ENVÍO DE INFORMACIÓN. EL CLIENTE autoriza a EL BANCO a remitir información acerca del saldo deudor, fechas de pago, últimos pagos, cargos efectuados, campañas comerciales y cualquier otra información relacionada con las operaciones que mantiene en EL BANCO, a través de banca por teléfono, Internet, correo electrónico, mensajería, cajeros automáticos, facsímil, mensajes de texto SMS, y cualquier otro medio que EL BANCO considere conveniente.EL CLIENTE se hace responsable del adecuado uso de la información que EL BANCO pudiera remitirle a través de cualquiera de estos mecanismos. Asimismo, EL CLIENTE reconoce que la información definitiva y válida respecto de las operaciones que realiza son las que se encuentran registradas en EL BANCO.
ENVÍO DE INFORMACIÓN. LA ARRENDATARIA autoriza a EL BANCO a enviarle información acerca del saldo deudor, monto de cuotas, calendarios de pago, últimos pagos, cargos efectuados, comprobantes de pago, campañas comerciales, seguros y cualquier otra información relacionada con el presente arrendamiento financiero, a través de banca por teléfono, Internet, correo electrónico, mensajería, cajeros automáticos, facsímil, mensajes de texto SMS, y/o cualquier otro medio que EL BANCO considere conveniente. LA ARRENDATARIA se hace responsable del adecuado uso de la información que EL BANCO pudiera remitirle a través de cualquiera de estos mecanismos. Para tal efecto, LA ARRENDATARIA se obliga a proporcionar a EL BANCO su dirección de correo electrónico, números de teléfono y demás datos que se detallan en el Anexo 2, el mismo que forma parte integrante del presente contrato. LA ARRENDATARIA declara y acepta que serán válidas todas las comunicaciones que EL BANCO envíe a la dirección de correo electrónico y/o número de teléfono proporcionado por LA ARRENDATARIA a EL BANCO, obligándose LA ARRENDATARIA a comunicar mediante carta dirigida a EL BANCO cualquier variación de estos datos. LA ARRENDATARIA reconoce que en caso de discrepancia en la información prevalecerá aquella que se encuentra registrada en El BANCO. _, de de 2011
ENVÍO DE INFORMACIÓN. Los titulares de las unidades operativas de contrataciones deberán remitir a la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES los antecedentes necesarios para la aplicación de las sanciones, a través del sistema o los medios y en el formato que ésta determine y dentro del plazo que establezca a tal fin.
ENVÍO DE INFORMACIÓN. La programación, deberá ser remitida dentro de los SESENTA (60) días corridos contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Decisión Administrativa de Distribución del Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el ejercicio presupuestario correspondiente. La ejecución de la programación, deberá ser enviada dentro de los SESENTA (60) días corridos de finalizado el ejercicio presupuestario correspondiente, y se deberán informar las correcciones que se efectúen al plan anual de contrataciones, en base a ajustes originados en las modificaciones de crédito presupuestario, en la asignación de cuota presupuestaria u en otras razones.
ENVÍO DE INFORMACIÓN. Salvo que se indique lo contrario en cualquiera de los Anexos a este Contrato Marco, el CLIENTE autoriza a LIBERTY el envío de cualquier información adicional, promocional y/o con fines de venta directa respecto de servicios, soluciones, ofertas, nuevos servicios y cualquier otra información, ya sea directamente relacionada con los servicios que ofrece LIBERTY o de terceros, a través de correo electrónico, SMS, voz, plataforma de autogestión, llamadas automatizadas, al domicilio, apartado postal o cualquier otro medio. También y salvo que se indique lo contrario en los Anexos, la información podrá provenir de terceros a través de LIBERTY. En caso que el CLIENTE desee limitar los medios para recibir esta información, así lo podrá indicar en cualquier momento sin costo alguno y a través de cualquiera de los canales y centros de atención antes indicados. El CLIENTE no podrá limitar el envío de información estrictamente relacionada con la ejecución de su contrato o contratos con LIBERTY y sus correspondientes obligaciones, a través de los medios antes indicados.
