Definición de Capacidad Contratada

Capacidad Contratada. Corresponde a la capacidad de transporte requerida por el Remitente y convenida con el Transportador para transportar una cantidad de GLP expresada en Kilogramos, y que el Transportador se obliga a tener disponible dentro de un Periodo de Nominación en el Sistema de Transporte, en los términos y condiciones del presente Contrato. Para los efectos del presente Contrato, la Capacidad Contratada será la establecida en el numeral 3 de la Carátula.
Capacidad Contratada significa el volumen (medido en m3/d) de la Capacidad Incremental que OLDELVAL adjudique conforme este Pliego de Bases y Condiciones y el Oferente reserve en condición firme en los términos del Contrato de Transporte de Capacidad en Firme.
Capacidad Contratada. La máxima cantidad de gas especificada en el Contrato correspondiente que el Transportista se obliga a estar en condiciones de transportar diariamente para el Cargador desde una zona (o sub-zona) o Puntos de Recepción específicos hasta una zona (o sub-zona) de entrega específica o hasta un punto o puntos de entrega específicos.

Examples of Capacidad Contratada in a sentence

  • Que cuenta con la capacidad para transportar la Capacidad Contratada.

  • El REMITENTE no podrá nominar una cantidad de energía mayor a la equivalencia energética de su Capacidad Contratada, la cual será calculada tomando el Poder Calorífico del Punto de Inicio de Servicio estipulado en este Contrato, el cual publicará el TRANSPORTADOR diariamente y antes del inicio del ciclo de nominación en su BEO.

  • El objeto del presente Contrato consiste en la prestación del Transporte de GLP respecto de la Capacidad Contratada por parte del Transportador bajo Modalidad en Firme, a través del Sistema de Transporte entre el Punto de Recibo del Transportador y los Puntos de Entrega del Transportador y a cambio del pago de los Cargos por parte del Remitente de acuerdo con los términos y condiciones señalados en el presente Contrato.

  • Para un Mes de Operación, significa la porción de la Capacidad Contratada del Remitente y/o capacidad del propietario que los remitentes o propietarios estén dispuestos a ceder en el Mercado Secundario en los términos previstos en la regulación vigente, en el presente Contrato y en el Manual del Transportador.

  • PARTICULARES‌ SERVICIO DE TRANSPORTE EN FIRME Tramo Punto De Entrada Punto De Salida Punto De Inicio Del Servicio Punto De Terminación Del Servicio Precio de Adjudicación Presion (Psig) Fecha De Inicio Del Servicio Fecha De Finalización Del Servicio Capacidad Contratada Nota: a) Para la interpretación de las tarifas las cifras decimales se separan con comas y las cifras de miles con punto.

  • Que el Remitente solicitó al Transportador el Transporte de GLP hasta por la Capacidad Contratada a través del Sistema de Transporte, entre el Punto de Recibo del Transportador y los Puntos de Entrega del Transportador, en la modalidad de transporte en firme para el periodo comprendido entre el XX de XXXXX de XXXX y el XX de XXXXX de XXXX ambas fechas inclusive.

  • Cenit se obliga dentro de los términos y condiciones establecidos en este Contrato y sus anexos, a transportar Crudos del Remitente entregados a Cenit, desde el Punto de Entrada hasta el Punto de Salida, hasta por la Capacidad Contratada del Remitente (según se define más adelante).

  • Para los efectos del presente Contrato, la Capacidad Contratada será la establecida en el Numeral VI de la Carátula del Contrato.

  • Se entiende que existe prestación del Servicio siempre que EL TRANSPORTADOR mantenga la disponibilidad del Sistema de Transporte para efectos de transportar la Capacidad Contratada, con independencia de la Cantidad de Energía Nominada o de la Cantidad de Energía Entregada o de la Cantidad de Energía Tomada.

  • Si el Gas no es entregado en el Punto de Entrada a la presión mínima de 1.200 psig, EL REMITENTE PRIMARIO no podrá alegar lo anterior como un evento de Fuerza Mayor, Caso Fortuito, Causa Extraña o Evento Eximente de Responsabilidad y deberá proceder al pago de la Capacidad Contratada Total, conforme se establece en la Cláusula 5 del Contrato de Transporte.


