Definición de Beneficiario del Seguro

Beneficiario del Seguro. El presente contrato de seguro atribuye el derecho a la indemnización directamente al Tercero dañado, quien se considera como su beneficiario, desde el momento del siniestro.
Beneficiario del Seguro. El presente Contrato de Seguro atribuye el derecho a Indemnización directamente al Tercero dañado, quien se considerará como su Beneficiario desde el momento del siniestro.
Beneficiario del Seguro. El presente contrato de seguro atribuye el derecho a la indemnización directamente a “EL TERCERO AFECTADO”, quien se considerará como beneficiario desde el momento del siniestro.

Examples of Beneficiario del Seguro in a sentence

  • Al existir desacuerdo entre el Asegurado o el Beneficiario del Seguro y la Aseguradora acerca del monto de cualquier pérdida o Daño, la cuestión será sometida a dictamen de un perito nombrado de común acuerdo, por escrito y por ambas partes; pero, si no existe acuerdo en el nombramiento de un perito único, se designarán dos, uno por cada parte, lo cual se hará en un plazo xx xxxx días contados a partir de la fecha en que una de ellas sea requerida por la otra por escrito para que lo designe.

  • De no haberse declarado un Beneficiario del Seguro, se deberá efectuar la devolución a favor de los herederos legales del Asegurado Titular.

  • Al existir desacuerdo entre la Institución y el Asegurado o Beneficiario del Seguro acerca del monto de cualquier pérdida o Daño, la cuestión será sometida a dictamen de un perito nombrado de común acuerdo, por escrito y por ambas partes; pero, si no existe acuerdo en el nombramiento de un perito único, se designarán dos, uno por cada parte, lo cual se hará en un plazo xx xxxx días contados a partir de la fecha en que una de ellas sea requerida por la otra por escrito para que lo designe.

  • Las comunicaciones a la Entidad Aseguradora por parte del Tomador, del Asegurado o del Beneficiario del Seguro se realizarán en el domicilio social de aquélla señalado en las Condiciones Particulares.

  • La Compañía se obliga a notificar al Asegurado y a sus Beneficiarios, según corresponda, cualquier decisión que tenga por objeto rescindir o nulificar el contrato de Xxxxxx, a fin de que estén en posibilidad de hacer valer las acciones conducentes a la salvaguarda de sus intereses y, entre otras, pueda ejercer su derecho a que la Compañía pague al Tomador, quien es el acreditante Beneficiario del Seguro, el importe del Saldo Insoluto de la Deuda.

  • El Beneficiario del Seguro no podrá hacer valer a su favor más derechos que los que le corresponden al propio Asegurado y hasta la ocurrencia de la cantidad adeudada al Beneficiario De existir un saldo restante, este será pagadero a favor del xxxxxxxxx.Xx Aseguradora retendrá su derecho a oponer frente al Beneficiario cualquier excepción que tuviera frente al Asegurado.

  • Al existir desacuerdo entre el Asegurado o el Beneficiario del Seguro y la Compañía acerca del monto de cualquier pérdida o Daño, la cuestión será sometida a dictamen de un perito nombrado de común acuerdo, por escrito y por ambas partes; pero, si no existe acuerdo en el nombramiento de un perito único, se designarán dos, uno por cada parte, lo cual se hará en un plazo xx xxxx días contados a partir de la fecha en que una de ellas sea requerida por la otra por escrito para que lo designe.

  • En caso de que las acciones fueran ejercidas por el Tomador, Asegurado o Beneficiario del Seguro, será juez competente el de sus respectivos domicilios, siendo nulo cualquier pacto en contrario.

  • Beneficiario del Seguro.- El presente contrato de seguro atribuye el derecho a la indemnización directamente al Tercero dañado, quien se considera como su beneficiario, desde el momento del siniestro.

  • El Beneficiario del Seguro podrá cumplir las obligaciones que por la presente Xxxxxx se establecen a cargo del Asegurado, con plenos efectos frente a la Aseguradora.


