Definición de Hospital de Día

Hospital de Día. Representa el que una persona figure inscrita como paciente en aquellas unidades del hospital así denominadas, tanto médicas como quirúrgicas o psiquiátricas, para recibir un tratamiento concreto o por haber estado bajo la acción de una anestesia y por un periodo inferior a 24 horas.
Hospital de Día. El hecho de que una persona figure registrada como paciente en aquellas unidades del hospital así denominadas específicamente, tanto médicas como quirúrgicas o psiquiátricas, para recibir un tratamiento concreto o por haber estado bajo la acción de una anestesia, sin que ello suponga pernoctar y pudiendo o no realizar una de las comidas principales en dicha unidad.
Hospital de Día unidad hospitalaria para procedimientos médicos y quirúrgicos, con o sin anestesia, y con permanencia registrada del paciente por un periodo inferior a 24 horas.

Examples of Hospital de Día in a sentence

  • Igualmente quedan cubiertos los traslados para tratamientos de quimioterapia y radioterapia en Hospital de Día.

  • La Medicación, excepto en los casos de hospitalizaciones y la medicación quimioterápica oncológica intravenosa o intravesical empleada en los tratamientos quimioterápicos oncológicos ambulatorios administrados en Unidades de Oncología en régimen de Hospital de Día.

  • La Medicación, excepto en los casos de hospitalizaciones y la medicación quimiote- rápica oncológica intravenosa o intravesical empleada en los tratamientos quimiote- rápicos oncológicos ambulatorios administrados en Unidades de Oncología en régimen de Hospital de Día.

  • El recinto también contará con unidades de endoscopía y, de apoyo diagnóstico y terapéutico (imagenología, laboratorio, medicina física y rehabilitación), además de un Hospital de Día de Psiquiatría y espacios de apoyo administrativo y logístico.

  • El ingreso en régimen de Hospital de Día tendrá la misma consideración que el ingreso hospitalario.

  • Quimioterapia en Hospital de Día: treinta (30) sesiones por asegurado y año.

  • Radioterapia en Hospital de Día: cuarenta y cinco (45) sesiones por asegurado y año.

  • Para los tratamientos en Hospital de Día de quimioterapia y radioterapia, la cobertura incluye el hotel, en régimen de alojamiento y desayuno, para el paciente y un acompañante.

  • Se incluirá el colectivo de Enfermero/as Urgencias generales y pediátricas, Hospital de Día Oncológico y ENFERMERO/A-TER -mejora incluida en el presente convenio- y su aplicación tendrá efecto en un 50% en enero de 2017 y en un 100% en enero de 2018.

  • Planta 0; Rehabilitación, Hospital de Día (Unidad de Corta Estancia), Diagnósticos por Imagen.


More Definitions of Hospital de Día

Hospital de Día. Representa el que una persona figure inscrita como paciente en aquellas unidades del hospital así denominadas, tanto médicas como quirúrgicas o psiquiátricas, para recibir un tratamiento concreto o por haber estado bajo la acción de una anestesia y por un periodo inferior a 24 horas. · Indisputabilidad de la póliza: Beneficio incluido en el contrato, que surge a partir del año de su formalización o de las inclusión de nuevos asegurados, por el cual Asisa asume la cobertura de toda enfermedad preexistente, siempre que el asegurado no la conociera y no la omitiera intencionadamente en el Cuestionario de Salud. · Lista de Facultativos: Relación publicada de profesionales y establecimientos sanitarios propios o concertados por Asisa en cada provincia, con su dirección, teléfono y horario. A estos efectos, se considerarán Listas de Facultativos de Asisa tanto las de las provincias en las que esta opera directamente como las de aquellas otras en las que lo hace mediante concierto con otras aseguradoras. En cada Lista de Facultativos provincial se relacionan, además de los profesionales y establecimientos sanitarios de la provincia, los servicios de información y urgencias. El tomador y los asegurados quedan informados y asumen que los profesionales y los centros que integran la Lista de Facultativos actúan con plena independencia de criterio, autonomía y exclusiva responsabilidad en el ámbito de la prestación sanitaria que le es propia. Los datos que figuran en la Lista de Facultativos pueden sufrir variación, por lo que se recomienda que, ante cualquiera contingencia se consulte con la entidad. · Participación del Asegurado en el coste de los servicios (Copago): Importe que el tomador debe abonar al asegurador para colaborar en el coste económico de cada servicio sanitario utilizado por el asegurado. Dicho importe es diferente en función de las distintas clases de servicios sanitarios y/o especialidades médicas, y su cuantía puede ser actualizada anualmente.
Hospital de Día. Establecimiento destinado a pacientes que requieran atención ambulatoria intensiva diurna, sin inter- nación.
Hospital de Día. Régimen hospitala- rio en el que un ASEGURADO ha sido registrado como paciente en aquellas unidades del hospital así denomina- das específicamente, tanto médicas como quirúrgicas, para recibir un tra- tamiento concreto o por haber estado bajo la acción de una anestesia y por un periodo inferior a 24 horas. Hospitalización de carácter social y/o familiar: Ingreso o prolongación de la estancia por causas no relacio- nadas con patologías médicas objeti-
Hospital de Día en el supuesto en que una persona figure registrada como paciente en aquellas unidades del hospital así denominadas específicamente, tanto médicas como quirúrgicas o psiquiátricas, para recibir un tratamiento concreto o por haber estado bajo la acción de una anestesia, sin que ello suponga pernoctar y pudiendo, o no, realizar una de las comidas principales en dicha unidad.
Hospital de Día se denomina así a la zona determinada dentro de un hospital o clínica donde el paciente puede recibir los cuidados médicos necesarios sin ingreso hospitalario, por un período de tiempo nunca superior a 24 horas, tanto de tipo médico como de tipo quirúrgico.
Hospital de Día. Régimen hospita- ▇▇▇▇▇ en el que un Asegurado ha sido registrado como paciente en aquellas unidades del hospital así denomina- das específicamente, tanto médicas como quirúrgicas, para recibir un tra- tamiento concreto o por haber estado bajo la acción de una anestesia y por un periodo inferior a 24 horas. Hospitalización de carácter social y/o familiar: Ingreso o prolongación de la estancia por causas no relacio- nadas con patologías médicas objeti- vas, o cuando el estado de salud del paciente permita su alta hospitalaria por no estar recibiendo un tratamien- to orientado a la curación de una pato- logía o enfermedad.