More Definitions of Capacidad Contratada

Capacidad Contratada. Capacidad de un sistema o subsistema de transporte, que un Transportador ha comprometido para el transporte de productos por medio de un Contrato de Transporte para un período determinado, expresada en miles de Barriles por Día Calendario (KBDC) o Barriles por Día Calendario (BPDC), o Barriles por mes. De acuerdo con las modalidades de contratación establecidas por Cenit, descritas a continuación: en firme, interrumpible y spot, teniendo cada una un nivel de prioridad diferente en el proceso de asignación de la capacidad de transporte. Para los efectos del presente Contrato, la Capacidad Contratada será la establecida en el numeral 9 de la Carátula.
Capacidad Contratada. Significa la capacidad que se ha comprometido por medio de un contrato de transporte para un periodo determinado, entre el Transportador y los Remitentes.
Capacidad Contratada significa, para el Remitente [ ] Barriles promedio día base mensual para el Segmento 1, [ ] Barriles promedio día base mensual para el Segmento 2 y [ ] Barriles promedio día base mensual para el Segmento 3 [se completará según la Capacidad Contratada y los Segmentos para los cuales se haya contratado capacidad] y para el Terminal Coveñas tendrá derecho a los retiros que programe el Transportador de conformidad con el Reglamento de Condiciones Técnicas de Operación del Terminal Coveñas y el Anexo C del presente Contrato, salvo en la medida en que por cualquier sucesión o cesión permitida por el Contrato la Capacidad Contratada varíe. “Capacidad Efectiva” tendrá el significado que se le asigna en el Manual del Transportador. Para efectos del cálculo de la Capacidad Contratada, la Capacidad Efectiva será aquella que se determina en el Anexo B.

Related to Capacidad Contratada

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Contratante “Entidad Contratante”, es la entidad pública que ha tramitado el procedimiento del cual surge o se deriva el presente contrato.

  • Comprador significa la entidad que compra los Bienes y Servicios Conexos, según se indica en las CEC.

  • Contrato Documento suscrito entre la institución y el Adjudicatario elaborado de conformidad con los requerimientos establecidos en el Pliego de Condiciones Específicas y en la Ley.

  • Equipamiento Analizadores automáticos con identificación positiva de las muestras mediante de códigos xx xxxxxx.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Disponibilidad Se entiende como tener acceso al servicio contratado en el momento en que el usuario lo demande.

  • Objetivo Anotar los aspectos técnicos requeridos por la Secretaría y que serán la Propuesta Técnica que presente el licitante en el Acto de Presentación de Proposiciones Técnicas y Económicas y Apertura de Proposiciones Técnicas, de esta licitación.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Impuestos significa todos y cada uno de los impuestos, ya sean federales, estatales, locales u otros impuestos relacionados con la Transacción o con el Importe de la Transacción, y los costos incurridos en relación con dichos impuestos, incluidos, sin limitación, los honorarios y gastos de abogados y contables especializados en impuestos.

  • Financiamiento significa los fondos que el Banco conviene en poner a disposición del Prestatario para contribuir a la realización del Proyecto.

  • Desistimiento Renuncia expresa o tácita por voluntad del proponente adjudicado, de formalizar la contratación, que no es consecuencia de causas de fuerza mayor y/o caso fortuito.

  • Objeto Es objeto de la concesión que el Concesionario se encargue de las siguientes obligaciones: a) construcción de las Obras Nuevas que corresponden a la Tercera Etapa del proyecto Chavimochic; b) operación y mantenimiento de las Obras Nuevas y de las Obras Existentes; y c) prestación del servicio de suministro de agua a los usuarios del proyecto. Tales obligaciones se ejecutarán conforme a los lineamientos contenidos en los presentes Términos de Referencia, considerando para tal efecto la delimitación de dos Fases de realización paralela, cuya descripción se detalla a continuación: Diseño y construcción de las Obras Nuevas de la Primera Fase conformadas por la Presa Palo Redondo y sus obras auxiliares, y del primer tramo del Canal Madre Tramo Moche-Chicama-Urricape. Las inversiones en las obras de la Primera Fase se financian íntegramente con el Cofinanciamiento del Estado. En el Periodo de Operación, comprende las actividades de operación y mantenimiento de las indicadas Obras Nuevas de la Primera Fase. Diseño y construcción de las Obras Nuevas de la Segunda Fase conformadas por: i) la Tercera línea xx xxxxx del Río Virú; ii) el tramo principal de las obras de la prolongación del Canal Madre Tramo Moche-Chicama-Urricape; iii) el sistema de conducción lateral para el sector Urricape por debajo del Canal Madre; iv) la remodelación integral del sistema xx xxxxx del Canal Madre tramo Chao-Virú-Moche; y v) la instalación del sistema de control, medición y automatización con cobertura integral para toda la infraestructura hidráulica mayor del Proyecto Chavimochic. Las inversiones en las obras de la Segunda Fase serán financiadas íntegramente con el aporte del Concesionario. Actividades de operación y mantenimiento de las indicadas Obras Nuevas de la Segunda Fase; Operación y mantenimiento de las Obras Mayores de Infraestructura Hidráulica, construidas como parte de la Primera y Segunda Etapa del proyecto; con excepción del sistema de conducción secundaria, conformado por los canales laterales del Proyecto, actualmente operados por las respectivas juntas de usuarios. Prestación del servicio de suministro de agua xx xxxxx desde el Canal Madre a los diferentes tipos de usuarios agrícolas del Proyecto, según se detalla en los presentes Términos de Referencia. Prestación del servicio de suministro de agua de uso poblacional a la planta de tratamiento de agua potable de propiedad del Proyecto Especial Chavimochic, para el abastecimiento de la ciudad xx Xxxxxxxx. Entrega de agua en bloque al Proyecto Especial Chavimochic para su distribución a través xx xxxxx comunes a las Juntas de Usuarios de los xxxxxx xx Xxxx, Virú, Moche y Chicama, de acuerdo con el volumen anual, puntos y régimen de entrega determinados por el Proyecto Especial Chavimochic en coordinación con la Autoridad Nacional del Agua, salvo la atención directa, a través xx xxxxx específicas, a usuarios individuales de estos xxxxxx desde el Canal Madre, en cuyos casos el Concesionario y tales usuarios suscribirán los contratos de servicio respectivos. Prestación del servicio de suministro de agua para fines de generación hidroeléctrica a las centrales hidroeléctricas: de Virú (en actual operación), de Cola del embalse Palo Redondo, y de Pie xx Xxxxx (cuando inicien su operación), considerando que este servicio, en todos los casos, estará subordinado al régimen de despacho de agua para fines poblacionales y xx xxxxx. El régimen de despacho de agua que se defina para cumplir con los compromisos aludidos considerará el siguiente orden de prelación: a) Cobertura de la demanda poblacional; b) Cobertura de la demanda de uso agrícola, c) Cobertura de las demandas de uso hidroeléctrico.

