Definición de Clave Secreta

Clave Secreta. Es una cadena alfanumérica que el Usuario Maestro y Usuarios Facultados define de manera independiente, y que sirve para identificación entre la Institución y el Usuario.
Clave Secreta. Es la identificación personal del Cliente y sus Adicionales, para el uso de los Canales, Terminales Electrónicos, Puntos de Venta, así como cualquier otro servicio que el Banco decida incorporar. La Clave Secreta es de exclusivo conocimiento del Cliente y sus Adicionales según corresponda y, tiene carácter confidencial e intransferible, en consecuencia, debe ser mantenida en secreto por estos. El Cliente y sus Adicionales serán los únicos responsables de los daños que puedan sufrir como consecuencia de haber divulgado su Clave Secreta o de haberla dejado conocer voluntaria o involuntariamente a un tercero.
Clave Secreta. Es el número de identificación personal, confidencial e intransferible que le permite a EL TARJETAHABIENTE hacer uso, con LA TARJETA, de los servicios que BANCARIBE le brinda o permite. EL CLIENTE es el único responsable de los daños y perjuicios que pueda sufrir como consecuencia de que EL TARJETAHABIENTE haya informado, directa o indirectamente, la CLAVE SECRETA a un tercero.

Examples of Clave Secreta in a sentence

  • A través del Sistema de Banca por Internet EL CLIENTE podrá realizar consultas y transacciones relacionadas con sus cuentas y operaciones y acceder a los servicios ofrecidos por BanBif, mediante el uso de un Código de Usuario y una Clave Secreta y Confidencial que lo identifican, pudiendo BanBif solicitar el documento de identidad, el reconocimiento de una imagen, una clave estática o dinámica o cualquier información adicional distinta a las mencionadas para la realización de las citadas operaciones.

  • Identificación del Portal: EL BANCO pone en conocimiento de EL TARJETAHABIENTE que la dirección del portal de EL BANCO en Internet es xxx.xxx.xxx/xxxxxx/ en cuya página podrá conectarse al Servicio de Banca en Línea aquí contratado mediante el ingreso de su Identificación y Clave Secreta.

  • El Código de Usuario y la Clave Secreta y Confidencial, proporcionados a EL CLIENTE al momento de la afiliación al servicio son a partir de dicho momento, plena y exclusiva responsabilidad de EL CLIENTE debiendo darles un uso debido, diligente y confidencial, conforme a las condiciones de uso que se describen más adelante.

  • Para tal efecto, se obliga a utilizar el Código de Usuario, la Clave Secreta u otras claves, imágenes o códigos proporcionados por BanBif de acuerdo a las condiciones descritas en el siguiente acápite.

  • Para el correcto uso de estos canales el CLIENTE deberá identificarse con su Clave Secreta o cualquier otro mecanismo de autenticación que establezca EL BANCO en cumplimiento de la regulación vigente de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (en adelante, SBS), además del documento de identidad, de ser necesario.

  • En los casos que resulten necesarios, en los cuales el CLIENTE cuente con una Tarjeta de Débito activa, deberá usar la Clave Secreta a que se refiere la cláusula Tercera para contratar nuevos productos o servicios que EL BANCO le ofrezca.

  • El uso de su Clave Secreta lo identifica y expresa su aceptación a la contratación del producto o servicio.

  • La Clave Secreta sustituye a la firma gráfica o manuscrita, y que para todos los fines de este contrato se denominará firma electrónica, con igual validez que la firma gráfica o manuscrita, conforme a lo regulado en el Código Civil.

  • Tales retiros podrán ser efectuados a través de la Clave Secreta en los Canales, Puntos de Venta o Terminales Electrónicos.

  • Todo lo relativo a la solicitud de crédito, entrega de las Tarjetas de Crédito, los consumos, avances de efectivo, utilización de los Canales, Terminales Electrónicos, Puntos de Venta, Clave Secreta, Línea de Crédito, Estados de Cuenta, Intereses, así como el resto de los términos y condiciones establecidos en este Contrato, son igualmente aplicables a la Tarjeta de Crédito Empresarial.


More Definitions of Clave Secreta

Clave Secreta. Es el número de identificación personal, confidencial e intransferible que le permite al Tarjetahabiente hacer uso, a través de la Tarjeta de Crédito, de los servicios que BNC le brinda o permite vía Internet, la red de Cajeros Automáticos autorizados, el Centro de Atención Telefónica y cualquier otro servicio que en el futuro ofrezca o autorice BNC mediante el uso de la Tarjeta de Crédito.

Related to Clave Secreta

  • Secretaría Secretaría de Administración.

  • Guerra Lucha o confrontación armada entre dos o más países.

  • Tomador del Seguro La persona física o jurídica que con el Asegurador suscribe este contrato, y a la que corresponden las obligaciones que del mismo deriven, salvo las que por su naturaleza deban ser cumplidas por el Asegurado.

