiciones Generales Conjunto de cláusulas o estipulaciones básicas establecidas por la COMPAÑIA para regir los contratos pertenecientes a un mismo ramo o modalidad de seguro. Su aplicación puede ser modificada por otras cláusulas contractuales incluidas en la póliza del seguro.

  • FECHA DE FIRMA: HASH DEL CERTIFICADO Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento xx Xxxxxx - xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx - Código Seguro de Verificación: 45071IDDOC281D9BF8A4D5404408A

  • Documentos del Contrato significa los documentos enumerados en el Convenio de Contrato, incluyendo cualquier enmienda.

  • Periodo de Carencia Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • Duración del contrato Inicio 02 de diciembre del 2019 Término: 31 de diciembre del 2019 (renovable según presupuesto y desempeño). Remuneración mensual S/. 4,500.00 (Cuatro mil quinientos y 00/100 Soles).

  • Valor asegurado La Garantía de Seriedad deberá ser equivalente al 10% del valor total del presupuesto del proyecto.

  • Asegurador La persona jurídica que, a cambio del cobro de la prima, asume el riesgo contractualmente pactado.