  • Precio del Contrato significa el precio pagadero al Proveedor según se especifica en el Convenio de Contrato, sujeto a las condiciones y ajustes allí estipulados o deducciones propuestas, según corresponda en virtud del Contrato.

  • Vigencia Es la duración de la Póliza, la cual está estipulada en la carátula de la Póliza.

  • Operador Persona física o jurídica, pública o privada, que explota redes de telecomunicaciones con la debida concesión o autorización para la prestación de servicios de telecomunicaciones disponibles al público en general.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Unidad Unidad (U.).

  • Entrega significa la transferencia de los bienes del Proveedor al Contratante de acuerdo con los términos y condiciones dispuestos en el Contrato.----------------------

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos. Tipo y Clases: El Fideicomiso constará de VDF y CP.

  • Vendedor tiene el significado que se le asigna en el encabezamiento del presente Contrato.

  • Periodo de Carencia Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.

  • LA ASEGURADORA tendrá la facultad de suspender temporalmente la excepción a que se refiere el primer párrafo del presente inciso, en caso de que determine que: La suspensión temporal a que se refiere el párrafo anterior, se notificará por escrito a “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” y durará hasta en tanto dicho “INTERMEDIARIO FINANCIERO” compruebe, a plena satisfacción de “LA ASEGURADORA”, la corrección de que se trate. Lo anterior, en el entendido de que “LA ASEGURADORA” tendrá la facultad de suspender definitivamente dicha excepción, dependiendo del riesgo que implique la falta o modificación respectiva. La expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y de la Póliza de SCV, se sujetará a los términos y condiciones previstos en este Contrato, y en caso de que su contenido, no concordará con la Oferta de Seguro, “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los 30 (treinta) días naturales que sigan al día en que reciba los citados documentos, transcurrido ese plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de los mismos o sus modificaciones. Lo anterior congruentemente con lo previsto en el artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro que establece: “Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones”. El Seguro será efectivo a partir de la fecha de expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y/o de la Póliza de SCV y obligará a “LA ASEGURADORA” al pago de la Cobertura del Seguro en términos de este Contrato, siempre y cuando no ocurra cualquiera de los eventos establecidos en el subinciso a.2.b) de la Cláusula Tercera del presente Contrato, así como en las Cláusulas Décima y Décima Primera de este Contrato. Para el caso de la originación con Oferta de Seguro posterior al otorgamiento del crédito a que se refiere el inciso a.2) de esta Cláusula, si “LA ASEGURADORA” no emite ni entrega a “EL BENEFICIARIO” la Póliza de SCV dentro del plazo previsto en el mismo, el crédito que corresponda contará con el Seguro desde el momento que haya vencido dicho plazo, por lo que el Certificado Provisional de Póliza de SCV junto con el comprobante del primer pago de la Prima, hará las veces de la Póliza de SCV.

  • Salvamento Es el valor que técnicamente se establece a la parte no destruida y aprovechable de un bien después de la ocurrencia de un evento.