Definición de Límite de indemnización

Límite de indemnización. 400 euros por siniestro y anualidad. Serán de aplicación las exclusiones generales recogidas en el artículo 22 de la presente póliza de seguro.
Límite de indemnización. 100% de las sumas aseguradas expresamente designadas en las Condiciones Particulares.
Límite de indemnización. 100% de las sumas aseguradas expresamente designadas en las Condiciones Particulares, a excepción de la indemnización por gastos de desembarre y extracción de lodos que tendrá el límite del 4% de las sumas aseguradas expresamente designadas en las Condiciones Particulares.

Examples of Límite de indemnización in a sentence

  • Límite de Indemnización: Hasta el 100% de los valores declarados mediante pacto expreso en las Condiciones Particulares.

  • Los pagos realizados por este concepto reducirán el monto del Límite de Indemnización.

  • Las Cauciones serán cubiertas dentro del Límite de Indemnización y no en adición al mismo.

  • Si al tiempo de cualquier RECLAMACION formulada bajo esta POLIZA, el ASEGURADO tiene o puede tener cobertura bajo cualquier otra póliza o pólizas de análoga cobertura, la responsabilidad del ASEGURADOR quedará limitada, siempre dentro del Límite de Indemnización, a la cantidad en exceso de la que habría sido pagada bajo esa otra póliza o pólizas de no haber tenido efecto este seguro.

  • La cobertura aquí mencionada operará como parte de y no en adición al Límite de Indemnización indicado en el anexo a la carátula de esta Póliza.


More Definitions of Límite de indemnización

Límite de indemnización. 100% de la suma asegurada por esta garantía establecida en las Condiciones Particulares, con los siguientes sublímites: - Hasta el 20% de la suma asegurada por esta garantía, para la responsabilidad civil derivada de los daños por agua. - Hasta el 5% de la suma asegurada por esta garantía, para la responsabilidad civil por trabajos de reparación, transformación o decoración de la vivienda. - Hasta el 100% de la suma asegurada por esta garantía, para la responsabilidad civil como copropietario por daños ocasionados por los elementos comunes del edificio donde se ubica la vivienda. No obstante, cuando en un siniestro se produzca la concurrencia de varios copropietarios asegurados individualmente por el Asegurador, la responsabilidad máxima de éste será de 300.000 euros para el conjunto de Asegurados implicados y sin que en ningún caso se pueda superar individualmente la suma asegurada. En caso de concurrir el conflicto de intereses al que se refiere el artículo 74 de la Ley del Contrato del Seguros y declarada procedente la reclamación judicial por el Asegurador, el Asegurado podrá nombrar el Abogado y/o Procurador que estime pertinentes para la defensa de sus intereses. El Asegurador garantiza el pago de los gastos en que incurra como consecuencia de su intervención en un procedimiento judicial o arbitral hasta el límite que tenga establecido para cada tipo de asuntos con el carácter de honorarios mínimos rebajados en un 10%, el Colegio Profesional al que pertenezcan. En defecto de dichas normas, se aplicará las xxx Xxxxxxx Colegio de Abogados de Madrid o, en cualquier caso, las que para esta clase de seguros pudiera fijarse por el Consejo General de la Abogacía. En los casos de libre designación por el Asegurado, se garantizan los gastos procesales y extrajudiciales, así como los gastos de defensa del asegurado, incluidos honorarios profesionales, hasta la suma máxima de 3.000 euros. Si el Asegurado confiara la reclamación y defensa de sus intereses a los letrados con los que habitualmente colabora el Asegurador, no resultarán de aplicación los límites establecidos en el apartado anterior. A los efectos de esta cobertura no se considerarán como terceros perjudicados los padres, cónyuge e hijos del Asegurado, los familiares que con él convivan ni las personas de las que deba responder o estén a su servicio. Por el contrario, si el Asegurado es propietario de la vivienda en régimen de propiedad horizontal, se considerarán terceros perjudicados los propietari...
Límite de indemnización. 100% de las sumas aseguradas expresamente designadas en las Condiciones Particulares. Serán de aplicación las exclusiones generales recogidas en el artículo 22 de la presente póliza de seguro.
Límite de indemnización. Por esta garantía, cuya cobertura se extiende por toda la Unión Europea, se cubre hasta el límite máximo del 10% de la suma asegurada por mobiliario expresamente designada en las Condiciones Particulares. Serán de aplicación las exclusiones generales recogidas en el artículo 22 de la presente póliza de seguro.
Límite de indemnización es la cantidad indicada en las Condiciones Particulares. Pérdida:
Límite de indemnización. 100% de las sumas aseguradas expresamente designadas en las Condiciones Particulares. En el caso de aparatos eléctricos cuya antigüedad sea superior a 5 años, la indemnización será a valor real (restando la depreciación propia del uso).
Límite de indemnización. 300 euros por siniestro y anualidad. Serán de aplicación las exclusiones generales recogidas en el artículo 22 de la presente póliza de seguro.
Límite de indemnización. Significa la cantidad máxima que abonará el Asegurador de acuerdo con lo previsto en el apartado de Suma Asegurada de las Condiciones Particulares de esta póliza.