Definición de Certificado de Puesta en Marcha

Certificado de Puesta en Marcha significará el documento que el Supervisor entregará al Concesionario al término del Período de Construcción, una vez concluidas las pruebas de operatividad de las Obras Nuevas a satisfacción del Concedente.
Certificado de Puesta en Marcha. Es el documento expedido por el CONCEDENTE que acredita que el Periodo de Puesta en Marcha de cada Componente se ha realizado satisfactoriamente y por lo tanto se ha verificado el correcto funcionamiento de conformidad con el Expediente Técnico y se autoriza el Inicio de la Operación.
Certificado de Puesta en Marcha. Es el documento expedido por el CONCEDENTE que acredita que el CONCESIONARIO ha realizado satisfactoriamente la Puesta en Marcha del Componente 2, de conformidad con el Expediente Técnico 2. Con la emisión de este certificado se entiende realizada la aceptación de la Puesta en Marcha y, por tanto, de manera simultánea se procede a la suscripción del Acta de Inicio de la Operación, siempre y cuando no existan Hitos Funcionales pendientes de ser transferidos al PSS. El CONCEDENTE deberá entregar este certificado al CONCESIONARIO el mismo día de su emisión, con copia a la SUNASS y al PSS. Es el documento expedido por el CONCEDENTE que acredita que el CONCESIONARIO ha realizado satisfactoriamente las Pruebas de funcionalidad de un Hito, de conformidad con el Expediente Técnico. Con la emisión de este certificado se procede a la transferencia del Hito Funcional a la PSS para su operación y mantenimiento. El CONCEDENTE deberá entregar este certificado al CONCESIONARIO el mismo día de su emisión, con copia a la SUNASS y al PSS.

Examples of Certificado de Puesta en Marcha in a sentence

  • Se extenderá desde el día siguiente a la expedición del Certificado de Puesta en Marcha de las Obras Nuevas hasta la extinción del plazo de concesión por un periodo de veinte (20) años.

  • Las actividades del Supervisor Especializado incluido el seguimiento de la elaboración, revisión y aprobación del Expediente Técnico y de la Ingeniería de Detalle, se extenderán durante los 60 meses establecidos en el Calendario de Trabajo del Concesionario o hasta la emisión del Certificado de Puesta en Marcha, según lo establecido en la Cláusula 5 del Contrato de Concesión.

  • El primer reajuste será en la fecha de obtención del Certificado de Puesta en Marcha tomando como base el valor del RPMO en la Fecha de Cierre.

  • Por un monto equivalente al diez por ciento (10%) del Monto Referencial de Inversión, desde la fecha de inicio del Periodo de Construcción hasta la fecha de entrega del Certificado de Puesta en Marcha.

  • De superarse las referidas limitaciones se emitirán los CAO respectivos dando lugar a la expedición del Certificado de Puesta en Marcha y al inicio del Periodo de Operación.

  • Los siguientes reajustes se realizarán cada doce (12) meses, aplicando la siguiente fórmula: Donde: Sea i el mes anterior inmediato al de la obtención del Certificado de Puesta en Marcha del cual se dispone información de los índices de precios al Consumidor.

  • Las actividades de la Supervisión Especializada de obras cubrirán el período a partir de la fecha de suscripción del respectivo Contrato de Supervisión Especializada hasta la entrega del Certificado de Puesta en Marcha, de acuerdo con el Calendario de Trabajo del Concesionario.

  • Será la fecha en la que el CONCESIONARIO recibe el Certificado de Puesta en Marcha del correspondiente Componente.

  • Realizar las actividades de supervisión de las actividades de operación y mantenimiento de las Obras durante el Periodo de Operación, de acuerdo con los términos establecidos en los Anexos 2 y 17, considerando para tales efectos como fecha de inicio de actividades la fecha de entrega del Certificado de Puesta en Marcha, incluyendo la revisión de los reclamos formulados por los Clientes conforme a lo previsto en los respectivos Contratos del Servicio.

  • Durante el Periodo Inicial, el CONCESIONARIO deberá haber cumplido con suscribir el (los) contrato(s) de construcción en los términos y condiciones establecidos en las Bases, habiendo asumido en forma solidaria con el Constructor la responsabilidad frente al CONCEDENTE por la construcción de las Obras, hasta después de dos (2) años a partir de la fecha de entrega del Certificado de Puesta en Marcha.