  • PRESIDENT Ms Xxxxxxxx, could you please state your full name for the record? XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX: Señor presidente, buenos días. Mi nombre es Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx.

  • Siniestro todo hecho cuyas consecuencias estén cubiertas por alguna de las garantías de la póliza.

  • Colusión un acuerdo secreto entre dos o más partes realizado con la intención de defraudar o causar daño a una persona o entidad o de obtener un fin ilícito. Si se presenta que se ha cometido un acto de fraude o corrupción vinculado con un proyecto financiado por el FCAS éste podrá: Decidir no financiar ninguna propuesta de adjudicación de un Contrato o de un Contrato adjudicado para la adquisición de bienes y/o servicios financiado por el FCAS; suspender en cualquier etapa los desembolsos de la cooperación para el proyecto; cancelar y/o acelerar la devolución de una parte de la donación relacionada inequívocamente con el Contrato vinculado; El FCAS establece las siguientes condiciones básicas: El Beneficiario del Proyecto, el Beneficiario de la Subvención y demás organismos involucrados en la ejecución del proyecto exigirán tanto a su plantilla como los organismos ejecutores, contratistas y a todas las firmas, entidades o personas por participar o participando en proyecto financiados con los fondos, que no ofrezcan a terceros o acepten de terceros para ellos mismos o para otros, ningún regalo, remuneración, compensación o beneficio de ningún tipo, ya que podría ser interpretado como un acto/práctica de corrupción. El Beneficiario del Proyecto, el Beneficiario de la Subvención y demás organismos involucrados en la ejecución del proyecto deberán mantener al FCAS, a través de la OTC de la AECID en Ecuador, informada sobre cualquier incidente o sospecha que pueda surgir en el transcurso de las operaciones con respecto al uso inadecuado de los fondos. El FCAS o la persona que dicha oficina designe se reserva el derecho de efectuar auditorías, incluidas las auditorías documentales e in situ, sobre la utilización de los fondos por parte del Beneficiario del Proyecto, el Beneficiario de la Subvención y demás organismos involucrados en la ejecución del proyecto, así como todos los ejecutores, contratistas y subcontratistas que hayan recibido fondos españoles. Además, deberán autorizar explícitamente a las autoridades españolas para realizar controles e inspecciones in situ. Adicionalmente todos los involucrados en el proceso, mencionados antes, deberán observar lo dispuesto en la legislación ecuatoriana sobre seguimiento, control y normas de fraude y corrupción en Contratos, para lo cual deberán proporcionar la información necesaria para el adecuado ejercicio de estas actividades y otorgar todas las facilidades para el desarrollo de las mismas. Las sanciones que de eventuales prácticas corruptivas o fraudulentas se deriven, se aplicarán de acuerdo a la legislación ecuatoriana y por las entidades competentes correspondientes. Cualquier evento de esta naturaleza debe ser informado al FCAS, a través de la OTC de la AECID en Ecuador, por el Beneficiario del Proyecto, el Beneficiario de la Subvención o por los demás organismos involucrados en la ejecución del proyecto.

  • Riesgo Es un evento que puede generar efectos adversos y de distinta magnitud en el logro de los objetivos del Proceso de Contratación o en la ejecución de un Contrato.

  • Directorio significa el Directorio Ejecutivo del Banco.

  • Sobre cerrado Cualquier medio que contenga la proposición del licitante, cuyo contenido solo puede ser conocido en el acto de presentación y apertura de proposiciones, en términos de la Ley.

  • Salud – Calidad – Humanización prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres a tres (3) meses.  El retiro de la oferta después de vencido el plazo para la presentación de las ofertas.  La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario.  La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía de cumplimiento del contrato. Cuando la propuesta la presente un Consorcio, Unión Temporal o Promesa de Sociedad Futura, la Garantía de Seriedad debe ser otorgada por todos sus integrantes y especificando el nombre del proponente plural (NO A NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL). Artículo 2.2.1.2.3.1.4 del Decreto 1082 de 2015. Esta garantía debe ser expedida o constituida a favor del HOSPITAL MILITAR CENTRAL, de acuerdo con lo establecido a continuación: El proponente acepta que el HOSPITAL MILITAR CENTRAL le solicite ampliar el término de vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, en caso de resultar este insuficiente. El pago de la garantía de seriedad de la oferta, cuando ésta se haga exigible, tiene el carácter de indemnización, excepto cuando haya renuencia para la firma del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado, evento en el cual la póliza se hará exigible como sanción de conformidad con el numeral 12 del artículo 30 la Ley 80 de 1993, y se entiende sin perjuicio del derecho que le asiste al HOSPITAL MILITAR CENTRAL, de exigir por los medios reconocidos en Colombia la indemnización de los perjuicios que con dicho incumplimiento se le hayan causado o se le llegaren a causar. En caso de presentarse garantía bancaria, esta deberá tener la siguiente leyenda: "La presente garantía será pagada por el garante dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha del acto administrativo que declare el incumplimiento del oferente".