ENVÍO DE INFORMACIÓN. La Financiera se comunicará con Usted indistintamente a través de:
1. Medios de comunicación directa que pueden ser físicos o electrónicos tales como: comunicaciones al domicilio del Cliente; correos electrónicos; mensajes en estados de cuenta; llamadas telefónicas; vouchers de operaciones; mensajes de texto (SMS); cajeros automáticos; mensajería instantánea1; mensajes por chatbox o chatbot; mensaje directo por redes sociales; u,
2. Otros medios de comunicación que le permitan a Usted tomar conocimiento de cualquier información, como: avisos en cualquiera de las Oficinas de la Financiera, avisos en cualquier diario, periódico o revista de circulación nacional, tarifario vigente página Web de la Financiera y/o mensajes en las redes sociales de la Financiera. Las comunicaciones realizadas a través de los medios antes mencionados serán suficientes para Usted. Para comunicar las modificaciones referidas a (i) tasas de interés, penalidades, comisiones y gastos, que generen mayores costos a Usted; (ii) término (resolución) del Contrato; (iii) la limitación o exoneración de responsabilidad de la Financiera y/o (iv) incorporación de servicios que no se encuentren directamente relacionados al crédito; la Financiera usará entre los medios de comunicación señalados en el párrafo anterior, aquellos de comunicación directa. Para comunicar modificaciones distintas a las señaladas en el párrafo anterior y/o informarle sobre el monto de su deuda, fechas de pago, últimos pagos, cobros efectuados, pólizas de seguros, y cualquier otra información relacionada con las operaciones que Usted tenga con la Financiera, así como, modificaciones que sean beneficiosas para Usted, la Financiera podrá utilizar cualquiera de los medios de comunicación mencionados en esta Cláusula.
ENVÍO DE INFORMACIÓN. Autorizo expresamente a Administradora Ciudadela Universitaria S.A.S. a enviarme mensajes sobre campañas publicitarias, cobranzas o cualquier otra información a las direcciones de correo electrónico, teléfonos, dirección física, o cualquier otro dato de contacto que haya suministrado en este formato o en cualquier otro medio de información.
ENVÍO DE INFORMACIÓN. El Departamento de Administración deberá remitir a la Secretaría Administrativo Financiera, los antecedentes necesarios para la aplicación de las sanciones, a través del sistema o los medios y en el formato que ésta determine y dentro del plazo que establezca a tal fin.
ENVÍO DE INFORMACIÓN. El Contratante se obliga a enviar por escrito, al domicilio de la Institución Aseguradora, todos los avisos e informes relativos a:
I. El ingreso a la Colectividad de nuevos integrantes, señalando si el objeto de la inclusión es garantizar prestaciones u obligaciones a cargo del mismo Contratante.
II. La separación definitiva de integrantes de la Colectividad asegurada.
III. Cualquier cambio en la situación de los Asegurados que afecte las condiciones del riesgo o la aplicación de las reglas para determinar las sumas aseguradas.
ENVÍO DE INFORMACIÓN. EL TARJETAHABIENTE autoriza expresamente al Emisor el envío de información relacionada con el presente contrato y con los productos comerciales de naturaleza bancaria o promocional que EL EMISOR ofrece, esto de acuerdo con la Ley General de Telecomunicaciones, número 8642, publicada el día 14 xx xxxx del año 2008. El envío de esta información podrá realizarse mediante cualquier medio escrito o electrónico. EL TARJETAHABIENTE manifiesta expresamente que para todos los efectos del Reglamento Autónomo de Servicio para la regulación del correo electrónico masivo o no deseado de Radiográfica Costarricense S.A. considera como correo electrónico deseado todo mensaje generado por EL EMISOR.