More Definitions of Certificado de Puesta en Marcha

Certificado de Puesta en Marcha. Es el documento expedido por el CONCEDENTE que acredita que el CONCESIONARIO ha realizado satisfactoriamente la Puesta en Marcha del Componente 1, del Componente 2 o del Componente 4, independientemente, de conformidad con el Expediente Técnico correspondiente. El Certificado de Puesta en Marcha del Componente 1 podrá entregarse sólo cuando el certificado correspondiente al Componente 2 haya sido expedido. Una vez emitido este certificado se autoriza el inicio de la Operación del Componente correspondiente.
Certificado de Puesta en Marcha. Es el documento expedido por el CONCEDENTE que acredita que la Puesta en Marcha de las Obras Nuevas, se ha realizado satisfactoriamente de conformidad con los Expedientes Técnicos correspondientes. Una vez emitido este certificado se autoriza el inicio del Periodo de Operación.

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  • Documentos del Contrato significa los documentos enumerados en el Convenio de Contrato, incluyendo cualquier enmienda.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

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  • Carencia el período de tiempo durante el cual la cobertura del seguro o de alguna de sus garantías, no surte efecto.

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • Respuesta La clasificación se hace para cada una de las tipologías”. “Si una empresa solo se presenta con 1 Tipología en 1 Lote, ¿estaría descartada a la hora de poder licitar un Acuerdo Basado que requiera de varias tipologías/lotes? Respuesta: Efectivamente”. “Según se señala en el pliego, el licitador tiene que identificar 1 Jefe de Proyecto y 1 Consultor para cada una de las tipologías. ¿Tiene que cubrir así mismo la totalidad de los perfiles que aparecen en la cláusula 5.2 para cada una de las tipologías? Respuesta: No”. “¿Es posible que un mismo perfil (Consultor, Programador Analista, Jefe de Proyecto, etc.), figure en varios Equipos de Trabajo / Tipologías dentro de un mismo Lote, o en los 2 Lotes? No queda claro en el Pliego si por “Técnico” se refiere a un perfil en general (cualquiera), o a un perfil de tipo Técnico, como puede ser un programador. Respuesta: En la fase de licitación del Acuerdo Marco, por 'Técnico' se refiere a los perfiles de Jefe de Proyecto y Consultor, que no podrá estar asignados a más de una Tipología ofertada”. “Siguiendo como ejemplo en esta Tipología, ¿Bastaría proponer 1 Equipo de Trabajo formado por 1 Jefe de Proyecto y 1 Consultor Especializado, o es necesario proponer tantos perfiles especializados como figuran en cada Tipología? Respuesta: En la fase de licitación del Acuerdo Xxxxx, es suficiente con proponer un Jefe de Proyecto y un Consultor por cada una de las Tipologías ofertadas”. “De acuerdo con esta cláusula, Jefe de Proyecto y Consultor son los perfiles a aportar en este momento para ambos lotes y todas las tipologías para homologar en el Acuerdo Marco, ¿correcto? Respuesta: Correcto”. “En el caso de indicar un 0% en una de las tipologías, queda descartada la participación en dicha tipología? O simplemente queda descartada la obtención de los puntos asociados (máxima puntuación de 50) en la clasificación para dicha tipología? Respuesta: Si el licitador asigna un 0% a una Tipología, está indicando que no tiene especialización en ella y, por lo tanto, descarta su participación en la licitación de los Contratos Basado”. “Asociado al punto anterior, si un contrato basado incluye varias tipologías. ¿se requiere que la empresa que licite a dicho contrato basado esté homologada en todas las tipologías incluidas en dicho contrato basado? Respuesta: Sí”. conjunto perfiles, que cubrirán las tipologías de actuaciones y tecnologías alcance del Contrato Basado correspondiente”.

  • Aseguradora Es la compañía de seguros que toma de su cuenta el riesgo.

  • Autoridad Gubernamental significa cualquier gobierno, funcionario, departamento, comisión, consejo, oficina, agencia, autoridad reguladora, organismo, ente judicial, legislativo o administrativo, de carácter federal o estatal, con jurisdicción sobre el presente Contrato o cualquier Documento del Financiamiento.

  • Asegurador La persona jurídica que, a cambio del cobro de la prima, asume el riesgo contractualmente pactado.

  • Equipamiento Analizadores automáticos con identificación positiva de las muestras mediante de códigos xx xxxxxx.

  • Valor asegurado La Garantía de Seriedad deberá ser equivalente al 10% del valor total del presupuesto del proyecto.

  • Comprador significa la entidad que compra los Bienes y Servicios Conexos, según se indica en las CEC.