Definición de Capacidad Económico Financiera

Capacidad Económico Financiera. Es el respaldo o la solvencia de orden económico financiero que debe tener cada persona jurídica que aspire a inscribirse en el Registro de Interesados, así como los integrantes de Proponentes Plurales para obtener la asignación de Áreas destinadas a Exploración y Explotación de Hidrocarburos, tanto para atender sus operaciones ordinarias y los compromisos y pasivos a su cargo, como para asumir las obligaciones y prestaciones derivadas del o de los Contratos que lleguen a celebrarse. Capacidad en Materia de Responsabilidad Social Empresarial: Conjunto de prácticas abiertas y transparentes, fundadas en valores éticos y en el respeto al Estado, sus trabajadores y contratistas, la sociedad, las comunidades y el ambiente, que imponen la administración de los negocios sociales con sujeción a las normas superiores; a esos valores éticos y a las expectativas públicas y comerciales; el respeto de la diversidad y de la identidad cultural, así como el establecimiento de metas para contribuir al progreso económico y social y alcanzar un desarrollo sostenible e incluyente.
Capacidad Económico Financiera. Es el respaldo o la solvencia de orden económico financiero que debe tener la persona jurídica o el conjunto de personas jurídicas, Proponente Individual o Plural respectivamente, que tenga interés en la asignación de Áreas destinadas a exploración y explotación de hidrocarburos, tanto para atender sus operaciones ordinarias y los proyectos y pasivos a su cargo, como para asumir las obligaciones y prestaciones derivadas del o de los Contratos que lleguen a celebrarse como resultado de Asignaciones Directas o de la adjudicación de Procedimientos Competitivos, de acuerdo con los parámetros generales que se fijan más adelante y con los especiales que se establezcan para el correspondiente Procedimiento de Selección o Asignación. Capacidad jurídica: Aptitud del Proponente Individual o de todos sus integrantes, en casos de Proponentes Plurales, para participar en Procedimientos de Selección directa o en competencia; celebrar el o los Contratos resultado de los mismos; acometer las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos correspondientes, y asumir y cumplir oportuna, eficaz y eficientemente las referidas prestaciones y obligaciones. xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/xxxxxxx/xxxxxx/xxxx/xxxxxx_xxxxxxxx_xx000.xxx#000 xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/xxxxxxx/xxxxxx/xxxx/xxxxxx_xxxxxxxx_xx000.xxx#000 Agencia Nacional de HidrocarburosMinisterio de Minas y Energía República de Colombia Capacidad técnica y operacional: Conjunto de antecedentes y de experiencia comprobados del Proponente Individual o del Operador en casos de Proponentes Plurales, en el desarrollo de actividades de exploración y explotación de hidrocarburos, en términos de experiencia, niveles de producción y volúmenes de reservas, conforme a los cuales es posible suponer que está en condiciones de asumir y cumplir las prestaciones y obligaciones derivadas del o de los Contratos.

Examples of Capacidad Económico Financiera in a sentence

  • Todo evento de cesión o transferencia total o parcial de las participaciones en la persona jurídica de EL CONTRATISTA, el Operador u otro integrante de Contratistas Plurales que hubiera acreditado los requisitos de Capacidad Económico Financiera, salvo las sociedades inscritas en bolsas de valores.

  • Por la condición especial de tales Áreas, Ecopetrol no estará sometida a presentar solicitud, ni a acreditar Capacidad Económico Financiera, Técnica y Operacional ni Jurídica.

  • Las fusiones o escisiones de la persona jurídica de EL CONTRATISTA, el Operador u otro integrante de Contratistas Plurales que hubiera acreditado los requisitos de Capacidad Económico Financiera, igualmente salvo sociedades inscritas en bolsas de valores.

  • La Capacidad Económico Financiera exigida al Proponente Individual y a los integrantes de Proponentes Plurales para obtener Habilitación, se determina inicialmente por la condición de estar al día en el cumplimiento de las obligaciones de Regalías y Derechos Económicos en otros Contratos y Convenios, de ser el caso, y varía en función del número de Áreas a cuya asignación puede aspirar el Proponente, así como de su naturaleza, categoría y Prospectividad.

  • No obstante, quedan exceptuados de evaluación para establecer su Capacidad Económico Financiera, aquellos Operadores personas jurídicas e integrantes de Contratistas Plurales, que figuren en la última publicación de “The Energy Intelligence Agencia Nacional de HidrocarburosMinisterio de Minas y Energía República de Colombia Top 100: Corporate Comparison Analitics” de la firma “Energy Intelligence”, como empresas del tipo integrado o “Upstream”.