  • Vehículo Asegurado Es la unidad automotriz descrita en la carátula de esta póliza, incluyendo las partes o accesorios con que el fabricante entrega originalmente para cada modelo y tipo específico que presenta al mercado. Cualquier otra parte, accesorio, rótulo, conversión, adaptación o modificación a la estructura, instalada a petición del comprador o propietario o por las agencias, distribuidoras, auto instalados o por terceros, no se considerará equipo entregado por el fabricante, por tanto, requerirá de cobertura especial y ser especificada en la carátula de esta póliza. Solo podrán ser objeto de este contrato, vehículos residentes. Se considera como camión de carga al vehículo automóvil grande y potente, que está constituido por una cabina en la que va el conductor y una gran caja o depósito y que está destinado al transporte de carga pesada. Se considera un camión de pasajeros al vehículo con capacidad para gran número de viajeros, destinados al transporte de personas.

  • Interesado Cualquier persona natural o jurídica que tenga interés en cualquier procedimiento de compras que se esté llevando a cabo.

  • Valor asegurado La Garantía de Seriedad deberá ser equivalente al 10% del valor total del presupuesto del proyecto.

  • Convocante Es la institución de derecho público que requiere la provisión de servicios generales mediante convocatoria pública.

  • PARAGRAFO SEGUNDO En el evento de que el presunto incumplimiento se evidencie con posterioridad al vencimiento del plazo de ejecución, se suspenderán los plazos para su liquidación hasta tanto se agote el procedimiento previsto en la cláusula décima sexta del presente contrato.

  • Seguro X Marque si NO SE APLICA

  • Robo Se entiende por robo únicamente la sustracción cometida mediante violencia o intimidación a las personas o fuerza en las cosas.

  • Pedido Orden de compra puntual remitida al proveedor donde se fijan precios, plazos y condiciones para el aprovisionamiento de un bien o prestación de un servicio previamente adjudicado.

  • Año del Buen Servicio al Ciudadano ANEXO Nº 4

  • Franquicia aquella suma de dinero, expresada en términos fijos o porcentuales, que en el momento de los desembolsos correspondientes a una Reclamación, corresponde al Asegurado, de conformidad con lo establecido en las Condiciones Generales y Especiales del presente seguro, y cuya cuantía se determina en las Condiciones Particulares del mismo.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Servicio Es el servicio público de transmisión de energía eléctrica a ser prestado por el CONCESIONARIO a través del Proyecto bajo los términos del Contrato y las Leyes y Disposiciones Aplicables.

  • Fuente Ley Nº 18.620, Artículo Primero, Artículo 76.

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • Límite de cobertura Hasta USD $100 (cien dólares exactos) por año póliza, valor máximo para el conjunto de eventos. Límite de eventos: Máximo 2 eventos por póliza y casa de habitación o condominio Asegurado individualmente y por año póliza. Este servicio no ampara labores de mantenimiento En caso de falta de energía eléctrica en el interior de la casa de habitación o condominio habitacional Asegurado, resultado xx xxxxxx, desperfectos, corto circuito, sobrecarga o avería de las instalaciones eléctricas; (únicamente en el interior de la vivienda o dentro de sus predios) se gestionará el envío de un operario que se encargará de la reparación de urgencia necesaria para restablecer el suministro de energía, siempre que no exista disposición de autoridad que lo prohíba y que el estado de las instalaciones lo permita. Nota: No incluye la reparación de ningún aparato, equipo o electrodoméstico. No incluye los materiales, el cambio de la instalación eléctrica, el cambio de toma corrientes ni enchufes, o cualquier otra parte o refacción, lo cual estará cargo y será asumido por el Asegurado. Este servicio se extiende a las “áreas comunes entre el condominios”, (solamente de pared a pared, de piso a techo o viceversa) siempre y cuando exista acuerdo con el otro propietario Límite de cobertura: Hasta USD $100 (cien dólares exactos) por año póliza, valor máximo para el conjunto de eventos. Límite de eventos: Máximo 2 eventos por póliza y casa de habitación o condominio Asegurado individualmente y por año póliza. Este servicio no ampara labores de mantenimiento Únicamente en caso de rotura total xx xxxxxxx o xxxxxxxxx xx xxxxxxx o ventanas que formen parte de la fachada exterior de la casa de habitación (entiéndase fachada exterior la cara principal de la vivienda) o condominio habitacional Asegurado que de a la calle o al patio, se gestionará el envío, de un operario que procederá a dar el servicio de mano de obra para la reposición xxx xxxxxx o cristal afectado por la rotura. El costo del xxxxxxx xx xxxxxxx o ventanas y de cualquier parte o refacción estará a cargo y deberá ser asumida por el Asegurado.

  • Asegurado Persona física o jurídica que en sí misma o en sus bienes está expuesta al riesgo. Es titular del interés objeto del seguro y que, en defecto del tomador, asume los derechos y las obligaciones derivadas del contrato.