More Definitions of Beneficiario del Seguro

Beneficiario del Seguro. El presente contrato de seguro atribuye el derecho a la indemnización directamente al tercero dañado, quien se considera como su beneficiario, desde el momento del siniestro. Reembolso. Si el tercero es indemnizado en todo o en parte por “EL ASEGURADO”, éste será reembolsado por “LA ASEGURADORA”. Subrogación. “LA ASEGURADORA” se subrogará, hasta por el importe de la cantidad pagada, en todos los derechos contra terceros que, por causa del daño indemnizado correspondan a “EL ASEGURADO”; sin embargo, cuando se trate de actos cometidos por personas de las que fuere legalmente responsable “EL ASEGURADO”, por considerarse, para estos efectos, también como asegurados, no habrá subrogación. Si el daño fuera indemnizado sólo en parte, “EL ASEGURADO” y “LA ASEGURADORA” concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción que corresponda. “LA ASEGURADORA” podrá liberarse en todo o en parte de sus obligaciones, si la subrogación es impedida por “EL ASEGURADO”.
Beneficiario del Seguro. El Tomador del seguro, así como la Real Sociedad de San Xxxxxxxxx S.A.D. , exclusivamente en lo relativo a la cobertura prestada por la Sección II de esta póliza.
Beneficiario del Seguro persona designada en el contrato de seguro para percibir la indemnización de la Aseguradora en caso de ocurrencia de un siniestro cubierto.
Beneficiario del Seguro. Cualquier tercer perjudicado incluido la institución.
Beneficiario del Seguro. Esta Póliza atribuye el derecho de indemnización directamente al tercero dañado, quién se considerará como su beneficiario desde el momento del siniestro. Si el tercero afectado es indemnizado en todo o en parte por el Asegurado, previo consentimiento de esta Aseguradora, el Asegurado será reembolsado proporcionalmente conforme corresponda.
Beneficiario del Seguro. Responsable de reparar el Daño Ambiental ocurrido y/o tercero dañado o legitimado a reclamar la eventualidad prevista en el Contrato del Seguro con fundamento en el Código Civil Federal, artículo 147 de la Ley Sobre el Contrato del Seguro y aquél señalado en la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental

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  • Beneficiarios El Conductor y/o los ocupantes del Automóvil/Pick-up de uso personal.

  • Beneficiario Es la persona física o moral que al momento de un siniestro que amerite indemnización, según lo establecido en la póliza, tiene derecho al pago o servicio correspondiente.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Seguro Es el contrato por el cual el asegurador se obliga a indemnizar un daño o a cumplir la prestación convenida, al producirse la eventualidad prevista y el asegurado o tomador a pagar la prima.

  • LA ASEGURADORA Es la Positiva Vida Seguros y Reaseguros que emite la presente póliza, asume los riegos derivados y otorga las prestaciones según lo pactado.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Valor asegurado La Garantía de Seriedad deberá ser equivalente al 10% del valor total del presupuesto del proyecto.

  • Empresa significa cualquier entidad constituida u organizada conforme a la legislación aplicable, tenga o no fines de lucro y sea de propiedad privada o gubernamental, incluidas cualesquier sociedad, fideicomiso, participación, empresa de propietario único, coinversión (joint venture) u otra asociación;

  • Beneficiario Preferente Es la persona física o moral que, previo acuerdo con la Compañía y a solicitud del Contratante, tiene derecho al servicio o pago que corresponda a los riesgos de Robo Total o Pérdida Total hasta por el importe de la suma asegurada sobre cualquier otra persona. Para que el Beneficiario preferente tenga derecho a exigir los beneficios contratados, su nombre o razón social deberá precisarse en un endoso, mismo que forma parte integrante de la póliza.

  • Año del Buen Servicio al Ciudadano ANEXO N° 10

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Veintitrés de junio de dos mil dieciséis (23/06/2016).

  • Tomador del Seguro La persona física o jurídica que con el Asegurador suscribe este contrato, y a la que corresponden las obligaciones que del mismo deriven, salvo las que por su naturaleza deban ser cumplidas por el Asegurado.

  • Vehículo Asegurado la unidad automotriz descrita en la carátula de la póliza, incluyendo las partes o accesorios con que el fabricante adapta originalmente cada modelo y tipo específico que presenta al mercado.

  • Comité de Compras y Contrataciones Órgano Administrativo de carácter permanente responsable de la designación de los peritos que elaborarán las especificaciones técnicas del bien a adquirir y del servicio u obra a contratar, la aprobación de los Pliegos de Condiciones Específicas, del Procedimiento de Selección y el dictamen emitido por los peritos designados para evaluar ofertas.

  • Asegurado La persona física o jurídica, titular del interés objeto del seguro y que, en defecto del tomador asume las obligaciones derivadas del contrato.

  • Equipamiento Planos de detalle.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos.

  • Estado Estado Dominicano.

  • PARAGRAFO SEGUNDO En el evento de que el presunto incumplimiento se evidencie con posterioridad al vencimiento del plazo de ejecución, se suspenderán los plazos para su liquidación hasta tanto se agote el procedimiento previsto en la cláusula décima sexta del presente contrato.

  • Tarjetahabiente El titular y codeudores de una Cuenta de Tarjeta.

  • Asegurador La persona jurídica que, a cambio del cobro de la prima, asume el riesgo contractualmente pactado.

  • Aseguradora Se refiere x Xxxxx Seguros México, S.A.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Salvamento Es el valor que técnicamente se establece a la parte no destruida y aprovechable de un bien después de la ocurrencia de un evento.

  • Contrato Documento suscrito entre la institución y el Adjudicatario elaborado de conformidad con los requerimientos establecidos en el Pliego de Condiciones Específicas y en la Ley.

  • Aprovechamiento Actividad complementaria del servicio público de aseo que comprende la recolección de residuos aprovechables, el transporte selectivo hasta la estación de clasificación y aprovechamiento o hasta la planta de aprovechamiento, así como su clasificación y pesaje por parte de la persona prestadora.