  • La Capacidad Económico Financiera exigida varía en función del número de Áreas a cuya asignación puede aspirar el Interesado, así como de la naturaleza, categoría y prospectividad de las mismas; se expresa en Barriles de Petróleo y se consigna en el Registro de Interesados, con sujeción al reglamento que lo desarrolla.

  • Adicionalmente, debe tomarse en consideración que por cada Área que proyecte asignarse la Capacidad Económico Financiera debe ser ajustada de acuerdo con los compromisos exploratorios Continuación del Acuerdo No. xx de 2016, Por el cual se sustituye el Acuerdo No. 4 de 2012 Página 46 de 114 Mínimos y Adicionales que se derivarían de cada Contrato por celebrar, de manera que los Proponentes deben determinar un orden de preferencia de las Áreas a cuya asignación aspiran.

  • Promedio Referencia Xxxxxxx, OK WTI, “Spot Price”, FOB Últimos doce (12) Meses (USD/bbl) Valor Punto Dólares Estadounidenses (USD) X < 30 6.902 X >= 100 11.194 El siguiente Cuadro fija la Capacidad Económico Financiera requerida para acometer actividades de Exploración y Producción de Hidrocarburos por Área, según su naturaleza y localización geográfica, categoría y prospectividad.

  • El siguiente Cuadro fija la Capacidad Económico Financiera requerida para acometer actividades de Exploración y Producción de Hidrocarburos por Área, según su naturaleza y localización geográfica, categoría y prospectividad.

  • Con la presentación deCarta de Intención la persona jurídica que manifiesta interés contrae la obligación de demostrar su Capacidad para Contratar con la ANH, a más tardar en la fecha xx Xxxxx de Habilitación que sigue a su Manifestación, y a presentar Propuesta válida por el Área objeto de su solicitud, en caso de que esta se incorpore al Proceso de Selección con ocasión de esta última, y la Capacidad Económico Financiera del Interesado sea suficiente para ello.

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  • Oferta Económica Se considera como Oferta Económica el valor del precio total ofertado, el cual será el resultado de multiplicar el precio de la unidad de medida por la cantidad ofertada.

  • Año del Buen Servicio al Ciudadano ANEXO Nº 4

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Dieciocho de noviembre de dos mil dieciséis (18/11/2016).

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Servicios significa el trabajo que el Consultor deberá realizar conforme a este Contrato, y descrito en el Apéndice A adjunto.

  • Fecha de Cierre Es el día en que se suscribe el Contrato previo cumplimiento de todas las condiciones y declaraciones establecidas en las Bases y en el Contrato.

  • Tercero significa cualquier persona o firma que no sea el Gobierno, el Contratante, el Consultor o un Subconsultor.

  • Enmienda Comunicación escrita, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones, con el fin de modificar el contenido xxx Xxxxxx de Condiciones Específicas, formularios, anexos u otra Enmienda y que se hace de conocimiento de todos los Oferentes/Proponentes.

  • Financiamiento significa los fondos que el Banco conviene en poner a disposición del Prestatario para contribuir a la realización del Proyecto.

  • Empresa significa cualquier entidad constituida u organizada conforme a la legislación aplicable, tenga o no fines de lucro y sea de propiedad privada o gubernamental, incluidas cualesquier sociedad, fideicomiso, participación, empresa de propietario único, coinversión (joint venture) u otra asociación;

  • LA ASEGURADORA tendrá la facultad de suspender temporalmente la excepción a que se refiere el primer párrafo del presente inciso, en caso de que determine que: La suspensión temporal a que se refiere el párrafo anterior, se notificará por escrito a “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” y durará hasta en tanto dicho “INTERMEDIARIO FINANCIERO” compruebe, a plena satisfacción de “LA ASEGURADORA”, la corrección de que se trate. Lo anterior, en el entendido de que “LA ASEGURADORA” tendrá la facultad de suspender definitivamente dicha excepción, dependiendo del riesgo que implique la falta o modificación respectiva. La expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y de la Póliza de SCV, se sujetará a los términos y condiciones previstos en este Contrato, y en caso de que su contenido, no concordará con la Oferta de Seguro, “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los 30 (treinta) días naturales que sigan al día en que reciba los citados documentos, transcurrido ese plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de los mismos o sus modificaciones. Lo anterior congruentemente con lo previsto en el artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro que establece: “Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones”. El Seguro será efectivo a partir de la fecha de expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y/o de la Póliza de SCV y obligará a “LA ASEGURADORA” al pago de la Cobertura del Seguro en términos de este Contrato, siempre y cuando no ocurra cualquiera de los eventos establecidos en el subinciso a.2.b) de la Cláusula Tercera del presente Contrato, así como en las Cláusulas Décima y Décima Primera de este Contrato. Para el caso de la originación con Oferta de Seguro posterior al otorgamiento del crédito a que se refiere el inciso a.2) de esta Cláusula, si “LA ASEGURADORA” no emite ni entrega a “EL BENEFICIARIO” la Póliza de SCV dentro del plazo previsto en el mismo, el crédito que corresponda contará con el Seguro desde el momento que haya vencido dicho plazo, por lo que el Certificado Provisional de Póliza de SCV junto con el comprobante del primer pago de la Prima, hará las veces de la Póliza de SCV.

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • Operador Persona física o jurídica, pública o privada, que explota redes de telecomunicaciones con la debida concesión o autorización para la prestación de servicios de telecomunicaciones disponibles al público en general.

  • Sistema unidad de medida. Consulta y retiro de pliegos: sin cargo, desde el 16/9/2020 hasta 22/9/2020. Los interesados deberán descargar los pliegos y registrarse para participar de la licitación accediendo al sitio web: xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, sección “CONTRATACIONES”.- Fecha límite para la recepción de ofertas: hasta el 9/10/2020 a las 14.30, en Xx. Xxxxx Xxxxx 1302, planta baja - Mesa General de Entradas, Salidas y Archivos de SOFSE-, CABA.- Acto de apertura de ofertas: el 9/10/2020 a las 15.00, en Xx. Xxxxx Xxxxx 1302, 1º piso – Sala Mitre - CABA.- Para mayor información ingresar a xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx Consultas y aclaraciones a los pliegos: deberán dirigirse a xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, conforme a lo establecido en los pliegos y/o documentación que rija al llamado o convocatoria correspondiente.

  • Salud – Calidad – Humanización prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres a tres (3) meses.  El retiro de la oferta después de vencido el plazo para la presentación de las ofertas.  La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario.  La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía de cumplimiento del contrato. Cuando la propuesta la presente un Consorcio, Unión Temporal o Promesa de Sociedad Futura, la Garantía de Seriedad debe ser otorgada por todos sus integrantes y especificando el nombre del proponente plural (NO A NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL). Artículo 2.2.1.2.3.1.4 del Decreto 1082 de 2015. Esta garantía debe ser expedida o constituida a favor del HOSPITAL MILITAR CENTRAL, de acuerdo con lo establecido a continuación: El proponente acepta que el HOSPITAL MILITAR CENTRAL le solicite ampliar el término de vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, en caso de resultar este insuficiente. El pago de la garantía de seriedad de la oferta, cuando ésta se haga exigible, tiene el carácter de indemnización, excepto cuando haya renuencia para la firma del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado, evento en el cual la póliza se hará exigible como sanción de conformidad con el numeral 12 del artículo 30 la Ley 80 de 1993, y se entiende sin perjuicio del derecho que le asiste al HOSPITAL MILITAR CENTRAL, de exigir por los medios reconocidos en Colombia la indemnización de los perjuicios que con dicho incumplimiento se le hayan causado o se le llegaren a causar. En caso de presentarse garantía bancaria, esta deberá tener la siguiente leyenda: "La presente garantía será pagada por el garante dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha del acto administrativo que declare el incumplimiento del oferente".

  • Licitación Pública Nacional Mixta No. Compranet: LPN-OP-006GSA001-004-2016 LO-006GSA001-E85-2016 Objeto: No. de Pag.64 de 109 Mantenimiento inmueble ubicado en Querétaro, propiedad de AGROASEMEX

  • Transporte significa la transportación de Pasajeros y/o Equipaje por aire, de forma gratuita o por contrato, y todos los servicios del Transportista relacionados con el mismo.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Aseguradora Es la compañía de seguros que toma de su cuenta el riesgo.

  • Precio del Contrato significa el precio pagadero al Proveedor según se especifica en el Convenio de Contrato, sujeto a las condiciones y ajustes allí estipulados o deducciones propuestas, según corresponda en virtud del Contrato.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Disponibilidad Se entiende como tener acceso al servicio contratado en el momento en que el usuario lo demande.

  • Vigencia Es la duración de la Póliza, la cual está estipulada en la carátula de la Póliza.

  • Periodo de Carencia Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.

  • Tomador del Seguro La persona física o jurídica que con el Asegurador suscribe este contrato, y a la que corresponden las obligaciones que del mismo deriven, salvo las que por su naturaleza deban ser cumplidas por el Asegurado.